¿Cuándo se habló en el pleno municipal de Bilbao de ...



En la web del ayuntamiento de Bilbao puedes descargar las actas de los plenos municipales. Pero si quieres encontrar cuándo se habló de un tema tienes que descargar cada uno de los PDF. Esta web permite buscar en las actas de los plenos municipales de 2007 a febrero de 2024.


Plenos en los que se menciona "vivienda"

FechaActa (pag.)Texto
2024-02-29PDF (p.60)
      Udalbatzako Idazkaritza Nagusia
       Secretaría General del Pleno



   BOSTEHUN       ETA    HEMEZORTZI       MILA                     OCHOCIENTOS DIEZ EUROS (518.810,00€)
   ZORTZIEHUN        ETA     HAMAR       EURO                      para redistribuir el proyecto instrumental “Plan
   (518.810,00 €), partekatutako ostatuetan                        de Cohesión Social” con destino a la
   egoteko, etxez etxeko laguntzarako, eguneko                     concesión de ayudas individuales para la
   zentroetako egonaldietarako eta muturreko                       estancia en alojamientos compartidos, para
   pobrezian dauden pertsonei etxebizitza                          ayuda domiciliaria, para estancias en centros
   eskuratzeko banakako laguntzak emateko.                         de día y para permitir el acceso a vivienda de
   Hauek dira zehaztasunak:                                        las personas en extrema pobreza, según el
                                                                   siguiente detalle:


                                                      - ALTAK / ALTAS -
     SAILA                                                                                                    ZENBATEKOA
                           PEP             APG                      DESKRIBAPENA / DESCRIPCIÓN
     ÁREA                                                                                                       IMPORTE

                      2024/00426                                                                               150.000,00
                                                         ADINEKOAK. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT BATZUK
                                        31000 23130
                      2024/00428                       FAMILIEI / PERSONAS MAYORES. OTRAS TRANSFERENCIAS        5.810,00
GIZARTE EKINTZA                           4809900
                                                                       CORRIENTES A FAMILIAS
       /             2024700427                                                                                163.000,00
ACCIÓN SOCIAL
                                                      GIZARTERATZEA. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT BATZUK
                                        31000 23150
                      2024/00429                         FAMILIEI / INSERCIÓN SOCIAL. OTRAS TRANSFERENCIAS     200.000,00
                                          4809900
                                                                       CORRIENTES A FAMILIAS


                                                      - BAJAK / BAJAS -
     SAILA                                                                                                     ZENBATEKOA
                           PEP                APG                       DESKRIBAPENA / DESCRIPCIÓN
     ÁREA                                                                                                       IMPORTE

GIZARTE EKINTZA                                               GIZARTERATZEA. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT
                                           31000 23150
       /              2024/00267                                  BATZUK FAMILIEI / INSERCIÓN SOCIAL. OTRAS    518.810,00
                                             4809900
ACCIÓN SOCIAL                                                      TRANSFERENCIAS CORRIENTES A FAMILIAS


   BI.- Ebazpen           hau      jakinaraztea   dagokion         SEGUNDO.-        Comunicar           la    presente
   sailari.                                                        Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                        TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
   jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                  siguiente sesión que se celebre, de la
   batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                         modificación presupuestaria aprobada, en
   Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                   cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
   Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                  27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
   10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                       diciembre, Presupuestaria de las Entidades
   Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                            Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
   artikuluan ezarritakoa betetzeko.»                              17.5    de   las    Normas     de   ejecución
                                                                   presupuestaria.”

                                              -13.2-
   «BAT.- Kreditu Transferentzien Plan bat          “PRIMERO.-      Aprobar     un    Plan    de
   onartzea,     guztira     HIRUREHUN     ETA      Transferencias de Crédito por importe de
   LAUROGEITA HAMAR MILA HIRUREHUN                  TRESCIENTOS           NOVENTA            MIL
   ETA HIRUROGEITA HIRU EURO ETA                    TRESCIENTOS SESENTA Y TRES EUROS
   LAUROGEITA            ZORTZI        ZENTIMO      CON OCHENTA Y OCHO CÉNTIMOS
   (390.363,88€) aurreko ekitaldietako faktura      (390.363,88€) para el abono de facturas
   batzuk ordaintzeko (Uren Partzuergokoak),        correspondientes a ejercicios anteriores (del
   aplikazio, kontzeptu eta zenbatekoetan:          Consorcio de Aguas), en las aplicaciones,
                                                    conceptos e importes que se relacionan a


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batzuk bete behar direla. Hilero, hilero esaten dugu gauza bera eta ongi etorriak zarete baina
hemen dauden arauak bete egin behar dituzue. Kartelik ezin dira atera, mesedez gorde kartelak
edo osterantzean atera egin beharko zaituzte. Bigarrenez esaten dizuet, mesedez, kentzeko kartel
horiek. Hirugarrenez, kendu kartelak. Mesedez Udaltzaingoari eskatzen diot kaleratuak izan
daitezela».

         10:05ean gertakizuna amaitu egin da                 Siendo las 10:05 horas finaliza el
eta Udalbatzaren batzarrak aurrera jarraitu du.     incidente y prosigue la sesión del Pleno del
                                                    Ayuntamiento.

      SR. RODRIGO: “Eskerrik asko. Insisto en la idea que quizás puede que a lo largo de los
años este modo de entender el papel del sector público haya cambiado, pero la obligación que
tenemos como administración y como sector público para actuar y velar y defender la salud pública.
Y aquí en el fondo estamos hablando de eso, de eso estamos hablando. Y aprovecho para
manifestar varias incongruencias que he escuchado en su discurso, señor Abaunza, y también en
usted, señora Abete. Señor Abaunza, si como usted dice, esa empresa no contamina, ¿para qué
poner medidores? Si no contamina, ¿porque han hecho una enmienda conjunta donde dice que
van a poner medidores? Si tanta certeza tiene de ello, explíqueme por qué va a poner medidores.

      Y ya le adelanto que si fuera por este grupo y estuviera en nuestra mano, no hoy, si no hace
ya muchos, muchos años, ante la más mínima duda razonable de que eso genera un problema o
que pudiera generar un problema para la salud pública, hubiéramos puesto muchos medidores.
Porque lo siento, yo creo en la certeza científica. Tenemos que saber de verdad si eso contamina o
no. Yo tengo hoy una duda razonable de que eso contamina, ¿por qué? Porque es una actividad
que genera contaminación, no es cualquier…, esa empresa no emite Coco Chanel, se dedica a lo
que se dedica. Se dedica a lo que se dedica.

      Señora Abete, cómo se puede decir que sí se está haciendo un seguimiento, que este
Ayuntamiento hace un seguimiento de todo lo que tiene que ver con la calidad del aire, cuando el
sensor de Zorroza lleva un año roto, vandalizado o como quiera. Cuando casualmente el medidor
de NOX (Óxidos de Nitrógeno), que es de lo que se preocupan o lo que genera preocupación, está
vandalizado, está roto y no emite o no da información al respecto de la calidad del aire de la zona.
Y es una cosa que es muy recurrente en la acción política, pero es lamentable ver cómo uno se
acoge, -termino ya-, al papel, al mantra de que no es mi competencia, que es del Gobierno Vasco.
Si uno de verdad tiene preocupación por un asunto, toma cartas en ello y actúa, no se escuda en el
ámbito competencial. Muchas gracias”.

      RENEDO JN.: «Eskerrik asko, alkate andrea. Varias cuestiones. La primera: Asier Abaunza
jauna, 2015ean zeuk sinatu zenuen hitzarmena enpresarekin. Testualki hau da sinatuta dagoena:
“es una actividad con absoluta incompatibilidad con las viviendas existentes en las proximidades”,
Saderren inguruan. Hori da eskatu duguna, hori da 2015ean jaso genuena. Orduan hor guztiok –
uste dut– ados gaude jarduera hori ezin dela egon leku horretan; horretaz uste dut ez dagoela
zalantzarik.

       En lo relativo a que hay ciertos partidos políticos que crean el pánico en la ciudad, nos han
remitido 5 asociaciones vecinales la semana pasada, un manifiesto, El Canal, Zorroza, Basurto,
Altamira, Gora Deustu, muy concreto, no creo que se puede achacar a la oposición el levantar a las
masas. Es una preocupación que lleva muchísimos años y que creo que es algo bastante legítimo
que las personas que viven en esa zona estén preocupadas.

       Y con el acuerdo planteado el grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) cree
que los medidores del Gobierno Vasco fijos son los que arrojan resultados más fiables, como ha
dicho la señora Abete, también se disponen de unidades móviles muy limitadas, creo que son dos,
por lo cual tampoco podemos… Y sí creemos que hay que reforzar el control de la zona con
herramientas municipales porque la preocupación es legítima, porque hay una población muy
amplia de la ciudad que vive pegada a esas fábricas y porque el humo, evidentemente, se expande


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por toda la… y llega a diferentes barrios. Eskerrik asko».

        SRA. ABETE: “Por matizar alguna de las cuestiones que se han dicho aquí. Señora Viñals el
medidor no está estropeado desde el año 2020, sino desde la primavera del 2023 y de hecho al
Distrito se remitieron las últimas mediciones relativas a ese año.

      Y señor Rodrigo, creo que el que no hace seguimiento es usted, porque usted dice que no
sabemos si hay contaminación porque no se mide, yo le digo que sí se mide, se lo he dicho. Y
además el Gobierno Vasco hace sus inspecciones, como le ha recordado el señor Abaunza, y esas
inspecciones indican un grado de cumplimiento alto, lo cual no quita para que sea una actividad
molesta y que estaría mejor fuera el casco urbano. Comparto con usted, hay olores, puede generar
molestias a los vecinos y vecinas que nos trasladan, pero las mediciones, que son datos reales,
dan un grado de cumplimiento alto.

       Y respecto de lo que decía el señor Renedo, es el Gobierno Vasco quien dimensiona la red y
quien decide dónde deben colocarse en función de sus parámetros técnicos. Pero efectivamente
pedimos que instalen esos medidores, señor Rodrigo, porque a nosotros sí nos preocupa la calidad
del aire, por eso lo solicitamos. Por eso nos preocupamos, porque nos importa la calidad del aire y
nos preocupan las preocupaciones de nuestros vecinos y vecinas. Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko alkate anderea. Señor Rodrigo, ¿por qué poner medidores?
precisamente para acallar rumores, precisamente para arrojar luz donde otros arrojan nubes de
sospecha, precisamente para no incendiar y generar alarma, donde no hay riesgo y peligro, porque
la señora Abete lo ha manifestado, son actividades industriales sujetas a autorización ambiental
integrada, quiere esto decir que están sujetas a control continuo y permanente por parte del
Gobierno Vasco, como otras muchas fábricas de Euskadi. Que tampoco tienen medidores al lado
de sus instalaciones y están vigiladas y monitorizadas por el departamento correspondiente del
Gobierno Vasco.

      Y repito, a pesar de que durante muchos años han estado operativas esas instalaciones de
control de calidad del aire, nunca se ha sancionado esta empresa porque nunca se ha incumplido
la normativa. Y sin embargo, estamos totalmente de acuerdo y por eso hemos escrito esta
enmienda que se reinstalen esos medidores precisamente para acallar rumores, que es la
obligación de todos los corporativos de esta cámara, acallar rumores. Y no arrojar gasolina al
fuego, que es lo que están haciendo ustedes.

       Y cuando antes hablaba de responsabilidad, he metido en el mismo saco a partidos políticos
y a asociaciones, pero, así como a las asociaciones no les puedo requerir ni exigir responsabilidad,
a los cargos públicos sí, porque es su responsabilidad documentarse precisamente para no avivar
el temor de la ciudadanía, sino para informar a la ciudadanía. Y evidentemente son actividades
industriales incompatibles con la vivienda porque son actividades productivas, como lo era la
Fábrica de Cadenas Vicinay. Y no estábamos hablando en el caso de la Fábrica de Cadenas
Vicinay, de una actividad contaminante en el entorno de la Ribera de Deusto, pero también era
incompatible con el uso residencial del entorno. Entonces no me mezcle, señor Renedo, churras
con merinas.

       Que evidentemente, y no lo hemos ocultado, que genera molestias por supuesto que sí, que
en ocasiones genera malos olores, no lo discutimos, y precisamente por eso están mejor fuera,
pero son ustedes los que intencionadamente mezclan el tratamiento de residuos con la producción
de fertilizantes. Y señora Viñals, yo no he dicho que generaran abonos naturales, he dicho que las
materias primas mayoritariamente son naturales, lo cual es muy distinto a lo que usted dice”.

      SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko. Mire, señor Abaunza, las nubes de sospecha de la semana
pasada. Esto genera alarma y pánico. ¡Esto! ¡Esto! ¡Mire la foto! Esto es una verdadera nube de
sospecha para los miles de vecinos que viven ahí. Y señor Abaunza, usted también ha dicho que
los medidores siempre han salido bien, no es verdad. Preguntamos por escrito si le consta al Área


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      No vamos a decir a la gente que sacamos Sader y Profersa del ámbito porque es un uso
productivo. Leámonos el convenio y lo que hemos aceptado, no hagamos trampas. La producción
de muchos elementos es compatible con la vivienda, lo que no es compatible, y lo sabe también el
grupo empresarial, es esa actividad porque es nociva, porque es molesta, como aquí se firma que
es molesta, porque es muy molesta para la vida, porque la gente que vive al lado tiene problemas,
tiene miedo y es normal.

      Y lo que no podemos decir siempre es la misma canción, de que es que la gente incendia,
son los demás, y el Gobierno lo hace bien. No, no, la responsabilidad es de la persona y del
Gobierno que tiene que gestionar. Y hay que decir a las vecinas de la zona que no ha sido capaz
de sacar en 10 años esa actividad de la zona y que tristemente igual hay que asumir que en la
siguiente década tampoco va a salir.

      Simplemente, zintzoak izan behar gara eta onartu behar dugu ere bai txarto egiten
dugunean. Y no siempre pensar que es el resto de las personas las que incendian, las
asociaciones de vecinos y la oposición la que dice que todo está mal. Y también decir, sí, es
verdad, esa actividad aquí no tenía que estar, lo dijimos hace una década y por desgracia sigue
aquí y la gente que está pagando que siga esa actividad ahí son las vecinas que viven alrededor. Y
es normal que tengan miedo y es normal que se preocupen y nos alegramos de que se controle la
calidad del aire para saber cómo están viviendo. Eskerrik asko”.

        SRA. ABETE: “Eskerrik asko. Otro matiz más, señora Viñals. Usted hizo una pregunta en
relación a Sader y esas desviaciones, que no incumplimientos, los hace Profersa. Pero que haya
desviaciones en las mediciones no implica que el grado de cumplimiento no sea alto. Eso por
matizar. Pero, en cualquier caso, y a lo que nos debemos acoger hoy es a esa enmienda y a esa
solicitud que haremos a Gobierno Vasco para que instale los medidores y también, como no puede
ser de otra manera, que repongamos el medidor municipal cuando esté reparado.

      Y señor Rodrigo, es que queremos medir para tranquilizar a la población y se ha medido
hasta ahora, hasta que una unidad fue vandalizada y hasta que otra dio errores en sus mediciones.
Por eso se está reparando, pero no diga usted que no hemos medido porque nos hemos dedicado
precisamente a medir y porque esos datos nos permiten dar un poco de tranquilidad a los vecinos y
vecinas del entorno porque somos conscientes, y lo hemos dicho tanto el señor Abaunza como yo,
que es una actividad molesta, que en ocasiones puede generar malos olores y que puede generar
sensación de problema en un barrio. Pero precisamente lo que queremos hacer con esas
mediciones es poder tranquilizar a la ciudadanía. Eskerrik asko”.

      SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko. Señora Viñals, vuelta otra vez y parece que no hemos
llegado a ningún acuerdo en esta enmienda. Es usted la que está sembrando la alarma. Es usted la
que está sembrando la alarma y cuando aquí me he dirigido a los tres grupos de la oposición
pidiendo responsabilidad es porque ante ese penacho que existe, que no lo discutimos, la señora
Abete lo ha manifestado y nos preocupa, porque es molesto, evidentemente, no es un problema
para la salud pública, señor Rodrigo, porque entonces el departamento correspondiente del
Gobierno Vasco habría cerrado la planta.

       Entonces, hablemos con seriedad y responsabilidad cuando hablamos de estas cuestiones.
Queremos que se vayan de ahí, evidentemente que queremos que se vayan de ahí, pero repito y
reitero, ustedes se están dedicando a, intencionadamente, mezclar las dos actividades, mezclando
el tratamiento de lixiviados con el penacho de la fábrica de Profersa, mezclando la fabricación de
abonos con el tratamiento de residuos peligrosos. Que los vecinos lo crean lo puedo entender
porque igual les falta información. Que ustedes lo alimenten y lo alienten es la parte que me parece
preocupante y donde me parece irresponsable por su parte.

       Que en lugar de acallar los rumores y en lugar de informar para quitar el miedo a la
población, ustedes lo que están haciendo es alentar el miedo, alentar el miedo con un mero espíritu
electoralista. Y por ganar cuatro votos y quedar bien con cuatro asociaciones, alientan sus temores


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ayudando en absoluto a los vecinos y vecinas de Zorroza.


       Además, la propia enmienda del gobierno municipal que han registrado con este punto va
por otros derroteros, derroteros que transitaré en mi siguiente intervención. Eskerrik asko”.

       SR. RENEDO: “Eskerrik asko Alkate andrea. Sí, la verdad es que sorprende un poco la
proposición hecha que, como no puede ser otra manera, evidentemente habrá que desarrollar el
ámbito y habrá que negociar con las empresas para que se vayan. También sorprende un poco la
enmienda presentada por el Gobierno porque viene a decir lo mismo, no encuentro gran diferencia.
Pero si duplicar el debate nos da opción a aportar nuevos datos, a mirarlo de otra forma… Primera
reflexión, aprobar el documento -o acelerar el trámite de aprobación del documento- no quiere decir
que se vaya a desarrollar el ámbito. En 2003 hablamos de Zorrozaurre. Estamos en 2024, han
pasado más de 20 años. Tenemos 5.000 viviendas ahí abiertas para ejecutar. Punta de Zorroza
viene del 2014, 2.000 viviendas. Hace dos semanas hablamos del Plan de Abando, 1.000
viviendas.

       Cuando hay que reflexionar, por mucho que aprobemos documentos no vamos a crecer en
población y no creo que seamos capaces de desarrollar en un tiempo por lo menos, que sea
prudencial para que las personas que viven en la zona no pierdan la esperanza y no pierdan toda
ilusión, no vamos a conseguir unir a eso sacar a las empresas.

       Por lo tanto, evidentemente, que hay que negociar con las empresas, antes de que ese
ámbito se desarrolle, su salida. En 2015 se firmó un convenio en el que, como antes he comentado,
ya se asumía por parte de este Ayuntamiento que la actividad era absolutamente incompatible con
las viviendas de la zona. Y la empresa Sader tomaba un compromiso de salir en 2 años y el
Ayuntamiento asumía otros compromisos que era desarrollar el ámbito en 4 años, compromiso que
no se ha realizado. Habrá diferentes cuestiones, pero la verdad es que ahí hemos fallado en ese
compromiso y hemos fallado principalmente a las vecinas que son las que preocupan a este grupo
municipal, EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU).

        También se convino indemnizar con 3.000.000 -con 2,7 millones de euros- a la empresa, sin
tener en cuenta el valor que van a adquirir el suelo y el vuelo de los edificios cuando se haga la
recalificación e incrementar conforme al IPC. Veremos si ahora en la nueva negociación de este
Convenio firmado en 2015 tiene repercusión para este Ayuntamiento y que nos supone.

        Hay que decir que, en ese Convenio, curiosamente, no entraba Profersa. A la mañana,
desde el Gobierno municipal se ha dicho que el problema no es Sader, es Profersa, y sin embargo,
en ese Convenio solo se habla de Sader no entra Profersa. No sé muy bien por qué ha cambiado el
criterio y ahora el problema es Profesa y Sader es una actividad más o menos limpia que tampoco
requiere mayor problema.

       En todo caso, con tristeza hacia las vecinas y vecinos, una década después estamos en el
punto cero. Vamos a volver a iniciar la tramitación del Plan urbanístico. Por lo cual, ponemos el
reloj a cero, podemos seguir anunciando en prensa fechas, como hacemos siempre -2028, la
semana pasada- creemos que únicamente tanto ese anuncio de fechas sin una hoja de ruta
concreta y práctica, como este tipo de enmiendas del Gobierno, instándose a hacer lo que deberían
de hacer, pues lo que suelen traer es frustración para las personas que viven en la zona y no
aporta nada.

      Sería conveniente hablar de una hoja de ruta que sea viable, que sea creíble y que asegure
con una sinceridad y un tiempo determinado, que esas empresas que creemos que son nocivas
para la vida de las personas, salgan lo antes posible de la zona, se desarrolle físicamente o no el
ámbito. Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko Alkate andrea. Empezaré contestando al señor Rodrigo.


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2024-02-29PDF (p.115)
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Realmente me ha sorprendido bastante su intervención, que se aleja bastante de lo que era la
propuesta que ustedes traían, una afirmación como ha hecho tan rotunda de: “Bilbao no existe para
ustedes”. Bueno, me parece bastante ofensiva tanto para el grupo municipal SOCIALISTAS
VASCOS como para el grupo municipal EAJ-PNV, que siempre hemos trabajado en pro de esta
ciudad.

      Yo les recomendaría sinceramente que cuando vayan a hacer este tipo de afirmaciones se
miraran en el espejo primero. Porque cuando ustedes han gobernado en España y han sido
responsables de ministerios que tenían responsabilidad directa sobre el desarrollo de Punta
Zorroza y de Zorroza. ¿Cuál ha sido la realidad? ¿Cuál ha sido la presencia de Bilbao en la acción
del PARTIDO POPULAR en Madrid? Pues la realidad es que nunca ha incorporado el PARTIDO
POPULAR nada para Bilbao que no viniera de una petición previa de los partidos de aquí y de las
administraciones de aquí. Nunca ha habido ningún regalo del PARTIDO POPULAR a Bilbao. Todo
además con contrapartidas, con respaldos o apoyos en el Congreso de los Diputados para tal o
cual proyecto, para tal o cual iniciativa o incluso para la investidura en algún caso. Pero gratis,
nada, y desde luego propuesto por el PARTIDO POPULAR del País Vasco para incorporar en los
presupuestos sin que previamente viniera de una reclamación de las administraciones vascas
nada, todo con contraprestaciones, todo con contrapartidas.

       Y dice: “Yo miro Bilbao y lo veo igual”. ¡Jo, pues igual necesita graduar la vista! Incluso en el
ámbito de Punta Zorroza, porque, aunque es cierto que en el ámbito de lo que es la ordenación
urbanística estamos como estamos, eso no lo niego, que acabamos de iniciar el trámite de nuevo
con el concurso de ideas para la ordenación del ámbito de Punta Zorroza, este Gobierno ha estado
preocupado por Punta Zorroza y actuando en Punta Zorroza en lo que podemos denominar el
mientras tanto.

       Actuaciones recientes, la construcción del parque del Txinbo, los huertos urbanos, el derribo
del matadero municipal y la construcción del parque de la Grúa, la construcción en la pista de pump
track, el parking de la Jabonera, la expropiación y el derribo de las infraviviendas de La Landa.
Todas esas son acciones que ha venido haciendo este Gobierno en Punta Zorroza en el mientras
tanto, evidentemente. Y a la par, trabajábamos en el desarrollo de Punta Zorroza. Y todo lo que
estaba en manos de este Ayuntamiento lo hemos hecho. Pero no todo estaba en manos de este
Ayuntamiento.

      Y ahí -por más que en la intervención anterior, la señora Viñals lo deslizara- no es una
excusa, hace falta un estudio informativo del soterramiento de Renfe cercanías a su paso por
Zorroza para poder desarrollar este ámbito. Y eso es competencia exclusiva del Ministerio de
Transportes.

      Y la realidad es que con el grupo municipal PARTIDO POPULAR fuimos incapaces de llegar
a un acuerdo con esta cuestión ¡Imposible! Con el grupo municipal SOCIALISTAS VASCOS lo
tenemos encauzado, y por eso creemos que ahora, por fin, va a ser la definitiva en esta cuestión.
Pero con ustedes fue imposible, imposible avanzar en esa cuestión. Así que ahora no vengan aquí
de adalides de defensa de Zorroza y de defensa de los intereses de Bilbao cuando eso no ha sido
así cuando ustedes tenían responsabilidad directa.

       Y recordar también, respecto a lo que afirmaba el señor Renedo, que el Convenio
evidentemente marca unas condiciones de indemnización a una empresa que cesa o traslada su
actividad, y que esa parte de las obligaciones urbanísticas de desarrollo de un ámbito determinado,
la empresa propietaria de estas empresas hasta el momento, por lo menos, ha manifestado que
estaría dispuesta a quedarse en lo que fuera la Junta de Contratación. Entonces, la indemnización
correspondiente al suelo le correspondería, en una reparcelación, pues lo que le corresponde en
función del porcentaje de suelo que tiene, evidentemente. Y por eso no es objeto de indemnización
y de valoración, pero como cualquier otro propietario industrial del ámbito de Punta Zorroza, que los
hay.



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       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko. Señor Abaunza. No lo dude ni un segundo, yo no sé otras,
pero nosotras, el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO, con la salud pública no negociaremos.
Así que por esa parte pueda estar tranquilo. A nosotras sí que nos parece que el texto del EQUIPO
DE GOBIERNO… realmente es la primera vez que el EQUIPO DE GOBIERNO se compromete por
escrito a estudiar con las empresas Sader y Profersa la posibilidad de su salida anticipada del
ámbito.

       En el debate, hasta el momento, es verdad que siempre salían elementos externos, como
puede ser el desarrollo del Plan, su aceleración, Renfe, etcétera. Pero nunca se había dicho tan
tajantemente que existía la posibilidad de su salida anticipada. Nunca lo habíamos visto así por
parte del EQUIPO DE GOBIERNO. Por lo tanto, esto evidencia que se puede sacar desde ya a
Sader y a Profersa.

       Mientras tanto, medidores de calidad del aire, que es lo que hemos acordado esta mañana
en el debate. Pero a nosotras, en el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO, nos parece que esto,
de alguna manera, evidencia que con voluntad política sí se puede posibilitar la salida anticipada de
estas empresas. Eskerrik asko”.

      SR. RENEDO: “Eskerrik asko Alkate andrea. Miramos el aire y que salgan las empresas
cuanto antes, que es lo que va a asegurar la calidad de vida de las personas. Y para ello es una
cuestión económica, vamos a hablar claramente. Antes el señor Abaunza lo ha explicado, hay una
parte que la empresa va a recibir si se llega a un acuerdo de indemnización por la actividad y otra
parte que recibe cuando se recalifiquen los terrenos o cuando se desarrolla el ámbito, que es
también lo que le interesa a esa empresa, porque ahí recibe también unos ingresos. Por eso
también la empresa, lógicamente, une su salida a unas garantías de que ese ámbito se desarrolle,
porque eso también propicia ingresos económicos.

      Y es un problema de gestión. Es un problema de gestión el hecho de que, aunque en rueda
de prensa se ha dicho que no se desarrolló el Plan Especial porque se solapó con el Plan General,
urbanísticamente no tiene nada que ver. El Plan General en 2013 ya se había hecho el diagnóstico.
En 2016 ya estaba el avance -y podemos mirar la hemeroteca- y estamos hablando de que el
Convenio se firmó en 2015. Ya sabíamos que venía un Plan General nuevo a Bilbao y es
compatible desarrollar los dos. No se hizo por otras cuestiones, pero no es una cuestión de
tiempos, y eso en urbanismo no es una cuestión de tiempos. Seguramente es una cuestión
económica otra vez, de quién asume la infraestructura, en este caso estatal.

      Y lo que sí que dejamos aquí también claramente es que nosotras, en el grupo municipal
EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILBDU) estamos a favor -tercera vez- de que las empresas
contaminantes salgan del casco urbano y se negocie para que hagan la actividad en el en el sitio
que sea, pero no cerca de las viviendas. Y lo que también queremos remarcar es que esperemos
que no estemos presas de lo que firmamos hace una década y que ahora mismo lleguemos a un
acuerdo. Y allí nos van a encontrar para que cuanto antes, esas empresas salgan de la zona,
Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko. Empiezo por la parte final. Señor Renedo, no se estaba
tramitando como un Plan Especial, era una modificación del Plan General de 1995 y es por eso por
lo que al aprobar el nuevo Plan General del 22 decayó toda la tramitación y hay que empezar la
tramitación desde cero. Por lo tanto, no sé qué tipo de parafernalia urbanística tiene usted en la
cabeza, que no tiene nada que ver con la realidad de lo que se estaba tramitando.

      Señora Viñals, voluntad política siempre hemos tenido. En este EQUIPO DE GOBIERNO
siempre hemos tenido voluntad política. Pero lo he mencionado antes, no es una cuestión de
dinero, es una cuestión de pervivencia de la actividad empresarial. Porque por más, señor Renedo,
que se llegue a un acuerdo económico de indemnización por el traslado de la actividad, si la
empresa no tiene a dónde trasladarse, es un cese de la actividad, que no es lo mismo. Y hasta el
momento, lo he mencionado antes, cuando a esta empresa ha tenido una alternativa real, efectiva,


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representante de Belaunaldi Galdua, señora García. El servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio
que ofrece el Ayuntamiento de Bilbao a las personas para que, de forma preventiva, una vez
reconocido su grado de dependencia, pueda mantenerse en sus hogares, garantizando su
continuidad en la comunidad de referencia y siempre teniendo como objetivo su autonomía y una
calidad de vida digna.

       Queremos destacar que el Ayuntamiento de Bilbao supera el decreto de cartera de servicios
sociales con una carta municipal de servicios que responde a las necesidades que van
demandando las personas usuarias del SAD en base a sus circunstancias. En Bilbao, además de
atender a las personas en situación de dependencia, damos apoyo mediante el SAD a personas
autónomas mayores de 70 años, a personas en situación de desprotección o de enfermedad
irreversible, independientemente de su edad y personas menores de edad y sus familias en
situación de vulnerabilidad. Igualmente disponemos de un servicio de higiene escolar en centros
educativos y un servicio para personas alojadas en dispositivos municipales. También las
prestaciones recogidas en el SAD van más allá de las establecidas en la cartera de sociales,
ofreciéndose servicios de limpieza de choque, compras puntuales, extracción de dinero, custodia
de llaves, etcétera.

       La normativa de SAD promueve una atención a personas usuarias, adecuadas a sus
necesidades y desde sus capacidades, donde también se encuentran las capacidades económicas.
El Ayuntamiento de Bilbao, por eso, promueve el principio de universalidad y progresividad. Sí,
universalidad y progresividad, tal cual se recoge en la ley. Todas las personas que necesitan este
servicio en Bilbao tienen garantizado el apoyo, independientemente de su capacidad económica,
porque nadie queda fuera de la cobertura del SAD por no disponer de recursos económicos. Así es
que su aportación varía progresivamente según su capacidad. La persona que menos tiene mayor
apoyo recibe el ayuntamiento.

      La participación económica en las personas usuarias proviene de la Ley de Servicios
Sociales, donde explícitamente se determina que quedarán excluidos del cómputo del nivel de
recursos económicos únicamente la primera vivienda. Con esta ordenanza estamos cumpliendo la
Ley de Servicios Sociales.

       Para el año 2024, y una vez decidido actualizar la tasa municipal, desde el Ayuntamiento de
Bilbao hemos implementado un nuevo sistema de cálculo de las tasas del SAD, buscando una
mayor equidad entre las personas que tenían únicamente ingresos por renta respecto a las
personas que tenían ingresos por renta y, además, patrimonios económicos importantes. La
incorporación del patrimonio a la hora de estimar la cuota de participación económica está presente
en las diferentes normativas que regulan el servicio de esta naturaleza.

       La capacidad económica individual o de una unidad de convivencia se suele determinar en
función tanto de la renta como del patrimonio. Esta nueva forma de calcular la tasa conduce a un
sistema más progresivo, atendiendo las recomendaciones de EUDEL que se aprobaron en la
Comisión Territorial de Bizkaia en reunión de 16 de junio de 2022 para los ayuntamientos del
Territorio Histórico de Bizkaia. Esta recomendación fue remitida a todos los ayuntamientos de
Bizkaia con una aplicación mayoritaria del mismo, pero que, en Bilbao, debido a la congelación de
la tasa, no se ha podido aplicar hasta este año. En la última licitación resuelta en el año 2021, con
vigencia hasta marzo de 2025, el coste/hora del servicio ha aumentado un 19%, de 28 a 33 € la
hora y las horas festivas se han incrementado un 31%, de 35 € a 46 €.

      El Ayuntamiento de Bilbao, mediante la nueva ordenanza, asume en el 80% de las personas
que hoy reciben el servicio, pagar 23 € la hora o más, llegando en los casos de ausencia de
ingresos a pagar hasta el 100% del coste del servicio. Esto quiere decir que el 80% de usuarios
están pagando 10 € o menos la hora sobre un coste de 33,77 €.

      Señor Jiménez, en su proposición nos habla de universalidad, equidad y unos precios
acordes a las posibilidades reales de las personas usuarias, cuestiones que nuestra ordenanza ya


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2024-01-25PDF (p.51)
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Aurrekontua Betearazteko Arauen                     17.5         Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
artikuluan ezarritakoa betetzeko».                               17.5   de    las    Normas     de   ejecución
                                                                 presupuestaria”.

                                             -11.25-
«BAT.- HAMAIKA MILA ETA SEIEHUN EURO               “PRIMERO.-      Aprobar      un      Plan  de
(11.600,00 €) Kreditu Transferentzien Plan bat     Transferencias de Crédito por importe de
onartzea, Arriaga Antzokiko C.A.Cri euskara-       ONCE MIL SEISCIENTOS EUROS (11.600,00
programak antolatzeko esleitutako kreditua         €) para reforzar el crédito asignado al C.A.C
indartzeko. Hauek dira zehaztasunak:               Teatro Arriaga para organizar programas de
                                                   Euskera, según el siguiente detalle:


                                                  - ALTAK / ALTAS -
                                                                                                           ZENBATEKOA/
         SAILA / ÁREA                  PEP           APG              DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                             IMPORTE
                                                                    ARTE ESZENIKOAK. TRANSFERENTZIA
  KULTURA ETA GOBERNANTZA /         2023/00005-   11010 33410      ARRUNTAK ARRIAGA ANTZOKIARI / ARTES
                                                                                                            11.600,00
    CULTURA Y GOBERNANZA              00-2023       4330300            ESCÉNICAS. TRANSFERENCIAS
                                                                      CORRIENTES AL TEATRO ARRIAGA



                                                  - BAJAK / BAJAS -
                                                                                                           ZENBATEKOA/
         SAILA / ÁREA                   PEP           APG             DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                             IMPORTE
   EUSKARAKO, HERRITARREN
  ARRETA ETA PARTAIDETZAKO,
     2030 AGENDAKO ETA                                             EUSKARA. GIZARTE ETA KULTUR ARLOKO
                                    2009/00132-   13010 33510
   NAZIOARTEKO GAIETAKO /                                                     KONTRATUAK /                   11.600,00
                                       2023         2270400
     EUSKERA, ATENCIÓN Y                                          EUSKERA. CONTRATOS SOCIO-CULTURALES
  PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
 AGENDA 2030 E INTERNACIONAL




BI.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari                   SEGUNDO.-        Comunicar           la      presente
                                                                 Resolución al Área afectada.

HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                         TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                   siguiente sesión que se celebre, de la
batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                          modificación presupuestaria aprobada, en
Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                    cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                   27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                        diciembre, Presupuestaria de las Entidades
Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                             Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
artikuluan ezarritakoa betetzeko».                               17.5    de   las    Normas     de   ejecución
                                                                 presupuestaria”.

                                              -11.26-
«BAT.-     Kreditu    Orokorraren   zertarakoa      “PRIMERO.- Aprobar el destino del Crédito
onartzea, 2023 62020 92920 5001000 gastu-           Global, desde la aplicación de gasto 2023
aplikaziotik. Zenbatekoa, guztira: LAUREHUN         62020 92920 5001000,         por importe de
ETA HOGEITA HAMAHIRU MILA EURO                      CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL
(433.000,00 €), etxez etxeko laguntza-              EUROS (433.000,00 €) para incrementar el
zerbitzua handitzeko, bai eta etxebizitza           servicio de ayuda a domicilio así como la
komunitarioetako eta bizitoki partekatuetako        ayudas para financiar la estancia en viviendas
egonaldia     finantzatzeko   laguntzak    ere.     comunitarias y alojamientos compartidos, de
Zehaztapena:                                        conformidad con el siguiente detalle:


                                                            51
2024-01-25PDF (p.60)
   Udalbatzako Idazkaritza Nagusia
    Secretaría General del Pleno



sailari.                                                          Resolución al Área afectada.

HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                          TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                    siguiente sesión que se celebre, de la
batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                           modificación presupuestaria aprobada, en
Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                     cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                    27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                         diciembre, Presupuestaria de las Entidades
Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                              Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                17.5    de   las    Normas     de   ejecución
                                                                  presupuestaria”.

                                                           -11.36-
«BAT.- Udal Erakundearen 2023ko ekitaldiko                       “PRIMERO.-       Anular    parcialmente    la
aurrekontuko         gastuen       egoera-orrian                 Habilitación de     crédito aprobada en el
onartutako kreditu-gaikuntza zati batean                         Estado de Gastos del Presupuesto de la
baliogabetzea, BI MILIOI BOSTEHUN ETA                            Entidad Municipal del Ejercicio 2023 por
BERROGEITA              HAMAZAZPI         MILA                   importe de DOS MILLONES QUINIENTOS
LAUREHUN ETA HIRUROGEITA ZAZPI                                   CINCUENTA           Y       SIETE       MIL
EUROKOA (2.557.467,00 €), Otxarkoagako                           CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE
birgaitze programatuko bizitegi-ingurunean                       EUROS (2.557.467,00€) para la ejecución
bizitegi-birgaitzearen      eta      etxebizitza                 de los programas de ayuda en materia de
sozialaren       arloko    laguntza-programak                    rehabilitación residencial y vivienda social
gauzatzeko.        Kreditu    hori    Zinegotzi                  dentro     del   entorno    residencial   de
Delegatuaren ekainaren 1eko Dekretu bidez                        rehabilitación programada de Otxarkoaga.
onartu zen, eta orain 502.273,51 eurotan                         Dicho crédito fue aprobado por Decreto de la
gutxitzen da; zenbateko hori 2024. urtean                        Concejal Delegada de 1 de Junio y ahora se
gauzatuko da. Gaikuntza honako xehetasun                         minora en 502.273,51 €, importe que será
hauen arabera baliogabetuko da:                                  ejecutado en la anualidad 2024. La anulación
                                                                 de la habilitación será según el siguiente
                                                                 detalle:

                                                                                                              ZENBATEKOA
SAILA / ÁREA           PEP                  APG                    DESKRIPZIOA / DESCRIPCIÓN
                                                                                                               IMPORTE
                                                           ERAIKUNTZEN KONTSERBAZIOA ETA BIRGAITZEA.
                                                           KAPITAL TRANSFERENTZIAK UDAL ETXEBIZITZAK
ETXEBIZITZA /
                   2023/00468        24000 15220 7310750   TEA-RI/ CONSERVACIÓN Y REHABILITACIÓN DE LA        -502.273,51
  VIVIENDA
                                                            EDIFICACIÓN. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A
                                                                  VIVIENDAS MUNICIPALES O.A.L.



BI.- 502.273,51 euroko habilitazioa zati batean                   SEGUNDO.- La anulación parcial de la
baliogabetuz gero, 2023-44 ekarpenetik                            habilitación por importe de 502.273,51 € que
datorren sarrera-konpromisoak itzuliko dira.                      se propone       restituirá el compromiso de
                                                                  ingreso e ingreso que proviene de la
                                                                  aportación 2023-44.

HIRU.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion                          TERCERO.-       Comunicar              la     presente
sailari.                                                          Resolución al Área afectada.

LAU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                           CUARTO.- Dar cuenta al Pleno, en la
jakinaraztea     udalbatzari,    hurrengo                         siguiente sesión que se celebre, de la
batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                           modificación presupuestaria aprobada, en
Lurralde Historikoko Toki Erakundeen                              cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
Aurrekontuei buruzko abenduaren 2ko                               27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                         diciembre, Presupuestaria de las Entidades
Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                              Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y


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«Udalbatzak Gobernu Taldeari eskatzen dio             “El Pleno del Ayuntamiento insta al Equipo de
Eusko Jaurlaritzarekin, foru aldundiekin, hiru        Gobierno a dar continuidad al trabajo en curso
euskal hiriburuekin, Eudelekin eta turismoaren        junto con el Gobierno Vasco, las Diputaciones
sektorearekin egiten ari den lanarekin jarrai         Forales, las tres capitales vascas y Eudel y el
dezala, Estatuan eta Europan indarrean                sector del turismo, para analizar los diferentes
dagoen turismo-tasaren ereduak aztertzeko             modelos de tasa turística actualmente en vigor
eta, ariketa hori egindakoan, turismoaren tasa        en el Estado y en el resto de Europa y, una
jartzea egokia den edo ez baloratzeko,                vez realizado este ejercicio, valorar la
sektorearen garapen jasangarri eta orekatua           idoneidad de implantación de una tasa turística
sustatze aldera».                                     en aras a promover un desarrollo sostenible y
                                                      equilibrado del sector”.

      Jarduneko alkateak hitza eman die                     La alcaldesa accidental cede el uso de
zinegotzi jaun andreei Udalbatzarraren Araudi         la palabra a los Sres. y Sras. concejales y
Organikoak xedatutakoaren arabera:                    concejalas de acuerdo con lo dispuesto en el
                                                      Reglamento Orgánico del Pleno:


      SR. JIMÉNEZ: “Eskerrik asko alkate ordere andrea. Egun on guztiei eta, beti bezala, mila
esker hau posible egiteagatik udaleko biharginoi.

      Los datos arrojados recientemente por las distintas entidades establecen que el año 2023 ha
sido un año histórico para el turismo en Bizkaia y en Bilbao. EUSTAT hacia público, precisamente,
antes de ayer, los datos Encuesta de “Establecimientos turísticos receptores” que nos llevan ya, a
más de 1.151.000 entradas y más de 2,2 millones de pernoctaciones anuales en la ciudad.

      El turismo indudablemente tiene una serie de efectos beneficiosos en la economía local,
generando empleo en algunos sectores como la hostelería o los alojamientos; pero tiene también
una serie de gastos indirectos en los servicios públicos que se prestan y un notable desequilibrio en
el impacto económico entre barrios.

       Por eso, diversas ciudades y regiones del estado y Europa han puesto en marcha el
denominado Impuesto sobre las pernoctaciones de carácter turístico. Se trata sencillamente de un
impuesto que la persona viajera tiene que pagar cuando visita un país o una localidad determinada.
Este impuesto se suele cobrar en el alojamiento. A veces también es conocida coloquialmente
como Tasa Turistica, o incluso Ecotasa (aunque no se articula como una tasa). Pero este tipo de
nomenclaturas solo vienen a subrayar el fin de lo recaudado. Así, este tipo de tributos suelen tener
como fin recabar fondos para medidas de preservación, desarrollo y promoción de las
infraestructuras y actividades turísticas: conservación del patrimonio.

      Otras veces sencillamente vienen a cubrir el esfuerzo que las ciudades hacen en la dotación
de servicios para responder con calidad a quienes nos visitan, pero que al no residir en la ciudad,
no colaboran con el pago de otros impuestos.

        En otras ocasiones, ejercen de redistribuidor de los beneficios del turismo, especialmente
con inversiones en los barrios que por lo general no ven un turista ni en pintura, o como fondo de
compensación y de restauración del entorno para mitigar el impacto ambiental de la presión
turística o incluso, se utiliza para financiar una política pública de vivienda que frente a la
gentrificación y la carestía de los precios derivada de la turistificación, permita que nadie sea
expulsado de sus barrios por el aumento del precio de los alquileres.

       Esta propuesta no es nueva en este pleno. El grupo municipal de Udalberri-Bilbao en Común
ya la registro en julio de 2017. Por aquel entonces, en su debate, el entonces concejal de
Promoción Económica, señor Ochandiano la descartó por considerar que lastraría al sector turístico
de Bilbao y que reduciría la demanda. Que el sector todavía no estaba maduro para incluir un tipo


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tenga los problemas, si se puede llamar problemas, o circunstancias, que provocan una afluencia
de visitantes como pueden tener otras ciudades: grandes capitales de Europa o de nuestro país.

      Termino ya. El grupo municipal PARTIDO POPULAR, lo hemos dicho en muchas ocasiones,
creemos en la foralidad. Creo que es el marco jurídico y es en ese marco jurídico en el que nos
movemos en nuestro territorio y es fruto de nuestra historia y de nuestra tradición. En este sentido,
lo que lo que plantean ustedes atenta directamente contra ese concepto. ¡Atenta directamente!
porque equivocan las fases del proceso.

      Donde otros ven la foralidad como un elemento ideológico, nosotros lo vemos como un
elemento de estricta perspectiva utilitarista y de beneficio para la ciudadanía. Y en ese sentido,
creemos que lo que ustedes plantean, desde luego, no aporta nada positivo ni nada útil a la
ciudadanía de Bilbao. Muchas gracias”.

     SRA. PEREA.: “Eskerrik asko, alkate andrea. Lo primero de todo, desde el grupo municipal
EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), desear la pronta recuperación del alcalde, y a ver si
podemos tenerle cuanto antes entre nosotras.

       Pero a lo que íbamos, comencemos por reconocer que Bilbao ha experimentado en los
últimos años un gran auge turístico y la ciudad se ha convertido en un destino para visitantes de
todo el mundo, y aunque bien es cierto que no hemos llegado a extremos de otras ciudades, el flujo
de visitantes es más que considerable. Y por dar un solo dato, la entrada de viajeros en noviembre
de 2023 ha subido un 11% con respecto a 2022.

      Decía el alcalde en un debate de campaña electoral que aún no habíamos llegado al extremo
de Donosti, por ejemplo, y que no había necesidad de tomar medidas urgentes. Somos conscientes
de que no hemos llegado a ese extremo, pero creemos que, o hacemos una reflexión conjunta en
torno al modelo turístico o, nos vamos a ver abocadas a que pase como está pasando en Donosti:
pisos turísticos e ilegales por todos lados, más encarecimiento de la vivienda y la expulsión de
vecinos y vecinas de sus barrios, porque si no controlamos el proceso de turistificación, pues pasan
las cosas que pasan.

       En agosto, por ejemplo, leí en El Correo que los hosteleros de la Plaza Nueva se negaban a
poner cafés en las terrazas. Esto no es Barcelona, esto no es Madrid, pero que las vecinas del
barrio no podamos tomarnos un café en la terraza porque no salimos rentables, ¡tela! No podemos
permitir, tampoco, que el turismo se convierta en una carga para la ciudadanía, para nuestros
barrios o que el impacto del turismo no revierta de manera justa y equitativa en la comunidad.

       Desde el punto de vista del grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), la
implantación de la de la tasa turística, es una herramienta crucial, aunque no única. Porque, como
he dicho anteriormente, se tiene que dar un debate conjunto en torno al modelo turístico. ¿Por qué?
porque hay zonas que están viviendo una saturación turística y es hora de asumir y gestionar esto.
Es hora de identificar la gentrificación y de tomar medidas, y también es hora de identificar las
viviendas turísticas ilegales que incumplen la normativa y sancionar, si así corresponde.

       Creemos que como turista también es importante aportar con una cantidad, que realmente
es simbólica para el gasto total del viaje, porque nadie va a dejar de venir a Bilbao por ello. Y es
más, muchos estudios demuestran que la tasa turística no disuade a los turistas. Confiamos en una
tasa turística progresiva en la que se paga según el tipo de alojamiento y creemos que esto no es
un freno para la ciudad, sino una inversión a futuro que pueda asegurar que el desarrollo turístico
no sea a expensas de la ciudadanía.

       Es esencial también que el impacto económico del turismo se traduzca en beneficios
tangibles para para Bilbo, especialmente en sectores no económicos que aseguren la diversidad de
la ciudad, que no sea monocultivo del turismo, y sobre todo, en los barrios que más sufren las



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   Bilbao Aldayturriaga eta Bilbao Urquijo.                      Pérez, Bilbao     Aldayturriaga   y   Bilbao
                                                                 Urquijo.

   Ezezko botoak: 6 jaun-andre: Martínez,                        Votos negativos: 6 señoras/señores:
   Rodrigo, Goti, Garagalza, Viñals eta                          Martínez, Rodrigo, Goti, Garagalza, Viñals
   Jiménez.                                                      y Jiménez.

   Abstentzioak: 6 jaun-andre: Del Río,                          Abstenciones: 6 señoras/señores: Del Río,
   Renedo, Perea, Orozco, Fernández eta                          Renedo, Perea, Orozco, Fernández y
   Undabarrena.                                                  Undabarrena.

      Horrela,    bada,    onetsi   egin    da                      En su virtud, se aprueba la enmienda de
GOBERNU TALDEAK aurkeztutako aldatzeko                        modificación formulada por el EQUIPO DE
zuzenketa, eta, beraz, bertan behera geratu da                GOBIERNO, por lo que decae la proposición
ELKARREKIN         BILBAO      udal    taldeak                presentada     por    el    grupo    municipal
aurkeztutako proposizioa.                                     ELKARREKIN BILBAO.

14. PROPOSIZIOA ELKARREKIN BILBAO                             14. PROPOSICIÓN del grupo político
    udal talde politikoarena, proposatzen                         municipal ELKARREKIN BILBAO, que
    duena Osoko Bilkurak erabaki bat                              plantea la adopción de un acuerdo
    hartu dezan Bilbo etxebizitzaren                              plenario relativo a la declaración de
    merkatuko gune tentsionatu gisa                               Bilbao como zona tensionada del
    deklaratzeari buruz.                                          mercado de la vivienda.

       ELKARREKIN BILBAO udal taldeak                               Proposición que presenta el grupo
aurkezten duen proposizioa, xedapen zatian                    municipal ELKARREKIN BILBAO, cuya parte
hitzez hitz honela dioena:                                    dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Bilboko Udalaren Osoko Bilkurak Gobernu                      “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
Taldeari eskatzen dio formalki eska diezaiola                 Equipo de Gobierno a solicitar formalmente al
Eusko     Jaurlaritzari Bilbo   etxebizitzaren                Gobierno Vasco declarar Bilbao como zona
merkatuko gune tentsionatu izendatzea, eta                    tensionada del mercado de la vivienda y
lehenbailehen egin ditzala hura deklaratzeko                  elaborar, lo antes posible, los documentos
ezarritako baldintzak betetzeko behar diren                   preparatorios necesarios para cumplir con los
prestaketa-dokumentuak».                                      requisitos establecidos para su declaración”.

      Proposizio honek EH BILDU udal                                Esta proposición tiene una enmienda de
taldeak aurkeztutako aldatzeko zuzenketa bat                  modificación presentada por el grupo político
du, xedapen zatian honela dioena:                             municipal EH BILDU, que en su parte
                                                              dispositiva dice lo siguiente:

«Bilboko Udalaren Osoko Bilkurak Gobernu                      “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
Taldeari eskatzen dio formalki eska diezaiola                 Equipo de Gobierno a solicitar formalmente al
Eusko     Jaurlaritzari Bilbo   etxebizitzaren                Gobierno Vasco declarar Bilbao como zona
merkatuko gune tentsionatu izendatzea eta, 4                  tensionada del mercado de la vivienda y
hilabeteko epean, hura deklaratzeko ezarritako                elaborar, en el plazo de 4 meses, los
baldintzak betetzeko behar diren prestaketa-                  documentos preparatorios necesarios para
dokumentuak egitea».                                          cumplir con los requisitos establecidos para su
                                                              declaración”.

      Proposizio honek aldatzeko beste                               Esta proposición tiene otra enmienda de
zuzenketa bat du, GOBERNU TALDEAK                             modificación presentada por el EQUIPO DE
aurkeztua, xedapen zatian honela dioena:                      GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                              lo siguiente:

«Bilboko       Udalbatzak           Gobernu   Taldeari        “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al


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eskatzen dio Eusko Jaurlaritzari formalki eska        Equipo de Gobierno a solicitar formalmente al
diezaiola tentsio handiko etxebizitza-eremu           Gobierno Vasco declarar aquellas zonas de
deklaratzeko Etxebizitzaren 12/2023 Legean            Bilbao que cumplan con los requisitos
jasotako baldintzak betetzen dituzten Bilboko         contenidos en la Ley de Vivienda 12/2023,
eremuak eta, horretarako, EAEn ezarritako             como     zonas    de    mercado    residencial
protokoloa bete dezala».                              tensionado, realizando para ello el protocolo
                                                      establecido en la CAV”.

      Jarduneko alkateak hitza eman die                     La alcaldesa accidental cede el uso de
zinegotzi jaun andreei Udalbatzarraren Araudi         la palabra a los Sres. y Sras. concejales y
Organikoak xedatutakoaren arabera:                    concejalas de acuerdo con lo dispuesto en el
                                                      Reglamento Orgánico del Pleno:


       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko alkate andrea. Hace hoy exactamente 4 meses que Stop
Desahucios Euskadi acudió a este pleno municipal para solicitar que este Ayuntamiento pidiese al
Gobierno Vasco declarar Bilbao (todo Bilbao) como zona tensionada de vivienda con el objetivo de
cumplir, lo antes posible, el artículo 18 de la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda, aprobada en
el Congreso de los Diputados el pasado 23 de mayo. Ese día el EQUIPO DE GOBIERNO se
comprometió a solicitar al departamento de Vivienda del Gobierno Vasco que, siguiendo los
trámites establecidos en la Ley de Vivienda, procediese con la declaración de zonas de mercado
residencial tensionado, en aquellas zonas del municipio que cumpliesen, previo análisis, con los
requisitos contenidos en la Ley.

      Aquel día nosotras, desde el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO, dijimos que nos
parecía un paso importante por parte de este Gobierno Municipal. Pero también dijimos, que para
materializar la medida y declarar Bilbao como zona de vivienda tensionada, era necesario que el
Departamento de Vivienda determinase los criterios y el procedimiento a seguir. Pues bien, ese
procedimiento se anunció el pasado 14 de diciembre, momento en el que el departamento de
Vivienda anuncia el envío a los ayuntamientos del protocolo a seguir para poder solicitar la
declaración de zonas tensionadas en los municipios.

        Junto a ese protocolo, también se hace público en el Observatorio de Vivienda un estudio
previo, que señala aquellos municipios que, a priori, pueden resultar concernidos para la
declaración de zonas tensionadas; entre ellos, Bilbao. En dicho protocolo también se aclara, y esto
es importante decirlo, que son los ayuntamientos los que tienen que proponer el ámbito al cual se
le aplicará el régimen de Zonas de Mercado Residencial Tensionado. Un aspecto clave, porque
este estudio preliminar plantea un diagnóstico realizado por el Observatorio Vasco de la Vivienda
en el que, con una metodología propia, y que a nosotras nos parece muy discutible, viene a
identificar ciertas zonas susceptibles de recibir la declaración de zona tensionada.

       Y he aquí donde nosotras identificamos un problema grave para Bilbao. Porque según este
diagnóstico preliminar, el centro de Bilbao, el Distrito 6, los barrios de Abando e Indautxu,
quedarían excluidos de declararse zona de vivienda tensionada. Es decir, la zona centro, donde
resulta evidente que la vivienda es la más cara e inaccesible y donde existe además menos
oportunidad para intervenir desde lo público y poder corregir ese desequilibrio, quedaría excluido; lo
que, a nuestro juicio, carece totalmente de sentido. El Distrito 6 es precisamente el Distrito con
mayor riesgo de oferta insuficiente de vivienda a precios asequibles.

       ¿Pero por qué ha ocurrido esto? Pues básicamente porque para hacer este estudio
preliminar se han aplicado los dos criterios que marca la ley para declarar zonas residenciales
tensionadas, segregando los ingresos por distrito (no por barrios) y prescindiendo de la
consideración de otros criterios, que también están en la ley, como tener en cuenta las dinámicas
de formación de nuevos hogares, es decir, considerarse los datos y las circunstancias reales sobre
la posibilidad y capacidad de acceso a una vivienda en condiciones asequibles de todos los



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bilbaínos y bilbaínas en cualquier distrito y en cualquier barrio de Bilbao.

      En consecuencia: pues que el informe publicado no refleja en absoluto la realidad del
tensionamiento de la vivienda de nuestra ciudad. La declaración de zonas de mercado residencial
tensionado tiene como objetivo corregir las situaciones de segregación residencial, tal como
dispone la ley. De hecho, la segregación socio-residencial se evidencia ya, clarísimamente, en el
propio estudio preliminar del Gobierno Vasco, ya que en el Distrito 6 vive la gente de mayor poder
adquisitivo, por lo tanto resulta incomprensible que el resultado de este estudio preliminar, insisto,
precisamente excluya al Distrito 6 de la declaración. Excluir a este Distrito 6 de la propuesta, para
el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO es una barbaridad si de verdad lo que se pretende con
esta medida es avanzar hacia una ciudad cohesionada.

       Por eso nosotras, a través de esta propuesta, instamos al EQUIPO DE GOBIERNO a realizar
un análisis con el objeto de poder instar al Gobierno Vasco a declarar todo Bilbao como zona
tensionada. Lo puede y lo debe hacer porque es la primera tarea de ese protocolo determinarlo.
Además, la declaración de toda la ciudad como zona tensionada no solo es importante de cara a
evitar procesos de segregación residencial, sino de cara a aplicar en el futuro, también en el Distrito
6, determinadas facultades que la ley también otorga, como destinar suelo a vivienda en alquiler
social (artículo 15 de la ley) o poder controlar la actividad de los grandes tenedores, que en
ocasiones generan importantes distorsiones en el mercado de la vivienda (artículo 19). Además,
sería totalmente lógico declarar todo Bilbao para poder aplicar también a toda la ciudad el conjunto
de medidas específicas que deben incluirse en ese plan a 3 años, que obligatoriamente debe
acompañar a la solicitud de declaración de zona tensionada. (Y en el siguiente turno de
intervención haré referencia a la enmienda presentada por el EQUIPO DE GOBIERNO)”.

       RENEDO JN.: «Eskerrik asko, alkate andrea. Estamos viviendo un deja vù. Orain dela lau
hilabete eztabaida hau izan genuen hemen, eta bai, STOP Kaleratzeak-ek aurkeztu zuen mozio
bat. EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal taldeak ere ekarri zuen mozioa hona –igual ahaztu
zaigu–, eta eztabaida nahiko antzekoa zen. Guk eskatu genuen, hain zuzen ere, Bilboko Udala
hastea azterlanak egiten, argi zegoelako ja eskumen hau gurea dela, Udalarena dela. Eztabaida
teknikoa ere egon zen; batzuek esan zuten behar zela aldatzea etxebizitza legea, Euskal
Etxebizitza Legea, eta lau hilabete beranduago berriro gaude hitz egiten egin behar dugunaz. Hau
da, azterlan bat aurkeztu behar dugu eta guk geuk proposatu zeintzuk diren gure hirian eremu
tentsionatuak. Ariketa hori guk egin behar dugu. Eusko Jaurlaritzak egin duena proposamen bat da;
beraz, ez dut oso ondo ulertzen hemen ematen ari den eztabaida teknikoa. Egia da horretarako
borondate politiko bat behar dela eta azterlana datu batzuekin edo beste batzuekin egitea; baina
guri dagokigu eremua zehaztea, eta ez da zertan izan behar Barrutia bera. Beraz, ez dago
eztabaida handirik.

       Testua hartuta, zein toki den ez dugu ikusten –edo nik neuk ez dut ikusten edukietan–, ez
irailean guk ekarritako testuan, ez ELKARREKIN BILBAO udal taldearekin egin den proposamen
edo testuan, edo Udal Gobernuak egin duenean. Ez dut ikusten. Edukietan ez dago ezta ñabardura
txiki bat. Beraz, nik eskertuko nuke behintzat Udal Gobernuaren aldetik azaltzea zergatik aurkeztu
duen zuzenketa hori. Gurea zehaztapen oso konkretua da eta guk uste dugu garrantzitsua dela
etxeko lanak egin behar direnean denbora, epe zehatz bat, jartzea.

      Ulertzen dugu Udal Gobernuak ez duela nahi epeetan sartu, eta normala da. Horrela eskuak
aske izango ditu. Baina uste dugu garrantzitsua dela, batez ere lau hilabete barru ez egoteko berriro
hemen eztabaida berdina egiten mozio batekin, galdetzen zergatik ez dituen egin etxeko lanak.

      Aurreko puntuan, hemen planteatu da egon den eboluzio ideologikoa EAJ-PNV udal
taldearen aldetik, eta esan behar dut puntu honetan ere badagoela eboluzio bat, eta poztekoa da.
Kasu honetan ez da hain zaharra.

     En verano el grupo municipal EAJ-PNV, ha dado la matraka con esta ley hasta cansarnos y
medía competencias…, no se debía de poder aplicar… Es una ley que era un desastre y bueno, ha


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pasado medio año y por suerte en Bilbao el Gobierno Municipal del que es parte el grupo municipal
EAJ-PNV, nos plantea aplicar la ley y creemos además que, como siempre, seremos modelo y
ejemplo y lo haremos con la mayor celeridad posible.

       Baina bueno, jar dezagun fokoa egin behar ditugun etxeko lanetan. Bi lan daude egiteko.
Ondo dakigunez, alde batetik, esan dudana: eremua zehaztea eta eremua zehaztearekin batera
memoria bat aurkeztea hori justifikatzeko. Eta memoria hori egiterakoan, Viñals andreak esan duen
moduan, datu batzuk. Bi elementu dira. Baina egin ahal da modu konkretu batean erdiguneko
barruti hori ere, guztiok dakigun moduan, eremu tentsionatua izateko. Hor, elementu
distorsionantea errentarena da. Badakigu barruti horretan errenta oso altua dela, eta horregatik
datuetan ematen da distortsio bat. Baina badaude metodologiak eta aukerak beste modu batean
kontenplatzeko eta hor sartzeko. Bigarren aldetik, eta guretzat interesgarriena, ekintza-plana egitea,
hau da, legeak eskatzen digu ez bakarrik eremua izendatzeko, baizik eta ekintza plan bat egiteko.

       Eta, berriro esango dut hemen, EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal taldearentzat
badaude lau lerro behintzat merkatuaren gaur egungo logika aldatzeko. Alde batetik,
garrantzitsuena, parke publikoa handitzea. Hor ekarri genuen proposizio bat orain dela gutxi. Beste
alde batetik, etxe hutsak mobilizatzea. Jada guk onartu dugu Plenoan kanonaren aplikazioa, eta ez
du egin. Etxebizitza turistikoak kontrolatzea: hor badaude ere neurriak eta, azken finean, orain
interpretatu ahal duguna alokairuaren prezioa mugatzea da. Eskerrik asko».

       SRA. MARTÍNEZ: “Muchas gracias. Yo creo que quienes tensionan también el mercado de la
vivienda son todos ustedes aprobando normativas que no tienen ningún sentido y que lo único que
hacen es perjudicar al conjunto de los ciudadanos.

       En primer lugar, en Euskadi tenemos una ley de vivienda del año 2015, es decir, la
consecuencia de la situación de la vivienda que tenemos en este momento pertenece al impulso de
los actores del Partido Nacionalista Vasco y el Partido Socialista, que en su día aprobaron esa ley
de vivienda absolutamente ineficaz que lo único que vino a generar es, efectivamente, el canon de
la vivienda, que como se ha dicho, afortunadamente aquí no se aplica y los recargos en distintos
impuestos. Eso es toda su aportación, porque les encanta esto de recaudar y recaudar sin mirar las
consecuencias.

       Y el año pasado llegó el Gobierno de España y nos aprueba una ley de vivienda que está
recurrida ante el Constitucional, también por el Gobierno Vasco y por otras muchas comunidades
autónomas. También por Madrid, también por Andalucía, y se establece esto de las zonas
tensionadas como si fuera la panacea. Las zonas tensionadas en todos los lugares en los que se
ha aprobado, en Cataluña, en Berlín, en París, lo único que ha hecho es retirar viviendas del
mercado.

      Y yo digo, si el Gobierno Vasco considera (y en el grupo municipal PARTIDO POPULAR,
estamos de acuerdo) que la ley de vivienda que aprobó el Gobierno de España con EUSKAL
HERRIA BILBU (EH BILDU) y con Podemos, invade competencias que son exclusivas de nuestra
Comunidad Autónoma, vamos a aplicar algo con lo que no estamos de acuerdo y que encima está
invadiendo nuestras competencias. Es más, solo ha habido una Comunidad Autónoma en toda
España que ha solicitado al Gobierno de España poner esto de las zonas tensionadas. ¿Cuál ha
sido casualmente? Cataluña. Y ¿saben cuál es la respuesta que han dado los partidos, es decir,
todos ustedes que forman parte del Gobierno de España? Pues decir que no se puede aprobar
porque todavía hay no sé qué informes técnicos que faltan de hacer por parte del Ministerio. O sea,
hasta ustedes mismos están intentando dilatar la aplicación de una ley, que es evidente que lo
único que va a venir es a traer mayor problemas.

       Esta ley lleva 5 meses desplegando sus efectos. ¿Saben ustedes el primer efecto que
hemos tenido? Pues que van a cerrar ustedes, por derribo, el mercado de alquiler también en
Bilbao y en el conjunto de Euskadi. ¡Y en toda España! El 25% de las viviendas que estaban en
alquiler residencial, se han ido a alquiler de temporada. Es que ustedes legislan porque al final el


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papel lo aguanta todo, pero es que eso luego tiene consecuencias, y muy graves, para el conjunto
de los de los ciudadanos. Y hablan ustedes de grandes tenedores, cuando la realidad cierta en
Euskadi y también en el conjunto de Bizkaia y también en Bilbao, es que la mayoría de los
propietarios son pequeños propietarios que tienen, han dicho hoy, pues en vez de tener 10 € en el
Banco, pues los invierto en una vivienda y la pongo a disposición en alquiler. Esa es la gran
mayoría de los propietarios que tenemos en Bilbao, a quienes ustedes están intentando perjudicar
de todas las maneras posibles.

       E insisto, yo hablo con datos. El primer dato es que hay, desde luego, menos viviendas a
disposición de las familias para poder tener un alquiler, y que el 25% de esas viviendas se han ido
a vivienda -que se llama así legalmente- arrendamiento para uso distinto del de vivienda, es decir,
para vivienda vacacional o para vivienda ocasional o para estudiantes o para personas que se
mueven por motivos de trabajo.

       Esa es su gran aportación. Y es que una y otra vez acaban ustedes incidiendo en los mismos
errores cuando hablamos de vivienda. En vez de intentar abrir el mercado, en vez de intentar que
haya más viviendas a disposición, en vez de incentivar que cada vez más personas se animen a
sacar viviendas en alquiler, todas las medidas que toman ustedes una y otra vez es justamente
para lo contrario, para castigar a quien puede poner esas viviendas en alquiler y para recaudar para
la nada. Y el daño que están haciendo ustedes en el mercado del alquiler del conjunto de España,
que también nos afecta a Bilbao, es enorme”.

       SRA. DIEZ: “Eskerrik asko alkate andrea. Yo en primer lugar quiero enviarle al alcalde
nuestros mejores deseos de recuperación, aunque sé que esa recuperación la va a combinar con
trabajo. Señora Viñals, yo cuando recibí su proposición pensé: bueno, era el siguiente paso a dar,
un paso que ya estábamos dando, de hecho, bueno, el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO,
pues coincide y lo solicita. Bien.

        En primer lugar y antes de avanzar en el debate, yo quiero aclarar cuál es el objetivo de la
declaración de zonas del mercado residencial tensionado, que no es otro que orientar la política
para favorecer vivienda asequible allí donde existen problemas para acceder a una vivienda en
alquiler asequible por exceso de demanda o por poca oferta, y como sabrán el Departamento de
Planificación Territorial, Vivienda y Transportes de Gobierno vasco, a través del Observatorio de la
Vivienda, ha elaborado ese estudio sobre zonas tensionadas de Euskadi teniendo en cuenta los
dos criterios que la ley contempla en el ámbito del alquiler: la evolución de los precios por distrito en
los últimos años y el esfuerzo económico realizado por las familias bilbaínas para pagar el coste de
su vivienda habitual.

        La información que este estudio recoge son los datos sobre rentas medias de precios de
alquiler proporcionados –como le comentaba- por estadística del mercado de alquiler y también los
datos más actuales sobre renta personal y familiar, así como sobre los gastos de suministros.
Datos que están publicados todos ellos por el EUSTAT. Pues bien, yo, todos estos datos nos dicen
algo, y nos dicen que en Bilbao existen zonas que sí están en situación de poder ser declaradas
zonas tensionadas residenciales. Y es aquí donde creo que existe la diferencia que tenemos de
criterio con ustedes, que estoy totalmente de acuerdo con lo que comentaba el señor Renedo
antes, yo creo que en todas las propuestas que se han presentado coincidimos.

      Bueno, ustedes plantean que se declare toda la ciudad como zona tensionada y nosotros
decimos que no toda la ciudad puede tener esa consideración, ya que existen zonas que no
cumplen con los requisitos que establece la ley. Es decir, nuestra postura, la postura, a mi juicio,
responsable de este EQUIPO DE GOBIERNO es la de ser absolutamente respetuosos con las
exigencias de la ley. Por lo tanto, señora Viñals, no hemos podido llegar a un acuerdo, aunque
estoy convencida de que ambas buscamos el mismo objetivo y vamos a seguir trabajando para
encontrarnos. Hemos tenido muchísimas conversaciones, todavía no veo la diferencia que le he
comentado en este momento, pero que creo que es una cuestión de encaje.



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        Como sabe, obtener esta declaración de zona tensionada no se produce de una forma
automática, no basta solo con solicitarlo. Tenemos que realizar una serie de trámites, comenzando
por una petición formal por parte de este Ayuntamiento. Una petición formal acompañada de una
memoria justificativa con el contenido que señala la propia Ley 12/23. Es preceptivo, además, llevar
a cabo un proceso participativo, abrir un periodo de alegaciones tal y como indica la normativa, y la
elaboración de un plan de acción a 3 años para hacer frente al problema e intentar resolver las
insuficiencias de oferta accesible que se detecten. Y aquí vamos a detectar lo que usted echa en
falta, en este momento. Y le recuerdo también que en Bilbao ya hemos dado pasos para obtener
una declaración de zonas tensionadas. Y lo vamos a lograr con el cumplimiento escrupuloso de los
requisitos que legalmente se han establecido. De hecho, no hemos parado de trabajar.

      Todos, yo creo que somos conscientes de que la declaración de zonas tensionadas no es la
única respuesta y eso sí que lo matizó bien, no es la única respuesta para hacer frente al problema
de la falta de vivienda asequible. Las respuestas tienen que pasar por una estrategia que
contemple no solo esta declaración, no solo esta declaración, sino otra batería de medidas que
debe concretarse en el plan de acción que desarrollaremos en este ayuntamiento”.

       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko. Señora Díez, la principal diferencia que tenemos es que
nosotras con esta propuesta que hoy traemos solicitándoles pedir al Gobierno vasco declarar todo
Bilbao zona tensionada es que nosotras intentamos evitar ahondar en la segregación residencial en
Bilbao. Esa es la diferencia. Y el problema que tenemos es la metodología que se ha utilizado para
realizar el estudio previo. Ha tenido en cuenta dos criterios, hay más. Hay más porque compartimos
algo que es el objetivo de declarar zonas de mercado tensionado, que es favorecer la vivienda
asequible. ¿Usted se cree que con este mapa, dejando al Distrito 6 ahí en medio, se avanza en la
cohesión social, en evitar la segregación residencial? ¿Esto es lo que se busca con la herramienta
que pone a disposición la ley estatal de vivienda? No. Y es que podemos hacerlo. El Gobierno
vasco nos ha puesto a nuestra disposición un estudio preliminar, pero nuestra competencia es
determinar nosotros el ámbito. De verdad, háganlo, estoy convencida que el Gobierno vasco les va
a decir que no hay ningún problema. Y van a tener que hacer una memoria justificativa, que lo van
a poder justificar perfectamente porque el problema es cómo se han analizado los datos, que se ha
tenido en cuenta la renta por distritos y no por barrios. Y el resultado es este, y este resultado no es
positivo para Bilbao.

      Y estamos a tiempo de modificarlo, yo comparto lo que dice el señor Renedo, parece un deja
vù, porque es que la enmienda que nos han presentado es la misma que en septiembre. Da la
sensación que ustedes sabían ya el resultado del estudio. Pues es que entonces, ¡no se no se
entiende!, porque es que la enmienda ¿qué nos quiere decir realmente? Declarar aquellas zonas
de Bilbao que cumplan con los requisitos contenidos en la Ley de vivienda, ¿cuáles?, ¿cuáles?
¡Porque todos no los cumplen! ¿Qué nos quieren decir, que van a aceptar este estudio preliminar
del Observatorio de Vivienda? ¿Que cuando hagan la memoria identificativa va a haber un
resquicio para poder modificar algo? La enmienda que hoy nos presentan no se compromete a eso,
no se compromete realmente a avanzar en nada. Entonces, nosotras, realmente la diferencia es
esa, vemos un problema y no se le quiere poner una solución”.

       SR. RENEDO: “Eskerrik asko alkate andrea. Espero que no sean la señora Díez y la señora
Viñals las que hagan la memoria justificativa y la hagan el personal técnico de este Ayuntamiento,
como no puede ser de otra manera. Evidentemente que a la hora de hacer esa memoria el
Gobierno Vasco ha mandado un primer informe que habrá que concretar y que creemos en el
grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), que seguramente el Distrito del centro
puede entrar dentro de la red tensionada porque encima es el único Distrito en el que no tenemos
vivienda pública, como bien sabemos, y eso también afecta a la lógica de mercado.

      En todo caso, quería aclarar la postura del grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH
BILDU), en ese sentido, es, que nosotras ya hemos anunciado que en los 41 municipios que hay
susceptibles de declarar áreas tensionadas, allá donde gobierna EH-BILDU, sin duda alguna se va
a proceder a declarar las zonas que pueden ser áreas tensionadas, y lo haremos con la lectura,


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que compartimos con el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO, de intentar que esto cambie la
lógica del mercado. Esa es nuestra voluntad. Simplemente porque pensamos que esa medida es
buena para la gente y porque nos va a permitir tomar medidas, después de declararlo, que voy a
pasar a enumerar, que creemos que es donde hay que poner el foco.

      Por un lado, identificar grandes tenedores, que como bien saben son aquellas personas que
tenían en vez de 10 €, 50 € y entonces en vez de una vivienda, han comprado 5, entonces con
esas personas podremos iniciar otro tipo de relación, podremos limitar los contratos de alquiler, o
sea que no sigan subiendo, que creemos que ya los precios son bastante abusivos y evitaremos la
expulsión de las inquilinas, y además vamos a poder establecer precios de alquiler en torno al
índice de referencia del Gobierno vasco, lo cual creemos que es muy positivo y que nos lo van a
agradecer, sobre todo las personas que están ahora mismo en alquiler, las personas jóvenes que,
por desgracia, están siendo expulsadas de sus barrios por la lógica inmobiliaria. Eskerrik asko”.

       SRA. DIEZ: “Señora Viñals, usted sabe que en la negociación de esta enmienda yo le
propuse que una vez analizado y haciendo los estudios y todo lo que nos hemos comprometido a
hacer, revisaríamos esa zona e incorporaríamos después las zonas dentro de esa huella que
puedan ser tensionadas. Eso lo sabe. Eso lo sabe bien. Yo lo que sí quiero aclarar es que sobre
todas estas consideraciones y sobre el plan de acción que haremos, que bueno, que contiene
muchas cuestiones, contiene una estrategia fiscal de movilización de vivienda, de información y
formación a través de la Oficina Municipal de Vivienda, de atención a las situaciones de
vulnerabilidad y exclusión residencial a través del servicio municipal de desahucios, de atención a
la juventud. Contiene muchas cuestiones. Pero las zonas tensionadas, también lo quiero aclarar y
lo repito, no es la panacea de la solución al problema de vivienda en Bilbao y en muchos
municipios. Yo creo que sobre todas estas acciones considerables, está la más importante, y lo
fundamental es invertir en la promoción de nuevos recursos residenciales dignos y asequibles. Yo
creo que eso es lo primordial.

       Y señora Martínez, no me hablé de tensión, no me hablé de zonas tensionadas. No me hable
de zonas tensionadas porque usted se encarga de tensionar este Pleno continuamente. Yo lo que
quiero decir es que el artículo 33 de la Constitución reconoce el derecho a la propiedad, su función
social y la posibilidad de la ley de modular su contenido. Y no parece que limitar la elevación
desmesurada de la renta evitando situaciones de inflación acusada, vaya en contra del derecho a la
propiedad. ¿Usted cree, está de acuerdo con la especulación de precios de alquiler? Yo creo que
esta esta ley, esta ley de vivienda es lo que lo que va a intentar, que no haya esa especulación. Yo
creo que la subida de un 3%, no me parece que las rentas suban en demasía. Eskerrik asko”.

       SRA. VIÑALS: “Señora Díez, efectivamente, hemos intentado llegar a un acuerdo, lo hemos
intentado con varios borradores de enmienda, pero es que la primera responsabilidad que tiene su
departamento es determinar el ámbito donde se quiere declarar la zona. Lo tienen que hacer
ustedes y no se ha comprometido a solicitar, ¡a solicitar! declarar todo Bilbao. ¡A solicitarlo! No lo
dice su enmienda. Lo primero que tienen que hacer es declarar el ámbito y luego se hace la
memoria justificativa. Ni siquiera se han comprometido a eso. Ese ha sido el mayor obstáculo para
poder llegar a un acuerdo. ¿Que luego pueda haber modificaciones? Yo, su palabra, de verdad
puedo confiar en ella, pero tenemos que ser serios, hay un acuerdo y hay un texto y eso es al final
lo que se vota. Y eso no se refleja.

       Efectivamente, declarar zonas de mercado residencial tensionado es una herramienta más
que posibilita la Ley estatal de vivienda, la posibilita. El Gobierno autonómico la puede coger o no.
En este caso ha cogido la pelota y lo ha puesto en marcha. Pero el objetivo es ofrecer vivienda
asequible en toda la ciudad. No tiene ningún sentido que el Distrito 6, donde la vivienda es más
cara, se quede fuera. Es que no tiene ningún sentido porque lo que va a hacer, insisto, es ahondar
en la segregación residencial de vivienda que tenemos ya de por sí en la ciudad, donde la mayor
vivienda asequible precisamente no está en el Distrito 6. Cualquier persona y ciudadano en Bilbao
no puede ir al centro de Bilbao, A Indautxu, a comprarse una casa, no es así.



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      Goia, el Alcalde de Donosti, ha solicitado sin miedo, y lo ha dicho públicamente, ya al
Gobierno vasco declarar todo Donostia zona de vivienda tensionada, y el estudio preliminar
tampoco daba todo Donostia. Nosotros no lo entendemos. Háganlo de verdad, solicítenlo. ¡No
vemos esta cerrazón con esta cuestión! Entonces nosotras le decimos, si aceptan este estudio, qué
es lo que nos dan a entender con su texto de enmienda, están contribuyendo a fortalecer la
segregación residencial en Bilbao.

      Y, por último, el objetivo de la ley Estatal de vivienda es prevenir desequilibrios y procesos de
segregación socio-espacial en detrimento de la cohesión social y territorial. Y eso, ahora mismo, no
está encima de la mesa respecto a Bilbao. Besterik gabe, eskerrik asko".

       SR. RENEDO: “Eskerrik asko. alkate andrea. Por centrar y acabar también con esta
aprobación de áreas tensionadas, tenemos una virtud y es que nos va a obligar también a calificar
como vivienda protegida de alquiler al menos el 50% de la vivienda destinada a la protección, lo
cual va a dar un cambio y sobre todo va a impulsar -estamos de acuerdo con la señora Díaz-, que
la principal herramienta para revertir la lógica de mercado es tener vivienda pública de alquiler
distribuida por toda la ciudad, también en el centro, que todas tienen derecho a vivir en los barrios
de origen.

      Voy a acabar únicamente explicando el sentido del voto del grupo municipal EUSKAL
HERRIA BILDU (EH BILDU). Nosotras hacíamos una enmienda para acotar el tiempo, porque
creemos que es importante que la ciudadanía sepa en qué tiempo vamos a hacer esta declaración,
creemos que sería importante. Entendemos que los dos textos, y el de septiembre, son parecidos,
o sea, aplicar la normativa y solicitar al Gobierno Vasco las gráficas esperemos que se haga con lo
que corresponde técnicamente, que no sea una voluntad política, o sea, que no sea un criterio que
se debata en el Pleno, sino que sea un texto jurídico-técnico.

       Y vamos a votar que sí también a la enmienda que ha hecho el Gobierno por
responsabilidad, porque creemos que esta medida -y así lo hemos defendido también en Madrid-
es buena, mejora la vida de las personas, mejora la vida de, sobre todo, de las personas jóvenes
de esta ciudad. Y teniendo en cuenta que no es la panacea, que es otra medida más y que habrá
que tener otras políticas de vivienda, creemos, sin duda alguna, que nos abre un abanico de
posibilidades para poder implementar políticas públicas que realmente cambien la lógica del
alquiler. Sabemos, no nos hemos caído de un guindo, que la ambición o la idea de cambio, no la
podemos compartir, y que seguramente, dentro de unos meses estaremos de nuevo proponiendo y
hablando de implementar políticas que nos permite la declaración de áreas tensionadas. Eskerrik
asko”.

      SRA. MARTINEZ: “Muy brevemente. Señora Díez, esta ley no solo invade competencias,
han sido aceptados muchos recursos por el Tribunal Constitucional contra esta ley, sino que tiene
graves errores jurídicos que perjudican seriamente el mercado inmobiliario y a los ciudadanos. Y,
sobre todo, perjudica muy seriamente a los ciudadanos más vulnerables.

      La realidad es que además de trasladar a los particulares la obligación del Estado de
garantizar una vivienda digna a todos los ciudadanos, lo único que ha provocado en este momento
es que el mercado de inmobiliario se tensione más y que las personas que tienen menos recursos
tengan menos posibilidades de acceder al mercado de la vivienda, y eso está comprobado. Se lo
he dicho antes, no es que no sea la panacea, es que es el marasmo, es la paralización. Es que no
se puede legislar peor, con menor idea de lo que es necesario.

      Lo que se genera es alarma social, y además es que el Estado no asume la responsabilidad
de que los ciudadanos puedan alquilar una vivienda, y sobre todo los ciudadanos más vulnerables.
Es más bien al contrario, carga sobre otros ciudadanos esa responsabilidad. No tiene
absolutamente ningún sentido. Y, fíjese usted si no tiene ningún sentido que, como le decía antes,
se han retirado un 25% de las viviendas del mercado. Salgan ustedes a la calle, vean lo que está
pasando, realmente lo que han hecho ustedes es fracturar el mercado y tensionar aún más el difícil


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mercado de la vivienda. La ley de vivienda del año 2015 que tenemos en Euskadi, desde luego, los
efectos han sido cero, caóticos, salvo para las administraciones que recaudan más a través de
recargos del IBI. Y el resultado de esta ley que aprobaron ustedes junto con junto con EH Bildu, va
a ser lo mismo, es decir, cada vez peor. Es que es mejor que ni toquen. No toquen”.

       SRA. DIEZ: “Por orden, se me ha olvidado contestar al señor Renedo. Su enmienda creo que
en ningún ayuntamiento se aceptaría ni donde gobernamos nosotros, ni donde gobiernan ustedes.
Conozco dos ayuntamientos que llevan ustedes, Galdakao y Plentzia y ni siquiera han empezado el
procedimiento. Yo creo que, por supuesto, todos queremos que se haga cuanto antes. A mí me
gustaría que en el mes de marzo esto estaría en marcha. Es imposible porque hay unos estudios
técnicos importantes, hay un proceso de participación importante y todo eso lo vamos a respetar
como no puede ser de otra manera. Pero, nosotros queremos hacer este trabajo con realismo, con
rigor y hacer bien las cosas y eso no puede darse sacrificando trámites que al final no nos van a
dar lo que realmente queremos, un estudio claro, un estudio conciso y desde luego, señora Viñals,
no dude que si en esa zona central encontramos, tenemos a partir de ese estudio, zonas
tensionadas, las vamos a recuperar, no puede ser de otra manera.

       Yo, al final, sí que querría trasladarles que el acceso a una vivienda digna es un problema
que es acuciante en muchas ciudades. A nosotros nos preocupa sobremanera, nos preocupan los
precios del alquiler, nos preocupa la posible especulación y creo y así lo confirmo, aunque usted no
esté de acuerdo conmigo, que las dos leyes, tanto la estatal como la autonómica son dos leyes que
sirven para mejorar la vida de la gente. Lo sirven. Y creo que tenemos una tarjeta de presentación
de servicios importante en vivienda aquí en Euskadi. Y desde luego, creo que la ley estatal va a dar
buenísimos resultados. ¿El objetivo? Que los ciudadanos tengan una vivienda asequible”.

       SR. ABAUNZA:”Eskerrik asko. Muy brevemente porque se ha hecho una mención a mi grupo
político y quería hacer una reflexión a este respecto, Primero, mencionar que hay tres cosas que
caracterizan la acción política de EAJ-PNV. La primera, la defensa de Euskadi, de su soberanía y
de sus competencias, siempre, y no a tiempo parcial como hace EH Bildu. En segundo lugar, la
defensa de la ciudadanía vasca, poniendo el bienestar de las personas en el eje de nuestra acción
política. En tercer lugar, cumplir y hacer cumplir todas las leyes siempre y cuando estén vigentes,
las hayamos votado nosotros o no, siempre acatamos el marco legal vigente en cada momento.

      Y mencionar a este respecto que es cierto que esta ley no fue votada por EAJ-PNV en el
Congreso de los Diputados, como tampoco fue votada por la CUP, y no creo que ideológicamente
estemos en la misma posición EAJPNV y la CUP, pero cada uno teníamos también nuestras
razones para oponernos a la misma, como también Esquerra Republicana de Cataluña, su socio,
que votó a favor de la ley y luego la recurrió en el Constitucional por invasión competencial. Y
bueno, ya veremos qué es lo que ocurre.

       Pero como he mencionado antes, en cuanto estén vigentes, evidentemente, EAJ-PNV
defenderá el cumplimiento y cumplirá con todas la determinaciones de la ley también en esta
cuestión. Y sé que no lo van a reconocer nunca, pero Euskadi es un referente en políticas sociales
públicas gracias a la acción que durante todos estos años EAJ-PNV ha desarrollado en todas las
administraciones e instituciones en la que ha gobernado con sus socios de gobierno. Y es un
hecho, porque formaciones políticas aquí presentes, luego, cuando debaten ante otras formaciones
políticas en otras partes del estado, ponen a Euskadi como referente precisamente en esas
políticas públicas.

       Yo estoy seguro de que también en materia de vivienda, como ha expresado perfectamente
mi compañera, la señora Diez. Vamos a avanzar en esta materia, mejorando la oferta de vivienda
pública en alquiler en Bilbao. Recordar a este respecto que somos el municipio que más vivienda
social en alquiler tiene por habitante de títularidad municipal y que, a pesar de eso, vamos a seguir
promocionando e impulsando la construcción de vivienda pública desde el ayuntamiento y desde
todas las instituciones en las que participamos. Eskerrik asko”.



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GOBERNU TALDEAK aurkeztutako aldatzeko                modificación formulada por el EQUIPO DE
zuzenketa, eta, beraz, bertan behera geratu da        GOBIERNO, por lo que decae la proposición
PARTIDO POPULAR udal talde politikoak                 presentada por el grupo político municipal
aurkeztutako proposizioa.                             PARTIDO POPULAR.



17. PROPOSIZIOA PARTIDO POPULAR                       17. PROPOSICIÓN del grupo político
    udal talde politikoarena, proposatzen                 municipal PARTIDO POPULAR, que
    duena Osoko Bilkurak erabakia hartu                   plantea la adopción de un acuerdo
    dezan     GOBERNU       BATZORDEARI                   plenario mediante el que se inste a la
    eskatzeko jarrai dezala 2023-2027                     JUNTA DE GOBIERNO a continuar,
    agintaldi    honetan        Otxarkoaga-               durante el presente mandato 2023-
    Txurdinagako         3.        barrutian              2027, con el proceso de accesibilidad
    oinezkoentzako           irisgarritasun-              peatonal en el Distrito 3 Otxarkoaga-
    prozesuarekin,    zenbait     jarduketei              Txurdinaga, priorizando determinadas
    lehentasuna emanez.                                   actuaciones.

       PARTIDO POPULAR udal taldeak                         Proposición que presenta el grupo
aurkezten duen proposizioa, xedapen zatian            municipal PARTIDO POPULAR, cuya parte
hitzez hitz honela dioena:                            dispositiva es del tenor literal siguiente:


“El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la Junta de Gobierno Local a:

Continuar, durante el presente mandato 2023-2027, con el proceso de accesibilidad peatonal en el
Distrito 3 Otxarkoaga-Txurdinaga, priorizando las siguientes actuaciones:

Primero. Instalación de rampas o escaleras mecánicas, según mejor opción técnica, en las calles de
gran inclinación que bordean el Grupo Aixeona, para poder acceder con mayor facilidad a sus
viviendas.

Segundo. Instalación de rampas o escaleras mecánicas, según mejor opción técnica, en las cuestas
de la calle Lozoño que desembocan en la Avenida Pau Casals: a) En su encuentro con el número 6
de Avda. Pau Casals- bordeando el colegio Francisco de Goya-; b) En su confluencia con la parada
de Bilbobus “Pau Casals-Jesús Galíndez”.

Tercero. Instalación de rampas o escaleras mecánicas, según mejor opción técnica, en la cuesta de
la calle Doctor Ornilla que discurre desde el Parque Europa hasta las calles de Jésus Galíndez y
Pau Casals.

Cuarto.- Instalación de un elevador, según mejor opción técnica, en la cuesta de gran inclinación
que conduce al número 1 de Travesía Arbolantxa. En caso de que esta solución no fuese posible
por razones del terreno, se insta a la aplicación del sistema de escaleras mecánicas como mejor
alternativa, donde se ubican las escaleras firmes actuales”.

      Proposizio honek EH BILDU udal                        Esta proposición tiene una enmienda de
taldeak aurkeztutako aldaketako zuzenketa bat         modificación presentada por el grupo político
du, xedapen zatian honela dioena:                     municipal EH BILDU, que en su parte
                                                      dispositiva dice lo siguiente:

«Bilboko udalaren osoko bilkurak udal                 “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
gobernuari eskatzen dio Otxarkoaga auzoan             gobierno municipal a priorizar, presupuestar y
2023-2023 agintaldi honetan irisgarritasun            calendarizar las actuaciones de promoción de
Plan baten bidez egin beharreko irisgarrtasuna        accesibilidad a realizar en el barrio de
sustatzeko       jarduketak      lehenesteko,         Otxarkoaga durante el presente mandato 2023-


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aurrekontuak egiteko eta egutegiak egiteko,            2027 mediante un Plan de Accesibilidad en los
Irisgarritasuna Sustatzeko abenduaren 4ko              términos que establece la Ley 20/1997, de 4 de
10/1997 legeak ezarritakoaren arabera».                diciembre, para la promoción de la
                                                       Accesibilidad”.

      Proposizio honek aldaketako beste                       Esta proposición tiene otra enmienda de
zuzenketa bat du, GOBERNU TALDEAK                      modificación presentada por el EQUIPO DE
aurkeztua, xedapen zatian honela dioena:               GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                       lo siguiente:

«Bilboko     Udalbatzak    Gobernu     Taldeari        “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio Bilboko barrutietan oinezkoen             Equipo de Gobierno a continuar con el proceso
irisgarritasuna hobetzeko prozesuarekin jarrai         de mejora de la accesibilidad peatonal en los
dezala 2023-2027 agintaldian, kontuan izanik           Distritos de Bilbao durante el presente
Auzokide      Plana   definitzeko   prozesuan          mandato 2023-2027, teniendo en cuenta las
planteatutako eta lehenetsitako beharrizanak».         necesidades planteadas y priorizadas en el
                                                       proceso de definición del Auzokide Plana”.

      Jarduneko alkateak hitza eman die                      La alcaldesa accidental cede el uso de
zinegotzi jaun andreei Udalbatzarraren Araudi          la palabra a los Sres. y Sras. concejales y
Organikoak xedatutakoaren arabera:                     concejalas de acuerdo con lo dispuesto en el
                                                       Reglamento Orgánico del Pleno:


      SR. GOTI: “Mila esker. La verdad es que envidio a los miembros de la corporación que han
tenido tiempo de ir a hacer sus particulares alivios en este momento, porque la concatenación de
defensa de las proposiciones aquí me tiene afincado. Qué le vamos a hacer.

       Efectivamente, traemos aquí una proposición en donde quisiera además también apercibir a
la corporación, tienen aquí unas fotografías que dejo a disposición de quien lo solicite sobre las
zonas a las que he querido referirme en esta proposición. Y por lo tanto, si alguien tiene a bien,
aquí los tienen.

      Como consecuencia de que vaya también a construirse un nuevo edificio de viviendas junto
al Grupo Aixe Ona, en una zona que además entiendo que no es la idónea para su construcción,
no solamente por la cercanía a un entorno natural de monte con especies como avellano y donde la
fauna además también discurre, también es cierto que se encuentra en un punto muy alto del barrio
de Otxarkoaga y tiene las características propias de una zona de ladera en donde predomina la
sombra y la humedad.

       Pero este no es el objeto de lo que nos trae aquí, sino algo que quería mencionar, porque
efectivamente, tanto para las futuras nuevas construcciones que allí se vayan a dar, como para las
que ya existen, todas las cuestas que hay en torno al Grupo Aixe Ona desde la calle Zizeruena y
desde también la calle Ugarte, tienen una inclinación que hace muy costoso el discurrir de la
población hasta sus viviendas. Yo mismo he visto con mis propios ojos a una persona de avanzada
edad, apoyándose en los coches para poder subir.

        Esta misma casuística se da en una serie de calles que dan precisamente a, probablemente,
la única zona más animada que existe en Otxarkoaga donde queda el poco comercio que queda
allí, que es la plaza de Kepa Enbeita y las calles de Lozoño. Aquellas de Zizeruena, Ugarte y Grupo
Aixe Ona, son esas calles que de una manera o de otra van a ser las más transitadas, por ser la
plaza de Kepa Enbeita la que más actividad diaria recoge. No solamente por lo que allí se puede
hacer, sino porque allí también está la boca de Euskotren para poder dirigirse a otros sitios donde
haya más comercio del que desgraciadamente no hay en Otxarkoaga.




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       Encontramos tanto en las calles que bordean el Grupo Aixe Ona como en la calle Lozoño en
su salida hacia la parada de Bilbobus de Pau Casals- Jesús Galíndez, como en la calle Lozoño, en
el tramo que discurre junto al Colegio Francisco de Goya, una inclinación muy grande, inclinación
que no se salva de ninguna manera en este momento. Lo mismo sucede efectivamente en el tramo
urbano que discurre entre el parque Europa, que es una zona magnífica de esparcimiento y el
núcleo del Barrio de Otxarkoaga.

       También, estas dificultades se encuentran en unas escaleras firmes que dan a un edificio de
viviendas en travesía Arbolantxa 1, donde en sus bajos también existe un centro de hostelería,
concretamente creo que es una Cervecera donde buena parte de la población va allí a pasar su
tiempo libre. Y tiene una gran dificultad en cuanto al coste que implica llevar a cabo el
desplazamiento hasta allí.

      De tal manera que nosotros entendemos que esos mecanismos de tracción mecánica u otros
que se considere más aceptables son necesarios para estas zonas de Bilbao que, tal cual los
propios vecinos nos han manifestado, suponen el impedimento de sus desplazamientos diarios, un
sobreesfuerzo que no solamente para las personas mayores, sino también para las personas que
tienen que llevar las bolsas de la compra, los carritos de sus hijos, que ojalá fuesen más, cada vez
más.

       Y esto conecta desde luego con un problema de reto demográfico para Bilbao, nos hacen
traer aquí a este Pleno esta proposición de acuerdo y lo sometemos a la consideración de la
corporación. Mila esker”.

       RENEDO JN.: «Eskerrik asko, alkate andrea. Eta eskerrik asko, bene-benetan, Goti jauna,
egin duzun lanagatik, Otxarkoagara etortzeagatik. Argazkiak egitea uste dut badela lan boluntarista
itzelezkoa. Ezagutzen dut zonaldea pixka bat, batez ere hor egon naizelako urte asko nire bizitzan,
eta hemen bi eztabaida daude, lehenengoa teknikoa eta gero politikoa. Eta uste dut guri dagokigula
gehiago politikoa egitea; teknikoa, iritzi tekniko pertsonala emango dizut. Gaur egun kaleetan
arrapala eta eskailera mekanikoak jartzea ez da ideia oso gomendagarria, alde batetik
mantenimendua oso altua delako eta, beste alde batetik, bilatzen badugu irisgarritasun unibertsala,
ondo dakizuenez adineko jendeak ez ditu ondo erabiltzen arrapalak, batez ere bustita baldin
badaude, eta ez da konponbiderik onena. Baina uste dut ez dela gure lana. Ez da hau foroa hitz
egiten hasteko honen inguruko soluzioez, zehaztasunez, non jarri eta abar.

      Ondo dago holako lau proposamen ekartzea. Auzoan badaude beste hamaika behar, eta
konpartitu behar dut egoera latza dela, egoera dramatikoa dela. Ikusi duzuenez, ez da bakarrik
adineko jendea. Otxarkoagan adineko jende asko bizi da, Euskal Herrira lan egitera etorri dena, eta
gaur egun adinarekin aldapa handiak dituen auzo batean bizi dena. Gainera, etxebizitza gehienetan
ez dago igogailurik, eta horrek egoera dramatikoa ekartzen du.

       Badago jende asko gaur egun etxean gordeta bizi dena, bere etxean gatibu, eta ezin du
kalera atera eta ezin du egin bizitzak eskatzen duen elementu minimoa, erosketak eta bizitza
soziala. Baina, nahiago dut pasatzea arlo politikora eta EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal
taldeak aurkeztu duen proposiziora. Y decir que no es una propuesta que haga EH BILDU, la
propuesta del grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), la enmienda que hacemos es
como bien comentaba antes el señor Abaunza, cumplir el marco legal, que es algo en lo que el
PNV está de acuerdo. Y es una propuesta que la hemos hecho tras contrastar con el Departamento
de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco que, como bien saben
ustedes, es el responsable de la accesibilidad y del control, y si no lo saben se lo digo, y que
depende del Partido Socialista de momento.

      Y la propuesta que hace el departamento es bastante clara, hay una ley de promoción de la
accesibilidad del año 1997 que está consensuada y hay una estrategia de accesibilidad integral y
universal, como bien saben ustedes, del año 2023, en el que se exige que se hagan planes de
accesibilidad por varias razones, y esto dicho por el propio departamento, nadie haría una obra sin


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un proyecto de ejecución. Nadie hace una propuesta, unas obras de accesibilidad sin un plan.
¿Qué tienen los planes de accesibilidad? No es únicamente arreglar entornos urbanos, la
accesibilidad va mucho más allá, son edificios, son viviendas, son trabajos, es también entornos no
físicos, hoy en día digitales. Es un derecho universal, entonces tiene que estar encuadrado en un
marco integral y lo que eso exige es un plan a largo plazo, no a cuatrienios, pero lo marca la ley, lo
marca la ley, son planes que tienen que estar a una década y que luego exigen guardar
presupuestos y pensar en la accesibilidad de forma integral.

       ¿Por qué? Porque la accesibilidad tiene que ser transversal, tiene que ser universal y
requiere de una colaboración interdepartamental, por lo cual no se puede decidir a 4 años vista con
un presupuesto limitado en los foros de Distrito, que puedan ser buenos, pero en las que muchas
personas que tienen problemas de accesibilidad, mujeres con edad o infancia no están
representadas, tiene que tener una visión mucho más integral y sobre todo, y esto lo dice el
Departamento, porque es muy importante, que los planes tengan consignación presupuestaria y
tengan sobre todo una evaluación. Sin un plan no se puede evaluar si se han conseguido los
objetivos y el Departamento y el Consejo de Promoción de Accesibilidad, en el que participan los
ayuntamientos, la única herramienta que tienen para poder evaluar los objetivos son estos planes
que, por desgracia, el Ayuntamiento de Bilbao no tiene. Eskerrik asko».

       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko alkateordea. En esta ocasión nos toca retroceder en el tiempo
hasta el pleno municipal del 21 de enero de 2022. Aquel día, la concejala de EUSKAL HERRIA
BILDU, la señora Fatuarte, fue quien trajo a debate a este Pleno los problemas de accesibilidad en
Otxarkoaga, y más en concreto, del Grupo Aixe Ona, donde el Gobierno Vasco, Visesa, tiene
previsto desde hace más de 20 años construir un bloque de viviendas de protección oficial de
alquiler.

       En aquel debate si algo quedó patente es que el solar que Viviendas Municipales vendió al
Gobierno Vasco por aquel entonces para construir este edificio, no era el mejor sitio.
Probablemente el edificio arranca en el punto más alto de la urbanización de todo el barrio de
Otxarkoaga, con unas pendientes importantes, un edificio que incorpora un número de alturas
importantes, quedándose a escasos metros de invadir la servidumbre aeronáutica y además la
localización conecta en su parte trasera con las faldas del monte Artxanda, esto es, un sitio
importante de arbolado y parte del mismo va a tener que desaparecer para dejar paso a estas
obras.

        Con esto no queremos decir que no estamos a favor de construir vivienda de protección
oficial de alquiler en nuestra ciudad, todas sabemos que tenemos más de 16.000 personas,
bilbaínos y bilbaínas, esperando una vivienda de alquiler a un precio asequible. Y por eso nosotras
siempre hemos defendido que hay que construir vivienda de alquiler a un precio asequible en todos
los lados donde se pueda, en Zorrozaurre, en Garellano, en la futura estación de Abando. Apostar
por la vivienda de alquiler, sí, pero en todo Bilbao, que esto tiene mucho que ver con lo de las
tensionadas también.

        En aquel pleno, el EQUIPO DE GOBIERNO se comprometió a mejorar la urbanización y
condiciones de accesibilidad del entorno del Grupo Aixe Ona de Otxarkoaga, tras la
correspondiente cesión del suelo por parte de las comunidades de propietarias, tal y como se
informó en el Consejo de distrito en el 2018. Hemos preguntado al Área para saber qué pasos se
han dado en estos dos últimos años y se nos ha respondido que no se ha producido cesión de la
titularidad de los suelos de la comunidad de vecinos, por lo que no se ha avanzado en estos
objetivos.

      Además también se nos ha informado que se está tramitando la solicitud de la licencia de
construcción, y que a día de hoy se ha requerido que se complete el Anexo de obras de
urbanización vinculadas a la edificación, una documentación que ya se presentó el pasado 13 de
diciembre y que lo que se ha hecho ahora es solicitar el informe al Subárea de Promoción Externa
competente para determinar las condiciones de ejecución de la urbanización del entorno y de la


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      Y efectivamente, las reclamaciones que el grupo municipal PARTIDO POPULAR trae aquí,
provienen de los vecinos y de las vecinas de allí y eso es lo que ha motivado traer esta proposición
aquí. Mila esker”.

       SR. RENEDO: “Eskerrik asko alkate anderea. Creo que se están mezclando dos debates
muy paralelos, una es la actuación del Grupo Aixe Ona en la futura construcción de vivienda
pública, creo que no es el momento, pero recordad que cuando hicimos en la última excursión para
inaugurar el último ascensor en Otxarkoaga en Garaizar, yo oí: “jo, hay que vivir aquí arriba”. Las
viviendas que vamos a hacer públicas todavía son más arriba, van a tener que vivir más arriba y
evidentemente no es una zona accesible y tendría que haber quedado fuera del Plan General en el
año 2022, y no lo hicimos.

       Pero volviendo a lo que nos ocupa, que es hablar de accesibilidad en el barrio de
Otxarkoaga, vuelvo a repetir, el vehículo es hacer un plan de accesibilidad a largo plazo,
técnicamente y filosóficamente, y así lo marca la ley, no es correcto ni debatirlo en Pleno, ni que
traigamos aquí propuestas concretas a Pleno, y la participación también es bastante limitada,
porque como he dicho, hay muchos sectores de la población que no tienen el privilegio de poder
participar en los distritos y los que conocemos los distritos sabemos que el perfil suele ser de
personas que tienen su tiempo, que tienen una condición económica, de género, concreta y la
accesibilidad tiene que responder de forma universal a todo el mundo y debería hacerse participada
y con otra metodología.

        No lo dice el grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), es que lo dice la Ley del
año 97 y lo dice la estrategia vasca de accesibilidad. Y vuelvo a repetir, lo demás me parece que es
una tómbola a la suerte de que alguien traiga la propuesta, o la suerte de que alguien decida en el
Distrito, que es lo que se va a hacer, y sobre todo me preocupa, nos preocupa, que no tenga una
planificación más a largo plazo, Eskerrik asko”.

       SRA. VIÑALS: “Simplemente decir que no es la primera vez que debatimos una cuestión en
este Pleno que también se debate en el Consejo de Distritos, son órganos de participación
diferentes que los componemos diferentes personas y ahí no vería ningún problema. Luego,
efectivamente, la Auzokide Plana es un plan de los propios vecinos en el distrito que puede tener
las propuestas que hoy ha traído el señor Goti o no, no lo sabemos. Nosotras, por eso la reflexión
que queríamos trasladar era que la realidad de Otxarkoaga, porque se está hablando de
Otxarkoaga, es que es verdad, tiene problemas de accesibilidad complicados.

        Y la zona de Aixe Ona la nombramos porque es una de las cuestiones que también ha traído
el señor Goti a debate y que efectivamente, ahí también hay unos vecinos y unas vecinas
afectadas con las que también hay que hablar. Entonces, el grupo municipal ELKARREKIN
BILBAO decir que adelante con el diálogo con los vecinos, tanto en el Auzokide Plana como con los
vecinos de Aixe Ona. Y a seguir trabajando en esta cuestión, porque yo insisto, en la enmienda del
Gobierno no hay ningún compromiso concreto más allá de lanzar la pelota al Consejo de Distrito.
Es decir, no hemos avanzado en nada porque es algo obvio que la Auzokide Plana se debate en el
distrito. Eskerrik asko”.

       SR. ODRIOZOLA: “Eskerrik asko berriro. Señor Goti, yo con todo el respeto a su proposición,
pero también desde el respeto a la voluntad de la ciudadanía, nuestra propuesta, formulada en la
enmienda presentada, recoge las necesidades que nos plantean, pero con una formulación que no
discrimina a los diferentes distritos de la ciudad y que tiene en cuenta las propuestas que surgen
del trabajo vecinal que se realiza en todos los barrios.

      Como ha dicho la señora Viñals, nadie cuestiona el diagnóstico, tenemos una población cada
vez más envejecida en una ciudad que creció a las faldas de los montes que la rodean, donde la
accesibilidad vertical es una materia cada vez más sensible. De hecho, en este tiempo este
EQUIPO DE GOBIERNO, liderado por el alcalde Juan Mari Aburto, hemos pasado de tener 20


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       VIÑALS AND.: «Ez dakit Abaunza jaunak parte hartuko duen, galderei erantzuteko».

       SR. ABAUNZA: “No, es que se estaba alterando el orden de las intervenciones. Por
responder primero al señor Goti, dos cuestiones, mencionaba en su intervención que este es el
único Pleno elegido por sufragio universal, los Consejos de Distrito también se eligen de la misma
manera en función de los resultados que cada partido obtiene en cada uno de los distritos. Por lo
tanto, no es esta la única Cámara con representación en base a los sufragios universales emitidos
en las elecciones.

        Y mi compañero, el señor Odriozola ha explicado que en el marco del distrito de la Auzokide
Plana es donde se tienen que hacer este tipo de propuestas. A mí me sorprende que el grupo
municipal PARTIDO POPULAR haya bajado unas propuestas tan, tan, tan concretas en este Pleno
y sin embargo, en el Consejo de Distrito, donde se tiene que debatir estas cuestiones, haya
presentado otras distintas que son también cuestiones a valorar y a considerar, pero que el foro
donde tenía que haberlo presentado y expuesto al resto de los vecinos para su debate, que era el
Distrito, ustedes no lo han hecho, han presentado otras distintas.

       Sobre el tema de Aixe Ona dos cuestiones, a la señora Viñals, no estamos hablando de una
accesibilidad para un recorrido dentro del barrio, es una accesibilidad a los portales y si los propios
interesados de esos portales no quieren ceder para mejorar la accesibilidad a los mismos, ellos
tendrán que ver por qué no lo hacen, pero evidentemente tampoco puede el Ayuntamiento invertir
en la redacción de un proyecto sobre un suelo que no es de titularidad pública, a terceros no les
hacemos proyectos.

      Y respecto a la cuestión que se planteaba por parte del grupo municipal EUSKAL HERRIA
BILDU (EH BILDU) sobre si tenía que estar o no tenía que estar dentro del Plan General de
Ordenación Urbana la parcela de Aixe Ona, yo me retrotraigo a lo que fue la aprobación del Plan
General de Ordenación Urbana. El grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) en el
acuerdo político que alcanzó con el EQUIPO DE GOBIERNO tuvo la posibilidad de poner como
condición para alcanzar ese acuerdo la eliminación de la edificabilidad de esa parcela, no fue una
condición del grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), el grupo municipal PARTIDO
POPULAR, sin embargo, en su acuerdo si incluyó una cuestión parecida en Sendeja 8, fue
elemento clave para alcanzar el acuerdo de abstención en el Plan General de Ordenación Urbana
que se quitara la edificabilidad de Sendeja 8.

      El grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) no hizo cuestión de Aixe Ona
entonces, ahora no vengáis rasgando las vestiduras porque no se atiende esta cuestión en estos
momentos. Y antes hemos mencionado en el punto anterior tanto la señora Díez como yo, la
necesaria promoción de vivienda pública en alquiler y Aixe Ona es precisamente un ejemplo de la
apuesta de este EQUIPO DE GOBIERNO por la vivienda pública en alquiler en todos los distritos”.

        Bozkatu egin da EH BILDU udal talde                  Se somete a votación la enmienda de
politikoak aurkeztutako aldatzeko zuzenketa,           modificación presentada por el grupo político
eta hau izan da emandako botoen emaitza:               municipal EH BILDU, siendo el cómputo de los
                                                       sufragios emitidos el siguiente:

    Emandako botoak: 28                                   Votos emitidos: 28

    Baiezko botoak: 8 jaun-andre: Del Río,                Votos afirmativos: 8 señoras/señores: Del
    Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                     Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
    Undabarrena, Viñals eta Jiménez.                      Undabarrena, Viñals y Jiménez.

    Ezezko botoak: 20 jaun-andre: Arregi,                 Votos negativos: 20 señoras/señores:
    Ajuria, Abaunza, Ibarretxe, Urtasun,                  Arregi,  Ajuria,    Abaunza,    Ibarretxe,
    Olabarria, Erroteta, Ochandiano, Claver,              Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,
    Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez, Pérez,             Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,


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      SR. OTXANDIANO: “Eskerrik asko. ¡Menos mal que no van a votar que no!, porque ya
hubiera sido difícil de entender. Bueno, voy a tratar de sintetizar. Yo diría que en lo esencial
estamos todas y todos de acuerdo. Y realmente, insisto, el único pero es el que necesariamente
ese vivero deba de ser en esa estación. ¡Que no digo que no se pueda hacer! Que no digo que no
se pueda trabajar de la mano de Adif o de otras instituciones en el futuro, en ese o en otros lugares.
Pero también me reconocerán, insisto, conocen igual que yo la estación de Abando u otras muchas
estaciones, y la realidad es de comercio, -y hablo de comercio minorista en las estaciones- son
complejas, son complejas. No hay más que ver el tipo de negocios que proliferan, que son más de
compra de urgencia, no sé, algo de hostelería, algo de prensa, una tienda de chuches... Son el tipo
de negocios que suelen funcionar con carácter general.

       Pero bien, yo sí tengo la responsabilidad, y evidentemente el acuerdo presupuestario así lo
recoge, de definir en el año 2024 dónde va a ser ese vivero. Y ya he dicho algunas cosas que voy a
tratar de repetir. He hablado del programa del Casco Viejo, pero he hablado de la inminente,
digamos, repetición de ese programa. Y esperemos poder incluso implementarlo en los barrios de
Bilbao la Vieja, San Francisco y Zabala. Y además, en esos barrios, en esos tres barrios en
particular, no son los únicos, insisto. Después también, seguramente, en la sesión de tarde
tendremos oportunidad también, junto con mi compañera la señora Díez (Yolanda), de poder
debatir más o menos en torno a la misma dinámica.

      Tenemos locales en propiedad de Viviendas Municipales, algún local propiedad Bilbao
Ekintza, pero incluso la posibilidad de mediar con locales privados, y lo vamos a hacer. Pero pongo
algún ejemplo más, y no son únicos. Seguramente podamos hacer varios programas a la vez. En el
barrio de San Adrián, por ejemplo, tenemos identificados algunos locales donde se está
empezando a dar una realidad, en torno a comercios de artesanía, bastante interesante. Les están
ayudando desde el equipo técnico de Bilbao Ekintza. Entonces, puede ser otra realidad también
que apoyar. E incluso algunas que hoy mismo no seamos capaces todavía de definir el 25 de enero
de 2024, pero que a lo largo del año podamos trabajar en aras a facilitar ese espacio comercial.
Eskerrik asko”.

       SRA. DEL RÍO: “Brevemente, nosotras desde el grupo municipal EUSKAL HERRIA BILDU
(EH BILDU), también, por supuesto, mostramos nuestro compromiso por seguir abordando la
temática del pequeño comercio durante todo este año, como no podía otra manera. Es verdad, solo
por aclarar dos puntos breves: Se ha mencionado que estamos hablando de un Convenio de
intermediación o que no se aporta otro elemento externo. A lo mejor no he sido suficientemente
clara. Cuando hablábamos y poníamos el nombre de incubadora de comercio era por esos
servicios extra que aportábamos. Hablábamos de otros servicios que generen valor añadido, como
podría ser el asesoramiento. Y también hablábamos de ese ecosistema que se cree con elementos
cercanos más allá de un edificio que admite otro tipo de propuestas polivalentes. Con lo cual, si
entendemos que tiene un plus, un añadido a simplemente la cesión de locales, que también es una
propuesta interesante y que está más relacionada con otra propuesta que también aportábamos al
Pleno.

      De nuevo dispuestos y dispuestas a seguir hablando de esta de esta temática, pero es
verdad que el lugar nos parecía apropiado, un edificio público, con un espacio grande, en casi
podríamos decir en la Gran Vía, con esa capacidad de escaparate que decíamos también de ese
comercio bilbaíno, y desde luego, que las dificultades que está teniendo el pequeño comercio no se
circunscriben, ni muchísimo menos, al centro de Bilbao. Ya decíamos que con estas tres
propuestas que presentábamos no agotábamos las propuestas que íbamos a presentar, pero
desde luego, esta será la que menos se fija en ese espacio. Pero tendremos oportunidad de
hacerlo a la tarde. Eskerrik asko”.

      SR. OTXANDIANO: “Simplemente por recoger la última consideración que ha hecho la
señora del Río. Yo tomo el testigo y estoy de acuerdo en que esto no se basa solo en una
intermediación del espacio físico del local, con esas condiciones de renta determinadas, sino que la


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en la ciudad, y menos cuando somos conscientes de que hay un problema y que desde el
Ayuntamiento mismo podemos colaborar en darle una solución. Horregatik proposatzen dugu Udal
lokalen sarea martxan jartzea. Bilbao, como ya ha dicho el señor Otxandiano puso en marcha una
experiencia parecida a través del Programa Integral de Reactivación Comercial del Casco Viejo,
que gracias al apoyo de Bilbao Ekintza se abrieron 5, y 3 estaban en proceso, parece ser que se
han abierto los otros 3, entonces se han abierto en total 8 nuevas actividades comerciales en zonas
con una incidencia de lonjas vacías bastante alta. El programa lo entendemos como bastante
exitoso, y creemos que podría extenderse también algo parecido a otros distritos de la ciudad o a
otros barrios de la ciudad en colaboración con Viviendas Municipales (VVMM).

       Beraz, baditugu lonja hutsak,      jabetzan gainera, badugu Bilbao Ekintza, eta hau
ekintzaileekin eta merkataritzarekin harreman zuzena duen entitatea izanik, uste dugu entitate
egokia izan daitekeela dagoeneko udal-jabetzakoak diren lokal horien hautaketa kudeatzeko, eta
bai etorkizunean behar diren lokalak ere.

       Nuestra propuesta tiene tres funciones potenciales: la económica, la social y la urbanística,
porque de esta manera fomentaríamos la creación de nuevas empresas y empleo, promocionando
la innovación, en el aspecto social ayudaríamos a tejer redes vecinales, el cuidado mutuo, incluso
podríamos hablar de seguridad, porque calles vivas al final son calles más seguras. También es
otra manera de preservar el paisaje urbano y la movilidad sostenible;

      Kontsumo-ohiturak aldatu diren eta frankizien eta multinazionalen presentzia gero eta
handiagoa den garai hauetan, hurbileko merkataritza itotzen ari da. EUSKAL HERRIA BILDU (EH
BILDU) udal taldeak tokiko merkataritza indartzeko esku hartzearen alde egiten du; hurbileko
merkataritza sustatzea, komunitateen garapen ekonomiko eta sozialaren ardatz gisa.

       Fortalecer el comercio de barrio supone llenarlos de vida, y así lo demuestran experiencias
como la activación de espacios para usos temporales de Riga o el reciente inventario de locales y
reactivación de edificios de Bruselas. Y eso es lo que haremos en Bilbo gracias a la enmienda
acordada con el EQUIPO DE GOBIERNO que pasaré a valorar en el siguiente turno. Eskerrik
asko”.

      SR. JIMÉNEZ: “Eskerrik asko eta arrastion guztioi. La propuesta de EH Bildu plantea
acometer las actuaciones necesarias para la puesta en marcha de una red de locales municipales
comerciales que ofrezca alquileres por debajo del precio de mercado, que dinamicen social, cultural
y económicamente nuestros barrios.

       Hay que decir, que no es la primera vez que nos encontramos en este Pleno con una
propuesta de esta naturaleza. Porque si bien la propuesta de hoy hace referencia a los locales para
uso comercial, también hemos debatido en el pasado la misma propuesta para su cesión a
entidades de carácter cultural y asociaciones o, incluso, a propuesta de nuestro grupo, para su
conversión en aparcamientos cubiertos y seguros para bicicletas privadas, como se hace por cierto
en Vitoria-Gasteiz, y también en algunos de los parkings para residentes de Bilbao.

        Pero la realidad es que son muchos los locales propiedad de este Ayuntamiento, que
actualmente están en desuso y que podrían utilizarse para este tipo de iniciativas. Según datos
facilitados por el propio Área de Vivienda, en abril de 2020 el Organismo Autónomo Local Viviendas
Municipales (OAL VVMM) disponían de 228 locales vacíos en distintos barrios de la ciudad.
Muchos de ellos, por cierto, a pie de calle. Locales en barrios como Santutxu, Otxarkoaga, Deusto,
San Ignacio, San Adrián, Solokoetxe, Txurdinaga, Iralabarri o Matiko. También había una relación
de 12 lonjas alquiladas por el OAL a este Ayuntamiento.

      Por su parte, el Área de Hacienda en idénticas fechas igualmente nos reportaba la
disponibilidad de diversos espacios en desuso, como el antiguo mercado de Arangoiti, las antiguas
escuelas de Lope de Vega, y otros espacios cuyo uso podría dedicarse no solo a la actividad
comercial, sino también cultural y social.


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      Seguramente, muchas de las lonjas a las que hago referencia actualmente no estén en
desuso, pero seguro que muchas otras que no lo estaban en el año 2020 hoy, para nuestra
desgracia, lo están. Porque el encarecimiento de los locales comerciales es una constante. Según
la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (Uatae) el 21,8% de los
autónomos ha experimentado un aumento en el precio del alquiler de su local en el último año.

      ELKARREKIN BILBAO udal taldetik, aurreko proposamenean, -Undabarrena andereak
aurkeztu duena diot- ere esan dudanez, beti oso argi daukagu, ekonomia globalaren garaian eta
munduko mailakoek merkataritzaren urteetan, tokiko merkataritza babestu eta sustatu beharreko
garaia dela. Izan ere, tokiko merkataritzak dakartzan onurak garrantzitsuak dira: hurbiltasuna,
arreta pertsonalizatua, aberastasuna eta tokiko enpleguak sortu eta iraunkortasun jasangarria
sustatu egiten du. Gure auzoetan ere aipatu denez, segurtasuna eta erro komunitarioak indartuz.

      Zentzu horretan, EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal taldeak hasiera batean
planteatutako proposamena Udal Gobernuak aurkeztu eta EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU)
udal taldeak babestu duen zuzenketa baino askoz haratago zihoan. Batez ere Udalaren eta bere
organismoen esku dauden lokalak mobilizatzen zuelakoan helburu eta gainera, ez edozein
preziotan, baizik eta merkatu azpiko prezioetan, esan bezala ekintzaile eta merkatari txikiei
lagunduz.

      Baina egia da ere bai, Udal etxebizitzen eskuan dauden lokalak mobilizatzeko Udal
Etxebizitzen eta Bilbao Ekintzaren arteko konbenio berriztea adostu dela, gu horrelako neurrien
alde egon garela beti, eta berriro ere berriztea pausu bat dela. Ez aurrera ezta atzera, baina
batzuetan gauden moduan geratzea ez dago txarto, atzerantz joateko joera dugun garaiotan.
Hortaz, guk aldeko bozka emango diogu zuzenketari. Eskerrik asko”.

       SRA. DÍEZ: “Eskerrik asko alkate andrea. Señora Perea, yo quiero trasladar que lo que
proponen en esta iniciativa, pues realmente nos preocupa. Nos preocupa, pues porque es un tema,
que bueno, hay muchas lonjas cerradas, y le dedicamos tiempo y además partimos de un plan de
dinamización y movilización de elementos distintos a la vivienda que se realizó en el año 2016, un
plan que tenía objetivos, líneas de acción y medidas de estímulo, medidas de fomento para la
implantación de entidades del tercer sector, y yo creo que ha dado resultado. Pero es cierto que
tenemos, como le comentaba, lonjas y espacios bien situados con unas características, yo creo que
muy interesantes para poder dinamizarlas y que no están activadas, que siguen cerradas. Lo
trataremos en el seno del Consejo de Viviendas Municipales, como no puede ser de otra manera,
pero el objetivo es lo acordado con usted. El objetivo es impulsar un nuevo programa de
movilización de locales bajo los principios de la necesaria optimización del patrimonio, evitando que
caigan en el desuso y, sobre todo, en la ineficacia y, desde luego, con el objetivo de que generen
ese valor añadido a los barrios y a la ciudadanía en general.

       Para alcanzar estos objetivos vamos a proceder a actualizar el inventario que tenemos de
fincas para uso distinto a la vivienda aptas para la puesta a disposición de la ciudadanía por su
capacidad de aprovechamiento directo. Lonjas, como decía, con una buena ubicación, con una
buena dimensión y la capacidad para iniciar una actividad sin sustanciales inversiones. Una vez
realizado este inventario y seleccionado, porque no vamos a cuestiones muy grandes en estos
momentos, los locales que tenemos son 900, pero los que están en desuso son 200. De esos 200
queremos hacer un trabajo objetivo y posible, es decir, de esos 200 no los vamos a poder activar,
pero prefiero activar 30 con buena situación, con buenas características y que sea posible
activarlos, que hablar de máximos. Yo creo que tenemos que hacer un ejercicio de objetividad y de
posibilismo.

       Con Bilbao Ekintza, con mi compañero Otxandiano, se firmó un convenio que ha dado unos
resultados buenos. Y por último, vamos a realizar lo que decía, ese programa específico de
movilización que haga atractivo el alquiler o cesión de uso. Y también, lógicamente, tenemos que
revisar los valores en renta de los locales, estableciendo condiciones especiales para zonas


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vinculadas a los procesos en marchas de regeneración. Concretamente les avanzo que
fundamentalmente serán prioritarios Otxarkoaga y Bilbao la Vieja.

       Se van a flexibilizar las condiciones de contratación con la supresión de avales y la
simplificación, una cuestión que a veces es muy, muy complicada, de memorias de actividad. Y
además ampliaremos las bonificaciones de renta vinculada a inversiones, empleabilidad,
instalación de zonas prioritarias y al emprendimiento y a la innovación. Igualmente, también se
contemplarán acciones específicas con el tejido asociativo, como no puede ser de otra manera. Y
todo ello, insisto, dentro del seno de del Consejo de Dirección de la OAL VVMM. Eskerrik asko”.

     SRA. PEREA: “Eskerrik asko alkate andrea. Me alegra ver que la mayoría de la corporación
seamos conscientes de cuál es la realidad que sufre el pequeño comercio en nuestra ciudad y, con
pequeñas diferencias seguramente, que seamos capaces de remar todas en la misma dirección
más o menos.

      La enmienda que acordamos con el EQUIPO DE GOBIERNO, aunque evidentemente no es
lo que en un principio habíamos propuesto, como bien dice mi compañero, el señor Jiménez, es un
primer paso. Como he dicho antes, no creo que podamos permitirnos tener patrimonio público en
desuso, y creo que inventariar las lonjas de propiedad municipal es una primera acción para seguir
caminando todas en la buena dirección. Hay que darles uso a todas esas lonjas.

       En lo que a Bilbao Ekintza se refiere, nos hubiera gustado involucrarle un poquito más, señor
Otxandiano, porque somos conscientes de las limitaciones también que tiene VVMM como tal. Pero
aun así, quiero agradecer la buena voluntad tanto de la señora Díez como del señor Otxandiano a
la hora de negociar esta enmienda. Entendemos que es un proyecto que exige ir poquito a poco,
pasito a pasito, pero bueno, nos alegra que hayamos podido firmar este acuerdo, que sin duda es
bueno no solo para el comercio sino también para los barrios y para la ciudad. Besterik gabe,
eskerrik asko”.

      SR. OTXANDIANO: “Eskerrik asko. alkate andrea. El señor Otxandiano va a estar
firmemente comprometido de la mano de la señora Díez con la iniciativa. De hecho, les voy a
contar una pequeña historia mía personal, porque, señor Jiménez, yo ya estaba por aquí, no como
concejal, pero sí como técnico en Lan Ekintza Bilbao, por allá por el año 2003-2004, es decir, han
pasado 20 años, lo cual ya me hace un poco mayor, pero yo era,-esto es real-, en muchos otros
proyectos no ocurre, pero en este en particular sí, así que permítanme que se lo cuente.

       Yo fui uno de los técnicos que en el año 2003-2004 pusimos en marcha en los barrios de
Bilbao la Vieja, San Francisco y Zabala, digamos, lo que fue el prototipo o el embrión de lo que hoy
estamos hablando. Tanto es así, que esa iniciativa y ese programa que fue fruto de un acuerdo
entre Viviendas Municipales y la entonces Lan Ekintza Bilbao, ahora traída a una nueva y mejorada
Bilbao Ekintza, consiguió un premio europeo en el que yo tuve oportunidad de participar con
compañeras mías que siguen siendo técnicas. Así que, mi compromiso está, hay locales de
Viviendas Municipales, hoy hemos trabajado en otras proposiciones, enmiendas, etcétera, otros
capítulos vinculados al comercio que también tienen que ver con la ocupación de locales vacíos. O
sea, que tanto en esta como en otras tienen nuestro firme compromiso. Eskerrik asko”.

       PEREA AND.: «Besterik gabe, Otxandiano jauna, ez daukat inolako zalantzarik konpromisoa
bai zure partetik eta bai Bilbao Ekintzatik irmoa dela, ez gaizki ulertu, mesedez. Besterik gabe».

       SR. RODRIGO: “Eskerrik asko Arregi andrea. Brevemente para manifestar el
posicionamiento de voto respecto de la enmienda que han firmado todos ustedes. Compartimos la
preocupación por el comercio, lo hemos dicho antes, lo diremos siempre, por la situación que está
pasando ahora. Sabemos que este es un tema que no es nuevo, es demasiado antiguo. No vamos
a votar a favor de la enmienda por una razón muy sencilla, y es que la enmienda habla de algo que
ya debería hacerse y si no se hiciera sería de preocupar. Instarse a sí mismo a que haga lo que ya
tiene que hacer, nos parece que es un ¡no! a votar. Y en ese sentido no podemos compartirlo.


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permitir los altos precios que imponen las instituciones privadas, lo que viene a cerrar y
retroalimentar el circuito de la desigualdad, aumentando artificialmente la brecha entre grupos
sociales, porque no es lo mismo estudiar el grado de Medicina en la UPV/EHU, donde el curso del
primer año cuesta 1.200€, que hacerlo en la Universidad de Deusto, donde ese mismo curso
cuesta casi 17.000€, 16.848€ para ser exactos.

      En definitiva, respecto a un futuro plan o estrategia de Ciudad Universitaria de Bilbao, no
conviene seguir confundiendo excelencia universitaria con elitismo universitario. Por ello, desde lo
público tenemos la obligación de ser coherentes y defender nuestro sistema educativo público,
primero nuestra UPV/EHU y después, el resto. Besterik gabe. Eskerrik asko”.

      DEL RIO AND.: «Eskerrik asko alkate anderea. Bat gatoz unibertsitateren rola indartzeko
beharrarekin eta hemen kontua da zelan edo ze ereduarekin, ezta? Berrikuntzaren aldeko apustua
egiten dugu eta prestakuntzarako, ikerketarako eta ezagutzaren trasferentziarako oinarria izan
behar dela ulertzen dogu. Behar dugu unibertsitate bat ingurunearekin konektatuta eta eragile
ekonomiko sozial eta kulturalekin elkarlanean jardungo duena. Komunitatearen behar sozialei
erantzuteko gaitasuna duena.

       Azken batean aurre egin behar diegu erronkei modu integralean erantzuteko gaitasuna
duena. Bereziki gaur egungo ziurgabetasun egoera honetan gaudela. Eta zalantzarik gabe egiten
badogu apustu hori eragina izango du inguruko garapen ekonomikoan eta sozialan, Bilboko
garapen ekonomikoan eta sozialan. Egiten zaigun proposamenari, ez plan bat egiteari, GOBERNU
TALDEAK zuzenketa bat aurkeztu dio eta plan horri ezizena jarri dio Bilboko Unibertsitate Hiri
Plana. Proposamen horren berri izan genuen egia da, 2023-2027 agintaldi planean, egia da oso
modu eskematikoan, eta horretan proposatzen da parte hartzeko hausnarketa gune bat sortzea,
irekitzea. Baina hala ere, informazio gehiegirik ez dugu, ez dugu ezagutzen, badakigu plan hori
zabalduko dela, jakin dugun moduan, hasiera fasean dago, baina ez dakigu benetan helburuak
zeintzu diren, irizpideak, aurrekontua badaukan atzetik, edo ze asmorekin egiten den.

      Egia da gaur bertan izango dugula beharbada proiektu honi hurbiltzeko lehenengo aukera eta
gustatuko litzaiguke hemendik aurrera gehiago informazio gehiago izatea honetaz eta bestela gu
ere adi egongo gara galdetzeko.

       Y sinceramente, reconozco que la necesidad de mayor información parte, como he dicho, de
esa falta de concreción, ante esta corrección, pero parte también, y debo reconocerlo, de un recelo
por apuestas anteriores que han priorizado frente a la universidad pública, otras universidades no
solo privadas, sino con ánimo de lucro, sin una oferta educativa integral, sin defender una
investigación que apueste por el territorio, conectada por el territorio y con matrículas con precios
inaccesibles para los jóvenes y las jóvenes de la ciudad. Honestamente, y esto lo digo también
como profesora de la Universidad Pública del País Vasco, espero que en esta ocasión no
recorramos el mismo camino, que estemos hablando, esta vez sí, de una oportunidad real de
desarrollo.

       Del mismo modo, y si hablamos de la importancia de atraer talento, no podemos dejar de
lado la importancia de retener el talento, de que Bilbao sea una ciudad en la que las y los jóvenes
tengan oportunidad de desarrollar su futuro. Y es más, que les resulte atractivo hacerlo y para eso
está bien hablar de Ciudad Universitaria, pero tendremos que hablar también de otras cuestiones
como vivienda accesible o empleo de calidad.

       Y por último, no me resisto a hacer una referencia a Nuccio Ordine, cuando el filósofo lo que
llamaba la utilidad de lo inútil, o de lo aparentemente inútil, porque, aunque reconocemos que se
deben tener en cuenta, como aparece en la moción, las necesidades del mercado laboral y las
necesidades del sistema empresarial bilbaíno, tal y como se dice claramente, si lo que queremos
de verdad es posicionar a Bilbao como una Ciudad Universitaria, no podemos privilegiar de manera
exclusiva a la profesionalización de las y los estudiantes y las competencias técnicas, perdiendo de
vista una formación cultural más amplia que aporte autonomía y mayor capacidad de análisis y


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2023-12-28PDF (p.3)
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La parte reclamante formula su reclamación en relación al artículo 11 apartados uno y tres de la Ordenanza
Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y, a estos efectos, solicita:

          “[…] la revisión y modificación del artículo 11, apartados uno y tres, porque su actual redacción vulnera
          los principios de jerarquía normativa y legalidad, constituida por el artículo 72 del Texto refundido de
          la Ley reguladora delas Haciendas Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
          marzo, que forma parte del capítulo II que regula el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), según
          reacción dada por la disposición final tercera de la Ley 12/2003, de 24 de mayo, por el derecho a la
          vivienda, que determina el nuevo concepto de vivienda desocupada, sólo aplicable a titulares que
          además de contar con viviendas desocupadas cumplan con los requisitos que establece la Ley para
          considerar tal estado de la vivienda y no cuenten con causa justificativa para la desocupación de las
          tasadas por la Ley, sean además titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial. “
Si bien con carácter previo al planteamiento de sus alegaciones, reconoce que entre las modificaciones
aprobadas provisionalmente por el citado Acuerdo Plenario respecto de la Ordenanza fiscal reguladora del
Impuestos sobre Bienes Inmuebles “no figuran los apartados uno y tres del artículo 11 de la referida
ordenanza”, el interesado justifica su reclamación en la consideración de que “la actual redacción de los
apartados citados del artículo 11 de la referida ordenanza y su aplicación por los servicios municipales, en
cuanto a lo que interesará, no contemplan las modificaciones introducidas por la Ley 12/2023, de 24 de
mayo, por el derecho a la vivienda.”, así como de que “la ordenanza aprobada provisionalmente pretende
seguir imponiéndomelo a tenor de lo previsto en el artículo 11…”.
La parte reclamante en sus alegaciones realiza las siguientes consideraciones:

          - Primera.- La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda y el concepto de “vivienda
          desocupada” como norma “básica” aplicable en todo el Estado.
          Entre las novedades de la Ley 12/2023, que modifican el ordenamiento jurídico, con transcendencia
          y, sobre todo, por su aplicación inmediata, se encuentra la modificación del artículo 72 del texto
          Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, [...] que forma parte del capítulo II que
          regula el impuestos sobre bienes inmuebles (IBI), operada por la disposición final tercera, que
          determina el nuevo concepto de vivienda desocupada […].
          [...] dado que el Estado ha determinado el concepto de “vivienda desocupada” y lo ha hecho con base
          en su competencia exclusiva en materia de hacienda general, y sin perjuicio de las previsiones del
          régimen tributario foral, en vigor en los Territorios Históricos del País Vasco, Bizkaia entre ellos, así
          como sin perjuicio de la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de vivienda,
          porque así consta en la disposición final séptima de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a
          la vivienda, tal concepto de vivienda desocupada, por tanto, resulta de rango prevalente y aplicación
          preferente sobre cualesquiera otros que las normas autonómicas, incluida la vasca, foral o municipal
          hubieren definido con anterioridad y lo contradigan total o parcialmente, de conformidad con la
          Constitución.
          - Segunda.- El concepto básico de “vivienda desocupada” y el recargo a la cuota líquida del impuesto
          sobre bienes inmuebles
          En consecuencia, únicamente cabe el recargo a la vivienda o inmueble desocupado que tenga los
          elementos que establece el legislador estatal para la consideración de inmueble desocupado: “aquel
          que permanezca desocupado, de forma continuada y sin causa justificada, por un plazo superior a
          dos años, conforme a los requisitos, medios de prueba y procedimiento que establezca la ordenanza
          fiscal, y pertenezcan a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial.”
          - Tercera.- La legislación vasca, foral y municipal sobre vivienda desocupada y el recargo a la cuota
          líquida del IBI.
          En el seno de nuestra Comunidad Autónoma, la Ley 3/2015, de 18 de junio, de vivienda, del
          Parlamento Vasco, [...] dejó sentado para otros menesteres un concepto de vivienda deshabitada [...].



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          Por su parte y de acuerdo con las potestades previstas en el Estatuto de Autonomía y en la Ley del
          Concierto Económico, los Territorios Históricos, a través de las Juntas Generales, establecieron en
          primer lugar el recargo del IBI a las viviendas desocupadas que cumplieran los requisitos fijados y no
          tuvieran causa justificativa para la desocupación de las tasadas en la normativa, y así las Juntas
          Generales de Bizkaia, [...], aprobaron la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del impuesto sobre
          bienes inmuebles, incluyendo en el artículo 10.8, un concepto de vivienda desocupada [...].
          Por su parte el Ayuntamiento de Bilbao, bajo la cobertura de la Norma Foral de las Juntas Generales
          de Bizkjaia 4/2016, de 18 de mayo, del impuesto sobre bienes inmuebles ha venido aprobando, desde
          2018, la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, que contempla en su
          artículo 11 la imposición de una recargo del 25% de la cuota líquida del IBI a las viviendas que
          considera desocupadas, si bien se desconoce si la tramitación efectuada viene cumpliendo los
          requisitos y procedimiento que ha determinado el Decreto 149/2021, de 8 de junio.
          - Cuarta.- La modificación del artículo 72 del texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas
          Locales, aprobado por el real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, operado por la Ley 12/2023,
          de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
          La cuestión de la vivienda o inmueble desocupado, deshabitado o vacío no tendría mayor importancia
          si no fuera porque se instrumentó un recargo a la cuota líquida del IBI para dichos inmuebles o
          viviendas, sobre el que por cierto existe bastante polémica sobre su naturaleza jurídica y el concepto
          de vivienda o inmueble desocupado, deshabitado o vacío, [...] ha sido determinado por el Estado [...]
          en la Ley 12/2003, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, [...].
          - Quinta.- La vulneración de la Ley básica estatal y los principios de jerarquía normativa y legalidad.
          Por consiguiente, a mi juicio, la determinación del concepto de viviendas desocupada por el Estado
          ha producido una derogación o modificación sobrevenida de cualquier norma autonómica, foral o
          municipal que lo contradiga total o parcialmente, lo que obligaba- obliga- a todas las instituciones
          afectadas a revisar [...] las normas autonómicas, forales o municipales [...] so pena de incurrir, caso
          contrario, en vulneración de los principios de jerarquía normativa y legalidad, [...].
          - Sexta.- La potestad reglamentaria del Ayuntamiento de Bilbao
          El Ayuntamiento de Bilbao [...] debe respetar precisamente los principios de jerarquía normativa y
          legalidad, [...], de conformidad con el artículo 9 de la Constitución y 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de
          octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, [...].
          - Séptima.- La ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles del Ayuntamiento de
          Bilbao para 2024
          En suma, [...] el artículo 11 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de
          ese Ayuntamiento de Bilbao para 2024 debe ser revisado y modificado para acomodarlo y respetar lo
          dispuesto por el artículo 72 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales [...],
          según redacción dada por la disposición final tercera de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho
          a la vivienda por cuanto la actual imposición del recargo a la cuota líquida del impuesto se basa en un
          concepto de vivienda desocupada para el que basta una única vivienda desocupada para que nazca
          la obligación del recargo a la cuota líquida del IBI, como es el caso del reclamante.

A la vista de lo expuesto se informa lo siguiente:
I. Sobre la procedencia de la reclamación
Como ya se ha indicado, el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de septiembre de
2023 acordó aprobar provisionalmente la modificación de los artículos 3.3, 4.1, 4.2, 5.3, 9, 10.1, 10.3, 10.7,
10.8, 11.5 y la actual denominación de la disposición XII “Aprobación y vigencia de esta Ordenanza” y la
adición de los artículos 4.3, 4.4, 10.9, de la Disposición Adicional Única y de la Disposición Transitoria
Segunda de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para 2024, es decir, en
ningún caso se ha aprobado inicialmente modificación alguna sobre los apartados 1 y 3 del artículo 11.
La modificación aprobada inicialmente se refiere únicamente al apartado 5 del artículo 11, en el que se
recoge una relación de los bienes inmuebles de uso residencial que, por diferentes motivos, se excluyen de
la aplicación del recargo, del que se elimina el epígrafe d) relativo a aquellos bienes afectos a actividades
de alojamiento.

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El artículo 16.1 y 2 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales del Territorio
Histórico de Bizkaia establece: “1. Los acuerdos provisionales adoptados por las corporaciones locales para
el establecimiento, supresión y ordenación de sus tributos y para la fijación de los elementos necesarios en
orden a la determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como las aprobaciones y modificaciones
de las correspondientes ordenanzas fiscales, se expondrán en el tablón de anuncios de la entidad durante
treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las
reclamaciones que estimen oportunas. 2. Las Entidades Locales publicarán, en todo caso, los anuncios de
exposición en el «Boletín Oficial de Bizkaia». Asimismo aquellas entidades con población de derecho
superior a diez mil habitantes deberán publicarlos en un diario de los de mayor difusión de este Territorio
Histórico”.
A estos efectos, la presente propuesta de modificación de determinados artículos y disposiciones de la
Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para 2024, entre los que se encuentra
el apartado cinco del artículo 11 pero no los apartados uno y tres, ha quedado expuesta al público en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, durante el plazo de treinta días, a contar de la fecha de la publicación
de su anuncio en el Boletín Oficial de Bizkaia (BOB núm. 189. Lunes, 02 de octubre de 2023), a fin de que
los interesados pudieran examinarla y en su caso, formularan las reclamaciones que estimen oportunas.
En este sentido, la propia parte reclamante reconoce que, entre las modificaciones aprobadas
provisionalmente por el citado Acuerdo Plenario respecto de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuestos
sobre Bienes Inmuebles, no figuran los apartados uno y tres del artículo 11, cuyo contenido en cuanto a
definición o concepto de vivienda susceptible de recargo es lo que impugna, por considerar que contraviene
lo dispuesto en el artículo 72 de Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en su redacción dada por la Ley 12/2023,
de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.
En estos términos, la presente reclamación, formulada en relación al artículo 11 apartados 1 y 3, no se ajusta
a los aspectos objetivos de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles para 2024 aprobada provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el
día 28 de septiembre de 2023, que se circunscribe a los artículos 3.3, 4.1, 4.2, 5.3, 9, 10.1, 10.3, 10.7, 10.8,
11.5 y la actual denominación de la disposición XII “Aprobación y vigencia de esta Ordenanza” y la adición
de los artículos 4.3, 4.4, 10.9, de la Disposición Adicional Única y de la Disposición Transitoria Segunda,
toda vez que de conformidad con el artículo 16 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas
Locales del Territorio Histórico de Bizkaia, el trámite de exposición al público se refiere exclusivamente al
contenido del acuerdo adoptado provisionalmente por la corporación local y, por lo tanto, las reclamaciones
sólo podrán referirse al contenido de dicho acuerdo, dentro del cual no se encuentra incluida la modificación
del artículo 11 apartados 1 y 3.

II. Sobre los principios de jerarquía normativa y legalidad.
La idea fundamental que sustenta la reclamación presentada es la posible contradicción entre la regulación
local del recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para las viviendas que no constituyen la
residencia del sujeto pasivo o de terceras personas a las que les haya sido cedida o arrendada y lo dispuesto
en la Ley estatal de Haciendas Locales sobre esa misma materia.
Ahora bien, aunque resulte paradójico, es el propio fundamento de la reclamación el que, aunque los invoca
la reclamante, no tiene en consideración algunos principios generales de la tributación local, como son el
principio de legalidad y de jerarquía normativa, tal y como se explica a continuación.
En primer lugar, procede aclarar que la Ordenanza fiscal regulador se explica a del IBI del Ayuntamiento de
Bilbao es una norma con rango reglamentario que, por los principios de legalidad y jerarquía normativa, debe
respetar y desarrollar el contenido básico de la regulación legal de dicho impuesto. Y, pese a lo que expone
el reclamante, el contenido básico de dicha regulación no viene determinado por lo dispuesto en el Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora



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de las Haciendas Locales (TRLRHL), sino por lo establecido en la Normativa Foral de Bizkaia, tal y como se
desprende de las siguientes normas:

- El artículo 39 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco, en donde se establece expresamente que “El Impuesto sobre Bienes
Inmuebles se regulará por las normas que dicten las instituciones competentes de los Territorios Históricos
y gravará los bienes de naturaleza rústica y urbana sitos en su respectivo Territorio Histórico”.

- El artículo 7 de la Norma Foral de Bizkaia 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, en donde
expresamente se establece que “La Norma Foral General Tributaria será aplicable a las Entidades Locales,
con las especialidades contenidas en la presente Norma Foral. Así mismo, las Entidades Locales deberán
adaptarse a las Normas Forales reguladoras de los Impuestos Locales y las disposiciones dictadas para su
desarrollo. Las disposiciones dictadas en desarrollo de la Norma Foral General Tributaria serán de aplicación
cuando expresamente se establezca en las ordenanzas fiscales”.

- El artículo 1.2 del TRLRHL, referido al ámbito de aplicación, en donde se establece que “Esta ley se aplicará
en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los regímenes financieros forales de los Territorios Históricos
del País Vasco y Navarra”.

- La Disposición Adicional Octava del TRLRHL, en donde se establece que “Los Territorios Históricos del
País Vasco continuarán conservando su régimen especial en materia municipal en lo que afecta al régimen
económico-financiero en los términos de la Ley del Concierto Económico, sin que ello pueda significar un
nivel de autonomía de las corporaciones locales vascas inferior al que tengan las demás corporaciones
locales, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local, y de las competencias que a este respecto puedan corresponder a la Comunidad
Autónoma”.
En segundo lugar, de lo anteriormente expuesto se concluye de manera inequívoca que la Ordenanza Fiscal
reguladora del IBI del Ayuntamiento de Bilbao tiene que desarrollar y respetar lo dispuesto en Norma Foral
de Bizkaia 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y, si bien su contenido debería
estar coordinado con lo establecido en el TRLRHL, es admisible alguna singularidad en la regulación de
algún elemento del tributo considerado.
En este sentido, procede poner de manifiesto que esa conclusión se corresponde también con la mantenida
por los Tribunales de Justicia, tal y como se advierte, paradigmáticamente, con la sentencia del Tribunal
Superior de Justicia del País Vasco 527/2014, de 26 de noviembre (recurso núm. 650/2013), en la que se
cuestionaba la legalidad de las modificaciones de la Ordenanza Fiscal del IBI llevada a cabo por el
Ayuntamiento de Hondarribia, por las que se establecía un recargo sobre las viviendas no destinadas a la
residencia habitual de sus propietarios o terceros porque, según el recurrente, su contenido divergía del
establecido en el TRLRHL.
A continuación, se reproduce lo que concluye la sentencia citada en relación a la cuestión que nos ocupa, si
bien remitiéndose a la Norma Foral 12/1989, reguladora del IBI del Territorio Histórico de Gizpuzkoa:
         “¿Cómo puede sostenerse la nulidad de un precepto reglamentario amparado por norma de rango
        superior sin poner en cuestión seria y fundadamente la validez de esa norma?
        El Ayuntamiento de Hondarribia ha ejercido sus competencias normativas en materia de tributación
        (IBI) dentro de los límites formales y sustantivos establecidos por la precitada norma foral " de
        cobertura", entre ellos, el referido al porcentaje del recargo (150% de la cuota líquida del impuesto)
        , que la Ordenanza recurrido ha fijado en el 50% de ese concepto.
        Dicho lo cual, no pueden examinarse las alegaciones de infracciones de legalidad constitucional y
        ordinaria, empezando por el carácter sancionador del recargo, en que según los recurrentes ha
        incurrido la modificación de la Ordenanza del IBI sin desvincular a esta norma de la precitada Norma
        Foral 12/1989, modificada por la Norma Foral 4/2012.
        […]

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            Dentro de los límites marcados por esa norma foral los Ayuntamientos pueden establecer uno u otro
            recargo, unas u otras exenciones y bonificaciones en su aplicación; en definitiva, pueden configurar
            el hecho gravado por el recargo y los distintos elementos de este concepto con arreglo a criterios
            propios.
            […]
            En todo caso, la disposición recurrida en este procedimiento está infra ordenada a la Norma Foral
            12/1989 y no a la legislación de haciendas locales (disposición adicional 8ª del Real Decreto
            Legislativo 2/2004) con lo cual ninguna conclusión puede sacarse de la comparación de la
            Ordenanza recurrida con las ordenanzas del IBI aprobadas o proyectadas en territorios de régimen
            común o de la confrontación directa de la primera y de su norma de cobertura con la LHL.
            La argumentación de los recurrentes discurre, así, por ámbitos de regulación diferentes, sin atender
            al sistema de fuentes que emana de la disposición adicional 1ª de la Constitución y que dentro del
            llamado "bloque de constitucionalidad "está plasmado en el artículo 39 de la Ley 12/2002 del
            concierto económico con la Comunidad del País Vasco: "El Impuesto sobre Bienes Inmuebles se
            regulará por las normas que dicten las Instituciones competentes de los Territorios Históricos y
            gravará los bienes de naturaleza rústica y urbana sitos en su respectivo Territorio Histórico".
En estos términos, la Ordenanza fiscal del IBI del Ayuntamiento de Bilbao es una norma con rango
reglamentario que, por los principios de legalidad y jerarquía normativa, debe respetar y desarrollar el
contenido básico de la regulación legal de dicho impuesto que se contiene en Norma Foral de Bizkaia 4/2016,
de 18 de mayo, del IBI y no en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
III. Sobre los bienes inmuebles susceptibles del recargo potestativo de hasta el 50 por 100 en la cuota líquida
del IBI previsto en el artículo 10.9 de la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles del Territorio Histórico de Bizkaia.
Como ya se ha expuesto anteriormente, en el Territorio Histórico de Bizkaia ha sido la Norma Foral 4/2016
la que introdujo la figura de un recargo potestativo, de hasta el 50 por 100 en la cuota líquida del IBI, para
los bienes inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia del sujeto pasivo o de terceras
personas por arrendamiento o cesión de su uso y que se devengará y liquidará anualmente, conjuntamente
con la cuota de este impuesto. A estos efectos establece que se presumirá que un inmueble de uso
residencial constituye residencia de su o sus ocupantes cuando a fecha de devengo del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles así conste en el padrón del municipio donde radique, facultando a los ayuntamientos para
que, en uso de su autonomía, establezcan en sus Ordenanzas Fiscales aquellos supuestos a los que
consideren que no resulte de aplicación el recargo.
En Bilbao, el Pleno del Ayuntamiento, mediante Acuerdo de 30 de junio de 2016, incorporó a la Ordenanza
Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles el artículo 11 que contempla dicho recargo, si bien su aplicación
efectiva y su cuantificación se pospuso hasta que, por Acuerdo de 29 de junio de 2017, se aprobó la
aplicación efectiva de un recargo anual del 25% a partir de 2018. Con posterioridad, mediante acuerdos
plenarios de 28 de junio de 2018, 26 de septiembre de 2019 y de 23 de septiembre de 2021, se han incluido
o excluido de la aplicación del recargo determinados inmuebles por razones objetivas o subjetivas.
Por último, en la alegación Tercera se plantea la cuestión sobre si este Ayuntamiento ha seguido el
procedimiento fijado en el Decreto 149/2021, de 8 de junio, de vivienda deshabitada y de medidas para el
cumplimiento de la función social de la vivienda, en la gestión del recargo contemplado en el artículo 11 de
la Ordenanza fiscal del IBI. A estos efectos procede recordar que mediante dicho Decreto se regula el
procedimiento administrativo para la declaración de vivienda deshabitada contemplada en la Ley 3/2015, de
18 de junio, de Vivienda del País Vasco. Esta ley regula en su Capítulo IX una serie de garantías jurídicas
del uso adecuado de las condiciones de habitabilidad y de la función social de las viviendas, estableciendo
en el marco de sus competencias medidas dirigidas a garantizar la función social de las mismas, entre las
que se encuentra la de evitar su desocupación. Una de las consecuencias de la declaración de las viviendas
deshabitadas es la imposición del “canon de vivienda deshabitada”, de naturaleza extra fiscal, regulándose



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en el citado Decreto tanto la liquidación como la recaudación y el mantenimiento de su imposición en tanto
permanezca vigente la declaración de la vivienda deshabitada.
En estos términos, la definición de los bienes inmuebles susceptibles de la aplicación del recargo establecido
en el artículo 11 de la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI en Bilbao trae causa del recargo sobre la cuota
líquida del IBI contemplado en el artículo 10.9 de la Norma Foral 4/2016, el cual, a diferencia del canon de
vivienda deshabitada previsto en la Ley 3/2015, tiene carácter fiscal y para su gestión se siguen los principios
y disposiciones generales de la gestión de los tributos recogidos en la normativa foral, a saber la Norma
Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria y el Decreto Foral 112/2009, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de Gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia.
A la vista de lo expuesto se puede concluir:
Que la presente reclamación, formulada en relación al artículo 11 puntos 1 y 3, no se ajusta a los aspectos
objetivos de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para
2024 aprobada provisionalmente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 28 de
septiembre de 2023, que se circunscribe a los artículos 3.3, 4.1, 4.2, 5.3, 9, 10.1, 10.3, 10.7, 10.8, 11.5 y la
actual denominación de la disposición XII “Aprobación y vigencia de esta Ordenanza” y la adición de los
artículos 4.3, 4.4, 10.9, de la Disposición Adicional Única y de la Disposición Transitoria Segunda, toda vez
que de conformidad con el artículo 16 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales
del Territorio Histórico de Bizkaia, el trámite de exposición al público se refiere exclusivamente al contenido
del acuerdo adoptado provisionalmente por la corporación local y por lo tanto las reclamaciones sólo podrán
referirse al contenido de dicho acuerdo.
Que la Ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Bilbao es una norma
con rango reglamentario que, por los principios de legalidad y jerarquía normativa, debe respetar y
desarrollar el contenido básico de la regulación legal de dicho impuesto, que no viene determinado por lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), sino por lo dispuesto en la Norma Foral 4/2016, de
18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la
Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma
del País Vasco, en el artículo 7 de la Norma Foral de Bizkaia 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas
Locales, así como en el artículo 1.2 y la Disposición Adicional Octava del TRLRHL.
Que la definición de los bienes inmuebles susceptibles de la aplicación del recargo establecido en el artículo
11 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bilbao trae causa del recargo
sobre la cuota líquida del IBI, contemplado en el artículo 10.9 de la Norma Foral 4/2016, el cual, a diferencia
del canon al que se refiere la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda del País Vasco, tiene carácter fiscal y
para su gestión se siguen los principios y disposiciones generales de la gestión de los tributos recogidos en
la normativa foral, a saber la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo, General Tributaria y el Decreto Foral
112/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión de los tributos del Territorio
Histórico de Bizkaia.
Por cuanto antecede, y de conformidad con lo regulado en el apartado 1. d) del artículo 123 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, en su redacción introducida por la Ley 57/2003, de 16 de
diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, se eleva para su aprobación por el Pleno
la adopción del correspondiente acuerdo”.

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun                      El Alcalde cede el uso de la palabra a los
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak                  Sres. y Sras. concejales y concejalas de acuerdo
xedatutakoaren arabera.                                    con lo dispuesto en el Reglamento Orgánico del
                                                           Pleno.

        SR. JIMENEZ: “Eskerrik asko alkate jauna eta ia urte berri on guztioi. Eta mila esker beti bezala hau
posible egiten dozuen Udaleko beharginoi.


                                                                                                            8
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    En esta ocasión tenemos una reclamación sustanciada por el señor DOÑA MARÍA IRENE
TRANCÓN ALONSO, contraria a la ordenanza reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que
fue aprobada de forma provisional el pasado mes de septiembre para su entrada en vigor el próximo 1 de
enero del 2024. Las mencionada reclamación podríamos resumir que tiene una línea de argumentación que
viene a establecer que la ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, establece como inmueble
desocupado y, por tanto, como susceptible de sufrir sobrecargo del IBI, cito textualmente: “aquel que
pertenezca desocupado de forma continuada y sin causa justificada por un plazo superior a 2 años, conforme
a los requisitos medios de prueba y procedimientos que establezca la ordenanza fiscal y permanezca y
pertenezca a titulares de cuatro o más inmuebles de uso residencial”.

        Con esta definición, la persona reclamante entiende que la norma local del IBI que regula el
sobrecargo para la vivienda vacía, aquella que no es la residencia habitual del propietario o terceros, no se
ajusta a Derecho y contraviene normativa básica del Estado. Por eso, considera que la norma local no se
ajusta a Derecho al no respetar el orden de jerarquía normativa.

        Por su parte, el informe elaborado por la Subdirección de Hacienda hace una valoración sobre la
forma y el fondo de la reclamación con una argumentación diametralmente opuesta a la del reclamante con
la que estamos parcialmente de acuerdo. Parcialmente, porque en cuanto a la forma, el informe dice no
proceder al no ajustarse los artículos efectivamente modificados durante el procedimiento. Sin embargo, y
pese a que se menciona el artículo 16.1 y 2 de la norma Foral 9/2005, esta no concreta que esas
reclamaciones deban ajustarse exclusivamente a los puntos o artículos modificados.

         De hecho, el artículo 16.1 dice textualmente: “las aprobaciones y modificaciones de las
correspondientes ordenanzas se expondrán en el talón de anuncios de la entidad durante 30 días, dentro de
los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas”. En cuanto al fondo, el contenido, como bien recoge el informe de la ordenanza fiscal reguladora
del IBI de Bilbao, es una norma con el rango del reglamento que debe respetar y desarrollar el contenido
básico de la regulación legal de dicho impuesto. Una regulación legal que no viene establecido por el texto
refundido de la ley reguladora de haciendas locales, sino por la normativa Foral de Bizkaia. ¿Por qué?

         Esto es así porque el artículo 39 del concierto económico establece expresamente que, cito
textualmente: “el IBI se regulará por las normas que dicten las instituciones competentes de los territorios
históricos y grabará los bienes de naturaleza rústica urbana sitos en su respectivo territorio histórico”. Pero
es que, además, el artículo 7 de la norma Foral 9/2005 de haciendas locales expresamente establece que,
cito textualmente nuevamente: “la norma general tributaria será aplicable a las entidades locales, asimismo,
las entidades locales deberán adaptarse a las normas forales reguladoras de los impuestos locales y las
disposiciones dictadas para su desarrollo. Las disposiciones dictadas en desarrollo de la norma foral general
tributaria serán de aplicación cuando expresamente se establezca en las ordenanzas fiscales”.

         Pero es que, además, la propia legislación del Estado a la que hace referencia la persona reclamante
contradice de alguna manera su exposición. Así, el artículo 1.2 del texto refundido de la ley reguladora de
haciendas locales, referido al ámbito de aplicación, establece que, cito textualmente: “esta ley se aplicará en
todo el territorio nacional, sin perjuicio de los regímenes financieros forales, de los territorios históricos del
País Vasco y Navarra”. Ahí se establece precisamente la prevalencia de la norma y legislación vasca a la
estatal en este ámbito.

        Pero es que además, la disposición adicional octava del texto refundido de la ley reguladora de
haciendas locales establece explícitamente que los territorios históricos del País Vasco continuarán
conservando su régimen especial en materia municipal en lo referido al régimen económico financiero, en
los términos que la ley del concierto económico -y esos términos en el caso del IBI son los del artículo 39
que vengo de mencionar previamente-, sin que ello pueda significar un nivel de autonomía de las
corporaciones locales vascas inferior al que tengan las demás corporaciones locales, sin perjuicio de la

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aplicación de lo dispuesto en la Ley 7/1985, reguladora de bases de régimen local y las competencias que
a este respecto puedan corresponder a la Comunidad Autónoma.

         Por tanto, concluimos que lo correcto es desestimar la reclamación presentada por el señor
Estébanez Martín, al ajustarse tanto a la normativa foral como estatal la relación de la ordenanza reguladora
del IBI. No obstante, y con eso termino esta primera intervención alkate, la propuesta de acuerdo que vamos
a votar no solo recoge la desestimación de la reclamación del ciudadano mencionado sino la aprobación
definitiva de la normativa del IBI, algo a lo que me referiré en mi segundo turno de palabra. Eskerrik asko”.

         SR. RODRIGO: “Eskerrik asko alkate jauna. De modo muy telegráfico, ya que en principio no
teníamos una intención de abrir debate sobre esta cuestión. Es verdad que la reclamación que se formula a
nuestro modo de entender, bastante interesante, bien redactada y con sustento jurídico, pero desde una
óptica, quizás, como se ha apuntado previamente, más basada en lo que es el corpus jurídico de ámbito
estatal.

        En el caso del grupo municipal PARTIDO POPULAR, como territorio Foral, lo que les compete es la
norma foral y en ese sentido es verdad que es donde tenemos que acogernos y ahí es seguramente el punto
flaco de la reclamación.

        Dicho lo cual, en el fondo el debate en cuestión, no es tanto la reclamación en sí, que también, sino
el hecho del concepto de vivienda vacía y la aclaración de las características que debe cumplir un inmueble
para esa vivienda vacía. Y este es un debate que no es nuevo y que seguramente nos va a perseguir durante
un tiempo y que según se extrae de la reclamación, queda bastante claro, medianamente claro, en el ámbito
más del ámbito estatal y quizás no queda tan claro en el ámbito propio nuestro foral, pero eso un debate que
se sustentará seguramente en otros ámbitos. No sé si en las Juntas Generales o en esta casa, pero cuando
corresponda.

        Dicho lo cual, y también como saben todos ustedes, nosotros en este sentido, no apoyamos el
canon, la penalización de la vivienda vacía. Creemos que es contraproducente y que de hecho no ayuda,
sino que perjudica a lo que es el acceso a la vivienda, al mercado de la vivienda. Y en ese sentido, también,
como se decía previamente, creemos que lo correcto en este caso, dado que son dos cuestiones, es, en
primer lugar, dos votaciones, votar lo que es el sentido político a la reclamación y luego votar lo que es la
aprobación definitiva. Muchas gracias”.

         SR. ALCALDE: “Gracias, señor Rodrigo, para que quede claro para el conjunto de los grupos
políticos, la previsión que teníamos era hacer una única votación, pero no hay ningún inconveniente, a no
ser que el Secretario diga otra cosa. Parece que jurídicamente lo más correcto sería hacer una única
votación, pero yo, si no se me dice nada en contrario, no tengo ningún inconveniente en que se realicen las
dos. ¿Vale?”.

         DEL RIO AND.: «Eskerrik asko alkate jauna. Gu ere oso laburrak izango gara, gainera argi ikusten
da desadostasun handirik ez dugula une honetan, eta orain bi bozketa egingo badira horrekin ados, edozein
kasutan bakarra eginez gero ere ulergarria iruditzen zaigu, izan ere, baiezkoa bozkatu behar genuen, azalduz
alde batetik erreklamazioa ezeztearen alde gaudelako, txostenean emandako argudio teknikoak egokiak
iruditzen zaizkigu eta, alde batetik esaten den moduan, behin-behineko akordioaren edukiaz harago doalako
eta bestetik arau jerarkiaren interpretazio hori ez delako zuzena.

         Eta ulertzen genuen baiezko bozketa hori nahikoa zela, ze ondasun higiezinen gaineko zerga
arautzen duen ordenantzan egindako aldaketekin nahiz eta horrekin ados ez egon, horretaz iraileko plenoan
luze hitzegiteko aukera izan genuen. Gure arrazoiak azaltzeko aukera izan genuen, baina ulertzen dugu
behin-betiko onartzea automatikoa dela behin ezezten dela egindako erreklamazioa eta automatismo horren
harira, horregatik EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal taldearen baiezkoa.


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         Eta bukatzeko eta bakarrik garbi utzi, zein garrantzitsua iruditzen zaigun herritarren parte hartzea
sustatzeko bideak azaltzea, alegazio formalen bitartez edo bestelako bideak erabiliz eta bereziki horren
oinarrizkoak diren arauetan, zergak arautzen dituen ordenantzan kasu. Baina honetaz seguru gerora hitz
egiteko aukera izango dugula. Eskerrik asko».

         SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. Respecto a esta cuestión, dos temas, la primera de ellas
hace referencia al criterio que desde este Ayuntamiento venimos aplicando a la hora de presentar propuestas
a las ordenanzas fiscales y que es aquella en la que tan solo se puede modificar aquello que modifica el
EQUIPO DE GOBIERNO, en este caso en la reclamación se presenta un artículo que el EQUIPO DE
GOBIERNO no ha llevado, por lo tanto, no tiene cabida. Aun así, aun así, iría al segundo de los criterios. Es
cierto que lo que a través de esta reclamación se invoca se recoge en normativa común, como decía el señor
Jiménez, y como lo han venido repitiendo todas y cada una de las personas que han precedido a mi
intervención.

        La norma que prima en el territorio foral es la norma foral y a día de hoy, la norma foral no ha recogido
esa modificación que sí se ha llevado a cabo en territorio común. Entendemos que será cuestión de tiempo
que la norma foral que regule el IBI, la incluya y por tanto, una vez llevada a cabo esa incorporación, sin
ninguna duda aplicaríamos a la ordenanza fiscal que regula el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

        En cualquier caso, reiterar una vez más que la aplicación del recargo en el Impuesto de Bienes
Inmuebles (IBI), su objetivo no es otro que el de movilizar las viviendas y que en esa línea seguiremos
trabajando. Eskerrik asko”.

        SR. JIMÉNEZ: “Eskerrik asko. Un poco por explicar también el planteamiento del grupo municipal
ELKARREKIN BILBAO a la segunda votación. Nosotras y nosotros, en septiembre ya conocen, que nos
posicionamos en contra de la ordenanza del IBI al no recoger los elementos que, a nuestro juicio, son
fundamentales para mejorar su progresividad y convertirla en una herramienta para redistribución de la
riqueza y evitar la especulación de la vivienda y la gentrificación en ciertos barrios de Bilbao.

        En ese sentido, por ejemplo, propusimos en el ámbito del IBI aumentar un 10% el mismo a los
inmuebles cuyo valor catastral se ubica en el 10% más alto de la ciudad, a los que se aplica el tipo de grado
en diferenciado, trasladando así la carga fiscal a quienes más tienen. Esto nos habría permitido ingresar 1,5
millones de euros más a costa de los grandes patrimonios frente al medio millón de la subida generalizada
del 3% que propone el EQUIPO DE GOBIERNO.

       Por otro lado, la propuesta del EQUIPO DE GOBIERNO ha establecido el mantenimiento de un
sobrecargo del 25% para las viviendas vacías que nosotras y nosotros planteamos que tenía que ser también
del 50%, porque a tenor de la factura media del IBI, esto iba a suponer apenas un sobrecargo medio de 45
€ que no colabora a incentivar la movilización de la vivienda vacía.

        Y finalmente, también denunciamos que esta ordenanza mantenía los privilegios a la iglesia, a pesar
de que algunos habíamos tratado de hacer ajustes en los textos para que esto no suceda. Porque dentro
del agujero de los centros escolares y de culto vinculados a ciertas confesiones, esas que no pagan el IBI,
se cuelan actividades económicas que nada tienen que ver con la oración o la enseñanza reglada, como
gimnasios, alquiler de instalaciones deportivas o academias de inglés. Y eso está suponiendo una actividad
económica lucrativa a la que por justicia fiscal no se le puede regalar el IBI. Por esos motivos y con esto
concluyo, en coherencia con lo expresado en septiembre, y no porque no estemos de acuerdo con la
desestimación, vamos a votar en esa segunda votación, no a la aprobación definitiva de la ordenanza.
Eskerrik asko”.

                                                        -




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de la disposición XII “Aprobación y vigencia de esta Ordenanza” y la adición de los artículos 4.3, 4.4, 10.9,
de la Disposición Adicional Única y de la Disposición Transitoria Segunda, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 16 de la Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales del Territorio Histórico
de Bizkaia, que establece que el trámite de exposición al público se refiere exclusivamente al contenido del
acuerdo adoptado provisionalmente por la corporación local y por lo tanto las reclamaciones sólo podrán
referirse al contenido de dicho Acuerdo.
Por considerar que la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Ayuntamiento
de Bilbao es una norma con rango reglamentario que, por los principios de legalidad y jerarquía normativa,
debe respetar y desarrollar el contenido básico de la regulación legal de dicho impuesto, que no viene
determinado por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), sino por lo dispuesto en la
Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Territorio Histórico de Bizkaia,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba
el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el artículo 7 de la Norma Foral de
Bizkaia 9/2005, de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, así como en el artículo 1.2 y la Disposición
Adicional Octava del TRLRHL.
Por cuanto la definición de los bienes inmuebles susceptibles de la aplicación del recargo establecida en el
artículo 11 de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Bilbao trae causa
del recargo sobre la cuota líquida del IBI, contemplado en el artículo 10.9 de la Norma Foral 4/2016, el cual,
a diferencia del canon de vivienda deshabitada al que se refiere la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda
del País Vasco, tiene carácter fiscal y para su gestión se siguen los principios y disposiciones generales de
la gestión de los tributos recogidos en la normativa foral, a saber la Norma Foral 2/2005, de 10 de marzo,
General Tributaria y el Decreto Foral 112/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia.

SEGUNDO.- Elevar a definitivo el Acuerdo Plenario de 28 de septiembre de 2023, por el que se aprueba el
proyecto normativo de modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
BIENES INMUEBLES, en sus mismos términos:
   “SEGUNDO.- Aprobar el proyecto de modificación de los artículos 3.3, 4.1, 4.2, 5.3, 9, 10.1, 10.3, 10.7,
   10.8, 11.5 y la actual denominación de la disposición XII “Aprobación y vigencia de esta Ordenanza” y la
   adición de los artículos 4.3, 4.4, 10.9, de la Disposición Adicional Única y de la Disposición Transitoria
   Segunda de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES,
   que quedarán redactados como sigue:
   Artículo 3. Hecho imponible y supuestos de no sujeción
   3.- A los efectos de este impuesto tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos, urbanos y de
   características especiales los definidos como tales en la normativa reguladora del Catastro Inmobiliario
   Foral y, en particular, en la Norma Foral 3/2016, de 18 de mayo, del Catastro Inmobiliario Foral del
   Territorio Histórico de Bizkaia.
     Artículo 4. Exenciones
     1.- Estarán exentos los siguientes bienes inmuebles:
     a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Territorio Histórico
     de Bizkaia o de las entidades locales y estén directamente afectos a la defensa nacional, la seguridad
     ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios.
     b) Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.
     c) La superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lento reglamentariamente
     determinadas, cuyo principal aprovechamiento sea la madera o el corcho, siempre que la densidad del
     arbolado sea la propia o normal de la especie de que se trate.
     Asimismo, la superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales o regeneración de
     masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos aprobados por la Administración
     forestal. Esta exención tendrá una duración de quince años, contados a partir del período impositivo
     siguiente a aquel en que se realice su solicitud.


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     d) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa
     Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979.
     e) Los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos
     establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos a que se refiere el artículo 16 de la
     Constitución.
     f) Los de la Cruz Roja Española y otras entidades asimilables que reglamentariamente se determinen.
     g) Los de las universidades públicas y centros adscritos a las mismas.
     h) Los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus
     organismos oficiales, a condición de reciprocidad o conforme a los Convenios Internacionales en vigor.
     i) Los de aquellos organismos o entidades a los que sea de aplicación la exención en virtud de Convenios
     Internacionales en vigor.
     j) Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos terrenos,
     que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable para la
     explotación de dichas líneas. No están exentos, por consiguiente, los establecimientos de hostelería,
     espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas destinadas a viviendas de los y las empleadas,
     las oficinas de la dirección ni las instalaciones fabriles.
     k) Los bienes inmuebles cedidos sin contraprestación al Ayuntamiento de Bilbao.
     l) Las carreteras, los caminos y las demás vías terrestres que sean de titularidad de la Diputación Foral
     de Bizkaia, siempre que estén directamente gestionadas o explotadas por la propia Diputación Foral de
     Bizkaia o por una entidad en la que la Diputación Foral de Bizkaia ostente una participación mayoritaria,
     así como los inmuebles afectos a dicha gestión o explotación.
     m) Los bienes inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no sea superior a cuatro euros.
     2.- Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:
     a) Los bienes inmuebles que a la fecha del devengo tengan reconocida mediante el correspondiente
     decreto la condición de monumento a que se refiere la letra a) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley
     6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco. Esta exención alcanzará tanto a los bienes de
     protección especial como de protección media que estén inscritos en el Registro del Patrimonio Cultural
     Vasco.
     Igualmente estarán exentos los bienes inmuebles que formen parte de un conjunto monumental a que se
     refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural
     Vasco. Esta exención sólo alcanzará a los inmuebles de protección especial y de protección media que
     estén inscritos en el Registro del Patrimonio Cultural Vasco.
     Asimismo, estarán exentos los bienes inmuebles que se encuentren dentro de una zona arqueológica a
     que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio
     Cultural Vasco, declarados como bienes culturales de protección especial y media, y siempre que, tras
     haber sido objeto de algún tipo de intervención arqueológica, el Departamento correspondiente del
     Gobierno Vasco haya establecido la necesidad de mantener en los mismos los restos encontrados, sin
     que puedan ser eliminados ni trasladados.
     b) Los centros docentes privados acogidos al régimen de conciertos educativos, en tanto mantengan su
     condición de centros concertados.
     Las exenciones previstas en este apartado 2 surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente a la fecha de
     la solicitud y, una vez concedidas, se aplicarán automáticamente a los ejercicios fiscales sucesivos, en
     tanto se mantengan las razones que justificaron la concesión de la exención.
     3- Estarán exentos los bienes inmuebles de los que sean titulares las Fundaciones y Asociaciones
     declaradas de utilidad pública y demás entidades sin fines lucrativos que cumplan los requisitos
     establecidos en la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines
     lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, excepto los afectos a explotaciones económicas no
     exentas del Impuesto sobre Sociedades.
     La aplicación de esta exención estará condicionada a que las entidades sin fines lucrativos comuniquen
     al Ayuntamiento la resolución sobre la aplicación del régimen a que hace referencia el artículo 16.2 de la
     citada Norma Foral y al cumplimiento de los requisitos y supuestos relativos al régimen fiscal especial
     regulado en el Titulo II de la misma. Junto con la comunicación deberán indicar los bienes objeto de la
     exención.

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     En todo caso, los tipos de gravamen diferenciados a que se refiere este apartado sólo podrán aplicarse,
     como máximo, al 10 por 100 de los bienes inmuebles urbanos del término municipal que, para cada uso,
     tenga mayor valor catastral.
     Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará el tipo correspondiente al uso de la
     edificación o dependencia principal.
     4.- El tipo de gravamen será el 0,4000% cuando se trate de bienes inmuebles de características
     especiales.
     Artículo 10. Bonificaciones
     1.- Tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del impuesto los inmuebles que
     constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción
     inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes
     de su inmovilizado.
     Esta bonificación deberá solicitarse mediante el formulario correspondiente al tiempo de presentar la
     declaración de alta de obra nueva y en el plazo previsto en el artículo 7.1 del Decreto Foral de la
     Diputación Foral de Bizkaia 118/2016, de 28 de junio.
     El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a aquel en
     que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo
     se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de
     tres períodos impositivos.
     3.- Tendrán derecho a una bonificación del 95 % de la cuota íntegra los bienes rústicos de las
     cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la Norma
     Foral 6/2018, de 12 de diciembre, sobre régimen fiscal de cooperativas del Territorio Histórico de Bizkaia.
     7.- Tendrán derecho a una bonificación del 36,75 % de la cuota íntegra del impuesto derivada de la
     titularidad, sobre las parcelas de los aparcamientos municipales para residentes, del derecho a que se
     refiere la letra a) del apartado 1º, del artículo 2 de la Norma Foral del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,
     siempre que resulte de aplicación el tipo de gravamen diferenciado regulado en el artículo 9.3 para los
     inmuebles de uso Otros usos (Y). El período de aplicación de esta bonificación tendrá carácter indefinido.
     8.- Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto las familias numerosas que
     ostenten esa condición en la fecha del devengo, en los términos que se establecen a continuación:
     a) La bonificación se reconoce exclusivamente en relación con la vivienda habitual, entendiéndose por
     tal aquel inmueble de uso residencial destinado exclusivamente a satisfacer de forma permanente la
     necesidad de vivienda del sujeto pasivo y su familia, y se presumirá que la vivienda habitual de la familia
     numerosa es aquella en la que figura empadronada la misma.
     Para poder disfrutar de esta bonificación, el sujeto pasivo y el resto de los miembros de la unidad familiar
     deberán estar empadronados en el municipio de Bilbao en su vivienda habitual, sin perjuicio de lo
     dispuesto en la normativa sobre familias numerosas.
     En el supuesto de que la familia resida en varios inmuebles que, por estar unidos físicamente conforman
     su residencia habitual, sin que los mismos constituyan una unidad a efectos catastrales, la bonificación
     se aplicará a aquel de ellos que tenga mayor valor catastral.
     En el supuesto de que la familia resida en más de un inmueble por haberse acordado la custodia
     compartida de los descendientes, la bonificación se podrá aplicar a las viviendas que constituyan la
     residencia habitual de ambos progenitores, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el presente
     apartado.
     b) Esta bonificación se concederá a petición del sujeto pasivo y surtirá efecto desde el período impositivo
     siguiente a aquel en que se hubiera efectuado la solicitud.
     La Administración municipal comprobará el cumplimiento de los requisitos necesarios, tanto para la
     concesión de la bonificación, como para su aplicación en los años posteriores, pudiendo requerir la
     presentación de cuantos documentos sean necesarios para acreditar el derecho del sujeto pasivo a la
     misma.




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     No obstante, los sujetos pasivos deberán comunicar las variaciones que se produzcan en las condiciones
     y requisitos de esta bonificación y que, en todo caso, tendrán efecto a partir del ejercicio siguiente a aquel
     en que hayan tenido lugar.
     c) En todo caso la aplicación de la bonificación estará condicionada a que el Valor Mínimo Atribuible de
     la vivienda familiar en el momento del devengo del impuesto no sea superior a 300.000 euros.
     El porcentaje de bonificación se determinará en el momento del devengo del impuesto en función de la
     categoría de la familia numerosa, reconocida conforme a la normativa vigente, así como del valor catastral
     de la vivienda familiar, según el siguiente cuadro:

             Familia numerosa                      Categoría especial           Categoría general
             Valor catastral:                          Bonificación:                 Bonificación:
             Hasta 50.000 €                                80%                           40%
             Superior a 50.000 hasta 100.000               70%                           20%
             €
             Superior a 100.000 €                           60%                           10%

     A efectos de la determinación del Valor Mínimo Atribuible y del valor catastral de la vivienda familiar, se
     tendrán en cuenta los elementos anejos a la vivienda, siempre que constituyan un mismo bien inmueble,
     de acuerdo con la normativa reguladora del Catastro Inmobiliario Foral.
     9.- Las bonificaciones reguladas en el presente artículo son incompatibles entre sí, por lo que en un
     mismo período impositivo no se podrá disfrutar de más de una bonificación.
     Artículo 11. Recargo a las viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo
     5.- Se excluirán de la aplicación del recargo los siguientes bienes inmuebles de uso residencial:
     a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Territorio Histórico
     de Bizkaia y de sus Organismos Autónomos, de sus entidades públicas empresariales y de sociedades
     mercantiles de capital íntegramente público, sin perjuicio de que el Ayuntamiento pueda requerir a la
     administración titular para que acredite el destino residencial de los mismos.
     b) Los que constituyan elemento común de una Comunidad de Propietarios en régimen de Propiedad
     Horizontal.
     c) Aquellos en los que en el año anterior al devengo del recargo conste en el Padrón de habitantes de
     este Ayuntamiento inscripción que acredite la residencia de una o más personas durante al menos 30
     días.
     d) Los que se encuentren en un edificio que esté siendo objeto de rehabilitación equiparable a obra nueva.
     e) Los que se encuentren en un edificio declarado en situación legal de ruina o los que sean objeto de
     declaración de inhabitabilidad.
     f) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 6 del artículo 10 de la presente Ordenanza,
     por haber sido cedidos en el marco de programas de vivienda vacía o de intermediación en el mercado
     de alquiler de vivienda libre del Gobierno Vasco o de otros planes o programas autonómicos, forales o
     municipales.
     g) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 1 del artículo 10 de la presente Ordenanza
     por tratarse de inmuebles objeto de actividad de las empresas de construcción y promoción inmobiliaria.
     h) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 2 del artículo 10 de la presente Ordenanza
     por tratarse de Viviendas de Protección Pública o equiparables mientras sean de titularidad y objeto de
     la actividad de las empresas de construcción o promoción inmobiliaria.
     i) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del ingreso de la persona obligada al pago del
     impuesto en una residencia para personas mayores, enfermas mentales o con algún tipo de
     discapacidad, siempre que con anterioridad hayan constituido su residencia habitual. En este caso no se
     exigirá el recargo cuando se acredite este ingreso en una residencia a la fecha de devengo del impuesto
     y se presenten, dentro de los 20 días siguientes, las facturas correspondientes a su estancia y un
     Certificado emitido por la residencia en el que figure la fecha de inicio y su permanencia al uno de enero
     de cada ejercicio.


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      j) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del traslado de la persona obligada al pago del
      impuesto, por encontrarse en situación de dependencia en grado II o III, al domicilio de una persona
      cuidadora no profesional del entorno familiar, o bien como consecuencia del traslado de esta al domicilio
      de la persona familiar dependiente en grado II o III, siempre que con anterioridad hayan constituido la
      residencia habitual del titular del inmueble.
      Se entenderá como persona cuidadora no profesional del entorno familiar aquella que figure designada
      como tal en el Programa Individual de Atención correspondiente.
      A estos efectos no se exigirá el recargo cuando se acredite el traslado de la persona obligada al pago a
      la fecha de devengo del impuesto y se presente la Orden Foral de reconocimiento de la situación de
      dependencia. En aquellos casos en que la persona dependiente y la cuidadora residan fuera del
      municipio, deberá aportarse con carácter anual certificado en el que conste que ambas se encuentran
      empadronadas en la misma vivienda.
      X.- DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Cláusula de interoperabilidad.
      El Ayuntamiento de Bilbao podrá realizar la consulta o verificación de los datos adecuados, pertinentes y
      necesarios para la gestión del impuesto que obren en poder de otras Administraciones a través de las
      plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. Si por causas
      técnicas no fuera posible la interoperabilidad, deberán ser facilitados por la persona interesada.
      XI.-DISPOSICIÓN TRANSITORIA
      Primera.- Las bonificaciones reconocidas en virtud de la redacción vigente hasta el 31 de diciembre de
      2021 del artículo 10.5 de esta Ordenanza mantendrán sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2023.
      Segunda.- Para el reconocimiento de la bonificación regulada en el artículo 10.8 y únicamente a efectos
      de su aplicación en las liquidaciones del ejercicio 2024, se admitirán las solicitudes presentadas hasta el
      día 25 de abril de 2024. Las solicitudes presentadas transcurrido este plazo surtirán efecto conforme a lo
      previsto 10.8 b).
      “XIII.- DISPOSICIÓN FINAL. Entrada en vigor”

TERCERO.-Publicar el texto íntegro del Acuerdo Plenario de 28 de septiembre de 2024 y, en su caso, el
Acuerdo de Aprobación Definitiva, a que se refieren los apartados anteriores, en el Boletín Oficial del
Territorio Histórico de Bizkaia.

CUARTO.-Notifíquese en legal forma a la parte interesada.”


 3.       Proposamena:         akats     materialak          3.    Propuesta relativa a la rectificación de
          zuzentzea Udalbatzak 2023ko irailaren                    los errores materiales contenidos en el
          28ko bileran hartutako erabakiari,                       acuerdo de Ayuntamiento Pleno en
          zeinaren bidez behin-behinean onartu                     sesión celebrada el día 28 de septiembre
          baitzen Udal jabari publikoaren erabilera                de 2023 de aprobación provisional del
          pribatiboaren     eta    aprobetxamendu                  artículo 6.3 Epígrafe D) “Puestos en
          bereziaren tasen Ordenantza Fiskalaren                   Fiestas y Festejos Populares” apartado
          6.3 artikuluaren D) epigrafeko (“Jaietako                4.1    y    5.3   y    el   Epígrafe    F)
          eta herri-ospakizunetako postuak”) 4.1                   “Estacionamiento de Vehículos de
          eta 5.3 apartatuak eta F) epigrafea                      Tracción Mecánica en las Vías Públicas
          ("Trakzio mekanikozko ibilgailuak udal-                  Municipales“ de la Ordenanza fiscal
          bide publikoetan aparkatzea") aldatzea,                  reguladora de las tasas por la utilización
          eta, beraz, behin betikotzat jotzea                      privativa o el aprovechamiento especial
          Udalbatzaren 2023ko irailaren 28ko                       del dominio público municipal y declarar
          erabakia, zeinaren bidez onartzen baita                  definitivo el acuerdo plenario de 28 de
          Udal     jabari  publikoaren     erabilera               septiembre de 2023 de modificación de
          pribatiboaren     eta    aprobetxamendu                  los artículos 6.3 Epígrafe D) “Puestos en
          bereziaren tasen Ordenantza Fiskalaren                   Fiestas y Festejos Populares” apartado
          6.3 artikuluaren D) epigrafeko (“Jaietako                4.1    y    5.3   y    el   Epígrafe    F)

                                                                                                            18
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            a dicho fin y realizadas por empresas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto
            (RERA), debiéndose aportar por el interesado un desglose del presupuesto en caso de que las obras
            tuvieran una finalidad más amplia.
            g) Obras de habilitación, reforma o acondicionamiento de locales para el ejercicio de nuevas
            actividades empresariales o profesionales que se inicien en el local por parte del dueño de la obra
            y así se acredite con la declaración de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas o
            declaración censal correspondiente, cuyo titular, sujeto pasivo del tributo, sea una personas física o
            jurídica con domicilio fiscal en Bilbao y no tenga un volumen de operaciones por ser el primer año
            de ejercicio de la actividad o su volumen de operaciones sea inferior a 2 millones de euros, que
            disfrutarán de una bonificación del 50%.
            h) Obras o instalaciones realizadas en Punta Zorroza y directamente relacionadas con la producción
            audiovisual, siempre que hubieran sido iniciadas en 2024, 2025 o 2026 y no tengan naturaleza
            residencial, que disfrutarán de una bonificación del 50%.
            i) Construcciones de nueva planta de alojamientos dotacionales, que disfrutarán de una bonificación
            del 75%. En ningún caso se aplicará este tipo de gravamen a las obras de reforma, modificación, o
            rehabilitación de alojamientos dotacionales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para
            la construcción de las mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada.
            2. Las bonificaciones recogidas en los apartados anteriores son de carácter rogado y, para su
            aplicación, el interesado deberá aportar los documentos que acrediten el cumplimiento de los
            requisitos previstos para su aplicación.
            3. En ningún caso se podrán aplicar dos o más bonificaciones de las recogidas en los apartados
            anteriores a un mismo supuesto de hecho. En caso de que una misma actuación cumpliera los
            requisitos para la aplicación de varias bonificaciones, se aplicará la que comporte una mayor
            reducción de la cuota.”
            Artículo 9.
            Bonificaciones por obras orientadas al ahorro de energía
            1 Se establece una bonificación del 90 por 100 de la cuota a favor de las siguientes construcciones,
            instalaciones y obras:
            a) Las que incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o
            de otras energías renovables. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las
            instalaciones para producción de calor incluyan colectores o sistemas de calefacción y agua caliente
            sanitaria (ACS) que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración
            competente.
            b) Las que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención de una etiqueta
            energética de clase A o B.
            c) Las que se realicen en el marco de proyectos de rehabilitación integral de barrios o zonas del
            término municipal para la incorporación de energías renovables
            2. Esta bonificación es rogada y será aplicable, exclusivamente, sobre las cantidades cuya inversión
            no sea obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.
            3. La bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso,
            las bonificaciones contempladas en los artículos anteriores.
            Artículo 10. Bonificaciones por construcción de viviendas públicas y sociales
            1. Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor de las obras de construcción de nueva planta
            de viviendas de protección pública. Esa bonificación será del 75% en caso de tener dichas viviendas
            la calificación de viviendas sociales.
            2. La bonificación es rogada y, para su aplicación, el interesado deberá presentar copia de la
            calificación provisional de las viviendas.
            3. Si la construcción comprendiera viviendas de distintas categorías, el interesado deberá aportar
            un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la
            construcción de unas y otras viviendas. Si ello no fuera posible, a efectos de la bonificación se
            prorrateará el presupuesto en proporción a las respectivas superficies.
            4. La bonificación anterior se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones
            a que se refieren los artículos anteriores.

                                                                                                               31
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            Artículo 11. Bonificaciones por obras orientadas a favorecer la movilidad de las personas en
            situación de discapacidad
            1. Se establece una bonificación del 65% de la cuota por la realización de construcciones,
            instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas en
            situación de discapacidad.
            2. Se establece una bonificación del 90% de la cuota por la realización de obras en elementos
            privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas
            en situación de discapacidad con más de un 33 % de discapacidad motriz.
            3. Esta bonificación es rogada y alcanzará exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a las
            obras destinadas estrictamente a dicho fin, debiéndose aportar por el interesado un desglose del
            presupuesto, suscrito, en su caso, por el técnico facultativo que dirija las obras, en el que se
            determine razonadamente el coste de las obras amparadas por esta bonificación. El interesado
            también deberá aportar, en su caso, justificante de la discapacidad del ocupante de la vivienda en
            cuyo interés se realizan las obras o, al menos, de haber iniciado los trámites administrativos para
            lograr ese reconocimiento.
            4. La bonificación no alcanzará a las construcciones, instalaciones u obras que se realicen en
            inmuebles que por prescripción normativa deban estar adaptados o deban adaptarse
            obligatoriamente.
            5. La bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso,
            las bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores.
            Artículo 12. Reglas comunes a todas las bonificaciones.
            1. Para que resulten de aplicación las bonificaciones es necesaria la solicitud previa por parte del
            sujeto pasivo, que deberá efectuar en el plazo de un mes desde la solicitud de la licencia o la
            presentación de la declaración responsable o comunicación previa. La solicitud se entenderá
            también presentada cuando el sujeto pasivo practique la autoliquidación del impuesto deduciéndose
            el importe de la bonificación.
            2. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que justifique la procedencia de su
            aplicación.
            3. Si la aplicación de la bonificación dependiera de actos que deben producirse con posterioridad,
            será suficiente con la justificación del inicio de los trámites encaminados a su obtención. En estos
            casos, la bonificación quedará condicionada a su oportuna justificación ante la oficina gestora del
            impuesto, lo que deberá efectuarse en todo caso antes de que se produzca la liquidación de final
            de obra.
            4. Si la Administración considerase que la justificación de las causas que motivan la bonificación es
            insuficiente, requerirá al solicitante para que presente en el plazo de treinta días la documentación
            requerida. El incumplimiento de ese requerimiento determinará que se tenga al interesado por
            desistido de su solicitud, en cuyo caso los órganos de gestión dictarán la correspondiente liquidación
            provisional por el importe de la bonificación indebidamente aplicada, con los intereses y recargos
            pertinentes, sin perjuicio de las sanciones a que hubiere lugar si se apreciase la existencia de
            infracción tributaria.
            5. Si la Administración denegara la bonificación o considerase incorrectos los porcentajes de
            bonificación aplicados en la autoliquidación presentada, dictará la correspondiente liquidación
            provisional sin la bonificación o con el porcentaje que proceda, con los intereses o recargos que
            correspondan.
            6. La concesión de la bonificación estará condicionada a lo establecido en la licencia municipal o a
            lo manifestado en la declaración responsable o en la comunicación previa y a la acreditación u
            obtención de las calificaciones o actos exigibles para tener derecho a la correspondiente
            bonificación, quedando aquélla automáticamente sin efecto, sin necesidad de nuevo acuerdo en
            contrario, en el supuesto de incumplimiento de tales condiciones.
            7. No procederá la concesión de ningún tipo de bonificación en caso de incumplimiento de lo
            dispuesto en el apartado 1 de este artículo.




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         a) obras de limpieza, pintura y/o restauración integral de fachadas exteriores o
         interiores y cubiertas de edificios.
         b) obras que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención
         de una etiqueta energética de clase A o B.
         c) construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el
         aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta tarifa
         estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan
         colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la
         Administración competente.
         d) obras de derribo o reparación, rehabilitación o reforma de elementos comunes
         de edificios que conlleven retirada de amianto.
         e) construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso
         y habitabilidad de las personas en situación de discapacidad y, a estos efectos, se
         equiparan a estas las personas mayores de setenta y cinco años.
         f) obras en elementos privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones
         de acceso y habitabilidad de las personas en situación de discapacidad con más
         de un 33 % de discapacidad motriz. Esta tarifa podrá aplicarse en la autoliquidación
         de la tasa siempre que en el plazo para practicar aquella pueda acreditarse el
         grado de minusvalía mediante documento expedido por la autoridad competente.
         g) construcciones de nueva planta de alojamientos dotacionales. En ningún caso
         se aplicará este tipo de gravamen a las obras de reforma, modificación, o
         rehabilitación de alojamientos dotacionales no amparadas en la licencia
         urbanística otorgada para la construcción de las mismas, cuando se trate de obras
         de iniciativa privada.
         h) construcciones de nueva planta de viviendas de protección pública y de
         alojamientos dotacionales, incluida la realización de derribos, movimientos de
         tierras, y otras obras complementarias, relacionadas con la construcción de nueva
         planta anterior y de actuaciones de Rehabilitación, Regeneración y Renovación
         Urbana de iniciativa pública.
         i) obras de rehabilitación integrada en los términos previstos por la normativa
         autonómica, o de rehabilitación preferente declarada por el Ayuntamiento.
         j) obras o instalaciones promovidas por el Gobierno Vasco, en inmuebles
         destinados a educación secundaria.
         k) obras de nueva planta destinadas a centros docentes universitarios o
         actividades de investigación pública o privada promovidas por quien figure de alta
         en el grupo 936 de la Sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades
         Económicas al tiempo de solicitud de la licencia.
         l) obras de habilitación, reforma o acondicionamiento de locales para el ejercicio
         de nuevas actividades empresariales o profesionales que se inicien en el local por
         parte del dueño de la obra y así se acredite con la declaración de alta en el
         Impuesto sobre Actividades Económicas o declaración censal correspondiente,
         cuyo titular, sujeto pasivo de la tasa, sea una persona física o jurídica con domicilio
         fiscal en Bilbao y no tenga un volumen de operaciones por ser el primer año de
         ejercicio de la actividad o su volumen de operaciones sea inferior a 2 millones de
         euros.
         m) obras mayores, incluidas las obras, instalaciones y construcciones de nueva
         planta, rehabilitación integral y derribos de edificios destinados de forma exclusiva
         a usos terciario, productivo o de equipamientos en el Área Mixta de Zorrozaurre.
         n) obras de construcción de nueva planta de viviendas de protección pública o de
         viviendas sociales. En ningún caso se aplicará este tipo de gravamen a las obras
         de reforma, modificación, o rehabilitación de viviendas de protección pública o
         viviendas sociales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la
         construcción de las mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada.

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“PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, finalizado el periodo de exposición pública y no habiéndose presentado
reclamaciones, se entiende definitivamente adoptado el Acuerdo Plenario de 28 de septiembre de 2023, de
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación del servicio de recogida de
basuras, que quedará redactado como sigue:

              SEGUNDO.- Modificar el artículo 6 de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
              POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS que quedará redactado
              como sigue:
              Artículo 6
              Los contribuyentes sujetos a esta Tasa satisfarán las siguientes tarifas:

                      1. Tarifas                                                              Cuota
                                                                                              Euros
                1. Por cada vivienda y garaje comunitario o particular destinado
                exclusivamente a la guarda de vehículos, centro de culto, casa o residencia
                de orden religiosa, por trimestre y según categoría de la vía pública:
                                                                                         1ª    48,65
                                                                                         2ª    42,30
                                                                                         3ª    36,25
                                                                                         4ª    29,90
                                                                                         5ª    22,90
                                                                                         6ª    17,55
                                                                                         7ª    11,65
                2. Comercios ramo alimentación, hostelería, bebidas, espectáculos, por
                trimestre y según categoría de la vía pública:
                                                                                         1ª   100,10
                                                                                         2ª    91,05
                                                                                         3ª    81,45
                                                                                         4ª    72,15
                                                                                         5ª    62,70
                                                                                         6ª    53,05
                                                                                         7ª    43,70
                3. Comercios en general, Banca y Oficinas, Carnicerías con recogida propia
                especial, Clínicas y similares y profesionales, por trimestre y según
                categoría de la vía pública:
                                                                                         1ª    71,50
                                                                                         2ª    65,30
                                                                                         3ª    57,70
                                                                                         4ª    50,05
                                                                                         5ª    42,35
                                                                                         6ª    34,50
                                                                                         7ª    27,00
                Las cuotas tarifadas en los epígrafes 2 y 3 se considerarán de aplicación a
                establecimientos de hasta 25 m2 de superficie.
                En los locales o establecimientos en que se desarrollen o puedan
                desarrollarse actividades comerciales, mercantiles o profesionales, de
                carácter económico, y rebasen la superficie establecida en el párrafo
                anterior, satisfarán la Tasa correspondiente aumentada en la forma
                siguiente:
                De 26 m2 hasta 50 m2                                                            25%


                                                                                                       46
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                  1. Para la determinación de la cuota en aplicación de lo dispuesto en el
                  apartado 1º.1 anterior, se tomarán en consideración, los medios humanos y
                  materiales que de manera efectiva hayan tenido participación en la actuación
                  objeto de liquidación y por el tiempo que hubiese durado su intervención,
                  desde la llegada hasta la finalización del servicio en el lugar en que se preste,
                  no computándose a tal efecto, los tiempos empleados en el desplazamiento
                  al punto de la intervención ni los de vuelta a la Base.
                  A los efectos del párrafo anterior se entenderá, a salvo informe expreso por
                  parte del Servicio de Bomberos, como medios efectivos intervinientes para la
                  neutralización de los distintos siniestros: tres bomberos, un cabo y una
                  autobomba salvo en el supuesto de saneado de fachadas y tejados en cuyo
                  caso se entenderá como vehículo interviniente una escala.
                  2.1.- Siempre que no exista sustituto del contribuyente, a la intervención o
                  servicio regulado en el apartado 1º.1 anterior, se aplicarán las siguientes
                  reducciones en la cuota:
                  2.1.1.- En el caso de bienes inmuebles en función del valor catastral del
                  inmueble, vivienda o local en que se haya producido el siniestro según la
                  siguiente escala:
                  Hasta 36.000 €                                                                      90,00%
                  Superior a 36.001 hasta 72.000 €                                                    75,00%
                  Superior a 72.001 hasta 144.000 €                                                   50,00%
                  Superior a 144.001 hasta 200.000 €                                                  25,00%
                  Superior a 200.001 €                                                                10,00%
                  Cuando la intervención y prestación del servicio se produzca en un bien
                  inmueble con diferentes elementos catastrales, se tomara la suma de los
                  valores catastrales de éstos a los efectos anteriores.
                  En aquellos supuestos en que no exista un valor catastral de referencia:            50,00%
                  En estos supuestos se establece una cuota mínima a satisfacer que no será
                  inferior a la tarifa establecida en el punto 1º 2 anterior con aplicación de un
                  coeficiente corrector de:                                                           3,0000
                  2.1.2.- En el caso de intervenciones por saneado de fachadas y tejados en
                  casos de desprendimientos de elementos constructivos se liquidara la tarifa
                  establecida en el apartado 2.1.1 anterior con aplicación de un coeficiente
                  corrector del                                                                       0,5000
                  En estos supuestos se establece una cuota mínima a satisfacer que no será
                  inferior a la tarifa establecida en el punto 1º 2 anterior con aplicación de un
                  coeficiente corrector del                                                           2,0000
                  2.1.3.- En el caso de vehículos se aplicará la tarifa establecida en el punto 1º
                  2 anterior.
                  2.2.- La reducción establecida en el apartado anterior no se aplicará en los
                  supuestos en que el sujeto pasivo no haya formulado la comunicación a que
                  se refiere el artículo 5, ni en los casos en que exista seguro concertado para
                  el siniestro de que se trate con independencia de los límites de cobertura o
                  franquicias establecidas en la póliza.

                TERCERO.- Queda derogado el artículo 3 de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS
                TASAS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CUERPO MUNICIPAL DE BOMBEROS
                aprobada por Acuerdos del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2002, 25 de
                septiembre de 2003, 30 de septiembre de 2004, 29 de septiembre de 2005, 28 septiembre de
                2006, 27 de septiembre de 2007, 19 de septiembre de 2008, 29 de septiembre de 2011 y 27 de
                septiembre de 2012, 25 de septiembre de 2013, 22 de diciembre de 2014, 24 de septiembre de
                2015, 29 de junio de 2017, 28 de junio de 2018 y 26 de septiembre de 2019.


                                                                                                               51
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                CUARTO.- La modificación y derogación que se propone, surtirá efectos a partir del día 1 de
                enero de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
                Reguladora de las Bases de Régimen Local y seguirá en vigor hasta que se acuerde su
                modificación o derogación.

SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicar el texto de la aprobación de la presente Ordenanza
y, en su caso, los acuerdos provisionales elevados automáticamente a definitivos en el Boletín Oficial del
Territorio Histórico de Bizkaia.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 de Reglamento Orgánico del Pleno del
Ayuntamiento de Bilbao, de la presente Resolución se dará cuenta inmediata al Pleno.”


           Udaltzaingoaren zerbitzu berezien tasak                  Ordenanza Fiscal reguladora de las
            arautzen dituen Ordenantza Fiskala.                       Tasas por la prestación de servicios
                                                                      especiales por la Policía Municipal.

“PRIMERO.- De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, finalizado el periodo de exposición pública y no habiéndose presentado
reclamaciones, se entiende definitivamente adoptado el Acuerdo Plenario de 28 de septiembre de 2023, de
modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios especiales por la
policía municipal, que quedará redactado como sigue:
            SEGUNDO.- Modificar el artículo 4 de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
            POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES POR LA POLICÍA MUNICIPAL que quedará
            redactado como sigue:

           Artículo 4
           Las cuotas por la prestación de los servicios regulados en esta Ordenanza se fijan en la forma que
           sigue:
      Tarifas                                                                                       Cuota
                                                                                                    Euros
      1. Conducción, vigilancia y acompañamiento de transportes pesados, por servicio                73,15
      2. Acotamiento de zonas, cortes y regulación del tráfico, por servicio                         82,00
      3. Comprobación y emisión de informe policial:
      3.1. En asuntos de índole civil, a requerimiento de particular                                 73,15
      3.2. Cuando el servicio a que se refiere el apartado anterior se preste en relación con
      asuntos vinculados a la violencia de género no serán de aplicación las tarifas establecidas
      en el mismo.
      4. Comprobación y emisión de informe policial, a requerimiento de particular, en casos de
      fugas, humedades de agua en locales o viviendas                                                73,15
      5. Comprobación y emisión de informe policial a requerimiento de particular en casos de
      colisión o choque con daños materiales                                                         73,15
      6. Los servicios que sean motivados por la celebración de espectáculos públicos o
      actividades recreativas y cualesquiera otras actividades que exijan la prestación de dichos
      servicios especiales, hubieran o no sido solicitados, cuando tales servicios beneficien
      especialmente a personas o entidades determinadas o, aunque no les beneficien, les
      afecten de modo particular, siempre que en este último caso la actividad municipal haya
      sido motivada por dichas personas o entidades, directa o indirectamente                      156,00
      7. Otros servicios prestados, por servicio                                                     72,00
      8. Además de las percepciones establecidas en los números anteriores se establecerá una
      cuota, por persona funcionaria y hora o fracción dedicada a la prestación del servicio de      29,00


                                                                                                            52
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   Más del 140 % hasta el 180 % de la RMG                                                         20,00%
   Más del 180 % hasta el 200 % de la RMG                                                         25,00%
   Más del 200 % hasta el 225 % de la RMG                                                         30,00%
   Más del 225 % hasta el 250 % de la RMG                                                         35,00%
   Más del 250 % hasta el 350 % de la RMG                                                         40,00%
   Más del 350 % hasta el 400 % de la RMG                                                         65,00%
   Más del 400 % de la RMG                                                                        90,00%

   El importe de la tasa resultará de aplicar ese porcentaje al coste del servicio (nº de horas
   prestadas en el mes correspondiente x precio hora medio de adjudicación del servicio).
   3. A efectos de esta ordenanza se entiende por unidad de convivencia (UC) la compuesta
   por la persona titular del servicio y su cónyuge o pareja de hecho o persona con relación
   análoga a la conyugal, y sus hijos, hijas o menores en régimen de guarda con fines de
   adopción o acogimiento familiar permanente.
   La referencia a los hijos e hijas incluye, además de a los menores de edad, a quienes
   hayan alcanzado la mayoría de edad que sean económicamente dependientes de sus
   progenitores y progenitoras.
   Se entenderá que una persona es económicamente dependiente cuando no disponga de
   rendimientos computables superiores a la cuantía de la RMG correspondiente a una
   persona sola en el supuesto de ausencia total de recursos

   4. La capacidad económica de la UC vendrá determinada por los siguientes factores: La
   renta mensual (A), el patrimonio (B) y las posibles deducciones (C) de la unidad
   convivencial que se calculará de acuerdo a los siguientes elementos:
   4.1. Renta mensual (A): se entiende por renta mensual la totalidad de los ingresos netos
   percibidos anualmente por las personas que forman parte de la UC divididos entre 12.
   Estos ingresos son los derivados de:
   4.1.1. Rendimientos de trabajo, pensiones del INSS, pensiones compensatorias y/o de
   alimentos, planes de pensiones, subsidios, INEM, RGI, complementos de pensiones,
   PECEF, compensaciones de empresas y otros ingresos análogos.
   4.1.2. Intereses bancarios.
   4.1.3. Importes percibidos en concepto de alquiler.
   4.1.4. Importe percibido en concepto de hipoteca inversa mensualmente.
   4.1.5. Cualquier otro ingreso que la UC pudiera percibir de forma periódica.
   4.2. Patrimonio (B): se entiende por patrimonio la totalidad del capital mobiliario e
   inmobiliario de las personas que forman la UC teniendo en cuenta los 5 años anteriores
   al alta en el servicio.
   4.2.1. Por capital mobiliario se entiende los depósitos en cuenta corriente y a plazo,
   fondos de inversión y fondos de pensiones, valores mobiliarios, seguros de vida y rentas
   temporales o vitalicias, objetos de arte, y otros objetos de valor.
   4.2.2. Por capital inmobiliario se entiende:
   4.2.2.1. Valor catastral de los bienes de naturaleza rústica y urbana en propiedad,
   excluida la vivienda habitual, con su garaje y trastero, si lo tuviera.
   4.2.2.2. El usufructo temporal o vitalicio de los bienes de naturaleza rústica y urbana se
   contabilizarán de la siguiente manera:
   -Usufructo temporal: se valorará el 2% del valor catastral del bien por cada año de
   duración del usufructo sin exceder del 70%.




                                                                                                           62
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   -Usufructo vitalicio: Se valorará el 70% del valor catastral, si la persona usufructuaria
   tiene menos de 20 años. A medida que aumenta la edad este porcentaje se aminora en
   la proporción de un 1% menos por cada año, con el límite mínimo del 10%.
   4.2.3. Descapitalización voluntaria a título gratuito por parte de la UC: el importe
   descapitalizado en los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud del SAD, será
   computado como patrimonio.
   4.2.4. Ingresos atípicos:
   4.2.4.1. Indemnizaciones de cualquier naturaleza
   4.2.4.2. Atrasos percibidos en concepto de derechos de alimentos y pensiones
   compensatorias, en la cuantía en que no deban ser reintegrados por causa de
   prestaciones indebidas.
   4.2.4.3. Herencias, donaciones y legados
   4.2.4.4. Recursos generados por venta de patrimonio y no invertidos en vivienda habitual
   4.2.4.5. Cualesquiera otros ingresos, de carácter no regular u obtenidos de forma
   excepcional por cualquiera de las personas miembros de la unidad de convivencia.
   4.3 Deducciones (C): Se establecen las siguientes deducciones y criterios
   complementarios:
   4.3.1. El gasto de alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo mensual del importe
   correspondiente a la prestación económica de vivienda fijada por el Gobierno Vasco.
   Esta deducción no se aplicará si la UC es perceptora de alguna ayuda pública para
   financiar este tipo de gasto (Ayudas de Emergencia Social, Ayudas Especiales
   Municipales, Prestación Complementaria de Vivienda, Prestación Económica de
   Vivienda, Ayudas Gazte-Lagun…).
   4.3.2. Por amortización de capital e intereses invertidos en la vivienda habitual, hasta un
   máximo mensual del importe correspondiente a la prestación económica de vivienda
   fijada por el Gobierno Vasco. Esta deducción no se aplicará si la UC es perceptora de
   alguna ayuda pública para financiar este tipo de gasto.
   4.3.3. Gastos de estancia en centros de día con ocupación de plaza pública y por lo tanto,
   financiada en parte por la Administración, se deducirá la totalidad de la aportación de la
   estancia en el centro de día, excepto en los casos que sean perceptores de PECEF que
   no será de aplicación esta deducción.
   4.3.4. Pensiones compensatorias por separación o medidas paterno-filiales si las
   hubiera, presentando la justificación del pago correspondiente.
   5. La aportación económica mensual de las personas usuarias del SAD al coste del
   servicio en ningún caso podrá ser superior a:




   Asimismo, la aportación económica mensual de las personas usuarias del SAD al coste
   del servicio no será inferior a: 3% * precio medio adjudicación servicio * nº de horas
   asignadas prestadas
   6. En el caso de personas que se encuentren en riesgo o situación de desprotección o
   exclusión social especialmente grave, informada por los Servicios Sociales Municipales,
   podrá temporalmente reducirse total o parcialmente su aportación.

       EPÍGRAFE G) POR LA REALIZACIÓN DE EXÁMENES DE SALUD A PERSONAL DE Cuota
       LAS ADMINISTRACIONES, ORGANISMOS Y EMPRESAS PÚBLICAS                                     Euros
       1º Tipo de servicio o actividad
       1. Por cada examen de salud básico: Historia clínica médico-laboral, exploración física,
       analítica básica y pruebas complementarias (ECG, Espirometría, RX, Visión test,
       Audiometría, etc.)                                                                        55,50


                                                                                                         63
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                                  III.- Resultados de las entidades dependientes

 La auditoría de cuentas y la de cumplimiento de las entidades pertenecientes al sector público
 local, como los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles
 y fundaciones, se lleva a cabo mediante empresas de auditoría contratadas por el Ayuntamiento, a
 propuesta de la Intervención General.
      a)       Organismos autónomos
           -     Viviendas Municipales
           -     Bilbao Musika
      b)       Entidades públicas empresariales
           -     Bilbao Ekintza
           -     Bilbao Zerbitzuak
      c)       Sociedades con obligación legal de auditar sus cuentas
           -     Bilbao Kirolak
           -     BilbaoTIK
      d)       Sociedades sin obligación legal de auditar sus cuentas
           -     Centro Azkuna
           -     Surbisa
           -     Teatro Arriaga
           -     Funicular de Artxanda
           -     Mercabilbao
                                            III.1- Auditoría de cuentas

 Los informes de auditoría de cuentas anuales de cada una de las entidades expresan una opinión
 limpia, sin salvedades (se acompañan los informes).

                                         III.2- Auditoría de cumplimiento

 El epígrafe III del informe de auditoría de cumplimiento, adicional al de auditoría de cuentas, señala
 como objetivos del trabajo realizado los siguientes:

           -     Constatar la existencia de un adecuado nivel de organización y control interno.

           -     Análisis del grado de cumplimiento de la Instrucción relativa al control de la tesorería y
                 de la ejecución de los presupuestos.

           -     Análisis de los procedimientos y normativa de concesión de subvenciones.

           -     Análisis del grado de cumplimiento de la gestión aplicable en materia de contratación.

           -     Verificación del cumplimiento de la legalidad en materia de personal.

           -     Análisis de la naturaleza de los ingresos y de su adecuación a la normativa vigente.



                                                   - 18 -
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      registro contable de todos y cada uno de los movimientos de las diferentes cuentas.
 b)   por parte de la Intervención se lleva, también, a cabo el cierre diario de las operaciones
      presupuestarias y no presupuestarias, obteniendo la situación de las cuentas de las entidades
      financieras, en lo referente al saldo real y al detalle de las operaciones en conciliación.

 c)   los ingresos que corresponden al ámbito de la financiación afectada, especialmente, las
      subvenciones, se encuentran sujetos a un régimen especial de control individualizado, a cargo
      de la Intervención, a través del Sistema Perseo.

 Así las cosas, en lo que corresponde a gastos, quedaría poco margen en el Ayuntamiento para el
 control financiero mediante el ejercicio del control permanente.

 En cambio, existiría un amplio margen para el control permanente de los derechos, de modo que
 en la fecha en la que se encontrase operativo el sistema informático podría llevarse a cabo el
 control posterior de los derechos mediante esta modalidad de control, tal y como establece el
 artículo 9.2 del Decreto Foral 117/2018, resultando imprescindible contar con una mayor dotación
 de personas para las labores de análisis, selección y verificación de las muestras así como para la
 emisión de informes.

 El objetivo a alcanzar podría situarse a lo largo del ejercicio 2024, dado que para esa fecha podría
 estar operativo el sistema informático y encontrarse, también, disponible la dotación de personas
 necesarias para el desarrollo de las labores que comporta la realización del control permanente
 llevado a cabo, de forma continua, con posterioridad sobre los derechos.

 Finalmente, para los organismos públicos dependientes, al igual que para las sociedades públicas,
 en sustitución del control permanente se utilizará la auditoría de cuentas y de cumplimiento, que se
 llevará a cabo a través de empresas de auditoría contratadas al efecto.

                                           III.2.- Auditoria pública

 La auditoría de cuentas y la de cumplimiento de las entidades pertenecientes al sector público
 local, tales como los organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades
 mercantiles y fundaciones, se llevará a cabo mediante empresas de auditoría contratadas por el
 Ayuntamiento, a propuesta de la Intervención General.
      e)       Organismos autónomos
           -     Viviendas Municipales
           -     Bilbao Musika
      f)       Entidades públicas empresariales
           -     Bilbao Ekintza
           -     Bilbao Zerbitzuak
      g)       Sociedades con obligación legal de auditar sus cuentas
           -     Bilbao Kirolak
           -     BilbaoTIK
      h)       Sociedades sin obligación legal de auditar sus cuentas
           -     Centro Azkuna




                                                  - 23 -
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 9. JAKITUN    GERATZEA              Alkatetzaren      9.   TOMA DE CONOCIMIENTO de las
    ebazpen hauetaz:                                        resoluciones de Alcaldía siguientes:

 Jakinarazi nahi diren ebazpenen xedapen-              Las partes dispositivas de las resoluciones
 zatiek honako hau diote, hitzez hitz:                 cuyas tomas de conocimiento se proponen son
                                                       del tenor literal siguiente:

   a) Ebazpena, 2023ko urriaren 10ekoa,                 a) Resolución de fecha 10 de octubre de
      Bilboko Berregokipenerako Hirigintza                 2023    por la que      se nombra
      Elkartea      (SURBISA)        SAren                 vicepresidenta   de   la   Sociedad
      presidenteordea izendatzen duena.                    Urbanística de Rehabilitación de
                                                           Bilbao, SA (SURBISA).

 «LEHENENGOA.-                        BILBOKO          “PRIMERO.- Designar vicepresidenta de la
 BERREGOKIPENERAKO                 HIRIGINTZA          SOCIEDAD           URBANÍSTICA            DE
 ELKARTEA,             SAren        (SURBISA)          REHABILITACIÓN        DE     BILBAO,     S.A.
 presidenteordea izendatzea Yolanda Diez Saiz          (SURBISA) a Dña. Yolanda Diez Saiz,
 andrea      Etxebizitza   Saileko     zinegotzi       concejala delegada del Área de Vivienda.
 ordezkaria.

 BIGARRENA.- Ebazpen hau jakinaraziko zaie             SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la
 BILBOKO             BERREGOKIPENERAKO                 SOCIEDAD            URBANÍSTICA           DE
 HIRIGINTZA ELKARTEA, SAri (SURBISA),                  REHABILITACIÓN        DE     BILBAO,     S.A.
 interesdunari,    udal-talde   politikoetako          (SURBISA), a la interesada, portavoces de los
 bozeramaileei eta interesa duten gainerako            grupos políticos municipales y demás
 bulegoei. Erabaki honen berri eman Osoko              dependencias interesadas, y dese cuenta al
 Bilkurari.»                                           Pleno en la primera sesión que celebre.”

   b) 2023ko urriaren 16ko ebazpena,                    b) Resolución de fecha 16 de octubre de
      presidenteorde jauna kargutik kendu                  2023 por la que se cesa al
      eta BILBAO ZERBITZUAK-SERVICIOS                      vicepresidente    y    se    designa
      enpresa-erakunde         publikoaren                 vicepresidenta de la Entidad Pública
      presidenteorde   andrea   izendatzen                 Empresarial BILBAO ZERBITZUAK-
      duena.                                               SERVICIOS.

 «LEHENENGOA.- Jon Bilbao Urquijo jauna,               “PRIMERO.- Cesar como vicepresidente de la
 Hiri Berroneratze Saileko zinegotzi ordezkaria;       ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL BILBAO
 BILBAO             ZERBITZUAK-SERVICIOS               ZERBITZUAK-SERVICIOS a D. Jon Bilbao
 ENPRESA-ERAKUNDE               PUBLIKOAREN            Urquijo, concejal delegado del Área de
 presidenteorde kargutik kentzea.                      Rehabilitación Urbana.

 BIGARRENA.-        BILBAO     ZERBITZUAK-             SEGUNDO.- Designar vicepresidenta de la
 SERVICIOS             ENPRESA-ERAKUNDE                ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL BILBAO
 PUBLIKOAREN presidenteorde izendatzea                 ZERBITZUAK-SERVICIOS a Dña. Yolanda
 Yolanda Díez Saiz andrea, Etxebizitza Saileko         Díez Saiz, concejala delegada de Vivienda.
 zinegotzi ordezkaria.

 HIRUGARRENA.- Ebazpen hau jakinaraziko                TERCERO.- Notifíquese esta resolución a la
 zaie ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL                      ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL BILBAO
 BILBAO           ZERBITZUAK-SERVICIOS-i,              ZERBITZUAK-SERVICIOS, al interesado,
 interesdunari,    udal-talde   politikoetako          portavoces de los grupos políticos municipales
 bozeramaileei eta interesa duten gainerako            y demás dependencias interesadas, y dese
 bulegoei. Erabaki honen berri eman Osoko              cuenta al Pleno en la primera sesión que
 Bilkurari.»                                           celebre.”



                                              - 48 -
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                Hiri Berroneratzea                              Regeneración Urbana

 11. PROPOSAMENA         Bilboko     Udaleko         11. PROPUESTA de aprobación por el
     Udalbatzak, SURBISAko Akziodunen                    Pleno del Excmo. Ayuntamiento de
     Batzorde    Orokorra      den    aldetik,           Bilbao, como Junta General de
     elkartearen esku-hartze eremuaren                   Accionistas de SURBISA, de la
     mugaketaren zuzenketa onesteko,                     corrección de la delimitación del
     zertarako-eta elkarteak Uribarri, Matiko            ámbito de intervención de la sociedad
     eta Zurbaran-Arabella auzoetan Hiri                 para que gestione la Rehabilitación
     Birgaitzea kudea dezan; mugaketa                    Urbana en los barrios de Uribarri,
     zabaltzearen ondorioz, 88 eraikin                   Matiko       y         Zurbaran-Arabella
     sartuko lirateke eremu horretan eta                 ampliándolo     a     88    edificios   y
     hasiera batean zeudenen arteko 12                   extrayendo    12     edificios    de   la
     eraikin     atera,       espedientearen             delimitación inicial, de conformidad a
     dokumentazio       grafikoarekin     bat            la    documentación        gráfica    del
     eginez.                                             expediente.

       Espedientean dagoen txostenak honako                El tenor literal del informe obrante en el
 hau dio, hitzez hitz:                               expediente es el siguiente:

 «SURBISA,        Bilboko    Berregokipenerako       “SURBISA, como Sociedad Urbanística de
 Hirigintza Elkartea, Eusko Jaurlaritzak eremu       Rehabilitación de Bilbao creada al amparo del
 zaurgarriei lagundu eta eraikuntza, etxebizitza     Decreto de Gobierno Vasco sobre actuaciones
 eta lokalak birgaitzeko beharrizana dunenei         protegidas de rehabilitación patrimonial
 Hiri Birgaikuntza sustatu, prozesu horretan         urbanizado y edificado para la incentivación,
 lagundu eta haien ondoan izateko, hiritartu eta     apoyo y acompañamiento en el proceso de
 eraikitako ondarea birgaitzeko jarduera             Rehabilitación     Urbana     de     las   zonas
 babestuei buruzko Dekretuaren babesean              vulnerables y con necesidad de rehabilitar la
 sortu zen. Gauzak horrela, Surbisaren               edificación, vivienda y locales, tiene por objeto
 sozietate-xedea da (bere Estatutuen 2.              social (artículo 2º de sus Estatutos) el
 artikulua) udal lurralde osoan hirigintza           desarrollo de las actividades de rehabilitación
 jarduerak garatzea; hala ere, edukia eta            urbanística en todo el territorio municipal, si
 kudeatzekoak diren eremu zehatzak zein              bien el contenido y zonas concretas a
 izango diren unean-unean erabakiko du               gestionar será decidido en cada momento por
 Elkartearen Batzorde Orokorrak, hots, Udal          la Junta General de la Sociedad, es decir, por
 Osoko Bilkurak.                                     el Pleno municipal.

 Surbisaren Administrazio Kontseiluak, 2023ko        El Consejo de Administración de Surbisa en
 otsailaren 6an, SURBISAk bere esku-hartze           fecha 6.02.2023, acordó elevar al Pleno
 eremua Uribarri, Matiko eta Zurbaran-Arabella       municipal, como Junta General de accionistas
 auzoetako errolda atal zaurgarri izan eta           de la Sociedad, propuesta al objeto de que
 hirigintza   mailan     birgaitzeko   beharra       SURBISA amplíe su ámbito de intervención a
 dutenetara zabaltzeko proposamena Udal              las secciones censales vulnerables y con
 Osoko Bilkuran, Elkartearen akziodunen              necesidad de rehabilitar urbanísticamente de
 Batzorde Orokorra den aldetik, aurkeztea            los barrios de Uribarri, Matiko y Zurbaran-
 erabaki zuen Hiri Berroneratze integral,            Arabella para incentivar y facilitar el proceso
 jasangarri eta inklusiborako prozesua sustatu       de Regeneración Urbana integral, sostenible e
 eta errazteko.                                      inclusiva.

 Bilboko Udaleko Udalbatzak, SURBISAko               El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao,
 Akziodunen Batzorde Orokorra den aldetik,           como Junta General de Accionistas de
 2023ko otsailaren 23an eginiko saioan, 2023-        SURBISA, en sesión celebrada el día
 009461 udal espedientean jaso zuen,                 23.02.2023, adoptó entre otros en expediente
 elkartearen esku-hartze eremua zabaltzeko           municipal 2023-009461 el acuerdo de
 erabakia,   besteak   beste,    zertarako-eta       ampliación del ámbito de intervención de la



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                                                             del Peñaskal.

       Espedientean dagoen txostenak honako                   El tenor literal del informe obrante en el
 hau dio, hitzez hitz:                                  expediente es el siguiente:


 “Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Villa de Bilbao de fecha 29 de marzo de 2023 se
 resolvió aprobar inicialmente el Plan Especial de Ordenación Urbana del Peñaskal, Subámbito
 RE.05.2, de Bilbao, en base al documento redactado por Estudio K, S.COOP.P.
 El 24 de julio de 2020 se firmó un Protocolo General de Actuación entre el Departamento de Medio
 Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco y el Ayuntamiento de Bilbao. Este
 Protocolo enlaza los objetivos y estrategias que se recogen en los documentos programáticos de
 ambas Administraciones Públicas en materia de vivienda. El objeto es fijar un marco general de
 colaboración entre ambas administraciones para posibilitar la promoción de aproximadamente 200
 viviendas de protección pública en el Barrio del Peñaskal. Sin perjuicio de los futuros Convenios a
 suscribir en desarrollo de este Protocolo, entre los compromisos adquiridos está el de la
 formulación por parte del Ayuntamiento de Bilbao de los documentos urbanísticos necesarios para
 la nueva ordenación del ámbito.
 El Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao (PGOU), aprobado definitivamente mediante
 acuerdo plenario de 31 de marzo de 2022, determina el subámbito urbanístico “RE.05.2 PE
 Peñaskal” remitiendo el régimen de calificación pormenorizada a lo que determine el Plan Especial
 a promover en el subámbito.
 Este subámbito ocupa una superficie de 77.130,29 m 2. Consiste en una zona de regeneración
 urbana que está justificada por el deterioro social y económico y la degradación urbanística que
 presenta el barrio a día de hoy.
 Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 19 de octubre de 2022 se aprobó la formulación del
 Plan Especial junto con el correspondiente Programa de Participación Ciudadana, a tenor de lo
 establecido en el art. 32.6 del Decreto 46/2020 de Procedimientos de Aprobación de Instrumentos.
 El mencionado Programa recogía tres alternativas que fueron sometidas al proceso de
 participación. Como resultado, se ha elaborado una nueva propuesta de ordenación pormenorizada
 que incluye los principales aspectos recogidos en la participación, siendo la que recoge el
 documento que estamos tramitando.
 Tal y como se señaló con motivo de la aprobación inicial, el objeto del presente Plan Especial es
 establecer la ordenación pormenorizada del Subámbito RE. 05.2 PE Peñaskal. Se delimita una
 Actuación Integrada que deberá desarrollarse mediante un Programa de Actuación Urbanizadora,
 proponiéndose el régimen de ejecución pública por expropiación. Entre las determinaciones que
 recoge el Plan se encuentran las siguientes:
                 La zonificación pormenorizada del subámbito con las tipologías de subzonas
                  definidas en el PGOU y la remisión de su regulación al mismo, así como, la creación
                  de una nueva tipología de subzona “d.1.3 Espacios libres no estanciales” así como
                  su regulación específica.
                 La definición de parámetros de edificación específicos para el ámbito como
                  complemento a los establecidos en las normas urbanísticas generales del PGOU.
                 Las condiciones de parcelación urbanística, condiciones de edificación (edificabilidad
                  y parámetros edificatorios) y condiciones de uso y dominio de todas las parcelas del
                  ámbito.
                 Los condicionantes superpuestos que afectan al ámbito: Servidumbres aeronáuticas,
                  viarias, en materia de aguas y medidas ambientales y acústicas.
                 Las determinaciones jurídico-urbanísticas y de ejecución de los terrenos del ámbito:
                  categorización del suelo y régimen de ejecución pormenorizado (condiciones de



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              Incremento: ................................................................................................ 5.851,16
              0,35 plazas aparcamiento por cada 25 m² suelo sobre rasante: ...........................82
              Plazas propuestas:............................................................................................. 244
             Se prevén 162 plazas de aparcamiento más que las exigidas. En el Decreto no se
 especifica si son plazas de 2R o de 4R, por lo cual, puede cumplirse en ambas.
 Por otra parte, a tenor del art. 92 del PGOU, se exigiría un número de 201 plazas 4R y 275 plazas
 2R. El Plan Especial propone 244 plazas de aparcamiento de cuatro ruedas en las plantas sótano
 de los edificios, cumpliendo de este modo con el mínimo exigido de 198 plazas de aparcamiento
 con un excedente de 43.
 Además, el Plan Especial propone plazas de aparcamiento de dos ruedas principalmente en
 locales situados en plantas de sótano, aunque también haya algún local destinado a este uso en
 las plantas sobre rasante. Se estipula que la superficie necesaria para las 274 plazas (1,5 m2 por
 plaza) es de 411 m², que se considera que es viable albergar dentro de la propuesta de ordenación
 pormenorizada de este plan.
        4.- Plantación árboles
              Edificabilidad residencial propuesta dentro de la Actuación Integrada:..... 18.247,74
              Incremento de la edificabilidad: .................................................................. 5.851,16
              Árbol/100 m²:........................................................................................................ 59
        Es necesario un mínimo 59 árboles para cumplir con el estándar.
 Para la ejecución del Plan Especial es precisa la declaración en situación de fuera de ordenación
 de los edificios, instalaciones y usos existentes que no se adecuan al régimen de uso y edificación
 establecido en el mismo. De conformidad con la ordenación propuesta en este Plan Especial, se
 declaran fuera de ordenación los siguientes edificios:
        - Peñaskal Bidea:
       · 20A, 22, 22A, 24, 26, 28, 30, 32, 34, 36, 42, 52, 54, 56, 58, 60, 62, 64, 66, 68, 72, 74, 76A,
 76B, 78, 80, 82, 84, 86, 88, 90, 92, 94, 96, 98, 108, 110, 112, 114, 114A, 116, 118, 120, 122, 126,
 132, 134, 134A, 136, 138, 140, 142, 148, 17, 29bis tras, 31, 33, 35, 37, 39, 41, 47, 49, 51, 53, 55,
 57, 59, 61, 63, 65, 67, 77, 79, 81 y 83
        - Arraiz Bidea:
        · 3, 5, 16, 18, 20, 22, 24.
       Quedan reflejados en el plano “O.08 Superposición de la ordenación sobre el estado actual”.
 En todo caso el Programa de Actuación Urbanizadora tendrá en cuenta a este respecto lo
 dispuesto en materia de realojos en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 2/2006 de Suelo y
 Urbanismo.
      A continuación, vamos a analizar los diversos aspectos sectoriales que presenta este Plan
 Especial:
       Evaluación de Impacto de Género: la documentación incorpora en su Anexo VII el Informe de
 Evaluación del Impacto de Género que se recoge en los arts. 18 y ss de la Ley 4/2005, de 18 de
 febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
        El Área municipal de Igualdad ha emitido informe el 21 de septiembre de 2023 señalando en
 el mismo que en el Plan Especial del Peñaskal se ha aplicado el procedimiento de impacto de
 género recogiendo expresamente que “la valoración del impacto de género del Plan Especial del
 Peñaskal se considera positivo toda vez que las mujeres, quienes representan el mayor porcentaje
 de población con más de 65 años, se van a beneficiar con la mejora de la accesibilidad en las
 viviendas, con el aumento de confort al aumentar el soleamiento, así como de las mejoras que van



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 a introducir en el barrio con el aumento de espacio públicos y aumento de la seguridad”.
        Evaluación de Impacto Lingüístico: En virtud de lo indicado en el artículo 51.1.b) del Decreto
 179/2019, de 19 de noviembre, sobre “Normalización del uso institucional y administrativo de las
 lenguas oficiales en las instituciones locales de Euskadi”, no es preciso realizar la evaluación de
 impacto lingüístico dado que el documento que nos ocupa da lugar a un proceso de realojo de
 vivienda, por lo que no va a generan grandes movimientos de población que puedan impactar en la
 normalización del uso del euskera de forma negativa.
        No obstante, señalar que el PGOU contiene el documento “1.5 Evaluación de Impacto
 Lingüístico” dentro de la memoria de “Evaluación del Impacto Lingüístico” en el que se concluye
 que “los desarrollos urbanísticos planteados no generan, por lo tanto, singulares impactos
 negativos en lo referente al conocimiento del euskera por parte de la nueva población asociada a
 ellas, comparativamente con la situación actual”.
       Evaluación de Impacto de salud: El I Plan de Salud del Ayuntamiento de Bilbao recoge
 dentro de su Línea Estratégica 3, Objetivo General 3.1. Promover Entornos Físicos Y Ambientales
 Saludables, la actuación consistente en la “incorporación de la perspectiva de la salud y la equidad
 en salud en los instrumentos de planeamiento, a través de la aplicación paulatina de la Evaluación
 de Impacto en Salud en actuaciones de regeneración y renovación urbana”.
       El documento incorpora en su Anexo VI el informe de Impacto de Salud que ha sido
 informado por el Área municipal de Salud y Consumo el 23 de junio de 2023. Si bien el mismo
 valora positivamente la caracterización realizada de la realidad del barrio, señala diversos aspectos
 que deben ser analizados con mayor profundidad.
       En respuesta al mismo se ha modificado el Anexo VI: Informe del Impacto de Salud (Plan
 Municipal de Salud) incorporando lo señalado en el informe municipal.
        Servidumbres Aeronáuticas: según lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda del
 Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre, sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés
 General y su Zona de Servicio, el 20 de marzo de 2023 se remitió el documento a la Dirección
 General de Aviación Civil.
      El 12 de mayo de 2023 se ha emitido informe por el Subdirector General de Aeropuertos y
 Navegación Aérea de carácter favorable al Plan Especial señalando que se deberá incorporar entre
 los planos normativos el plano de las Servidumbres Aeronáuticas y/o propuesta de Servidumbres
 Aeronáuticas contenida en el Plan Director del Aeropuerto de Bilbao, así como dejar constancia en
 su normativa del primer párrafo recogido en el punto 3.2. de dicho informe.
      Estos aspectos han sido incorporados en el art. 17 Condiciones en materia de servidumbres
 aeronáuticas y en los planos normativos O.12.2 Condicionantes superpuestos. Servidumbres de
 aeródromo y radioeléctricas y O.12.3 Condicionantes superpuestos. Servidumbres de operación de
 las aeronaves.
      El Plan aprobado definitivamente se remitirá a la Dirección General de Aviación Civil, junto con
 la certificación del acto de aprobación definitiva, en cumplimiento de lo establecido en el art. 27.9
 del Real Decreto 369/2023, de 16 de mayo, por el que se regulan las servidumbres aeronáuticas de
 protección de la navegación aérea, y se modifica el Real Decreto 2591/1998, de 4 de diciembre,
 sobre la ordenación de los aeropuertos de interés general y su zona de servicio, en ejecución de lo
 dispuesto por el artículo 166 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,
 Administrativas y del Orden Social.
        Evaluación Ambiental: Con fecha de entrada en el registro telemático de 11 de noviembre
 de 2022 se presentó ante el Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio
 Ambiente del Gobierno Vasco, solicitud de Informe Ambiental Estratégico en el marco del
 procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada conforme a lo establecido en la
 Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y la Ley 10/2021 de administración
 ambiental de Euskadi.
        Esta documentación fue subsanada y remitida al órgano ambiental el 24 de febrero de 2023.


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        Mediante Resolución de 3 de mayo de 2023 del Director de Calidad Ambiental y Economía
 Circular se formula informe ambiental estratégico en el que se indica que, “siempre que se adopten
 las medidas protectoras y correctoras establecidas en la presente resolución, así como las
 planteadas por el promotor que no se opongan a las anteriores, no se prevé que el Plan Especial
 de Ordenación Urbana de Peñaskal, vaya a producir efectos adversos significativos sobre el medio
 ambiente y, por tanto, no debe someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria”.
        Señalar que en materia acústica, durante el procedimiento ambiental el Departamento de
 Infraestructuras y Desarrollo Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia ha emitido informe en el
 que se recoge que “al objeto de poder evaluar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica
 (OCAs) en el espacio exterior para áreas existentes y futuros desarrollos urbanísticos, contenidos
 en su artículo 31, deberán incorporarse al documento tanto los mapas estratégicos de ruido como
 las zonas de servidumbre acústica (ZSA) relacionadas con las infraestructuras viarias forales
 realizados por el Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial”.
        En tal sentido, se añaden los planos O.12.4. Mapa de ruido municipal y O.12.5 Plano de
 Zonificación Acústica.
       Respecto a los futuros desarrollos urbanísticos, el correspondiente estudio de impacto
 acústico queda recogido en el estudio ambiental estratégico del documento de Aprobación Inicia de
 este Plan Especial.
       Aguas: Mediante solicitud telemática de 13 de enero de 2023, se remitió consulta a la
 Agencia Vasca del Agua-URA sobre la existencia, o no, de obras de interés general en el
 subámbito RE.05.2.
       El 23 de febrero se remitió la contestación a la misma señalándose que no existe, ni se
 prevé, obras de interés general que afecten al subámbito objeto de consulta, por lo que nos resulta
 preceptivo cumplir con lo dispuesto en el art. 7.l de la Ley 1/2006, de 23 de junio, de Aguas.
        El Subámbito objeto del Plan Especial está afectado por la galería Elgera. En la tramitación
 del PGOU se emitió informe por parte de la Agencia Vasca del Agua-URA en el que se indicaba
 que debe considerarse como Dominio Público Hidráulico el cauce del Peñaskal o Elgera, soterrado
 o no, desde el punto el que muere en el interceptor del Cadagua hacia aguas arriba.
        En virtud de lo dispuesto en el art. 7.k de la Ley 1/2006 después de la aprobación inicial del
 documento se remitió el mismo a la Agencia Vasca del Agua-URA para la emisión del informe
 preceptivo. Posteriormente, mediante oficio de 21 de abril de 2023, se comunicó a la citada
 Agencia que tras el levantamiento del tramo de galería de la rotonda aguas arriba, se ha
 comprobado que la nueva torre de viviendas invade la servidumbre de uso público de 5 metros, por
 lo que se plantea redefinir en el documento de aprobación definitiva las alineaciones de la torre de
 viviendas, retranqueándolas hacia el norte a efectos de que no invadan la citada servidumbre.
      El 19 de octubre de 2023 se informa de manera favorable por la Agencia Vasca del Agua-
 URA estableciendo dos condiciones:
                 Se deberá recoger en la documentación gráfica del Plan Especial el trazado de las
                  dos escorrentías citadas en este informe.
                 Se deberá establecer, tanto en la documentación escrita como en la gráfica del Plan
                  Especial, la zona de protección de 5 metros a ambos lados de todos los cauces que
                  atraviesan el ámbito del Plan Especial, correspondiente a la zona de servidumbre de
                  cauces, la cual deberá quedar libre al paso y exenta de obstáculos y, en la medida
                  de los posible, libre de cualquier intervención de alteración del terreno natural. Esta
                  zona se establecerá a partir del límite exterior del actual cauce público.
       Asimismo, establece una serie de condicionantes a tenerse en cuenta en el proyecto de
 urbanización que desarrolle el Plan Especial.
      El documento que se lleva a aprobación definitiva recoge estos aspectos en el art. 19
 Condiciones en materia de Aguas y en el Plano normativo O.12.1 Condicionantes superpuestos.


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 Aguas y Carreteras.
       Carreteras: En el plano I.05.1 Condicionantes superpuestos. Aguas y Carreteras se constata
 que una pequeña parte del subámbito RE. 05.2 se encuentra dentro de la zona de afección de la
 Variante Sur Metropolitana, quedando uno de los edificios afectados por la línea de edificación.
      Dicho edificio va a ser objeto de sustitución. En consecuencia, la nueva propuesta de
 ordenación derriba ese edificio y plantea los nuevos bloques fuera de la línea de edificación.
        El documento aprobado inicialmente se remitió al Departamento de Infraestructuras y
 Desarrollo Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia, habiéndose informado por el mismo el 20 de
 abril de 2023. Dicho informe señala los siguientes aspectos a subsanar:
                 Se deberá hacer mención a la normativa vigente, Norma Foral 5/2021 de 20 de
                  octubre, de Carreteras de Bizkaia.
                 Incluir la limitación establecida en el art. 38 de la Norma Foral 5/2021 en el plano
                  O.04 Zonificación Pormenorizada modificada.
 Estos aspectos han sido corregidos en la documentación que se lleva a aprobación definitiva,
 concretamente en el art. 18 Condiciones en materia de Carreteras y en el plano normativo O.12.1
 Condicionantes superpuestos. Aguas y Carreteras.
 En cumplimiento del apartado segundo del acuerdo de aprobación inicial, se incoó un período de
 información pública, hasta el 15 de junio de 2023, mediante la inserción de anuncios en el diario El
 Correo y en el Boletín Oficial de Bizkaia, los días 13 y 19 de abril de 2023, respectivamente. Este
 plazo de información fue ampliado hasta el 15 de julio, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno
 de 7 de junio de 2023.
 Durante este periodo se ha presentado cinco escritos de alegaciones, dos de ellos presentados por
 el mismo interesado y con idéntico objeto, que vamos a analizar a continuación:
     1. Ion Ander Machado Álvarez: presenta dos escritos de alegaciones (identificados con los
        números 1 y 4 del informe técnico). Solicita que se excluya del Plan Especial su parcela y
        vivienda, identificada con el nº 64 de Peñaskal Bidea, y se consolide la misma, acordando
        la improcedencia de su derribo. Alega para ello que la vivienda se encuentra en óptimas
        condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro, y, por otra parte, existen
        otras formas de garantizar la accesibilidad menos gravosa para los vecinos.
     2. Herrero Consultores, S.L., en representación de la Comunidad de Propietarios de Peñaskal
        Bidea nº29Bis: Solicita se valora la instalación de un ascensor en el edificio utilizando para
        ello el espacio resultante de la demolición de la parte zaguera del mismo o, en su defecto,
        que se construyan trasteros.
     3. Jose Pedro Castañares Muñoz, en representación de la Asociación de Familias de
        Iturrigorri-Peñaskal. Solicita que se construya el edificio más cercano al viaducto.
     5. Gorka Garmendia Aguirre: Expone que, debido a su situación, no quiere ser reubicado en
        otra vivienda.
        En respuesta a estas alegaciones, se ha hecho un informe de Estudio K S.COOP. P el 11 de
 octubre de 2023, que ha sido suscrito por la Jefa de la Sección Técnica de Ordenación Urbana y
 Territorial II, en que se desestiman las alegaciones presentadas en base a los siguientes criterios.
      1. En respuesta a las alegaciones referentes al nº64 de Peñaskal Bidea, lo primero a indicar
 es que el Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao, aprobado definitivamente en sesión
 plenaria de 31 de marzo de 2022, no recogía este inmueble como edificación consolidada,
 permitiendo que el Plan Especial reajustara la propuesta. El edificio se encuentra en situación de
 “preexistente”, en virtud del art. 101.3.c de la Ley 2/2006.
       El presente Plan prevé que el espacio ocupado por la casa y la parcela se destine a Espacio
 Libre, por lo que para conseguirlo es preciso que la edificación desaparezca, al igual que las
 edificaciones colindantes.


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      Respecto a la información acerca de la accesibilidad de la parcela, señalar que la misma no es
 concordante con la información catastral y la situación referente a otros edificios señalados en la
 alegación es diferente a la de esta parcela. Si bien el interesado plantea que las actuaciones las
 diferentes parcelas y edificaciones próximas podría realizarse de manera autónoma, desde un
 punto de vista urbanístico parce más conveniente un tratamiento homogéneo al conjunto que no
 perpetúe la deficiente accesibilidad.
      Se propone desestimar la alegación.
      2. Respecto a la instalación de ascensor en el edificio nº29 Bis de Peñaskal Bidea, se ha
 reservado un espacio en la propia parcela que está considerado en el plano de usos
 pormenorizados como uso residencial, dentro de las cuales está contemplado el ascensor.
      En cuanto a la parte trasera, se prevé su demolición puesto que se encuentra fuera de
 ordenación. Esto se debe a que el espacio resultante se califica como Espacio Libre No Estancial.
 Si efectivamente la demolición de esta parte supusiera un riesgo para el resto de la edificación,
 cabría mantener esta, pero asignándole la totalidad de la edificabilidad a "otros usos" en lugar de al
 uso "residencial" y calificándolo pormenorizadamente como "residencial de edificación abierta".
     Por lo expuesto, se propone estimar parcialmente la petición, puesto que se prevé la reserva
 de suelo para el nuevo ascensor dentro de la parcela, pero no en el espacio resultante de la
 demolición de la parte zaguera, ni el mantenimiento de ella para la construcción de trasteros.
     3. En la aprobación inicial del documento ya se contempla la construcción del edificio más
 cercano a la Variante Sur Metropolitana, siendo en el Programa de Actuación Urbanizadora (PAU)
 donde se establezcan los plazos para la ejecución de las previsiones del Plan Especial.
       Se propone estimar la solicitud puesto que ya se prevé en el Plan Especial la construcción del
 edificio.
      5. En respuesta a lo solicitado por Gorka Garamendi, indicar que la vivienda nº83 se
         encuentra en la misma situación que otras afectadas por el Plan Especial que se prevén
         sustituir.
      Sin ser indiferentes a las situaciones personales de los vecinos del barrio, se entiende desde
 el punto de vista municipal que todo ello se compensa con la mejora en la calidad de vida de las
 personas, tanto a nivel de accesibilidad como de habitabilidad o ahorro energético, siendo éste el
 objetivo municipal, mejorar la vida de los vecinos de Bilbao.
     Desde el punto de vista urbanístico, la situación de la vivienda de su propiedad hace que sea
 imprescindible la sustitución de la misma para poder desarrollar las previsiones del Plan Especial.
      Se propone desestimar esta alegación.
 En conclusión, y en base a lo expuesto, se propone desestimar las alegaciones referentes a las
 viviendas nº64 y 83 de Peñaskal Bidea, estimar parcialmente la referente a la instalación del
 ascensor en el nº29 Bis y estimar la construcción del edificio cercano al viaducto, por estar ya
 previsto en la documentación del Plan.
 En cumplimiento del art. 109 de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo, la presente modificación ha
 sido informada favorablemente por el Consejo Asesor de Planeamiento en la sesión celebrada el
 27 de marzo 2023.
 En cuanto al procedimiento de aprobación de los planes especiales, según dispone el artículo 95
 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, en relación con el art. 96 de la misma Ley,
 a la vista de las alegaciones formuladas en el período de información pública, el ayuntamiento
 adoptará la aprobación provisional o definitiva con las modificaciones que procedieran. En el caso
 de municipios con población superior a 3.000 habitantes, la segunda aprobación municipal tendrá
 el carácter de aprobación definitiva.
 Por todo lo actuado, y proponiendo la desestimación, estimación parcial y estimación de las
 alegaciones presentadas durante el periodo de información pública en base al informe de Estudio K


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 Urtasun, antes han hablado de soberbia, de falsedad, de mil historias. Y parece que como somos
 EQUIPO DE GOBIERNO tenemos que aceptar absolutamente todo. Está bien, está bien saber
 cómo entienden ustedes el debate político y democrático y de respeto a los demás. Yo he retirado
 mis palabras, ustedes no han retirado ninguna.

         Respecto a la cuestión que estamos comentando ahora, el ejemplo que ha puesto usted es
 posiblemente el peor ejemplo que se podía poner. Aquellas canchas de baloncesto se quitaron por
 sentencia judicial en contra del criterio de este Ayuntamiento. Y desde luego, no comparto la
 decisión del juez en aquel caso.

          Y repito ¿hacia dónde quieren llevar ustedes esto?, ¿saben cuántas canchas deportivas y
 espacios públicos deportivos y de ocio juvenil e infantil tenemos en plazas y calles públicas
 colindantes con viviendas en la ciudad? ¿Quitamos todas? ¿Qué tipo de ocio propugna el grupo
 municipal PARTIDO POPULAR? ¿Qué tipo de alternativas está planteando el grupo municipal
 PARTIDO POPULAR con su iniciativa? ¿Que solo queden los polideportivos y los espacios
 deportivos que están alejados de viviendas? Todo lo que moleste fuera de la ciudad, esa es la
 política que tienen ustedes, el ocio a los polígonos industriales, los jóvenes a los polígonos fuera de
 la ciudad para que se puedan divertir y no molesten a nadie. Y los niños quietecitos en casa y
 viendo la tele. Eskerrik asko”.

       Jarraian, bozkatu egin da PARTIDO                     A continuación, se somete a votación la
 POPULAR udal talde politikoak aurkeztutako            proposición del grupo político municipal
 proposizioa (19. aztergaia) eta hau izan da           PARTIDO POPULAR correspondiente al
 emandako botoen emaitza:                              asunto nº 19, siendo el cómputo de los
                                                       sufragios emitidos el siguiente:

     Emandako botoak: 21                                   Votos emitidos: 21

     Baiezko botoak: 4 jaun-andre: Martínez,               Votos afirmativos: 4 señoras/señores:
     Rodrigo, Goti eta Garagalza.                          Martínez, Rodrigo, Goti y Garagalza.

     Ezezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,                 Votos negativos: 17 señoras/señores:
     Arregi,  Ajuria,    Abaunza,    Ibarretxe,            Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
     Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,             Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,
     Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,            Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,
     Pérez, Bilbao Aldayturriaga eta Bilbao                Pérez, Bilbao Aldayturriaga y Bilbao
     Urquijo.                                              Urquijo.


       Horrela, bada, ezetsi egin da PARTIDO                 En su virtud, se rechaza la proposición
 POPULAR       udal    taldeak    aurkeztutako         presentada por el grupo municipal PARTIDO
 proposizioa.                                          POPULAR.

       Ondoren ALDAIKA HEZIKETA deritzon                     A continuación, se somete a votación la
 ELKARTEAK aurkeztutako proposizioa (30.               proposición de la ASOCIACIÓN EDUCATIVA
 aztergaia) bozkatu da, eta hau izan da                ALDAIKA correspondiente al asunto nº 30,
 emandako botoen emaitza:                              siendo el cómputo de los sufragios emitidos el
                                                       siguiente:


     Emandako botoak: 21                                   Votos emitidos: 21

     Baiezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,                Votos afirmativos: 17 señoras/señores:
     Arregi,  Ajuria,    Abaunza,    Ibarretxe,            Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
     Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,             Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,
     Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,            Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,


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autonomoak, sozietate publikoak non Udalak        Organismos Autónomos, Sociedades Públicas
kapitalean edo funts sozialean % 50 baino         en las que la Entidad participa en proporción
gehiagoko partaidetza duen, eta tokiko entitate   superior al 50% de su capital o fondo social
publikoak.                                        y Entidades Públicas Locales.

Arauak ez du aurrekontu-eredu bakarra eta         La Norma no define un modelo presupuestario
itxia definitzen. Aitzitik, halako malgutasun-    único y cerrado, sino que procura una cierta
maila bat izaten saiatzen da, eta, horretarako,   flexibilidad, remitiendo gran parte de la
erakunde       bakoitzak,      modu      erabat   regulación a la norma de ejecución
autonomoan, aurrekontua betearazteko urtero       presupuestaria anual que cada Entidad
onesten duen arauaren esku uzten du               aprueba con total autonomía.
erregulazioaren zati handi bat.

Administrazio guztietan, gutxieneko maila         La Norma hace residir en el concepto de grupo
batean bada ere, jarduketa-programakako           de programas la respuesta a la necesidad de
aurrekontu bat egin behar da, eta Arauak          elaborar, siquiera a nivel mínimo, un
«programa-talde» kontzeptua jasotzen du           Presupuesto por programas de actuación en
horretarako tresna gisa. Programakako             todas las Administraciones. Cada grupo de
aurrekontu-sailkapenaren     bloke    bat   da    programas es un bloque de la clasificación
programa-talde        bakoitza.      Horietako    presupuestaria por programas para el que se
bakoitzerako definitzen dira ekitaldian lortu     definen los objetivos a conseguir en el
beharreko helburuak eta jarduera antolatzeko      ejercicio y las acciones concretas que van a
ekintza zehatzak. «Aurrekontu-programa»           instrumentar dicha actividad. A diferencia del
kontzeptu zorrotzak ez bezala, programa-talde     concepto estricto de programa presupuestario,
izaera generikoagoa du, eta hurbil dauden         el grupo de programas tiene carácter más
zenbait jarduera biltzen ditu, Bilboko Udalak,    genérico y engloba diversas actividades
udalerri handia den neurrian, benetako            próximas, quedando iniciado el camino para
programakako aurrekontua gara dezan.              que el Ayuntamiento de Bilbao, como gran
                                                  municipio, desarrolle un auténtico presupuesto
                                                  por programas.

Zentzu horretan, honako hauek osatzen dute        En estos términos, el Presupuesto General
Bilboko 2024ko Aurrekontu Orokorra:               2024 del Municipio de Bilbao está integrado
                                                  por:

      a).-   Udal     Entitatearen    beraren            a).- El Presupuesto de la Entidad
aurrekontua.                                      Municipal.
      b).-   Udal   erakunde      autonomoen             b).- El Presupuesto de los Organismos
aurrekontua: «Bilboko Udal Etxebizitzak TEA»      Autónomos          Municipales:      “Viviendas
eta «Bilbao Musika TEA».                          Municipales de Bilbao, OAL” y “Bilbao Musika,
                                                  OAL”.
       c).- Udalak kapitalean edo funts                  c).- El Presupuesto de las Sociedades
sozialean % 50etik gorako partaidetza duen        Públicas Municipales en las que la Entidad
sozietate publikoen aurrekontua: «BILBAOTIK,      participa en proporción superior al 50% de su
SA», «Arriaga Antzokia Kultura Jardueretarako     capital o fondo social: “BILBAOTIK, SA”,
Zentroa SA», «Bilbao Kirolak SA», «Bilboko        “Centro de Actividades Culturales Teatro
Berregokipenerako Hirigintza Elkartea SA          Arriaga, SA”, “Bilbao Kirolak, SA”, “Sociedad
(SURBISA)», «Azkuna Zentroa-Alondegia             Urbanística de Rehabilitación de Bilbao, SA
Bilboko Gizarte eta Kultura Garaikidearen         (SURBISA)”,       “Azkuna     Zentroa-Alhóndiga
Zentroa SA», «Artxandako Funikularra SA»          Bilbao, Centro de Sociedad y Cultura
eta «Mercabilbao SA».                             Contemporánea, SA”, “Funicular Artxanda,
                                                  SA”, y “Mercabilbao, SA”.
      d).- Eta enpresa-entitate publikoen                d).- Y el Presupuesto de las Entidades
aurrekontua: «Bilbao Zerbitzuak-Servicios» eta    Públicas Empresariales “Bilbao Zerbitzuak–
«Bilbao Ekintza».                                 Servicios” y “Bilbao Ekintza”.
2023-11-28PDF (p.10)
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        Y finalmente, lo que haríamos es un turno de explicación de voto de 3 minutos por cada
una de las partes y la votación final del dictamen. En cada uno de los de los momentos repetiré los
tiempos para que no haya ninguna duda al respecto. Así que le damos la palabra a la señora Ajuria
para que defienda en este caso el dictamen sobre el presupuesto para el año 2024”.

        AJURIA AND.:«Eskerrik asko alkate jauna. Egun on zinegotzi jaun andreok. Agintaldi berri
honen lehen aurrekontu-proiektua aurkezten dugu gaur, eztabaidatu eta onartzeko. Uriaren egungo
beharrei eta etorkizuneko erronkei erantzuteko pentsatu eta sortu ditugun kontuez ari gara.
Aurrekontu proiektu honek, nola ez, EAJk eta PSEk sinatutako akordioan hartutako konpromisoak
jasotzen ditu.

         Las cuentas para el año 2024 se enmarcan en un escenario de debilidad y desaceleración
de las economías desarrolladas, consecuencia de la subida de tipos de interés para frenar la
inflación y la falta de demanda derivada del retroceso que vive el comercio internacional. Estamos
inmersos en una situación global marcada por las incertidumbres que generan los conflictos bélicos
y el alza de los precios, que, sin duda alguna, están condicionando el gasto público y las
condiciones de vida de amplios colectivos de personas.

       EAEko ekonomiak ere testuinguru hori bera du, hala ere joan den irailean hazkundearen
goranzko berrikuspena egin zen, ekainean % 1,6az ari zen eta irailean berriz, % 1,7az.

        Además, se mantiene en el 2,1% el crecimiento estimado para 2024, superando
ampliamente los resultados de las economías de nuestro entorno. Es importante en este sentido
destacar y poner en valor la evolución del mercado de trabajo en Euskadi, que se mantiene en una
senda favorable. Se prevé la creación de 16.000 nuevos empleos en 2024, lo que supone que la
tasa de paro rondará el 7%.

        La población afiliada en las empresas de Bilbao a finales del pasado mes de octubre fue de
190.007 personas. Hablamos de 1.302 empleos más que en el mes de septiembre, lo que supone
un crecimiento del 0,7%. En términos interanuales, el empleo aumenta un 3%, lo que se traduce en
5.455 afiliaciones más. Vamos por el buen camino, pero es preciso profundizar en la calidad del
empleo, los salarios y las condiciones del mercado laboral.

       Horiek horrela, datorren ekitaldirako aurkezten dugun aurrekontu proiektua 701 milioi
eurokoa da, 2023an baino % 5,7 handiagoa. Aurrekontu bateratua 751 milioikoa da.

        Nuestro compromiso es claro, mejorar el bienestar de los bilbaínos y bilbaínas, de todos y
todas, sin excepción. Por tanto, nuestras prioridades son las personas, los barrios, la economía, el
empleo, la seguridad, la movilidad, la vivienda y los servicios públicos.

        Se presenta este Proyecto de presupuestos de acuerdo con el firme compromiso que
mantiene este EQUIPO DE GOBIERNO con la estabilidad, el rigor y el equilibrio. En este contexto,
la sostenibilidad de las finanzas públicas constituye uno de los grandes retos, ya que tendremos
que ser capaces de compaginar la consolidación fiscal con las necesidades de inversión e impulsar
el crecimiento económico, junto con la demanda de más y mejores servicios públicos por parte de
la ciudadanía.

        En relación con los ingresos previstos, recordarles que las previsiones respecto a los
impuestos y tasas municipales se enmarcan en la decisión acordada por el EQUIPO DE
GOBIERNO de aplicar con carácter general un 3% a los impuestos y tasas municipales, lo que
resulta fundamental para el sostenimiento de los servicios y prestaciones que competen al
Ayuntamiento, cuyos costes se han incrementado.

       Por otro lado, las previsiones de Udal Kutxa alcanzan los 409 millones de euros y se prevé
una preliquidación positiva del ejercicio 2023 de 5 millones de euros. En tercer lugar, se
presupuestan ingresos relacionados con la venta de patrimonio en Zorrozaurre, así como las
2023-11-28PDF (p.11)
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subvenciones concedidas en el marco de los fondos europeos. Para finalizar con el análisis de los
ingresos, en el año 2024 no se prevé ninguna operación de crédito.

        2024ko ekitaldirako, 2023an baino 37,5 milioi euro gehiago izango ditugu eta diru hori
zerbitzu publikoak indartzeko erabiliko dugu. Ematen ditugun zerbitzuen kostuak nabarmen igo
diren arren, zerbitzuen kalitate maila altuei eutsi nahi diegu.

         En relación con la inversión pública municipal prevista para el 2024, por primera vez vamos
a superar la cifra simbólica de los 100 millones de euros de inversión directa, a los que hay que
añadir los 20 millones que aportamos también para que otras entidades inviertan en Bilbao. En
total serán 121 millones, de los cuales 64 estarán destinados a intervenciones concretas en los
barrios de la ciudad.

         Entre los proyectos más destacados en este capítulo, cabe mencionar los 18 millones de
euros hasta el año 2034 para la regeneración urbana de Olabeaga. Una operación que ayudará a
la transformación integral de un barrio de la ciudad. Los barrios constituyen una prioridad para este
consistorio. Somos conscientes de sus necesidades, y estas cuentas son un buen ejemplo de ello.
A los hechos me remito, en 2024 se incrementará en 2 millones la aportación al Auzokide Plana, de
modo que los Distritos dispondrán en el próximo ejercicio de un total de 14 millones de euros. Este
proyecto de presupuesto responde igualmente al compromiso de este EQUIPO DE GOBIERNO
con la accesibilidad, pensando en los barrios más altos y las personas de edad avanzada.

        En 2024 destinaremos 9 millones al Plan de Elementos Mecánicos. Hablamos de la
implantación de nuevos ascensores y escaleras mecánicas en barrios como Masustegi, Artazu
Bekoa y La Cantera. Con iniciativas como estas ganan los barrios, ganan sus habitantes y gana la
ciudad en su conjunto.

        Era berean kontu hauetan arreta berezia merezi dute bai ikastetxeek, 5 milioiko inbertsioa
izango dute, bai Bilbao Kirolak-ek, 5,5 milioiko inbertsioa, bai Sarrikueko Remar parkeak, milioi
bateko inbertsioa.

        La apuesta de este Ayuntamiento por la sostenibilidad es una seña de identidad
compartida por todos los Grupos y como tal tiene un reflejo en este proyecto de presupuestos.
Nuestra meta es consolidar una ciudad verde, apostamos por inversiones para financiar medidas
de eficiencia energética, la gestión de los residuos o el fomento de la movilidad en bicicleta. En
este apartado debemos subrayar las conexiones ciclistas en Zumalakarregi, Irala, Miribilla, con una
inversión prevista de 3,5 millones.

         Aurrekontu proiektu honetan eta Gizarte Babesaren eskaera berriei erantzuteko, zenbait
sailek hartu dute parte. Hala, Gizarte Ekintzak 46 milioi baino gehiago izango ditu, Berdintasunak,
Bizikidetzak, Lankidetzak eta Immigrazioak 5 milioi baino gehiago eta Osasuna eta Kontsumoak 3,5
milioi baino gehiago.

        Se refuerzan fundamentalmente apartados como la atención de las situaciones de
emergencia, el programa de protección a personas y familias, nuevos ingresos en viviendas
comunitarias y el aumento en los servicios de acompañamiento para personas mayores que
contribuyen a la prevención de la soledad.

        Seguimos trabajando en la atención a las mujeres víctimas de la violencia machista y se
incrementa la aportación al programa de igualdad y lucha contra la violencia de género. También
crecen los programas de cooperación al desarrollo. Abordaré ahora un capítulo central de este
proyecto de presupuestos, me refiero al ámbito del desarrollo económico, comercio, turismo y
empleo. Bilbao Ekintza dispondrá de un presupuesto de 35 millones de euros y un objetivo claro,
impulsar la actividad económica y el empleo, apoyando sectores estratégicos de futuro para Bilbao,
incentivando el tejido socioeconómico, el talento, la digitalización, la promoción empresarial, el
emprendimiento y la promoción exterior.
2023-11-28PDF (p.12)
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        En el ámbito del empleo, continuaremos colaborando con Lanbide en la gestión de los
planes de empleo para favorecer la creación de puestos de trabajo orientados a las personas más
jóvenes, mujeres y colectivos más vulnerables. Los programas para el periodo 2023-2024 crearán
en Bilbao 547 nuevos puestos de trabajo, con un presupuesto que asciende a 11,4 millones de
euros. Como novedad, se reforzará el Plan Juvenil con un programa denominado primera
experiencia laboral. Además, se activarán cuatro proyectos en distintos barrios de Bilbao para
personas con mayores dificultades para encontrar un empleo.

        También se han incrementado las ayudas a las empresas locales de la ciudad para facilitar
la contratación de un mayor número de personas y conseguir así empleo estable y de calidad. En
materia de seguridad, la partida destinada ascenderá a 76 millones de euros y la plantilla de la
Policía Municipal será de 896 mujeres y hombres. Un capítulo clave, sin duda alguna, para este
consistorio. Recordar que se han abierto inspecciones vecinales de la Policía Municipal en Abando
y Deusto. Además, en 2024 se darán los primeros pasos para abrir una nueva dependencia en
Santutxu.

        En relación con otras políticas públicas que también se desarrollan en el proyecto de
presupuestos 2024, debemos mencionar la política cultural, que para este Ayuntamiento constituye
un eje esencial. El año que viene se destinarán a este fin 73 millones de euros.

        Euskararen erabilera zabaltzeko eta indartzeko ekintzak areagotzen ditugu, gure helburua
hiri osoan hitz egitea da. Udalak 600.000 € jarriko ditu 2024an euskara ikasteko. Gainera
aurrekontu honetan arreta jartzen da gazteengan, hori baita gure gizartearen etorkizunaren oinarria,
eta arreta integrala eskaintzen du autonomia eta emantzipazio mailak hobetzeko.

        La política de vivienda se refuerza de la mano de Viviendas Municipales y de Surbisa.
Viviendas Municipales tendrá un presupuesto de 21,6 millones de euros con una aportación
municipal de 3 millones destinada a la construcción de vivienda. En el proyecto de presupuestos,
este proyecto de presupuestos, atiende las necesidades del presente y sienta las bases
económicas y sociales de la ciudad que queremos construir entre todos y todas. Estas cuentas
favorecen la actividad y el crecimiento económico, garantizan la calidad de los servicios públicos,
mejoran los barrios y apuntalan el bienestar de sus habitantes. Mila esker».

II.- ELKARREKIN  BILBAO   TALDEAK                   II.- DEFENSA DE LA ENMIENDA A LA
EGITASMO      OSOARI     EGINDAKO                   TOTALIDAD DEL GRUPO ELKARREKIN
ZUZENKETAREN DEFENTSA (647 S.E.)                    BILBAO. (R.E. nº 647)


         VIÑALS AND.:«Eskerrik asko, alkate jauna. Egun on guztioi. Alkate jauna, zinegotzi jaun
andreok. Iazko aurrekontuen eztabaida gogoratuz hasi nahi dut gure Osoko Zuzenketaren
defentsan. Bertan, zeuk, Ajuria andereak, abisu batekin itxi zenuen zure hitzaldia. Eta hitzez hitz
errepikatuko ditut zure hitzak: “algo estaremos haciendo bien y en pocos meses todas y todos nos
someteremos al juicio de la ciudadanía”. Bada, Ajuria anderea, maiatzaren 28ko hauteskundeetan
denok herritarren epaiketaren menpe geratu ginen, jakina, gure berezitasunen barruan, denok
asmatzeak eta akatsak izan genituen, eta nahiz eta bai zuek eta baita guk ere, atzera egin genuen
arren, zuek 17.377 boto galdu zenituzten. Horrek esan nahi du, Gobernua legez okupatzen
jarraitzen baduzue ere, nirekin ados egongo zara Ajuria anderea, agian, zerbait gaizki egiten ari
zaretela. Ez zaizu iruditzen?

        En este sentido, a nuestro entender, sus presupuestos muestran bien sus errores, y el
primero de ellos, es volver a acusar al grupo municipal ELKARREKIN BILBAO de que su
radiografía de la ciudad nada tiene que ver con la realidad de Bilbao. Nuestro análisis de la
coyuntura socioeconómica es objetivo y es realista. Son ustedes los que vienen equivocándose de
manera periódica, y son ustedes los que, aun estando en una posición ventajosa de poder,
retroceden mucho electoralmente hablando, y lo hacen porque erran con sus análisis y con algunos
2023-11-28PDF (p.13)
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de los objetivos principales de sus presupuestos.

        ¿De verdad todavía se creen lo que dicen sus estudios cuando afirman sin miramientos
que la mayoría considera que la ciudad mejora? ¿De verdad piensan que la mayoría de bilbaínas
se sienten satisfechas con nuestra realidad urbana? ¿De verdad ustedes creen que todo va bien y
que una amplia mayoría valora muy positivamente el transporte público, las obras, los servicios
sociales y la seguridad?

        Siento mucho decirles que se equivocan cuando nos acusan de que estamos proclamando
un malestar social artificial, y la mejor muestra de su error es el juicio de la ciudadanía dictaminado
en las últimas elecciones. Ganar y ganar retrocediendo, hasta que un día se deja de ganar. En este
contexto, nosotras presentamos esta enmienda a la totalidad. Convencidas de que el malestar de
la ciudadanía es un problema colectivo del que somos parte y del que, también como grupo de la
oposición, tenemos la obligación de contribuir para solucionarlo. Por ello hemos presentado 179
enmiendas parciales con el ánimo de mejorar sus presupuestos. En este sentido, nos parece
importante volver a decirles que el pilar económico que sostiene sus presupuestos es un pilar frágil
y nos estamos refiriendo a su modelo fiscal.

        En parámetros de justicia social, es obvio que alguien que vive en el centro de Bilbao tiene
que pagar un mayor IBI respecto a una persona que vive en Sarrikue, faltaría más. Pero el
problema viene, y por ello lo denunciamos, que ustedes año tras año son incapaces de, por
ejemplo, reducir las grandes desigualdades entre barrios, es decir, su fiscalidad y sus presupuestos
no son lo suficientemente equitativos y redistributivos como para poder reducir y acabar con las
situaciones de pobreza más extremas e hirientes que sí existen en Bilbao. Por ello reclamamos un
reparto mucho más justo de la riqueza.

        Por el contrario, un año más, parece que la obsesión de su Gobierno es publicitar el
objetivo de deuda cero, cuando su gran preocupación debería ser alcanzar la pobreza cero.
Pobreza cero y no deuda cero, ese debería de ser su mantra presupuestario. Por el contrario,
ustedes prefieren seguir exponiendo su austeridad presupuestaria cuando realmente lo que hacen
es frenar la priorización del bienestar social mayoritario.

         Mientras tanto, año tras año, presupuesto a presupuesto, la pobreza extrema crece, las
brechas de desigualdad apenas se reducen, persiste la violencia machista, entre los barrios siguen
creciendo las diferencias, y problemas como el empleo o la vivienda no acaban de tener una
respuesta municipal realmente profunda y efectiva. Señora Ajuria, tanto desde el punto de vista
cuantitativo como cualitativo, siento decirle que su presupuesto municipal está muy lejos de ser
histórico, los 701 millones están muy lejos de ser suficientes como para lograr impactar
positivamente y de manera decisiva en la vida de los ya casi 347.000 bilbaínos y bilbaínas. Y
además usted, como principal responsable de nuestra Hacienda Pública, lo conoce muy bien.

         Su ascenso presupuestario es achacable a la mejora de la recaudación foral y a la
actualización de las tasas. Pero es que, además, gran parte de su presupuesto, concretamente 523
millones, se van a pagar suministros, por cierto, muchos de ellos privatizados y el resto en los
sueldos de la plantilla municipal. Con estas cuentas municipales nos quedan 178 millones para que
Bilbao pueda avanzar en parámetros de justicia social y sostenibilidad ambiental. Mal estamos,
nunca mejor dicho. En nuestra ciudad hay más de 21.200 personas sin un trabajo, no hay excusas
competenciales a día de hoy, el número de parados en Bilbao es realmente insoportable. Además,
nuevamente tenemos que denunciar que las desigualdades de género persisten. Más del 56% de
las personas sin trabajo son mujeres. Algo estarán haciendo mal. Repiensen sus políticas de
empleo, por lo menos incrementen, como el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO les propone,
las partidas presupuestarias para los planes de empleo.

       Jakina, Ajuria andrea, zu Ogasun zinegotzia zara, eta ez Ogasun ministroa. Baina horrek
ez du esan nahi, interesatzen zaizuenean, zuen eskumenen atzean ezkutatzea. Gaur hemen, zuen
aurrekontuei buruz hitz egiten ari gara eta nahiz eta egia den zuek ez duzuela gaitasunik gaizki
2023-11-28PDF (p.14)
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tratatzen gaituen espiral inflazionista geldiarazteko, gaitasuna daukazue behintzat ulertzeko,
aurkeztutako aurrekontuen % 5,7ko hazkundea oso urrun geratzen dela egungo krisi
sozioekonomikoaren kolpe handia geldiaraziko duen zaintza sare publikoa ziurtatzeko.

        Gogorarazi nahi dizuet ere, joan den urrian, elikagaien prezioa % 9,5 igo zela berriro.
Beraz, zalantzarik gabe zuen aurrekontua ez dago jendearen benetako beharretara egokituta.

        En consecuencia, desde el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO nos preguntamos de
qué manera se pueden mejorar los barrios y la vida de la gente con una política presupuestaria
continuista y austera, en la que el único éxito político de su Gobierno parece ser lograr la deuda
cero. En definitiva, nos faltan motivos para poder creer en su proyecto presupuestario, al mismo
tiempo que nos sobran razones para presentar esta enmienda a la totalidad. Besterik gabe.
Eskerrik asko».

        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. Efectivamente, señora Viñals hacía mención a
los 17.000 votos que el Partido Nacionalista Vasco ha perdido en las últimas elecciones. Ustedes
han perdido el 33% de la representación de este Pleno y, por tanto, me va a permitir que quizás
han sido ustedes quienes hayan errado, ¿no?

       El Ayuntamiento de Bilbao es la casa de todos y todas, el dinero es de todos y todas, y
precisamente por ello tenemos la obligación de gestionarlo con responsabilidad y rigor, y al igual
que una familia administra cuidadosamente y considera cuidadosamente también la posibilidad de
endeudarse, las administraciones también deberíamos gestionar cuidadosamente.

         Decía usted, la política fiscal de este EQUIPO DE GOBIERNO no es justa, ni progresiva ni
redistributiva. Analicemos el IBI, es el impuesto que mayor incidencia tiene en la ciudadanía.
Cuando hacemos el análisis del IBI, comprobamos que el recibo medio asciende a 192 €, el de
menor cuantía es de 25 € y el de mayor cuantía es de 4.533 €. Exactamente lo mismo sucede con
otro impuesto tan importante para la ciudadanía como el Impuesto sobre Vehículos. El recibo
medio asciende a 110 €, el de menor importe es de 10 € y el de mayor importe es de 351 €. Por lo
tanto, podemos afirmar, y con rotundidad, -por mucho que les pese a ustedes-, que la política fiscal
que lleva a cabo este EQUIPO DE GOBIERNO es justa, progresiva, redistributiva.

        A pesar de las dificultades que conlleva el elaborar un presupuesto en un escenario de
inestabilidad e incertidumbre como el actual, al hecho de no carecer deuda y además tener una
presión fiscal baja, hay que añadir que hemos sido capaces de presentar un presupuesto que
asciende a 701 millones de euros. Estamos hablando que en 2024 tendremos 37,5 millones de
euros más, que vamos a destinar: 1. A mantener los niveles de calidad de los servicios públicos
que prestamos, vamos a disponer de 17 millones de euros más para renovar la red de
abastecimiento del agua para la limpieza e iluminación de nuestras calles, para la recogida de
basura de nuestros hogares, para abrir los polideportivos, como para prestar el servicio público de
transporte. 2. En inversión, 4 millones de euros más, se incrementará en 2 millones el Auzokide
Plana, de modo que los Distritos van a disponer de un total de 14 millones de euros en 2024 y el
Plan de Elementos Mecánicos también se incrementará en 2 millones de euros.

         En 2024 Artazu Bekoa contará con dos ascensores y Mazustegi con un ascensor inclinado.
Y, por último, para aumentar la Vivienda Protegida en régimen de alquiler, llevamos 3 millones de
euros. Ustedes con el objetivo de desacreditar al Gobierno, son capaces de afirmar que nuestras
políticas son austeras, que el presupuesto para 2024 se incrementa en un 5,7%, estamos hablando
de 37,5 millones de euros más. El crecimiento del presupuesto desde el año 2019 al año 2024 es
de un 24,7%, pasamos de 562 millones de euros a 701, es decir, 139 millones de euros más.

        Incluso han llegado a decir en su en su enmienda a la totalidad, hoy, en este Pleno,
hablaba de alcanzar la pobreza cero, pero en su enmienda a la totalidad ustedes han dicho, -abro
comillas-, “como Ayuntamiento, deberíamos hacer todo lo posible, incluso endeudarnos si con ello
logramos que en todos nuestros barrios bilbainos la pobreza sea cero”. ¿Ustedes creen qué es
2023-11-28PDF (p.15)
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responsable hacer este tipo de afirmaciones en un problema tan complejo como la pobreza? Es
una irresponsabilidad decir que se resuelve mediante el endeudamiento de este Ayuntamiento.
Alcanzar la pobreza cero es mucho más complejo que eso, implica implementar políticas y
programas que aborden las causas subyacentes de la misma, como son, atención médica, el
acceso a la educación o la reducción de las desigualdades sociales y económicas. No les importa
que lo que dicen sea falso, solo buscan que la gente les crea. Eskerrik asko”.

       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko alkate jauna. Señora Ajuria, yo vuelvo a insistir, el grupo
municipal ELKARREKIN BILBAO ha presentado esta enmienda a la totalidad porque cree que sus
presupuestos no diagnostican adecuadamente el calibre del malestar social que enfrentamos.

        Nosotras, respetando su estructura presupuestaria, hemos presentado 179 enmiendas
parciales porque básicamente sus presupuestos nos parecen francamente insuficientes. Sí, se lo
decimos así, son insuficientes. Sus presupuestos, por poner un ejemplo, son insuficientes en
parámetros de acción social. Ustedes no son capaces de acabar con las situaciones sin hogarismo,
quizás una de las manifestaciones más crueles de la pobreza urbana. Pero es que sus políticas no
son ni siquiera capaces de reducir estas situaciones de pobreza y exclusión, y por ello el número
de personas sin hogar se incrementa año tras año. Primer trimestre del año, 332 personas sin
hogar, segundo trimestre, 365 personas, tercer trimestre, 530 personas sin hogar en Bilbao.

        Con este panorama social, ustedes están gastando prácticamente lo mismo en renovar los
vehículos de la policía, 978.000 €, que en atención a las personas sin techo, 988.000 €. Aun
teniendo este difícil contexto en parámetros de acción social, ustedes invierten 5 millones de euros
en Ayudas de Emergencia Social, al mismo tiempo que gastan 4 millones de euros en hacer un
albergue para peregrinos del Camino de Santiago. Es incomprensible.

        Respeto de igualdad he de reconocer que teníamos pocas esperanzas en sus
presupuestos, básicamente porque ustedes han desmontado dicha Área, integrándola con
Convivencia, Cooperación e Inmigración, algo del todo manifiestamente incomprensible, cuando
enfrentamos una realidad social en la que las desigualdades entre hombres y mujeres crecen, al
mismo tiempo que aumentan de manera alarmante el número de víctimas de violencia machista
que tienen que ser escoltadas para poder sobrevivir.

         En cuanto a los barrios, que usted también ha mencionado sus 14 millones del Auzokide
Plana, son insuficientes también. Su modelo de distribución igualitarista persevera en las
desigualdades, ignorando las diferentes necesidades entre barrios y distritos, y no lo decimos
nosotras, lo dicen los datos del Eustat. Casi el 30% de la renta de las familias de Bilbao depende
ya de pensiones y complementos sociales y esto conlleva un riesgo y una amenaza para las
familias.

        Al mismo tiempo que las diferencias de renta entre barrios siguen creciendo, por ejemplo,
la dependencia de ayudas sociales en Abando es del 18%, mientras que en Otxarkoaga supera el
45%. Y, por último, señora Ajuria, quiero hacerle una interpelación directa a su Área de Hacienda.
¿Cómo es posible que la memoria general de su proyecto de presupuesto respecto al cumplimiento
de las obligaciones legales en materia de patrimonio municipal de suelo, siendo estos más de 30
millones de euros, ustedes prefieran destinar este dinero a conceptos como mobiliario y enseres?
¿Cómo es posible que hagan esto, cuando el destino preferente legalmente establecido es para
construcción de Vivienda Protegida?

        Bien, termino ya alkate, de su proyecto de presupuestos municipales, menos del 10% de
nuestro patrimonio municipal de suelo tiene como destino la Vivienda Protegida y mientras tanto,
estamos en un contexto de emergencia habitacional. En definitiva, y para concluir, parafraseando
al famoso historiador y teórico marxista Raymond Williams, le pedimos que reaccionen de una vez
y que permitan la esperanza, -sí, termino la frase-, porque perseverar en lo contrario es hacer
convincente la desesperación social. Besterik gabe, eskerrik asko”.
2023-11-28PDF (p.16)
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        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. 12 millones de euros destinaremos a
incrementar la vivienda pública de alquiler, fruto del acuerdo entre el Partido Nacionalista Vasco y
el PSE. Cuando hacemos referencia a que el Proyecto de Presupuestos que hemos presentado
tiene como prioridades el empleo o la economía, los barrios, y que sitúan en el centro de todas sus
actuaciones a las personas, a lo que nos referimos es a que nuestro compromiso es claro, es
mejorar el bienestar de los bilbaínos y bilbaínas, de todos y todas, sin excepción.

         Las cuentas que traemos hoy, y que ustedes están rechazando, nos van a permitir
disponer de más recursos para ejecutar políticas que tengan un efecto positivo en la ciudadanía,
vamos a reforzar los servicios públicos a pesar del importante incremento de los costes de los
servicios que prestamos y aunque indicadores como la renta personal media que establece que en
Bilbao en 2021 se ha incrementado en un 5% hasta los 23.592 €, es decir, esto supone 1.128 €
más que en el año 2020 y situarnos 279 € por encima de la renta personal media. O en el caso de
la renta familiar media, la de Bilbao en 2021 es de 47.021 € tras ascender un 4% respecto a la de
2020 y estaríamos hablando de 1.926 € más, la renta familiar media solo desciende en el barrio de
Iturralde, que fue el que más creció en el año 2020.

         Aun así, es cierto que en Bilbao existe un 4,9% de personas que viven en la pobreza y que
lo están pasando mal. Para dar respuesta a estas necesidades, contamos con la implicación de
Áreas como Acción Social, con una dotación de 46 millones de euros. Somos el municipio que más
destina al sin hogarismo. Deme usted un ejemplo de algún otro ayuntamiento que destine más que
el de Bilbao. En Igualdad, Convivencia, Cooperación e Inmigración, más de 5 millones de euros, en
Salud y Consumo, más de 3,5 millones de euros.

        Concretamente en Igualdad, Convivencia, Cooperación e Inmigración para la promoción de
la igualdad entre hombres y mujeres, se contempla en 326.000 € que destinaremos a campañas
que buscan sensibilizar a la sociedad bilbaína a favor de un cambio de valores que promuevan la
igualdad. En el ámbito de violencia de género contaremos con 866.000 €, casi un 4% más.

        Con la implicación de esta Área, lo que queremos es reforzar fundamentalmente la
atención de las situaciones de emergencia, el problema de protección a personas y familias,
nuevos ingresos en viviendas comunitarias y el aumento en los servicios de acompañamiento para
personas mayores que contribuya a prevenir la soledad. En el ámbito de empleo, junto con
Lanbide, continuaremos gestionando los planes de empleo para favorecer la creación de puestos
de trabajo orientados a personas más jóvenes, mujeres y colectivos más vulnerables. Presupuesto,
11,4 millones de euros.

         Y respecto a los barrios, -termino alkate-, la inversión pública que destinaremos será un
total de 121 millones de euros, de los cuales 64 estarán destinados a intervenciones concretas en
los barrios. Eskerrik asko”.

III.- ELKARREKIN BILBAO TALDEAK                     III.- VOTACIÓN DE LA ENMIENDA A LA
EGITASMO      OSOARI     EGINDAKO                   TOTALIDAD DEL GRUPO ELKARREKIN
ZUZENKETAREN BOZKETA (647 S.E. zk.)                 BILBAO. (R.E. nº 647)

      Bozketa    egiten  da   aurkeztutako                 Se procede a la votación de la
egitasmo osoari egindako zuzenketari buruz,         enmienda a la totalidad, siendo el cómputo de
eta hau da emandako botoen zenbaketaren             los sufragios emitidos el siguiente:
emaitza:

     Baiezko botoak: 8 jaun-andre: Del Río,             Votos afirmativos: 8 señoras/señores: Del
     Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                  Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
     Undabarrena, Viñals eta Jiménez.                   Undabarrena, Viñals y Jiménez.

     Ezezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,              Votos    negativos:   17   señoras/señores:
2023-11-28PDF (p.20)
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         DEL RIO AND.: “Eskerrik asko, alkate eta Ajuria anderea. No decimos que no se esté
invirtiendo, por supuesto, en los 6 ejes sobre los que marcamos el presupuesto, faltaría más. Lo
que estamos diciendo es que no se priorizan de forma suficiente, de forma adecuada y, es más, sí
que querría decir que entendemos, que lo que no sube un 5,7% de ese incremento general,
podríamos decir casi que está bajando, está bajando al menos en su nivel de priorización, y es lo
que sucede con algunos de esos ámbitos anunciados.

        Los presupuestos no dejan de ser sino el reflejo del modelo de ciudad, por eso es tan
interesante conocerlos y entenderlos. Y en el fondo, lo que el grupo municipal EUSKAL HERRIA
BILDU (EH BILDU) dice y quiere repetir, es que no está respondiendo a las necesidades actuales,
a ese cambio de ciclo que hablamos. Al leerlo no nos ha aportado ninguna sorpresa. No se han
indicado grandes cambios que nos indique que se esté cambiando de rumbo, que al menos esté
haciendo el esfuerzo para empezar a dar ese cambio, para asentar esas bases.

        Porque cuando hablamos de cambio de ciclo, nos estamos haciendo referencia no solo a la
crisis multidimensional que estamos viviendo. Hemos hablado de la crisis climática, la crisis de los
cuidados, la crisis demográfica también ha salido en estos Plenos. Se ha hablado de situación de
inestabilidad e incertidumbre anteriormente, y es verdad que esa situación de incertidumbre e
inestabilidad, lo que está trayendo consigo también es un cambio sociocultural. No se trata,
además de una moda o de un cambio puntual. Se trata de un cambio de valores que estamos
viendo en nuestra sociedad día a día y que lo que están buscando es dar respuesta a los retos
actuales.

        La ciudadanía tiene claro que son muchos los pasos a dar y confía, además, en que Bilbao,
en que su Ciudad lo haga. Como Ayuntamiento tenemos mucho que hacer. Hemos visto en este
Pleno, en los Plenos ordinarios recientes, cómo crece la conciencia ecológica y esta semana
veremos también de forma clara cómo está creciendo esa necesidad de repensar el modelo de
cuidados para todas y para todos. Y es por eso por lo que insistimos en la importancia de repensar
este modelo y, sobre todo, tener una oportunidad de reflexionar de manera más conjunta sobre
esos grandes retos a los que nos enfrentamos. Retos a los que entiendo que podíamos tratarlos de
reto generacional, que tenemos que empezar a sentar las bases desde ya mismo, Eskerrik asko».

        SRA. AJURIA.: “Eskerrik asko alkate jauna. Tendremos ocasión a la hora de analizar las
enmiendas parciales que han presentado, lo que se aporta desde el grupo municipal EUSKAL
HERRIA BILDU (EH BILDU) a esa necesidad de un nuevo modelo. Tendremos ocasión, insisto,
luego. Ahora sí que quisiera terminar sobre todo de dar respuesta a esas cuestiones que ustedes
han definido como ejes y que para este EQUIPO DE GOBIERNO es prioritario, porque
efectivamente, en una situación de desaceleración económica, de incertidumbre, hemos sido
capaces de presentar un presupuesto de 701 millones de euros. Estamos hablando de 37,5
millones de euros más, precisamente para atender esas prioridades que tenemos definidas,
anteriormente hemos hablado de euskera, hemos hablado del cambio climático, hemos hablado
también sobre la protección social y otro de los de los ámbitos que nos parece prioritario y por el
que apostamos este EQUIPO DE GOBIERNO son los barrios. Si bien es verdad que estas cuentas
reservan una aportación al Auzokide Plana de 14 millones para los 8 distritos, la inversión que este
Ayuntamiento realiza en los barrios va mucho más allá. Hablamos de una inversión global de 64
millones de euros para el año 2024.

        Los planes Auzokide son un instrumento más que este Ayuntamiento tiene para mejorar
todos nuestros barrios, pero también llevamos a cabo proyectos al margen, que atienden las
necesidades concretas que tienen todos y cada uno de los barrios. En materia de vivienda al
trabajo realizado por Viviendas Municipales con un parque público de 4.230 viviendas de alquiler,
con 113 viviendas adaptadas y 86 alojamientos dotacionales y un presupuesto de 21,6 millones de
euros, se suma el trabajo que desde el Ayuntamiento se realiza a través de convenios con el
Gobierno Vasco para la promoción de vivienda pública en alquiler.

          Como resultado de este trabajo conjunto en los últimos años, las actuaciones que se han
2023-11-28PDF (p.21)
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realizado han sido en Bolueta 500 viviendas, en Txurdinaga 146 viviendas finalizadas y 66
alojamientos dotacionales que se encuentran en tramitación, Arangoiti 60 alojamientos dotacionales
y 52 viviendas protegidas VPO que están a punto de finalizar, Peñascal se prevé la construcción de
más de 360 viviendas, Otxarkoaga 46 viviendas, Cortes -28,30,32- 30 viviendas, San Adrián 16
viviendas, Gimnasio -1- 12 viviendas. Además, 57 alojamientos dotacionales en Zorrozaurre y 27
viviendas en la calle Iturribide -44- y Fika -2- que se han incorporado al parque de viviendas de
Viviendas Municipales.

         Gobernamos con resultados que se pueden comparar. En temas como la vivienda, los
barrios, la economía, el empleo o el cuidado y acompañamiento de las familias, nunca se podrá
cuestionar nuestro compromiso y el esfuerzo que realizamos. Eskerrik asko”.

V.- EH BILDU TALDEAK EGITASMO                            V.- VOTACIÓN DE LA ENMIENDA A LA
OSOARI   EGINDAKO  ZUZENKETAREN                          TOTALIDAD DEL GRUPO EH BILDU (R.E. nº
BOZKETA (648 S.E.)                                       648)

      Bozketa    egiten  da   aurkeztutako                      Se procede a la votación de la
egitasmo osoari egindako zuzenketari buruz,              enmienda a la totalidad, siendo el cómputo de
eta hau da emandako botoen zenbaketaren                  los sufragios emitidos el siguiente:
emaitza:

     Baiezko botoak: 8 jaun-andre: Del Río,                 Votos afirmativos: 8 señoras/señores: Del
     Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                      Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
     Undabarrena, Viñals eta Jiménez.                       Undabarrena, Viñals y Jiménez.

     Ezezko botoak: 21 jaun-andre: Aburto,                  Votos negativos: 21 señoras/señores:
     Arregi,  Ajuria,     Abaunza,      Ibarretxe,          Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
     Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,              Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,
     Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,             Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,
     Pérez, Bilbao       Aldayturriaga,    Bilbao           Pérez,   Bilbao     Aldayturriaga,  Bilbao
     Urquijo, Martínez, Rodrigo, Goti eta                   Urquijo, Martínez, Rodrigo, Goti y
     Garagalza.                                             Garagalza.

      Ondorioz, Udalbatzak atzera bota du                       En consecuencia, el Pleno municipal
EH BILDU udal taldeak egitasmo osoari                    rechaza la enmienda a la totalidad presentada
egindako zuzenketa.                                      por el grupo municipal EH BILDU.

                                                     -
2023-11-28PDF (p.22)
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VI.- PARTIDO   POPULAR    TALDEAK                     VI.-DEFENSA DE LA ENMIENDA A LA
EGITASMO     OSOARI      EGINDAKO                     TOTALIDAD    DEL      GRUPO PARTIDO
ZUZENKETAREN DEFENTSA (863 S.E. zk. ).                POPULAR (R.E. nº 863)


        SR. RODRIGO: Eskerrik asko, alkate jauna. Hoy, como cada año, este Pleno se reúne para
debatir en torno a la herramienta fundamental y principal de toda gestión pública: los presupuestos
generales. Es, sin duda, como se ha dicho ya en varias ocasiones, el debate de mayor relevancia
del año y uno de los que más interés concita. Como todos ustedes saben, este año hemos
presentado enmienda a la totalidad a estos presupuestos. Una decisión que vuelve a ser el fruto de
una reflexión sobre el contexto de la política vasca y vizcaína, sobre algunas oportunidades que se
presentan, pero también por la dificultad de la coyuntura actual y futura.

        Y es esta, a su vez, una forma de entender nuestro compromiso sincero con Bilbao. Un
compromiso para lograr que nuestra ciudad pueda contar con los mejores medios y herramientas
para afrontar los retos futuros, mientras se afianzan las bases para el nuevo escenario que se está
abriendo. Un escenario con retos y oportunidades. Estar preparados para la adversidad -lo hemos
dicho en más de una ocasión- es el recurso más eficaz para conservar la prosperidad y para ello es
necesario tener claro cuáles son los retos a los que se va a enfrentar Bilbao durante este próximo
año.

        Y es que esta sigue siendo la gran cuestión que es asumir el papel fundamental que tiene
este presupuesto, ante el reto de recuperar el liderazgo perdido hace ya años, que logre que Bilbao
vuelva a ser la locomotora económica de Euskadi, que lideremos los rankings de empleo y las
cuotas de bienestar. Y, por supuesto, que logre que Bilbao sea una sociedad próspera y segura,
donde cada bilbaíno y cada bilbaína pueda desarrollar su proyecto vital en paz y en libertad.

         Según el GOBIERNO MUNICIPAL, los objetivos de estos presupuestos son las personas,
los barrios, la economía, el empleo, la seguridad, la movilidad, la cultura, la vivienda y los servicios
públicos de calidad. Visto desde esta óptica y sin profundizar mucho más allá, es probable que
todos los que aquí estamos presentes, compartamos este objetivo y eso está bien. Y es que,
¿quién no desea que las personas sean el centro de la acción política? Parece una obviedad. De
hecho, lo es. Como, ¿quién no quiere que Bilbao sea la capital vasca con mejores ratios de empleo
o prosperidad?

       Pero es al leer la letra pequeña del presupuesto, al analizar cómo se pretende abordar
estos objetivos, cuando emergen las dudas, respecto de la efectividad de este presupuesto para
alcanzar dichos objetivos. Miren, el grupo municipal PARTIDO POPULAR tiene hecho un
diagnóstico de la ciudad. Un diagnóstico que, como se ha repetido ya en varias ocasiones, nos
habla de los puntos débiles que tiene Bilbao, de cómo algunos aspectos, como la economía y la
seguridad, han ido agravándose a lo largo de los años por falta de políticas realistas y eficaces.
Veamos algunos ejemplos.

        Como decíamos, según el GOBIERNO MUNICIPAL, el proyecto de presupuestos está
elaborado a través de varios ejes, donde encontramos, por ejemplo, la economía y el empleo. De
hecho, les pregunto: ¿de verdad creen que las políticas impulsadas a lo largo de estos años han
sido efectivas para lograr este objetivo? Díganme: ¿qué políticas han puesto en marcha para
reducir la sangría del desempleo? ¿Qué acciones han sido realmente efectivas para evitar la
destrucción de empresas y comercio en una sociedad a lo largo de estos años?

       Algo similar ocurre cuando hablamos de seguridad ciudadana y vemos con preocupación
que no es esta materia una prioridad para este GOBIERNO MUNICIPAL, tal y como explica que lo
más destacable de su presupuesto en estas cuestiones sea la renovación de la flota. Se trata de un
aspecto muy decepcionante, créanme, mientras nuestra ciudad abre los telediarios con una brutal
agresión a la salida de una conocida discoteca en Bilbao. Y no, no es la primera vez que Bilbao es
reconocida, públicamente y privadamente, por su elevada inseguridad. Ni será la última, por
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         La cuestión energética: nos parece interesante explorar la vía de la comercializadora y lo
que nos parece interesante es que Surbisa disponga de subvenciones para fomentar la instalación
de energías renovables. Con el comercio, lo mismo. Tenemos tiempo de ver cómo se usa esta
partida, pero creemos que es interesante e innovador analizar la acción de un vivero de comercio
local.

         Y para acabar, el eje de la vivienda que, sinceramente, el grupo municipal EH BILDU cree
que es prioritario. Cuando le he oído decir que vamos a apostar 12 millones -que entiendo que son
en los cuatro próximos años, 3 millones cada año- ya me entristece que, si hoy está en la cola de la
lista, va a estar así durante los próximos 4 años. O sea, ya no hay opción, ni siquiera a la reflexión
de decir cambiemos de rumbo. Nos ha explicado, aquí, un montón de viviendas que hace el
Gobierno vasco, que está bien si estuviésemos en el Parlamento, pero no sé si viene muy bien a
cuento. Y es que comparar, ya no lo que ha dicho la señora Viñals, el dinero que ingresamos de
venta de terrenos no lo estamos destinando a la vivienda pública, lo cual es triste, sino que nos
vamos a gastar más dinero en el albergue de peregrinos que en las viviendas para jóvenes de
nuestra ciudad. Preocupante.

         En todo caso, pongamos el foco en lo positivo. Hemos coincidido en 9 enmiendas. No sé si
por convencimiento o si por estética, pero hemos coincidido. Es un dinero que pensamos que va a
mejorar, como he dicho antes, la vida de las bilbaínas y los bilbaínos, y que nos va a abrir la puerta,
en algunos casos, a hacer experiencias que creemos que pueden ser innovadoras, pueden ser
pilotos.

        Una reflexión final, para acabar con el tema de presupuestos. Sinceramente, nos parece
también una oportunidad perdida la forma de elaborar que tenemos en los presupuestos. No nos
parece que sea una estrategia colaborativa. En vez de valorar las propuestas que hacemos, tener
un debate serio, un poco sosegado y pausado, ciertamente nos da la impresión de que, a los
partidos de la oposición, o por lo menos a nuestro partido, nos miden un poco al peso, según los
votos. Cruzamos, luego, con los equilibrios internos de la Coalición de Gobierno y en esa coctelera
acordamos nueve enmiendas.

        Sinceramente, creo que a las bilbaínas les da exactamente igual nuestro peso específico
en esta Cámara, les da exactamente igual si una concejalía es marca PNV o marca PSOE. Yo creo
que lo que esperan son soluciones, buenas ideas y, sobre todo, tener la confianza de que el dinero
se va a emplear bien. Por lo cual, para mí no hay nada peor en la vida y en la política, como el
aburrimiento. Y, sinceramente, creo que la forma de elaborar esos presupuestos me parece
aburrida o tremendamente predecible por lo que respecta a las enmiendas parciales.

        Y para acabar, hemos hecho una propuesta que creemos que es realista y creemos que
medida con 39 millones de euros. Y, como ha explicado la señora Del Río, es únicamente el
crecimiento que hay este año, equivale a ese aumento. Tenemos la sensación de que hemos
acordado algunas enmiendas que, como he dicho, nos da una alegría contenida porque pone el
acuerdo, por lo menos, en ciertas prioridades y porque abre la puerta a nuevos proyectos. Pero
acabo diciendo que, como también ha comentado antes la señora Del Río, los presupuestos son
los que deciden el rumbo económico y social de nuestra ciudad. Y es evidente que tenemos nuevos
retos y que, sin embargo, estamos elaborando presupuestos mirando un poco al pasado y creemos
que no nos podemos permitir el lujo de seguir afrontando el futuro con recetas del pasado. Eskerrik
asko”.

        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko, alkate jauna. La elaboración del presupuesto del
Ayuntamiento de Bilbao es la misma que la elaboración que se hace en el resto de
administraciones. Agradecerles que hayan aceptado las enmiendas propuestas porque,
efectivamente, mejoran el presupuesto. Pero si el objetivo de ustedes era mejorar el presupuesto,
con presentar enmiendas parciales hubiera sido suficiente. Ustedes han presentado una enmienda
a la totalidad y una enmienda a la totalidad lo que es, es un rechazo del presupuesto y que se
devuelva. Por lo tanto, no creo que estemos hablando en términos de mejora.
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        Vivienda. Insisten, una y otra vez, en fijarse, solo y exclusivamente, en la partida que el
Área de Vivienda tiene en el presupuesto y les permite decir que está a la cola. Lo que ustedes no
dicen es que Viviendas Municipales cuenta con un presupuesto de 21,6 millones de euros, que a lo
largo de este mandato se verá incrementado en 12 millones de euros, fruto del acuerdo entre el
Partido Nacionalista Vasco y el Partido Socialista de Euskadi, además de las aportaciones que este
Ayuntamiento hace en terrenos o aprovechamientos urbanísticos, etcétera.

         Gobernu hau beti dago irekita elkarrizketarako, akordiorako eta lan partekaturako, eta,
zentzu horretan adostu ditugu zuzenketak. Euskararen arloan, gure lehentasuna da euskara hiri
osoan ikastea eta erabiltzea. Horrez gain, euskararen erabilera normalizatzeko zazpigarren plana
abian jartzea, Euskararen Aholku Batzordea indartzea, euskarazko kultura adierazpenak sustatzea,
kanpainak eta programak egitea hiriko gizarte dinamiketan, besteak beste, merkataritzaren,
ostalaritzaren, kirolaren eta aisialdiaren arloetan erabilera sustatzeko.

        También hemos acordado una enmienda relacionada con la energía, concretamente con el
fomento de nuevas instalaciones de energías renovables. Dicha enmienda nos va a permitir
reforzar el trabajo que venimos realizando en este ámbito, porque en materia de sostenibilidad hay
que destacar el esfuerzo que va a realizar este EQUIPO DE GOBIERNO para incrementar la
dotación de suelos destinados a zonas verdes de la ciudad en San Ignacio, Bolueta y en el Casco
Viejo.

        A estas inversiones se suman las destinadas a la dinamización de parques y la ejecución
de intervenciones de mejora en zonas verdes, además de prever una cantidad superior a la de
2023 para la sustitución de arbolado, alineación de dañado y la plantación de nuevos árboles, así
como la implantación de un sistema de sensorización del sistema de riego para ser más eficientes
en el uso del agua para el riego de las zonas verdes y los jardines.

        A estas inversiones tenemos que sumarle los 10,8 millones de euros que destinaremos al
servicio y mantenimiento de parques, jardines y zonas verdes, así como los 750.000 € destinados
al mantenimiento de los parques forestales municipales. A estas importantes cantidades destinadas
al incremento de las zonas verdes, su conservación y su mejora tenemos que sumar los 2,3
millones de euros destinados a la habilitación de un nuevo parque en Remar- Sarrikue.

        Relacionado con la adaptación de la ciudad al cambio climático hay que destacar las
inversiones previstas en Zorrozaurre, 2,2 millones de euros para los depósitos de inundabilidad de
Ribera de Deusto y 1,6 millones de euros para el sistema de energías renovables del Zorrozaurre.
Por último, y relacionado con el impulso de la movilidad sostenible, hay que destacar los 8,5
millones de euros para la remodelación y modernización de la estación del Funicular de Artxanda y
la construcción de los bidegorris de Zumalakarregi, Irala, Miribilla y Zarandoa.

        Para ambos son importantes los barrios. No hemos sido capaces de llegar a ningún
acuerdo en materia de barrios. En cualquier caso, ustedes solicitaban incrementar -lo decía antes-
el Auzokide Plana. Este presupuesto lleva un incremento de un 6%. Estamos hablando de 14
millones para los ochos distritos. A través de los Auzokide Plana, mejoramos la calidad de vida de
nuestros barrios. Se trata de un instrumento más, que funciona y funciona bien.

        Ahora bien, remarcar que, en relación con la mejora de los barrios, también contamos con
el Programa de pavimentación de vías públicas con una dotación de 10,5 millones de euros. Se
dota con 650.000 € al proyecto de mejora de calzadas o el programa de urbanización de espacios
urbanos con una partida global de 29,6 millones de euros. El plan de elementos mecánicos, 9
millones de euros. En el año 2015 esta ciudad contaba con 23 ascensores. A día de hoy, son 68.

       En definitiva, los datos hablan por sí solos. Lo comentaba anteriormente, de 39 millones de
euros solo 23 millones de euros son enmiendas de modificación. Hablamos que suponen un
porcentaje del 3% de unas cuentas que suman 701 millones de euros. Luego la conclusión, si me lo
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aumentando la presión fiscal sobre quienes más tienen.

         Entendíamos y entendemos que hace falta aumentar la inversión en los servicios públicos,
el cambio de modelo productivo para generar empleo estable y de calidad, la inversión en las
políticas de transición ecológica y la inversión en los barrios. Unos barrios, por cierto, con una
brecha cada vez mayor, porque aquí se han ofrecido datos del último observatorio, pero también
esos datos dicen cosas como, que el barrio con la renta más alta cuadriplica, cuando hace 9 años
triplicaba al barrio con la renta más baja, que cada vez hay más barrios que se sitúan por debajo de
la media, 28 de los 39, y finalmente, que tenemos 3 barrios en Bilbao, muy cerca del umbral de la
pobreza, lo considerado como el umbral de la pobreza. Y Eustat, con datos de 2021, también nos
dejaba otro titular, que casi el 30% de la renta de las familias de Bilbao depende ya de pensiones y
prestaciones sociales, haciendo que el peso del sistema de protección aumente un 40% en los
últimos 15 años en la renta familiar media, y pese a ello, siga creciendo la desigualdad entre los
barrios.

        Sin embargo, estos presupuestos siguen priorizando la transferencia de capital público para
financiar eventos de carácter privado, un modelo privatizado de gestión de los servicios públicos
que está suponiendo un sobrecosto medio del 20%, mientras que la situación de las mayorías
sociales de la Ciudad es cada vez más complicada. Por eso el grupo municipal ELKARREKIN
BILBAO ha planteado 179 enmiendas parciales por un valor de más de 36 millones y 38 millones
en créditos compromiso para posteriores ejercicios, que hacen un bosquejo de los ejes prioritarios,
que a nuestro juicio, deberían vertebrar el presupuesto.

        No podré abordar todos los ejes, pero me gustaría subrayar el ámbito de la protección
social y el derecho a la vivienda, la transición ecológica, la igualdad, el empleo de calidad y la
transformación del modelo productivo y esa DEUDA, con mayúsculas, que tiene este Ayuntamiento
con los barrios en sus distintos ámbitos, como la movilidad, la accesibilidad vertical y horizontal, el
despliegue de los servicios públicos, la promoción de la actividad económica en los mismos o la
inversión en equipamiento, por poner un puñado de ejemplos.

         En el ámbito de la protección social, este presupuesto se plantea insuficiente, precisamente
en un momento en el que todavía muchas personas que ya vivían en una situación de precariedad
vital no mejoran su situación. Nos enfrentamos además a una crisis inflacionista de dimensiones
importantes que tendrá sus efectos también a lo largo de 2024. La respuesta, por tanto, debe ir
acompañada de una financiación mayor de nuestros mecanismos de protección. El presupuesto del
Área de Acción Social apenas crece un 3,04%, mientras el presupuesto general lo hace un 5,7%.
Esto pone en tela de juicio la suficiencia, la financiación del Área de Acción Social y sus políticas,
por eso proponemos el destino de 1 millón de euros más para complementar las Ayudas de
Emergencia Social, porque los 5 millones presupuestados son insuficientes.

       A 1 de noviembre de 2023 llevábamos ya gastados 5.726.161,40 €, bastante más de lo que
han presupuestado para todo el año 2024, pero es que además ustedes han presupuestado
475.900 € para responder a las familias desahuciadas y realojos, con la que está cayendo desde el
punto de vista la pérdida de vivienda. Cuando a 1 de noviembre de 2023, en esa misma partida se
habían invertido ya 675.203,13 €. El grupo municipal ELKARREKIN BILBAO plantea aumentar
también la partida presupuestaria para garantizar la suficiencia.

        Por otro lado, planteamos el refuerzo en medio millón de euros del Plan para la Inclusión
Social o Cohesión Social, que, a falta de 2 meses para acabar el año, ha ejecutado en 2023 el
93,94% y también apunta que va a quedarse corto. O la asunción de una inversión de un millón de
euros para un nuevo albergue de baja exigencia que permita dar una respuesta de urgencia, que
no debe ser la única, al preocupante número de personas que se encuentran en situación de calle.
Junto con el aumento de la financiación de los comedores sociales en 100.000 €, que estos días
están teniendo problemas para cubrir la demanda. Y el refuerzo de los equipos de calle, cuya
inestimable labor de detección de situaciones potenciales que tenemos que reforzar.
2023-11-28PDF (p.36)
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        El segundo de los ejes que creemos fundamental, es el derecho a la vivienda. Un año más,
el Área de Vivienda está a la cola de los presupuestos municipales, cuando el acceso a la vivienda
de alquiler a un precio asequible sigue siendo un grave problema. Para eso hemos propuesto
enmiendas para mejorar la conservación y reforma de las Viviendas Municipales, 5,7 millones en
un plan plurianual, así como la adquisición de más viviendas para aumentar el parque municipal de
vivienda, otro millón de euros adicional y poder así mejorar la oferta a las más de 15.179 personas
demandantes de vivienda que tenemos en el municipio.

        Planteamos también el ámbito de la regeneración urbana, reforzar el Plan Renove de
vivienda, dotándolo con 200.000 € más, con el objetivo de apoyar las reformas de las viviendas que
en muchos casos con el envejecido parque que tenemos se presenta como una necesidad
inaplazable y otros 1,5 millones de euros para adecuar las viviendas y eliminar barreras
arquitectónicas en las mismas, hacerlas, en definitiva, más habitables.

        Queremos una Ciudad con vivienda digna, queremos una ciudad libre de desahucios, como
la queremos libre de discriminación hacia las mujeres y libre de violencias machistas y para abordar
ese reto, el organigrama municipal esconde el Área de Igualdad, y los presupuestos del EQUIPO
DE GOBIERNO solo contemplan una subida raquítica. El presupuesto de igualdad no llega al
0,31% del total. Por eso hemos incluido en nuestras enmiendas partidas para diversas iniciativas
de prevención de las violencias machistas, programas para la inserción socio laboral de las mujeres
víctimas de violencia machista, así como la puesta en marcha de un centro de atención integral a
las mujeres que sufren violencias machistas, dotado con 200.000 € y el impulso a la escuela de
empoderamiento feminista para los barrios de San Francisco, Bilbao La Vieja y Zabala, a la que
creemos importante aumentar su presupuesto para dotarla de todos los recursos que necesite.

        Baina gainera, gure gizartearen erdiak patriarkatuak inposatutako genero arrakala pairatu
egiten du. Horregatik, arrakala hori txikitu eta gainditzeko neurriak ere martxan jartzea proposatzen
dugu. Hala nola emakumeek bereziki pairatzen duten probeziaren aurkako analisi eta estrategia
martxan jartzea, edota euren bizitzako prekarietatea amaitzeko programa zehatzak martxan jartzea,
70.000 €-ko zuzenketa ezberdinen bitartez.

        Orain dela hiru urte gainera, Koloretxe -Emakumeen Etxea- martxan jartzeko lehen pausoak
ere eman ziren. Oraingoan gure zuzenketak prozesua indartu eta errekurtsoz doitzeko
proposamena dakargu, 300.000 €-rekin. Hala nola emakume eta elkarte feministek euren lana
garatu ahal izateko 20.000 € gehiagoko laguntzak ere.

         Otro eje que plantea el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO como prioritario es la
generación de empleo, conscientes de que nuestro modelo local ha demostrado también sus fallas,
temporalidad, precariedad y una excesiva dependencia de los eventos, el turismo y los servicios del
ocio o la hostelería. En ese sentido, nosotras y nosotros hemos planteado enmiendas para imprimir
un cambio de rumbo y una diversificación de los sectores transitando hacia una economía circular,
descarbonizada y con un fuerte vínculo de carácter local y comunitario, donde los cuidados y la
transición ecosocial tengan un carácter predominante.

        Así pues, dos son los ejes principales que hemos querido favorecer. Por un lado
proponemos movilizar este año 2,2 millones de euros adicionales en planes de empleo para llegar
a esos sectores de la población con mayores problemas para la empleabilidad, como son mujeres
mayores de 45 años o jóvenes, porque compartimos la reflexión de que debemos ir a
intervenciones más específicas en sectores con peor empleabilidad, pero discrepamos en el
escaso peso del que se dota a estos programas a la hora de ser efectivos y poder generar esos
puestos de trabajo, que además tendrán un retorno importante en la economía local.

       Baina enplegu planetik aparte, gure eredu ekonomikoa eraldatzeko proposamenak ere jarri
ditugu mahai gainean, eta horrela gure udal merkatuak indartzeko programak martxan jartzeko
proposamenak egin ditugu, tokian tokiko produktuen aldeko apustua eginez.
2023-11-28PDF (p.37)
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         Horretaz gain, Bilbao Zaintzen bezalako programak martxan jartzea planteatzen dugu,
artatzeko eta zaintzeko sektoreko erakundeei zuzenduta, sektorea bultzatzeko eta indartzeko
hainbat ekintza garatu nahi dira, ikuspegi integrala aplikatuz eta ekonomia sozial eta solidarioaren
eta ikuspegi feministaren balioak txertatuz. Edota Andra eta Jabe proiektua, Prestakuntza eta
Laguntza Programa, emakumeei zuzendutako ekonomia sozial eta solidarioko ekintzailetza
proiektuetarako, genero ikuspegia duen prestakuntza programa bat eskainiz, ekintzaile kooperatibo
sozial eta solidariorentzako erreferentziazko gune bat sortzen laguntzeko.

        Bestalde, kontratazio arduratsuren aldeko programa edota Bilbon evento handiek duten
inpaktua zehazki ezagutzeko proposamenak ere planteatzen ditugu gure zuzenketa ezberdinetan.

        Y también planteamos, cómo conocerán, un proyecto piloto, para, a través de la
cooperación con las empresas, elaborar un análisis sobre la puesta en marcha de la jornada laboral
de 4 días semanales, sin reducción salarial. Planteamos que sea un análisis estructurado y que
también haya una serie de apoyos económicos por parte de Bilbao Ekintza, tal y como, por cierto,
está haciendo o ha acordado el Gobierno Vasco con la Patronal de Guipúzcoa.

          Eta geratzen zaizkidan 20 segunduak hurrengo txandarako gordeko ditut, eskerrik asko».

        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. En el caso de ELKARREKIN BILBAO tenemos,
-lo mencionaba-, que han presentado un total de 179 enmiendas parciales, con un importe de 36
millones de euros, para llegar a esta cifra lo que hacen es repetir la financiación de las enmiendas
para ir más allá del importe que esa partida tiene. Es decir, por ejemplo, han presentado 18
enmiendas con un importe de 13 millones de euros, que la financian a través del fondo de
contingencia, que solo tiene 6,4 millones de euros. Hacen exactamente lo mismo con la compra de
patrimonio, tiene 700.000 € previstos y las enmiendas que han presentado, que se financian a
través de esta partida, llegan hasta los 1,7 millones de euros.

        Si a los 48 millones de enmiendas parciales le restamos los importes de las enmiendas que
van más allá de lo que la partida de financiación tiene, lo que realmente cuestionan con sus
enmiendas son 25 millones de euros, es decir, un 3% del presupuesto total. Están dando por bueno
el 97%. Y, aun así, han presentado una enmienda a la totalidad, cuando menos sorprende.

         Tras el análisis de sus enmiendas parciales, la conclusión es que nos preocupan las
mismas cosas. Ustedes en sus enmiendas solicitan la necesidad de diseñar una estrategia de
participación ciudadana. Efectivamente, tras la finalización del estudio de mercado que se está
realizando en estos momentos, el siguiente paso que daremos va a ser el diseño de dicha
estrategia.

         También consideran necesario mejorar el mecanismo en inspección tributaria de las
viviendas turísticas. En este sentido, en el pasado mes de septiembre, en este Pleno se aprobó a
instancia del EQUIPO DE GOBIERNO aplicar el recargo de vivienda en el IBI a todos aquellos
alojamientos afectos a la actividad de alquiler vacacional, por considerar que no cumplían la
finalidad última de destinarla a la residencia permanente del inquilino. Desde un ámbito de
tributación local, es preferible que esta tipología de negocio, la comprobación, se encauce a través
de un procedimiento de revisión en el ámbito de gestión tributaria.

        Solicitan un estudio de impacto y oportunidad de un sistema de pago por generación de
residuos. Ya estamos trabajando en ello, concretamente para adecuar la ordenanza reguladora de
la tasa por prestación de servicios de recogida de basura a las directrices que marcan la ley de
residuos y suelos contaminados para una economía circular. ¿Nuestro objetivo, cuál es? aprobar
una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica,
diferenciada y no deficitaria, que nos permita implantar un sistema de pago por generación de
residuos. En estos momentos las actuaciones que estamos llevando a cabo se ciñen al análisis
necesario para elaborar el informe técnico económico al objeto de definir los criterios de reparto de
los costes de recogida, de tratamiento y de eliminación que determinarán las futuras tarifas de
2023-11-28PDF (p.38)
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aplicación. Porque el objetivo final es lograr una menor generación de residuos y fomentar la
separación en origen.

        Instalación de equipamientos generadores de energía renovable en edificios públicos, es
nuestro objetivo. Lo decía antes, los edificios municipales han generado esa energía y para ello
queremos en los próximos 4 años incorporar nuevos emplazamientos tanto en edificios educativos
como administrativos.

        Otro ejemplo que nos preocupa en las mismas cuestiones son las enmiendas presentadas
en materia de empleo. Ustedes hacen referencia al Plan de Empleo específico “Emakumeak” y al
Plan para Mujeres y Hombres de 45 años. Solicitan además ampliar el presupuesto tanto para el
programa de acceso a la primera experiencia laboral, así como el Plan de Empleo Juvenil. El
Ayuntamiento de Bilbao, a lo largo de estos años y junto con Gobierno Vasco, venimos ejecutando
sucesivos planes de empleo enfocados precisamente a los colectivos que ustedes citan, mujeres,
juventud, personas mayores de 45 años y personas más vulnerables. Como novedad, vamos a
reforzar el Plan Juvenil con un programa denominado primera experiencia laboral dirigida a
menores de 30 años y con titulación media o superior.

       Además, vamos a activar cuatro proyectos en distintos barrios de Bilbao para personas con
mayores dificultades para encontrar un empleo y también se han incrementado las ayudas a las
empresas locales de la ciudad para facilitar la contratación de un mayor número de personas y
conseguir así empleo estable y calidad.

        Estimamos preciso profundizar en la calidad del empleo, los salarios y las condiciones del
mercado laboral. Somos plenamente conscientes de la prioridad que supone para nuestra ciudad la
formación, nuestro compromiso y esfuerzo por posicionar Bilbao como ciudad universitaria. Lo
hicimos entonces y porque sabíamos entonces y sabemos ahora que el futuro de nuestra economía
pasa por la cualificación de una nueva generación, preparada, conectada con el mundo de la
empresa y en continuo proceso de aprendizaje.

       Respecto al comercio, proponer acciones de promoción en comercios de proximidad, así
como ayudas a su capacitación. Este Ayuntamiento, a través de Bilbao Ekintza tiene 3 millones de
euros para seguir trabajando en cuestiones como las que ustedes plantean, concretamente,
hablamos de asesoramiento personalizado, apoyo en el diseño de un itinerario para la mejora
competitividad y al impulso a la innovación en el comercio. Y nos preocupa también la juventud.
Consideran que nuestras actuaciones solo intervienen en cuestión de ocio y tiempo libre, el apoyo
a la emancipación juvenil es nuestra prioridad.

         Trabajamos en colaboración con la dirección de Juventud del Gobierno Vasco a través de
la Plataforma GAZ en el desarrollo y objetivos de la estrategia vasca de apoyo a la emancipación
juvenil 2030, con un triple objetivo, acompañar a los/las jóvenes en sus procesos de emancipación
mediante una atención personalizada y directa, informar y acercar a los/las jóvenes los recursos
existentes en materia de emancipación mediante talleres, ferias, encuentros, etcétera, y trabajar en
coordinación interinstitucional para mejorar la respuesta a las necesidades y propuestas de la
juventud bilbaína.

        Antes de finalizar mi intervención, quisiera proponerles transaccionar las enmiendas 696 de
refuerzo de comedores sociales por la cantidad de 50.000 €. La 714 para la ampliación de plazas
de colonias urbanas, por un importe de 140.000 €. La 716 para mejoras de infraestructuras para
asociaciones de personas mayores con la cuantía de 50.000 €. La 765 para aumentar la partida de
Ayudas de Emergencia para Víctimas de Violencia de Género por importe de 20.000 €. Las, 782
para programas de apoyo a la educación, 783 para el fomento de natación escolar por un importe,
la primera de 30.000 € y la segunda de 20.000 €. Por la cuantía de 20.000€ la 796 para impulsar la
estrategia de integración urbana y residencial del modelo de Vivienda Colaborativa Cohousing; y
para finalizar, la 858 para programas de mejora de salud emocional y mental de personas
vulnerables por un importe de 20.000 €. Eskerrik asko”.
2023-11-28PDF (p.41)
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8 enmiendas parciales por valor de 350.000 €, que esperamos que tengan su reflejo también en
posteriores ejercicios. Y así hago pública, señora Ajuria, la aceptación por parte de nuestro Grupo
de las de las enmiendas transaccionadas, son aportaciones modestas, pero que con seguridad
mejorarán la calidad de vida de las vecinas y vecinos de Bilbao”.

       SRA. AJURIA: “Eskerrik asko, alkate jauna. Insisto, a través de sus enmiendas parciales, lo
que ustedes están modificando es el 3% del total del presupuesto total. Incluso igual con sus
enmiendas ingresaríamos menos.

        En cuanto a lo que en esta ocasión comentaban ustedes, que hay diferencias sustanciales,
yo he puesto de manifiesto a lo largo de mi primera intervención que no es así, que muchas de las
cuestiones que ustedes están planteando, que muchas de las enmiendas parciales que han
planteado lo que conllevan son incrementos de partidas de actuaciones que este Ayuntamiento ya
viene realizando.

         Esa es una realidad y he puesto varios ejemplos. A ustedes les preocupa la vivienda y al
mismo tiempo dicen, “no, este Ayuntamiento no aporta lo suficiente en materia de vivienda porque
presupuestariamente está a la cola”, ¡pues no!, compartimos con ustedes que la vivienda es
importante y que es muy importante aumentar el parque de vivienda de alquiler, en régimen de
alquiler. Y para ello voy a le voy a dar unos datos. Antes hablaba de Bolueta, se han construido
cerca de 500 viviendas. El Ayuntamiento aportó el suelo y el aprovechamiento que le correspondía
a este ámbito. La aportación municipal está valorada en 6,3 millones de euros. Txurdinaga, 212
viviendas, el Ayuntamiento cedió el 15% del aprovechamiento urbanístico, Arangoiti 112 viviendas,
el Ayuntamiento cedió al Gobierno Vasco las dos parcelas que teníamos. La valoración de la
aportación municipal, tanto en Txurdinaga como en Arangoiti, es de 1,3 millones de euros. En
Peñascal se prevé la construcción de 360 viviendas el Ayuntamiento asumió las expropiaciones y la
cesión de los terrenos municipales, así como el 15% del aprovechamiento. La cantidad abonada en
el periodo 2013-2019 para expropiaciones ha sido de 8 millones de euros.

         En los próximos años, a este Ayuntamiento le va a corresponder abonar para las
expropiaciones a realizar en la siguiente fase, 14 millones de euros. Otxarkoaga 42 viviendas, San
Adrián 16 viviendas, la aportación municipal en ambas actuaciones 610.000 €. Alojamientos
dotacionales en Zorrozaurre 57, en este caso estamos hablando de un equipamiento público, y en
Calle Iturribide 44 y Fika 2, 27 viviendas que el Ayuntamiento ha cedido a Viviendas Municipales su
participación en dichos edificios. La valoración 990.000 €. La suma de todas ellas hace un total de
31 millones de euros de aportación municipal.

        Además, y fruto del Pacto de Gobierno, a lo largo de este mandato vamos a destinar a
Viviendas Municipales 12 millones de euros con el objetivo, como decía antes, de incrementar la
vivienda protegida de alquiler, una cantidad importante, sin duda, que nos va a permitir trabajar y
ofrecer a la ciudadanía de Bilbao nuevas oportunidades para acceder a vivienda pública en alquiler.

        En definitiva, sí quisiera aprovechar esta ocasión para decirles que, hacían antes referencia
al malestar bilbaíno. La encuesta de bienestar personal 2022 puntúa el grado de satisfacción global
de los bilbaínos con su vida, con un 7,4 sobre 10.

        Euskadi continúa situada a la cabeza de las regiones con la mejor tasa AROPE, 15% de
población en riesgo de pobreza y/o exclusión social, 21% en la Unión Europea de los 27, y 26% en
España. Además, se trata del territorio con la renta media por persona más alta durante el año
2022 y la región donde menos afecta la privación material y social severa, 3%.

        Recordarles que el gasto de RGI e Ingreso Mínimo Vital de Euskadi cuenta con la cuantía
básica más alta entre las comunidades autónomas y con una tasa de cobertura total del 52%. El
gasto total en RGI en Euskadi asciende a 426,6 millones de euros, representa casi el 25% del
gasto total del Estado. Hace ya 33 años que decidimos proteger a las personas a través de la RGI.
Por cierto, los salarios medios más elevados del Estado corresponden a Euskadi.
2023-11-28PDF (p.48)
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de varias áreas municipales, así como de los partidos políticos con representación en el
Consistorio, ha desarrollado y puesto en marcha el Plan Estratégico de Comercio Bilbao 2025
como una herramienta fundamental para abordar la reconversión del sector y su impulso.

       También apoyamos la creación de empresas a través de BIG Bilbao, más de 500 empresas
creadas y 1.300 proyectos asesorados desde 2017. Y apoyamos el crecimiento y mejora de la
competitividad de las empresas, fundamentalmente con dos servicios, uno de asesoramiento y otro
de formación de Pymes.

         En el Área de Desarrollo Económico, Comercio, Turismo y Empleo tenemos previsto
destinar 8,5 millones de euros en 2024 a la promoción empresarial y recoge una partida de más de
1,3 millones de euros destinados al Centro Internacional de Emprendimiento BAT, operativo desde
hace más de un año en la que fuera la sede del Banco Vizcaya en la plaza Circular. Hablamos de
una comunidad potente que engloba ya más de 70 startup, más de 40 corporaciones, centros
tecnológicos y fondos de inversión. En otoño de 2024 se pondrá en marcha la segunda fase de
esta iniciativa, que incluirá 5 nuevas plantas y añadirá 4.000 m2 al espacio actual.

         En cuanto a la posibilidad, planteaban ustedes a través de una de sus enmiendas, del
proyecto “Osasun Island” en Zorrozaurre. Decirles que las áreas de actividad preferentes para su
instalación en el nuevo campus tecnológico de Zorrozaurre son los servicios intensivos en
conocimiento para las empresas. Estamos hablando de inteligencia artificial, Big Data e Internet de
las cosas. Las empresas de servicio de alto componente digital y el sector cultural y creativo. Las
tres áreas están directamente relacionadas con la estrategia de especialización Ris3 de Gobierno
Vasco y con los ámbitos sectoriales de especialización promovidos por el Ayuntamiento de Bilbao.

         El plan de ciencia, tecnología e innovación de Euskadi 2030 recoge la apuesta del
Gobierno Vasco por la megatendencia y las transiciones digitales medioambiental y social que
constituyen a su vez la hoja de ruta de este Ayuntamiento. Trabajamos alineados en una estrategia
compartida a Gobierno Vasco, Ayuntamiento de Bilbao y Diputación Foral de Bizkaia. La semana
pasada se licitaron las obras para la construcción de la sede del campus tecnológico de Bilbao. Se
levantará en el solar de Tarabusi, en la que se instalará el Centro Vasco de Inteligencia Artificial y
las oficinas centrales del nuevo subcampus tecnológico.

        En el ámbito de la movilidad, sus propuestas se centran básicamente en realizar estudios
para aparcamientos subterráneos para los residentes de la Peña y Basurto, otras para los puntos
negros o peligrosos son los Bidegorris. También instalar puntos de carga eléctrica en espacios
públicos o paradas de taxi. A este respecto, decirles que nuestro objetivo es alcanzar el 10% de las
plazas de aparcamiento de residentes con posibilidad de recarga eléctrica, es decir, 1.700 plazas.

        Tras la finalización de la instalación de puntos electrificados en Torres Quevedo, en el
próximo ejercicio comenzaremos con los aparcamientos que se encuentran en la Zona de Bajas
Emisiones. La movilidad peatonal, ciclista y también el transporte público son una apuesta para
este EQUIPO DE GOBIERNO y como tal tiene un reflejo en este proyecto de presupuestos el Área
de Movilidad y Sostenibilidad, cuenta para 2024 con un presupuesto de casi 80 millones de euros,
10 millones de euros más que en 2023.

         En lo relativo a la movilidad, vamos a continuar avanzando en los cumplimientos del
PEMUS con el objetivo de hacer de Bilbao una ciudad para las personas, fomentando la movilidad
activa, saludable, sostenible, en la que puedan convivir distintos tipos de transporte.

         En lo relativo a la vivienda y concretamente, a la reforma y mejora de la accesibilidad en las
mismas que plantean ustedes, en 2024 lo seguiremos promoviendo, la rehabilitación, la
regeneración y la innovación en vivienda, mejorando la accesibilidad, la eficiencia energética y la
construcción sostenible. Viviendas Municipales, recalco una vez más, para 2024 tendrá un
presupuesto de 21,6 millones de euros y Surbisa 3 millones de euros en concreto, crece un 17% en
la partida dirigida para ayudas de accesibilidad, que con las ayudas que tienen previstas se pasará
2023-11-28PDF (p.49)
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a movilizar entre 15 y 20 millones de euros.

       Quisiera mencionar el programa que desde el Área de Regeneración Urbana se va a liderar
con el objetivo de conceder ayudas para la rehabilitación de vivienda a personas que estén
dispuestas a compartirla en el marco de una iniciativa de innovación social en la que trabaja el
Área. Se trata de un programa piloto en la que cuyo objetivo es combatir la soledad ofreciendo
ayudas a la rehabilitación de viviendas a personas dispuestas a compartirlas.

         Antes de finalizar mi intervención, procedo a detallar aquellas enmiendas que quisiéramos
transaccionar con ustedes, estaríamos hablando de la 871 por importe de 100.000 € para el Plan
Extraordinario de Navidad, la 888 para subvencionar a la Asociación Artística Vizcaína por importe
de 3.000 €, las 902 y la 903 para el estudio de parking subterráneos por cuantía de 30.000 €. Para
la campaña de promoción de mercados municipales la 905 por 50.000 €, 908 por un importe de
45.000 € para el Plan Mayor Digital. 915 con 90.000 € para el Programa de acompañamiento para
prevenir y abordar la soledad de las personas mayores, 916 para la instalación de un baño público
en el entorno de la calle Montevideo con un importe de 90.000 €, 946 a la “Asociación Bakuva” por
un importe de 6.000 €, 948 6.000 € con la organización de la conmemoración del 150 aniversario
de la liberación del cerco Carlista sobre la Villa de Bilbao y por último, la 949 por 10.000 € como
incremento a la subvención a la Entidad Bizkaia Ziba”.

        SR. RODRIGO: “Eskerrik asko alkate jauna. Si le parece, señora Ajuria, voy a seguir
brevemente un poco desgranando las enmiendas del grupo municipal PARTIDO POPULAR. Me he
quedado en las de ámbito de desarrollo económico, a las que usted también ha hecho mención,
económico, comercio y empleo. Le decía que habíamos presentado 21 enmiendas por un importe
de 4,4 millones. Entendemos que es fundamental en estos momentos apoyar ahora mismo al
sector empresarial, si quiere con más fuerza que antes, con todas las herramientas que tenemos a
nuestra disposición.

         Seguramente en las que no coincidimos, sea en aquellas que tienen que ver con materia
fiscal. Ya nos han dicho que no han querido, y hemos tenido en otras enmiendas parciales, quizás,
la posibilidad de resarcir a este tejido empresarial de algún modo que no sea por la vía fiscal, pero
sí por la vía del apoyo o de la ayuda económica. Como ya se ha dicho, que, en gran mayoría,
además, es un sector que está formado por autónomos y por pequeños empresarios.

        Y lo que les proponemos son medidas que vengan a intentar paliar la situación de
necesidad a la que se van a enfrentar, si todo parece que es así en este 2024 y que, aunque sea
trágico decirlo, pero es que es cierto, vienen arrastrando desde hace ya mucho tiempo.

        De hecho, señora Ajuria, hay una idea, que, si me ronda en la cabeza, en la que antes
también le he insistido, es el hecho de que yo no tengo ninguna duda que cuando uno tiene un
presupuesto de 700 millones tiene capacidad para gastar. De hecho, este Ayuntamiento, en ese
sentido, tiene recursos para gastar. Nadie les cuestiona que no gasten. Lo que se les cuestiona es
que las políticas que ustedes llevan a cabo con esos recursos no tienen los efectos que deberían
tener o que algunos pensamos que deberían tener para la Ciudad, y en ese sentido muchas de las
variables de los datos que les hemos dado, no este grupo municipal, sino la oposición en algunos
aspectos de índole, en concreto, económico y social, deberían llevarles a la reflexión de que algo
no se hace bien. De que quizás las mismas políticas no pueden dar resultados distintos y de que
quizás haya que plantearse algunas cosas diferentes a hacer o que se hacen en otros sitios, no voy
a decirlo, pero que tienen efectos mucho más positivos que los que tienen en este caso que nos
ocupa, ¿de acuerdo?

        Y en ese sentido, por ejemplo, sí que quiero poner en valor otra figura en el diámetro
comercial como son los bonos, que es una excelente manera y que les hemos propuesto impulsar
el comercio local, tal y como se ha comprobado en diferentes ocasiones y por eso os hemos pedido
que destinen a través de nuestras enmiendas 1,5 millones de euros en bonos de comercio, cultura
y turismo.
2023-11-28PDF (p.54)
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caminar para que en Bilbao paso a paso pueda construirse un sistema público y municipal de
cuidados reconocible y reconocido y en este sentido quiero mencionar las enmiendas parciales que
hemos transaccionado con el EQUIPO DE GOBIERNO, porque a nosotras no nos cuesta
reconocer que aunque consideremos que lo mejor sería rehacer completamente sus presupuestos,
al mismo tiempo, también hay programas y proyectos que sí son pertinentes. Por todo ello,
creemos que es positivo haber logrado aumentar las partidas referentes al refuerzo de comedores
escolares. La ampliación del número de plazas para las colonias urbanas, reforzar las
infraestructuras de los centros de mayores, aumentar las ayudas para las víctimas de género,
reforzar el apoyo a la educación y la natación escolar y cuidar mejor nuestra salud mental y
también apoyar las políticas de vivienda con políticas innovadoras como el Cohousing.

        Aun con todo, señor alkate, señora Ajuria, tengo la obligación de decirles que su noveno
proyecto de presupuestos vuelve a ser continuista y de nada sirve quedarse en un análisis
superficial, cuantitativo y economicista. Díganme de qué sirve que en el año 2016 el presupuesto
fuera de 509 millones y para el próximo año sea de 701 millones, si ese incremento no ha permitido
reducir eficazmente las brechas de desigualdad entre nuestros barrios. De qué sirve ese
incremento si la pobreza extrema persiste, de qué sirve ese incremento presupuestario si la
exclusión social se cronifica dañando la convivencia social y aumentando la inseguridad ciudadana.
De qué sirve ese incremento total de 192 millones en 9 años si seguimos sin lograr reducir a nivel
municipal la desigualdad y la violencia contra las mujeres y las niñas de nuestra ciudad. De qué
sirven sus cuentas municipales si seguimos sin poder bajar la barrera indigna de 20.000 personas
sin un empleo en Bilbao o de qué sirve decir que tenemos unos presupuestos históricos para el año
2024 si seguimos sin adoptar medidas históricas para proteger a nuestra juventud o para impulsar
nuestra sostenibilidad ambiental.

        En definitiva, su proyecto de presupuestos será aprobado el próximo mes de diciembre.
Será aprobado gracias a su mayoría absoluta. Ojalá este sea el último de unos presupuestos
conservadores y continuistas, y a que la décima sea la vencida y logremos que Bilbao cuente con
unos presupuestos municipales mucho más atrevidos y audaces en términos de protección social y
de cuidado ambiental. No olviden que mientras tanto, el tiempo pasa y la desesperación social
crece, lo que, sin ser una amenaza, debería serviros para reaccionar y dar un giro profundo.
Eskerrik asko».

       SR. ALCALDE: “Gracias señora Viñals, solamente a efectos del acta, cuando ha dicho
comedores escolares, yo creo que debe ser claro que son comedores sociales para que nadie
induzca a error. Tiene la palabra la señora Martínez”.

        SRA. MARTINEZ: “Gracias, señor alcalde. No contrasta bien la grandilocuencia con la que
todos hablamos de la importancia de un presupuesto municipal para una ciudad, y es verdad que
es muy importante, con lo que vemos por parte del EQUIPO DE GOBIERNO cuando se da cuenta
de este presupuesto.

         El grupo municipal PARTIDO POPULAR ve una lectura fría de números, no diría ni siquiera
una rendición de cuentas, se alardea de tener 39,5 millones más que el año anterior como si fuera
un maná que cayera del cielo. Y encima se nos habla de que ustedes intentan gestionar como lo
haría una familia sin endeudarse. Mire, nada más lejos de la realidad, porque lo que en el Código
Civil nos decían, -lo del buen padre de familia-, no solamente es no endeudarse, es también reducir
gasto corriente, es también cómo ser más eficaz con el gasto que se hace de la casa y con la
inversión. Y nada de eso vemos en ustedes, porque ustedes el dinero que les cae de los
impuestos, es decir, de los bolsillos de todos los ciudadanos, les viene como una especie de maná
que les protege impenitentemente contra cualquier riesgo que ustedes asuman. Y esa es la gran
diferencia entre cómo se gestiona en una casa y cómo gestionan ustedes.

       Nos hablan, se lo decía también mi compañero, el señor Rodrigo, obviamente presupuesto
tenemos, pero estamos convencidos de que no lo gestionan ustedes de la manera más eficaz y de
eso hay datos y no pueden hablar ustedes, como les he oído antes hablar, de cargas fiscales y
2023-11-28PDF (p.56)
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responder a los principales retos, demográfico, climático y de adaptación a una nueva economía
productiva.

         2024ko aurrekontu proiektu honek gaur egun eta etorkizunean Bilbok dituen erronka
nagusiei erantzuten die. Izan ere, aurrekontuak dira lehentasun sozial eta politikoak pertsonen
bizitzan eragina duten neurri zehatz eta kuantifigarri bihurtzeko tresna nagusia. Eta kontziente gara
jendeak dituen eguneroko zailtasunez.

        Proteger y avanzar. Con estos presupuestos, los Socialistas queremos responder desde lo
público a este doble reto, proteger a todas las personas y en particular a quienes sufren más
vulnerabilidades, avanzar en el proceso de transformación de nuestra ciudad, en sus vertientes
económicas, social, ecológica y urbanística. Contribuir a reforzar la confianza en un estado de
bienestar hacia el que todas miramos en los momentos más duros y que debemos cuidar.

        Y estas cuentas no son solo números, detrás hay personas. Con estos presupuestos
avanzamos hacia un Bilbao mejor, más sostenible, más justo y atendemos las necesidades del
presente, mirando al futuro, apostando por una movilidad más activa y sostenible que vertebra
nuestra ciudad, que ayuda en la lucha contra la crisis climática y reduce desigualdades. Y con este
presupuesto reforzamos el transporte público, damos un impulso a la bicicleta y recuperamos el
protagonismo peatonal.

         Aumentamos el parque público de viviendas y hacemos un gran esfuerzo por la
rehabilitación para que todas las personas puedan realizar sus proyectos vitales accediendo a una
vivienda, porque sin vivienda no hay arraigo y sin vivienda no hay emancipación posible. Con este
presupuesto contribuimos a hacer de la vivienda un derecho.

       Es un presupuesto con el que también contribuiremos a mejorar el bienestar físico, social y
también emocional de la población, con programas que propicien hábitos más saludables.

        La educación es una herramienta esencial para luchar contra las desigualdades y para
promover y garantizar la igualdad de oportunidades en todos los ámbitos de la vida y también para
fomentar la conciliación. Estamos comprometidas con ello. Debemos realizar una importante
inversión en la creación de nuevas plazas en educación infantil.

        Y finalizo, proteger y avanzar, reforzar los servicios públicos, esas son las necesidades de
la ciudadanía en Bilbao, y esas son nuestras prioridades y los motivos detrás de cada euro de este
presupuesto, para no dejar a nadie atrás, para que nadie quede fuera y poder mirar al futuro con
optimismo y con ilusión. Eskerrik asko”.

         SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko alkate jauna. Eusko Alderdi Jeltzalearen aldetik hiri orekatu
bat, hiri jasangarri bat, integratzailea eta kalitatezko zerbitzu publikoak bermatzen dituena gura
dogu sustatu, eta aurrekontu hauek horiek guztiak bermatu eta aurrera bultzatzen dituzte.

        Queremos una ciudad desde EAJ-PNV, equilibrada, sostenible, integradora, que garantice
la prestación de servicios públicos de calidad para toda la ciudadanía y que no deje a nadie atrás.
Unos presupuestos que, tal y como ha expuesto extensamente mi compañera Sra. Ajuria, son unos
presupuestos ambiciosos e ilusionantes, ilusionantes, señora Martínez, porque si su forma de
entender la ilusión es hablar mal de la ciudad, como hace siempre que tiene ocasión, preferimos
nuestra forma de hacer y de decir las cosas.

        Y luego también durante toda la jornada de hoy hemos tenido ocasión de hablar de
pobreza, de desigualdades sociales y de la preocupación que tiene o no tiene el Ayuntamiento con
estos temas, y yo creo que este EQUIPO DE GOBIERNO y desde EAJ-PNV hemos demostrado
que los temas, estos temas, la pobreza y la desigualdad nos preocupan y nos ocupan. Datos: la
pobreza real en 2022 está en el 4,9%, cuando en 2020 era del 8,2%.
2023-11-28PDF (p.57)
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       Pobreza de acumulación en 2022, 0,1%, cuando en 2020 era de 0,7% y en 2016 era del
4%, y todo esto se hace mediante la prestación de servicios sociales de calidad, Ayudas de
Emergencia Social 5 millones, ayudas de ingreso en vivienda comunitaria 3,6 millones, atención a
personas sin techo 988.000 €, programas de alojamiento para personas sin hogar 790.000 €.

         En la última evaluación del primer plan estratégico de servicios sociales, se evidencia que
Bilbao abre el 76% de las plazas para personas sin hogar de todo Bizkaia, el 76% de todo Bizkaia,
y el 90% del gasto corriente de todo Bizkaia, siendo solo el 30% de la población del territorio. Ojalá
en los municipios donde gobierna EH BILDU o los Gobiernos respaldados por ELKARREKIN
PODEMOS se hiciera algo similar en la línea de lo que hace este Ayuntamiento. ¡Ojalá lo hicieran!
porque aquí dicen y dicen, pero allí donde tienen responsabilidad no hacen, no hacen, y con los
hechos se demuestra realmente el interés y la preocupación, y no solamente, -mi compañera Sra.
Ajuria lo expresaba-, es un tema complejo, requiere también impulso a la economía. El Parque
Tecnológico de Zorrozaurre, la apuesta que desde Bilbao Ekintza se hace por apoyar al pequeño
comercio y a la generación de nuevas actividades.

        Nos respaldan los datos. Ha bajado el paro de 2015 a 2023, del 17% al 8%. Una muestra
más del esfuerzo que se hace y se apuesta por todos los barrios, no solamente los 16 millones de
presupuestos participativos de Auzokide, más participación directa de los 2 millones, sino a través
de todas las inversiones que hace el Ayuntamiento en todos los barrios. 64 millones de euros
invertidos en todos los barrios de la ciudad, en los 8 distritos. A lo que hay que tener en cuenta y
sumarle los 331 millones de euros en servicios públicos básicos como alumbrados, saneamiento,
que se reparten también por todos los barrios de la ciudad. Y hay que sumar proyectos ilusionantes
y ambiciosos como los de Olabeaga, Zorrozaurre, Abando o Punta Zorroza, que también a lo largo
del año que viene vamos a desarrollar. Eskerrik asko”.

       SR. ALCALDE: “Ahora sí damos por concluido el debate, importante, como hemos
recalcado por parte de todos los Grupos respecto al presupuesto para el año 2024 y a la plantilla
presupuestaria, y entendiendo que se incorporan al dictamen aquellas enmiendas que han sido
transaccionadas y que ya han sido apuntadas y, por tanto, no es necesario repetir, votamos el
dictamen sobre el presupuesto y plantilla presupuestaria para el 2024”



XVII.-   IRIZPENAREN                  BOZKETA         XVII.-VOTACIÓN            CONJUNTA            AL
BATERATUA.                                            DICTAMEN.

        Hona hemen transakzio- zuzenketa                      El detalle de dichas         enmiendas
horien xehetasunak:                                   transaccionadas es el siguiente:

        EH BILDU: 664, 665, 657, 678, 669,                  De EH BILDU: 664, 665, 657, 678, 669,
         652, 672, 661 eta 659. (Guztira 9).                  652, 672, 661 y 659. (total 9).

        ELKARREKIN BILBAO: 696, 714, 716,                   De ELKARREKIN BILBAO: 696, 714,
         765, 783, 782, 858 eta 796. (Guztira 8).             716, 765, 783, 782, 858 y 796. (total 8).

        PARTIDO POPULAR: 871, 888, 902,                     De PARTIDO POPULAR: 871, 888,
         903, 905, 908, 915, 916, 946, 948 eta                902, 903, 905, 908, 915, 916, 946, 948
         949. (Guztira 11).                                   y 949. (total 11).

     Bozketa egiten da, eta hau                da          Se procede a la votación, siendo el
emandako botoen zenbaketaren emaitza:                 cómputo de los sufragios emitidos el siguiente:

       Baiezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,               Votos afirmativos: 17 señoras/señores:
       Arregi,  Ajuria,    Abaunza,    Ibarretxe,           Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
       Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,            Urtasun, Olabarria, Erroteta, Ochandiano,
2023-11-28PDF (p.59)
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 6. Inbertsio errealak / Inversiones reales                                                                        100.740.000
 7. Kapital - transferentziak / Transferencias de capital                                                           20.870.000
                                  Kapital eragiketak / Operaciones de capital                                      121.610.000
 Ez finantza eragiketak / Operaciones no financieras                                                               700.750.000
 8. Finantza - aktiboak / Activos financieros                                                                          250.000
 9. Finantza - pasiboak / Pasivos financieros                                                                                0
 Finantza eragiketak / Operaciones financieras                                                                         250.000
 GUZTIRA / TOTAL                                                                                                   701.000.000



                                        DIRU SARRERAK / INGRESOS                                                     2024
 1. Zuzeneko zergak / Impuestos directos                                                                           100.000.000
 2. Zeharkako zergak / Impuestos indirectos                                                                          9.000.000
 3. Tasak eta bestelako zergak / Tasas y otros ingresos                                                            106.177.000
 4. Transferentzia arruntak / Transferencias corrientes                                                            433.109.000
 5. Ondare Sarrerak / Ingresos Patrimoniales                                                                         9.736.000
                                 Eragiketa arruntak / Operaciones corrientes                                       658.022.000
 6. Inbertsio errealak besterenganatzetik eta hirigintzako jardueretatik ondorioztatutako beste sarrera
                                                                                                                    20.805.000
 batzuk / Enajenación de Inversiones reales y otros ingresos derivados de actuaciones urbanísticas
 7. Kapital - transferentziak / Transferencias de capital                                                           18.696.000
                                  Kapital eragiketak / Operaciones de capital                                       39.501.000
 Ez finantza eragiketak / Operaciones no financieras                                                               697.523.000
 8. Finantza - aktiboak / Activos financieros                                                                        3.477.000
 9. Finantza - pasiboak / Pasivos financieros                                                                                0
 Finantza eragiketak / Operaciones financieras                                                                       3.477.000
 GUZTIRA / TOTAL                                                                                                   701.000.000

b) Ondorengo ekitaldiak / Ejercicios Posteriores
                                                                                                        Besteak/       Guztira/
 GASTUAK/GASTOS                                                  2025          2026          2027
                                                                                                           Resto         Total
 4. Transferentzia arruntak / Transferencias corrientes      2.165.115     1.431.629       693.598     3.761.849     8.052.191
        Eragiketa arruntak / Operaciones corrientes          2.165.115     1.431.629       693.598     3.761.849     8.052.191
 6. Inbertsio errealak / Inversiones reales                 52.530.239     4.350.215     4.198.700             0    61.079.154
 7. Kapital - transferentziak / Transferencias de capital   11.368.124    16.366.924     9.346.924    32.379.240    69.461.212
         Kapital eragiketak / Operaciones de capital        63.898.363    20.717.139    13.545.624    32.379.240 130.540.366
  GUZTIRA/TOTAL                                              66.063.478    22.148.768    14.239.222    36.141.089 138.592.557


 HIRUGARRENA.- Lehenengo puntua aplikatu,                            TERCERO.- Aprobar, en aplicación del punto
 eta «BILBAO UDAL ETXEBIZITZAK TEA»ren                               primero, el PRESUPUESTO DE “VIVIENDAS
 2024ko ekitaldirako AURREKONTUA onestea,                            MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, para el
 bai sarreren, bai gastuen egoera-orriei                             ejercicio 2024, tanto en su Estado de Ingresos,
 dagokienez.                                                         como en el de Gastos, según el siguiente
                                                                     detalle:



a) Uneko ekitaldia / Ejercicio Corriente

                                              GASTUAK/GASTOS                                                         2024
 1. Pertsonal gastuak / Gastos de personal                                                                           3.664.135
 2. Gastuak ondasun arrunt eta zerbitzuetan / Gastos en bienes corrientes y servicios                                9.223.540
 3. Finantza gastuak / Gastos financieros                                                                                    0
 4. Transferentzia arruntak / Transferencias corrientes                                                                      0
                                 Eragiketa arruntak / Operaciones corrientes                                        12.887.675
 6. Inbertsio errealak / Inversiones reales                                                                          8.765.325
 7. Kapital - transferentziak / Transferencias de capital                                                                    0
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BIGARRENA.- Estatutuen 10.1 artikuluak              SEGUNDO.- La designación de la Presidencia
xedatutakoaren arabera presidente eragilea          efectiva es competencia del presidente nato a
izendatzeko eskumena berezko presidenteari          tenor de lo dispuesto en el art. 10.1 de los
dagokio.                                            Estatutos.

HIRUGARREN.- Akordio hau jakinaraziko               TERCERO.- Notifíquese esta acuerdo a los
zaioe interesdunei, udal-talde politikoetako        interesados, portavoces de los grupos políticos
bozeramaileei eta interesa duten gainerako          municipales     y    demás       dependencias
bulegoei. Erabaki honen berri eman Osoko            interesadas, y dese cuenta al Pleno en la
Bilkurari. »                                        primera sesión que celebre.”


b) 2023ko    irailaren  20ko   Erabakia,            b) Acuerdo de 20 de septiembre de 2023
   zeinaren    bidez   Bilboko   Udalak                por el que se designan representantes
   BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK Tokiko                    del Ayuntamiento de Bilbao en el
   Organismo Autonomoaren Zuzendaritza                 Consejo de Dirección del Organismo
   Kontseiluan izango dituen ordezkariak               Autónomo        Local      VIVIENDAS
   izendatzen baitira.                                 MUNICIPALES DE BILBAO.

«LEHENENGOA.-        Korporazio    berriaren        “PRIMERO.- Con motivo de la constitución de
eraketa   dela   eta,    «BILBOKO     UDAL          la nueva Corporación designar los miembros
ETXEBIZITZAK,      TEA      -   VIVIENDAS           del Consejo de Dirección del Organismo
MUNICIPALES DE BILBAO, OAL erakunde                 Autónomo       Local     “BILBOKO     UDAL
autonomoaren Zuzendaritza Kontseilukide             ETXEBIZITZAK,        TEA     -  VIVIENDAS
izendatzea honako hauek:                            MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, a las
                                                    siguientes personas:

Berezko Presidentea:                                Presidente Nato:

JUAN MARI ABURTO RIQUE TXIT GOREN                   EXCMO. SR. JUAN MARÍA ABURTO RIQUE,
JAUNA, alkatea-presidentea.                         alcalde presidente.

Kontseilariak/Bokalak                               Consejeros/as/Vocales:

1. YOLANDA DIEZ SAIZ ANDREA, Etxebizitza            1.- DOÑA YOLANDA DÍEZ SAIZ, Concejala
Sailaren zinegotzi delegatua                            Delegada del Área de Vivienda.

2.- JON BILBAO URQUIJO JAUNA.                       2.- DON JON BILBAO URQUIJO.

EAJ-PNV udal talde politikoaren izenean:            En representación del grupo político municipal
                                                    EAJ-PNV:

3.- ASIER ABAUNZA ROBLES JAUNA                      3.- DON ASIER ABAUNZA ROBLES.

EUSKAL HERRIA BILDU udal talde                      En representación del grupo político municipal
politikoaren izenean:                               EUSKAL HERRIA BILDU:

4.- KARLOS RENEDO LARA JAUNA.                       4.- DON KARLOS RENEDO LARA.

EUSAKL SOZIALISTAK udal talde politikoaren          En representación del        grupo   municipal
izenean:                                            SOCIALISTAS VASCOS:

5.- EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA                      5.- DOÑA EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA.
ANDREA
PARTIDO POPULAR udal talde politikoaren             En   representación    del   grupo   municipal



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ekimenez onartu zuena betetzeko, hitzez hitz: “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al Equipo
de Gobierno a comenzar, lo antes posible y de manera abierta y participada, el diseño de un Plan
Estratégico de Movilidad Ciclista para el periodo temporal 2023-2030”. Elkarrekin.

         Dicho lo cual, la propuesta también y el acuerdo están hechos, y si no lo ratificará el señor
Abaunza. Están hechos sin saber qué resultados existían en torno a la votación de los
presupuestos participativos, etcétera, etcétera. ¿Que haya salido en los presupuestos
participativos? ¡Fenomenal, increíble! y yo creo que de las tres proposiciones que tenían las
asociaciones ciclistas, el AMPA, etcétera, etcétera, la segunda que habla de desdoblar el carril bici
de Zarandoa y darle continuidad por calle Morgan hasta el puente Gehry, habría un tramo de, como
has mencionado, de unos 300 m bajo la facultad de Sarriko, que requeriría otra actuación. Pues
esa era la solución, siempre y cuando en la edificación de las nuevas viviendas no existiera la
posibilidad de incorporar el carril bici hacia el paseo por la parte de abajo, entre el paseo y la calle
Morgan.

        Y como he dicho en la intervención anterior, siempre es importante que se consulte con los
colectivos, que se chequeen las propuestas que puedan venir de todos los frentes y así seguro que
hacemos un bidegorri fenomenal y fabuloso, que es de lo que se trata. Porque en el caso particular
del puente Gehry, a nosotros sí nos disturbia un poco, que es triste y a la vez significativo, que una
obra nueva como la de la paralela a la ría, se haya ejecutado sin bidegorrri, teniendo en cuenta
que, por ejemplo, en el Campo Volantín, el bidegorri va paralelo a la ría. Pero bueno, tendremos
tiempo de hablar. Eskerrik asko”.

        SR. RODRIGO: “Eskerrik asko Alkate jauna. Nada, muy brevemente para responderle al
señor Abaunza. Que yo, realmente no recuerdo cuáles fueron los argumentos, que son de aquel
entonces, porque ha pasado demasiado tiempo. También me sorprende que el señor Abaunza
tenga preparado ese dato. Eso significa que lo ha mirado porque… ¡hablamos del pleistoceno, por
lo menos a nivel político! Pero bueno, está bien, está bien, eso también está bien.

         En cualquier caso, si el voto fue así, -que no se lo discuto porque yo no lo he mirado-, creo
que también tiene su justificación, habida cuenta de que es verdad que la red de bidegorris actual,
lo siento, es claramente mejorable. Y en ese sentido, creo que tiene su justificación haber votado
en ese sentido. Lo que no puedo compartir es que diga que fue una intervención furibunda. Dudo
que fuera furibunda, quizás apasionada, ¡puede ser! Pero furibunda, no. Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Bueno, efectivamente no, no me he revisado las actas, es un acto de
memoria. En aquella época, además, me tocó presidir el distrito 3 de Otxarkoaga/Txurdinaga,
donde se hizo la mayor implantación de aquel Plan en aquella época, y recuerdo los debates que
teníamos en el Pleno del Consejo de distrito, sin más. ¿Apasionado? Sin duda sería apasionado el
debate y apasionante también.

         Sobre las cuestiones que se han mencionado y yo creo que he manifestado antes mi
expresión, lo único, quizá añadir que más allá, antes no he tenido tiempo de detallarlo tan
minuciosamente, más allá del estrechamiento debajo del parque de Sarriko también tenemos una
dificultad y no menor, en lo que es el entronque de la calle Morgan con la salida del túnel de
Carmelo Bernaola hasta la intersección con el puente Gehry, donde la implantación de un bidegorri
segregado necesariamente conllevaría el tocar las zonas verdes y eso es un tema bastante
sensible en Deusto en estos momentos, por lo tanto, ya tendremos ocasión de debatir de esa
cuestión en otra ocasión. Eskerrik asko”.

         SR. FERNANDEZ: “Muy brevemente, gracias a todos los grupos por sus aportaciones, por
su adhesión. Por resumir, solo pedimos que sean consecuentes y se pasen de las palabras a los
hechos y que se lleve a la práctica de una manera natural. Y aquí una pequeña puya en
coordinación entre las Áreas de Movilidad y Urbanismo, o al menos en consonancia con otras
iniciativas forales o municipales. En ese escenario vamos a pedalear juntas, incluso no tenemos
empacho en hacer de aguadores si eso ayuda a que la bicicleta adquiera el protagonismo que le


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breve ni rápido-, precisamente para descontaminar la mina antes de que se pueda hacer esa visita.
Afortunadamente, los análisis que hemos hecho hasta el momento, como digo, en colaboración con
el Ente Vasco de la Energía, lo que muestran es que los residuos que puede haber ahí no son
peligrosos, pero sí hay que sacarlos y hay que tratarlos y desde ese punto de vista, requerirá un
trabajo adicional.

         Y por último, contestando a la señora Viñals, estamos trabajando también en el proyecto de
asegurar la galería de la mina San Luis. En el caso de la mina San Luis el problema no es tanto la
galería visitable de la mina San Luis, que está en bastantes buenas condiciones, sino la estructura
de la vivienda a través de la cual se accede a la mina. Entonces, ahí hemos estado primero
haciendo un cierto trabajo de investigación arqueológica para saber qué fue antes, si el huevo o la
gallina, si la casa o la mina, para saber a quién le corresponde la reparación de la estructura, dado
que lo que está más dañado son las vigas que sostienen justo la entrada a la mina San Luis, y que
creemos que también forma parte de la propia estructura de la edificación, y por lo tanto, es un
tema también un poco complejo. Pero estamos ya avanzando con ello. Por mi parte nada más.
Eskerrik asko”.

         SR. GOTI: “Eskerrik asko Alkate jauna. El origen de esta proposición que traemos aquí, -
para eliminar ciertas dudas que me presentaba la señora Viñals-, tiene que ver con una reunión
que yo mantuve con un estudio precisamente de asuntos…, una oficina que tiene como principal
actividad estudios de patrimonio industrial, y a partir de ahí, efectivamente, enlazamos con lo que
en este Pleno se aprobó, y ustedes, efectivamente, llegaron a un acuerdo desde una proposición
inicial que hablaba de la mina Malaespera como un almacén de medicamentos. No entendemos,
por tanto, que haya una apropiación indebida de ninguna propuesta que, en cualquier caso, son del
Pleno y el Pleno, efectivamente, es la representación de los ciudadanos y podemos compartirlas.

        Yo creo sinceramente, que esa apreciación que usted me ha hecho sobre las
transformaciones de este grupo de derechas creo que sobraban, sinceramente. Se lo digo porque
creo que nos introducen en el peligroso camino del sectarismo y no creo que es para esto para lo
que nos han elegido. Y en cuanto a las transformaciones de los grupos ideológicos, bueno, pues
habrá que ver también cómo nos situamos cada uno a lo largo de nuestra historia.

         Me parece una buena opción la que planteaba el señor Abaunza en el hecho de que,
probablemente, en los niveles visitables de la mina, allí mismo pudieran colocarse paneles
explicativos o lo que in situ se puede se puede ver. Eta honekin nahiko dugu”.

        UNDABARRENA AND.: “Bakarrik aipatzea konpromisurena, ez nuen zalantzan jartzen
baina behintzat bai jakitun izatea, edo moduren bat egiten ari den hori nola besteok ere jakin
dezagun edo berri izan dezagun edo…agian nire ezjakintasuna da eta ez dakit non topa, baina horri
ekin nahi nion…”


      Bozkatu egin da GOBERNU TALDEAK                       Se somete a votación la enmienda de
eta PARTIDO POPULAR udal taldeak batera              modificación conjunta presentada por el
aurkeztutako aldatzeko zuzenketa, eta hau            EQUIPO DE GOBIERNO y el grupo municipal
izan da emandako botoen emaitza:                     PARTIDO POPULAR, siendo el cómputo de
                                                     los sufragios emitidos el siguiente:


    Emandako botoak: 28                                  Votos emitidos: 28

    Baiezko botoak: 28 jaun-andre: Aburto,               Votos afirmativos: 28 señoras/señores:
    Arregi,  Ajuria,  Abaunza,   Ibarretxe,              Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
    Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,               Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,


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que actualmente lo está haciendo por 50 €, o por 48 € o por 55 € en función de la zona, o no, y si
eso puede tener también un valor desencadenante a la hora de atraer a más vecinas y vecinos y
que aprueben o planteen también la puesta en marcha de la OTA.

        Y el grupo municipal ELKARREKIN BILBAO cree sí, o sea, cree que va haber más tarjetas,
pero más tarjetas porque va a haber más zonas con residentes que la van a solicitar. Porque usted
sabe de la misma manera que yo, que la normativa que ustedes plantearon y aprobaron limita el
número de vehículos que pueden sacar a la calle cuando ya existe un garaje, con lo cual, esa
realidad que usted establece no es para tanto.

         Y en tercer lugar y último lugar, sabemos en la ciudad en la que vivimos, vivimos en una
ciudad en la que en la mayoría de los barrios trabajadores, que son de los 60, los 70, las viviendas
no tienen garaje, las viviendas no tienen garaje, y tenemos que ser sensibles con esa realidad y
tenemos por lo menos que facilitar que esas familias trabajadoras puedan aparcar cerca de sus
casas o dentro de su barrio, sin que esto les suponga un sobrecosto. Ese es el razonamiento que
tenemos nosotros detrás a la hora de apoyar esta proposición, en la que digo, apoyamos el texto,
el texto propositivo, aunque la justificación, evidentemente, tenemos unas discrepancias bastante
encontradas. Eskerrik asko”.

        SRA. ABETE: “A ver por concluir, señora Martínez, ha usado usted términos mezclándolos,
que creo que son bastante diferentes. Una cosa es el tráfico, otra es la circulación y otra es el
aparcamiento. Lo que yo le intentaba explicar y le voy a repetir, es que disponer de una tarjeta de
residente no nos garantiza una plaza fija, nos abre la posibilidad de aparcar en una plaza
reservada, eso es aquí y en todas las ciudades de España incluidas en las que ustedes gobiernan.
No hay ciudad en la que haya mismo número de coches, mismo número de plazas de
aparcamiento. Y yo ahora por hacer el debate un poco más distendido, le voy a proponer un juego;

         Vamos a viajar en el tiempo: 6 de junio de 1999. Antonio Basagoiti, portavoz de su
formación, abro comillas, “propongo la gratuidad de la OTA para residentes ante la imposibilidad
que tienen la mayor parte de los conductores para aparcar en la zona en la que residen”. Un salto
en el tiempo; 2003: de nuevo, Antonio Basagoiti -hablaba de practicar el overbooking en las zonas
de OTA y acusaba al Ayuntamiento de tener más tarjetas de OTA que plazas-. Otro salto en el
tiempo; 2023, señora Martínez -pide que la OTA sea gratuita porque no hay correspondencia entre
el número de plazas y el número de tarjetas-. Como ve más de 20 años en los que ustedes no han
evolucionado mucho en ese planteamiento y en cambio los expertos y la realidad nos dan la razón.
Eskerrik asko”.

       Bozkatu egin da PARTIDO POPULAR                              Se somete a votación la proposición el
udal taldeak aurkeztutako proposizioa, eta hau                grupo municipal PARTIDO POPULAR, siendo
izan da emandako botoen emaitza:                              el cómputo de los sufragios emitidos el
                                                              siguiente:

    Emandako botoak: 29                                          Votos emitidos: 29

    Baiezko botoak: 6 jaun-andre: Martínez,                      Votos afirmativos: 6 señoras/señores:
    Rodrigo, Goti, Garagalza, Viñals eta                         Martínez, Rodrigo, Goti, Garagalza, Viñals
    Jiménez.                                                     y Jiménez.

    Ezezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,                        Votos negativos: 17 señoras/señores:
    Arregi,   Ajuria, Abaunza,    Ibarretxe,                     Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
    Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,                       Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,
    Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,                      Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,
    Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga eta                        Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga y Bilbao
    Bilbao Urquijo.                                              Urquijo.

    Abstentzioak:          6    jaun-andre:   Del   Río,         Abstenciones: 6 señoras/señores: Del Río,


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       Renedo, Perea, Orozco, Fernández eta                   Renedo, Perea, Orozco, Fernández y
       Undabarrena.                                           Undabarrena.

      Horrela, bada, ezetzi egin da PARTIDO                   En su virtud, se rechaza la proposición
POPULAR       udal    taldeak    aurkeztutako           presentada por el grupo municipal PARTIDO
proposizioa.                                            POPULAR.

29. PROPOSIZIOA EUSKAL HERRIA                               29. PROPOSICIÓN del Grupo Municipal
    BILDU (EH BILDU) Udal Taldearena,                           EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU)
    proposatzen duena Osoko Bilkurak                            que plantea la adopción de un acuerdo
    erabakia hartu dezan GOBERNU                                plenario mediante el que se inste al
    TALDEARI eskatzeko udalerrian                               EQUIPO DE GOBIERNO a aumentar la
    alokairuko etxebizitzen eskaintza                           oferta pública de vivienda en el
    publikoa         gutxienez  1.335                           municipio como mínimo en 1.335
    etxebizitzetan     handitu dezala                           viviendas en alquiler durante el
    agintaldi honetan.                                          presente mandato.

      EH BILDU udal taldeak aurkezten duen                     Proposición que presenta el grupo
proposizioa, xedapen zatian hitzez hitz honela          municipal EH BILDU, cuya parte dispositiva es
dioena:                                                 del tenor literal siguiente:

«Bilboko     Udalbatzak     Udal     Gobernuari         “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio udalerrian alokairuko etxebizitzen         Gobierno Municipal a aumentar la oferta
eskaintza     publikoa      gutxienez     1.335         pública de vivienda en alquiler en el municipio,
etxebizitzetan handitzea agintaldi honetan,             como mínimo, en 1.335 viviendas durante el
plangintza,    aurrekontu    politika   eta/edo         presente mandato mediante su planificación,
hitzarmen instituzionalen bidez..»                      política    presupuestaria    y/o     convenios
                                                        institucionales.”
      Proposizio honek GOBERNU TALDEAK                         Esta proposición tiene una enmienda de
aurkeztutako aldaketako zuzenketa bat du,               modificación presentada por el EQUIPO DE
xedapen zatian honela dioena:                           GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                        lo siguiente:

«Bilboko Udalbatzak Gobernu Batzordeari                 “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio Etxebizitzaren Gida Plana                  Gobierno Municipal a actualizar el Plan
egunera dezan, Etxebizitzeko inbertsio-plana            Director de Vivienda de Bilbao, incluyendo un
barne, eta eguneratze hori beste erakunde               Plan de inversiones de VVMM, en
batzuekin elkarlanean eta gizarte-eragileen,            colaboración con otras instituciones y con la
adituen, elkarteen eta herritarren parte-               participación de agentes sociales, personas
hartzearekin egin dezan, helburu hauek                  expertas, asociaciones y ciudadanía, para
lortzeko:                                               lograr los siguientes objetivos:

      Etxebizitza-parke publikoa eta zuzkidura-             Incrementar el parque público de viviendas
       bizitokien kopurua handitzea.                          y alojamientos dotacionales.
      Etxebizitzen birgaitzea bultzatzea.                   Impulsar la rehabilitación.
            Hiri-berroneratzea sustatzea, gizarte-          Fomentar la regeneración urbana como
       kohesiorako elementu gisa.»                            elemento de cohesión social.”

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun                  El Alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak               los Sres. y Sras. concejales y concejalas de
xedatutakoaren arabera:                                 acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                        Orgánico del Pleno:

         RENEDO JN.: «Eskerrik asko Alkate jauna. 1.335 etxebizitza. Hain zuzen ere 1.335
etxebizitza gehiago alokairu publikorako. Hori da EUSKALHERRIA BILDU (EH BILDU) Udal
Taldeak egiten dion proposizioa Udal Batza honi, gutxienez kopuru hori lortzea datozen 4 urteetan.


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Eta askok galdetuko diozue zeuen buruari zergatik aukeratu dugun zenbaki majiko hau gutxieneko
moduan guretzako. Ba Udal Gobernuko honetako bazkide batek, PSE-EEk proposamen hori
eraman zuelako bere programan, zehazki 28. orrialdean, eta gazteleraz irakurriko dut, -zoritxarrez
PSE-EE-ren programa gazteleraz soilik topatu dudalako-, eta hauxe da proposamena: “El objetivo
para el próximo mandato ha de ser incrementar un 5% anual el parque público de viviendas
públicas en Bilbao”. Repetitivo también: parque público, viviendas públicas…

         Beraz aurreko Udal Batzan esan genuen moduan EUSKALHERRIA BILDU (EH BILDU)
Udal Taldetik, gure asmoa behintzat, etxebizitza alorrean akordio zabalak eta zehatzak lortzea
izanik, eskua hartzen diogu PSE-EE taldeari eta prest gaude euren programa inplementatzeko. Has
gaitezen gutxienez , ¡gutxienez!, kopuru hori adosten Udal Batzar honetan. Horregatik EUSKAL
HERRIA BILDU (EH BILDU) Udal Taldean, PSE-EE-ren proposamenaren kalkulua egin dugu eta
urtero egungo parke publikoa %5 igotzen badugu agintaldi honetan 1.335 etxebizitza publiko
gehiago lortu beharko genituzke. Badakigu horrekin ez dugula arazoa konponduko, inondik inora
ere. Azken urteetan Etxebideko eskatzaileen kopuruak gora egin du etengabe, eta gaur egun
milaka bilbotar daude etxe baten zain, eta berriz eskaintza publikoa ez dator bat eskaera horrekin,
eta aldea, gero eta handiagoa da.

        Las personas que hemos estado en las listas de Etxebide, -y no hace falta preguntar
porque muchas habremos sido parte de esas listas- y las personas que hemos vivido en las
viviendas municipales de Bilbao, somos conscientes de que detrás de cada persona que pide hay
una vida, hay un proyecto, hay una aspiración, y cuando tienes la suerte de tener una vivienda
pública de alquiler la vida te cambia de forma radical.

         Beraz, lo que hoy traemos a esta cámara es una propuesta clara. Es, en este mandato,
mejorar la vida de 1.335 familias o unidades convivenciales de nuestra villa. Baina horretarako
konpromiso zehatzak behar dira, eta ez dira behar hitz hutsak, ez da behar filosofia orokorra edo
merkea. Eta konpromiso hoiek joan behar dira aurrekontuetan eta hor egon behar da etxebizitza
partida bat etxebizitza publikoa bultzatzeko, hitzarmenak egon behar dira gainontzeko instituzioekin
etxebizitza publiko berriak eraikitzeko, etxe hutsak alokairuan jarri behar dira, mobilizatu behar dira,
etxe turistikoak mugatu behar dira, eta nola ez, aukera-eremu berrietan alokairuko etxebizitza
publikoak egon behar dira.

        Berriro esango dut, benetan, gure asmoa, gai honekiko behintzat, akordio zabalak lortzea
da. Eta horregatik eraman dugu, behintzat, etxebizitza Saila daramanaren programan dagoena eta
gure asmoa zen hori gauzatzea, oinarri gisa oso egokia deritzogulako.

         Y aquí nos surge una duda. Señor Abaunza, esta mañana ha dicho en dos ocasiones que
lo que llevan en el programa va a cumplirlo, y de hecho eso ha sido una justificación para aprobar
la modificación de la ordenanza de espacios verdes, y luego ha vuelto a reiterar que cuando toman
compromisos (en el siguiente debate), pues….algo… bastante importante.

          Orduan, ez dugu oso ondo ulertzen zein den, por analogía, si el PSE-EE tiene el mismo
criterio, no cumple lo que lleva en el programa, si en estos cinco meses ya hemos cambiado de
opinión o es el compañero de viaje el que cree que no es conveniente cumplir el programa en lo
que respecta a la vivienda pública de alquiler» Eskerrik asko».

         SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko Alkate jauna. A nosotras, en el Grupo Municipal
ELKARREKIN BILBAO, la verdad es que no nos sorprende la enmienda presentada por el EQUIPO
DE GOBIERNO. La proposición inicial era bien clara: aumentar la oferta pública de vivienda en
alquiler en el municipio, como mínimo en 1.335 viviendas durante este mandato. Y bueno, como se
puede ver en la propuesta del EQUIPO DE GOBIERNO, no hay compromisos. Ni un solo número.
No se habla de números de vivienda, ni del presupuesto que se pretende destinar a este plan de
inversiones. Y no nos sorprende, porque nosotras, desde el Grupo Municipal ELKARREKIN
BILBAO, hemos intentado sacar compromisos concretos en materia de vivienda y la respuesta del
EQUIPO DE GOBIERNO siempre ha sido, cuanto menos, difusa.


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       La propuesta que hoy se presenta, nos retrotrae a todos al pasado jueves 30 de marzo de
2022. ¿Y qué pasó el 30 de marzo de 2022? Pues que se aprobó el nuevo Plan General de
Ordenación Urbana de Bilbao para los próximos 20 y 30 años. Un plan que salió adelante con el
único apoyo del EQUIPO DE GOBIERNO y la abstención del Grupo Municipal EUSKAL HERRIA
BILDU (EH BILDU) y el Grupo municipal PARTIDO POPULAR y nuestro único voto en contra.

        Fueron muchas las razones por las que nosotras desde el Grupo Municipal ELKARREKIN
BILBAO decidimos no apoyar el nuevo Plan General. Pero ¿sabéis cuál fue la principal? La
vivienda. En el nuevo Plan General que se nos estaba planteando no se asegura el derecho a la
vivienda. La realidad es que la normativa del nuevo Plan General que tenemos no recoge ningún
compromiso con relación a la vivienda de alquiler asequible y ahora, lógicamente, nos vemos en
estas.

        En aquel momento, planteamos destinar, por lo menos, la mitad de las reservas de nuevo
suelo de VPO para alquiler social-asequible, y el EQUIPO DE GOBIERNO nos dijo que no. Y
resulta que sólo un año después, con la aprobación de la Ley estatal por el Derecho a la Vivienda,
ahora ya es obligatorio que la mitad de las viviendas de protección oficial previstas en el
planeamiento sean de alquiler social (artículo 15). Así que nuestro Plan General, tan sólo un año
después, ya se ha quedado desfasado.

        En materia de reservas de suelo para vivienda protegida en el Plan General no se habla de
vivienda en alquiler en ningún momento. No se hizo ningún tipo de previsión, lo avisamos. Y esta
omisión contrasta de forma bastante evidente con los propios datos de partida que se extraen de la
memoria del Plan General, y que se reflejan en el Cuadro 15 de la Memoria (página 110), sobre el
parque público de vivienda en alquiler en el momento de formularse el Plan General y que
ascendía a la mareante cifra de 566 viviendas públicas en régimen de alquiler social. Las viviendas
de VVMM (4.100 viviendas) apenas rotan y tienen una capacidad muy limitada para atender la
demanda de alquiler social, como sobradamente conocen.

         Bizigune y otros programas públicos pueden movilizar en torno a 1.500 viviendas libres en
alquiler asequible, tirando por lo alto. Esto es una oferta de unas 2.000 viviendas en alquiler
asequible, pero tenemos 16.000 bilbaínos y bilbaínas esperando en Bilbao una vivienda de alquiler
a un precio asequible.

        Los suelos para alojamientos dotacionales pueden paliar este desfase, pero sin
compromisos presupuestarios de promoción de los mismos, apenas movilizaremos esta figura para
atender la demanda. No se nos puede escapar que esta es una fórmula que requiere de promoción
pública y, por tanto, de mucho presupuesto para la construcción, y lo hemos visto en Amezola con
las que se están promoviendo desde Viviendas Municipales (VVMM).

         En definitiva, que ahora se plantee actualizar el Plan Director de Vivienda de Bilbao
incluyendo un Plan de Inversión de VVMM, para el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO no es
creíble. Un plan director de vivienda que hace un año nosotras solicitamos la comparecencia del
señor Bilbao para dar cuenta de su cumplimiento, y que para nosotras fue bastante decepcionante.
Apenas se aportaron datos del nivel de cumplimiento de los objetivos del mismo y se evidenció que
el Área de vivienda es un área en el Ayuntamiento de Bilbao desnuda, sobre todo desnuda en
cuanto a presupuesto, porque ya lo hemos dicho muchas veces, es el Área que menos
presupuesto recibe en el marco de los presupuestos municipales, está en el último lugar.

         Así que, para terminar, les voy a dar sólo un dato muy relevante. La mayor parte de las
nuevas viviendas previstas en el Plan General se sitúan sobre suelos que ya son públicos;
bastantes de ellos municipales. Tenemos claro que, si de verdad se quiere avanzar en materia de
alquiler asequible, por donde primero hay que empezar (aunque no sea suficiente) es por el
patrimonio público municipal de suelo. Pero la realidad es que EL EQUIPO DE GOBIERNO ni
siquiera es capaz de comprometer sus propios recursos al alquiler asequible, algo que nosotras ya


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planteamos repetidamente en este Pleno.

        Termino. Tenemos un problema grave con la vivienda en Bilbao. Hacen falta medidas
valientes y compromisos concretos, no buenas palabras. Por ello nosotras, el Grupo Municipal
ELKARREKIN BILBAO, no la podemos apoyar”.

          SRA. GARAGALZA: “El Grupo Municipal PARTIDO POPULAR estamos de acuerdo en
incentivar el alquiler de viviendas, hay que hacerlo, pero opinamos que una manera de incrementar
el alquiler es incentivando la fiscalidad y no castigando a los propietarios de viviendas ocupadas, y
hay que asegurar el cumplimiento de esos objetivos incrementando el parque de viviendas
destinadas a políticas sociales pero también adecuar la financiación de las administraciones
territoriales, que deberán determinar las cantidades que van a destinar y el grado de avance a
medida que se van consiguiendo los objetivos. Hay que ir informando si no seguirá reduciéndose la
oferta de alquiler y cada día, por el contrario, siguen incrementándose el número de ocupaciones.

         ¿Qué medidas fiscales proponemos? Pues, por ejemplo, eximir el pago del IVA, del IBI a
los a los propietarios de viviendas ocupadas, que se puedan hacer deducciones en la renta, que el
Gobierno avale, pues quizá hasta un 15% de la vivienda que va a alquilar una
persona. Necesitamos cubrir la demanda, pero no podemos lanzar mensajes negativos a los
propietarios, tenemos que apoyarles con el tema de los okupas, tenemos que reforzar la seguridad
jurídica, asegurarles que en un plazo determinado el okupa va a salir de esa vivienda.

        Incrementar 300 viviendas al año en un plazo de 5 años, sí nos cubre los 1.700 y pico
euros que necesitamos de vivienda, pero durante estos 5 años se sigue incrementando la
demanda. Entonces bueno, pues esto es lo nuestro, lo del Grupo Municipal PARTIDO POPULAR,
hacer incentivar la fiscalidad y no lanzar mensajes negativos a los propietarios de viviendas.
Eskerrik asko”.

        SRA DIEZ: “Eskerrik asko Alkate jauna. Bueno, señor Renedo, gracias por leerse nuestro
programa electoral. Yo lo hago, leo el mío, procuro llevarlo a cabo, leo el de mi compañero de
EQUIPO DE GOBIERNO y me gusta…, pero creo que el programa electoral del PSE-EE es una
guía, es una declaración de intenciones.

         Yo quiero comenzar reafirmando que nuestro compromiso con los ciudadanos y con las
ciudadanas de Bilbao es ampliar el parque de vivienda de alquiler en este mandato, por lo que
bueno, lo que quiero transmitirles es que vamos a incorporar un número importante de viviendas de
alquiler en los próximos años. Seguramente no 1.335, pero quiero que me escuche todos los datos
que les voy a trasladar.

       Yo creo que este EQUIPO DE GOBIERNO quiere ir más allá y se propone hacer más
cosas en materia de vivienda. No solo incorporar recursos residenciales, sino además desde el
Área de vivienda queremos trabajar con rigor, siendo realistas y teniendo en cuenta los datos para
no crear expectativas que no podamos cumplir. Eso significa que vamos a trabajar con seriedad,
con planes y con presupuestos. Y lo vamos a hacer de la mano de quién puede, debe y quiere
ayudarnos también, es decir, también de la mano del departamento de Vivienda de Gobierno
vasco.

       Pero todos saben que estamos al principio del mandato, y por eso, lo digo desde ahora,
que es precipitado fijar un número completamente exacto de viviendas o alojamientos dotacionales
que conseguiremos incorporar en estos 4 años. Creo que todavía es prematuro. Sin embargo,
algún dato sí que les voy a dar, porque lógicamente tenemos nuestras previsiones, siempre
dependiendo de los distintos desarrollos urbanísticos que puedan surgir.

       Lo que sí puedo afirmar es que vamos a realizar una ampliación sostenible, real y
adecuada y para ello, como proponemos en nuestra enmienda, -que bueno, no les ha gustado,
pero voy a intentar que les guste-, el primer paso será la actualización del Plan Director de Vivienda


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y la elaboración de un Plan de Inversiones de Viviendas Municipales que recogerá también esa
colaboración con el Gobierno Vasco.

         Los presupuestos municipales tienen que recoger una propuesta sostenible en el tiempo y
adaptada a la capacidad de inversión de este de este Ayuntamiento y servir para consolidar una
política de vivienda que contemple todas las situaciones que se dan en la etapa vital de nuestros
vecinos y nuestras vecinas, que dé prioridad, por ejemplo, a la intergeneracionalidad. Nos parece
importante ir a un modelo de vida en el que se compartan espacios y se atiendan las necesidades
específicas de cada persona en función de sus condiciones y de su momento vital, el momento que
atraviese. Porque no son iguales las necesidades de una pareja joven que quiere emanciparse,
que las de una persona mayor que quiere abandonar la situación de soledad no deseada.

         En la OAL, en Viviendas Municipales, se lleva realizando un esfuerzo histórico, que
siempre digo 105 años concretamente, para el desarrollo, mantenimiento y revalorización del
Parque de vivienda pública en alquiler en Bilbao. Y concreto: desde el presupuesto del
Ayuntamiento, -de ahí los pactos que a veces generan lo que les voy a comentar-, vamos a
realizar, o se va a realizar, hay un acuerdo en estos 4 años de 12 millones para el Área de
Vivienda, fondos que se sumarán también con el dinero de Viviendas Municipales para la
promoción de nuevos recursos residenciales. Es decir, por primera vez la OAL Viviendas
Municipales va a recibir un ingreso extraordinario.

        Les adelanto también que próximamente presentaremos el proyecto de construcción de 80
ADAS, de 80 alojamientos dotacionales, que sumamos a los 68 construidos en el mandato pasado
en Amezola, y no duden que habrá más proyectos de inversión de vivienda protegida en alquiler en
esta ciudad. Le decía que en materia de vivienda no se trata solo de ampliar el Parque Público, que
también. Vamos a destinar 20 millones de euros que van a contribuir a una regeneración integral
con criterios de eficiencia energética, de accesibilidad universal, de energía renovable, de
urbanización verde y formación para el empleo, importante, en cuatro barrios de Bilbao, en
Otxarkoaga, Torre Urizar, Santurtxi y Peñascal. Me parece importante recordar esto.

        Y también les anuncio que vamos a actualizar el censo de vivienda vacía, porque la
movilización de esas viviendas están sujetas a un plazo de 2 años para poder declararlas como
deshabitadas. Creo que continúo después. Eskerrik asko”.

       SR. RENEDO: “Eskerrik asko Alkate jauna. Cada una hemos aprovechado para hablar un
poco de nuestro libro. Algunos libros suenan mejor que otros. El libro del Grupo Municipal
PARTIDO POPULAR no suena nada bien, tampoco venía a colación con lo que estamos
proponiendo.

        En el Grupo Municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU), nosotras, porque somos
positivas por naturaleza, poner el foco por lo menos en lo que hemos arrancado también con esta
proposición, ya es el que se plantee hoy aquí que por fin que Viviendas Municipales va a contar
con un dinero presupuestario que nos parece básico en 2023. No sé si hay que celebrarlo, pero es
bastante básico. Pero nos parece un paso adelante y una cuestión positiva. Por supuesto que hay
muchísimas más medidas que la de construir vivienda pública, tenemos muchas medidas y
tenemos 4 años para hablar de medidas de vivienda y tenemos muchas, muchas cosas que se
pueden hacer.

        La propuesta que hemos traído hoy, de mínimos, creemos que es viable, no creemos que
es desproporcionada. Tampoco entendemos por qué hay un miedo a tomar ese compromiso por
parte del Grupo Municipal SOCIALISTAS VASCOS, una cuestión que se lleva en el programa, una
cuestión que creemos que es viable. Porque no hablamos de que sea Viviendas Municipales la que
disponga de ese parque, sino de poner mecanismos diferentes con otras instituciones, con el
programa Bizigune, con vivienda vacía… O sea, hay opción para llegar como mínimo a ese número
que creemos que no nos acerca a la demanda que tenemos, porque, como ha comentado la
señora Viñals, hay 21.000 personas ya a la espera de vivienda pública de alquiler en Etxebide. Y


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acabo con algo que siempre me dice mi ama: “Hechos son amores”, el resto…Eskerrik asko.”

         SRA. VIÑALS: “A ver poco más, o sea, tenemos una emergencia habitacional clave,
nosotros, desde el grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, hemos presentado un montón de
propuestas, todas dirigidas a fortalecer el Parque Público de Vivienda, y lo más importante que se
necesitea es financiación y nos da mucha pena que el Área de vivienda nunca esté lo
suficientemente dotada presupuestariamente. Lo suficiente para la demanda como debería de
estarlo, y por eso para nosotras esa ha sido, -y sigue siendo-, una prioridad política, el poder
ofrecer a los bilbaínos y bilbaínas una vivienda pública de alquiler asequible.

        Insisto, son muchas las personas que están en listas de espera de Etxebide, pero es que a
eso se unen todas las personas que quizá no están dentro de los baremos de Etxebide, pero que
tienen un sueldo no lo suficientemente sólido para poder afrontar un alquiler de vivienda libre que
de media está en 800/900 euros en Bilbao. Es decir, el problema de vivienda es muy amplio y
estamos hablando de que trunca proyectos de vida y que es algo básico poder disfrutar de tu techo
y poder desarrollar tu proyecto de vida aquí, en Bilbao, en tu ciudad.

        Entonces no vemos el compromiso. O sea, escuchando ahora a la señora Díaz, vemos que
se va avanzando en ello, que nos llegan unos presupuestos a la vuelta de la esquina y nos
alegramos de que vaya a haber un refuerzo, pero ahora mismo el texto que se ha propuesto es
actualizar el Plan Director de Vivienda y ya está, entonces, no vemos un compromiso como tal. Sin
más”.

         SRA. GARAGALZA: “Sí, quizás si se mejorara la facilidad para alquilar viviendas libres,
también se reduciría esa lista de espera de 20.000 personas. Entonces, a eso es a lo que yo me
refiero. Ahora estamos viendo que si hay un proyecto que parece bonito, pero mientras tanto, yo
creo que a los propietarios de viviendas que han comprado sus viviendas, es que incluso ¡hasta les
señalamos con el dedo culpándoles de que tengan una vivienda vacía en alquiler! Lo habrán
comprado con su esfuerzo y si les incentivamos, les animamos a que alquilen, pues bajará esa lista
de espera.

         Y luego, a la juventud también se les puede ayudar tanto en vivienda incluso…, bueno,
estoy hablando de la vivienda privada, se les puede ayudar para que alquilen vivienda privada con
ayudas como se ha hablado, de entradas, de avales, de subvenciones… y sería otra manera de
bajar la necesidad de vivienda municipal o de vivienda pública, Eskerrik asko”.

        SRA. DIEZ: “Yo creo que el objetivo es el mismo. Yo, señora Viñals, que me diga usted que
la propuesta que hacemos hoy, con la enmienda que hacemos hoy, yo creo que nos tienen que dar
tiempo. Yo sí que quería poner también en valor ese actor indispensable para la vivienda pública
en Bilbao, que es el Gobierno Vasco, y simplemente con el tema de la juventud que nos preocupa
a este EQUIPO DE GOBIERNO, nos preocupa extraordinariamente. Hay que dar una salida y
tenemos que propiciar que se queden en la ciudad en las mejores condiciones, sí que me gustaría
poner en valor, insisto, que en materia de vivienda creo que son 2.141. En Gobierno Vasco los
datos de estos compromisos con Bilbao reflejan la gestión de 2.141 viviendas en alquiler público,
sumando el Departamento, Alokabide y Bizigune, y que hay más de 5.000 prestaciones
económicas entre el derecho subjetivo de vivienda y el complemento de vivienda. Son 22 millones
anuales en ayudas.

        Y el departamento de vivienda del Gobierno Vasco tiene en proyecto la adjudicación de
obra para este mandato de un total de 679 viviendas en Bilbao. Y por su parte, Visesa, también la
entidad de promoción de vivienda, tiene previstas 774 viviendas de protección pública, la mayoría
en alquiler. Les quiero decir con ello que hace un total de 1.453 viviendas protegidas, en su
mayoría en alquiler para Bilbao, con un esfuerzo inversor de más de 215 millones de euros.

          Comparto con todos ustedes.Esta es un Área en la que nunca vamos a estar satisfechos,



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siempre nos van a quedar muchas cosas por hacer, porque lo que realmente estamos intentando
es que la mayoría de los bilbaínos tengan la oportunidad de una vivienda asequible. Yo, por darle
la razón a su ama, señor Renedo, la mía decía lo mismo, es decir, las palabras al final…, bueno, no
me den 100 días pero denme 3 años y posiblemente tengamos ese debate y podemos poner en
común todo lo que hemos hecho. Eskerrik asko”.

        SR. ABAUNZA: “Únicamente para complementar las informaciones dadas por mi
compañera, la señora Díez. En lo que tiene que ver con el planeamiento, que aquí también se ha
venido a decir, sabemos que el Plan General es un documento que a la señora Viñals le encanta y
le apasiona. Solamente por recordar que en ese plan se prevén 15.300 nuevas viviendas y que el
45,67% de estas viviendas van a ser de protección oficial, lo que está por encima de los estándares
que marca la ley vasca del suelo.

        Por lo tanto, parafraseando aquí al señor Renedo “hecho son amores”. Como también
hechos son amores, el hecho de que los últimos 10 años se han terminado de construir 2.758
viviendas de protección pública en Bilbao. Esos son hechos también. O que el Gobierno Vasco,
aparte de los datos que ha dado la señora Díez de próximas promociones, tenga también en
marcha ya 4 expedientes para la construcción de alojamientos dotacionales en Bilbao, 66
alojamientos en Jesús Galindez, 60 en Arangoiti, 107 en Gabriel Aresti y 60 en la calle Morgan.

        Por lo tanto, estamos trabajando y -como dice la señora Díez-, nunca va a ser suficiente.
No nos conformamos con esto, pero sepamos de dónde partimos. Los datos que tenemos en
Bilbao también son francamente buenos en comparación con otros municipios: una vivienda social
en alquiler por cada 80 habitantes. ¿Cómo están en otras capitales? En Barcelona, una por cada
187 habitantes; en Madrid, una por cada 529 habitantes; en Málaga, una por cada 438… Y
podríamos seguir.

       Por lo tanto, ¿hace falta?, sí, ¿tenemos que hacer más?, sí, ¿estamos en camino de hacer
más?, también. Pero sepamos de dónde partimos, que es una muy buena situación y que pocas
ciudades habrán hecho una reserva de suelo como la que ha hecho Bilbao para futuras
promociones de vivienda de protección oficial. Eskerrik asko”.

        SR. RENEDO: “Eskerrik asko alkate jauna. Puntualizar varias cosas. La ley del suelo marca
los mínimos, no marca el estándar recomendable. Digo porque es muy reiterativo, está más por
encima, evidentemente, porque no se puede estar por debajo, sería ilegal, digo.

        Segundo, tenemos buenos datos, pero vivimos de las rentas, no estamos incrementando el
Parque Público municipal. Llevamos muchos años con esos datos, vivimos una renta que otro día, -
no hay tiempo-, explicaremos de dónde viene, si queremos.

       Y para acabar, poner el foco: la situación es dramática, es dramática. Hay muchas
personas en nuestra villa que les va la vida en tener una vivienda asequible. Entonces, no vamos
tampoco a banalizar el debate en una situación dramática, ya hemos dicho que los números son
malos en proporción. Hay mucha gente demandando vivienda y poca oferta pública de alquiler. Nos
podemos felicitar por un montón de cosas, pero la situación no es buena. Y acabar poniendo el
foco en positivo, como he dicho antes, nosotras, en el Grupo Municipal EUSKALHERRIA BILDU
(EH BILDU) somos entusiastas, por lo cual explicar el sentido del voto: vamos a abstenernos a la
propuesta del Gobierno, porque evidentemente, como se ha dicho aquí, no va con lo que
estábamos proponiendo concretamente. Y parece que es un poco…muy generalista, pero bueno.
Vemos luz por lo menos y creemos que hay camino por recorrer. Así que, eskerrik asko”.

        SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko Alkate jauna. Señor Abaunza, ¡claro que me gusta el Plan
General de Ordenación Urbana! Es la hoja de ruta donde se plasma el modelo de ciudad, de
nuestra ciudad de Bilbao para los próximos 20-30 años. No es un voto y un posicionamiento
cualquiera, es muy importante. Y lo que se ha proyectado para el futuro en materia de vivienda a
nivel de planeamiento urbanístico no asegura el derecho a la vivienda, derecho subjetivo


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reconocido en el Gobierno Vasco, y no hay ningún compromiso con relación a la vivienda de
alquiler. Lo decía ahora el señor Renedo, se cumple quizá un poquito más el estándar mínimo
legal, pero no es suficiente.

       Nosotras, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, no decimos que no se haya hecho
nada, decimos que no es suficiente. Porque a los más de 16.000 bilbaínos y bilbaínas que están
esperando en Bilbao desde hace años en la lista de espera de Etxebide, creo que les importa bien
poco cómo funciona la política de vivienda de Barcelona, por ejemplo.

        Entonces, perdimos una gran oportunidad de haber sido más valientes y más ambiciosos,
en asegurar a nivel de planeamiento urbanístico el cumplir con el derecho a la vivienda. Y
comentaba la señora Díez que hay que darles tiempo. Pues es que, precisamente, lo que no
tenemos aquí es tiempo, insisto, porque es que estamos hablando de un derecho subjetivo que es
el derecho a la vivienda.

        Y no es que no vayamos a estar nunca satisfechas, ¡claro que no lo vamos a estar!, pero lo
que sí que no podemos permitir, es que cuestiones que sí se pueden poner en marcha no se
hagan. Y eso está pasando. Hemos traído muchas propuestas a este Pleno para mejorar la política
de vivienda y no se ha hecho pudiéndose hacer. Entonces nosotras, en el Grupo Municipal
ELKARREKIN BILBAO, insistimos, estamos en emergencia habitacional y con lo que ahora mismo
se está haciendo no es suficiente y se puede hacer más. Entonces nosotras vamos a abstenernos
a la enmienda. Eskerrik asko”.

        SRA. DIEZ: “Terminando. Creo que no he sido generalista, creo que he anticipado
cuestiones que son importantes para la vivienda en Bilbao. Los tiempos…, como le he dicho al
señor Renedo, ¡denos tiempo para hacer! Yo creo que esta enmienda la podríamos haber…-y les
agradezco la abstención y no un no-, la podríamos haber admitido porque lo que realmente el
objetivo de la enmienda es claro, es incrementar el Parque Público de viviendas y los alojamientos
dotacionales, es impulsar la rehabilitación, que saben ustedes que la necesitamos, porque tenemos
un Parque de vivienda de 4.230 viviendas pero que, evidentemente, tenemos que cuidar, porque
eso dignifica. Y hay muchos proyectos, como le he comentado, en muchos barrios, dignifica la
vivienda que ya tenemos y dignifica la vida de las personas que viven en ellas, y fomentar la
regeneración urbana como elemento de cohesión social, tan importante en Bilbao con las zonas
tan deprimidas que tenemos.

       Les agradezco la abstención, pero bueno, me habría gustado que remaran todos en el
mismo barco”.

       Bozkatu egin da GOBERNU TALDEAK                    Se somete a votación la enmienda de
aurkeztutako aldatzeko zuzenketa, eta hau           modificación presentada por el EQUIPO DE
izan da emandako botoen emaitza:                    GOBIERNO, siendo el cómputo de los
                                                    sufragios emitidos el siguiente:


    Emandako botoak: 29                                Votos emitidos: 29

    Baiezko botoak: 17 jaun-andre: Aburto,             Votos afirmativos: 17 señoras/señores:
    Arregi,   Ajuria, Abaunza,    Ibarretxe,           Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
    Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,             Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,
    Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,            Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,
    Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga eta              Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga y Bilbao
    Bilbao Urquijo.                                    Urquijo.

    Abstentzioak: 12 jaun-andre: Del Río,              Abstenciones: 12 señoras/señores: Del
    Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                  Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
    Undabarrena, Martínez, Rodrigo, Goti,              Undabarrena, Martínez, Rodrigo, Goti,


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mamia cómo para poder posicionarte realmente de lo que vamos a votar.

        Y les reconozco que, leída la iniciativa y tras escuchar atentamente al señor Rodrigo, pero
también al señor Otxandiano, en una especie de rifirrafe amistoso sobre si Bilbao lidera o no lidera,
si gana, empata o pierde liderazgo. La conclusión que puedo sacar, sencillamente, es que la
discrepancia está en la nomenclatura, pero no en lo que se entiende por liderazgo. Y tanto el
EQUIPO DE GOBIERNO como el señor Rodrigo entienden el liderazgo como el ejercicio del poder,
que según el sociólogo Max Weber, definía como: “la capacidad que tienen los seres humanos o
las entidades, para imponer voluntades incluso ante la resistencia de los miembros de una
comunidad que se oponga a este”, porque competir y eso es lo que nos plantean, un Plan de
Competitividad, va precisamente de que uno pierda para que el otro gane.

        El grupo municipal ELKARREKIN BILBAO entiende que el liderazgo de una ciudad se
puede entender y construir también por su capacidad de generar redes de cooperación y actuar
como agentes en cambio positivo. Creemos en un modelo de liderazgo cooperativo que involucra
asertivamente a los grupos de interés internos y externos. En la gestión y en la resolución de los
problemas o retos específicos para la consecución de un fin compartido. Con tres características
fundamentales: la sensibilidad, la interactividad y la corresponsabilidad.

       Y queremos que el liderazgo de Bilbao, como ciudad de, y con valores, no puede limitarse
a un compendio de datos estadísticos sobre viajeros, desempleo o inversión o el PIB, que ya es
para muchos economistas un índice atrasado. Porque el liderazgo es también ser altavoces y
ejemplos de lucha contra el cambio climático, por el derecho a la vivienda, ser una ciudad abierta y
de acogida o capaz de garantizar a las personas jóvenes la posibilidad de poder desarrollar su
proyecto autónomo de vida. Liderar supone ser ejemplo positivo referente en otros ámbitos también
como el bienestar, la protección social, la cultura, el ocio o incluso la felicidad.

          Y en el último turno termino de explicarme, Eskerrik asko”.

       SR. OTXANDIANO: “Eskerrik asko. Señor Rodrigo, usted y yo sabemos que los dos nos
tomamos muy en serio la reflexión respecto a los datos. Yo también he utilizado datos estadísticos
y además luego he cumplimentado con algunos rankings, pero he utilizado datos estadísticos
¿Correcto?

       Voy a anunciarle algunas claves, que digamos, en todos los papers a nivel europeo se
anuncian como algunas de las claves para la competitividad urbana y además, en parte voy a
aprovechar para dar un poco de respuesta y reflexión a las consideraciones del señor Jiménez.

         Educación de calidad, no solo Bilbao. Euskadi está muy por encima de la media europea
en educación, en educación superior tiene tasas de abandono temprano mucho más bajas que la
media europea y rozamos un nivel de excelencia, no solo a nivel europeo, a nivel mundial.
Infraestructuras, el aeropuerto, el puerto, todas las infraestructuras digitales y tecnológicas están
creciendo de manera importante. Innovación y tecnología, este país, Euskadi, tiene una red vasca
de ciencia, tecnología e innovación que le coloca como una región europea puntera en términos de
innovación, de digitalización y de tecnologización. Un clima empresarial favorable. Calidad de vida,
calidad de vida también. Diversidad y tolerancia. Señor Jiménez, diversidad y
tolerancia. Sostenibilidad ambiental, conectividad global, infraestructuras, educación, gestión
urbana, una gestión urbana excelente, señor Rodrigo, usted en su proposición hacía referencia a
que el Plan debía de ser transversal y no le he escuchado nada vinculado a la transversalidad.

        Estos son algunos de los factores, que digamos en el ideario común europeo, están
establecidos como algunos de los elementos fundamentales para mejorar la competitividad
urbana. Señor Jiménez, comparto algunas de las claves que ha dicho, pero en ocasiones parece
que levanta el manifiesto, no voy a decir cuál, pero parece que levanta el manifiesto y empieza a
arremeter con una serie de factores con los que seguramente no se tratan en el debate de hoy
porque no era la proposición del señor Rodrigo, pero vamos perfectamente encantadas de


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    Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,             Urtasun, Olabarria, Claver, Odriozola,
    Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,            Ochandiano, Erroteta, Inunciaga, Abete,
    Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga eta              Díez, Pérez, Bilbao Aldayturriaga y Bilbao
    Bilbao Urquijo.                                    Urquijo.

    Ezezko botoak: 4 jaun-andre: Martínez,             Votos negativos: 4 señoras/señores:
    Rodrigo, Goti eta Garagalza.                       Martínez, Rodrigo, Goti y Garagalza,

    Abstentzioak: 8 jaun-andre: Del Río,               Abstenciones: 8 señoras/señores: Del Río,
    Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                  Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
    Undabarrena, Viñals eta Jiménez.                   Undabarrena, Viñals y Jiménez.

      Horrela,    bada,    onetsi   egin    da            En su virtud, se aprueba la enmienda de
GOBERNU TALDEAK aurkeztutako aldatzeko              modificación formulada por el EQUIPO DE
zuzenketa, eta, beraz, bertan behera geratu da      GOBIERNO, por lo que decae la proposición
PARTIDO        POPULAR         udal    taldeak      presentada por el grupo municipal PARTIDO
aurkeztutako proposizioa.                           POPULAR.

32. PROPOSIZIOA PARTIDO POPULAR                     32. PROPOSICIÓN del Grupo Municipal
    Udal Taldearena, proposatzen duena                  PARTIDO POPULAR, que plantea la
    Osoko Bilkurak erabakia hartu dezan                 adopción de un acuerdo plenario
    GOBERNU TALDEARI eskatzeko, bere                    mediante el que se inste al EQUIPO
    eskumen-eremuaren baitan, pisuetan                  DE GOBIERNO a impulsar, dentro de
    egiten diren jarduerak kalerako mailara             su     ámbito    competencial,     las
    lekualdatzeko     beharrezkoak   diren              acciones necesarias para favorecer
    ekintzak bultza ditzala.                            el traslado a pie de calle de aquellas
                                                        actividades que se desarrollen en
                                                        pisos.

       PARTIDO POPULAR udal taldeak                       Proposición que presenta el grupo
aurkezten duen proposizioa, xedapen zatian          municipal PARTIDO POPULAR, cuya parte
hitzez hitz honela dioena:                          dispositiva es del tenor literal siguiente:

“El pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la Junta del Gobierno a impulsar, dentro de su ámbito
competencial, las acciones necesarias para favorecer el traslado a pie de calle de aquellas
actividades que se desarrollen en pisos.”

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun              El Alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak           los Sres. y Sras. concejales y concejalas de
xedatutakoaren arabera:                             acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                    Orgánico del Pleno:

       SR. RODRIGO: “Eskerrik asko alkate jauna. Intentaré ser breve, creo que todos tenemos ya
ganas de terminar este Pleno. La proposición es clara y meridiana, es evidente lo que se plantea.
Dos perspectivas planteamos con esta moción, una vinculada al impulso a la actividad económica.
Esta propuesta lo que promueve es que se desarrolle ese comercio de cercanía, ese local que da
luz, vida, seguridad a nuestros barrios y también bajar a pie de calle a esos locales, -muchos de
ellos hoy, lamentablemente, vacíos-, a esas actividades económicas que se encuentran en pisos
de nuestra ciudad, y, así mismo, con ese trasladarse a pie de calle, liberar vivienda que permita
que el mercado también, -ya sea de alquiler o sea de propiedad, venta de vivienda en definitiva-,
pueda tener una mayor oferta y pueda llegar a satisfacer en algún punto -o lo que se pueda-, la
demanda real importante que hay en nuestra ciudad.

       Y en ese sentido, proponemos algo que sabemos que ya se hace en otros municipios, que
tenemos el convencimiento de que se hará, y que también desde una perspectiva fiscal se ha
incentivado desde este Ayuntamiento.


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2023-10-26PDF (p.185)
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       En nuestro caso apostamos por una incentivación en positivo, no por una penalización, pero
siempre nos estamos centrando a nuestro ámbito competencial, ya sea fiscal, o puede ser
subvenciones o pueden ser…, múltiples ámbitos. Esa es la idea que les trasladamos y estamos
abiertos a su debate. Gracias”.

        SRA, VIÑALS: “Eskerrik asko Alkate jauna. Señor Rodrigo. La verdad que nada más leer su
propuesta dijimos: “esto nos suena”. Revisamos el histórico de debates plenarios y Pleno municipal
de enero de 2022, el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR presentó una propuesta en la que
solicita, cito literal, solicitaba, “impulsar el procedimiento legalmente establecido para habilitar el
uso como vivienda, del mayor número posible de entreplantas e inmuebles en altura destinados
actualmente de manera exclusiva a oficinas y negocios, con el fin de sacar más viviendas al
mercado, tanto de compra como de alquiler, facilitando el acceso a la vivienda con precios más
asequibles, e incentivando el uso de los locales a pie de calle vacíos en estos negocios y oficinas”.
Es decir, lo que ustedes hoy parece que vuelven a plantear. Y digo parece, porque es verdad que
leemos el literal de vuestra propuesta y no se entiende nada bien, y es bastante incompleta. Y
además, la verdad es que es sorprendente, porque su compañero, el señor García, hablaba de
“vivienda con precios asequibles”, pero usted hoy aquí habla de “viviendas para alquiler”, fin. Entre
otras cosas, sí.

       Dicho esto, nosotras, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, vamos a mantener el
mismo posicionamiento respecto al año pasado. Lo que se pidió y lo que hoy se vuelve a pedir ya
lo posibilitaba el plan general del 95 y lo posibilita el nuevo Plan General de ordenación urbana.
Esto es, “habilitar en los edificios residenciales la conversión en vivienda de oficinas en plantas
superiores, entreplantas y locales a pie de calle siempre y cuando se reúna los requisitos”. Y estos
requisitos se recogen en el artículo 146 de las “Condiciones de implantación de viviendas en planta
baja y de división de viviendas o cambio de uso a vivienda en edificios residenciales existentes” y
más en concreto en su punto 2 donde se exigen las “condiciones para cambios de uso a vivienda (y
usos asimilables) en una o más plantas altas de edificaciones residenciales existentes”.

       Por lo tanto, esta propuesta que plantea, señor Rodrigo, no la vemos necesaria, no hace
falta instar al EQUIPO DE GOBIERNO a hacer absolutamente nada en este sentido porque la
propiedad de los inmuebles ya lo puede hacer. ¿Y por qué no lo hace, señor Rodrigo? Pues por
algo muy sencillo, algo que ustedes defienden a ultranza, que es por el mercado. Esto es, ¡el alto
precio de las lonjas! Le aseguro que si un local bajo y una oficina en primera planta tuvieran el
mismo precio por m2 hace tiempo que esto hubiera cambiado. ¡Qué más quisiera un comerciante o
un despacho profesional que poder abrir su local a pie de calle!

       Con todo, nos alegra que el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR plantee propuestas para
solucionar lo que es una verdadera alarma social que son los desahucios y es la emergencia
habitacional que tenemos en Bilbao, que no supone otra cosa que poder acceder a una vivienda
pública de alquiler a un precio asequible. Nada más, eskerrik asko”.

       SRA. PEREA: “Eskerrik asko Alkate jauna. Coincidimos otra vez en la necesidad de tener
comercios a pie de calle en lugar de ubicarlos en primeros pisos, pero, ahora, ¿a qué se refieren
cuándo hablan de “acciones necesarias para favorecer el traslado a pie de calle”? ¿A qué
actividades se refieren? ¿Lo mismo una notaría que una peluquería, por ejemplo? Una vez más
como que falta un poquito de concreción.

      Ukaezina da kaleko merkataritza onuragarria dela, ez bakarrik jarduera ekonomikoarentzat
berarentzat, baita komunitatearentzat ere. Irisgarriagoa da, tokiko merkataritza sustatzen du, hiri-
ingurunea hobetzen du… eta gainera, irakurketa ikuspegi feministatik egiten badugu, eta egin
beharra dugu gainera, garrantzitsua da merkataritza-jarduerak kalean bertan egotea eta zonalde
monofuntzionalik ez egotea. Eta arrazoiak askotarikoak dira: merkataritzak bizia ematen duelako,
eta horrek segurtasuna ematen duelako aldi berean, denboraren kudeaketagatik, etab.



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      Baina, Viñals andreak esan du, 2022an eztabaidatu zela baina esan nahi nuen, eztabaida
hau ez dela berria, 2022an eztabaidatu zen, bai, baina HAPOaren prestaketan egoerari buelta bat
ematearen beharra ikusten zen, baina ez hori bakarrik, 2025eko Merkataritza Plan Estrategikoan
kaleko lonjen erabilera berriei buruz hitz egiten da, hiriko merkataritza-eredua eraikitzeko funtsezko
elementua baitira. Zuek etxebizitzatik jo duzue, guk merkataritza eredutik jo nahi dugu. Hor
zentratu nahi dugu gure eztabaida.

       Porque creemos que hemos convertido el centro de la ciudad en una zona comercial sin
vida, y en cuanto a los barrios, si algo tienen en común todos ellos son locales vacíos por el cierre
de negocios. Y en estos tiempos en los que los hábitos de consumo han cambiado y la cada vez
mayor presencia de franquicias y de multinacionales ahogan al comercio de cercanía, desde el
Grupo Municipal EUSKALHERRIA BILDU (EH BILDU), abogamos por intervenir a favor del
comercio local, por fomentar el comercio tradicional de proximidad como eje del desarrollo
económico y social de las comunidades, ya que creemos que este es un motor fundamental para
crear empleo, impulsar la innovación y fortalecer las relaciones vecinales. Abogamos por los
corazones de barrio, por barrios llenos de vida, por no estar prácticamente obligadas a movernos al
centro para hacer las compras o que no te quede más remedio, prácticamente, que tener que
comprar en grandes plataformas.

       Horregatik, auzoen erdigunean hutsik dauden lonjak erostea proposatzen genuen bere
momentuan, arrazoizko prezioetan alokatzeko, hurbileko zerbitzuak eta merkataritza babesteko eta,
horrela, enpresa txikiari eta ekintzaileei laguntzeko, auzo biziak sustatzeko, bai ikuspegi
ekonomikotik eta baita ikuspegi sozialetik ere.

       Aurreko proposamenean bezala, melodia gustatu ahal zaigu, bai, baina beste behin ere,
zehaztasuna falta dagoela uste dugu. Merkataritza-jarduerak kalean bertan egon beharko liratekela
bultzatu behar dugula? Bai, jakina, horrekin ados gaude. Orain, nola egin hori? Seguruenik horretan
ez gara ados egongo, baina, egia esan, lehen esan dudan bezala konkrezio faltagatik ere ezin dugu
askorik esan.

       Aurkeztutako proposamenaren justifikazioan honako hau esaten du PARTIDO POPULAR
Udal Taldeak: “agilizar trámites urbanísticos e incentivar fiscalmente esta opción hasta, por
ejemplo, cubrir los gastos que genere dicho traslado”. ¿Cómo que por ejemplo? ¿Otra cosa les
daría igual? No sé. Eskerrik asko Alkate jauna”.

      SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko. Azkenengo partetik hasiko naz, Perea andreak esandako
gauza batzuei aipamena eginez. Izan ere Udal Talde eta Gobernu Talde honek bat egiten dugu zuk
planteatutako helburu nagusi horregaz, gertuko komertzioa indartzea auzo guztietan. Hori daukagu
helburu eta horretarako lanean gabiltza.

       Desde el Área de Promoción Económica se ha trabajado con los comerciantes un Plan de
comercio que busca precisamente eso, poner en valor y reforzar la red de comercio local y de
proximidad en todos los barrios. Se hablaba aquí durante este Pleno mucho de generalidades en
los discursos. Yo, hay alguna generalidad que últimamente escucho demasiado cuando se habla
de las franquicias y de las grandes cadenas como si fueran ovnis que aterrizan en la ciudad,
olvidando que en muchos de los casos, detrás de las franquicias, hay pequeños empresarios
locales que apuestan por esas marcas en la ciudad. Otra cuestión es que aboguen por una
franquicia en lugar de por una marca propia, pero son empresarios pequeños, empresarios locales,
los que invierten en esas franquicias. Y no veo cómo desde ninguna administración se puede
establecer que éste tiene derecho a abrir un comercio y éste no. En ningún sitio se puede llegar a
ese nivel de intervención. Bueno, sí, perdón. En los países comunistas se puede decir ese tipo de
cuestiones, pero en los países occidentales, no. En los países occidentales, no.

       En cuanto a la cuestión de la conversión de viviendas, que es el tema principal que nos trae
hoy aquí, como bien ha dicho la señora Viñals, el Plan General de Ordenación Urbana ya recoge
este tipo de cuestiones. Recoge la posibilidad de convertir un espacio de actividad económica que


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esté por encima de la primera planta, otra vez en vivienda, siempre y cuando el edificio esté como
determinado como uso mayoritario residencial.

        Evidentemente, si es un edificio con uso calificado de terciario, por más que cambies el
negocio a otro sitio, no te vamos a dejar convertirlo en una vivienda. Y del mismo modo, y
pensando también en los locales en plantas bajas en desuso en los barrios, también se ha
flexibilizado la conversión de locales en viviendas siempre que estén fuera de los corredores
comerciales y de los corazones de barrio para favorecer también la conversión en viviendas, en
estos casos, además, viviendas accesibles a pie de calle en aquellos sitios en los que no hay
demanda comercial ni parece que la pudiera haber en el futuro.

       Y desde ese punto de vista, el Plan General también flexibiliza las normas de tal modo que
se puedan convertir en vivienda, y obviamente, como decía la señora Viñals, siempre y cuando
también estas unidades cumplan con todos los requisitos de habitabilidad en cuanto a
dimensiones, en cuanto a altura de los techos, en cuanto a ventilaciones, etcétera, etcétera. Por lo
tanto, creemos que no es necesario hacer ninguna otra cuestión.

       Por otra parte, que haya actividades económicas en primera planta está bien, por eso el Plan
General lo recoge como posible, porque no vemos incompatible que haya actividades económicas
en planta baja y en primeras plantas. O en primeras plantas, siempre y cuando queden por debajo
de viviendas.

       Otra cuestión es cuando tenemos la consulta del dentista en el tercero izquierda de un
bloque residencial. Ese tipo de actividades económicas están en régimen de tolerado por el nuevo
Plan General, es decir, en tanto que tienen licencias anteriores a la aprobación del Plan, mientras
siga la consulta del dentista ahí, ahí estará. Pero el día que esa consulta cierre no se puede dar
licencia para otra actividad económica en esa vivienda y por lo tanto, tendrá que volver a ser
vivienda. Pero eso ya lo dice el Plan, no hay que inventar nada. Y ya que a un empresario, me da
lo mismo que esté arriba o abajo, le financiemos el traslado de su negocio, pues me parece un
poquito fuerte”.

      SR. RODRIGO: “Eskerrik asko Alkate jauna. Noticia hace poco tiempo: “Portugalete
subvenciona con 6.000 €- el traslado de negocios en pisos a pie de calle”. No dice si es una
peluquería, si es una notaría, no dice no dice, no dice. Solo dice, repito: “Portugalete subvenciona
con 6.000 € el traslado de negocios en pisos a pie de calle”.

      Yo me pregunto, ¿sus socios de Gobierno, qué opinan de esto, por ejemplo? ¡No sé!
¡Tendrán que decir algo! Si les parece mal, si van a votar que no…No lo sé. Nosotros, es evidente
que este es un tema que hemos visto que se da en varios ámbitos que cada vez está cogiendo
más boga, abrimos un debate.

      Nosotros, el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR, lo que estamos pidiendo es que se actúe
desde el ámbito competencial municipal en todos aquellos aspectos en que se pueda fiscalmente.
Por ejemplo, la perspectiva fiscal… hay cantidad de opciones, desde una perspectiva de una
reducción en los impuestos que pagan estas personas, hasta una subvención. Hay muchos
ámbitos que se pueden tocar ¿de acuerdo? No únicamente discutimos que se pueda hacer o no,
que ya sabemos que sí, hablamos del cómo hacerlo.

       Así mismo, no nos estamos refiriendo al centro de la ciudad evidentemente, que también,
pero sobre todo nos preocupan los barrios donde, evidentemente, los locales no cuestan más que
las viviendas. Y donde hay muchísimos locales que, por desgracia, -locales, comercio minorista
tradicional-, están cerrados. Espacios que llevan mucho tiempo cerrados.

     Por lo tanto, insisto en la doble vertiente que tiene esta propuesta: la de la incentivación
económica y la de también liberar, en la medida que se pueda, donde se pueda, -evidentemente, si
es un edificio terciario, pues no se va a poder-, donde se pueda, en aquellos casos, se libere


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vivienda para el mercado de vivienda, sin entrar a especificar en qué formato tiene que ser, porque
eso lo decidirá el particular, eso lo decidirá cada uno de ellos, cada una de las personas que se
encuentran en esa situación. Muchas gracias”.

      SR. ABAUNZA: “Con todos los respetos, señor Rodrigo, cada ayuntamiento toma las
medidas que tiene que tomar en función de sus características particulares. Desconozco cuáles
son las características de Portugalete, pero en el caso de Bilbao hemos tenido muchos años de
debate en torno al Plan General, donde hemos debatido, entre otras cuestiones, de esto mismo con
los comerciantes también, y bilbaoDendak ha sido un agente importante de debate sobre este tipo
de medidas y cuestiones en la tramitación del Plan General. Repito, no consideramos que sea
necesario el establecer ningún otro tipo de medida porque ya se está dando eso.

      Está habiendo un goteo de traslados, bueno, más que de traslados de conversiones de este
tipo de actividades económicas en plantas altas a vivienda. En muchos de los casos, señor
Rodrigo, además, no porque lo haga el propietario del negocio o el empresario, porque en muchos
de los casos están de alquiler, quien lo hace es el propietario de la vivienda, que en el pasado le
rentaba más alquilarlo como oficina y hoy, ante los precios que se pagan, -sobre todo en el centro
de la ciudad por una vivienda de más de 100 m2, como tiene alguna de las oficinas- pues
evidentemente le sale más a cuenta hacer la conversión a vivienda. ¿Y encima de qué se hace
esta operación, vamos a decir, lucrativa de conversión de la oficina en vivienda? Usted nos plantea
que se la subvencionemos. Pues no lo veo”.

       SR. RODRIGO: “Eskerrik asko Alkate jauna. No estamos diciendo que se cambie el uso, no
nos centremos únicamente en el ámbito solamente urbanístico del Plan General. Estamos
hablando de más que eso, de cómo lo hacemos. Y en nuestro caso en particular, en cómo se
incentiva eso, no cómo se posibilita. Está claro que ya lo posibilitan. Nosotros estamos hablando de
incentivarlo, de cómo podemos lograr que eso ocurra cuando, en el caso de que haya interés o en
el caso de que se dé la casuística particular de que pudiera ocurrir.

      Porque creemos que es bueno, es bueno para la ciudad, porque fomenta el comercio y es
bueno para el mercado de vivienda, porque habrá más vivienda. Entonces hablamos de incentivar,
no de posibilitar, no nos quedemos con la acción de posibilitar. En nuestro caso, -y ahí es nada,
que ya estamos diametralmente opuestos a su planteamiento-, en nuestro caso la incentivación.
Cómo hacemos para fiscalmente, otros ámbitos competenciales de este Ayuntamiento,
conseguimos que eso más que un goteo en los casos en los que pueda ocurrir, que de verdad
tenga una aproximación real y que tenga un efecto positivo sobre la ciudad. Muchísimas gracias”.

      SRA. PEREA: “Señor Abaunza, no creemos que sea un problema urbanístico, sino qué es lo
que queremos incentivar. Porque es verdad que detrás de las franquicias habrá pequeños
empresarios, pero la presencia masiva de estas marcas sin alma, pues no sé si son buenas para la
ciudad. Pero bueno, que tampoco estamos diciendo, -y no quiero centrar el debate en esto-, que
prohíba franquicias, ¡ni mucho menos!, pero eso se puede hacer en positivo, igual que lo ha hecho
Barcelona, por ejemplo, incentivando un tipo de comercio concreto. Besterik gabe”.

       Bozkatu egin da PARTIDO POPULAR                     Se somete a votación la proposición el
udal taldeak aurkeztutako proposizioa, eta hau       grupo municipal PARTIDO POPULAR, siendo
izan da emandako botoen emaitza:                     el cómputo de los sufragios emitidos el
                                                     siguiente:

    Emandako botoak: 29                                 Votos emitidos: 29

    Baiezko botoak: 4 jaun-andre: Martínez,             Votos afirmativos: 4 señoras/señores:
    Rodrigo, Goti eta Garagalza.                        Martínez, Rodrigo, Goti y Garagalza.

    Ezezko botoak: 19 jaun-andre: Aburto,               Votos negativos: 19 señoras/señores:
    Arregi, Ajuria,  Abaunza,   Ibarretxe,              Aburto, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,


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2023-09-28PDF (p.33)
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   Secretaría General del Pleno




ROBLES jauna 2023ko irailaren 1etik 4ra (bi        ASIER ABAUNZA ROBLES, durante los días
egun horiek barne), ordezkari titularra eta        1 al 4 de septiembre de 2023, ambos
haren ordezkoa egon ezean.                         incluidos, en ausencia de la Delegada titular y
                                                   de su sustituto.

MARTA AJURIA ARRIBAS andrea Gizarte                Nombrar Concejales Delegados accidentales
Ekintzako Saileko behin-behineko zinegotzi-        del Área de Acción Social, a doña MARTA
ordezkari izendatzea, 2023ko abuztuaren 1etik      AJURIA ARRIBAS, durante los días 1 a 15 de
15era (bi egun horiek barne) eta ASIER             agosto de 2023, ambos incluidos y a don
ABAUNZA ROBLES jauna 2023ko abuztuaren             ASIER ABAUNZA ROBLES, durante los días
28tik irailaren 1era (bi egun horiek barne),       28 de agosto a 1 de septiembre de 2023,
ordezkari titularra eta haren ordezkoa egon        ambos incluidos, en ausencia del Delegado
ezean.                                             titular y de su sustituta.

MARTA         AJURIA     ARRIBAS      andrea       Nombrar Concejales Delegados accidentales
Berdintasun, Bizikidetza, Lankidetza eta           del     Área     de     Igualdad, Convivencia,
Immigrazio Saileko behin-behineko zinegotzi-       Cooperación e Inmigración, a doña MARTA
ordezkari izendatzea, 2023ko abuztuaren 1etik      AJURIA ARRIBAS, durante los días 1 a 15 de
15era (bi egun horiek barne) eta ASIER             agosto de 2023, ambos incluidos y a don
ABAUNZA ROBLES jauna 2023ko abuztuaren             ASIER ABAUNZA ROBLES, durante los días
28tik irailaren 1era (bi egun horiek barne),       28 de agosto a 1 de septiembre de 2023,
ordezkari titularra eta haren ordezkoa egon        ambos incluidos, en ausencia de la Delegada
ezean.                                             titular y de su sustituto.

ITZIAR URTASUN JIMENO andrea Hiri                  Nombrar Concejala Delegada accidental del
Plangintzako, Proiektu Estrategikoetako eta        Área de Planificación Urbana, Proyectos
Espazio Publikoko Saileko behin-behineko           Estratégicos y Espacio Público, a doña ITZIAR
zinegotzi-ordezkari   izendatzea,     2023ko       URTASUN JIMENO, durante los días 31 de
uztailaren 31tik abuztuaren 13ra (bi egun          julio a 13 de agosto de 2023, ambos incluidos,
horiek barne), ordezkari titularra eta haren       en ausencia del Delegado titular y de su
ordezkoa egon ezean.                               sustituto.

ITZIAR URTASUN JIMENO andrea Obra                  Nombrar Concejala Delegada accidental del
Publikoetako eta Zerbitzuetako Saileko behin-      Área de Obras Públicas y Servicios, a doña
behineko    zinegotzi-ordezkari   izendatzea,      ITZIAR URTASUN JIMENO, durante los días
2023ko uztailaren 31tik abuztuaren 13ra (bi        31 de julio a 13 de agosto de 2023, ambos
egun horiek barne), ordezkari titularra eta        incluidos, en ausencia del Delegado titular y
haren ordezkoa egon ezean.                         de su sustituto.

EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA andrea                  Nombrar Concejales Delegados accidentales
Mugikortasun          eta      Jasangarritasun     del Área de Movilidad y Sostenibilidad, a doña
Saileko behin-behineko zinegotzi-ordezkari         EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA, durante
izendatzea 2023ko abuztuaren 1etik 4ra eta         los días 1 a 4 de agosto y 28 de agosto a 4 de
abuztuaren 28tik irailaren 4ra (bi egun horiek     septiembre de 2023, ambos incluidos y a don
barne), eta ÁLVARO PÉREZ ALONSO jauna              ÁLVARO PÉREZ ALONSO durante el día 14
2023ko abuztuaren 14an zehar, ordezkari            de agosto de 2023, en ausencia de la
titularra eta haren ordezkoa egon ezean.           Delegada titular y de su sustituta.

EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA andrea                  Nombrar Concejales Delegados accidentales
Etxebizitza Saileko behin-behineko zinegotzi-      del Área de Vivienda, a doña EIDER BILBAO
ordezkari izendatzea, 2023ko abuztuaren 1etik      ALDAYTURRIAGA, durante los días 1 a 4 de
4ra eta 2023ko abuztuaren 28tik irailaren 4ra      agosto y 28 de agosto a 4 de septiembre de



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2023-09-28PDF (p.59)
 Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
   Secretaría General del Pleno




17. JAKITUN      GERATZEA       Gobernu              17. TOMA DE CONOCIMIENTO de los
    Batzordearen honako erabaki hauez:                   acuerdos de la Junta de Gobierno
                                                         siguientes:

    a) 2023ko maiatzaren 10eko Erabakia,                a) Acuerdo de fecha 10 de mayo de
       zeinaren bidez onartzen baita                       2023 por el que se aprueba la
       Bilboko       Udalaren      Barruko                 creación de un Sistema Interno de
       Informazio-Sistema bat sortzea,                     Información del Ayuntamiento de
       haren       funtzionamendu-arauak,                  Bilbao,     sus      normas     de
       barneko      informazio-kanal   bat                 funcionamiento, la implantación de
       ezartzea eta arduraduna izendatzea.                 un canal interno de información y
       2023ko ekainaren 7ko eta uztailaren                 se nombra la persona responsable.
       26ko       erabakiak,      «Barruko                 Acuerdos de fecha 7 de junio y 26
       Informazio-Sistema.                                 de julio de 2023 por los que se
       Funtzionamendu-arauak            eta                modifica el texto del documento
       informazioak kudeatzeko prozedur»                   “Sistema Interno de información-
       dokumentuaren testua aldatzen                       Reglas    de    funcionamiento   y
       dutenak.                                            procedimiento     de   gestión  de
                                                           informaciones.”

      Jakinarazi nahi diren erabakien–                     Las partes dispositivas de los acuerdos
kronologikoki ordenatuak- xedapen-zatiak             –ordenados cronológicamente- cuya toma de
honako hau diote, hitzez hitz:                       conocimiento se proponen son del tenor literal
                                                     siguiente:

                                             -17.a.1-
«BAT.- Bilboko Udalaren barruko informazio-         “PRIMERO.- Aprobar la creación del Sistema
sistema sortzea onartzea. Barruko kanal             Interno de Información del Ayuntamiento de
seguru eta konfidentzial bat izango du sistema      Bilbao, constituido por un canal interno seguro
horrek, 2/2023 Legearen 2. artikuluan               y confidencial, destinado al tratamiento de las
araututako ekintzei edo ez-egiteei buruzko          informaciones sobre las acciones u omisiones
informazioak tratatzeko.                            reguladas en el artículo 2 de la Ley 2/2023.

Onartzea, halaber, Udalaren enplegatu                Aprobar, asimismo, el establecimiento de las
publikoek eta lan-jarduera dela-eta Udalarekin       condiciones generales para el tratamiento y
harremanetan dauden edo egon diren                   gestión interna de dichas informaciones,
pertsonek    emandako      informazio   horiek       formuladas por sus empleadas y empleados
tratatzeko eta kudeatzeko baldintza orokorrak        públicos y por aquellas personas que estén o
ezartzea.                                            hayan estado en contacto con el Ayuntamiento
                                                     por motivo de su actividad laboral.

Sektore publikokoak diren eta izaera juridiko        Las entidades pertenecientes al sector público
propioa duten entitateek, Bilboko Udalari lotuta     con personalidad jurídica propia, vinculadas o
badaude edo haren mendekoak badira eta               dependientes del Ayuntamiento de Bilbao, que
berrogeita hamar langile baino gutxiago              cuenten con menos de cincuenta trabajadores,
badituzte,    barruko        informazio-sistema      como son en la actualidad Viviendas
partekatu ahalko dute udalarekin, baita              Municipales OAL, Teatro Arriaga S.A., Surbisa
ikerketak eta izapideak egiteko bideratutako         S.A., Azkuna Zentroa S.A., Funicular de
baliabideak ere. Hartara, horri buruzko              Artxanda S.A., Mercabilbao S.A., Bilbao
erabakiak aurkeztu beharko dituzte. Ezaugarri        Zerbizuak-Servicios EPEL y la Fundación
horiek dituzte honako entitate hauek: Udal           Bilbao Arte, podrán compartir con el
Etxebizitzak OAL, Teatro Arriaga S.A., Surbisa       Ayuntamiento     el   Sistema     Interno   de
S.A., Azkuna Zentroa S.A., Funicular de              Información y los recursos destinados a las
Artxanda S.A., Mercabilbao S.A., Bilbao              investigaciones y las tramitaciones, para lo
Zerbizuak-Servicios EPEL eta Bilbao Arte             cual deberán adoptar los correspondientes


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2023-09-28PDF (p.63)
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   Secretaría General del Pleno




Garraio Partzuergoari jakinaraztea, bai eta       Transportes de Bizkaia la precedente
izendatutako     pertsonei,  udal-taldeetako      resolución, así como a las personas
bozeramaileei eta eragindako bulegoetako          designadas y los Portavoces de los distintos
bozeramaileei ere.»                               Grupos      Municipales  y   dependencias
                                                  afectadas.”

      Udalbatza erabaki horren jakinaren                El Pleno queda debidamente enterado
gainean geratu da, behar den moduan.              del anterior acuerdo.


    c) 2023ko uztailaren 12ko Erabakia,              c) Acuerdo de 12 de julio de 2023 por
       BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK                        el que se designan miembros del
       toki-erakunde       autonomoaren                 Consejo    de     dirección    del
       Zuzendaritza Kontseiluko kideak                  Organismo     Autónomo       Local
       izendatzen dituena.                              VIVIENDAS    MUNICIPALES       DE
                                                        BILBAO.

LEHENENGOA.-          «BILBOKO       UDAL         PRIMERO.- Designar miembros del Consejo
ETXEBIZITZAK,      TEA      -   VIVIENDAS         de Dirección del Organismo Autónomo Local
MUNICIPALES DE BILBAO, OAL» erakunde              “BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK, TEA -
autonomoaren Zuzendaritza Kontseiluko kide        VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO,
izendatzea honako pertsona hauek:                 OAL”, a las siguientes personas:

Berezko Presidentea:                              Presidente Nato:

JUAN MARI ABURTO RIQUE TXIT GOREN                 EXCMO. SR. JUAN MARÍA ABURTO RIQUE,
JAUNA, alkatea-presidentea.                       alcalde presidente.

Kontseilariak/Bokalak                             Consejeros/as/Vocales:

1.- YOLANDA DIEZ SAIZ Etxebizitza saileko         1.-YOLANDA DIEZ SAIZ Concejala Delegada
Zinegotzi Delegatua.                              del Área de Vivienda.

2.- JON BILBAO URQUIJO zinegotzia.                2.- JON BILBAO URQUIJO Concejal.

BIGARRENA.- Akordio hau jakinaraziko zaie         SEGUNDO.- Notifíquese este acuerdo al
«BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK, TEA -                 Organismo Autónomo Local “BILBOKO UDAL
VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO,                  ETXEBIZITZAK,        TEA    -   VIVIENDAS
OAL», interesdunei, udal-talde politikoetako      MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, a los/as
bozeramaileei eta interesa duten gainerako        interesados/as, portavoces de los grupos
bulegoei. Erabaki honen berri eman Osoko          políticos municipales y demás dependencias
Bilkurari.                                        interesadas, y dese cuenta al Pleno en la
                                                  primera sesión que celebre.


    d) 2023ko uztailaren 19ko Erabakia,              d) Acuerdo de 19 de julio de 2023 por
       FUNDACIÓN        BILBAO   ARTE                   el que nombran miembros del
       FUNDAZIOAren Patronatuko kideak                  Patronato  de    la    FUNDACIÓN
       izendatzen dituena.                              BILBAO ARTE FUNDAZIOA.

     Jakinarazi   nahi   den      erabakiaren             La parte dispositiva del acuerdo cuya
xedapen-zatiak honako hau dio, hitzez hitz:       toma de conocimiento se propone es del tenor
                                                  literal siguiente:

«LEHENENGOA.-    GONZALO OLABARRIA                “PRIMERO.- Designar como miembros del
VILLOTA jauna izendatzea BILBAO ARTE-             Patronato de la FUNDACIÓN BILBAO ARTE-


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18. JAKITUN GERATZEA                  Alkatetzaren      18. TOMA DE CONOCIMIENTO de las
    honako ebazpen hauez:                                   resoluciones de Alcaldía siguientes:

    a) 2023ko uztailaren 12ko ebazpenak,                    a) Resoluciones de 12 de julio de 2023
       BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK                               por la que se nombran miembros
       toki-erakunde         autonomoaren                      del Consejo de Dirección del
       Zuzendaritza Kontseiluko kideak eta                     Organismo     Autónomo        Local
       BILBAO ZERBITZUAK-SERVICIOS                             VIVIENDAS     MUNICIPALES        DE
       enpresa-erakunde        publikoaren                     BILBAO y presidente efectivo de la
       presidente    eragilea    izendatzen                    Entidad    Pública     Empresarial
       dituztenak.                                             BILBAO ZERBITZUAK-SERVICIOS.

     Jakinarazi nahi     diren    ebazpenen                   Las    partes   dispositivas      de las
xedapen-zatiek honako hau diote, hitzez hitz:           resoluciones cuyas tomas de conocimiento se
                                                        proponen son del tenor literal siguiente:

                                                 -18.a.1-

«LEHENENGOA.-          «BILBOKO      UDAL               “PRIMERO.- Designar Presidenta Efectiva del
ETXEBIZITZAK,       TEA      - VIVIENDAS                Organismo Autónomo Local “BILBOKO UDAL
MUNICIPALES DE BILBAO, OAL» erakunde                    ETXEBIZITZAK,     TEA     -    VIVIENDAS
autonomoaren Presidente-eragile izendatzea              MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, a Dña.
YOLANDA DIEZ SAIZ andrea, Etxebizitza                   YOLANDA DIEZ SAIZ Concejala Delegada del
Saileko Zinegotzi Delegatua.                            Área de Vivienda.

BIGARRENA.-      «BILBOKO        UDAL                   SEGUNDO.- Designar Vicepresidente del
ETXEBIZITZAK,   TEA     -   VIVIENDAS                   Organismo Autónomo Local “BILBOKO UDAL
MUNICIPALES DE BILBAO, OAL» erakunde                    ETXEBIZITZAK,    TEA     -    VIVIENDAS
autonomoaren Presidenteorde izendatzea                  MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, a JON
JON BILBAO URQUIJO.                                     BILBAO URQUIJO.

HIRURRENA.- Akordio hau jakinaraziko zaie               TERCERO.- Notifíquese este acuerdo al
«BILBOKO UDAL ETXEBIZITZAK, TEA -                       Organismo Autónomo Local “BILBOKO UDAL
VIVIENDAS MUNICIPALES DE BILBAO,                        ETXEBIZITZAK,        TEA     -  VIVIENDAS
OAL», interesdunei, udal-talde politikoetako            MUNICIPALES DE BILBAO, OAL”, a los/as
bozeramaileei eta interesa duten gainerako              interesados/as, portavoces de los grupos
bulegoei. Erabaki honen berri eman Osoko                políticos municipales y demás dependencias
Bilkurari.»                                             interesadas, y dese cuenta al Pleno en la
                                                        primera sesión que celebre.”

                                                 -18.a.2-

«LEHENENGOA.- BILBAO ZERBITZUAK-                        “PRIMERO.- Designar Presidente Efectivo de
SERVICIOS            ENPRESA-ERAKUNDE                   la    ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL
PUBLIKOAREN Presidente-eragile izendatzea               BILBAO ZERBITZUAK-SERVICIOS a D.
Alvaro Pérez Alonso jauna, Osasun eta                   Alvaro Pérez Alonso, Concejal Delegado del
Kontsumo Arloko zinegotzi ordezkaria.                   Área de Salud y Consumo.

BIGARRENA.- Ebazpen hau jakinaraziko zaie               SEGUNDO.- Notifíquese esta resolución a la
ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL BILBAO                      ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL BILBAO
ZERBITZUAK-SERVICIOS,         interesdunari,            ZERBITZUAK-SERVICIOS, al interesado,
udal-talde politikoetako bozeramaileei eta              portavoces de los grupos políticos municipales
interesa duten gainerako bulegoei. Erabaki              y demás dependencias interesadas, y dese
honen berri eman Osoko Bilkurari. Halaber,              cuenta al Pleno en la primera sesión que


                                               - 68 -
2023-09-28PDF (p.104)
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                                                 FUNDACIÓN CLARET SOCIAL FONDOA
                 PROYECTO ATERPE
                                                            G95295994
                                                                                       169.617,00
                                                CENTRO DE ACOGIDA LAGUN ARTEAN
          DISPOSITIVO CENTRO DE NOCHE
                                                            G48168868
                                                                                       164.221,00
                                                     FUNDACIÓN ITAKA-ESCOLAPIOS
          DISPOSITIVO VIVIENDA TUTELADA
                                                            G95146841
                                                                                       128.750,00
                                                CENTRO DE ACOGIDA LAGUN ARTEAN
    DISPOSITIVO VIVIENDA TUTELADA AIZE ONAK
                                                            G48168868
                                                                                        20.000,00
                                                         ASOCIACIÓN BIZITEGI
              PROYECTO BOROBILTZEN
                                                            G48260111
                                                                                        36.500,00
                                                        CRUZ ROJA ESPAÑOLA
        ALOJAMIENTO PERSONAS SIN HOGAR
                                                            Q2866001G
                                                                                       275.000,00
                                                                               TOTAL   1.053.382,00


Gizarte Ekintzako Sailaren ustez, interes                 El Área de Acción Social entiende que
sozial, ekonomiko eta publikoko arrazoiak                 concurren razones de          interés social,
daude aipatutako entitateei dirulaguntza                  económico y público para recurrir a la
izendunak emateko. Zazpi proiektuen balioa                concesión subvenciones nominativas a las
sei entitateen ezagutzan eta esperientzian                entidades referenciadas. El valor de los siete
datza. Izan ere, etxerik gabe edo gizarte-                proyectos reside en el conocimiento y en la
bazterkeriako egoeran edo arriskuan dauden                experiencia de las seis entidades, que han
pertsonei arreta ematea lortu dute, gaua                  logrado favorecer la atención de las personas
kalean pasa dezatela saihestuz. Gainera,                  sin hogar, en riesgo o en situación de
gizarte- eta hezkuntza-arreta ematen diete,               exclusión social, evitando que pernoctaran en
gizarteratzen laguntzeko.        Entitate horiek          la calle, incluyendo, además, una atención
esperientzia eta baliabide nahikoak eta                   socioeducativa para propiciar su inclusión
egokiak      dituzte    proiektuak     arrakastaz         social.     Estas entidades cuentan con
garatzeko. Gure ustez, azaldutako guztiak                 experiencia y recursos suficientes e idóneos
justifikatzen du deialdi publikorik ez egitea eta         para desarrollar los proyectos con garantías
finantza-laguntza      ematea,       dirulaguntza         de éxito. Entendemos que lo indicado justifica
izendun hauen bitartez.                                   la ausencia de convocatoria pública y el apoyo
                                                          financiero mediante estas subvenciones
                                                          nominativas.

Udal entitatearen 2023ko aurrekontuan ez                  En el Presupuesto de la Entidad Municipal del
dago kontsignaziorik aipatutako gasturako.                Ejercicio 2023 no existe consignación para la
Beraz, aurrekontu-aldaketa bat izapidetu behar            atención del gasto indicado, por lo que es
da, kreditu gehigarri bat emanez, Aurrekontua             preciso     tramitar    la    correspondiente
Betetzeko      Arauen         16.2      artikuluak        modificación presupuestaria mediante la
ezarritakoarekin bat etorriz: «2. Alta berriek eta        concesión de un Crédito Adicional, según
dirulaguntzen    eranskinean       izendunentzat          establece el art.16.2 de las Normas de
aurreikusitako     zenbatekoen          goranzko          Ejecución Presupuestaria: “2. Las altas
aldaketek osoko bilkurak onartutako kreditu               nuevas, así como la variación al alza de las
gehigarria eskatuko dute».                                cuantías previstas para las nominativas en el
                                                          anexo     de    subvenciones,    exigirán  el
                                                          correspondiente crédito adicional aprobado
                                                          por el Pleno”.

Aldaketa      hau    gastu-proiektu    hauetan            Esta modificación será financiada con créditos
erabilgarri dauden kredituekin finantzatuko da:           disponibles en los siguientes Proyectos de
2023/00095 Etxerik gabeko pertsonentzat                   Gasto: 2023/00095 Apoyo a entidades con
tutoretzapeko etxebizitzen programak dituzten             programas de viviendas tuteladas para
entitateentzako laguntza (148.750,00 €),                  personas sin hogar (148.750,00€), 2023/00097
2023/00097        Gizarte-kohesioko       plana           Plan de cohesión social (275.000,00€),
(275.000,00 €), 2023/00114 Jantoki sozialen               2023/00114     Apoyo     a   Entidades    con
programak dituzten entitateentzako laguntza               programas      de     comedores       sociales
(36.500,00 €) eta 2023/00122 Etxerik gabeko               (36.500,00€) y 2023/00122 Apoyo a entidades



                                              - 104 -
2023-09-28PDF (p.107)
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   Secretaría General del Pleno




                           31000           FUNDACIÓN
                                          CLARET SOCIAL
      2023/00476           23160
                                             FONDOA
                                                              PROYECTO ATERPE                                     169.617,00
                          4819970          G95295994

                           31000            CENTRO DE
                                          ACOGIDA LAGUN      DISPOSITIVO CENTRO
      2023/00478           23160
                                             ARTEAN               DE NOCHE
                                                                                                                  164.221,00
                          4819970          G48168868

                           31000           FUNDACIÓN
                                             ITAKA-          DISPOSITIVO VIVIENDA
      2023/00480           23150
                                           ESCOLAPIOS             TUTELADA
                                                                                                                  128.750,00
                          4819970          G95146841

                           31000            CENTRO DE
                                          ACOGIDA LAGUN      DISPOSITIVO VIVIENDA
      2023/00481           23150                                                                                   20.000,00
                                             ARTEAN          TUTELADA AIZE ONAK
                          4819970          G48168868

                           31000           ASOCIACIÓN
                                                                   PROYECTO
      2023/00482           23160             BIZITEGI
                                                                  BOROBILTZEN
                                                                                                                   36.500,00
                          4819970          G48260111

                           31000            CRUZ ROJA
                                                                ALOJAMIENTO
      2023/00479           23160            ESPAÑOLA
                                                             PERSONAS SIN HOGAR
                                                                                                                  275.000,00
                          4819970          Q2866001G



BI.- Kreditu gehigarria finantzatzeko, MILIOI                       SEGUNDO.- El crédito adicional se financiará
BAT      BERROGEITA        HAMAHIRU      MILA                       mediante la Baja por anulación de UN
HIRUREHUN ETA LAUROGEITA BI EURORI                                  MILLÓN      CINCUENTA        Y    TRES     MIL
(1.053.382,00 €) baja ematea, bertan behera                         TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS EUROS
utzita, gastuaren aplikazio honetan erabilgarri                     (1.053.382,00 €) de los créditos en situación
dauden kreditutik eta xehetasun hauen                               de disponible de las siguientes aplicaciones de
arabera:                                                            gasto, de acuerdo al siguiente detalle:


                             GASTU-        GASTUAREN
     SAILA                                                                  DESKRIBAPENA                        ZENBATEKOA
                           PROIEKTUA       APLIKAZIOA

                                                            GIZARTERATZEA. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT
                                          31000 23150
                          2023/00095                                BATZUK IRABAZI-ASMORIK GABEKO               148.750,00
                                            4819900
                                                                          ERAKUNDEENTZAT.
                                          31000 23150       GIZARTERATZEA. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT
                          2023/00097                                                                            275.000,00
                                            4809900                      BATZUK FAMILIENTZAT.
 GIZARTE EKINTZA                                            GIZARTERATZEA. BESTE TRANSFERENTZIA ARRUNT
                                          31000 23150
                          2023/00114                                BATZUK IRABAZI-ASMORIK GABEKO                36.500,00
                                            4819900
                                                                          ERAKUNDEENTZAT.
                                                            PREMIAZKO ALOJAMENDUA. BESTE TRANSFERENTZIA
                                          31000 23160
                          2023/00122                           ARRUNT BATZUK IRABAZI-ASMORIK GABEKO             593.132,00
                                            4819900
                                                                          ERAKUNDEENTZAT.




       ÁREA                   PROYECTO      APLICACIÓN DE                         DESCRIPCIÓN                       IMPORTE
                              DE GASTO         GASTO

                                             31000 23150           INSERCION SOCIAL.OTRAS TRANSFERENCIAS
                             2023/00095                                                                            148.750,00
                                               4819900          CORRIENTES A INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO
  ACCIÓN SOCIAL
                                             31000 23150           INSERCION SOCIAL. OTRAS TRANSFERENCIAS
                             2023/00097                                                                            275.000,00
                                               4809900                      CORRIENTES A FAMILIAS




                                                        - 107 -
2023-09-28PDF (p.163)
   Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
     Secretaría General del Pleno




                                                                     conformidad con el siguiente detalle:

                                        ESPEDIENTEA                                                              ZENBATEKOA
SAILA / ÁREA            PEP                               APG                DESKRIPZIOA / DESCRIPCIÓN
                                        EXPEDIENTE                                                                IMPORTE

                                                                      ADINEKOAK. KAPITAL TRANSFERENTZIAK UDAL
Etxebizitza/       2022/00479-                        24000-23130-               ETXEBIZITZAK TEA-RI/
                                    2022-059121                                                                   92.233,12
 Vivienda             2022                              7310790        PERSONAS MAYORES. TRANSFERENCIAS DE
                                                                        CAPITAL A VIVIENDAS MUNICIPALES O.A.L.




 BI.- Kreditu-gehikuntzaren bidez indarrean                          SEGUNDO.- La modificación del Presupuesto
 dagoen       ekitaldiko     udal-aurrekontuaren                     Municipal     del   Ejercicio   corriente  vía
 aldaketa, guztira 92.233,12 eurokoa, 2022eko                        Incorporación de Crédito que se propone, por
 ekitaldiko   udal-aurrekontuaren      likidaziotik                  un importe total de 92.233,12 €,          será
 datorren gastu orokorretarako Diruzaintzako                         financiada con el Remanente de Tesorería
 gerakinarekin finantzatuko da (Alkatetzaren                         para gastos generales proveniente de la
 2023ko otsailaren 17eko Dekretuaren bidez                           Liquidación del Presupuesto Municipal del
 onartu zen aurrekontu hori). Hori guztia,                           Ejercicio 2022, aprobada por Decreto de
 Bizkaiko    Toki      Erakundeen     Aurrekontu                     Alcaldía de 17 de Febrero de 2023. Todo ello,
 Egonkortasunari eta Finantza Iraunkortasunari                       al amparo de lo dispuesto en el artículo 3 de
 buruzko ekainaren 12ko 5/2013 Foru Arauaren                         la Norma Foral 5/2013, de 12 de junio, de
 3. artikuluan xedatutakoaren babesean                               estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
 Bizkaiko Toki Erakundeen Arrazionalizazio eta                       financiera de las Entidades Locales de
 Finantza Iraunkortasunari buruzko otsailaren                        Bizkaia, en aplicación de la regulación
 3ko 2/2015 Foru Arauan jasotako erregulazioa                        contenida en la Norma Foral 2/2015, de 3 de
 aplikatuz eta Bizkaiko Foru Aldundiak 2022ko                        febrero, de racionalización y sostenibilidad
 azaroaren 15ean aurrekontu-egonkortasuneko                          financiera de las Entidades Locales de
 eta zor publikoko helburuak eta 2023rako                            Bizkaia, y de lo dispuesto en el acuerdo de la
 gastu-araua ez finkatzeari buruz hartutako                          Diputación Foral de Bizkaia de 15 de
 erabakian xedatutakoaren babesean.                                  noviembre de 2022 de no fijación de objetivos
                                                                     de estabilidad presupuestaria y de deuda
                                                                     pública ni regla de gasto para 2023.

 HIRU.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion                            TERCERO.- Comunicar al Área afectada la
 sailari.                                                            presente Resolución.

 LAU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                             CUARTO.- Dar cuenta al Pleno, en la
 jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                      siguiente sesión que se celebre, de la
 batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                             modificación presupuestaria aprobada, en
 Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                       cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
 Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                      27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
 10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                           diciembre, Presupuestaria de las Entidades
 Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                                Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
 artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                  17.5    de   las   Normas      de   ejecución
                                                                     presupuestaria”.

                                                             -39.13-
 «BAT.- HAMAIKA MILA ZAZPIEHUN ETA                                 “PRIMERO.-      Aprobar    un  Plan   de
 LAUROGEITA LAU EURO (11.784,00 €)                                 Transferencias de Crédito por importe de
 Kreditu Transferentzien Plan bat onartzea,                        ONCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
 Udal Etxebizitzak TEAk Txurdinagako                               CUATRO EUROS (11.784,00 €) con el fin de
 erretiratuen  Elkartearentzat  lokal   bat                        sufragar    el   resto   del  gasto   del
 egokitzeko egindako gastua zatikatzea.                            acondicionamiento de un local, realizado
 Hauek dira zehaztasunak:                                          desde VV.MM. OAL, para la Asociación de
                                                                   jubilados de Txurdinaga:


                                                         - 163 -
2023-09-28PDF (p.164)
     Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
       Secretaría General del Pleno




                                                         - ALTAK / ALTAS -
                                                                                                                      ZENBATEKOA/
   SAILA / ÁREA               PEP               APG                    DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                        IMPORTE
                                                             ADINEKO PERTSONAK. KAPITAL TRANSFERENTZIAK UDAL
   ETXEBIZITZA /         2022/00479-       24000 23130
                                                           ETXEBIZITZAK TEA-RI / PERSONAS MAYORES. TRANSFERENCIA        11.784,00
     VIVIENDA               2022             7310700
                                                                            DE CAPITAL A VV.MM. OAL



                                                         - BAJAK / BAJAS -
                                                                                                                      ZENBATEKOA/
   SAILA / ÁREA               PEP               APG                    DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                        IMPORTE
                                                             ADINEKOENTZAKO ASIALDIRAKO INSTALAZIOAK. ZERBITZU
 GIZARTE EKINTZA /                         31000 33711      PUBLIKORAKO ERAIKINAK ETA BESTE ERAIKUNTZA BATZUK /
                         2023/00129                                                                                     11.784,00
  ACCIÓN SOCIAL                              6220100        INSTALACIONES TIEMPO LIBRE PARA MAYORES. EDIFICIOS Y
                                                           OTRAS CONSTRUCCIONES DESTINADAS AL SERVICIO PÚBLICO



   BI.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari                     SEGUNDO.-        Comunicar            la        presente
                                                                      Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                           TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
   jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                     siguiente sesión que se celebre, de la
   batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                            modificación presupuestaria aprobada, en
   Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                      cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
   Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                     27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
   10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                          diciembre, Presupuestaria de las Entidades
   Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                               Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
   artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                 17.5 de las Normas de ejecución
                                                                      presupuestaria”.

                                                -39.14-
   «BAT.- Kreditu Transferentzien Plan bat            “PRIMERO.-       Aprobar    un     Plan      de
   onartzea, guztira HIRU MILA ZAZPIEHUN              Transferencias de Crédito por importe total de
   ETA     BERROGEITA        HAMAIKA      EURO        TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UN
   (3.751,00€)    aurreko ekitaldietako faktura       EUROS (3.751,00€) para el abono de facturas
   batzuk       ordaintzeko      (funtzionarioen      correspondientes a ejercicios anteriores
   prestakuntza),   aplikazio,  kontzeptu    eta      (formación    de    funcionarios),   en     las
   zenbatekoetan:                                     aplicaciones, conceptos e importes que se
                                                      relacionan a continuación:

                                                          -ALTAK / ALTAS -

    SAILA            FAKTURAK                                                                                          ZENBATEKOA
                                          PEP                 APG                   DESKRIBAPENA / DESCRIPCIÓN
    ÁREA             FACTURAS                                                                                            IMPORTE

                                                                               GIZA BALIABIDEAK. FUNTZIONARIOEN ETA
                                                                                  LAN-KONTRATUKOAK EZ DIRENEN
                                      2019/00415-
                F030202300011                         11021-92020-1620110      PRESTAKUNTZA / RECURSOS HUMANOS.          3.025,00
                                         2022
KULTURA ETA                                                                        FORMACION DE FUNCIONARIOS Y
GOBERNANTZA                                                                            PERSONAL NO LABORAL
/ CULTURA Y                                                                    GIZA BALIABIDEAK. FUNTZIONARIOEN ETA
GOBERNANZA                                                                        LAN-KONTRATUKOAK EZ DIRENEN
                                      2019/00415-
                F030202300015                         11021-92020-1620110      PRESTAKUNTZA / RECURSOS HUMANOS.           726,00
                                         2022
                                                                                   FORMACION DE FUNCIONARIOS Y
                                                                                       PERSONAL NO LABORAL


                                                          -BAJAK / BAJAS -



                                                           - 164 -
2023-09-28PDF (p.174)
     Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
       Secretaría General del Pleno




   (49.711,00€) Kreditu Transferentzien Plan bat                       CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS
   onartzea, Laguntaxi matentzeko diru-laguntzak                       ONCE (49.711,00 €) con el fin de situar en la
   behar den gastuaren aplikazioan kokatzea.                           partida de gasto adecuada las subvenciones
   Hauek dira zehaztasunak:                                            de mantenimiento de Laguntaxi.




                                                          - ALTAK / ALTAS -
                                                                                                                    ZENBATEKOA/
  SAILA / ÁREA                PEP              APG                      DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                      IMPORTE
MUGIKORTASUN ETA                                              BIDAIARIEN TALDEKAKO HIRI-GARRAIOA. BESTE ENPRESA
JASANGARRITASUNA                           21000-44110-       PRIBATU BATZUENTZAKO TRANSFERENTZIA ARRUNTAK /
                          2023/00152                                                                                  49.711,00
   / MOVILIDAD Y                              47199              TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE VIAJEROS.
  SOSTENIBILIDAD                                            TRANSFERENCIAS CORRIENTES A OTRAS EMPRESAS PRIVADAS



                                                          - BAJAK / BAJAS -
                                                                                                                    ZENBATEKOA/
  SAILA / ÁREA                PEP              APG                      DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                      IMPORTE
MUGIKORTASUN ETA                                                  BIDAIARIEN TALDEKAKO HIRI-GARRAIOA. BESTE
JASANGARRITASUNA                           21000-44110-      TRANSFERENTZIA ARRUNT BATZUK FAMILIEI /TRANSPORTE
                         2023/00152                                                                                   49.711,00
   / MOVILIDAD Y                              48099         COLECTIVO URBANO DE VIAJEROS. OTRAS TRANSFERENCIAS
  SOSTENIBILIDAD                                                            CORRIENTES A FAMILIAS




   BI.- Ebazpen            hau       jakinaraztea    dagokion          SEGUNDO.-        Comunicar              la   presente
   sailari.                                                            Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                            TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
   jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                      siguiente sesión que se celebre, de la
   batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                             modificación presupuestaria aprobada, en
   Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                       cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
   Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                      27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
   10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                           diciembre, Presupuestaria de las Entidades
   Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                                Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
   artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                  17.5    de   las    Normas     de   ejecución
                                                                       presupuestaria”.

                                                 -39.24-
   «BAT.-     Kreditu    Orokorraren   zertarakoa      “PRIMERO.- Aprobar el destino del Crédito
   onartzea, 2023 52020 92920 5001000 gastu-           Global, desde la aplicación de gasto 2023
   aplikaziotik. Zenbatekoa, guztira: HAMABOST         52020 92920 5001000,          por importe de
   MILA EURO (15.000,00€), Etxebizitzako               QUINCE MIL EUROS (15.000,00 €) para la
   Herritarren        Arretarako      Bulegorako.      Oficina de Atención Ciudadana de Vivienda,
   Zehaztapena:                                        de conformidad con el siguiente detalle:

                                                                                                                    ZENBATEKOA
    SAILA / ÁREA               PEP               APG                        DESKRIPZIOA / DESCRIPCIÓN
                                                                                                                     IMPORTE

    ETXEBIZITZA /                                                 ETXEBIZITZAREN ZERBITZU OROKORRAK. AZTERLAN
                                             24000 15010
      VIVIENDA            2023/00419                               ETA LAN TEKNIKOAK / SERVICIOS GENERALES DE        15.000,00
                                               2270720
                                                                      VIVIENDA. ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS



   BI.- Ebazpen            hau       jakinaraztea    dagokion          SEGUNDO.- Comunicar al Área afectada la
   sailari.                                                            presente Resolución.



                                                            - 174 -
2023-09-28PDF (p.186)
     Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
       Secretaría General del Pleno




   HAMAR EURO (1.750,00              €) Kreditu                      Transferencias de Crédito por importe de MIL
   Transferentzien Plan bat onartzea, 2022ko                         SETECIENTOS            CINCUENTA       EUROS
   Gabriel Aresti ipuin lehiaketan emandako sari                     (1.750,00€) para un premio otorgado en el
   baterako. Hauek dira zehaztasunak:                                concurso de cuentos Gabriel Aresti de 2022,
                                                                     cuya obligación no pudo reconocerse al final el
                                                                     ejercicio, según el siguiente detalle:

                                                       - ALTAK / ALTAS -
                                                                                                                 ZENBATEKOA/
    SAILA / ÁREA                 PEP           APG                       DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                   IMPORTE
                                                                ESZENIKOAK EZ DIREN KULTUR JARDUERAK. BESTE
    KULTURA ETA
                            2022/00007-     11010 33420             TRANSFERENTZIA ARRUNT BATZUK FAMILIEI /
   GOBERNANTZA /                                                                                                   1.750,00
                               2022           4809900           ACTIVIDADES CULTURALES NO ESCENICAS. OTRAS
CULTURA Y GOBERNANZA
                                                                     TRANSFERENCIAS CORRIENTES A FAMILIAS



                                                       - BAJAK / BAJAS -
                                                                                                                 ZENBATEKOA/
    SAILA / ÁREA                    PEP          APG                     DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                   IMPORTE
                                                                    KULTURAREN ARLOKO ZERBITZU OROKORRAK.
    KULTURA ETA
                                             11010 33010                PUBLIZITATEA ETA PROPAGANDA /
   GOBERNANTZA /               2006/00228                                                                          1.750,00
                                               2260300          SERVICIOS GENERALES DE CULTUR. PUBLICIDAD Y
CULTURA Y GOBERNANZA
                                                                                 PROPAGANDA




   BI.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari                    SEGUNDO.-        Comunicar             la   presente
                                                                     Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                          TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
   jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                    siguiente sesión que se celebre, de la
   batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                           modificación presupuestaria aprobada, en
   Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                     cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
   Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                    27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
   10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                         diciembre, Presupuestaria de las Entidades
   Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                              Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
   artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                17.5    de   las    Normas     de   ejecución
                                                                     presupuestaria”.


                                                   -39.39-
   «BAT.- Udalak 2023eko ekitaldirako daukan             “PRIMERO.- Habilitar crédito en el Estado de
   Aurrekontuaren Gastuen Egoeran kreditua               Gastos del Presupuesto de la Entidad
   gaitzea, Otxarkoagako birgaitze programatuko          Municipal del Ejercicio 2023 por importe de
   bizitegi-ingurunean bizitegi-birgaitzearen eta        DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA
   etxebizitza    sozialaren   arloko    laguntza-       Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
   programak gauzatzeko, Next Generation                 SIETE EUROS (2.557.467,00€)             para la
   funtsen     esparruan     Eusko     Jaurlaritzak      ejecución de los programas de ayuda en
   emandako dirulaguntzaren bidez finantzatua.           materia de rehabilitación residencial y vivienda
   Guztira, BI MILIOI         BOSTEHUN         ETA       social dentro del entorno residencial de
   BERROGEITA             HAMAZAZPI          MILA        rehabilitación programada de Otxarkoaga,
   LAUREHUN ETA HIRUROGEITA ZAZPI                        financiada por la subvención concedida por el
   EURO       (2.557.467,00   €).    Hauek      dira     Gobierno Vasco en el marco de los Fondos
   zehaztasunak:                                         Next Generation, según el siguiente detalle:




                                                          - 186 -
2023-09-28PDF (p.187)
   Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
     Secretaría General del Pleno




                                                                                                                      ZENBATEKOA
SAILA / ÁREA          PEP               APG                           DESKRIPZIOA / DESCRIPCIÓN
                                                                                                                       IMPORTE

                                                     ERAIKUNTZEN KONTSERBAZIOA ETA BIRGAITZEA. UDAL ETXEBIZITZAK
                                   24000 15220            TEA-RI TRANSFERENTZIA ARRUNTAK / CONSERVACIÓN Y
                 2023/00467                                                                                            38.400,00
                                     4310750        REHABILITACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. TRANSFERENCIAS CORRIENTES A
                                                                      VIVIENDA MUNICIPALES O.A.L
ETXEBIZITZA /
  VIVIENDA                                               ERAIKUNTZEN KONTSERBAZIOA ETA BIRGAITZEA. KAPITAL
                                   24000 15220        TRANSFERENTZIAK UDAL ETXEBIZITZAK TEA-RI/ CONSERVACIÓN Y
                 2023/00468                                                                                          2.519.067,00
                                     7310750        REHABILITACIÓN DE LA EDIFICACIÓN. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A
                                                                     VIVIENDAS MUNICIPALES O.A.L.




 BI.- Aurreko kredituen habilitazioa ondoren                         SEGUNDO.- La habilitación de créditos
 zerrendatzen     diren   sarrera-konpromisoen                       anterior se financiará con cargo a los
 kontura finantzatuko da:                                            compromisos de ingreso que se relacionan a
                                                                     continuación:


 EKARPENA                                                                                            JATORRIA        ZENBATEKOA
                             API                         DESKRIBAPENA / DESCRIPCIÓN
APORTACIÓN                                                                                             ORIGEN          IMPORTE

                                              EUSKO JAURLARITZAREN OHIKO DIRULAGUNTZA, AUZOAK
                                                 BIRGAITZEKO JARDUKETETARAKO / SUBVENCIÓN
  2023/50           24000 410 08 09                                                                                   38.400,00
                                               CORRIENTE GOBIERNO VASCO PARA ACTUACIONES DE            EUSKO
                                                          REHABILITACIÓN EN BARRIOS                 JAURLARITZA /
                                              EUSKO JAURLARITZAREN KAPITAL DIRULAGUNTZA AUZOAK       GOBIERNO
                                                BIRGAITZEKO JARDUKETETARAKO / SUBVENCIÓN DE            VASCO
  2023/44           24000 710 08 08                                                                                  2.519.067,00
                                                 CAPITAL GOBIERNO VASCO PARA ACTUACIONES DE
                                                          REHABILITACIÓN EN BARRIOS




 HIRU.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion                            TERCERO.-       Comunicar            la        presente
 sailari.                                                            Resolución al Área afectada.

 LAU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                             CUARTO.- Dar cuenta al Pleno, en la
 jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                      siguiente sesión que se celebre, de la
 batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                             modificación presupuestaria aprobada, en
 Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                       cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
 Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                      27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
 10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                           diciembre, Presupuestaria de las Entidades
 Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                                Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
 artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                  17.5    de   las   Normas      de   ejecución
                                                                     presupuestaria”.


                                                              -39.40-
 «BAT.- EHUN MILA EURO (100.000,00€)                                “PRIMERO.- Aprobar un Plan de
 Kreditu Transferentzien Plan bat onartzea,                         Transferencias de Crédito por importe de
 Artxandako Funicular sozietateari Prim                             CIEN MIL EUROS (100.000,00 €) con el fin de
 igogailuan egin beharreko obretarako behar                         incrementar el crédito necesario para las
 den kreditua handitzeko. Hauek dira                                obras en el ascensor de Prim que
 zehaztasunak:                                                      corresponde ejecutar a la sociedad Funicular
                                                                    de Artxanda, según el siguiente detalle:




                                                          - 187 -
2023-09-28PDF (p.189)
    Udalbatzarreko Idazkaritza Nagusia
      Secretaría General del Pleno




JASANGARRITASUNA                          2260300                            PROPAGANDA /
   / MOVILIDAD Y                                         OTRO TRANSPORTE DE VIAJEROS. PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
  SOSTENIBILIDAD



   BI.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari                   SEGUNDO.-        Comunicar           la      presente
                                                                    Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                         TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
   jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                   siguiente sesión que se celebre, de la
   batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                          modificación presupuestaria aprobada, en
   Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                    cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
   Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                   27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
   10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                        diciembre, Presupuestaria de las Entidades
   Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                             Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
   artikuluan ezarritakoa betetzeko».                               17.5    de   las    Normas      de  ejecución
                                                                    presupuestaria”.


                                                 -39.42-
   «BAT.- EHUN ETA HIRUROGEITA HAMABI                  “PRIMERO.-        Aprobar   un    Plan      de
   MILA     EURO      (172.000,00      €)  Kreditu     Transferencias de Crédito por importe de
   Transferentzien Plan bat onartzea, gastu            CIENTO SETENTA Y DOS MIL EUROS
   arruntei aurre egiteko, hala nola komunitate-       (172.000,00 €) para hacer frente a gastos
   gastuei etxebizitza edo lokalen baten jabe          corrientes como gastos de comunidad en
   garen higiezinetan, gastu juridikoei eta            aquellos inmuebles dónde somos propietarios
   bestelako     gastuei,     ekitaldi    osorako      de alguna vivienda o local, gastos jurídicos y
   aurreikuspenen kalkuluen arabera. Hauek dira        otros gastos, según las estimaciones de
   zehaztasunak:                                       previsiones para todo el ejercicio, según el
                                                       siguiente detalle:



                                                       - ALTAK / ALTAS -
                                                                                                                 ZENBATEKOA/
  SAILA / ÁREA             PEP              APG                       DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                   IMPORTE
                                                            UDALAREN ONDAREAREN KUDEAKETA. ERAIKINEN ETA
   OGASUNA /                             52010 93310      BESTELAKO ERAIKUNTZEN IRAUNARAZPENA / GESTIÓN DEL
                      2006/00159                                                                                  172.000,00
    HACIENDA                               2110100         PATRIMONIO MUNICIPAL. CONSERVACIÓN DE EDIFICIOS Y
                                                                         OTRAS CONSTRUCCIONES




                                                       - BAJAK / BAJAS -
                                                                                                                 ZENBATEKOA/
  SAILA / ÁREA            PEP               APG                       DESKRIBAPENA/ DESCRIPCIÓN
                                                                                                                   IMPORTE
                                                         ZERBITZUETAKO GASTU KOMUNAK. GARBIKETA, DESINFEKZIO
   OGASUNA /                             52020 92090                      ETA ZABOR-BILKETA /
                      2006/00021                                                                                  172.000,00
    HACIENDA                               2270100       GASTOS COMUNES DE LOS DIFERENTES SERVICIOS. LIMPIEZA,
                                                                   DESINFECCION Y RECOGIDA DE BASURAS




   BI.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari                   SEGUNDO.-        Comunicar           la      presente
                                                                    Resolución al Área afectada.

   HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                         TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la



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   ORDENANTZA                FISKALAREN                Proyecto de modificación de los
   zuzenketak ebaztea, eta 3.3, 4.1, 4.2, 5.3,         artículos 3.3, 4.1, 4.2, 5.3, 9, 10.1, 10.3,
   9, 10.1, 10.3, 10.7, 10.8 eta 11.5                  10.7,    10.8,    11.5    y     la   actual
   artikuluak   eta    XII    xedapenaren              denominación de la disposición XII
   Ordenantza honen onespena              eta          “Aprobación y vigencia de esta
   iraupena izenburua aldatzeko eta 4.3,               Ordenanza” y la adición de los artículos
   4.4, eta 10.9 artikuluak eta xedapen                4.3, 4.4, 10.9, de la Disposición
   gehigarri bakarra eta bigarren xedapen              Adicional Única y de la Disposición
   iragankorra eransteko proiektua behin               Transitoria Segunda de la ORDENANZA
   behinean onestea.                                   FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO
                                                       SOBRE BIENES INMUEBLES.

   “La ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES fue
   aprobada por Acuerdo Plenario de 30 de junio de 2016, de conformidad con lo dispuesto en la
   Norma Foral 9/2005, de 16 de diciembre, del Territorio Histórico de Bizkaia de Haciendas
   Locales y en la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y
   ha sido modificada en parte por Acuerdo Plenario de fecha 29 de junio de 2017, 28 de junio de
   2018, 26 de septiembre de 2019 y 30 de septiembre 2021.
   El Área de Hacienda ha llevado a cabo un análisis y diagnóstico de la Ordenanza fiscal
   reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles con objeto de mejorar la calidad normativa de
   la misma. Este impuesto es el más importante en términos de recaudación y, si bien se trata de
   un tributo con una regulación asentada y con un muy alto grado de aceptación por parte de la
   ciudadanía, su importancia cuantitativa aconseja extremar el rigor en su regulación. En este
   sentido, a la vista de los más recientes pronunciamientos judiciales, así como de la experiencia
   acumulada en los últimos años, a continuación se proponen diversas modificaciones y
   actualizaciones de la ordenanza fiscal en vigor. Como se verá, la mayor parte de las
   propuestas tienen un marcado carácter técnico, por cuanto suponen adaptaciones a la
   legislación dictada en la materia, incorporación de puntos de mejora identificados o bien dotar
   de cobertura a la intermediación de los datos, que se ha convertido en una necesidad para la
   gestión tributaria eficiente.
   Por otra parte, también se incorporan algunas novedades sustanciales. En primer lugar, se
   incorpora una bonificación, introducida de nuevo en el impuesto por la Norma Foral 8/2022, de
   20 de julio, con carácter potestativo para los ayuntamientos, destinada a la vivienda habitual
   cuando el sujeto pasivo ostente la condición de titular de familia numerosa. Asimismo, respecto
   del recargo para las viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo, se propone
   no excluir de su aplicación aquellas que estén afectas a actividades de alojamiento por motivos
   de equidad tributaria y de congruencia con el tratamiento dado desde 2019 a los inmuebles de
   uso residencial destinados a actividades de uso terciario, por cuanto implican la ausencia de
   residencia del sujeto pasivo o terceras personas en el inmueble, la cual se ve sustituida por el
   desarrollo de actividades económicas de alojamiento. También se propone una modificación de
   los tipos impositivos para los bienes inmuebles al objeto de actualizarlos para 2024 con
   carácter general en un 3% para los bienes de naturaleza rústica y urbana, incorporando un
   umbral y un tipo específico diferenciado para los bienes inmuebles “Y Otros usos”.

   Por lo expuesto, se propone la modificación de los siguientes artículos de la Ordenanza:
   Se propone la modificación técnica del artículo 3.3, referido al hecho imponible, con objeto de
   especificar, en coherencia con el resto del texto de la ordenanza, la concreta normal foral que
   define los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales. Con ello, se
   persigue aumentar la seguridad jurídica, al tiempo que se dota de coherencia a todo el texto
   legal.
   Donde dice:
   “Artículo 3. Hecho imponible y supuestos de no sujeción
   3.- A los efectos de este impuesto tendrán la consideración de bienes inmuebles rústicos,
   urbanos y de características especiales los definidos como tales en la normativa reguladora del
   Catastro Inmobiliario Foral.”
   Se propone debiera decir:


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   deberá indicar los bienes objeto de exención. Por otra parte, para el caso de que el sujeto
   pasivo pretendiera la aplicación de la exención a inmuebles distintos de los beneficiados
   inicialmente, se incorpora el requerimiento de que habrá de comunicarlo expresamente y surtirá
   efecto a partir del ejercicio siguiente a la fecha de comunicación. Este inciso aporta una
   solución explícita en relación con los nuevos bienes inmuebles que pasen a ser de titularidad
   de sujetos pasivos que venían disfrutando de esta exención. Aunque se ha optado por una
   solución que facilite la gestión tributaria, imponiendo la carga de comunicar y solicitar la
   ampliación de la exención al sujeto pasivo, se trata de una carga proporcionada y que
   precisamente se impone a quien posee toda la información acerca de la adquisición de los
   nuevos bienes inmuebles.
   Por último, se añade un nuevo apartado 4.4 que sirve para recordar la potestad de la
   Administración para comprobar la adecuación de las exenciones otorgadas al indicar que la
   Administración Municipal podrá exigir al sujeto pasivo, en cualquier momento, la aportación de
   pruebas que acrediten que se mantienen las circunstancias que justificaron el reconocimiento
   de la exención.
   Donde dice:
   “Artículo 4. Exenciones
   1.- Estarán exentos los siguientes bienes inmuebles:
   a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del
   Territorio Histórico de Bizkaia o de las entidades locales y estén directamente afectos a la
   defensa nacional, la seguridad ciudadana y a los servicios educativos y penitenciarios.
   b) Los bienes comunales y los montes vecinales en mano común.
   c) La superficie de los montes poblados con especies de crecimiento lento reglamentariamente
   determinadas, cuyo principal aprovechamiento sea la madera o el corcho, siempre que la
   densidad del arbolado sea la propia o normal de la especie de que se trate.
   Asimismo, la superficie de los montes en que se realicen repoblaciones forestales o
   regeneración de masas arboladas sujetas a proyectos de ordenación o planes técnicos
   aprobados por la Administración forestal. Esta exención tendrá una duración de quince años,
   contados a partir del período impositivo siguiente a aquel en que se realice su solicitud.
   d) Los de la Iglesia Católica, en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y
   la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979.
   e) Los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos
   establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos a que se refiere el artículo
   16 de la Constitución.
   f) Los de la Cruz Roja Española y otras entidades asimilables que reglamentariamente se
   determinen.
   g) Los de la Universidad del País Vasco‐Euskal Herriko Unibertsitatea.
   h) Los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a
   sus organismos oficiales, a condición de reciprocidad o conforme a los Convenios
   Internacionales en vigor.
   i) Los de aquellos organismos o entidades a los que sea de aplicación la exención en virtud de
   Convenios Internacionales en vigor.
   j) Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos
   terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio
   indispensable para la explotación de dichas líneas. No están exentos, por consiguiente, los
   establecimientos de hostelería, espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas
   destinadas a viviendas de los y las empleadas, las oficinas de la dirección ni las instalaciones
   fabriles.
   k) Los bienes inmuebles cedidos sin contraprestación al Ayuntamiento de Bilbao.
   l) Los bienes inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no sea superior a cuatro euros.
   2.- Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:
   a) Los bienes inmuebles que tengan la condición de monumento a que se refiere la letra a) del
   apartado 1 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco y así
   conste en el correspondiente Decreto del Gobierno Vasco que los declare como bienes
   culturales. Esta exención alcanzará tanto a los inmuebles declarados como bienes culturales
   de protección especial como a los declarados como bienes culturales de protección media,


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   destinadas a viviendas de los y las empleadas, las oficinas de la dirección ni las instalaciones
   fabriles.

   k) Los bienes inmuebles cedidos sin contraprestación al Ayuntamiento de Bilbao.

   l) Las carreteras, los caminos y las demás vías terrestres que sean de titularidad de la
   Diputación Foral de Bizkaia, siempre que estén directamente gestionadas o explotadas por la
   propia Diputación Foral de Bizkaia o por una entidad en la que la Diputación Foral de Bizkaia
   ostente una participación mayoritaria, así como los inmuebles afectos a dicha gestión o
   explotación.

   m) Los bienes inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no sea superior a cuatro euros.
   2.- Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:

   a) Los bienes inmuebles que a la fecha del devengo tengan reconocida mediante el
   correspondiente decreto la condición de monumento a que se refiere la letra a) del apartado 2
   del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco. Esta exención
   alcanzará tanto a los bienes de protección especial como de protección media que estén
   inscritos en el Registro del Patrimonio Cultural Vasco.

   Igualmente estarán exentos los bienes inmuebles que formen parte de un conjunto monumental
   a que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de
   Patrimonio Cultural Vasco. Esta exención sólo alcanzará a los inmuebles de protección
   especial y de protección media que estén inscritos en el Registro del Patrimonio Cultural
   Vasco.

   Asimismo, estarán exentos los bienes inmuebles que se encuentren dentro de una zona
   arqueológica a que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de
   mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, declarados como bienes culturales de protección especial
   y media, y siempre que, tras haber sido objeto de algún tipo de intervención arqueológica, el
   Departamento correspondiente del Gobierno Vasco haya establecido la necesidad de mantener
   en los mismos los restos encontrados, sin que puedan ser eliminados ni trasladados.

   b) Los centros docentes privados acogidos al régimen de conciertos educativos, en tanto
   mantengan su condición de centros concertados.

   Las exenciones previstas en este apartado 2 surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente a la
   fecha de la solicitud y, una vez concedidas, se aplicarán automáticamente a los ejercicios
   fiscales sucesivos, en tanto se mantengan las razones que justificaron la concesión de la
   exención.
   3- Estarán exentos los bienes inmuebles de los que sean titulares las Fundaciones y
   Asociaciones declaradas de utilidad pública y demás entidades sin fines lucrativos que cumplan
   los requisitos establecidos en la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de
   las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, excepto los
   afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.

   La aplicación de esta exención estará condicionada a que las entidades sin fines lucrativos
   comuniquen al Ayuntamiento la resolución sobre la aplicación del régimen a que hace
   referencia el artículo 16.2 de la citada Norma Foral y al cumplimiento de los requisitos y
   supuestos relativos al régimen fiscal especial regulado en el Titulo II de la misma. Junto con la
   comunicación deberán indicar los bienes objeto de la exención.

   Esta exención podrá surtir efecto en el propio ejercicio fiscal en que se haya presentado la
   correspondiente comunicación o, en su caso, también en ejercicios fiscales anteriores no
   prescritos, en los supuestos en los que el reconocimiento para la aplicación del régimen fiscal
   especial, al que se refiere el artículo 8.5 del Decreto Foral 55/2019, de 21 de mayo, de la


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   Por consiguiente, los tipos de gravamen generales recogidos en el punto 1 pasan, para los
   bienes de naturaleza urbana, del 0,1913% al 0,1971% (con un incremento del 3,0318%) y, para
   los de naturaleza rústica, del 0,0503% al 0,0518% (con un incremento del 2,9821%). Los tipos
   diferenciados incluidos en el artículo 9.2 pasan, para el uso de Industria, del 0,4519% al
   0,4655% (con un incremento del 3,0095%); para el uso de Comercio, del 0,4109% al 0,4233%
   (con un incremento del 3,0177%) y para el Resto de usos, del 0,3287% al 0,3386% (con un
   incremento del 3,0118%). Los tipos incrementados incluidos en el artículo 9.3 pasan, para el
   uso Residencial, del 0,2416% al 0,2489% (con un incremento del 3,0215%); para el uso
   Industrial, del 0,7091% al 0,7304% (con un incremento del 3,0038%); para el uso Comercial,
   del 0,9479% al 0,9764% (con un incremento del 3,0066%) y para el Resto de usos, del
   0,5156% al 0,5311% (con un incremento del 3,0062%). El tipo incluido en el artículo 9.4 para
   los bienes de características especiales “BICES” pasa del 0,3000% al 0,4000% (con un
   incremento del 3,3333%).

   También se proponen algunos cambios en el artículo 9 relacionados con el uso catastral “Y
   Otros usos” con objeto de dotar de mayor certidumbre y claridad al precepto. Con carácter
   previo se ha de tener presente que en la Norma 12 del Decreto Foral de la Diputación Foral de
   Bizkaia 163/2013, de 3 de diciembre, por el que se aprueban las Normas Técnicas para la
   valoración a efectos fiscales de los bienes inmuebles de naturaleza urbana, distingue dentro
   del uso “Y Otros usos” cuatro grupos o clases de bienes que abarcan una gran diversidad de
   inmuebles (trasteros, garajes, jardines, accesos, almacenes, equipamientos y dotaciones etc.).
   En primer lugar se propone suprimir el inciso “anexos a vivienda” del artículo 9.2, de manera
   que se excluyan todas las clases del uso “Y Otros Usos”. Junto con esta modificación, se
   propone igualmente, por razones sistemáticas, suprimir también el inciso “anexos a vivienda”
   del art. 9.1. Asimismo, se propone incluir una nueva fila relativa al uso “Y Otros Usos” en el
   cuadro del artículo del 9.3 para especificar el umbral y el tipo de gravamen diferenciado
   aplicable a los bienes de este uso. A estos efectos, el umbral y el tipo propuestos son 1 millón
   de euros y el 0,3133% respectivamente.

   Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto
   sobre Bienes Inmuebles que estableció una nueva configuración y determinación del tipo de
   gravamen del tributo, como instrumento al servicio de los Ayuntamientos para fijar criterios de
   política fiscal. En este sentido los Ayuntamientos, en uso de su autonomía municipal, pueden
   establecer tipos diferenciados para los inmuebles con mayor valor catastral de cada uso
   constructivo, siempre dentro de los límites de los tipos máximos fijados por la norma y
   afectando como máximo al 10 por 100 de los inmuebles de cada uso.

   Igualmente, por razones técnico jurídicas se propone la eliminación del párrafo final del artículo
   9.3, que excluye del tipo incrementado a los bienes inmuebles destinados a aparcamiento
   municipal para vecinos residentes, lo cual se conjuga con una modificación del porcentaje y
   plazo de aplicación de la bonificación recogida en el artículo 10.7 destinada también a los
   aparcamientos municipales para residentes, de forma que el efecto sobre dichos inmuebles sea
   neutro.

   Donde dice:

   “Artículo 9. Tipo de gravamen

   1.- El tipo de gravamen general será el 0,1913 % cuando se trate de bienes de naturaleza
   urbana y el 0,0503 % cuando se trate de bienes de naturaleza rústica.

   El tipo general para los bienes de naturaleza urbana se aplicará a los inmuebles de uso
   Residencial (V) y Otros usos anexos a vivienda (Y).

   2.- No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, se establecen los siguientes tipos de
   gravamen diferenciados por usos urbanos:


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    ‐ El 0,4519 por 100 para usos de Industria (I).
    ‐ El 0,4109 por 100 para usos de Comercio (C).
    ‐ El 0,3287 por 100 para el resto de usos, excepto Residencial (V) y Otros usos anexos a
    vivienda (Y).

    A los efectos de lo dispuesto en el presente artículo, para la determinación de los usos urbanos
    se estará a lo dispuesto en la normativa catastral para la valoración de los bienes inmuebles de
    naturaleza urbana.

    3.- No obstante, se establecen tipos de gravamen diferenciados para los bienes inmuebles de
    naturaleza urbana atendiendo a los usos establecidos en la normativa catastral para la
    valoración de las construcciones, que superen el umbral de valor catastral que para cada uno
    de los usos se recoge en el siguiente cuadro:




                                                        Umbral de Valor
                                                                                Tipo de
 Código              Uso                                Catastral
                                                                                Gravamen Diferenciado
                                                        Euros
        V            Residencial                                    200.000,-         0,2416 %
        I            Industrial                                     300.000,-         0,7091 %
        C            Comercial                                      600.000,-         0,9479 %
        O            Oficinas                                       400.000,-         0,5156 %
        D            Deportes                                     2.600.000,-         0,5156 %
        E            Espectáculos y Recreativos                  26.000.000,-         0,5156 %
        T            Turismo, Ocio y Hostelería                   6.000.000,-         0,5156 %
        B            Beneficencia y Sanidad                       3.600.000,-         0,5156 %
        K            Culturales                                   2.900.000,-         0,5156 %
        R            Religiosos                                   2.000.000,-         0,5156 %
        P            Públicos y Singulares                        8.250.000,-         0,5156 %
        S            Solares                                      1.000.000,-         0,5156 %


En todo caso, los tipos de gravamen diferenciados a que se refiere este apartado sólo podrán
aplicarse, como máximo, al 10 por 100 de los bienes inmuebles urbanos del término municipal que,
para cada uso, tenga mayor valor catastral.

Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará el tipo correspondiente al uso de la
edificación o dependencia principal.

Se excluirá de la aplicación de los tipos de gravamen diferenciados a que se refiere este apartado a
los bienes inmuebles destinados a aparcamiento municipal para vecinos residentes, mientras que
sí serán de aplicación a los destinados a aparcamiento municipal en régimen de rotación.

4.- El tipo de gravamen será el 0,3000 % cuando se trate de bienes inmuebles de características
especiales.”

Se propone debe decir:

“Artículo 9. Tipo de gravamen

1.- El tipo de gravamen general será el 0,1971 por 100 cuando se trate de bienes de naturaleza
urbana y el 0,0518 por 100 cuando se trate de bienes de naturaleza rústica.



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resida en varios inmuebles que, por estar unidos físicamente, conforman su residencia habitual, sin
que los mismos constituyan una unidad a efectos catastrales; y, por otro lado, para el supuesto de
que la familia resida en más de un inmueble por haberse acordado la custodia compartida de los
descendientes. En el primer caso, se ha optado por aplicar la bonificación en el inmueble que
posea un mayor valor catastral. En lo que se refiere a la custodia compartida, se ha optado por
otorgar la bonificación a los inmuebles de ambos cónyuges.

A continuación, el apartado segundo se refiere a la gestión de la bonificación, conforme a su
naturaleza de beneficio fiscal rogado.

Por último, el tercer apartado concreta los porcentajes específicos de bonificación que se aplicarán
a cada sujeto pasivo, en atención a sus particulares circunstancias. Para ello, respetando el límite
de no aplicar la bonificación a inmuebles cuyo Valor Mínimo Atribuible no exceda de 300.000 euros,
establecido en el artículo 10.10. a) Norma Foral 4/2016, se atiende a dos criterios que se aplican
conjuntamente: por un lado, como es lógico, se distingue en función de la categoría de familia
numerosa de que se trate; y, por otro lado, se han establecido tres tramos de valor catastral, de
manera que la bonificación decrece a medida que aumenta este signo de capacidad económica.

Donde dice:

“Artículo 10. Bonificaciones

8.- Las bonificaciones reguladas en el presente artículo se concederán a petición del sujeto pasivo
y surtirán efectos desde el período impositivo siguiente a aquel en que se hubiera efectuado la
solicitud.

Estas bonificaciones son incompatibles entre sí, por lo que en un mismo período impositivo no se
podrá disfrutar de más de una bonificación.”

Se propone debiera decir:

“Artículo 10. Bonificaciones

8.- Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto las familias numerosas
que ostenten esa condición en la fecha del devengo, en los términos que se establecen a
continuación:

a) La bonificación se reconoce exclusivamente en relación con la vivienda habitual, entendiéndose
por tal aquel inmueble de uso residencial destinado exclusivamente a satisfacer de forma
permanente la necesidad de vivienda del sujeto pasivo y su familia, y se presumirá que la vivienda
habitual de la familia numerosa es aquella en la que figura empadronada la misma.

Para poder disfrutar de esta bonificación, el sujeto pasivo y el resto de los miembros de la unidad
familiar deberán estar empadronados en el municipio de Bilbao en su vivienda habitual, sin
perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre familias numerosas.

En el supuesto de que la familia resida en varios inmuebles que, por estar unidos físicamente
conforman su residencia habitual, sin que los mismos constituyan una unidad a efectos catastrales,
la bonificación se aplicará a aquel de ellos que tenga mayor valor catastral.

En el supuesto de que la familia resida en más de un inmueble por haberse acordado la custodia
compartida de los descendientes, la bonificación se podrá aplicar a las viviendas que constituyan la
residencia habitual de ambos progenitores, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el
presente apartado.

b) Esta bonificación se concederá a petición del sujeto pasivo y surtirá efecto desde el período


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impositivo siguiente a aquel en que se hubiera efectuado la solicitud.

La Administración municipal comprobará el cumplimiento de los requisitos necesarios, tanto para la
concesión de la bonificación, como para su aplicación en los años posteriores, pudiendo requerir la
presentación de cuantos documentos sean necesarios para acreditar el derecho del sujeto pasivo a
la misma.

No obstante, los sujetos pasivos deberán comunicar las variaciones que se produzcan en las
condiciones y requisitos de esta bonificación y que, en todo caso, tendrán efecto a partir del
ejercicio siguiente a aquel en que hayan tenido lugar.

c) En todo caso la aplicación de la bonificación estará condicionada a que el Valor Mínimo
Atribuible de la vivienda familiar en el momento del devengo del impuesto no sea superior a
300.000 euros.

El porcentaje de bonificación se determinará en el momento del devengo del impuesto en función
de la categoría de la familia numerosa, reconocida conforme a la normativa vigente, así como del
valor catastral de la vivienda familiar, según el siguiente cuadro:


   Familia numerosa                          Categoría especial           Categoría general
   Valor catastral:                            Bonificación:                Bonificación:
   Hasta 50.000 €                                  80%                          40%
   Superior a 50.000 hasta 100.000 €               70%                          20%
   Superior a 100.000 €                            60%                          10%

A efectos de la determinación del Valor Mínimo Atribuible y del valor catastral de la vivienda
familiar, se tendrán en cuenta los elementos anejos a la vivienda, siempre que constituyan un
mismo bien inmueble, de acuerdo con la normativa reguladora del Catastro Inmobiliario Foral.”

Por último, se ha procedido a renumerar como nuevo artículo 10.9 el anterior apartado octavo y a
simplificar su contenido.

Se propone debiera decir:

“Artículo 10. Bonificaciones

9.- Las bonificaciones reguladas en el presente artículo son incompatibles entre sí, por lo que en un
mismo período impositivo no se podrá disfrutar de más de una bonificación.”

En lo que respecta al artículo 11, se propone en primer lugar añadir el título “Recargo a las
viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo”, para mantener la homogeneidad con
el resto de artículos de la Ordenanza, así como la supresión del aparatado 11.5 d) y la
remuneración del resto de subapartados.

La actual letra d) excluye de la aplicación del recargo a los bienes inmuebles de uso residencial
afectos a actividades de alojamiento siempre que estén abiertos al público de acuerdo con la
normativa aplicable. La justificación de la supresión de esta letra se encuentra en que los
inmuebles de uso residencial que en la actualidad se destinan a actividades de alojamiento puedan
ser también objeto del recargo. En este sentido, se ha de recordar que el uso como vivienda
turística no determina el cambio de "uso" en términos catastrales. La justificación de esta
modificación ha de buscarse en el propio fin que persigue este recargo. En efecto, tal y como se
describe el recargo en el artículo 10.9 de la Norma Foral 4/2016, la finalidad de la norma es la de
incentivar que los inmuebles de uso residencial constituyan la vivienda habitual, bien de sus
propietarios, bien de los arrendatarios o cesionarios. En definitiva, lo que se persigue es aumentar



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el número de viviendas disponibles en el mercado de alquiler, a fin de facilitar el acceso a la
vivienda en Bilbao.

Junto con lo anterior, la inclusión de este tipo de viviendas dentro del ámbito del recargo también
se justifica en el hecho de que, al ser los tipos impositivos aplicables a los inmuebles de uso
residencial significativamente inferiores al resto de usos aplicables a los bienes inmuebles en los
que se desarrollan la generalidad de las actividades de uso terciario, se considera más respetuoso
de los principios de capacidad económica e igualdad tributaria no excluirlos de la aplicación del
recargo, en tanto en cuanto implican la ausencia de residencia del sujeto pasivo o terceras
personas en el inmueble, la cual se ve sustituida por el desarrollo de actividades económicas de
uso terciario.

Donde dice:

“Artículo 11

5.- Se excluirán de la aplicación del recargo los siguientes bienes inmuebles de uso residencial:

a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Territorio
Histórico de Bizkaia y de sus Organismos Autónomos, de sus entidades públicas empresariales y
de sociedades mercantiles de capital íntegramente público, sin perjuicio de que el Ayuntamiento
pueda requerir a la administración titular para que acredite el destino residencial de los mismos.

b) Los que constituyan elemento común de una Comunidad de Propietarios en régimen de
Propiedad Horizontal.

c) Aquellos en los que en el año anterior al devengo del recargo conste en el Padrón de habitantes
de este Ayuntamiento inscripción que acredite la residencia de una o más personas durante al
menos 30 días.

d) Los afectos a actividades de alojamiento siempre que estén abiertos al público de acuerdo con la
normativa aplicable.

e) Los que se encuentren en un edifico que esté siendo objeto de rehabilitación equiparable a obra
nueva.

f) Los que se encuentren en un edificio declarado en situación legal de ruina o los que sean objeto
de declaración de inhabitabilidad.

g) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 6 del artículo 10 de la presente
Ordenanza, por haber sido cedidos en el marco de programas de vivienda vacía o de
intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre del Gobierno Vasco o de otros planes o
programas autonómicos, forales o municipales.

h) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 1 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de inmuebles objeto de actividad de las empresas de construcción y
promoción inmobiliaria.

i) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 2 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de Viviendas de Protección Pública o equiparables mientras sean de
titularidad y objeto de la actividad de las empresas de construcción o promoción inmobiliaria.

j) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del ingreso de la persona obligada al pago
del impuesto en una residencia para personas mayores, enfermas mentales o con algún tipo de
discapacidad, siempre que con anterioridad hayan constituido su residencia habitual. En este caso
no se exigirá el recargo cuando se acredite este ingreso en una residencia a la fecha de devengo


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del impuesto y se presenten, dentro de los 20 días siguientes, las facturas correspondientes a su
estancia y un Certificado emitido por la residencia en el que figure la fecha de inicio y su
permanencia al uno de enero de cada ejercicio.

k) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del traslado de la persona obligada al pago
del impuesto, por encontrarse en situación de dependencia en grado II o III, al domicilio de una
persona cuidadora no profesional del entorno familiar, o bien como consecuencia del traslado de
esta al domicilio de la persona familiar dependiente en grado II o III, siempre que con anterioridad
hayan constituido la residencia habitual del titular del inmueble.

Se entenderá como persona cuidadora no profesional del entorno familiar aquella que figure
designada como tal en el Programa Individual de Atención correspondiente.

A estos efectos no se exigirá el recargo cuando se acredite el traslado de la persona obligada al
pago a la fecha de devengo del impuesto y se presente la Orden Foral de reconocimiento de la
situación de dependencia. En aquellos casos en que la persona dependiente y la cuidadora residan
fuera del municipio, deberá aportarse con carácter anual certificado en el que conste que ambas se
encuentran empadronadas en la misma vivienda.”
Se propone debiera decir:

“Artículo 11. Recargo a las viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo

5.- Se excluirán de la aplicación del recargo los siguientes bienes inmuebles de uso residencial:

a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Territorio
Histórico de Bizkaia y de sus Organismos Autónomos, de sus entidades públicas empresariales y
de sociedades mercantiles de capital íntegramente público, sin perjuicio de que el Ayuntamiento
pueda requerir a la administración titular para que acredite el destino residencial de los mismos.

b) Los que constituyan elemento común de una Comunidad de Propietarios en régimen de
Propiedad Horizontal.

c) Aquellos en los que en el año anterior al devengo del recargo conste en el Padrón de habitantes
de este Ayuntamiento inscripción que acredite la residencia de una o más personas durante al
menos 30 días.

d) Los que se encuentren en un edificio que esté siendo objeto de rehabilitación equiparable a obra
nueva.

e) Los que se encuentren en un edificio declarado en situación legal de ruina o los que sean objeto
de declaración de inhabitabilidad.

f) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 6 del artículo 10 de la presente
Ordenanza, por haber sido cedidos en el marco de programas de vivienda vacía o de
intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre del Gobierno Vasco o de otros planes o
programas autonómicos, forales o municipales.

g) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 1 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de inmuebles objeto de actividad de las empresas de construcción y
promoción inmobiliaria.

h) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 2 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de Viviendas de Protección Pública o equiparables mientras sean de
titularidad y objeto de la actividad de las empresas de construcción o promoción inmobiliaria.

i) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del ingreso de la persona obligada al pago


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del impuesto en una residencia para personas mayores, enfermas mentales o con algún tipo de
discapacidad, siempre que con anterioridad hayan constituido su residencia habitual. En este caso
no se exigirá el recargo cuando se acredite este ingreso en una residencia a la fecha de devengo
del impuesto y se presenten, dentro de los 20 días siguientes, las facturas correspondientes a su
estancia y un Certificado emitido por la residencia en el que figure la fecha de inicio y su
permanencia al uno de enero de cada ejercicio.

j) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del traslado de la persona obligada al pago
del impuesto, por encontrarse en situación de dependencia en grado II o III, al domicilio de una
persona cuidadora no profesional del entorno familiar, o bien como consecuencia del traslado de
esta al domicilio de la persona familiar dependiente en grado II o III, siempre que con anterioridad
hayan constituido la residencia habitual del titular del inmueble.

Se entenderá como persona cuidadora no profesional del entorno familiar aquella que figure
designada como tal en el Programa Individual de Atención correspondiente.

A estos efectos no se exigirá el recargo cuando se acredite el traslado de la persona obligada al
pago a la fecha de devengo del impuesto y se presente la Orden Foral de reconocimiento de la
situación de dependencia. En aquellos casos en que la persona dependiente y la cuidadora residan
fuera del municipio, deberá aportarse con carácter anual certificado en el que conste que ambas se
encuentran empadronadas en la misma vivienda.”

Asimismo se propone la incorporación de una Disposición Adicional Única para recoger un
precepto específico con objeto de dar cobertura a la utilización de los servicios de interoperabilidad,
en orden al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015 del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que los interesados tienen
derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o
hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. Por su carácter ancilar, parece
recomendable incluir esta cláusula como una disposición adicional y, como consecuencia de su
incorporación como título X, deberá acomodarse la numeración de los títulos posteriores de la
Ordenanza.

Se propone adicionar la siguiente disposición:

“X.- DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Cláusula de interoperabilidad.

El Ayuntamiento de Bilbao podrá realizar la consulta o verificación de los datos adecuados,
pertinentes y necesarios para la gestión del impuesto que obren en poder de otras
Administraciones a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto. Si por causas técnicas no fuera posible la interoperabilidad,
deberán ser facilitados por la persona interesada.”

También se propone adicionar una nueva Disposición Transitoria a la ya existente, de forma que
constituyan las Disposiciones Transitorias Primera y Segunda. Esta última se incorpora para
complementar la implantación de la nueva bonificación para familias numerosas propuesta en el
artículo 9.8, de forma que, a efectos de su aplicación en 2024, se admitan las solicitudes
presentadas hasta el final del plazo de interposición del recurso de reposición contra los recibos de
Padrón del tributo correspondientes al ejercicio 2024.

Donde dice:

“X.- DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

Las bonificaciones reconocidas en virtud de la redacción vigente hasta el 31 de diciembre de 2021
del artículo 10.5 de esta Ordenanza mantendrán sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2023.”



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2023-09-28PDF (p.224)
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El Área de Hacienda ha llevado a cabo un análisis y diagnóstico de la Ordenanza Fiscal reguladora
del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO) con el fin de mejorar la calidad
técnica y normativa de la misma. El ICIO es un impuesto aparentemente simple que, sin embargo,
tiene una gestión muy compleja. Esa complejidad deriva de la existencia de carencias significativas
en su regulación legal (vgr. los problemas derivados de la relación entre los sujetos pasivos cuando
se produce una transmisión de obra o la relación existente entre liquidaciones provisional y
definitiva) y los múltiples pronunciamientos jurisprudenciales que, en los últimos años, han
matizado buena parte de su configuración jurídica. Por ello resulta aconsejable realizar una nueva
regulación de todo el impuesto, para actualizar las normas que han quedado desfasadas y
solucionar los problemas derivados de esa nueva configuración legal. En este sentido, a
continuación, se proponen diversas modificaciones y actualizaciones de la Ordenanza Fiscal en
vigor.
Como se verá, la mayor parte de las propuestas tienen un marcado carácter técnico, por cuanto
suponen adaptaciones a legislación dictada en la materia, así como incorporaciones de puntos de
mejora identificados durante el proceso de análisis y diagnóstico.
También se incorporan algunas novedades sustanciales. En primer lugar, se procede al
establecimiento de un tipo impositivo único en línea con lo dispuesto en el artículo 3.3. de la Norma
Foral 10/1989. A su vez, dado que el fin perseguido con el establecimiento del tipo único no es el
incremento de la presión fiscal, sino la mejora de la calidad técnico-jurídica de la Ordenanza Fiscal,
se propone la adición de una serie de bonificaciones fiscales a fin de mantener el tratamiento
preferente que la vigente Ordenanza Fiscal otorga determinadas tipologías de obras. Este nuevo
tratamiento, mucho más adecuado a las exigencias legales, también dota de mayor claridad y
cohesión al texto normativo, toda vez que las bonificaciones cuya adición se propone, se articulan
en torno a cuatro categorías, facilitando la comprensión del texto normativo:
    -     Bonificaciones por la realización de obras de especial interés o utilidad municipal.

    -     Bonificaciones por obras orientadas al ahorro de energía.

    -     Bonificaciones por construcción de viviendas públicas y sociales.

    -     Bonificaciones por obras orientadas a favorecer la movilidad de las personas en situación
          de discapacidad.

De este modo, se mejora la técnica jurídica de las disposiciones de la Ordenanza, pero sin alterar
los tratamientos que la misma otorga.
Por lo expuesto se propone la modificación de los siguientes artículos de la Ordenanza:
Se propone la modificación técnica del artículo 2, referido al hecho imponible, de forma que se
actualiza la redacción del apartado 2.2, y se adiciona un nuevo apartado 2.3 que recoge un
supuesto de no sujeción confirmado por una abundante jurisprudencia: las obras realizadas en
virtud de proyectos de urbanización. El vigente apartado 2.2 contiene una lista ejemplificativa -
significativamente extensa- de obras que precisan licencia y están sujetas al impuesto. El motivo
principal de la modificación es que la relación de obras que precisan licencia, declaración
responsable o comunicación previa es enorme, en tanto comprende casi la totalidad de obras
imaginables, y la presentación de una relación de doce supuestos concretos puede tener un efecto
contrario al perseguido, en tanto no sirve para clarificar los supuestos de sujeción al impuesto y sí
puede confundir a la persona interesada haciéndole creer que otros supuestos distintos no estarían
gravados por el impuesto.
Por tanto, a fin de facilitar la comprensión del precepto contribuyendo a los objetivos de
simplificación y mejora normativa que se pretenden desde el Área de Hacienda, se propone la
simplificación de la relación de obras contemplando únicamente dos menciones específicas que se
recogen porque corresponden a obras cuya sujeción puede ser dudosa y de este modo se elimina


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las disposiciones legales aplicables.
En este sentido, este artículo desarrolla la bonificación prevista en el artículo 4.2.a) de la Norma
Foral 10/1989 que permite establecer una bonificación de hasta el 95% para obras declaradas de
especial interés o utilidad municipal. Por medio de esta autorización genérica se propone el
establecimiento de bonificaciones que incluyen todos aquellos supuestos en los que se considera
oportuno minorar la deuda tributaria. Además, la regulación objetiva de todos los supuestos que se
consideran incluidos en este concepto genérico de “obras de especial interés o utilidad municipal”
facilita la gestión, porque evita las solicitudes de aplicación de bonificaciones invocando un
potencial “interés especial” de las obras que pretenden realizar quienes no cuenten con los
requisitos para la aplicación de la bonificación.
La legalidad de esta técnica legislativa ha sido reconocida en diversas sentencias, como la STSJ
de Madrid de 14 de junio de 2021 (ECLI:ES:TSJM:2012:10434), en la que se afirma que “Existe,
pues, ciertamente, discrecionalidad municipal para el establecimiento en la Ordenanza dela
bonificación, siempre respetando los términos del art. 103.2.a) LHL , pero una vez establecida la
bonificación en unos concretos términos en la Ordenanza, su aplicación no puede ser nunca
discrecional, sino plenamente reglada, aunque, como en este caso ocurre, suponga la aplicación
de conceptos jurídicos indeterminados«...»Por tanto, la discrecionalidad municipal se agota con la
regulación normativa de la bonificación en la Ordenanza, con los límites legales expuestos, pero
una vez establecida la regulación en la Ordenanza, el Ayuntamiento debe limitarse a aplicarla sin
discrecionalidad alguna. Podrá así, el Ayuntamiento decidir si establece o no la bonificación en la
Ordenanza; y, si decide establecerla, puede también el Ayuntamiento fijar discrecionalmente su
cuantificación en la Ordenanza con el límite legal indicado del 95%; y puede también, en fin, el
Ayuntamiento definir en la Ordenanza a qué concretas obras desea restringir la bonificación,
siempre que se trate, como exige la ley, de obras que revistan "especial interés o utilidad municipal
por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo" (v.g.
restringiendo la bonificación en la Ordenanza a las obras deconstrucción de viviendas públicas o a
la construcción de viviendas públicas de determinadas características, p.ej. en alquiler, o a las
obras que se realicen en determinadas zonas del municipio, a las de rehabilitación del casco
histórico, a determinados tipos de edificios como museos, polideportivos, colegios, etc., a todas o
algunas de este tipo de obras . La simple lectura de este párrafo y de los ejemplos que se citan
sustentan la tesis dela sentencia de instancia. . La jurisprudencia estima, que aun siendo la reserva
de Ley en materia tributaria de carácter relativo - creación ex novo del tributo y determinación de
los elementos esenciales - está admitida la colaboración reglamentaria en términos de
subordinación, desarrollo y complementariedad. En cuanto al alcance de la reserva de Ley
respecto de las ordenanzas municipales, el TC mantiene una concepción flexible de la reserva de
Ley, reconociendo un amplio ámbito de regulación a las ordenanzas dictadas por los
ayuntamientos. Expresamente dice el TC "que el ámbito de colaboración normativa de los
municipios, en relación con los tributos locales, es mayor que el que podría relegarse a la
normativa reglamentaria estatal, toda vez que las ordenanzas municipales se aprueban por un
órgano, el Pleno, de carácter representativo y que la garantía local dela autonomía local impide que
la Ley contenga una regulación agotadora de la materia, como los tributos locales donde está
claramente presente el interés local ( STC 233/1999 ,16/12). Debe pues descartarse que el
artículo5 de la ordenanza del Ayuntamiento de Madrid reguladora del Impuesto de Construcciones
Instalaciones y Obras (ICIO), sea nulo por incurrir en un exceso normativo ya que la corporación
hizo uso de la habilitación legal, en virtud del principio de colaboración reglamentaria para no solo
establecer sino también para regularlos aspectos sustantivos de la bonificación”.
A continuación, se exponen las explicaciones correspondientes a cada una de las bonificaciones
que se proponen:
    a) Obras mayores, incluidas las obras, instalaciones y construcciones de nueva planta,
       rehabilitación integral y derribos de edificios destinados de forma exclusiva a usos terciario,
       productivo o de equipamientos en el Área Mixta de Zorrotzaurre, que disfrutarán de una
       bonificación del 50%.



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          a) Cuando se trate de obras de limpieza, pintura y/o restauración integral de fachadas
          exteriores o interiores y cubiertas de edificios.
          b) Cuando se trate de obras de reforma que conlleven la mejora de eficiencia energética,
          que afecten a fachada y cubierta.
          c) Cuando se trate de obras de rehabilitación integrada en los términos previstos por la
          normativa autonómica, o de rehabilitación preferente declarada por el Ayuntamiento.
          d) Cuando se trate de obras de iniciativa privada ejecutadas en edificios de uso residencial
          consistentes en la supresión de barreras arquitectónicas en elementos comunes en su
          interior o instalación de ascensor cuando el inmueble carezca del mismo o en
          urbanizaciones privadas en entornos residenciales sean o no de uso público.
          e) Cuando se trate de obras de habilitación, reforma o acondicionamiento de locales para el
          ejercicio de nuevas actividades empresariales o profesionales que se inicien en el local por
          parte del dueño de la obra y así se acredite con la declaración de alta en el Impuesto sobre
          Actividades Económicas o declaración censal correspondiente, cuyo titular, sujeto pasivo
          del tributo, sea una personas física o jurídica con domicilio fiscal en Bilbao y no tenga un
          volumen de operaciones por ser el primer año de ejercicio de la actividad o su volumen de
          operaciones sea inferior a 2 millones de euros.

5.- El tipo de gravamen queda fijado en el 2 %:

a) Cuando se trate de obras, instalaciones y construcciones realizadas en terrenos de dominio
público por empresas explotadoras de servicios públicos de suministro, que comprenden tanto las
obras necesarias para llevar a cabo la apertura de calicatas y pozos o zanjas, tendido de carriles,
colocación de postes, canalizaciones, acometidas y, en general cualquier remoción del pavimento o
aceras, como las que sean precisas para efectuar la reposición, construcción o arreglo de lo que
sea destruido o deteriorado con las expresadas catas o zanjas.

b) Cuando se trate de Construcción de nueva planta de viviendas de protección pública y de
alojamientos dotacionales de iniciativa privada. En ningún caso se aplicará este tipo de gravamen a
las obras de reforma, modificación, o rehabilitación de viviendas de protección pública o
alojamientos dotacionales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la construcción de
las mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada.

c) Cuando se trate de Construcción de nueva planta de viviendas de protección pública y de
alojamientos dotacionales, incluida la realización de derribos, movimientos de tierras, y otras obras
complementarias, relacionadas con la construcción de nueva planta anterior y de actuaciones de
Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana de iniciativa pública.

d) Cuando se trate de Obras o instalaciones promovidas por el Gobierno Vasco, en inmuebles
destinados a educación secundaria.

e) Cuando se trate de obras de derribo o reparación, rehabilitación o reforma de elementos
comunes de edificios que conlleven retirada de amianto.

f) Cuando se trate de obras de nueva planta destinadas a centros docentes universitarios o
actividades de investigación pública o privada promovidas por quien figure de alta en el grupo 936
de la Sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas al tiempo de
solicitud de la licencia”.

g) Cuando se trate de obras mayores, incluidas las obras, instalaciones y construcciones de nueva
planta, rehabilitación integral y derribos de edificios destinados de forma exclusiva a usos terciario,
productivo o de equipamientos en el Área Mixta de Zorrozaurre.

h) Cuando se trate de obras de iniciativa privada ejecutadas en edificios de uso residencial
consistentes en la creación de un itinerario practicable global con criterios de alcanzar el grado
máximo posible de accesibilidad, así como en actuaciones en las que sea necesario la ocupación


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de espacios exteriores del edificio con esta misma finalidad.

6.- Se establecen las siguientes bonificaciones:

a) Tendrán una bonificación del 90 % en la cuota de este impuesto, aquellas obras en elementos
privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de los
discapacitados con más de un 33 % de minusvalía motriz, derivadas de la necesidad de
acondicionar la vivienda en que residan habitualmente para poder mejorar su accesibilidad y para
adaptarla a sus necesidades.

La citada bonificación podrá aplicarse en la autoliquidación del impuesto siempre que en el plazo
para practicar aquella pueda acreditarse el grado de minusvalía mediante documento expedido por
la autoridad competente. En otro caso se aportará tal documentación al expediente antes de la
finalización de la obra aplicándose la bonificación cuando se practique la liquidación
complementaria o definitiva del impuesto.

b) Tendrán una bonificación de hasta el 95 % en la cuota de este impuesto, las construcciones,
instalaciones u obras que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir
circunstancias sociales, culturales, histórico-artísticas o de fomento del empleo y del alojamiento
transitorio que justifiquen tal declaración. La declaración corresponde al Pleno de la Corporación,
que además fijará el porcentaje de bonificación aplicable en función de las circunstancias
concurrentes, aplicándose la bonificación una vez que finalizada la obra se practique la liquidación
complementaria o definitiva del impuesto.

A estos efectos, se establece una bonificación del 95 % en la cuota de este impuesto, para las
construcciones, instalaciones u obras promovidas por el Gobierno Vasco, en inmuebles de
titularidad municipal, destinados a educación infantil o primaria.

c) Se establece una bonificación del 60% a favor de las construcciones, instalaciones y obras en
las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar o de
otras energías renovables. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las
instalaciones para producción de calor incluyan colectores o sistemas de calefacción y agua
caliente sanitaria (ACS) que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración
competente.

Se establece, también, una bonificación del 60% a favor de las construcciones, instalaciones y
obras que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención de una etiqueta
energética de clase A. También aquellas que tengan como finalidad la rehabilitación integral de
inmuebles que englobe la rehabilitación energética y accesibilidad teniendo como finalidad la
obtención de una etiqueta de eficiencia energética de clase A.

Se establece, asimismo, una bonificación del 30% a favor de las construcciones, instalaciones y
obras que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención de una etiqueta
energética de clase B.

También aquellas que tengan como finalidad la rehabilitación integral de inmuebles que englobe la
rehabilitación energética y accesibilidad teniendo como finalidad la obtención de una etiqueta de
eficiencia energética de clase B.

La bonificación a que se refiere esta letra será aplicable, exclusivamente, sobre las cantidades
cuya inversión no sea obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.

Para acceder a la bonificación de los párrafos segundo y tercero de esta letra, será suficiente con
la justificación del inicio de los trámites encaminados a su obtención. En tal supuesto, la
bonificación quedará condicionada a su oportuna justificación ante la oficina gestora del impuesto,
lo que deberá efectuarse en el plazo de 15 días desde la obtención de la calificación o documento


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las bonificaciones contempladas en los artículos anteriores.
En relación con el Artículo 10, relativo al régimen de gestión del impuesto, la alteración en el orden
del articulado determina que el nuevo contenido del artículo 10 comprenda las bonificaciones por
construcción de viviendas públicas y sociales. A tal efecto, se propone la modificación del
contenido íntegro del precepto y la adición de tres nuevos apartados 10.2, 10.3 y 10.4.

Este artículo pasa a desarrollar la bonificación prevista en el artículo 4.2.d) de la Norma Foral
10/1989, que permite establecer una bonificación de hasta el 50 % para viviendas de protección
pública, y de hasta el 95% para viviendas sociales.
Esta bonificación no existe en la vigente ordenanza fiscal, aunque sí se prevé un tipo reducido para
“Construcción de nueva planta de viviendas de protección pública y de alojamientos dotacionales,
incluida la realización de derribos, movimientos de tierras, y otras obras complementarias,
relacionadas con la construcción de nueva planta anterior y de actuaciones de Rehabilitación,
Regeneración y Renovación Urbana de iniciativa pública”.
Por ello, manteniendo el mismo grado de protección que el de la vigente Ordenanza, se propone la
creación, a través del nuevo artículo 10.1, de una bonificación del 50 % para este tipo de
construcciones. En la Norma Foral 10/1989 se contempla la posibilidad de establecer una
bonificación de “hasta el 50”, por lo que se propone recoger el máximo previsto en dicha norma
para equiparar el tratamiento a la situación vigente, en línea con los objetivos aludidos en
apartados anteriores.
Además, se propone la adición de una segunda bonificación, que no se contempla en la ordenanza
vigente, pero está permitida en la Norma Foral 10/1989. Se refiere a la construcción de viviendas
de protección pública que, además, tienen la consideración de viviendas sociales. Para ese
supuesto se propone incrementar la bonificación anterior del 50 % al 75 %.
La inclusión de esta segunda bonificación encuentra su justificación en la naturaleza de los
beneficiarios.
Finalmente se propone como redacción del nuevo artículo 10.4 la siguiente “4. La bonificación
prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones
contempladas en los artículos anteriores”. Aunque esta regla conlleva una acumulación de
beneficios fiscales se considera oportuno incluir dicha regla porque los presupuestos de hecho son
distintos y razonablemente acumulables, y porque la Norma Foral prevé en todos estos supuestos
la aplicación acumulada, disponiendo expresamente que “La bonificación prevista en esta letra se
aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren las letras
anteriores”.
Donde dice:
“Artículo 10.
1.- Con carácter general la liquidación y el pago del impuesto, salvo en los supuestos exceptuados
en el artículo 14 se practicará en régimen de declaración-autoliquidación, por los sujetos pasivos,
quienes vendrán obligados a presentarla ante la Administración Municipal, según el modelo oficial
que facilitará aquella y que contendrá los elementos de la relación tributaria y demás datos
necesarios e imprescindibles para el señalamiento de la cuota cuyo pago deberá efectuarse
simultáneamente en el mismo acto de la presentación de la declaración.”
Se propone debiera decir:
“Artículo 10. Bonificaciones por construcción de viviendas públicas y sociales

1. Se establece una bonificación del 50 % a favor de las obras de construcción de nueva planta de
viviendas de protección pública. Esa bonificación será del 75 % en caso de tener dichas viviendas
la calificación de viviendas sociales.



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2. La bonificación es rogada y, para su aplicación, el interesado deberá presentar copia de la
calificación provisional de las viviendas.

3. Si la construcción comprendiera viviendas de distintas categorías, el interesado deberá aportar
un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la
construcción de unas y otras viviendas. Si ello no fuera posible, a efectos de la bonificación se
prorrateará el presupuesto en proporción a las respectivas superficies.

4. La bonificación anterior se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las
bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores.”
Con respecto al artículo 11, relativo al régimen de gestión del impuesto, la alteración en el orden
del articulado determina que el nuevo contenido del artículo 11 deba referirse a las bonificaciones
por obras orientadas a favorecer la movilidad de las personas en situación de discapacidad. A tal
fin, se propone la modificación técnica de los apartados 11.1, 11.2, 11.3 y 11.4 y la adición de un
nuevo apartado 11.5.
En este artículo se desarrolla la bonificación prevista en el artículo 4.2.e) de la Norma Foral
10/1989, que permite establecer una bonificación de hasta el 90 % para obras de esta naturaleza.
Se propone reconocer una bonificación del 50% para aproximar el beneficio fiscal al reconocido en
la vigente ordenanza.
Asimismo, en línea con la Convención Internacional por los Derechos de las Personas con
Discapacidad de Naciones Unidas (ONU), se propone la sustitución del término “discapacitado” y
similares, por el más adecuado de “Personas en Situación de Discapacidad”, término preferente
para SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad) ya que con esta referencia se incorpora la
mirada social, rompiendo las barreras y obstáculos.
El presupuesto de hecho de aplicación de la bonificación es muy amplio y en el mismo se
subsumen los supuestos contenidos en la vigente regulación con tipos de gravamen reducidos.

Mediante la redacción del nuevo artículo 11.2 se contempla la bonificación del 90% contenida en la
ordenanza anterior para obras de adecuación del interior de la vivienda. En relación con ello, el
motivo por el que se considera que las obras en elementos privativos merecen una bonificación
superior a otra que tiene la misma finalidad y se realiza en elementos comunes es que en el caso
de obras en elementos privativos se pretende satisfacer una necesidad específica de protección de
la persona en situación de discapacidad, mientras que en los elementos comunes se satisface una
necesidad genérica.
Con la regulación propuesta se amplía el número potencial de beneficiarios de la bonificación.
El artículo 11.3 incorporará la regulación de los aspectos formales de esta bonificación.
En el artículo 11.4 se propone establecer que la bonificación no resultará de aplicación cuando las
obras tengan carácter obligatorio, porque normalmente las bonificaciones se hacen para promover
o favorecer determinadas actuaciones, por lo que pierden esa finalidad cuando existe un mandato
de realización de dichas actuaciones.
Finalmente se propone establecer como redacción del nuevo artículo 11.5 la siguiente: “5. La
bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las
bonificaciones contempladas en los artículos anteriores”. Aunque esta regla conlleva una
acumulación de beneficios fiscales se considera oportuno incluir dicha regla porque los
presupuestos de hecho son distintos y razonablemente acumulables, y porque la Norma Foral
prevé en todos estos supuestos la aplicación acumulada, disponiendo expresamente que “La
bonificación prevista en esta letra se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las
bonificaciones a que se refieren las letras anteriores”.
Donde dice:



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“Artículo 11.
1.- Cuando sea la Administración Pública sujeto pasivo del impuesto, la declaración autoliquidación
deberá ser presentada e ingresada la cuota resultante de la misma en el plazo de 4 meses a contar
a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de la licencia preceptiva, determinándose
la base imponible en función del presupuesto presentado por la Administración, siempre que el
mismo hubiese sido visado por el Colegio Oficial correspondiente cuando ello constituya un
requisito preceptivo, en otro caso, la base imponible será determinada de acuerdo con el coste
estimado del proyecto.

2.- En los demás casos, la declaración-autoliquidación del impuesto deberá ser presentada e
ingresada la cuota resultante de la misma en el plazo de 30 días hábiles a contar a partir del día
siguiente a la notificación de la concesión de la licencia preceptiva, determinándose la base
imponible de la forma establecida en el párrafo anterior.

3.- En el supuesto de que se conceda ampliación de licencia, deberá ser presentada declaración-
autoliquidación conforme al presupuesto ampliado en los plazos a que se refieren los apartados
anteriores a contar a partir del día siguiente a la notificación de la licencia ampliada.

4.- Cuando la ejecución de la obra esté sometida a comunicación previa o declaración responsable,
la declaración autoliquidación del Impuesto y el ingreso de la cuota resultante deberán practicarse
en el plazo de treinta días hábiles a contar a partir del día siguiente a la presentación de la
comunicación previa o declaración responsable. Cuando el sujeto pasivo del Impuesto sea la
Administración Pública, la declaración-autoliquidación deberá ser presentada e ingresada la cuota
en el plazo de cuatro meses a contar a partir del día siguiente a la presentación de aquella
comunicación previa o declaración responsable.
Se propone debiera decir:
“Artículo 11. Bonificaciones por obras orientadas a favorecer la movilidad de las personas en
situación de discapacidad
1. Se establece una bonificación del 50 % de la cuota por la realización de construcciones,
instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas en
situación de discapacidad.
2. Se establece una bonificación del 90% de la cuota por la realización de obras en elementos
privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las
personas en situación de discapacidad con más de un 33 % de discapacidad motriz.
3. Esta bonificación es rogada y alcanzará exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a
las obras destinadas estrictamente a dicho fin, debiéndose aportar por el interesado un desglose
del presupuesto, suscrito, en su caso, por el técnico facultativo que dirija las obras, en el que se
determine razonadamente el coste de las obras amparadas por esta bonificación. El interesado
también deberá aportar, en su caso, justificante de la situación de discapacidad del ocupante de la
vivienda en cuyo interés se realizan las obras o, al menos, de haber iniciado los trámites
administrativos para lograr ese reconocimiento.
4. La bonificación no alcanzará a las construcciones, instalaciones u obras que se realicen en
inmuebles que por prescripción normativa deban estar adaptados o deban adaptarse
obligatoriamente.
5. La bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso,
las bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores.”
En relación al artículo 12, referente a la comprobación en vía de gestión tributaria o de inspección,
dada la alteración del orden de los artículos de la Ordenanza Fiscal vigente, se propone la
modificación técnica de los apartados 12.1, 12.2, 12.3, 12.4, 12.5 y 12.6, al tiempo que se propone
la adición de dos nuevos apartados 12.7 y 12.8 de forma que el artículo 12 pasa a contener las
reglas comunes a todas las bonificaciones en concordancia con las modificaciones expuestas en


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las personas en situación de discapacidad.
         Asimismo, se propone la modificación de la redacción del apartado 2.f) del punto 1º del
artículo 6 a los mismos efectos que los expresados en párrafos anteriores. Por consiguiente, donde
dice f) obras en elementos privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y
habitabilidad de los discapacitados con más de un 33 % de minusvalía motriz, derivadas de la
necesidad de acondicionar la vivienda en que residan habitualmente para poder mejorar su
accesibilidad y para adaptarla a sus necesidades. Esta tarifa podrá aplicarse en la autoliquidación
de la tasa siempre que en el plazo para practicar aquella pueda acreditarse el grado de minusvalía
mediante documento expedido por la autoridad competente, se propone debiera decir: f) obras en
elementos privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de
las personas en situación de discapacidad con más de un 33 % de discapacidad motriz. Esta tarifa
podrá aplicarse en la autoliquidación de la tasa siempre que en el plazo para practicar aquella
pueda acreditarse el grado de minusvalía mediante documento expedido por la autoridad
competente.
Se propone también la modificación sustantiva del apartado 2.g) punto 1º del artículo 6 para
adecuar su contenido a la tipología de obra equivalente en la nueva redacción de la Ordenanza
reguladora ICIO. Así, donde dice g) construcciones de nueva planta de viviendas de protección
pública y de alojamientos dotacionales de iniciativa privada. En ningún caso se aplicará este tipo de
gravamen a las obras de reforma, modificación, o rehabilitación de viviendas de protección pública
o alojamientos dotacionales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la construcción
de las mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada, se propone debiera decir: g)
construcciones de nueva planta de alojamientos dotacionales. En ningún caso se aplicará este tipo
de gravamen a las obras de reforma, modificación, o rehabilitación de alojamientos dotacionales no
amparadas en la licencia urbanística otorgada para la construcción de las mismas, cuando se trate
de obras de iniciativa privada.
Para concluir con la adaptación a la nueva regulación del ICIO, se propone la adición de un nuevo
apartado n) con el siguiente tenor literal: n) obras de construcción de nueva planta de viviendas de
protección pública o de viviendas sociales. En ningún caso se aplicará este tipo de gravamen a las
obras de reforma, modificación, o rehabilitación de viviendas de protección pública o viviendas
sociales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la construcción de las mismas,
cuando se trate de obras de iniciativa privada.
Finalmente, por el Área de Obras, Planificación Urbana y Proyectos Estratégicos se propone para
el ejercicio 2024 la modificación de los apartados 1, 2 3 y 4 del artículo 6.11.1. puesto que la
redacción actual dice: “6.11.1
11.1.-Reparcelaciones:
11.1.1-.Sin Junta de Concertación y hasta cuatro parcelas resultantes
11.1.2.-Sin Junta de Concertación y más de cuatro parcelas resultantes
11.1.3.-Con Junta de Concertación hasta cuatro parcelas resultantes y con la intervención de dos
personas propietarias.
11.1.4.-Con Junta de Concertación con más de cuatro parcelas resultantes o con la intervención de
más de dos personas propietarias.
(…)”
y requiere una adaptación técnica a la normativa urbanística, consistente en sustituir la referencia
que se hace en los apartados 1, 2 3 y 4 del art. 6.11.1 a las “Juntas de Concertación”, por el
término más amplio de “Agrupación de interés urbanístico”. Conforme a lo dispuesto por la
normativa urbanística; estas agrupaciones de interés urbanístico pueden constituirse en diferentes
modalidades de ejecución de la ordenación urbanística, de acuerdo con lo previsto en el art.115 de
las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana (actuaciones aisladas,
actuaciones de dotación y en las actuaciones integradas). Las Juntas de Concertación, que
también son agrupaciones de interés urbanístico, se refieren únicamente a la ejecución de
actuaciones integradas, por el sistema de concertación.
Se propone, en síntesis, diferenciar la cuota prevista para la tramitación de reparcelaciones, en
función de si los propietarios del ámbito se constituyen o no en una agrupación de interés


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2023-09-28PDF (p.279)
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Alkateak hitza eman dio Ajuria andreari.             El Alcalde cede la palabra a la Sra. Ajuria.

        AJURIA ANDREA: «Eskerrik asko alkate jauna. Egun on zinegotzi jaun andreok. Gaur,
udalbatzar honetan, udal ordenantza fiskalen 2024ko proposamena eztabaidatuko dogu.

       Hasteko esan behar dot, GOBERNU TALDE honek agintaldi berrirako hartutako
konpromisoari erantzuten dautsola. Ekintza publikoaren erdigunean pertsonak, auzoak, eta jarduera
ekonomikoak kokatzea.

      Ustedes saben tan bien como yo, que para poder cumplir con los objetivos de este nuevo
mandato, situar en el centro de la acción pública a las personas, los barrios y la actividad
económica, se requieren recursos y una buena gestión, eficiente y eficaz, de los mismos.

        En este salón de plenos y a lo largo de este mandato seremos protagonistas de un número
importante de iniciativas, unas vendrán de la mano del gobierno municipal y otras de los grupos de
la oposición. Todas ellas con un único propósito, responder a las demandas de los bilbaínos y
bilbaínas. Debatiremos sobre empleo, vivienda, seguridad, euskera, juventud, personas mayores,
barrios o los servicios públicos. Pero no olvidemos que todas estas propuestas llevan implícita una
dotación económica.

       Beraz, kalitatezko zerbitzu publikoak emoten jarraitu gura badogu, euskeraren,
enpleguaren, gazteriaren, segurtasunaren edo auzoen hobekuntzaren alde lan egiten jarraitu gura
badogu baliabide ekonomikoak behar doguz. Kontutan izan behar dogu azken hiru urteetan,
lehenengo COVID19aren birusarekin eta geroago Ukraniako gerrarekin, agerian geratu dala kontu
saneatuak izatearen garrantzia.

        Una buena gestión de los recursos públicos permitió que este Ayuntamiento pudiera
afrontar imprevistos como fue la pandemia. ¿Imaginan qué hubiera ocurrido entonces si no
hubiéramos contado con unas cuentas saneadas? No desvelo ningún secreto si les digo que
levantar la persiana cada día y cumplir nuestros deberes exige hoy mayores dotaciones
económicas, los costes de ejecución de los contratos que prestamos se han encarecido como
consecuencia del actual contexto de crisis energética. Subida de los costes laborales, incremento
de los precios de las materias primas.

         Guzti hau kontutan izanik hurrengo 2024ko udal tasak eta zergak %3an eguneratzea
proposatu dogu. Neurri horren bidez 5,2 milioi euro inguru batuko dira. Honekin batera,
zergadunentzako onura fiskalak eta ordaintzeko erraztasunak mantenduko doguz. Aldi berean,
datorren urteko ordenantza fiskalek badakartzate zenbait barrikuntza: IBIaren hobaria
berreskuratzea kide anitzeko familientzat ehuneko desberdinak aplikatuz katastro balioen arabera,
etxebizitza hutsaren gaineko errekargua aplikatzea turismoko etxebizitzei, edota horren arloko
neurri berrien artean, Zorrotzako muturrean ikus-entzunezkoen industriaren arloko instalazioekin
zerikusia duten eraikuntza lanak erraztea.

        La propuesta de aplicar con carácter general un 3% a los impuestos y tasas municipales es
necesaria para contar con ingresos suficientes si queremos acometer con éxito los retos que
tenemos. Me centraré en los tres más relevantes: primero, recuperar la capacidad de financiación.
La recaudación y gestión de los tributos municipales resulta fundamental para el sostenimiento de
los servicios y prestaciones que competen a este Ayuntamiento. Segundo reto, mantener la calidad
de los servicios públicos que prestamos. Es innegable que se han producido importantes
incrementos de estos costes. Resulta fundamental hacer frente a los incrementos de gastos ya
comprometidos. Y tercer reto, la contención de la presión fiscal. Quisiera dejar claro que en todo
momento nuestra propuesta busca minimizar al máximo la repercusión de esta actualización en la
ciudadanía.

          Beraz, eztabaidatzeko ekarri dogun ordenantza fiskalen proposamen honen bidez, Bilbon


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bizi garenon bizi kalitatea eta ongizatea hobetzen lagundu gura dogu. Gure konpromisoa,
erantzunak, ekimenak eta proiektuak eskaintzea eta zerbitzuak bermatzea da, aldi berean,
kudeaketa ekonomikoak zorroztasun eta erantzukizun printzipioak betez.

        La actualización de las ordenanzas fiscales en 2024 es necesaria. Los recursos de las
Administraciones Públicas no son infinitos y debemos asumirlo. Otra cosa bien distinta es quiénes
deben pagar más y quiénes deben pagar menos. Para ello, los valores catastrales. La categoría
fiscal de calles y la potencia de los vehículos son referencias adecuadas como medida de la
capacidad económica, son índices que sirven para redistribuir la presión fiscal.

        Hablamos de tasas e impuestos, cierto, pero hablamos sobre todo de los recursos que
necesitamos para construir la ciudad que queremos y responder a las demandas de una sociedad
que nos exige cada día más y mejores servicios públicos. Eskerrik asko».

EH    BILDU     udal-taldeko          zuzenketen      Defensa y votación de las enmiendas del
defentsa eta bozketa                                  grupo municipal EH BILDU

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun                El alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak             los Sres. y Sras. concejales y concejalas de
xedatutakoaren arabera.                               acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                      Orgánico del Pleno.

         SRA. DEL RIO: “Eskerrik asko alkate jauna. EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal
taldea, ordenantza fiskalen zuzenketaz arituko da lehenengo txanda honetan, eta lehenengo eta
behin garbi utzi nahi dut ez direla EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal taldeak proposatuko
lituzkeen bakarrak, baina dakigun moduan udal gobernuak aldaketa bat proposatu duen
artikuluetara mugatu behar izan gara. Horretaz sakontzen jarraituko dugu proposizio gehiago
eginez hurrengo plenoetan. Gure helburua beti izango dela fiskalitate justuago bat eta
progresiboago bat lortzea. Eta horregatik, gure zuzenketak hiru ildo zehatzetan egin ditugu:

        La primera batería de propuestas tiene un público objetivo muy claro y es beneficiar
directamente a personas y asociaciones. Así las enmiendas 323 y 324 se centran en fomentar la
accesibilidad de las viviendas a personas mayores de 75 años. El objetivo, desde luego, es mejorar
su calidad de vida y su bienestar. La propuesta se realiza con independencia de que tengan
formalmente reconocido algún grado de discapacidad o de dependencia. Supone, en definitiva,
extender unas medidas ya reconocidas a personas en situación de discapacidad. Hablaríamos del
ICIO, ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Construcciones e Instalaciones y Obras, con
una bonificación del 50% y también tendría impacto en la ordenanza fiscal reguladora de las tasas
por prestación de servicios por obras, con una tarifa más reducida.

         La enmienda 326 lo que propone también con una modificación en el ICIO, en este caso
una bonificación del 90%, a las obras que realicen las sedes sociales de asociaciones culturales,
de acción social, juveniles y similares, siempre sin ánimo de lucro. El objetivo es apoyar y
reconocer la labor social realizada por dichas entidades, facilitando que cuenten con una
infraestructura adecuada a sus iniciativas.

         En la misma ordenanza, la enmienda a 327 adiciona una bonificación del 30% a las obras
del informe en materia de inspección técnica de edificios, que conocemos como IT. Es sin duda de
interés municipal fomentar la conservación, pero también las condiciones básicas de accesibilidad
y eficiencia energética de los edificios.

        Al Grupo Municipal EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) le ha sorprendido que a pesar de
que se haya incorporado esa bonificación para familias numerosas -que lo permite la norma Foral
8/2022- no se han tenido en cuenta otras bonificaciones potestativas que también permitía esta ley,
que también incorporaban en 2022. Tenía en cuenta situaciones de vulnerabilidad.



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         En este caso tenemos en cuenta la enmienda 333, que recoge bonificaciones a
perceptores de prestaciones no contributivas de renta de garantía de ingresos o de ingreso mínimo
vital y a situaciones de monomarentalidad. Situaciones todas ellas que, sin duda, acreditan la
necesidad de un tratamiento diferenciado.

         Como segunda línea de propuestas, lo que buscamos es potenciar las políticas de
vivienda, porque entendemos que una política fiscal adecuada también puede servir para reforzar
políticas concretas. En este sentido, la enmienda 325 tiene como objetivo impulsar la movilización
de la vivienda vacía, para lo que proponemos un incremento del recargo, llegando al 50% de la
cuota líquida del impuesto.

       Además, la enmienda 335 tiene por objetivo que los pisos turísticos tengan la
consideración, en este caso respecto a la recogida de basura, de cualquier otra actividad
económica y no como viviendas habituales, como viene sucediendo hasta la fecha.

        Eta azkenik, hirugarren ildotik, como tercera línea, proponemos diferentes medidas que
tienen que ver con una fiscalidad más justa y progresiva, una política fiscal que sirva para un
reparto justo de la riqueza.

        Poniendo en primer lugar el foco en la transición ecológica y haciendo referencia a la
ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación del servicio de recogida de basuras y,
mientras no se produzca esa ansiada reforma en profundidad, proponemos avanzar hacia esos
objetivos, acordando bonificaciones al compostaje tanto en vivienda como en establecimientos
comerciales. En la enmienda 330.

        En las enmiendas 328 y 329 se propone suprimir el tratamiento preferente al área mixta de
Zorrotzaurre y también al ya mencionado -obras e instalaciones en Punta Zorroza-, relacionado
estas con la producción audiovisual. Más allá de nuestra reticencia sobre el desarrollo de los
proyectos mencionados, de lo que seguro tendremos ocasión de hablar durante esta legislatura,
entendemos que las bonificaciones realizadas de forma generalizada no son eficientes.

       En caso de querer impulsar estos proyectos entendemos que lo más adecuado es un
sistema de subvenciones y ayudas en el que se puedan establecer los requisitos oportunos.
Entendemos también que genera diferencia entre barrios este tratamiento generalizado.

       Se ha destacado la incorporación en el IBI de una bonificación para familias numerosas. Y
a pesar de hacer una lectura positiva de la misma, se establece sin tener en cuenta que la propia
norma Foral que la posibilita establece también que la bonificación debe atender a la capacidad
económica de los sujetos pasivos y estar sujeta al valor mínimo atribuible de la vivienda no superior
a 300.000€. Por lo que entendemos que este aspecto debe también ser incorporado, a pesar de
que en nuestro caso optaríamos por un criterio distinto, probablemente más vinculado a la renta.

        Y, por último, las enmiendas 336 y 331. En este caso cuentan con un carácter, digamos,
más técnico. Lo que buscamos es simplificar el cálculo de las tarifas de las tasas por prestación de
servicios por obra, actuaciones urbanísticas y otros servicios técnicos. Así, en vez de regirnos por
un sistema de tramos que pueda dar lugar a saltos y grandes diferencias entre costes similares, se
propone establecer un porcentaje y un coste mínimo.

          Bukatzeko, hauek dira gure proposamenak, argiak izango gara, gure aburuz Bilboko
fiskalitateak buelta oso bat behar du. Aurrerago hitz egingo dugun bezala, proposatutako neurriekin
pragmatikoak izatea bilatu dugu ekarpen zehatzak, landuak eta egingarriak mahaigaineratu ditugu.
Hau izango da gure tonua eta lan egiteko era, espero dezagun hurrengoetan udal gobernuaren
erantzuna irekiago izatea. Eskerrik asko”.

       SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. En su intervención hacía referencia a que a
través de las enmiendas que han presentado, lo que buscan es que los impuestos y tasas


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municipales sean más justos y equitativos. Son dos conceptos en los que es imposible estar en
desacuerdo, ¿no? Y de hecho en nuestra propuesta de hoy, lo que persigue es la progresividad en
la redistribución de la riqueza. De hecho, si analizamos de los tributos más importantes para la
ciudadanía, por ejemplo, el impuesto sobre vehículos, el recibo medio asciende a 110€, el recibo
de menor importe es de 10€ y el de mayor importe de 351€, y algo similar sucede con el impuesto
sobre bienes inmuebles en uso residencial, que el recibo medio asciende a 192€, mientras que el
de menor importe es de 25€ y el de mayor importe 4.533€. Yo creo que los datos son concluyentes
y que ponen de manifiesto que la política fiscal de este Ayuntamiento es justa y equitativa.

        Decía usted también que en esas 3 líneas en las que han dirigido sus enmiendas, en el
caso del IBI, además de solicitar el incrementar el recargo de la vivienda vacía, también plantean
determinar el porcentaje de bonificación de familias numerosas en función de los ingresos. Y me
voy a centrar más en la enmienda que solicitan establecer una bonificación a favor de los
inmuebles que constituyen la vivienda habitual de los sujetos pasivos que se encuentran en
situación de vulnerabilidad por ser perceptores de pensiones no contributivas de renta de garantía
de ingreso, de ingreso mínimo vital, etcétera, que efectivamente, señora Del Río lo contempla la
norma Foral.

         ¿Cuál es el motivo por el que no incorporamos? Porque entendemos que el sistema vasco
de garantía de ingresos e inclusión social se ha convertido en una de las principales señas
distintivas del autogobierno vasco, sus prestaciones protegen de la pobreza severa a la inmensa
mayoría de quienes la perciben y reducen drásticamente los niveles generales de pobreza y
exclusión social en Euskadi. La capacidad de reducción de la pobreza esta entre el 35% y el 40%.

         Según datos de la encuesta de pobreza de desigualdades sociales y a pesar del deterioro
de la situación socioeconómica, la tasa de pobreza grave de la Comunidad Autónoma de Euskadi
se mantiene en 2020, por debajo de la correspondiente a la Unión Europea y a los 18 países del
euro.

        En lo que se refiere a las situaciones de exclusión, las tasas son en Euskadi más bajas que
en el conjunto del estado y además registramos tasas más elevadas de integración plena. Por lo
tanto, consideramos que la vía más eficaz para apoyar a las personas en situación de
vulnerabilidad es el conjunto de las prestaciones que integran el sistema vasco de garantía de
ingresos e inclusión social.

        Para terminar, quisiera proponerles transaccionar las enmiendas 323 y 324 para ampliar el
ámbito de la aplicación de la bonificación para las obras que favorecen las condiciones de acceso y
habitabilidad a las personas mayores de 75 años cuando sean residentes habituales de la vivienda.
Eskerrik asko”.

        DEL RIO ANDREA: «Eskerrik asko alkate jauna. Hainbat zuzenketa aurkeztu ditugu, lehen
esan moduan, etxebizitza hutsak merkatura ateratzeko, etxebizitza hutsaren kontrol turistikorako
eta EITetatik (Eraikinen Ikuskapen Teknikoa) eratorritako obrak errazteko, irabazi asmorik gabeko
elkarteei, baita egoera zaurgarrian daudenei laguntzeko.

        Pozten gara behintzat 75 urtetik gorako pertsonengan eta euren ongizatean pentsatutako
ekarpen horretan, adostasun batera heldu garela ikustea. Zoritxarrez eta zuen azalpenak entzun
ostean esan behar dut ez dugula konpartitzen irakurketa hori, aipatu duzunari beren inguruan eta
bereziki egoera zaurgarrian daudenen inguruan.

       Decía anteriormente que la encuesta de pobreza y desigualdades sociales nos ha
anunciado que la pobreza severa se ha reducido y eso es cierto, pero también ha dejado claro, si
hacemos una lectura más sosegada, que las desigualdades siguen creciendo y eso sigue siendo
un problema. Más allá de que el sistema de garantía de ingresos, que también daría para un
debate interesante, deba adecuarse porque está claro que debería tender hacia un sistema de
mayor universalidad, teniendo en cuenta que parece que estamos ante un giro en la situación


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pero en los que realmente no hay cambios sustanciales en el modelo, y eso es importante.

        No se dan pasos sustanciales en la mejora de la progresividad, la redistribución de la
riqueza, ni, por consiguiente, en la justicia social. Porque la propuesta del EQUIPO DE GOBIERNO
es una propuesta continuista, plantea una subida casi generalizada de un 3% de las principales
tasas de impuestos, pero no aborda una mejora de la progresividad del mismo. Quienes más
tienen, ven incrementada su cuota un 3%, igual que quienes menos tienen. Esto no amplía el
porcentaje de aportación de quienes más tienen frente a quienes menos tienen, y mantiene una
equidistancia fiscal que no contribuye a mejorar la progresividad de un sistema que, por su propia
estructura, no lo es.

        En ese sentido, en el de mejorar esa progresividad, por ejemplo, hemos propuesto que en
el ámbito del IBI aumentar un 10% el mismo a los inmuebles cuyo valor catastral es el más alto de
la ciudad, trasladando así una mayor carga fiscal a quienes más tienen. Esto nos permitiría en este
ámbito recaudar 1,5 millones de euros frente al medio millón de euros que propone la propuesta del
Gobierno.

        La fiscalidad es también una herramienta para transformar la realidad y para garantizar
derechos, en ese sentido, uno de ellos es el acceso a la vivienda, y la propuesta de la ley del
Gobierno establece, un mantenimiento de un recargo del 25% de la vivienda vacía y propone
hacérselo extensible a las viviendas de uso como alojamiento, algo que si bien, se podría catalogar
como positivo, se va a quedar una vez más en agua de borrajas. Porque un recargo del 25% del IBI
con la factura media que tenemos supondrá apenas 45€ al año. Por ese importe, señora Ajuria,
usted comprenderá que nadie vea la necesidad de sacar su vivienda al mercado de alquiler
residencial o vaya a dejar de tener un negocio de alquiler turístico que le reporta beneficios muy por
encima de eso. El Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO ha propuesto ir al máximo que permite
la norma Foral, que sigue siendo poco, ya que, por cierto, no llega ni a 1/3, lo que permite la norma
Foral del IBI en Gipuzkoa. Pero eso ya es harina de otro costal.

        Tampoco hay rastro ni de los mecanismos para un mejor control del funcionamiento, al
margen de lo establecido y sin abonar las correspondientes tasas de centenares de pisos turísticos
que hacen una competencia desleal y agudizan los procesos de turistificación y gentrificación de
nuestros barrios. Por otro lado, su modelo mantiene los privilegios a la Iglesia, a pesar de que
algunos hemos tratado de hacer ajustes dentro de la legalidad para que esto no suceda, porque a
través del agujero de los centros escolares y de culto vinculados a ciertas confesiones religiosas,
esas que no pagan IBI, se cuelan actividades económicas que nada tienen que ver con la oración o
la enseñanza reglada, como gimnasios, alquiler de instalaciones deportivas o alquiler de espacios
para actividades de segundas empresas, como academias de inglés. Y eso, hoy por hoy, está
suponiendo una actividad económica que no se ajusta al espíritu de la ley y que, en muchos
Ayuntamientos, como es natural, han querido regular. También ha sido el caso de nuestro Grupo.

        Su propuesta fiscal consolida bonificaciones en las tasas como las de obras con dinero de
todas y todos para universidades y centros de estudio de carácter privado con matrículas de
18.000€ o 20.000€ al año, cuyo objetivo no es otro que hacer caja. Insiste en un modelo fiscal
diferenciado para Zorrotzaurre, donde la propuesta del Gobierno plantea que, por ejemplo, una
obra mayor tenga una bonificación del 50%. Fiscalía ad hoc a la medida del bolsillo de unos pocos
y de un proyecto urbanístico donde lo privado va a hacer negocio. O en el caso de la tasa de obras,
también beneficios fiscales en las obras mayores con presupuestos destinados a obras mayores,
incluidas las obras, instalaciones, construcciones de nueva planta, rehabilitación integral y derribos
de edificios destinados de forma exclusiva a usos terciarios productivos de equipamiento. Un
ejemplo claro, a nuestro juicio, de fiscalidad low cost y a la carta para las grandes constructoras.

        Y ese modelo se reproduce en el caso de Punta Zorroza, que es una de las novedades que
aspiran a introducir con una bonificación también de hasta un 50% en el ICIO y la tasa de obras
para la construcción de equipamientos para la industria audiovisual.



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       Nuevamente dinero público para un equipamiento para la iniciativa privada, añadiendo así
un descuentazo en la construcción de los 108.000 m2 reservados para ello. Algo que desde
nuestro punto de vista no es necesario a tenor de la fuerte bonificación de hasta un 70% que
pueden alcanzar este tipo de industrias en tributos forales. Ya se dan unas condiciones fiscales
muy ventajosas para la implantación de este tipo de industrias, por lo que no consideramos
necesario que este Ayuntamiento también aporte varios millones más de su propio dinero.

          El Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO se opone a esta serie de regalos fiscales y
precisamente por eso han registrado sendas enmiendas al respecto. Como nos oponemos en
general a la laxitud de este consistorio en lo relativo a las grandes obras que acometen las grandes
constructoras en la ciudad. Y es que seguimos aplicando una rebaja del 20% en el ICIO y la tasa
de obras a estas mismas, aprobada en 2011 como algo coyuntural para responder a la crisis del
ladrillo. Crisis que ya se ha dado por superada, pero cuya fiscalidad ventajosa se sigue
manteniendo a costa de los ingresos de este Ayuntamiento.

        Por eso y las obras con grandes presupuestos, esas que acometen las grandes
constructoras, proponemos recuperar, nada revolucionario, los importes del año 2011. Porque eso
nos va a permitir recuperar parte de la progresividad y la justicia fiscal, que en 2011 fue finiquitada
en nombre del ladrillo. Eta jarraituko dut hurrengo txandan. Eskerrik asko”.

        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko alkate jauna. Trataré de dar respuesta en las tres
intervenciones que tengo. Ustedes holgadamente saben que la política fiscal de este Ayuntamiento
es justa, equitativa y que persigue la progresividad en la redistribución de la riqueza. En todos y
cada uno de los plenos de ordenanzas fiscales traemos datos, ponemos ejemplos que sí lo avalan.
En mi intervención anterior lo decía. El impuesto de bienes inmuebles en uso residencial, el recibo
medio asciende a 192€, el de menor importe es de 25€ y el de mayor importe es de 4.533€. Claro
que sí, que hay una redistribución de la riqueza.

        Ha hecho referencia a que en el IBI y en lo relativo a la exención para los bienes de la
Iglesia su objetivo será restringir su aplicación exclusivamente para los bienes de la iglesia
destinadas a actividades de culto y educativas. En el acuerdo que existe entre el Estado y la Santa
Sede, además de esta exención también incluye la aplicación del régimen fiscal de las entidades
sin ánimo de lucro para otras asociaciones y entidades religiosas dedicadas a actividades sociales,
médicas, hospitalarias, etcétera. Por lo que aun incluyendo la expresión que ustedes plantean la
aplicación del beneficio fiscal impuesto por la normativa vigente no variaría.

        Y en cuanto a la enmienda que plantea aplicar a las iglesias y centros religiosos, la tasa de
alcantarillado, el tipo general en lugar del preferencial, en este caso, también saben sobradamente
que el tipo preferencial lo incorporamos en ejecución de una resolución judicial del Tribunal
Superior del País Vasco que nos condenaba, condenaba al Ayuntamiento y tuvimos que anular y
devolver las tasas recurridas y liquidarlas por menor importe.

        Solicitan incrementar el recargo con la vivienda vacía al 50%, me van a permitir dar un
dato. El número de viviendas vacías que se han incorporado al programa Bizigune del Gobierno
Vasco en 2018, ascendieron a 600, en 2023 a 1.085, es decir, un 81% más. Existen otras vías a
través de las cuales se pueden sacar las viviendas al mercado.

       Respecto a su propuesta de aumentar las aportaciones de los/las propietarias del 10% de
los inmuebles con mayor valor catastral, decirles que ni Gipuzkoa, ni Álava, ni Navarra, ni en el
Estado y en Bizkaia somos Bilbao, Barakaldo y de Durango, los únicos que aplicamos tipos
incrementados a esta realidad.

        Antes de finalizar mi intervención, quisiera proponerles transaccionar la enmienda 345 para
incrementar el tipo impositivo de la plusvalía al 20% frente al 15,6% que proponíamos y la 357 para
eliminar la referencia a animales por no poder ser objeto de venta en vía pública desde 2023.
Eskerrik asko”.


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2023-09-28PDF (p.291)
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finantziatzeko.

         Eleizak dituen pribilegio fiskalekin amaitzeko proposamenak ere egin doguz, baita
adreiluaren krisiaren harira 2011an ezarri zen eraikuntza enpresentzako opari fiskalen eredua
deuseztatzea ere. Zorrotzaurren eta orain Punta Zorrozan eraikuntzarako paradisu fiskalak
sortzearen aurka aurkeztu gara. Jarduera ekonomikoa sustatzeko beste modu batzuk ere badaude,
inbertsiotik pasatzen direnak, eta ez hainbeste opari fiskalengatik.

         Espekulazioari aurre egiteko eta etxebizitzarako eskubideak bermatzeko neurri sorta bat
planteatu dugu, ondasun higiezinen gaineko zergaren aldaketaren bidez, etxebizitza hutsen eta
turistikoen gainkarga %50eraino handitzen, -Foru arauak baimentzen duen gehiengora-.

         Fiskalitate berdeagoaren aldeko apustua egiten dugu, zaldi fiskal gehien dituzten ibilgailuei
TMIZ batez beste hilean askoz jota 2€ gehiago igotzen. Klima aldaketa arintzeko politika finantziatu
ahal izateko eta izurketarik gabeko ibilgailuei hobariak mantentzen. Azkenik, proposatu izan dogu
telefonia mugikorreko enpresek, beste udalerri batzuetan gertatzen den bezala, tasa bat ordaintzea
gure espazio publikoa erabiltzeagatik eta kontutan izanda milioietako etekinak egiten dituztela
gurean.

        Tamalez, udal gobernuaren gehiengoak ezezkoa emango digu eta beste aukera galdu
baten aurrean egongo gara. Hala ere, guk bestelako fiskalitate bat aldarrikatzen jarraituko dugu.
Eskerrik asko».

        SRA. AJURIA: “Eskerrik asko, alkate jauna. Gertatzen dana da Jimenez jauna, aurkeztu
dozuezan emendakinak landu eta gero ikusten dogu ikuspuntuak oso aldenduta dagozala, beraz,
nahiz eta borondatea euki akordioetara heltzeko, zaila da. No es fácil llegar a acuerdos cuando las
enmiendas que presentan están tan alejadas.

         Usted decía, o el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO planteaba la enmienda para
suprimir la bonificación de las obras que se llevan a cabo en el área mixta de Zorrotzaurre y en
Punta Zorroza, concretamente para el sector audiovisual. Ustedes argumentan que son medidas
que favorecen a las grandes empresas, especulación etc., saben, por qué hemos dado datos, que
los grandes beneficiarios de esa bonificación son la pequeña y mediana empresa y los autónomos,
pero voy más allá, cuando este EQUIPO DE GOBIERNO incorpora esa medida en las ordenanzas
fiscales, es porque tanto Zorrotzaurre como Punta Zorroza tienen muchas potencialidades, son
áreas de oportunidad para la actividad económica, para promover el talento, el conocimiento y a
través de esa bonificación tratamos de contribuir a impulsarlas.

         Un ejemplo de ello es Zorrotzaurre, que ha sido capaz de integrar lo que son universidades,
empresa, vivienda asequible pensada para jóvenes, además de equipamientos de ocio, culturales
públicos, es un ejemplo, y con Punta Zorroza lo mismo. En estos momentos somos las ciudades,
los Estados quienes estamos tratando de atraer ese sector, porque entendemos que tiene, tanto en
la actividad económica como en empleo, un impacto muy positivo.

        De hecho, entendemos que las instituciones debemos apoyar a este sector con las
herramientas que tenemos, en el caso del Ayuntamiento junto con la Diputación Foral de Bizkaia,
hemos puesto en marcha el servicio de la Film Commission, la Bilbao Bizkaia Film Commission que
lo que está haciendo es ayudarnos a posicionarnos en el mapa como destino profedente de
rodajes. Los datos son concluyentes. En 2021 tuvieron un retorno económico directo de más de
13,8 millones de euros y quedaron más de 1.180 intervenciones profesionales. ¿Cómo no vamos a
establecer medidas para contribuir a impulsar este sector en la ciudad? Eskerrik asko”.

       10:30an Osoko Bilkuraren aretoan                     Siendo las 10:30 horas personas de
entzule dauden pertsona batzuk protesta-              entre el público asistente exhiben carteles de
kartelak atera dituzte. Kartelek zera diote:          protesta que dicen lo siguiente: «Bilboko
««Bilboko Udaltzaingoa konponbidea».                  Udaltzaingoa konponbidea».


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2023-09-28PDF (p.294)
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         SR. RODRIGO: “Eskerrik asko alkate jauna. Como decía el viejo profesor, como decíamos
ayer, sí quisiera, aunque se ha dicho ya en varias ocasiones, poner en valor el debate que tenemos
hoy. El debate de ordenanzas y tasas fiscales será sin duda alguna, uno de los debates más
importantes, aquel que trata sobre los ingresos que luego van a poder permitir los gastos que
posteriormente se verán plasmados en el debate de presupuestos, cuando tenga lugar, que será
seguramente dentro de unos meses, y es una de las claves que permite la acción política y
municipal de este consistorio.

         Y poniendo en valor este debate, quisiera también poner en valor el papel de la fiscalidad.
Y es que para el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR, la fiscalidad no es únicamente un análisis
de los ingresos públicos, y como decía antes, y por tanto los gastos públicos, sino que hablar de
fiscalidad es hablar de generación de actividad económica, hablar de fiscalidad es hablar de atraer
talento, hablar de fiscalidad es también hablar de cómo generar un espacio propicio para el
fomento del emprendimiento y, por supuesto, hablar de fiscalidad es también definir un modelo de
ciudad donde los bilbaínos y bilbaínas puedan tener un proyecto de vida.

        Y es en todos estos aspectos, señores del gobierno municipal, donde ustedes reciben un
claro suspenso. Un suspenso que tiene su máximo exponente en lo que les acabo de mencionar. Y
es que de lo que hemos hablado hoy, de lo que se ha hablado, de todo lo que les he dicho,
prácticamente no hemos tratado nada.

        Y ahí, como les decía, es donde su propuesta falla y lleva fallando demasiados años y
siento decírselo, pero es una buena muestra de ello, la situación de Bilbao en la actualidad. Y es
que cuando se la compara con el resto de urbes o con el resto mismamente de capitales de
Euskadi, ahí es donde somos los campeones de desempleo, donde generamos menos actividad
económica y donde estamos a la cola de numerosos índices económicos.

       Y es que nuestra ciudad, por desgracia, no soporta ni el más mínimo análisis económico
comparado con otras ciudades. Y en ese sentido, es el que nos ha motivado la propuesta de
mejora con las enmiendas que hemos presentado, 44 enmiendas, que van a permitir que resuma
muy brevemente.

         En principio, en el IBI, quizás el impuesto, quizás no, el impuesto más relevante en el
Ayuntamiento, hemos propuesto una bonificación a familias numerosas acogiéndonos a la
Normativa Foral y con la reciente incorporación de este tipo de bonificaciones al ordenamiento
jurídico, hemos propuesto una bonificación que de verdad beneficie a las familias numerosas y no
únicamente a unas pocas, que es de lo que se traslada cuando se analiza la propuesta que
ustedes han presentado.

        Asimismo, dentro de este impuesto hemos planteado una bonificación del 95% a aquellas
familias que tengan una concesión o parcela de aparcamiento municipal. Un impuesto que, según
ustedes, dicen que no hay que cobrar, perdón, que dicen que hay que cobrar, pero que en nuestra
opinión es algo pernicioso y que persigue un mero afán recaudatorio, y por ese motivo les hemos
instado, o les instamos, a que acepten una bonificación del 95%. Asimismo, les hemos propuesto
eliminar el recargo del 25% a los pisos vacíos.

        Entendemos que es más efectivo incentivar que penalizar y les animamos a que de verdad
se tomen este espíritu en consideración. Todas las medidas que tienen que ver con el
establecimiento de precios máximos y con la penalización no han funcionado en este campo, no
han funcionado y ustedes insisten en ello.

        Asimismo, les planteamos eliminar el recargo del 25% para las viviendas turísticas. Y se lo
planteamos como les dijimos en Comisión, ya que se trata de una interpretación libre y arbitraria de
lo que dice la Norma Foral, en concreto en su artículo 10.9.

          Asimismo, en otro orden de tasas y de impuestos, les hemos hablado de la OTA, y es que


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                                                      Orgánico del Pleno.

        SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko alkate jauna. Egun on guztioi. Señora Ajuria, como ya ha
comentado mi compañero el señor Jiménez, lo que hoy nos ha presentado, aunque afecta a
muchas ordenanzas, en el fondo propone pocos cambios estructurales y sustanciales, y mucho
menos un cambio de modelo en cuanto a nuestra Hacienda Pública. Al entender del Grupo
Municipal ELKARREKIN BILBAO, ustedes no dan pasos fundamentales en la mejora de la
progresividad, en la redistribución de la riqueza, ni mucho menos en la mejora rápida de la justicia
social y por ello nosotras desde el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, hemos propuesto lo
que a nuestro entender es un modelo fiscal más justo, progresivo y redistributivo, y para avanzar en
este camino, hemos presentado 23 enmiendas a su propuesta del EQUIPO DE GOBIERNO.

        Voy a destacar algunas para nosotras importantes, como es que el 10% de los inmuebles
de mayor valor, grandes patrimonios, vean incrementado su IBI en un 10% para financiar mejor
nuestros servicios públicos. Hemos hecho también propuestas para acabar con los privilegios
fiscales que tiene la iglesia y eliminar el modelo de regalos fiscales para las empresas
constructoras que se estableció en 2011 con motivo de la crisis del ladrillo.

        Hemos propuesto otras formas de incentivar la actividad económica, que pasan por la
inversión y no tanto por los regalos fiscales, evitando con ello la creación de paraísos fiscales de la
construcción, como sucede ahora en Zorrotzaurre. Hemos planteado un paquete de medidas para
combatir la especulación y garantizar el derecho a la vivienda a través de la modificación del
Impuesto de Bienes Inmuebles y aumentar la sobrecarga de viviendas vacías y turísticas hasta un
50%, como permite la Norma Foral. Hemos propuesto una fiscalidad más verde añadiendo una
subida de media de 2€ más al mes a los vehículos con más caballos fiscales, que son los que más
contaminan, para poder financiar las políticas de mitigación del cambio climático y manteniendo las
bonificaciones a los vehículos sin emisiones.

         Y por último, hemos propuesto que las empresas de telefonía móvil, al igual que ocurre en
otros municipios, paguen una tasa por el uso de nuestro espacio público, teniendo en cuenta que
obtienen beneficios millonarios. A todas estas propuestas, señora Ajuria, ustedes nos han dicho
que no, y aunque como ya se ha dicho, hemos transaccionado dos enmiendas, lo cual
agradecemos, no es ni mucho menos suficiente como para apoyar favorablemente este dictamen
final conjunto. Besterik Gabe. Eskerrik asko”.

        SRA. MARTÍNEZ: “Gracias, señor alcalde. Desde luego, vamos a votar en contra de la
propuesta que ustedes traen, se lo hemos dicho antes. Necesitamos otro modelo de ciudad,
necesitamos apoyar a aquellos que realmente generan actividad económica. Nos dicen ustedes
cuánto cuesta levantar la persiana del Ayuntamiento, cuánto les cuesta a los autónomos levantar
las persianas todos los días, ¡todos!, y ustedes todavía pretenden subirles los impuestos. Porque
ustedes cuentan con los impuestos que son como protectores impenitentes de cualquier cosa en la
que ustedes quieran gastar.

         Y el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR cree que ese no es el formato que necesitamos
en Bilbao. Dice: ¿y cómo vamos a hacer frente a los gastos? y ¿cómo hacen frente las familias? En
los últimos 4 años, la recaudación, los ingresos, los presupuestos del Ayuntamiento de Bilbao se
han incrementado un 18%. ¿Qué familia tiene un 18% más de presupuesto que hace 4 años? ¿Y
qué hacen para ajustar? Se ajustan el cinturón, cosa que ustedes, ahí, desde luego, no les
esperamos. Porque son muy laxos en gastar el dinero que es de todos, en vez de ayudar a las
familias a que puedan llegar a fin de mes.

         Miren, es muy poco tiempo en cuanto a las viviendas, -a quién se le ocurre seguir
penalizando la fiscalidad en las viviendas-. Se ha demostrado absolutamente errada esa política, lo
que hay que hacer es bonificar a la gente para que pueda sacar, por ejemplo, sus viviendas en
alquiler. Ahí es donde tienen que estar. Ustedes incluso han establecido un recargo a las viviendas
turísticas, como les ha dicho mi compañero, haciendo una interpretación torticera, entendemos, de


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la Norma Foral, y establecen ustedes que la gente tiene que estar empadronada, y ¿qué ocurre
con las viviendas de temporada?, ¿con las viviendas de estudiantes? Porque ahí tampoco hay
empadronamiento. ¿A esas viviendas también les van a incrementar ustedes un 25%? ¿También
se les va a recargar como vivienda vacía?

         Es que, de verdad, yo creo que no piensan las cosas. Como hacen y piensan que las
familias tienen la caja de hacer dinero cada una en su casa y no es así. Creo que están muy
alejados de la realidad social que tenemos en Bilbao. Y mire, espero, bueno, tendremos este
debate cuando ustedes quieran, por supuesto. Nos hablan de Madrid. Yo creo que somos
representantes de todos los bilbaínos, de todas las bilbaínas y creo que a todos nos mueve que las
cosas cada vez vayan mejor, y no dudo que tengan buenas intenciones, lo que pasa que las
buenas intenciones no hacen buena una mala política como la que ustedes están aplicando y en
fiscalidad especialmente, en fiscalidad especialmente.

        Y miren, no tenemos tiempo, pero, el día que quieran hacemos el contraste de cuántas
empresas vizcaínas se van a Madrid, muchas más de las que vienen. Las que van, además, tienen
mayor actividad económica, generan mucho más dinero que las que vienen. Cuántos bilbaínos,
cuántos vizcaínos se han ido a la Comunidad de Madrid y cuántos madrileños han venido aquí.
Cuántas oportunidades se están generando en Madrid y cuántas se generan aquí. El día que
quieran, con tiempo estoy dispuesta a hacer ese debate, porque saben ustedes, nos hemos
quedado parados en el tiempo, parados en el tiempo mientras que hay otras ciudades del resto de
España que están avanzando. Por eso, incluso hasta en el número de habitantes, -que llegamos a
ser la sexta capital de España-, estamos hoy en el lugar décimo. Ahí nos han llevado ustedes.
Gracias, señor alcalde, por su generosidad”.

        DEL RIO ANDREA: «Lamentamos profundamente la falta de reflexión sobre las
ordenanzas fiscales que regulan los impuestos y las tasas municipales. Tras varios años en los que
las tasas han estado congeladas, no vemos cambios importantes, podríamos afirmar, por lo tanto,
que se trata de una propuesta claramente continuista.

        Aurkeztutako ordenantza proposamenak 2020rekin alderatuta %3ko igoera orokorra
aurkezten da tasa gehienetan. Hala ere, ez dugu azalpen nahikorik jaso, zergatik %3a? Eta batez
ere, zergatik %3ko igoera uniformea ia tasa guztietan, eta ia tasa guztietan esaten dut, esaterako,
jarduera ekonomikoen gaineko zergan ez da aldaketarik egin, oraindik ere horretarako aukera
badago. Gainera hau guztia beharrezkoa izango liratekeen txosten ekonomikorik gabe aurkeztua
izanda.

         Bestetik, argi utzi behar dugu, Udal Gobernuak ez du bere lana egin eta ez ditu hartutako
konpromisuak bete. Zerga ordenantzetan zaborren tasa berri bat sartzeko hitza eman zuen, gehien
birziklatzen duenak gutxiago ordain dezan. Baina puntu hori ez da aurkeztutako proposamenetan,
eta ez dira onartu ere eredu horretara jo nahi duten zuzenketak, adibidez, 5. edukiontziaren
programan parte hartzen duten etxebizitzetarako hobariak proposatuz. Ez dira iritsi ere 2017an kale
izendegiren kategorietan agindu zuten aldaketa eta beste urte betez iraunarazi dituzte enpresek eta
herritarrek ordaintzen dituzten zergei eta tasei zuzenean eragiten dieten egoera benetan
bidegabeak. Lan asko dago egiteko eta lan asko dago egin gabe.

        Vamos a votar que no, que no a la propuesta de modificación de ordenanzas fiscales, ya
que entendemos que es el momento de llevar a cabo cambios significativos de manera que pague
más el que más tiene y garantizar una fiscalidad justa y progresiva con el objetivo de ofrecer unos
servicios públicos y, sobre todo, unos servicios de calidad para todas las personas.

        El Gobierno Municipal, por lo que hemos visto, solo ha admitido 5 propuestas de
transacción y, por lo tanto, podemos afirmar que el Gobierno Municipal vuelve a quedarse sólo,
esta vez en la modificación de unas ordenanzas que son vitales para la Villa. Esperamos con total
sinceridad que este primer pleno y esta actitud tan poco dialogante no sea un reflejo de lo que nos
viene en los próximos 4 años. Eskerrik asko».


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Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979.
e) Los de las asociaciones confesionales no católicas legalmente reconocidas, en los términos
establecidos en los respectivos acuerdos de cooperación suscritos a que se refiere el artículo 16 de
la Constitución.
f) Los de la Cruz Roja Española y otras entidades asimilables que reglamentariamente se
determinen.
g) Los de las universidades públicas y centros adscritos a las mismas.
h) Los de los Gobiernos extranjeros destinados a su representación diplomática, consular, o a sus
organismos oficiales, a condición de reciprocidad o conforme a los Convenios Internacionales en
vigor.
i) Los de aquellos organismos o entidades a los que sea de aplicación la exención en virtud de
Convenios Internacionales en vigor.
j) Los terrenos ocupados por las líneas de ferrocarriles y los edificios enclavados en los mismos
terrenos, que estén dedicados a estaciones, almacenes o a cualquier otro servicio indispensable
para la explotación de dichas líneas. No están exentos, por consiguiente, los establecimientos de
hostelería, espectáculos, comerciales y de esparcimiento, las casas destinadas a viviendas de los y
las empleadas, las oficinas de la dirección ni las instalaciones fabriles.
k) Los bienes inmuebles cedidos sin contraprestación al Ayuntamiento de Bilbao.
l) Las carreteras, los caminos y las demás vías terrestres que sean de titularidad de la Diputación
Foral de Bizkaia, siempre que estén directamente gestionadas o explotadas por la propia
Diputación Foral de Bizkaia o por una entidad en la que la Diputación Foral de Bizkaia ostente una
participación mayoritaria, así como los inmuebles afectos a dicha gestión o explotación.
m) Los bienes inmuebles rústicos y urbanos cuya cuota líquida no sea superior a cuatro euros.
2.- Asimismo, previa solicitud, estarán exentos:
a) Los bienes inmuebles que a la fecha del devengo tengan reconocida mediante el
correspondiente decreto la condición de monumento a que se refiere la letra a) del apartado 2 del
artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco. Esta exención alcanzará
tanto a los bienes de protección especial como de protección media que estén inscritos en el
Registro del Patrimonio Cultural Vasco.
Igualmente estarán exentos los bienes inmuebles que formen parte de un conjunto monumental a
que se refiere la letra b) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio
Cultural Vasco. Esta exención sólo alcanzará a los inmuebles de protección especial y de
protección media que estén inscritos en el Registro del Patrimonio Cultural Vasco.
Asimismo, estarán exentos los bienes inmuebles que se encuentren dentro de una zona
arqueológica a que se refiere la letra c) del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 6/2019, de 9 de
mayo, de Patrimonio Cultural Vasco, declarados como bienes culturales de protección especial y
media, y siempre que, tras haber sido objeto de algún tipo de intervención arqueológica, el
Departamento correspondiente del Gobierno Vasco haya establecido la necesidad de mantener en
los mismos los restos encontrados, sin que puedan ser eliminados ni trasladados.
b) Los centros docentes privados acogidos al régimen de conciertos educativos, en tanto
mantengan su condición de centros concertados.
Las exenciones previstas en este apartado 2 surtirán efecto a partir del ejercicio siguiente a la
fecha de la solicitud y, una vez concedidas, se aplicarán automáticamente a los ejercicios fiscales
sucesivos, en tanto se mantengan las razones que justificaron la concesión de la exención.
3- Estarán exentos los bienes inmuebles de los que sean titulares las Fundaciones y Asociaciones
declaradas de utilidad pública y demás entidades sin fines lucrativos que cumplan los requisitos
establecidos en la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de las Entidades sin



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             I          Industrial                             300.000          0,7304%
             C          Comercial                              600.000          0,9764%
             O          Oficinas                               400.000          0,5311%
             D          Deportes                             2.600.000          0,5311%
             E          Espectáculos y Recreativos          26.000.000          0,5311%
             T          Turismo, Ocio y Hostelería           6.000.000          0,5311%
             B          Beneficencia y Sanidad               3.600.000          0,5311%
             K          Culturales                           2.900.000          0,5311%
             R          Religiosos                           2.000.000          0,5311%
             P          Públicos y Singulares                8.250.000          0,5311%
             S          Solares                              1.000.000          0,5311%
             Y          Otros Usos                           1.000.000          0,3133%

En todo caso, los tipos de gravamen diferenciados a que se refiere este apartado sólo podrán
aplicarse, como máximo, al 10 por 100 de los bienes inmuebles urbanos del término municipal que,
para cada uso, tenga mayor valor catastral.
Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará el tipo correspondiente al uso de la
edificación o dependencia principal.
4.- El tipo de gravamen será el 0,4000% cuando se trate de bienes inmuebles de características
especiales.
Artículo 10. Bonificaciones
1.- Tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota íntegra del impuesto los inmuebles
que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y
promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren
entre los bienes de su inmovilizado.
Esta bonificación deberá solicitarse mediante el formulario correspondiente al tiempo de presentar
la declaración de alta de obra nueva y en el plazo previsto en el artículo 7.1 del Decreto Foral de la
Diputación Foral de Bizkaia 118/2016, de 28 de junio.
El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el periodo impositivo siguiente a
aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre que
durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún
caso, pueda exceder de tres períodos impositivos.
3.- Tendrán derecho a una bonificación del 95 % de la cuota íntegra los bienes rústicos de las
cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra, en los términos establecidos en la
Norma Foral 6/2018, de 12 de diciembre, sobre régimen fiscal de cooperativas del Territorio
Histórico de Bizkaia.
7.- Tendrán derecho a una bonificación del 36,75 % de la cuota íntegra del impuesto derivada de la
titularidad, sobre las parcelas de los aparcamientos municipales para residentes, del derecho a que
se refiere la letra a) del apartado 1º, del artículo 2 de la Norma Foral del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, siempre que resulte de aplicación el tipo de gravamen diferenciado regulado en el
artículo 9.3 para los inmuebles de uso Otros usos (Y). El período de aplicación de esta bonificación
tendrá carácter indefinido.
8.- Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto las familias numerosas
que ostenten esa condición en la fecha del devengo, en los términos que se establecen a
continuación:
a) La bonificación se reconoce exclusivamente en relación con la vivienda habitual, entendiéndose
por tal aquel inmueble de uso residencial destinado exclusivamente a satisfacer de forma
permanente la necesidad de vivienda del sujeto pasivo y su familia, y se presumirá que la vivienda



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habitual de la familia numerosa es aquella en la que figura empadronada la misma.
Para poder disfrutar de esta bonificación, el sujeto pasivo y el resto de los miembros de la unidad
familiar deberán estar empadronados en el municipio de Bilbao en su vivienda habitual, sin
perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre familias numerosas.
En el supuesto de que la familia resida en varios inmuebles que, por estar unidos físicamente
conforman su residencia habitual, sin que los mismos constituyan una unidad a efectos catastrales,
la bonificación se aplicará a aquel de ellos que tenga mayor valor catastral.
En el supuesto de que la familia resida en más de un inmueble por haberse acordado la custodia
compartida de los descendientes, la bonificación se podrá aplicar a las viviendas que constituyan la
residencia habitual de ambos progenitores, siempre que reúnan los requisitos establecidos en el
presente apartado.
b) Esta bonificación se concederá a petición del sujeto pasivo y surtirá efecto desde el período
impositivo siguiente a aquel en que se hubiera efectuado la solicitud.
La Administración municipal comprobará el cumplimiento de los requisitos necesarios, tanto para la
concesión de la bonificación, como para su aplicación en los años posteriores, pudiendo requerir la
presentación de cuantos documentos sean necesarios para acreditar el derecho del sujeto pasivo a
la misma.
No obstante, los sujetos pasivos deberán comunicar las variaciones que se produzcan en las
condiciones y requisitos de esta bonificación y que, en todo caso, tendrán efecto a partir del
ejercicio siguiente a aquel en que hayan tenido lugar.
c) En todo caso la aplicación de la bonificación estará condicionada a que el Valor Mínimo
Atribuible de la vivienda familiar en el momento del devengo del impuesto no sea superior a
300.000 euros.
El porcentaje de bonificación se determinará en el momento del devengo del impuesto en función
de la categoría de la familia numerosa, reconocida conforme a la normativa vigente, así como del
valor catastral de la vivienda familiar, según el siguiente cuadro:



   Familia numerosa                         Categoría especial        Categoría general
   Valor catastral:                             Bonificación:              Bonificación:
   Hasta 50.000 €                                    80%                       40%
   Superior    a 50.000               hasta          70%                       20%
   100.000 €
   Superior a 100.000 €                                 60%                      10%

A efectos de la determinación del Valor Mínimo Atribuible y del valor catastral de la vivienda
familiar, se tendrán en cuenta los elementos anejos a la vivienda, siempre que constituyan un
mismo bien inmueble, de acuerdo con la normativa reguladora del Catastro Inmobiliario Foral.
9.- Las bonificaciones reguladas en el presente artículo son incompatibles entre sí, por lo que en un
mismo período impositivo no se podrá disfrutar de más de una bonificación.
Artículo 11. Recargo a las viviendas que no constituyan la residencia del sujeto pasivo
5.- Se excluirán de la aplicación del recargo los siguientes bienes inmuebles de uso residencial:
a) Los que sean propiedad del Estado, de la Comunidad Autónoma del País Vasco, del Territorio
Histórico de Bizkaia y de sus Organismos Autónomos, de sus entidades públicas empresariales y
de sociedades mercantiles de capital íntegramente público, sin perjuicio de que el Ayuntamiento
pueda requerir a la administración titular para que acredite el destino residencial de los mismos.
b) Los que constituyan elemento común de una Comunidad de Propietarios en régimen de



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Propiedad Horizontal.
c) Aquellos en los que en el año anterior al devengo del recargo conste en el Padrón de habitantes
de este Ayuntamiento inscripción que acredite la residencia de una o más personas durante al
menos 30 días.
d) Los que se encuentren en un edificio que esté siendo objeto de rehabilitación equiparable a obra
nueva.
e) Los que se encuentren en un edificio declarado en situación legal de ruina o los que sean objeto
de declaración de inhabitabilidad.
f) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 6 del artículo 10 de la presente
Ordenanza, por haber sido cedidos en el marco de programas de vivienda vacía o de
intermediación en el mercado de alquiler de vivienda libre del Gobierno Vasco o de otros planes o
programas autonómicos, forales o municipales.
g) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 1 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de inmuebles objeto de actividad de las empresas de construcción y
promoción inmobiliaria.
h) Los que disfruten de la bonificación regulada en el punto 2 del artículo 10 de la presente
Ordenanza por tratarse de Viviendas de Protección Pública o equiparables mientras sean de
titularidad y objeto de la actividad de las empresas de construcción o promoción inmobiliaria.
i) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del ingreso de la persona obligada al pago
del impuesto en una residencia para personas mayores, enfermas mentales o con algún tipo de
discapacidad, siempre que con anterioridad hayan constituido su residencia habitual. En este caso
no se exigirá el recargo cuando se acredite este ingreso en una residencia a la fecha de devengo
del impuesto y se presenten, dentro de los 20 días siguientes, las facturas correspondientes a su
estancia y un Certificado emitido por la residencia en el que figure la fecha de inicio y su
permanencia al uno de enero de cada ejercicio.
j) Los que hayan quedado vacíos como consecuencia del traslado de la persona obligada al pago
del impuesto, por encontrarse en situación de dependencia en grado II o III, al domicilio de una
persona cuidadora no profesional del entorno familiar, o bien como consecuencia del traslado de
esta al domicilio de la persona familiar dependiente en grado II o III, siempre que con anterioridad
hayan constituido la residencia habitual del titular del inmueble.
Se entenderá como persona cuidadora no profesional del entorno familiar aquella que figure
designada como tal en el Programa Individual de Atención correspondiente.
A estos efectos no se exigirá el recargo cuando se acredite el traslado de la persona obligada al
pago a la fecha de devengo del impuesto y se presente la Orden Foral de reconocimiento de la
situación de dependencia. En aquellos casos en que la persona dependiente y la cuidadora residan
fuera del municipio, deberá aportarse con carácter anual certificado en el que conste que ambas se
encuentran empadronadas en la misma vivienda.
X.- DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Cláusula de interoperabilidad.
El Ayuntamiento de Bilbao podrá realizar la consulta o verificación de los datos adecuados,
pertinentes y necesarios para la gestión del impuesto que obren en poder de otras
Administraciones a través de las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto. Si por causas técnicas no fuera posible la interoperabilidad,
deberán ser facilitados por la persona interesada.
XI.-DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Primera.- Las bonificaciones reconocidas en virtud de la redacción vigente hasta el 31 de diciembre
de 2021 del artículo 10.5 de esta Ordenanza mantendrán sus efectos hasta el 31 de diciembre de
2023.
Segunda.- Para el reconocimiento de la bonificación regulada en el artículo 10.8 y únicamente a


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2. Esta bonificación es rogada y será aplicable, exclusivamente, sobre las cantidades cuya
inversión no sea obligatoria de acuerdo con la legislación vigente.
3. La bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso,
las bonificaciones contempladas en los artículos anteriores.
Artículo 10. Bonificaciones por construcción de viviendas públicas y sociales
1. Se establece una bonificación del 50 por 100 a favor de las obras de construcción de nueva
planta de viviendas de protección pública. Esa bonificación será del 75% en caso de tener dichas
viviendas la calificación de viviendas sociales.
2. La bonificación es rogada y, para su aplicación, el interesado deberá presentar copia de la
calificación provisional de las viviendas.
3. Si la construcción comprendiera viviendas de distintas categorías, el interesado deberá aportar
un desglose del presupuesto en el que se determine razonadamente el coste que supone la
construcción de unas y otras viviendas. Si ello no fuera posible, a efectos de la bonificación se
prorrateará el presupuesto en proporción a las respectivas superficies.
4. La bonificación anterior se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las
bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores.
Artículo 11. Bonificaciones por obras orientadas a favorecer la movilidad de las personas en
situación de discapacidad
1. Se establece una bonificación del 50% de la cuota por la realización de construcciones,
instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las personas en
situación de discapacidad.
2. Se establece una bonificación del 90% de la cuota por la realización de obras en elementos
privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad de las
personas en situación de discapacidad con más de un 33 % de discapacidad motriz.
3. Esta bonificación es rogada y alcanzará exclusivamente a la parte de cuota correspondiente a
las obras destinadas estrictamente a dicho fin, debiéndose aportar por el interesado un desglose
del presupuesto, suscrito, en su caso, por el técnico facultativo que dirija las obras, en el que se
determine razonadamente el coste de las obras amparadas por esta bonificación. El interesado
también deberá aportar, en su caso, justificante de la discapacidad del ocupante de la vivienda en
cuyo interés se realizan las obras o, al menos, de haber iniciado los trámites administrativos para
lograr ese reconocimiento.
4. La bonificación no alcanzará a las construcciones, instalaciones u obras que se realicen en
inmuebles que por prescripción normativa deban estar adaptados o deban adaptarse
obligatoriamente.
5. La bonificación prevista en este artículo se aplicará a la cuota resultante de aplicar, en su caso,
las bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores.
Artículo 12. Reglas comunes a todas las bonificaciones.
1. Para que resulten de aplicación las bonificaciones es necesaria la solicitud previa por parte del
sujeto pasivo, que deberá efectuar en el plazo de un mes desde la solicitud de la licencia o la
presentación de la declaración responsable o comunicación previa. La solicitud se entenderá
también presentada cuando el sujeto pasivo practique la autoliquidación del impuesto
deduciéndose el importe de la bonificación.
2. La solicitud deberá ir acompañada de la documentación que justifique la procedencia de su
aplicación.
3. Si la aplicación de la bonificación dependiera de actos que deben producirse con posterioridad,
será suficiente con la justificación del inicio de los trámites encaminados a su obtención. En estos
casos, la bonificación quedará condicionada a su oportuna justificación ante la oficina gestora del



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Tarifas                                                                                          Cuota
                                                                                                 Euros
1º TARIFAS
1. Licencias de obras u órdenes de ejecución, incluidos los derechos de inspección y, en
su caso, la licencia de primera utilización, con presupuesto de:
1.1. Hasta 6.000,00 euros                                                                         62,00
1.2. De 6.000,01 euros hasta 18.000,00 euros                                                     103,00
1.3. De 18.000,01 euros hasta 30.000,00 euros                                                    453,00
1.4. De 30.000,01 euros hasta 60.000,00 euros                                                    886,00
1.5. De 60.000,01 euros hasta 150.000,0 euros                                                  2.369,00
1.6. De 150.000,01 euros hasta 300.000,00 euros                                                6.386,00
1.7. De 300.000,01 euros hasta 450.000,00 euros                                               11.639,00
1.8. De 450.000,01 euros hasta 600.000,00 euros                                               17.613,00
1.9.1. Por cada 600.000,00 euros más a partir de 600.000,01 euros                             20.909,00
1.9.2. Por cada fracción de 600.000,00 euros, a partir de 600.000,01 euros, se tributará
según la escala anterior.
1.10. Tendrán una reducción del 90% en las tarifas anteriores las construcciones,
instalaciones u obras que se promuevan por el Gobierno Vasco, en inmuebles de
titularidad municipal, destinados a educación infantil o primaria.
2. Licencias u órdenes de ejecución para:
a) obras de limpieza, pintura y/o restauración integral de fachadas exteriores o interiores
y cubiertas de edificios.
b) obras que tengan como finalidad la rehabilitación energética para la obtención de una
etiqueta energética de clase A o B.
c) construcciones, instalaciones y obras en las que se incorporen sistemas para el
aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La aplicación de esta tarifa
estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores
que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
d) obras de derribo o reparación, rehabilitación o reforma de elementos comunes de
edificios que conlleven retirada de amianto.
e) construcciones, instalaciones u obras que favorezcan las condiciones de acceso y
habitabilidad de las personas en situación de discapacidad.
f) obras en elementos privativos de un inmueble que favorezcan las condiciones de
acceso y habitabilidad de las personas en situación de discapacidad con más de un 33 %
de discapacidad motriz. Esta tarifa podrá aplicarse en la autoliquidación de la tasa
siempre que en el plazo para practicar aquella pueda acreditarse el grado de minusvalía
mediante documento expedido por la autoridad competente.
g) construcciones de nueva planta de alojamientos dotacionales. En ningún caso se
aplicará este tipo de gravamen a las obras de reforma, modificación, o rehabilitación de
alojamientos dotacionales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la
construcción de las mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada.
h) construcciones de nueva planta de viviendas de protección pública y de alojamientos
dotacionales, incluida la realización de derribos, movimientos de tierras, y otras obras
complementarias, relacionadas con la construcción de nueva planta anterior y de
actuaciones de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana de iniciativa pública.
i) obras de rehabilitación integrada en los términos previstos por la normativa
autonómica, o de rehabilitación preferente declarada por el Ayuntamiento.
j) obras o instalaciones promovidas por el Gobierno Vasco, en inmuebles destinados a
educación secundaria.
k) obras de nueva planta destinadas a centros docentes universitarios o actividades de
investigación pública o privada promovidas por quien figure de alta en el grupo 936 de la
Sección primera de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas al tiempo de
solicitud de la licencia.




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l) obras de habilitación, reforma o acondicionamiento de locales para el ejercicio de
nuevas actividades empresariales o profesionales que se inicien en el local por parte del
dueño de la obra y así se acredite con la declaración de alta en el Impuesto sobre
Actividades Económicas o declaración censal correspondiente, cuyo titular, sujeto pasivo
de la tasa, sea una persona física o jurídica con domicilio fiscal en Bilbao y no tenga un
volumen de operaciones por ser el primer año de ejercicio de la actividad o su volumen
de operaciones sea inferior a 2 millones de euros.
m) obras mayores, incluidas las obras, instalaciones y construcciones de nueva planta,
rehabilitación integral y derribos de edificios destinados de forma exclusiva a usos
terciario, productivo o de equipamientos en el Área Mixta de Zorrozaurre.
n) obras de construcción de nueva planta de viviendas de protección pública o de
viviendas sociales. En ningún caso se aplicará este tipo de gravamen a las obras de
reforma, modificación, o rehabilitación de viviendas de protección pública o viviendas
sociales no amparadas en la licencia urbanística otorgada para la construcción de las
mismas, cuando se trate de obras de iniciativa privada.
Con presupuesto de:
2.1. Hasta 6.000,00 euros                                                                        51,00
2.2. De 6.000,01 euros hasta 18.000,00 euros                                                     82,00
2.3. De 18.000,01 euros hasta 30.000,00 euros                                                   247,00
2.4. De 30.000,01 euros hasta 60.000,00 euros                                                   478,00
2.5. De 60.000,01 euros hasta 150.000,00 euros                                                1.133,00
2.6. De 150.000,01 euros hasta 300.000,00 euros                                               2.678,00
2.7. De 300.000,01 euros hasta 450.000,00 euros                                               4.635,00
2.8. De 450.000,01 euros hasta 600.000,00 euros                                               6.592,00
2.9.1. Por cada 600.000,00 euros más a partir de 600.000,01 euros                             7.725,00
2.9.2. Por cada fracción de 600.000,00 euros, a partir de 600.000,01 euros, se tributará
según la escala anterior.
Las tarifas preferentes podrán ser aplicadas en las autoliquidaciones que se presenten
siempre que en el plazo para practicarlas se acredite en el expediente la concurrencia de
las circunstancias y requisitos que determinen su procedencia. En otro caso, se
acreditarán tales circunstancias y requisitos al tiempo de finalizar la obra practicándose
conforme a aquellos, la liquidación complementaria o definitiva que proceda.
3. Licencias para la instalación de carteles de propaganda visibles desde la vía pública,
reguladas por la correspondiente Ordenanza Urbanística Municipal, por cada cartelera:
3.1. Hasta 12 m²                                                                               145,00
3.2. Más de 12 m² hasta 32 m²                                                                  217,00
3.3. Más de 32 m²                                                                              304,00
4. Licencias para la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio
público local o de propiedades privadas de uso público.
4.1. Con contenedores, sacas y reservas de estacionamiento puntuales                            17,00
4.2. Con estructuras eventuales, portátiles o desmontables                                      41,00
4.3. Veladores, licencias anuales de contenedores, sacas y reservas de aparcamiento,
otras utilizaciones.                                                                           146,00
5. Licencias o autorizaciones para la utilización privativa o el aprovechamiento especial
del dominio público local con actividades singulares y por tiempo limitado inferior al año,
de carácter deportivo, cultural, comercial, publicitario, audiovisual y otros eventos de
naturaleza análoga autorizados en aplicación de la Ordenanza Municipal del Espacio
Público.
5.1. Por autorización se aplicara una tarifa básica de                                          51,00
5.2.1. Cuando se autoricen instalaciones que ocupen el dominio público municipal, se
aplicara una tarifa adicional, por cada módulo de 20 m 2 y día o fracción de                    21,00
5.2.2. Cuando se autoricen instalaciones con banderolas en farolas u otros elementos
análogos, se aplicara una tarifa adicional, por banderola y mes o fracción, de                    2,00
5.3. Cuando se autoricen instalaciones o actividades que exijan acotamientos de zonas,
cortes de calles, regulación de tráfico o cualquier otro servicio especial de la policía
municipal, se aplicará una tarifa adicional, por día o fracción, de                            146,00


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1. Por cada vivienda y garaje comunitario o particular destinado exclusivamente a la guarda de
vehículos, centro de culto, casa o residencia de orden religiosa, por trimestre y según categoría
de la vía pública:
                                                                                                   1ª    48,65
                                                                                                   2ª    42,30
                                                                                                   3ª    36,25
                                                                                                   4ª    29,90
                                                                                                   5ª    22,90
                                                                                                   6ª    17,55
                                                                                                   7ª    11,65
2. Comercios ramo alimentación, hostelería, bebidas, espectáculos, por trimestre y según
categoría de la vía pública:
                                                                                                   1ª   100,10
                                                                                                   2ª    91,05
                                                                                                   3ª    81,45
                                                                                                   4ª    72,15
                                                                                                   5ª    62,70
                                                                                                   6ª    53,05
                                                                                                   7ª    43,70
3. Comercios en general, Banca y Oficinas, Carnicerías con recogida propia especial, Clínicas y
similares y profesionales, por trimestre y según categoría de la vía pública:
                                                                                                   1ª    71,50
                                                                                                   2ª    65,30
                                                                                                   3ª    57,70
                                                                                                   4ª    50,05
                                                                                                   5ª    42,35
                                                                                                   6ª    34,50
                                                                                                   7ª    27,00
Las cuotas tarifadas en los epígrafes 2 y 3 se considerarán de aplicación a establecimientos de
hasta 25 m2 de superficie.
En los locales o establecimientos en que se desarrollen o puedan desarrollarse actividades
comerciales, mercantiles o profesionales, de carácter económico, y rebasen la superficie
establecida en el párrafo anterior, satisfarán la Tasa correspondiente aumentada en la forma
siguiente:
De 26 m2 hasta 50 m2                                                                                     25%
De 51 m2 hasta 100 m2                                                                                    50%
De 101 m2 hasta 200 m2                                                                                  100%
De 201 m2 hasta 500 m2                                                                                  150%
De 501 m2 hasta 1.000 m2                                                                                200%
Por cada 500 m2 o fracción que exceda a los primeros 1000 m 2 satisfarán además del 200% de
recargo de los primeros 1.000 m2 un 25% no acumulativo de la Tasa inicial.
En cuanto a la superficie, se considerará de aplicación la superficie total de los inmuebles.
Cuando en un inmueble se realice más de una actividad por un mismo sujeto pasivo de las
referidas en las tarifas de los epígrafes anteriores, se tributará por la tarifa de mayor importe.
4. Puestos en los Mercados Municipales:
Por cada puesto de 0 a 1,90 ml. de mostrador, por trimestre:                                             26,70
Los que rebasen dicha superficie satisfarán la tasa correspondiente aumentada en un 20% por
cada metro lineal o fracción.
5. Uso no permanente de zonas habilitadas en los Mercados Municipales para la venta por
puesto y día                                                                                              1,00
6. Usuarios de Mercadillos sitos en la vía pública, por puesto y día                                      1,00
7. Las Industrias, talleres y fábricas de toda clase que ocupen hasta 6 trabajadores                     45,00
Las mismas que ocupen de 7 a 20 trabajadores, por trimestre                                             125,00
Las mismas que ocupen de 21 a 50 trabajadores, por trimestre                                            249,00
Las mismas que ocupen de 51 a 100 trabajadores, por trimestre                                           383,00
Las mismas que ocupen de 101 a 200 trabajadores, por trimestre                                          691,00
Las mismas que ocupen de 201 a 400 trabajadores, por trimestre                                          829,00
Por cada 200 trabajadores o fracción que exceda de los primeros 400, satisfarán la precedente
tasa aumentada en un 25% no acumulativo.
Cuando una industria ocupe trabajadores eventuales la base será el promedio de los
trabajadores ocupados en el año precedente.
8. Recogidas extraordinarias por motivos de actos públicos y fiestas



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1.2.9. Las cargas de espuma y otros productos que se utilicen serán de cuenta del obligado al
pago y facturadas al precio o coste de adquisición, con un recargo del 10%.
1.3. Por el deterioro del material, calzado y vestuario del personal, se cargará el 10% del total
facturado.
1.4. A los valores por hora relacionados en los apartados anteriores excepto el 1.1.7, se les
aplicaran los siguientes coeficientes correctores
1.4.1. Por intervenciones hasta media hora de duración                                                 0,5000
1.4.2. Por intervenciones de más de media hora y hasta una hora de duración                            1,0000
1.4.3. Por intervenciones de más de una hora y hasta dos horas de duración                             1,0500
1.4.4. Por intervenciones de más de dos horas y hasta tres horas de duración                           1,1000
1.4.5. Por intervenciones de más de tres horas                                                         1,1500
2. Cuando se preste el servicio con ocasión de la limpieza de calzadas, atención de animales,
medición de gases, desconexión de alarmas, servicios especiales a que se refiere el apartado 2.4
del artículo1 de la ordenanza, con excepción de los supuestos de consolidación y apuntalamiento
de construcciones, hundimientos y demoliciones y de saneado de fachadas y tejados, y servicios
del apartado 2.5, se satisfarán:                                                                       216,25
2º Normas de aplicación.
1. Para la determinación de la cuota en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1º.1 anterior, se
tomarán en consideración, los medios humanos y materiales que de manera efectiva hayan tenido
participación en la actuación objeto de liquidación y por el tiempo que hubiese durado su
intervención, desde la llegada hasta la finalización del servicio en el lugar en que se preste, no
computándose a tal efecto, los tiempos empleados en el desplazamiento al punto de la
intervención ni los de vuelta a la Base.
A los efectos del párrafo anterior se entenderá, a salvo informe expreso por parte del Servicio de
Bomberos, como medios efectivos intervinientes para la neutralización de los distintos siniestros:
tres bomberos, un cabo y una autobomba salvo en el supuesto de saneado de fachadas y tejados
en cuyo caso se entenderá como vehículo interviniente una escala.
2.1.- Siempre que no exista sustituto del contribuyente, a la intervención o servicio regulado en el
apartado 1º.1 anterior, se aplicarán las siguientes reducciones en la cuota:
2.1.1.- En el caso de bienes inmuebles en función del valor catastral del inmueble, vivienda o local
en que se haya producido el siniestro según la siguiente escala:
Hasta 36.000 €                                                                                         90,00%
Superior a 36.001 hasta 72.000 €                                                                       75,00%
Superior a 72.001 hasta 144.000 €                                                                      50,00%
Superior a 144.001 hasta 200.000 €                                                                     25,00%
Superior a 200.001 €                                                                                   10,00%
Cuando la intervención y prestación del servicio se produzca en un bien inmueble con diferentes
elementos catastrales, se tomara la suma de los valores catastrales de éstos a los efectos
anteriores.
En aquellos supuestos en que no exista un valor catastral de referencia:                               50,00%
En estos supuestos se establece una cuota mínima a satisfacer que no será inferior a la tarifa
establecida en el punto 1º 2 anterior con aplicación de un coeficiente corrector de:                   3,0000
2.1.2.- En el caso de intervenciones por saneado de fachadas y tejados en casos de
desprendimientos de elementos constructivos se liquidara la tarifa establecida en el apartado 2.1.1
anterior con aplicación de un coeficiente corrector del                                                0,5000
En estos supuestos se establece una cuota mínima a satisfacer que no será inferior a la tarifa
establecida en el punto 1º 2 anterior con aplicación de un coeficiente corrector del                   2,0000
2.1.3.- En el caso de vehículos se aplicará la tarifa establecida en el punto 1º 2 anterior.
2.2.- La reducción establecida en el apartado anterior no se aplicará en los supuestos en que el
sujeto pasivo no haya formulado la comunicación a que se refiere el artículo 5, ni en los casos en
que exista seguro concertado para el siniestro de que se trate con independencia de los límites de
cobertura o franquicias establecidas en la póliza.

 TERCERO.- Queda derogado el artículo 3 de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS
 TASAS POR LOS SERVICIOS PRESTADOS POR EL CUERPO MUNICIPAL DE BOMBEROS
 aprobada por Acuerdos del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2002, 25 de
 septiembre de 2003, 30 de septiembre de 2004, 29 de septiembre de 2005, 28 septiembre de 2006,
 27 de septiembre de 2007, 19 de septiembre de 2008, 29 de septiembre de 2011 y 27 de
 septiembre de 2012, 25 de septiembre de 2013, 22 de diciembre de 2014, 24 de septiembre de
 2015, 29 de junio de 2017, 28 de junio de 2018 y 26 de septiembre de 2019.



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  “PRIMERO.- Desestimar la enmienda presentada por el Grupo Municipal Popular con el número
  410, al Proyecto de modificación del artículo 4 de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la
  prestación de servicios especiales por la policía municipal, de conformidad con el informe técnico
  emitido de fecha 14 de septiembre.

  SEGUNDO.- Modificar el artículo 4 de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS
  POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES POR LA POLICÍA MUNICIPAL que quedará
  redactado como sigue:

  Artículo 4
  Las cuotas por la prestación de los servicios regulados en esta Ordenanza se fijan en la forma que
  sigue:



Tarifas                                                                                                 Cuota
                                                                                                        Euros
1. Conducción, vigilancia y acompañamiento de transportes pesados, por servicio                          73,15
2. Acotamiento de zonas, cortes y regulación del tráfico, por servicio                                   82,00
3. Comprobación y emisión de informe policial:
3.1. En asuntos de índole civil, a requerimiento de particular                                           73,15
3.2. Cuando el servicio a que se refiere el apartado anterior se preste en relación con asuntos
vinculados a la violencia de género no serán de aplicación las tarifas establecidas en el mismo.
4. Comprobación y emisión de informe policial, a requerimiento de particular, en casos de fugas,
humedades de agua en locales o viviendas                                                                 73,15
5. Comprobación y emisión de informe policial a requerimiento de particular en casos de colisión o
choque con daños materiales                                                                              73,15
6. Los servicios que sean motivados por la celebración de espectáculos públicos o actividades
recreativas y cualesquiera otras actividades que exijan la prestación de dichos servicios especiales,
hubieran o no sido solicitados, cuando tales servicios beneficien especialmente a personas o
entidades determinadas o, aunque no les beneficien, les afecten de modo particular, siempre que en
este último caso la actividad municipal haya sido motivada por dichas personas o entidades, directa o
indirectamente                                                                                          156,00
7. Otros servicios prestados, por servicio                                                               72,00
8. Además de las percepciones establecidas en los números anteriores se establecerá una cuota,
por persona funcionaria y hora o fracción dedicada a la prestación del servicio de                       29,00
9.- En los servicios a que se refieren los números 1, 2, 6 y, en su caso, 7 anteriores se establecerá
una cuota adicional:
9.1.- Por vehículo y hora o fracción dedicado a la prestación del servicio                                5,00
9.2.- Por grúa dedicada a la prestación del servicio                                                    124,00

  LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALES POR LA POLICÍA MUNICIPAL
  aprobada por Acuerdo Plenario de 28 de septiembre de 2000 y modificada por Acuerdos Plenarios
  de 27 de septiembre de 2001, 26 de septiembre de 2002, 25 de septiembre de 2003, 30 de
  septiembre de 2004, 29 de septiembre de 2005, 28 septiembre de 2006, 27 de septiembre de 2007,
  19 de septiembre de 2008, 29 de septiembre de 2011, 27 de septiembre de 2012, 25 de septiembre
  de 2013, 24 de septiembre de 2015, 29 de junio de 2017, 28 de junio de 2018 y 26 de septiembre
  de 2019.

  CUARTO.- La modificación y derogación que se propone, surtirá efectos a partir del día 1 de enero
  de 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
  Reguladora de las Bases de Régimen Local y seguirá en vigor hasta que se acuerde su
  modificación o derogación.
  QUINTO.- Exponer al público, de conformidad con lo establecido en el artículo 16.1 y 2 de la
  Norma Foral 9/2005 de 16 de diciembre, de Haciendas Locales, el expediente de modificación de la
  presente Ordenanza durante el plazo de 30 días, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento,



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4.1.4. Importe percibido en concepto de hipoteca inversa mensualmente.
4.1.5. Cualquier otro ingreso que la UC pudiera percibir de forma periódica.
4.2. Patrimonio (B): se entiende por patrimonio la totalidad del capital mobiliario e inmobiliario de
las personas que forman la UC teniendo en cuenta los 5 años anteriores al alta en el servicio.
4.2.1. Por capital mobiliario se entiende los depósitos en cuenta corriente y a plazo, fondos de
inversión y fondos de pensiones, valores mobiliarios, seguros de vida y rentas temporales o
vitalicias, objetos de arte, y otros objetos de valor.
4.2.2. Por capital inmobiliario se entiende:
4.2.2.1. Valor catastral de los bienes de naturaleza rústica y urbana en propiedad, excluida la
vivienda habitual, con su garaje y trastero, si lo tuviera.
4.2.2.2. El usufructo temporal o vitalicio de los bienes de naturaleza rústica y urbana se
contabilizarán de la siguiente manera:
-Usufructo temporal: se valorará el 2% del valor catastral del bien por cada año de duración del
usufructo sin exceder del 70%.
-Usufructo vitalicio: Se valorará el 70% del valor catastral, si la persona usufructuaria tiene menos
de 20 años. A medida que aumenta la edad este porcentaje se aminora en la proporción de un
1% menos por cada año, con el límite mínimo del 10%.
4.2.3. Descapitalización voluntaria a título gratuito por parte de la UC: el importe descapitalizado
en los 5 años inmediatamente anteriores a la solicitud del SAD, será computado como
patrimonio.
4.2.4. Ingresos atípicos:
4.2.4.1. Indemnizaciones de cualquier naturaleza
4.2.4.2. Atrasos percibidos en concepto de derechos de alimentos y pensiones compensatorias,
en la cuantía en que no deban ser reintegrados por causa de prestaciones indebidas.
4.2.4.3. Herencias, donaciones y legados
4.2.4.4. Recursos generados por venta de patrimonio y no invertidos en vivienda habitual
4.2.4.5. Cualesquiera otros ingresos, de carácter no regular u obtenidos de forma excepcional
por cualquiera de las personas miembros de la unidad de convivencia.
4.3 Deducciones (C): Se establecen las siguientes deducciones y criterios complementarios:
4.3.1. El gasto de alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo mensual del importe
correspondiente a la prestación económica de vivienda fijada por el Gobierno Vasco. Esta
deducción no se aplicará si la UC es perceptora de alguna ayuda pública para financiar este tipo
de gasto (Ayudas de Emergencia Social, Ayudas Especiales Municipales, Prestación
Complementaria de Vivienda, Prestación Económica de Vivienda, Ayudas Gazte-Lagun…).
4.3.2. Por amortización de capital e intereses invertidos en la vivienda habitual, hasta un máximo
mensual del importe correspondiente a la prestación económica de vivienda fijada por el
Gobierno Vasco. Esta deducción no se aplicará si la UC es perceptora de alguna ayuda pública
para financiar este tipo de gasto.
4.3.3. Gastos de estancia en centros de día con ocupación de plaza pública y por lo tanto,
financiada en parte por la Administración, se deducirá la totalidad de la aportación de la estancia
en el centro de día, excepto en los casos que sean perceptores de PECEF que no será de
aplicación esta deducción.
4.3.4. Pensiones compensatorias por separación o medidas paterno-filiales si las hubiera,
presentando la justificación del pago correspondiente.
5. La aportación económica mensual de las personas usuarias del SAD al coste del servicio en
ningún caso podrá ser superior a:




Asimismo, la aportación económica mensual de las personas usuarias del SAD al coste del
servicio no será inferior a: 3% * precio medio adjudicación servicio * nº de horas asignadas
prestadas
6. En el caso de personas que se encuentren en riesgo o situación de desprotección o exclusión
social especialmente grave, informada por los Servicios Sociales Municipales, podrá
temporalmente reducirse total o parcialmente su aportación.

EPÍGRAFE G) POR LA REALIZACIÓN DE EXÁMENES DE SALUD A PERSONAL DE LAS                                   Cuota
ADMINISTRACIONES, ORGANISMOS Y EMPRESAS PÚBLICAS                                                        Euros
1º Tipo de servicio o actividad
1. Por cada examen de salud básico: Historia clínica médico-laboral, exploración física, analítica         55,50


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específicas, puedan ser declaradas bien de interés cultural.

         En última instancia también, tanto la declaración de Bilbao como Capital Vasca del
Racionalismo, así como la inclusión de los edificios relevantes de este movimiento en la guía
turística de Bilbao y en otros soportes de la Villa, son elementos fundamentales para dar
conocimiento entre los ciudadanos de Bilbao de este estilo arquitectónico y también a nuestros
visitantes.

         Desde la década de los años 20 y 30, Bilbao se hizo eco de una arquitectura que llegó a
ser internacional y que tan sólo se había iniciado poco más de una década antes. Se le considera
una corriente arquitectónica principal del siglo 20, y nada más y nada menos que en Bilbao
gozamos de una gran riqueza en este sentido.

        Encontramos en estos edificios formas novedosas, formas ortogonales, primacía de la
función del espacio y del dinamismo, ausencia de ornamentación, aunque en el caso de Bilbao hay
una característica específica que los hace más expresionistas, así como el uso de nuevos
materiales en aquel tiempo. El hormigón, el acero, el vidrio, aplicados a la arquitectura de la vida
cotidiana.

        El Racionalismo buscaba un estilo asentado en la razón, con líneas sencillas pero
hermosas, muy hermosas, como se puede contemplar en tantos edificios de esta Villa. Una
arquitectura muy unida a la producción industrial. Por eso mismo Bilbao fue el terreno abonado
para ello.

          La arquitectura racionalista se puede observar en todos aquellos edificios que tienen unos
perfectos ejes de simetría que abordan soluciones en esquina en forma curva, como si quisiera
reflejar la proa de un barco. Suelen emplear el ladrillo vista y tienen en la horizontalidad uno de sus
grandes valores.

         Más allá de un movimiento arquitectónico vinculado con las vanguardias artísticas, también
contaban sus iniciadores con una gran preocupación social. Y termino. Tan solo podríamos
establecer una mínima selección de ejemplos: el mercado de la Ribera, las escuelas municipales
de San Francisco, el colegio Luis Briñas, las viviendas de la calle Ercilla 43, el edificio la Aurora, el
edificio de la naviera Aznar, el edificio precioso de la Aviación y Comercio que tenemos frente a
nosotros, el rascacielos de Bailén, la iglesia de San Felicísimo de Deusto.

       Aquí no se trata solamente de una categorización, sino también de aumentar nuestra
capacidad cultural para atraer población y que hagan cosas aquí, en Bilbao. Eskerrik asko
entzuteagatik».

        SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko Alkate jauna. Muy rápidamente. Señor Goti, he de decirle que
cuando leímos esta la primera propuesta del Grupo Municipal PARTIDO POPULAR, por el estilo y
la temática nos recordó mucho al tipo de proposiciones que defendía, con mucha dedicación y
sobre todo cordialidad, su compañero de partido, el señor Rodrigo, Gabriel Rodrigo. Esperemos
que dicho estilo político se extienda en este nuevo mandato.

        En cuanto a su propuesta, en términos generales nos parece bien. Todo lo que sea poner
en valor nuestro Patrimonio urbano y cultural nos parece positivo para para la ciudad, y por ello, sin
entrar a valorar los seis puntos que proponen, estamos de acuerdo en lo que piden.

       En cualquier caso, lo que finalmente vamos a votar, pues no es su proposición, sino la
enmienda presentada por el equipo de Gobierno. Enmienda que no han conseguido transaccionar
con ustedes pero que a nuestro entender propone un texto con el cual también estamos de
acuerdo.

          Entendemos que si realmente se colabora con el Colegio de Arquitectos y sobre todo con la


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urbanizazioaren diseinuaren bidez      arbola       y garantizando a través del diseño de la
berrien garapen optimoa bermatuz.                   urbanización el óptimo desarrollo de los
                                                    nuevos árboles.

2. Agirre Lehendakariaren etorbideko azalera        2. Incrementar la superficie verde de la
berdea 1.200 m2 handitzea, orain asfaltoak          Avenida Lehendakari Aguirre en 1.200 m2
hartzen duen espazioan parterreak ipiniz eta        mediante la habilitación de parterres en el
espazio hori ibilgailuen trafikoari kenduz.         espacio ahora ocupado por asfalto y que se le
                                                    quita al tráfico rodado.

3. Deustu auzoan segurtasun-arrazoiengatik          3. Reponer en el barrio de Deusto al menos la
kendu behar diren arbolen kopuru bera jartzea,      misma cantidad de árboles que los que se
gutxienez.                                          tienen que retirar por razones de seguridad.

4. Hiriko berdeguneen eta arbolen metro             4. Continuar incrementando los metros
koadroak handitzen jarraitzea, 2022tik 2023ra       cuadrados de zonas verdes y árboles en la
bitartean     egin den      bezala,    orduan       ciudad, tal y como se ha hecho entre 2022 y
berdeguneak 10.873 m2 eta 1.490 arbola berri        2023 con el incremento de 10.873 m2 de
gehitu baitziren».                                  zonas verdes y 1.490 nuevos árboles.”


59. PROPOSIZIOA,       EH    BILDU     udal         59. PROPOSICIÓN del grupo municipal EH
    taldearena, proposatzen duena Osoko                 BILDU, que plantea la adopción de un
    Bilkurak    erabakia    hartu    dezan              acuerdo plenario mediante el que se
    GOBERNU        TALDEARI       eskatzeko             inste al EQUIPO DE GOBIERNO a
    «tenkatutako         bizitegi-eremuak»              realizar el proceso de recogida de la
    izendatzeko     prozesua     azkartzeko             información necesaria jurídicamente
    asmoarekin eta posible denean ahalik                para la declaración, cuando sea
    eta azkarren egiteko, izendapena                    posible, de las "zonas de mercado
    juridikoki   bermatzeko    informazioa              residencial tensionadas".
    bildu dezala.

       Alkate jaunak arazo ordenaren puntuan              Conforme a lo indicado por el Sr.
adierazi duen bezala 59. eta 69. gaiak              Alcalde en el punto relativo a la cuestión de
elkarrekin zerikusia dute, eta Gobernu              orden, los asuntos de los puntos 59 y 69
Taldearen zuzenketa berdinak dituzte. Beraz,        guardan relación entre sí y tienen idénticas
Udalbatzaren Araudi Organikoaren 57.3               enmiendas del Equipo de Gobierno, y
artikuluaren arabera, batera eztabaidatu dira,      conforme al artículo 57.3 del Reglamento
baina gaien bozketak bakoitza bere aldetik          Orgánico     del     Pleno,     se     debaten
egingo dira. Eztabaida eta bozketak 69.             conjuntamente, si bien la votación de cada uno
puntuan egingo dira.                                se realizará por separado. Tanto el debate
                                                    como las votaciones se realizarán en el punto
                                                    69.

      EH BILDU udal taldeak aurkezten duen                 Proposición que presenta el grupo
proposamena, xedapen zatian hitzez hitz             municipal EH BILDU, cuya parte dispositiva es
honela dioena:                                      del tenor literal siguiente:

« Bilboko Udalbatzak udal gobernuari                “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio udalerrian tenkatutako bizitegi-       gobierno municipal a realizar el proceso de
eremuak izendatzeko prozesua azkartzeko             recogida de la información necesaria
asmoarekin eta posible denean ahalik eta            jurídicamente para la declaración de las
azkarren egiteko, izendapena juridikoki             "zonas de mercado residencial tensionadas"
bermatzeko informazioa biltzea, 12/2023             en el municipio, tal y como exige el artículo
Etxebizitza Eskubiderako Legeak 18.2.a.             18.2.a de la Ley 12/2023 de Derecho a la
artikuluan eskatu bezala.»                          Vivienda, con el objetivo de, cuando sea


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      Proposamen        honek       aldatzeko                       Esta proposición tiene una enmienda de
zuzenketa bat du, GOBERNU TALDEAK                            modificación presentada por el EQUIPO DE
aurkeztua, xedapen zatian honela dioena:                     GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                             lo siguiente:

«Bilboko Udalbatzak               Gobernu   Batzordeari      “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la
eskatzen dio:                                                Junta de Gobierno a:

         Eusko    Jaurlaritzako  Etxebizitza                 •        Continuar apostando por el modelo de
Sailarekin lankidetzan aritzeko ereduaren                    colaboración con el Departamento de Vivienda
aldeko apustua manten dezala, alokairuko                     del Gobierno vasco para la promoción de
etxebizitza    publikoa     eta birgaikuntza                 vivienda pública de alquiler así como de
sustatzeko.                                                  rehabilitación.

         Bere eskumeneko neurriak ezar                       •        Establecer las medidas que sean de
ditzala, Biziguneren bidez etxebizitza hutsak                su competencia para fomentar la puesta en
alokairuan jartzea sustatzeko.                               alquiler de las viviendas vacías a través de
                                                             Bizigune.

         Eusko Jaurlaritzako Etxebizitza Sailari             •        Solicitar al Departamento de Vivienda
eska diezaiola, Etxebizitzaren maiatzaren 24ko               de Gobierno vasco a que, siguiendo los
12/2023 Legean ezarritako izapideak betez,                   trámites establecidos en la Ley de Vivienda
tentsio handiko etxebizitza-eremu deklaratzeko               12/2023 de 24 de mayo, proceda con la
udalerrian lege horretako baldintzak betetzen                declaración de zonas de mercado residencial
dituzten zonak, analisi bat egin ondoren.»                   tensionada en aquellas zonas del municipio
                                                             que cumplan, previo análisis, con los requisitos
                                                             contenidos en la mencionada Ley a los efectos
                                                             de realizar dicha declaración.”


60. PROPOSIZIOA, ELKARREKIN BILBAO                           60. PROPOSICIÓN del grupo municipal
    udal taldearena, proposatzen duena                           ELKARREKIN BILBAO, que plantea la
    Osoko Bilkurak erabakia hartu dezan                          adopción de un acuerdo plenario
    Bilboko eredu fiskala eguneratzeko eta                       mediante la cual se propone la
    modernizatzeko Batzorde ez iraunkor                          creación de una Comisión no
    bat sortu dezan.                                             permanente para la actualización y
                                                                 modernización del modelo fiscal de
                                                                 Bilbao.

       ELKARREKIN BILBAO udal taldeak                              Proposición que presenta el grupo
aurkezten duen proposizioa, xedapen zatian                   municipal ELKARREKIN BILBAO, cuya parte
hitzez hitz honela dioena:                                   dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Bilboko Udalaren Osoko Bilkurak udalerriko                  “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao acuerda
eredu        fiskala      eguneratzeko     eta               crear una Comisión no permanente para la
modernizatzeko batzorde ez-iraunkor bat                      actualización y modernización del modelo
sortzea erabaki du, Osoko Bilkuraren                         fiscal del municipio, en los términos recogidos
Erregelamendu Organikoaren 112. artikuluan                   en el artículo 112 del Reglamento Orgánico
jasotako baldintzetan. Batzorde horren xedea                 del Pleno; la misma tendrá por objeto el
tokiko egungo eredu fiskala aztertzea izango                 análisis del actual modelo fiscal local, así
da, bai eta eredu hori eguneratu eta hobetzeko               como el debate y elaboración de propuestas
proposamenak eztabaidatu eta egitea ere,                     para su actualización y mejora, con el fin
Bilbon zeharkako genero-ikuspegia txertatuko                 último de asegurar en Bilbao un sistema fiscal
duen       sistema      fiskal    bidezkoagoa,               más justo, progresivo, redistributivo y


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a emprendedores, la vía correcta es la modificación de las ordenanzas fiscales. Se ha dicho en
este Pleno cómo las ordenanzas fiscales de este Ayuntamiento ya contemplan diferentes iniciativas
respecto a los emprendedores, se habla de cómo en el impuesto de actividades existe una
exención para los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad durante los dos primeros
periodos impositivos en los que se desarrolla lo mismo.

         Pero a esta medida se suman las acciones que se llevan a cabo desde Bilbao Ekintza y
empezamos: asesoramiento en la elaboración del plan de negocio y en servicios avanzados al
emprendimiento, formación en competencias de gestión empresarial, convocatoria de ayudas de
apoyo a las personas emprendedoras, jornadas de capacitación profesional, acompañamiento en el
primer año de la vida de las empresas creadas, acceso a locales municipales desocupados
propiedad de Viviendas Municipales, líneas de financiación preferente, networking, emprendimiento
digital, emprendimiento en el comercio, información y apoyo a las PYMEs, diagnóstico y
asesoramiento en tecnologías de la información y comunicación, marketing comercial y económico
financiero para PYMEs y comercio, capacitación orientada a nuevos modelos de negocio y
programa Mentoring.

        En 2022, 2.292 personas emprendedoras fueron atendidas por Bilbao Ekinzta, 189
empresas y startups creadas con el apoyo de Bilbao Ekintza, 234 nuevos empleos generados, más
de 4.000.000 de inversión y un 13% de estos nuevos negocios se han abierto en barrios de la
ciudad. Eskerrik asko”.

         SR. RODRIGO: “Telegráficamente, señora Ajuria, yo no he hablado de exenciones fiscales.
Es que creo que he sido muy claro con el asunto. Yo entiendo que usted se agarre a una excusa
técnica para no apoyar este asunto, pero yo no he hablado de exenciones fiscales ni de nada
similar. Estamos hablando de subvenciones y de ayudas. Y los departamentos de promoción
económica o de empleo en la propia Diputación Foral de Bizkaia tienen programas, no de este
estilo, pero de otro ámbito que buscan, también, ayudar a incentivar la actividad económica.

       Entonces, ¿de qué estamos hablando? Yo admito y entiendo que usted se centre en una
excusa técnica, estrictamente técnica, para justificar su posicionamiento político, pero yo no he
hablado ni de exenciones ni de beneficios fiscales. Yo creo que es evidente, es que es claro. Otra
cosa es que no se quiera hacer. Si no se quiere hacer, se dice que no se quiere hacer. Ya está,
punto.

        Y al respecto de lo que decía el señor Jiménez, usted no conocerá no sé qué. Yo no
conozco ningún país de Europa que tenga un gobierno comunista en el poder. Y mire, pues así
estamos. Y en cuanto a la proposición y que tenga que incluir lo que usted quiere, mire, en la
proposición uno se ajusta a la idea general y, luego, la desarrolla y, como usted antes bien decía,
estoy en mi legítimo derecho de desarrollarla más en profundidad en mi turno de palabra. Muchas
gracias”.

         SRA. AJURIA: “Eskerrik asko, alkate jauna. Indudablemente lo que ustedes están
solicitando es establecer un tipo de subvención y es una bonificación encubierta. Y la ley no lo
admite. No hay una falta de voluntad, hay que la ley no lo admite. Ustedes ponen el ejemplo de
Madrid: tax free, que tax free es sin impuestos, o sea, no pagar impuestos. Estuvo vigente en el
Ayuntamiento de Madrid, como ustedes decían, del año 2011 a 2015. Desapareció y nunca más se
supo de él. Y lo que sí tienen que reconocer es que no estuvo exento de polémica y que no cumplió
con los objetivos para los que se había establecido. Eskerrik asko”.

      Bozketa egin da PARTIDO POPULAR                     Se somete a votación la proposición
udal taldeak aurkeztutako proposizioari buruz,      presentada por el grupo municipal PARTIDO
eta hau izan da emandako botoen emaitza:            POPULAR, siendo el cómputo de los sufragios
                                                    emitidos el siguiente:

       Emandako botoak: 29                                Votos emitidos: 29


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      Proposizio honek GOBERNU TALDEAK                     Esta proposición tiene una enmienda de
eta PARTIDO POPULAR udal taldeak batera              modificación conjunta presentada por el
aurkeztutako aldaketako zuzenketa bat du,            EQUIPO DE GOBIERNO y el Grupo Municipal
xedapen zatian honela dioena:                        PARTIDO POPULAR, que en su parte
                                                     dispositiva dice lo siguiente:

«Bilboko Udalbatzak Gobernu Batzordeari              “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la
eskatzen dio, “Adinik gabeko Bizikletak”             Junta de gobierno a, transcurrido un año
proiektu pilotua abiatu zenetik urtebete igaro       desde la puesta en marcha del proyecto piloto
den honetan, zerbitzuaren ebaluazioa egin            “Bicis Sin Edad”, realice una evaluación de
dezala, erabiltzaile gehiago lortzeko eta            este servicio, a fin de aumentar el número de
mugikortasun urriko adineko pertsonen                usuarios y la frecuencia de paseos de las
paseoen maiztasuna handitzeko.                       personas mayores con movilidad reducida.

Modu berean, Gobernu Batzordeari eskatzen            Igualmente se insta a la Junta de gobierno a
zaio aldian behin zerbitzuaren ebaluazioa egin       realizar una evaluación periódica de este
dezala, unean uneko eskaerari egokitzeko.»           servicio, de manera que se pueda adecuar a la
                                                     demanda existente en cada momento.”

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun               El Alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak            los Sres. y Sras. concejales y concejalas de
xedatutakoaren arabera:                              acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                     Orgánico del Pleno:

         SR. GARAGALZA: “Eskerrik asko, Alcalde jauna. Se trata de una proposición que hacemos
para incrementar las dotaciones de bicicletas para nuestros mayores que viven en residencias y en
ocasiones también en domicilios, y muchos de ellos en soledad. Se trata del servicio Adinak Biziz o
Bicicletas sin edad, que en noviembre hará un año que el Ayuntamiento lanzó este servicio y que
permite a nuestros mayores tener un ocio en compañía, paseos, visitas culturales, visitas guiadas,
exposiciones, actividades medioambientales.

         Por todo ello, quiero felicitar al Ayuntamiento y concretamente al Área social por este
servicio. Pero ¿qué ocurre?, que únicamente se presta este servicio con cuatro triciclos: uno de
plataforma, que es para sillas de ruedas; otro para… le llaman calesa, que es para dos residentes o
dos personas conocidas o lo que sea, y luego dos más individuales. Todas ellas están empujadas
por voluntarios de la Cruz Roja, a quien en este momento también aprovecho para agradecer su
labor. Gracias a ellos, este servicio ha sido posible ponerlo en práctica.

        El recorrido viene a durar aproximadamente una hora. Unas veces los voluntarios van a las
residencias, en otras ocasiones son los residentes o las personas que viven en su propia vivienda
los que se acercan a la Cruz Roja, pero siempre, tengamos en cuenta que solo son cuatro triciclos
los que tienen para un máximo de cinco personas, algo insuficiente que en ocasiones dan más de
un paseo, pero nos sigue pareciendo escaso para este servicio tan bueno para ellos.

        El triciclo con plataforma puede pasear a una persona con movilidad reducida y el resto de
los residentes se quedan mirando cómo esta persona va a hacer su paseo. Hay residencias que
todavía tienen residentes que no han podido estrenar este servicio. Por ello, nuestra proposición es
incrementar el número de triciclos y con ello la frecuencia de los paseos incrementando el número
de usuarios.

        Fundamentalmente pensamos que pueden ser los triciclos con plataforma los que sean
más necesarios. Hay residencias en Bilbao que hasta un 80% de los residentes están en silla de
ruedas, pero también los triciclos individuales. Dado el interés que el Grupo Municipal PARTIDO
POPULAR tiene este servicio, hemos llegado a una propuesta de acuerdo para que, transcurrido
un año -que lo hará en noviembre-, se haga una evaluación del servicio y se busque incrementar la


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2022, el Ayuntamiento de Bilbao puso en marcha el proyecto piloto Bicis sin edad -que ya lo hemos
comentado todas y todos los que me han antecedido en la palabra-, respondiendo al acuerdo
alcanzado de forma unánime por todos los grupos políticos de la cámara.

         Este proyecto, que cuenta con bicicletas adaptadas, ofrece el acompañamiento y los
apoyos necesarios para que, aquellas personas mayores con movilidad reducida que quieran
participar en actividades de ocio, lo puedan hacer salvando así las barreras arquitectónicas y otras
barreras culturales y sociales que puedan provocar el aislamiento y la soledad no deseada de estas
personas.

        Con este programa perseguimos: mejorar la calidad de vida de las personas mayores con
movilidad reducida y la de sus familias, promocionando el ocio inclusivo como elemento clave en la
salud, potenciando las vivencias y relaciones sociales para promover un buen desarrollo personal.
También ofrecer respiros y descansos a los familiares mediante la organización de salidas y
paseos en bicicleta; realizar actividades de sensibilización ambiental potenciando la movilidad
sostenible; y fomentar la salud impulsando el deporte y los hábitos saludables.

         NACIONES UNIDAS ha declarado el decenio 2020-2030 como la década del
envejecimiento saludable, incidiendo en la necesidad de redoblar los esfuerzos para preservar la
salud de las personas mayores, contribuyendo el proyecto bicis sin edad al cumplimiento de esta
directriz.

         La apuesta por el envejecimiento activo, es una seña de identidad del III Plan Municipal
Bilbao, Ciudad Amigable con las Personas Mayores, dónde se pretende, que las personas puedan
llevar durante el mayor tiempo posible una vida lo más activa, autónoma y saludable, haciendo que
Bilbao sea cada vez una ciudad más amigable, donde las personas mayores sean protagonistas de
todos los cambios.

         El proyecto piloto en sus 10 meses de desarrollo ha ofrecido una diversidad de rutas para
que durante una hora se puedan recorrer diferentes zonas de Bilbao. Junto al uso de la bicicleta se
han organizado actividades de ocio y tiempo libre propiciándose visitas guiadas, recorridos
culturales, visitas a museos o exposiciones, actividades medioambientales por la ribera de la ría y
talleres de sensibilización medioambiental.

        Desde la puesta en marcha del proyecto Bicis sin edad, el total de personas que han
disfrutado del nuevo proyecto han sido 351, atendiéndose un total de 35 solicitudes individuales y
316 solicitudes provenientes del tejido asociativo, residencias y viviendas comunitarias. Las
residencias y viviendas comunitarias que están demandando este servicio ascienden a 10
entidades. El proyecto ha contado con un total de 57 personas voluntarias desde que empezó la
actividad, generando así una experiencia intergeneracional muy enriquecedora.

        Durante el periodo estival se han desarrollado acciones específicas que han ayudado a que
un mayor número de personas hayan podido vivir la experiencia del Proyecto Bicis sin edad: se ha
ampliado la disposición semanal ofreciéndose salidas durante seis días de la semana; se ha
contactado con diferentes recursos sociales que ha permitido que seis de ellos hayan mostrado
interés para que sus usuarios disfruten de la experiencia de Bicis sin edad; se ha mantenido
contacto con asociaciones vinculadas a diferentes tipos de discapacidad, incorporándose cómo
demandantes de paseos dos nuevas asociaciones, ASPACE y ASPARBI. Se ha establecido una
relación con diferentes asociaciones ciclistas y ecologistas desde donde se han conseguido nuevas
voluntarias y voluntarios y finalmente, se han llevado a cabo diferentes acciones de difusión del
proyecto para dar a conocer a la población la existencia del mismo, para incrementar tanto el
número de personas mayores como el de personal voluntario.

         Trascurridos estos diez meses de proyecto, la valoración general obtenida del feedback
recibido por las personas participantes, tanto voluntariado como personas usuarias, es muy
positivo, queriendo repetir en muchas de las ocasiones. Estas experiencias positivas, están


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eta, beraz, bertan behera geratu da PARTIDO         presentada por el grupo municipal PARTIDO
POPULAR udal taldeak 58. gaiari buruz               POPULAR correspondiente al asunto nº 58.
aurkeztutako proposizioa.

      Ondoren BILBOKO AUZO ELKARTEEN                      A continuación, se somete a votación la
FEDERAZIOAREN           (BAEF)       deritzon       enmienda de modificación presentada por el
ELKARTEAK aurkeztutako proposizioari (68.           EQUIPO DE GOBIERNO a la proposición de
aztergaia) GOBERNU TALDEAK aurkeztutako             la   FEDERACIÓN        DE    ASOCIACIONES
zuzenketa bozkatu da, zeina proposamena             VECINALES        DE       BILBAO        (FAVB)
zuzentzekoa baita, eta hau izan da emandako         correspondiente al asunto nº 68, siendo el
botoen emaitza:                                     cómputo de los sufragios emitidos el siguiente:


    Emandako botoak: 29                                 Votos emitidos: 29

    Baiezko botoak: 17 jaun/andre: alkate,              Votos afirmativos: 17 señoras/señores:
    Arregi,  Ajuria,    Abaunza,    Ibarretxe,          alcalde, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
    Urtasun, Olabarria, Erroteta, Otxandiano,           Urtasun, Olabarria, Erroteta, Otxandiano,
    Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,          Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,
    Pérez, Bilbao Aldayturriaga eta Bilbao              Pérez, Bilbao Aldayturriaga y Bilbao
    Urquijo.                                            Urquijo.

    Ezezko botoak: 12 jaun/andre: Del Río,              Votos negativos: 12 señoras/señores: Del
    Renedo, Perea, Orozco, Fernández,                   Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández,
    Undabarrena, Martínez, Rodrigo, Goti,               Undabarrena, Martínez, Rodrigo, Goti,
    Garagalza, Viñals eta Jiménez.                      Garagalza, Viñals y Jiménez.

      Horrela,   bada,    onetsi    egin   da             En su virtud, se aprueba la enmienda de
GOBERNU          TALDEAK         aurkeztutako       modificación formulada por el EQUIPO DE
zuzenketa, zeina proposizioa aldatzekoa baita,      GOBIERNO, por lo que decae la proposición
eta, beraz, bertan behera geratu BILBOKO            presentada por la FEDERACIÓN DE
AUZO      ELKARTEEN        FEDERAZIOAREN            ASOCIACIONES VECINALES DE BILBAO
(BAEF) deritzon ELKARTEAK 68. gaiari buruz          (FAVB) correspondiente al asunto nº 68.
aurkeztutako proposizioa.


69. Imanol     Arnaiz    Tubilleja    jaunak,       69. INICIATIVA VECINAL presentada por
    «KALERATZERIK EZ»             Elkartearen           don Imanol Arnaiz Tubilleja, en
    izenean, aurkeztutako HERRITARREN                   representación de la ASOCIACIÓN
    EKIMENA:        Eusko        Jaurlaritzari          “KALERATZERIK EZ”, que plantea la
    eskatzea udalerria tentsio handiko                  adopción de un acuerdo plenario
    etxebizitza-eremutzat      jo     dezala,           mediante el que se inste al Gobierno
    maiatzaren 24ko 12/2023 Legeak                      Vasco a que declare al Municipio como
    eremu       horietarako       etxebizitza-          zona tensionada de vivienda, con el
    eskubidearen inguruan jasotzen dituen               objetivo de establecer cuanto antes las
    neurriak lehenbailehen ezartzeko.                   medidas que recoge la Ley 12/2023, de
                                                        24 de mayo, por el derecho a la
                                                        vivienda para dichas zonas.

       Alkate jaunak arazo ordenaren puntuan              Conforme a lo indicado por el Sr.
adierazi duen bezala 59 Eta 69. gaiak               Alcalde en el punto relativo a la cuestión de
elkarrekin zerikusia dute, eta Gobernu              orden, los asuntos de los puntos 59 y 69
Taldearen zuzenketa berdinak dituzte. Beraz,        guardan relación entre sí y tienen idénticas
Udalbatzaren Araudi Organikoaren 57.3               enmiendas del Equipo de Gobierno y
artikuluaren arabera, batera eztabaidatu dira,      conforme a lo establecido en el artículo 57.3
baina gaien bozketak bakoitza bere aldetik          del Reglamento Orgánico del Pleno, se


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egingo dira. Eztabaida eta banakako bozketak                   debaten conjuntamente, si bien la votación de
69. puntu honetan egin dira.                                   cada uno se realizará por separado. Tanto el
                                                               debate como las votaciones inidividualizadas
                                                               se realizan en el presente punto 69.

     KALERATZERIK             EZ       deritzon                       Proposición      que        presenta       la
ELKARTEAK aurkezten duen proposamena,                          ASOCIACIÓN “KALERATZERIK EZ”, cuya
xedapen zatian hitzez hitz honela dioena:                      parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Bilboko Udalbatzak Eusko Jaurlaritzari                        “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio, Udalak aldez aurretik eskatuta,                  Gobierno Vasco a que, previa solicitud de este
udalerria tentsio handiko etxebizitza-eremutzat                Ayuntamiento, declare al Municipio como zona
jo dezala, maiatzaren 24ko 12/2023 Legeak                      tensionada de vivienda, con el objetivo de
eremu horietarako etxebizitza-eskubidearen                     establecer cuanto antes las medidas que
inguruan       jasotzen     dituen      neurriak               recoge la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el
lehenbailehen ezartzeko.»                                      derecho a la vivienda para dichas zonas.”

      Proposamen        honek     GOBERNU                             Esta proposición tiene una enmienda de
TALDEAK aurkeztutako aldaketako zuzenketa                      modificación presentada por el EQUIPO DE
bat du, xedapen zatian honela dioena:                          GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                               lo siguiente:

«Bilboko Udalbatzak Eusko Jaurlaritzari                        “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
eskatzen dio, Udalak aldez aurretik eskatuta,                  Gobierno Vasco a que, previa solicitud de este
udalerria tentsio handiko etxebizitza-eremutzat                Ayuntamiento, declare al Municipio como zona
jo dezala, maiatzaren 24ko 12/2023 Legeak                      tensionada de vivienda, con el objetivo de
eremu horietarako etxebizitza-eskubidearen                     establecer cuanto antes las medidas que
inguruan       jasotzen     dituen      neurriak               recoge la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el
lehenbailehen ezartzeko.»                                      derecho a la vivienda para dichas zonas.”

«Bilboko Udalbatzak               Gobernu   Batzordeari    -   “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la
eskatzen dio:                                                  Junta de Gobierno a:

-Eusko Jaurlaritzako Etxebizitza Sailarekin                    •Continuar apostando por el modelo de
lankidetzan aritzeko ereduaren aldeko apustua                  colaboración con el Departamento de Vivienda
manten dezala, alokairuko etxebizitza publikoa                 del Gobierno vasco para la promoción de
eta birgaikuntza sustatzeko.                                   vivienda pública de alquiler así como de
                                                               rehabilitación.

-Bere eskumeneko neurriak ezar                  ditzala,       •Establecer las medidas que sean de su
Biziguneren      bidez    etxebizitza           hutsak         competencia para fomentar la puesta en
alokairuan jartzea sustatzeko.                                 alquiler de las viviendas vacías a través de
                                                               Bizigune.

-Eusko Jaurlaritzako Etxebizitza Sailari eska                  •Solicitar al Departamento de Vivienda de
diezaiola, Etxebizitzaren maiatzaren 24ko                      Gobierno vasco a que, siguiendo los trámites
12/2023 Legean ezarritako izapideak betez,                     establecidos en la Ley de Vivienda 12/2023 de
tentsio handiko etxebizitza-eremu deklaratzeko                 24 de mayo, proceda con la declaración de
udalerrian lege horretako baldintzak betetzen                  zonas de mercado residencial tensionada en
dituzten zonak, analisi bat egin ondoren.»                     aquellas zonas del municipio que cumplan,
                                                               previo análisis, con los requisitos contenidos
                                                               en la mencionada Ley a los efectos de realizar
                                                               dicha declaración.”

     Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun                          El Alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak                      los Sres. y Sras. concejales y concejalas de


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xedatutakoaren arabera.                                acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                       Orgánico del Pleno.

         SR. ARNAIZ: “Eskerrik asko alkate jauna. Mi nombre es Imanol Arnaiz Tubilleja y
pertenezco a KALERATZERIK EZ, plataforma de afectadas por la hipoteca de Bizkaia. Nuestra
moción va en el sentido de que Bilbao se encuentra en una situación de emergencia habitacional,
con un número de inmuebles ofertados para el alquiler de unas 600 viviendas, totalmente
insuficiente para cubrir la demanda del municipio, ofertados a una renta media de 1.045 €, que
cuenta con un número de inscritos en Etxebide como demandantes de alquiler de unos 16.900 y
pico unidades familiares.

         Dentro de los inscritos en Etxebide encontramos desde familias necesitadas de vivienda
hasta familias monomarentales y monoparentales, con disminución y demás, y menores a su
cargo, así como jóvenes menores de 35 años que buscan independizarse, que tienen una media
de ingresos de unos 11.533€. Esto hace que el esfuerzo de dichas familias para pagar los escasos
alquileres del mercado supere el 100% de los ingresos y por lo tanto, se necesita que se tomen
medidas como las que aquí solicitamos: que limiten los precios de los alquileres o permitan
prorrogarse los plazos de los alquileres actuales a los tenedores que posean más de 5 inmuebles,
entre otras.

        El artículo de dicha ley para el derecho a la vivienda recoge que: ”las administraciones
competentes en materia de vivienda podrán declarar de acuerdo con los criterios y procedimientos
establecidos en su normativa reguladora y en el ámbito de sus respectivas competencias zonas de
mercado residencial tensionado”.

         Por lo tanto, los municipios pueden tomar la iniciativa en el ámbito de su competencia en
materia de vivienda para solicitar al Gobierno Vasco la declaración de dichos municipios -entero o
de determinadas zonas de dicho municipio-, como zona tensionada sí se cumple alguno de los dos
requisitos previstos en la ley, que son los siguientes:
        a) Que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler en el presupuesto personal o
de la unidad de convivencia, más los gastos y suministros básicos, supere el 30% de los ingresos
medios o de la renta media de los hogares.
        b) Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya experimentado en los cinco años
anteriores a la declaración como área de mercado de vivienda tensionado, un porcentaje de
crecimiento acumulado al menos 3 puntos porcentuales superior al porcentaje del crecimiento
acumulado del índice de precios de consumo de la comunidad autónoma, vasca en este caso.

         Estas medidas deben implementarse junto a otras que prevé nuestra Ley de Vivienda del
15 de junio de 2015 y reglamentos de desarrollo de la misma, como son la movilización de vivienda
deshabitada y de medidas de control de las viviendas de uso turístico o los alquileres por
habitación, para evitar la fuga de viviendas de alquiler estable hacia estos otros modelos de
alquileres que no satisfacen tanto las necesidades sociales. Asimismo, es totalmente necesario
aumentar significativamente los recursos destinados a la promoción de alquileres sociales y
mejorar la coordinación entre los municipios y el Gobierno Vasco en materia de vivienda.

          Por todo ello, presentamos la siguiente moción ordinaria:
        El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al Gobierno Vasco a que, previa solicitud de este
Ayuntamiento, declare municipio como zona tensionada de vivienda con el objetivo de establecer
cuanto antes las medidas que recoge la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el Derecho a la Vivienda
para dichas zonas. Esto es todo, eskerrik asko”.

       RENEDO JN.: «Eskerrik asko alkate jauna. Eskerrik asko Stop Desahuciosko kidea
proposamena ekartzeagatik. Pozten nau eta EH BILDU Udal Taldea, pozten gaitu bereziki



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lehenengo plenoetan honen inguruan hitz egitea. Uste dut eta uste dugu badela gai bat nahiko
dramatikoa gure hirian. Uste dut hor guztiok gaudela nahiko ados etxebizitzaren arazoa konpondu
ezezik, areagotzen ari dela. Idazkari jaunak egin du irakurketa nahiko zehatza, bakarrik gehitzea
irakurketa honi, gaur egun alokairuaren prezioa gure hirian 800€tan dagoela, hau da, maximo
historikoetan gaude. Eta gaur egun Etxebideko zerrendetan, berak esan duen moduan, 16.000
bilbotarron eskaerak daude eta beste 5.000 hirian ez daudenak erroldatuta daude hor sartuta, baita
ere. Beraz, maximo historikoetan gaude. Eta EH BILDU udal taldean uste dugu merkatuan ez
badugu esku hartzen egoera hau ez dela aldatuko. Hori, uste dut, argi izan behar dugula guztiok.

        Los precios del alquiler suben, las demandantes de vivienda en Etxebide suben, datos
objetivos, y creemos que esto, si no hacemos algo no va a cambiar. Como dijimos y compartimos
con la concejal de Vivienda, no es la única medida que vamos a trabajar esta legislatura, bien ha
dicho el compañero, el señor Arnaiz, que tiene que ir acompañado claramente del aumento del
Parque Público de Vivienda, la movilización de viviendas vacías y el control de pisos turísticos que,
como hoy a la mañana hemos dicho, si bien hemos conseguido tener 1.000 viviendas en el
Programa Bizigune, también tenemos 1.000 viviendas que son de alquiler turístico, que tampoco
ayudan a bajar los precios del alquiler.

       Y la cuarta medida creemos que es limitar el precio del alquiler, y hoy en día, por suerte o
por desgracia, erabiltzeko daukagun tresna bakarra gaur egun da Madrilen onartu den etxebizitza
legea da.

        Hori esanda, eskumenaren inguruan ez dago zalantzarik gure kasuan, agian beste leku
batean, Estatuko beste leku batean, egon ahal da zalantzarik, baina guk zorionez, badaukagu
2015etik euskal lege bat, non argi eta garbi esaten den 10. artikuluan, 3. puntuan udalaren
eskumena dela, eta uste dut ere bai Etxebizitza zinegotziak badakiela ondo eta horren jakitun dela,
eta hortaz ez dago eztabaida handirik esateko udalaren eskumena dela eta gure etxeko lana dela,
bai lehenengo azterlana egitea eta bai tramitea abiatzea.

        Beraz, egin dugun proposamena oso sinple izan da, uste dut izan garela nahiko
eskuzabalak, gainera egin dugu horrela, esan genuen moduan, gure asmoa zelako akordio bat
lortzea eta proposamena zen Udal honek egitea azterlana abiatzeko tramitea. Ez uztea inoren
esku, ez uztea inoren teilatuan pilota hori. Guk geuk hartzea, egitea gure etxeko lana, azterlan bat,
sinplea, eta abiatzea tramitea.

          Eta hortaz, jaso dugun zuzenketak, esan genuen moduan, gure ustez bi hutsune ditu. Ez
gara sartuko nor izan behar den…, uste dut helburua baldin bada partekatua lortuko dugula area
tentsionatuak izendatzea, baina daude guretzako bi hutsune: Lehenengoa, egiten den nahaste-
borrastea sarreran ez duela inongo ekarpenik egiten. Ez dakit beharrezkoa den etengabe
justifikatzea egiten duguna eta gainera justifikatzea Eusko Jaurlaritzak egiten duena. Aipatzen da
Bizigune programa, aipatzen da Errehabilitazio programa. Ondo, ados gaude baina ez dio ekarpen
handirik egiten eztabaida honi, eta gainera excusatio non petita ez dakigu zergaitik sartu behar den
hor, con calzador.

        Baina batez ere bigarren aldea da. Ez dauka zentzurik eskatzea Eusko Jaurlaritzari guk
egin ahal dugun zeozer beraiek egitea. Eta ez dauka zentzurik batez ere gure helburu nagusia
ahalik eta azkarren deklarazioa egitea delako. Ezin dugu egoera hau luzatu eta uzten badugu
Eusko Jaurlaritzaren esku tramitazioa eta izendapena, jakinda lege hau errekurrituta dagoela,
epeak ez ditugu beteko, ez dugu lortuko. Orduan, EH BILDU Udal Taldekoak uste du ez duela
ekarpenik egiten helburu komuna baldin bada areak izendatzea epe logiko batean. Eskerrik asko».

        SRA. VIÑALS: “Arratsalde on guztioi, eskerrrik asko alkate jauna. Lo primero de todo desde
el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO queremos felicitar a la plataforma “Stop Desahucios” de
Euskadi por la campaña que iniciasteis el pasado mes de mayo en el Ayuntamiento de Donostia y
que estáis haciendo llegar a diferentes ayuntamientos de Euskadi. La propuesta es sencilla y
planteáis algo tan revolucionario como que las administraciones públicas competentes cumplan la


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ley. En esta ocasión solicitáis que este Gobierno Municipal en el Ayuntamiento de Bilbao sea
proactivo, solicite al Gobierno Vasco declarar Bilbao como zona tensionada de vivienda.

        Habláis de cumplir el artículo 18 de Declaración de zonas de mercado residencial
tensionado que recoge la Ley 12/2023 por el Derecho a la Vivienda. Un mecanismo mediante el
cual sería posible regular los desorbitados precios del alquiler que tenemos en Bilbao, donde la
media, e insisto, la media, se sitúa en 825,9€ mensuales, con sueldos medios, insisto, medios, de
1.400€. Estamos hablando de que los bilbaínos y bilbaínas, que se pueden permitir vivir de alquiler,
están destinando más de la mitad de su sueldo al pago del mismo.

         A estas alturas creo que nadie duda de que seguimos sufriendo una emergencia
habitacional en Bilbao. 16.408 bilbaínos –ya se ha comentado-, están apuntados en Etxebide
esperando una vivienda de alquiler a un precio asequible. 5.101 son personas jóvenes menores de
36 años. Y además, y a pesar de que desde viviendas municipales se repite, una y otra vez, que
Bilbao se sitúa en primer lugar en el ranking estatal en ofrecer viviendas municipales en alquiler
social, la realidad es que no es suficiente y lo peor, es que si se pueden poner en marcha medidas
para ampliar el parque público de vivienda pero no se hacen.

        Medidas que este grupo municipal, ELKARREKIN BILBAO, ya hemos planteado en
numerosas ocasiones. Medidas que son de nuestra competencia municipal y también de nuestra
competencia autonómica. Medidas, que se pueden activar, pero por diferentes razones o excusas,
no se materializan. Y me estoy refiriendo, por ejemplo a destinar, por lo menos, la mitad de las
reservas de nuevo suelo de VPO a viviendas de alquiler asequible, con la aprobación del nuevo
Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), el pasado año se perdió una gran oportunidad para
regular este aspecto a nivel urbanístico. Se puede acelerar también la aplicación del decreto de
vivienda deshabitada. En Bilbao tenemos casi 2.000 viviendas vacías en condiciones de ser
movilizadas, de las cuales 320 pertenecen a fondos buitre o bancos.            También se pueden
controlar, a través del refuerzo de la Sección de Inspección de Tributos del Área de Hacienda, el
40% de los pisos turísticos que hay en Bilbao y que no cumplen los requisitos.

        Pero vamos a la enmienda que ha presentado el EQUIPO DE GOBIERNO que nosotras,
en el grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, leemos y que no vemos que haya una clara
determinación con afrontar esta emergencia climática. Sabemos, la enmienda contiene 3 puntos,
que el tercero de los… ¿Qué he dicho? -Climática- Ah, perdón.

        El tercero de los puntos sabemos que satisface la demanda de Stop Desahucios, realmente
ellos se sienten satisfechos en la medida de que ellos están solicitando que este Gobierno
Municipal declare Bilbao como zona tensionada y con este texto de alguna manera, eso se va a
conseguir, pero cuando nosotras leemos los dos primeros puntos nos queda muy cojo. Entonces,
cuando leemos el primer punto, vemos que se habla de “Continuar apostando por el modelo de
colaboración del Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco para la promoción de vivienda
pública de alquiler así como de rehabilitación”. Pero nos resulta difícil confiar en este modelo de
colaboración cuando a la hora de la verdad se limitan a cumplir los estándares mínimos de
vivienda.

        Luego hablan de “establecer medidas que sean de su competencia para fomentar la puesta
en alquiler de las viviendas vacías a través de Bizigune”. Pero en ese segundo punto, tampoco se
recogen cuáles son estas medidas concretas.

         Y por último, nosotros, señor Renedo, no vamos a entrar en quién es competente de hacer
el análisis, si del Ayuntamiento o del Gobierno Vasco, no vamos a entrar en ese debate, porque
creo que todas deberíamos de ser conscientes que el primer paso que hoy se da aquí gracias a la
iniciativa de Stop Desahucios es que instamos al Gobierno Vasco a que declare y que estudie,
previamente hecho el análisis, Bilbao como zona tensionada de vivienda. Pero para regular el
precio de los alquileres libres en Bilbao mediante la declaración de zonas tensionadas, lo que hace
falta realmente es que el Gobierno Vasco adapte con urgencia la Ley Vasca de Vivienda y esa va a


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ser la siguiente pelea que vamos a tener que dar. Hace falta reglamentación, hace falta fijar un
procedimiento legal como tienen establecido en Cataluña y en Navarra.

        Por lo tanto, nosotras, en el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, lo que vemos es una
apuesta tímida -en este caso por parte del Partido Socialista, que es el que también tiene el
liderazgo en vivienda en el Gobierno Vasco- , pero creemos que Stop Desahucios se siente
satisfecho con ir avanzando y dando pasos en este sentido. Luego seguimos el debate”.

          SRA. MARTÍNEZ: “Gracias, señor Alcalde. La verdad es que todos sabemos que el
problema de la vivienda es un problema arduo que no se ha conseguido solucionar. Nosotros en
Euskadi tenemos una Ley de Vivienda desde hace años que también tenía muy buenas intenciones
por parte de quien la aprobó en su día y sin embargo, la situación está exactamente igual.
          Creo que la ley de vivienda que se ha aprobado por parte del Gobierno de España tampoco
va a traer ninguna solución, más bien al contrario, creo que va a poner las cosas todavía más
difíciles. Creo que es…, bueno, algo que ya se ha comentado, se insta al Gobierno Vasco, incluso
por parte del Partido Nacionalista Vasco, y del Partido Socialista, cuando ambos, que conforman el
Gobierno Vasco, han recurrido la ley ante el Tribunal Constitucional.

        Pero no solo Euskadi ha recurrido la ley ante el Tribunal Constitucional, también lo han
hecho Madrid, Andalucía, Baleares. Uno de los proponentes de la ley, Esquerra Republicana de
Catalunya, también ha mandado recurrir esto al Tribunal Constitucional, el Parlamento de Cataluña
así lo ha hecho, y desde luego nosotros desde el Grupo Parlamentario Popular también hemos
recurrido la ley porque entendemos que, evidentemente es claramente inconstitucional.

        En primer lugar porque invade competencias autonómicas. Aquí algunos ejercen mucho de
adanistas, pero es verdad que si no había una ley de vivienda a lo largo de tantos años de
democracia era por algo y es porque las competencias no radican en el Gobierno Central.

        En segundo lugar, porque creo que la ley, tal y como está aprobada pone en cuestión el
derecho de propiedad privada, que es un derecho fundamental también, como el derecho de
vivienda, que también es un el derecho que está recogido en la Constitución. Pone también en
cuestión el derecho a una tutela judicial efectiva, o así lo entendemos nosotros y por lo tanto, se ha
recurrido.

         Creo que además contradice en muchas ocasiones la regulación civil de las relaciones
jurídicas de contenido patrimonial e introduce, que yo creo que es la parte que más se ha
comentado, el tema de las zonas tensionadas, y establecer topes. Hay algunas zonas en España,
concretamente Cataluña, donde ya se ha establecido este sistema y saben todos ustedes que el
resultado ha sido sencillamente desastroso. Yo tengo los datos, los contrasto cuando quieran.

         Entonces, son medidas absolutamente erradas. Esta ley dice que, lógicamente, si hay una
familia que está de alquiler y que es declarada vulnerable por haber menores o por su situación, el
propietario, que la mayoría de los propietarios de alquileres, si somos sinceros, sabemos que es
una familia que igual, ha juntado unos ahorros y tienen una vivienda que han puesto en alquiler. No
hay grandes tenedores, esa puede ser la situación de otros países como Alemania, pero en
España no es esa la situación. Bueno, pues esa familia, si a alguien se le declara vulnerable y no
paga la renta, no le puede desalojar. Porque la administración que considera a la familia, con
lógica, vulnerable, no le da una solución la administración, sino que se la tiene que dar el señor que
igual necesita también ese alquiler que está cobrando para llegar a fin de mes.

        Entonces, quiero decir que el papel lo aguanta todo, pero cuando las cosas se ponen en
funcionamiento, generalmente no se aguanta. Y, de hecho, lo que se está haciendo es
desincentivar la puesta en el mercado de viviendas en alquiler. Y ustedes saben que eso está
ocurriendo a día de hoy. Esta misma mañana…, el otro día leí que hay un 40% de los profesionales
inmobiliarios que dicen que hay muchas menos viviendas en alquiler que hace cuatro meses, o



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sea, solamente lleva cuatro meses en vigor esta ley y ya se ha testado que es profundamente
equivocada. No solamente eso, esta mañana escuchaba en la radio que hay un 60% menos de
inversión inmobiliaria en España en lo que va de año. Vamos a ver, quiero decir, es que la situación
es la que es, y las respuestas que trata de dar esa ley realmente no funcionan, realmente, donde
se han probado no funcionan. En el papel, todo puede sonar muy bien, pero en la realidad de la
vida no es así. Y creo que debiéramos ser conscientes de esto, sobre todo quienes lo aprobaron.

         El balance es, en estos cuatro meses, que no se ha solucionado nada, que se ha creado
alarma social en muchos propietarios que han decidido dejar el piso sin alquilar por si acaso, a ver
qué es lo que ocurre y que, además, el Estado no asume la responsabilidad de garantizar el
derecho a la vivienda que todos los ciudadanos tenemos. Pero el Estado, según la Constitución, es
el que tiene que darnos ese derecho a la vivienda. Incluso aquí en Euskadi, en su día, se reconoció
también el derecho a la vivienda. Luego que sí era objetivo, subjetivo. Ahí ya no nos vamos a
meter. Pero la situación es esta que tenemos. Entonces, no vamos a aprobar cosas que no van a ir
a ningún sitio, y no solo que no van a mejorar las cosas sino que las van a empeorar. Gracias”.

        SRA. DIEZ: “Eskerrik asko alkate jauna. Quiero comenzar agradeciendo las intervenciones
en primer lugar del señor Arnaiz por acudir a este Pleno y de los compañeros. También quiero
trasladar a los grupos de la oposición en mi primera intervención como Delegada de Vivienda, mi
disposición personal, y creo que hablo por todo el EQUIPO DE GOBIERNO, para seguir
dialogando, aportando opiniones y seguramente formas muy distintas de enfocar situaciones, pero
con un objetivo común, que creo que es el que nos une a todos aquí, y es que queremos facilitar la
vida de los bilbaínos y bilbaínas que atraviesan situaciones complejas.

        El acceso a la vivienda es uno de los temas que más preocupa a la ciudadanía y
seguramente también a nosotros. Yo creo que no tener vivienda, no poder acceder a ella, es la
exclusión con mayúsculas y desde esta ciudad, desde Viviendas Municipales les voy a recordar
que, somos centenarios, que tenemos ya más de 105 años para luchar contra esa forma de
exclusión.

       Viviendas Municipales nacieron como una Junta de Viviendas del Ayuntamiento de Bilbao,
con la misión de construir viviendas económicas y administrarlas en forma de arriendo para la
gente con más dificultades. Y seguimos hoy haciéndolo. Ocupándonos a día de hoy de esta gestión
de 4.200 viviendas, 4.230, en la que residen 8.600 personas.

        Yo creo que Bilbao cuenta con el mayor, y es conocido también, el mayor parque de
vivienda social de alquiler de todas las grandes ciudades de España. A una distancia sustancial de
las más importantes, de Madrid, Sevilla, Barcelona, Valencia, y lidera además las estrategias de
gestión y administración, de forma que constituye probablemente el ejemplo único en España de
sostenibilidad financiera. Prácticamente un 5% de la población de Bilbao reside en una vivienda
pública y la ratio de inversión en vivienda pública de Bilbao triplica el del resto de las ciudades
españolas y se sitúa en la media de la Unión Europea. Por encima del 1,5% del presupuesto
consolidado.

        Bilbao cuenta con uno de los menores índices de desahucios, también de toda España y
con un servicio de atención frente a desahucio con más de 10 años de experiencia, que presta una
atención coordinada entre los Servicios Sociales y Viviendas Municipales. Es importante recordar
esto. Por supuesto que el área de vivienda del Ayuntamiento de Bilbao y el EQUIPO DE
GOBIERNO son conscientes de la necesidad permanente de mejorar y actuar en las políticas de
vivienda, pensando en las personas vulnerables y sobre todo, una cuestión que nos preocupa
muchísimo, es la gente joven, con muchísimas dificultades para el acceso al mercado de la
vivienda, porque cuando hablamos de facilitar el acceso a la vivienda de las personas jóvenes,
estamos hablando, yo creo, de un elemento esencial para conseguir que estos se incorporen
plenamente, con sus responsabilidades y derechos a nuestra sociedad, y ese va a ser un tema que
trabajaremos este mandato.



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        Quiero poner en valor este modelo de trabajo y usted me decía, señor Renedo, que para
qué evocar al Gobierno Vasco, yo sí que lo quiero poner en valor y quiero poner en valor el
Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco para la promoción de vivienda pública. Y me
gustaría dar un dato sobre la política de vivienda de nuestra ciudad, desde el año 2000 se han
edificado con recursos públicos en Bilbao más de 9.000 viviendas. Ese es un dato, es importante,
porque aquí la coordinación institucional, interinstitucional, es importantísimo y la ayuda también.

        Yo creo que se han dado pasos importantes y creo que esto sigue. Esto realmente son
datos que yo aporto. Es verdad que es papel, pero creo que es importante centrándonos en la ley
por el derecho a la vivienda, en la que yo creo. Tiene cuatro meses de vida, vamos a darle una
oportunidad, señora Martínez, y yo creo que el Presidente del Gobierno Sánchez la ha impulsado,
con un Gobierno progresista y con grupos políticos que la han apoyado y que tengo esperanza que
funcione, porque creo que esta ley contempla calificar como áreas tensionadas, que no es la única
solución tampoco, no es la única solución. Y creo que, como ha explicado antes el señor Arnáiz,
esto puede solucionar que los gastos de muchas viviendas superen, o de muchas familias con los
gastos básicos, superen el 30% en la media de los hogares. Y esto es imposible de asumir por
muchas familias.

        En estas áreas tensionadas la ley también plantea una serie de alternativas y medidas
encaminadas a combatir esas situaciones en las que el coste de la hipoteca o los gastos de alquiler
suponen una carga importante. En esas zonas tensionadas se abre la posibilidad de llegar a una
prórroga extraordinaria anual para el arrendatario tras la finalización del contrato. Yo creo que,
continúo posteriormente, pero creo que hay que darle una oportunidad, y decirle, señor Renedo,
que la interpretación del artículo de la Ley de Vivienda Autonómica es de una manera muy
sesgada, nosotros planteamos esta enmienda y creemos que puede ser votada. Eskerrik asko”.

        SR. ARNAIZ: “Voy a entrar a leer, que tenía preparado una serie de datos, porque si voy a
entrar a contestar lo que he oído necesitaríamos varias horas. En nuestra ciudad desde hace años,
muchas familias de rentas medias y bajas no pueden acceder a una vivienda digna y asequible
debido a que los precios del alquiler no han dejado de crecer. Según un estudio del portal
inmobiliario, el alquiler sobre 800 viviendas, el precio medio del alquiler actual en Bilbao, es de
1.465€ y los últimos 6 meses se han incrementado un 13% en la capital. Son muchos los motivos
que explican esto, pero lo que queda claro es que las administraciones tienen que actuar ya,
incrementando los recursos, movilizando las viviendas deshabitadas, controlando y limitando las
viviendas de uso turístico y declarando los municipios que cumplan los requisitos como zonas
tensionadas.

        Damos algunos datos que avalan esto, en Bilbao en marzo de este año existen 2.110
viviendas vacías a las que todavía no se les ha aplicado el canon que regula la Ley Vasca de
Vivienda, por ejemplo. En cambio, los apartamentos turísticos han crecido un 35,7% en los últimos
5 años y los datos oficiales son de 262 pisos turísticos reconocidos, aunque se reconoce que
existen muchos más ilegales.

         La subida espectacular de los precios y el negocio turístico han propiciado el desembarco
de fondos buitre y el que existan en Bilbao 372 grandes tenedores. La subida especulativa de los
alquileres, unido al encarecimiento del Euribor que está en el 4,25% como en plena burbuja
inmobiliaria, ocasiona que se incrementen las listas de inscritos en Etxebide.

        Son 16.920 familias inscritas en Etxebide y 9.670 las inscritas en Viviendas Municipales de
Bilbao, cuyo parque de alquiler social, a pesar de ser el más grande del Estado, es insuficiente
para entender las necesidades de acceder a una vivienda, por lo que muchos ciudadanos y
ciudadanas, se ven abocados a compartir una vivienda o al arrendamiento de una habitación con
derecho a cocina, cuyos precios también están subiendo en torno a los 450€. Ante esta incesante
demanda, con el resultado de hacinamientos sin condiciones de habitabilidad sobre todo de
jóvenes y mujeres con hijos a su cargo.



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        La media de ingresos de estas familias de 11.533€ les impide acceder, no les permite
acceder ni al mercado de compra ni al del alquiler y que reciben ayudas en forma de Prestación
Complementaria de Vivienda (PCV) o las Ayudas de Emergencia Social (AES), perdón, ayudas
especiales sociales. Más de 35.000 familias en Euskadi están en grave riesgo de desahucio, si el
propietario le sube la renta para adecuarla al mercado en la renovación de los contratos.

      Ante esta emergencia habitacional en nuestra ciudad,             las   dos   consecuencias
fundamentales que tiene la declaración de zona tensionada…”

        SR. ALCALDE: “Señor Arnaiz le voy a pedir que concluya, porque tenía un turno de 2
minutos, he dicho que iba a ser generoso pero ya le he dado dos minutos más. Si quiere terminar,
termina, pero que sea muy rápido por favor”.

       SR. ARNAIZ: “Es muy poquito. La limitación de los precios del alquiler y la prórroga de
hasta 3 años de los contratos que vayan finalizando en el periodo que dura la declaración son
fundamentales para evitar que muchas familias vivan en condiciones infrahumanas o sean
desahuciadas por no poder pagar los precios abusivos. Eskerrik asko”.

        SR. RENEDO: “Eskerrik asko alkate jauna. Eta eskerrik asko azalpenengatik. Lectura
sesgada de la Ley, artículo 10.3: “Corresponde igualmente a los ayuntamientos las facultades y
potestades de intervención pública en materia de incidencia en el mercado de la vivienda”. Es
bastante sesgada la… ¿Qué hacemos? Pero bueno, no es una cuestión legal, es una cuestión
ideológica.

       La derecha, como nos hemos dado cuenta, entra en cuestiones legales, en el fondo lo que
está aquí es una cuestión ideológica, no todas entendemos el derecho a la vivienda de la de la
misma forma.

         Para ciertas formaciones políticas la vivienda es un producto, es un bien de mercado del
que se puede rentabilizar y sacar beneficios. Y otras formaciones que pensamos que la vivienda es
un derecho básico, es un derecho que si no la tenemos, no podemos desarrollarnos como
personas. O sea, es un derecho universal, subjetivo, como bien ha dicho la señora Martínez. Y de
hecho, si hacemos memoria, en el 2015 votamos una Ley de Vivienda y claramente el PSOE y EH
BILDU votaron a esa Ley de Vivienda y la derecha, EAJ-PNV y el PP, votaron en contra, aunque
ahora mismo, en el 2023 hemos vuelto a votar y los Grupos que se sitúan más en el ala izquierda
han votado a favor, y el PP y el EAJ-PNV han votado en contra, por lo cual no es una cuestión
legal, es una cuestión de voluntad política, entonces, nuestra pregunta es: ¿La enmienda que hace
este EQUIPO DE GOBIERNO, del Grupo Municipal SOCIALISTAS VASCOS y del Grupo Municipal
EAJ-PNV, va más por un sentido del Grupo Municipal SOCIALISTAS VASCOS de inmediatamente
poner en marcha la declaración de tensionada? o ¿Va más por una voluntad de alargar sine díe el
proceso? Para meternos otra vez, como el Decreto de Vivienda Vacía que se aprobó en el 2015,
hicimos el Decreto del 2021 y estamos en 2023 a la espera de que hagamos el primer expediente.
Gracias”.

        SRA. VIÑALS: “Sí, bueno, el señor Arnaiz ha descrito…, podría haber estado más tiempo
dando más datos de cuál es el contexto de emergencia, además de climática, habitacional, que
tenemos en Bilbao. Y, realmente lo ha comentado también la señora Díez, esta no es la única
solución, pero hay muchas más que podemos poner en marcha a nivel municipal y que tampoco se
está haciendo.

         Con todo, hoy, afortunadamente, lo que va a salir de alguna manera es la demanda de
“Stop Desahucios”. Realmente lo que vamos a aprobar en ese tercer punto es que vamos a instar
desde el Ayuntamiento de Bilbao al Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco a proceder con
la declaración de zonas de mercado residencial tensionado, en aquellas zonas del municipio que
cumplan, previo análisis, con los requisitos contenidos en la mencionada Ley, a los efectos a
realizar dicha declaración. Damos un paso, podemos considerar que damos un paso, que desde el


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Ayuntamiento se solicita al Departamento de Gobierno Vasco de Vivienda que se haga. De hecho,
“Stop Desahucios” estuvo en una comparecencia y el señor Iñaki Arriola López (Consejero de
Planificación Territorial, Vivienda y Transportes) lo que dijo es: “que me pidan los ayuntamientos,
que lo haremos”. Nosotras, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO, vamos a dar un sí crítico y
una confianza de que se haga, pero insistimos, obviamente gobierne la derecha o la izquierda es
una cuestión ideológica y no será lo mismo que haga una Ley, Unidas Podemos, de Vivienda, que
la haga el Partido Popular, eso está claro.

         Pero, no basta con declarar Bilbao como zona tensionada, después de hacer un previo
análisis, sí que es una cuestión legal. El Parlamento Vasco tiene que aprobar legalmente y hacer
un procedimiento legal para poder proceder a esa declaración. Tiene que modificarse la Ley Vasca
de Vivienda, si no, no se va a poder actuar y tiene que haber un procedimiento legal y establecido
con los pasos que hay que dar y lo tiene que recoger la Ley Vasca de Vivienda. Porque, no es una
cuestión de competencias, que comentaba la señora Martínez, si de verdad el Gobierno Vasco
hubiese querido incluir el mecanismo de declaración de zonas de mercado residencial tensionado,
lo podría haber hecho hace años. Lo podría haber hecho en 2015, no hacía falta una Ley de
Vivienda Estatal. Entonces, lo de las competencias es una excusa más.

         Hay otras comunidades autónomas como Cataluña y Navarra que lo tienen, que lo han
puesto en marcha, eso sí, hace falta que se reglamente y hasta ahora en los ayuntamientos no
hacemos leyes, entonces le toca al Gobierno Vasco y al Parlamento Vasco hacer una declaración
legal y formal dentro del marco de la Ley Vasca de Vivienda. Besterik gabe. Eskerrik asko”.

        SRA. MARTINEZ: “Señora Viñals, hace usted la pregunta y se contesta usted misma, no lo
han hecho porque no han querido desde el año 2015 hasta el día de hoy. Pero en fin, señor Arnaiz,
quisiera agradecerle, comparto con usted que el tema de la de la vivienda es un tema muy
complicado y que efectivamente hay muchísimas personas que lo están pasando muy mal, pero
esta Ley no viene a dar solución.

         Mire, yo en los sitios en los que se ha puesto esto del tope de los alquileres, se pusieron en
París, se redujeron un 15% las viviendas disponibles. En Berlín, se redujeron un 25% y en
Cataluña también han disminuido un 15%. Yo creo que el tema de la vivienda es fundamental y
cuando escuchamos aquí decir que tenemos un…, que se construye mucha vivienda de protección,
pero claro, el tema es, ¿a qué precio se está construyendo la vivienda de protección aquí? Una
vivienda de protección oficial en Zorrozaurre de 2 habitaciones cuesta 170.000€ más un 10% de
IVA. -yo soy de letras, pero creo que son 194.000€- y una de 3 habitaciones son 190.000€ más un
10% de IVA nos vamos a 209.000€. Eso no es vivienda de protección oficial porque hay todo eso,
más gastos, notaria... Hay muy pocas personas que se puedan permitir esa situación. Entonces yo
lo que traslado señor Arnaiz, y mire, ayer mismo veía en el Correo, seguro que usted también lo
vio, los alquileres de menos de un año se disparan en Bilbao para esquivar la Ley de Vivienda.
Claro, si un propietario que necesita ese recurso del alquiler, por ejemplo, para llegar a fin de mes,
como lo estoy diciendo, al final dice: “a ver si mañana me van a venir, no me va a pagar el inquilino
y encima la administración me dice que me tengo que hacer yo cargo y entonces me genero yo un
agujero en mi economía familiar” y eso entiendo que lo tenemos que entender también. Qué es la
administración quién se tiene que hacer cargo de esta situación.

         Entonces, lleva cuatro meses y no hace falta mucho más. Los alquileres de menos de un
año se disparan en Bilbao. Vamos a hablar solo de nuestra ciudad. Los APIS, las Agencias de
Propiedad Inmobiliaria, aseguran que las medidas legales para proteger al inquilino han sido
contraproducentes. Los propietarios se estarían refugiando en alquileres temporales de un máximo
de 11 meses, para que sean de temporada, y de esta manera, no les pueda afectar. ¿Y esto qué
es lo que ha hecho? Que haya muchas familias, muchas familias, vulnerables también, que se
hayan visto expulsadas directamente del mercado del alquiler por esta Ley que quieren algunos
reivindicar y que como le digo, y lo lamento mucho, porque ojalá la Ley de Vivienda funcionara y
fuera todo muy bien y todo el mundo…No, pero la realidad es esa, y cualquier otra cosa es no
querer ver la realidad y seguir equivocando. Si término, sí, sí”.


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        SR. ALCALDE: “Señora Martínez, al señor Arnaiz…, sí, pero a usted le queda todavía otro
turno. Hemos empezado todos y todas con una formalidad extraordinaria este pleno con los
tiempos y a medida que la tarde avanza, nos vamos…. Bueno, le queda otro turno para poder
seguir debatiendo. Tiene la palabra la señora Díez”.

         SRA. DIEZ: “Eskerrik asko alkate. Nuestra voluntad es dar el primer paso y continuar sin
parar, Señor Renedo. Yo creo que nuestras diferencias son una cuestión de matices, pero el
objetivo es el mismo y espero que nos encontremos en el camino. Somos conscientes que el
problema de la vivienda que existe en la ciudad, que existe en Bilbao, es grande. Trabajamos por
ello, yo creo que este EQUIPO DE GOBIERNO va a seguir, tiene que seguir impulsando las
políticas de vivienda porque para nosotros de verdad es un reto. Yo creo que la declaración de
zonas tensionadas que hoy comenzamos, debe venir precedida de un procedimiento preparatorio
reglado. Y por ello no se puede declarar lo que no está diagnosticado y aquí actuaremos, yo creo
que, como no puede ser de otra manera, proactivamente con el Gobierno Vasco para realizar un
certero diagnóstico, porque yo creo que ese es el éxito.

        La Ley es nueva, tiene cuatro meses, yo creo que este debate dentro de 3 años podría
tener sentido, pero todavía no hemos comenzado a andar. Por lo tanto, yo les pido que, creo que
es una buena herramienta, que hoy comenzamos ese camino que tenemos que utilizar con lo que
nos da esta esta nueva Ley unida a la Autonómica y vamos a darle, vamos a darle una
oportunidad, a seguir los pasos y ver cómo funciona. Eskerrik asko”.

        SR. ABAUNZA: “Intentaré aclarar algunas dudas que se han manifestado. La enmienda,
evidentemente es del EQUIPO DE GOBIERNO, de Eusko Alderdi Jeltzalea y del Partido Socialista,
tanto monta monta tanto, por si le quedaba alguna duda a este respecto. Y como ha expresado mi
compañera la señora Díez, es muy oportuno afirmar las políticas que se están haciendo también
desde el Gobierno Vasco porque estamos ante un problema complejo que no tiene soluciones
maravillosas ni milagrosas. Y esto, desde luego, no es la panacea lo que se está planteando en
estos momentos.

        Y requiere de otro tipo de políticas que venimos mucho tiempo desarrollando, mi
compañera la señora Díez, ha manifestado toda la promoción de vivienda pública que venimos
desarrollando en los últimos años, a esto hay que añadir cuatro promociones de alojamientos
dotacionales en alquiler que están en marcha ya, uno en Jesús Galindez de 66 alojamientos, otro
en Arangoiti de 60 alojamientos, otro en Gabriel Aresti de 107, otro en la Avenida Morgan de 60
alojamientos.

        Pero es que antes de que existiera la Ley de Vivienda, y aquí aprovecho para rebatir la
falsedad advertida por la señora Viñals, estábamos por encima de lo que la Ley de Vivienda de
Euskadi o de lo que la actual Ley de Vivienda Estatal está estableciendo en cuanto a las
dotaciones de vivienda de VPO (Vivienda de Protección Oficial). Eso lo hace este partido de
derechas, como dice usted, porque, ¡cómo les cuesta entender que puede haber un partido de
centro!. Siempre están intentando encasillarnos en la derecha y los de la derecha con los rojos
separatistas, desde tiempos del Lehendakari Aguirre no hemos cambiado.

         Como he dicho, en el ámbito de Bolueta, de Garellano, 50%. Pero es que, en el nuevo Plan
General de Ordenación Urbana estamos en el 45,67% de reserva para vivienda de protección
oficial y vivienda tasada, ¡por encima!, ¡por encima!, Señora Viñals, de los estándares de vivienda
protegida. Por lo tanto, no diga que nos limitamos a cumplir cuando es, ¡mentira!, ¡mentira!, y lo
volveré a subrayar, ¡mentira!

        Y también me he cansado de repetir en muchos plenos cuando se habla de la política
sobre la vivienda vacía, que estamos en mínimos de vivienda vacía, menos de un 5% de vivienda
vacía. Si no hay vivienda vacía, tenemos un problema de burbuja inmobiliaria, porque los precios
se dispararían, así que no se diga y no se mienta diciendo que sacando toda la vivienda vacía al


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mercado, el problema está resuelto, ¡no! Si toda la vivienda vacía se ocupara, tendríamos un
problema de pantalón largo. Eskerrik asko”.

         RENEDO JN.: «Eskerrik asko alkate jauna. No teníamos ninguna duda de que detrás de la
propuesta, como no podía ser otra forma, ya estaba el partido, el PNV también. El Grupo Municipal
EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) creemos que, lo he dicho al principio, vamos a entrar al
debate, el día que queráis hablamos de Viviendas Municipales, hablamos de vivienda pública de
alquiler, del parque público. Hoy estamos hablando de una herramienta que no es la panacea, que
no es la única herramienta, pero que es interesante explorar y ponerla en marcha. Nosotras
tenemos claro el objetivo y es, en el menor tiempo posible, intentar declarar en Bilbao las áreas
tensionadas para aprovechar las cuestiones que nos deja la Ley para topar los alquileres y para
también ampliar el parque público, cuanto antes. Y creemos que el procedimiento que planteamos
es el más rápido, creemos que el otro lo va a dilatarse en el tiempo.

         Entonces, lo que pedimos en este caso a la Concejala de Vivienda es, que actúe con
valentía. Ausardiarekin jokatzea, gustatuko litzaiguke ere bai, holako aferetan ere bai profila
markatzea, goizean ikusi dugu euskararekin profila markatu duzuela eta hemen ere bai uste dut
badagoela aukera ausardiarekin jokatzeko eta ere bai profila markatzeko bikote honetan. Batzuetan
hori egokia da, eta hortaz argiak izango gara, helburua argi izan dugu, bide desberdinak egon
daitezke, guk gureak planteatu ditugu, zuek zuenak, abstentzioa emango dugu, hala ere jarraituko
dugu lanean, eta zintzoki esango dugu, lortzen badugu epe labur batean izendatzea
poztasunarekin, eta ez baditugu lortzen ez da izango sorpresa guretzako, egingo duguna da
frustrazioa zabaldu eta batez ere gaur egun, jendartean eta bilbotarren hiritarren artean frustrazio
hori zabaltzea eta aitzakiak ematea batzuei. Eskerrik asko».

        SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko alkate jauna. Señora Díez, entendemos que la Ley de
Vivienda Estatal lleva pocos meses puesta en marcha, pero lo que no se nos puede olvidar es que
vivimos en una emergencia habitacional, o sea en una emergencia, es decir, no podemos estar
analizando demasiado tiempo porque hay familias que están esperando un techo digno mucho
tiempo. En concreto, 16.408 bilbaínos. No sé si al señor Abaunza le parecerá también esto una
mentira. 16.408 bilbaínos apuntados en Etxebide esperando una vivienda de alquiler. Es decir, las
medidas que este gobierno municipal está poniendo en marcha no son suficientes. ¿O también es
una falsedad? Es una realidad. Están muchos bilbaínos pagando más de la mitad de su sueldo en
un alquiler.

         Y esa es una realidad a la que hay que dar respuesta y no se da, no se regulan los
alquileres turísticos, se puede hacer. Y hay más medidas que se pueden poner en marcha,
vivienda deshabitada, 2.000 viviendas deshabitadas existen, pero habrá que irlas sacando. Habrá
que hacer el procedimiento para pasarlas a ese parque público de vivienda. Háganlo, eso es ir
haciendo cuestiones. Obviamente esta medida no es una panacea. La podían haber puesto en
marcha en 2015 pero no se ha hecho.

         Entonces, Stop Desahucios viene, nos plantea: hay que declarar Bilbao o las zonas previo
análisis que sean necesario, zona tensionada de vivienda y es un paso que hay que dar. Y no se
nos puede olvidar que el Partido Nacionalista Vasco, en concreto, ha votado en contra de las dos
Leyes de Vivienda, de la Estatal y de la de Euskadi. Por lo tanto, nosotros, el Grupo Municipal
ELKARREKIN BILBAO, vamos a dar un sí crítico a que se siga avanzando en ese sentido. Pero si
es crítico es porque estamos en una emergencia habitacional y ante las emergencias, el área de
vivienda no puede ser el área que en los presupuestos municipales esté a la cola del presupuesto,
porque a las emergencias tienen que darse prioridad política, que no es el caso de vivienda en el
Ayuntamiento de Bilbao. Por lo tanto falsedades, ninguna, realidades sociales, todas. Besterik
gabe. Eskerrik asko”.

        SR. ALCALDE: “Voy a pedir al público que no aplauda o deje de aplaudir, sino que con
absoluto respeto se escuchen todas las intervenciones, si no les parece mal”.



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        SRA. MARTINEZ: “Sí, efectivamente la situación de la vivienda, reitero, es tremendamente
complicada, pero lo que no se puede hacer, y a mí me da muchísima lástima, es faltar a la verdad,
es engañar a la gente. ¡Jo!, el Gobierno del que participa la señora Viñals, el PSOE y PODEMOS
dijo que se iban a construir 100.000 viviendas en la anterior legislatura en España. ¿Sabes cuántas
se han construido? Ni una, cero. Salió el señor Sánchez, en abril diciendo que había 43.000
viviendas que iban a construir. ¿Cuántas? Cero. 50.000 de la Sareb, no había de la Sareb.

        Entonces lo que no se puede es lanzar esos mensajes con un tema tan sensible como es el
tema de la vivienda y lo único que se hace en el tema de la vivienda, por su parte, es poner palos
en la rueda. Y penalizar y penalizar, y penalizar. Cuando, como decimos, aquí, la mayoría de la
gente que tiene un piso en alquiler es una familia que ha destinado sus ahorros a eso y no hay que
penalizarlo, hay que incentivarle para que las pueda sacar al mercado. Y no hay que meterle miedo
y crear alarma social con una Ley que dice, a ver si mañana no voy a poder disponer de mi casa y
entonces lo llevo al alquiler de temporada.

        Ustedes hablan, y hablan muy grueso y se dan golpes de pecho, pero es que las políticas
que ustedes llevan a cabo en vivienda desde hace muchos años ya se han demostrado fracasadas,
entonces no vamos a seguir incidiendo en lo mismo. A mí me parecería tremendamente errado,
ahora, qué hay que dar incentivos fiscales, qué hay que bonificar como hemos propuesto nosotros,
el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR (PP), alguien que tenga una actividad económica en un
piso, que lo baje a un local y liberamos ese piso, incrementar las deducciones en el IRPF, o las
deducciones de alquiler. Todo eso está bien, pero las cosas se hacen incentivando, no metiendo
miedo a la gente, diciéndoles además que se van a tener que hacer cargo de algo que debe ser
una cuestión de la administración, la que garantice el derecho a la vivienda. Y ustedes, como son
incapaces, pretenden encargárselo a los propietarios y así estamos, lamentablemente”.

        SRA. DIEZ: “Bueno, quería terminar de otra manera, pero no me queda más remedio. Yo,
señora Martínez, le diré que esta Ley obedece, a la urgencia por controlar las subidas abusivas de
los precios y detener la expulsión de las clases menos pudientes del centro de nuestras ciudades o
combatir la degradación de muchos barrios, de los barrios más humildes. Yo, creo que esta Ley
representa un camino inverso al recorrido por la derecha, es decir, esta Ley es un recorrido
absolutamente diferente al que ustedes plantean, que era la liberalización salvaje y el de la burbuja
inmobiliaria. Es evidente que la derecha jamás deja de defender sus intereses y nosotros aquí
estamos ahora mismo defendiendo a las personas, a los ciudadanos de Bilbao que no pueden
pagar un alquiler con su sueldo, con su sueldo.

        Por lo tanto, mire, yo creo que este es el primer paso, vamos a darle tiempo. Este es el
primer paso. Somos el Gobierno de España que ha hecho por primera vez una Ley de Vivienda,
ustedes han gobernado y perdonen, pero no recuerdo ninguna, ninguna ventaja y no recuerdo
ninguna, ninguna Ley y ninguna, ninguna propuesta, que ayude en este sentido, vamos a dar, yo
creo que una oportunidad. Este, como le decía antes, es el primer momento de intentar que el
Gobierno Vasco comience con el mecanismo que tiene que realizar para que esto sea una
realidad. Iremos avanzando. Vamos a ver si podemos acelerar y en este mandato podemos hablar
de otras cuestiones. Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Señora Viñals no manipule, yo no he mencionado para nada cuántos
demandantes de vivienda hay en la lista. Yo lo que le estoy diciendo es que usted ha mentido
cuando ha dicho que nos limitamos a cumplir los estándares mínimos de vivienda, en eso es en lo
que ha mentido, en eso. Eso es lo que quería poner sobre la mesa.

        Profilari buruz ari garela eta profila markatzeari buruz, neuri be bai gustatuko litzaidake
jakitea EH BILDUk zelako profila daukan. Abertzalea den edo bestelakoa. Ze Eusko Jaurlaritzak
helegitea aurkezten dauanean, orduan Aizpurua anderea atera zan esanez Eskumako Alderdi
batek bultzatutako kontua zala, eta interes baltzak dagozala. Hay intereses ocultos, aviesos en el
recurso del Gobierno Vasco, ahora, cuando su socio de Esquerra Republicana de Catalunya es
quien respalda el recurso desde el Parlamento de Cataluña a los mismos artículos que apunta el


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Gobierno Vasco, entonces no, entonces no hay aviesas intenciones, no hay intencionalidad
política, no, es por otro motivo, son los mismos artículos los que se recurren, exactamente los
mismos artículos.

        Y es cuestión de coherencia por su parte, y es algo a lo que últimamente nos tienen muy
acostumbrados en Madrid, el que son abertzales a tiempo parcial, y entonces defienden las
competencias según les va, según les viene, pero en contra del PNV siempre les vale. Y luego
porque hemos votado en contra de la Ley de Vivienda, entonces el PNV es de Derechas, entonces,
como la CUP (Candidatura Unidad Popular), que también será de Derechas porque también votó
en contra de esa misma Ley. Fíjate, en el mismo saco estamos la CUP y EAJ-PNV, qué curiosos
compañeros de viaje”.

       SR. ALCALDE: “Y quiero, -ha habido sus momentos-, pero quiero agradecer, al conjunto de
los Grupos políticos, el tono de debate y discusión. Desde planteamientos divergentes, desde
planteamientos diferentes, hemos aprobado diversas cuestiones por unanimidad. Otras por unas
claras mayorías, pero creo que es un buen comienzo y ojalá ese tono nos permita seguir
debatiendo dentro de esa cordialidad a la que hacía referencia esta mañana el señor Rodrigo. Que
tengan una buena tarde noche”.

      Bozketa egin da EH BILDU udal taldeak               Se somete a votación la enmienda de
aurkeztutako proposizioaren aurrean (59.            modificación presentada por el EQUIPO DE
aztergaia) GOBERNU TALDEAK aurkeztutako             GOBIERNO a la proposición del grupo
zuzenketari buruz,      zeina   proposamena         municipal EH BILDU correspondiente al asunto
zuzentzekoa baita, eta hau izan da emandako         nº 59, siendo el cómputo de los sufragios
botoen emaitza:                                     emitidos el siguiente:


    Emandako botoak: 29                                 Votos emitidos: 29

    Baiezko botoak: 19 jaun/andre: Alkate,              Votos afirmativos: 19 señoras/señores:
    Arregi,    Ajuria,    Abaunza,  Ibarretxe,          Alcalde, Arregi, Ajuria, Abaunza, Ibarretxe,
    Urtasun, Olabarria, Erroteta, Otxandiano,           Urtasun, Olabarria, Erroteta, Otxandiano,
    Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,          Claver, Odriozola, Inunciaga, Abete, Díez,
    Pérez,    Bilbao Aldayturriaga,     Bilbao          Pérez,    Bilbao     Aldayturriaga,  Bilbao
    Urquijo, Viñals eta Jiménez.                        Urquijo, Viñals y Jiménez.

    Ezezko botoak: 4 jaun/andre: Martínez,              Votos negativos: 4 señoras/señores:
    Rodrigo, Goti eta Garagalza.                        Martínez, Rodrigo, Goti y Garagalza.

    Abstentzioak: 6 jaun/andre: Del Río,                Abstenciones: 6 señoras/señores:. Del
    Renedo, Perea, Orozco, Fernández eta                Río, Renedo, Perea, Orozco, Fernández y
    Undabarrena.                                        Undabarrena.

       Horrela,   bada,    onetsi   egin    da            En su virtud, se aprueba la enmienda de
GOBERNU           TALDEAK         aurkeztutako      modificación formulada por el EQUIPO DE
zuzenketa, zeina proposizioa aldatzekoa baita,      GOBIERNO, por lo que decae la proposición
eta, beraz, bertan behera geratu da EH BILDU        presentada por el grupo municipal EH BILDU
udal taldeak 59. gaiari buruz aurkeztutako          correspondiente al asunto nº 59.
proposizioa.

       Ondoren    «KALERATZERIK       EZ»                 A continuación, se somete a votación la
deritzon      ELKARTEAK       aurkeztutako          enmienda de modificación presentada por el
proposizioari (69. aztergaia) GOBERNU               EQUIPO DE GOBIERNO a la proposición de
TALDEAK aurkeztutako zuzenketa bozkatu da,          la ASOCIACIÓN “KALERATZERIK EZ”
zeina proposamena zuzentzekoa baita, eta            correspondiente al asunto nº 69, siendo el
hau izan da emandako botoen emaitza:                cómputo de los sufragios emitidos el siguiente:


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                   PROPOSAMENAK                                           PROPUESTAS

1. Honako erabakien BERRI EMATEA:                        1. DACIÓN de cuenta de las resoluciones
                                                            siguientes:


a)    Alkatearen                eskuordetze-erregimena   a)   Régimen de delegaciones         para   el
      agintaldian.                                            mandato del alcalde.

     Alkatetzaren 2023ko ekainaren 17ko                        La parte dispositiva de la resolución de
ebazpenaren xedapen-zatiak honako hau dio:               Alcaldía de fecha 17 de junio de 2023 dice lo
                                                         siguiente:

“PRIMERO: A los y las titulares de Unidades de Coordinación de políticas de actuación se les
encomiendan funciones de superior coordinación e inspección de ámbitos transversales
municipales y de sus políticas comunes, en los términos que a continuación se señalan, sin
perjuicio todo ello de las atribuciones que, en su caso, pudieren además corresponderles como
miembros de la Junta de Gobierno o titulares de otras delegaciones:

     1. Coordinador o Coordinadora de Alcaldía y Políticas Culturales: Se le atribuye la superior
        coordinación respecto del/de los ámbito/s municipal/es señalado/s, debiendo ejercerse
        dicha coordinación asimismo en relación con las Áreas y, en su caso, unidades asimiladas
        o entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden de dicha unidad de Coordinación.

     2. Coordinador o Coordinadora de Políticas de Movilidad, Sostenibilidad, Regeneración
        Urbana, Desarrollo Saludable, Vivienda y Educación: Se le atribuye la superior
        coordinación respecto del/de los ámbito/s municipal/es señalado/s, debiendo ejercerse
        dicha coordinación asimismo en relación con las Áreas y, en su caso, unidades asimiladas
        o entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden de dicha unidad de Coordinación.

     3. Coordinador o Coordinadora de Políticas Sociales: Se le atribuye la superior coordinación
        respecto del/de los ámbito/s municipal/es señalado/s, debiendo ejercerse dicha
        coordinación asimismo en relación con las Áreas y, en su caso, unidades asimiladas o
        entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden de dicha unidad de Coordinación.

     4. Coordinador o Coordinadora de Políticas de Desarrollo Urbano y Proyectos Estratégicos:
        Se le atribuye la superior coordinación respecto del/de los ámbito/s municipal/es
        señalado/s, debiendo ejercerse dicha coordinación asimismo en relación con las Áreas y,
        en su caso, unidades asimiladas o entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden
        de dicha unidad de Coordinación.

     5. Coordinador o Coordinadora de Políticas de Seguridad: Se le atribuye la superior
        coordinación respecto del/de los ámbito/s municipal/es señalado/s, debiendo ejercerse
        dicha coordinación asimismo en relación con las Áreas y, en su caso, unidades asimiladas
        o entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden de dicha unidad de Coordinación.

     6. Coordinador o Coordinadora de Políticas Económicas: Se le atribuye la superior
        coordinación respecto del/de los ámbito/s municipal/es señalado/s, debiendo ejercerse
        dicha coordinación asimismo en relación con las Áreas y, en su caso, unidades asimiladas
        o entes que, conforme a la Estructura Orgánica, penden de dicha unidad de Coordinación.

SEGUNDO. - Delegar en los y las CONCEJALES DELEGADOS Y DELEGADAS DE ÁREAS y
otras Unidades Administrativas de este Excmo. Ayuntamiento aquellas atribuciones que “le
atribuyen expresamente las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de la Comunidad
Autónoma del País Vasco asignen al Municipio y no se atribuyan a otros órganos municipales”.
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“PRIMERO.- Nombrar como miembros de la Junta de Gobierno de la Villa de este Excmo.
Ayuntamiento, bajo la Presidencia de esta Alcaldía, a los y las siguientes Concejales y Concejalas:

         AMAIA ARREGI ROMARATE
         MARTA AJURIA ARRIBAS
         GONZALO OLABARRIA VILLOTA
         JUAN IBARRETXE KARETXE
         ASIER ABAUNZA ROBLES
         XABIER OTXANDIANO MARTÍNEZ
         ITZIAR URTASUN JIMENO
         NORA ABETE GARCÍA
         YOLANDA DÍEZ SAIZ


SEGUNDO. - Designar al Concejal GONZALO OLABARRIA VILLOTA como Secretario de la Junta
de Gobierno de la Villa de Bilbao, el cual ejercerá las funciones que se citan en los artículos 126.4
de la LBRL y 14.3 del ROGA.

Se prevé un régimen de suplencia, sin necesidad de un acto declarativo expreso, para el supuesto
de ausencia, enfermedad etc. del Secretario de la Junta de Gobierno Local, designando a estos
efectos como suplente a la Concejal MARTA AJURIA ARRIBAS.

TERCERO. - Nombrar Tenientes de Alcalde a las siguientes Concejalas que forman parte de la
Junta de Gobierno de la Villa:
     Primera Teniente de Alcalde AMAIA ARREGI ROMARATE.
         Segunda Teniente de Alcalde: NORA ABETE GARCÍA.
         Tercera Teniente de Alcalde: MARTA AJURIA ARRIBAS.

Las citadas sustituirán a esta Alcaldía, por el orden de su nombramiento, en los casos de vacante,
ausencia o enfermedad, conforme a las disposiciones contenidas en la LBRL y ROGA, con
especial referencia al art. 9 del citado Reglamento.
CUARTO: Proceder a los siguientes nombramientos de titulares de Unidades de Coordinación de
políticas de actuación, de confomidad con la Resolución que define el Organigrama Municipal.

   1. Coordinación de Alcaldía y Políticas Culturales: GONZALO OLABARRIA VILLOTA.
   2. Coordinación de Políticas de Movilidad, Sostenibilidad, Regeneración Urbana, Desarrollo
      Saludable, Vivienda y Educación: NORA ABETE GARCÍA.
   3. Coordinación de Políticas Sociales: JUAN IBARRETXE KARETXE.
   4. Coordinación de Políticas de Desarrollo Urbano y Proyectos Estratégicos: ASIER ABAUNZA
      ROBLES.
   5. Coordinación de Seguridad: AMAIA ARREGI ROMARATE.
   6. Coordinación de Políticas Económicas: XABIER OTXANDIANO MARTÍNEZ.

QUINTO: Nombrar Concejales Delegados o Concejalas Delegadas de las Áreas que a continuación
se indican, a los Concejales y Concejalas siguientes:

         Concejal Delegado del Área de Cultura y Gobernanza: GONZALO OLABARRIA VILLOTA.
         Concejala Delegada         del   Área   de   Juventud   y   Deporte:   ITXASO   ERROTETA
          SAGASTAGOYA.
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         Concejala Delegada del Área de Euskera, Atención y Participación Ciudadana, Agenda
          2030 e Internacional: EIDER INUNCIAGA SERNA.
         Concejala Delegada del Área de Fiestas: ITZIAR URTASUN JIMENO.
         Concejala Delegada del Área de Movilidad y Sostenibilidad: NORA ABETE GARCÍA.
         Concejal Delegado del Área de Regeneración Urbana: JON BILBAO URQUIJO.
         Concejal Delegado del Área de Salud y Consumo: ÁLVARO PÉREZ ALONSO.
         Concejala Delegada del Área de Vivienda: YOLANDA DÍEZ SAIZ.
         Concejala Delegada del Área de Educación: EIDER BILBAO ALDAYTURRIAGA.
         Concejal Delegado del Área de Acción Social: JUAN IBARRETXE KARETXE.
         Concejala Delegada del Área de Igualdad, Convivencia, Cooperación e Inmigración:
          KONTXI CLAVER ZURRO.
         Concejal Delegado del Área de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio
          Público: ASIER ABAUNZA ROBLES.
         Concejal Delegado del Área de Obras Públicas y Servicios: KEPA ODRIOZOLA AZULA.
         Concejala Delegada del Área de Seguridad: AMAIA ARREGI ROMARATE.
         Concejal Delegado del Área de Desarrollo Económico, Comercio, Turismo y Empleo:
          XABIER OTXANDIANO MARTÍNEZ.
         Concejal Delegada del Área de Hacienda: MARTA AJURIA ARRIBAS.

SEXTO: Nombrar a GONZALO OLABARRIA VILLOTA Concejal Delegado de la Oficina de la Junta
de Gobierno.

SÉPTIMO: Nombrar a ITZIAR URTASUN JIMENO Concejala Delegada Adjunta del Área de
Cultura y Gobernanza.

OCTAVO. - Los titulares de las delegaciones estarán sometidos para el supuesto de ausencia,
enfermedad etc. al siguiente régimen de suplencias, sin necesidad de un acto declarativo expreso:
I.- En caso de ausencia, enfermedad, etc. del Delegado/a del Area, las suplencias se producirán
automáticamente de la siguiente manera:

         Área de Cultura y Gobernanza: ITZIAR URTASUN JIMENO.
         Área de Juventud y Deporte: GONZALO OLABARRIA VILLOTA.
         Área de Euskera, Atención y Participación Ciudadana, Agenda 2030 e Internacional:
          ITXASO ERROTETA SAGASTAGOYA.
         Área de Fiestas: GONZALO OLABARRIA VILLOTA.
         Área de Movilidad y Sostenibilidad: YOLANDA DÍEZ SAIZ.
         Área de Regeneración Urbana: NORA ABETE GARCÍA.
         Área de Salud y Consumo: NORA ABETE GARCÍA.
         Área de Vivienda: NORA ABETE GARCÍA.
         Área de Educación: NORA ABETE GARCÍA.
         Área de Acción Social: KONTXI CLAVER ZURRO.
          Área de Igualdad, Convivencia, Cooperación e Inmigración: JUAN IBARRETXE KARETXE.
         Área de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público: KEPA
          ODRIOZOLA AZULA.
         Área de Obras Públicas y Servicios: ASIER ABAUNZA ROBLES.
         Área de Seguridad: GONZALO OLABARRIA VILLOTA.
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02.- Gobernu Batzordearen Bulegoa.                         02.- Oficina de la Junta de Gobierno.
03.- Udaleko Kontu-hartzailetza Nagusia.                   03.- Intervención General Municipal.

Era berean, alkatearen mende egongo da,                    Igualmente, en dependencia directa del
zuzenean, Alkatetzako Kabinetea (A1),                      Alcalde se encuentra el Gabinete de Alcaldía
Zuzendaritzak osatua; eta haren mende                      (A1), integrado por la Dirección y del que
egongo     dira    Komunikazioko    Bulegoa,               dependen la Oficina de Comunicación, sin
zuzendaritzarik    gabe,  eta    Protokoloko               Dirección, y la Oficina de Protocolo, con su
Bulegoa, bere zuzendaritzarekin, Bilboko                   Dirección, según lo previsto en el artículo 32
Udalaren Gobernuko eta Administrazioko                     del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la
Araudi     Organikoaren    32.     artikuluan              Administración del Ayuntamiento de Bilbao.
ezarritakoaren arabera.

Udal administrazioa osatzen duten jarduteko                Las Unidades de Coordinación de políticas de
politiken koordinaziorako     unitateak    eta             actuación, así como las Áreas de Gobierno
gobernuko sailak honela eratuta geratuko dira:             que conforman la Administración Municipal
                                                           quedan configuradas de la siguiente manera:

1.- Alkatetzaren              eta    Kultura   Politiken   1.- Coordinación de Alcaldía y Políticas
Koordinazioa                                               Culturales

  Kultura eta Gobernantza Saila                             Área de Cultura y Gobernanza.
  Gazteria eta Kirol Saila                                  Área de Juventud y Deporte.
  Euskarako,     Herritarren    Arreta              eta     Área de Euskera, Atención y Participación
   Partaidetzako,   2030      Agendako               eta      Ciudadana, Agenda 2030 e Internacional.
   Nazioarteko Gaietako Saila
  Jaietako Saila                                            Área de Fiestas

2.- Mugikortasuneko, Ingurumeneko, Hiri                    2.- Coordinación de Políticas de Movilidad,
Berroneratzeko, Garapen Osasungarriko,                     Sostenibilidad,   Regeneración     Urbana,
Etxebizitzako eta Hezkuntzako Politiken                    Desarrollo     Saludable,    Vivienda     y
Koordinazioa                                               Educación.

  Mugikortasun eta Jasangarritasun Saila                    Área de Movilidad y Sostenibilidad.
  Osasun eta Kontsumo Saila                                 Área de Salud y Consumo.
  Hiri Berroneratzearen Saila                               Área de Regeneración Urbana.
  Etxebizitza Saila                                         Área de Vivienda.
  Hezkuntza Saila                                           Área de Educación

3.- Gizarte Politiken Koordinazioa                         3.- Coordinación de Políticas Sociales.

  Gizarte Ekintzako Saila                                   Área de Acción Social.
  Berdintasun, Bizikidetza, Lankidetza eta                  Área    de      Igualdad,       Convivencia,
   Immigrazio Saila                                           Cooperación e Inmigración.

4.-   Hiri   Garapeneko     eta    Proiektu                4.- Coordinación de Políticas de Desarrollo
Estrategikoetako Politiken Koordinazioa                    Urbano y Proyectos Estratégicos.

  Hiri Plangintzako, Proiektu Estrategikoetako              Área de Planificación Urbana, Proyectos
   eta Espazio Publikoko Saila                                Estratégicos y Espacio Público.
  Obra Publikoetako eta Zerbitzuetako Saila                 Área de Obras Públicas y Servicios.
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 
5.- Segurtasunaren Koordinazioa                             5.- Coordinación de Seguridad.
  Segurtasun Saila                                           Área de Seguridad.


6.- Politika Ekonomikoen Koordinazioa                       6.- Coordinación de Políticas Económicas.

  Ekonomiaren Garapeneko, Merkataritzako,                    Área de Desarrollo Económico, Comercio,
   Turismoko eta Enpleguko Saila                               Turismo y Empleo.
   Ogasun Saila                                              Área de Hacienda.
Sail eta kabinete bakoitzak ordezkaritza bat                Cada una de las Áreas y Gabinetes contarán
izango du, baina Kultura eta Gobernantza                    con una Delegación, si bien el Área de Cultura
Sailak zinegotzi ondoko bat izango du atxikita.             y Gobernanza contará con una Concejalía
                                                            adjunta.
Sail bakoitzak zuzendaritza bat eta mendeko                 A excepción del Área de Regeneración
unitateak izango ditu, Hiri Berroneratzearen                Urbana, el Área de Vivienda y Área de
Sailean, Etxebizitza Sailean eta Ekonomiaren                Desarrollo Económico, Comercio, Turismo y
Garapeneko, Merkataritzako, Turismoko eta                   Empleo que no contarán con una Dirección,
Enpleguko Sailean izan ezik, horietan ez baita              cada una de las Áreas contará con una
zuzendaritza bakar bat ere izango. Gainera,                 Dirección y sus unidades dependientes, con
sail hauetan zuzendaritza bi edo gehiago                    las siguientes salvedades que contarán con
egongo dira:                                                dos o más Direcciones:


  Kultura     eta     Gobernantza     Sailak                 El Área de Cultura y Gobernanza contará
   zuzendaritza hauek izango ditu: Kulturako                   con la Dirección de Cultura, con la
   Zuzendaritza, Giza Baliabideak Antolatzeko                  Dirección de Organización y Gestión de
   eta     Kudeatzeko     Zuzendaritza    eta                  Recursos Humanos y con la Dirección de
   Modernizazioko Zuzendaritza, bai eta                        Modernización, así como con la Alcaldía y
   Alkatetza eta haren mendeko unitateak ere.                  sus unidades dependientes.
  Euskarako,     Herritarren     Arreta   eta                El Área de Euskera, Atención y
   Partaidetzako,    2030      Agendako    eta                 Participación Ciudadana, Agenda 2030 e
   Nazioarteko Gaietako Sailak zuzendaritza                    Internacional contará con la Dirección de
   hauek izango ditu: Euskarako Zuzendaritza,                  Euskera, la Dirección de Atención y
   Herritarren   Arreta    eta   Partaidetzako                 Participación Ciudadana y la Dirección de
   Zuzendaritza eta 2030 Agendako eta                          Agenda 2030 e Internacional.
   Nazioarteko Gaietako Zuzendaritza.
  Mugikortasun eta Jasangarritasun Sailak                    El Área de Movilidad y Sostenibilidad
   zuzendaritza    hauek     izango  ditu:                     contará con la Dirección de Movilidad y la
   Mugikortasuneko      Zuzendaritza  eta                      Dirección de Sostenibilidad.
   Jasangarritasuneko Zuzendaritza.
  Hiri Plangintzako, Proiektu Estrategikoetako               El Área de Planificación Urbana, Proyectos
   eta Espazio Publikoko Sailak zuzendaritza                   Estratégicos y Espacio Público contará con
   hauek izango ditu: Hiri Plangintzako                        la Dirección de Planificación Urbana, con la
   Zuzendaritza,       Espazio        Publikoko                Dirección Espacio Público y con la Oficina
   Zuzendaritza eta Proiektu Estrategikoetako                  de Proyectos Estratégicos.
   Bulegoa.
  Obra Publikoetako eta Zerbitzuetako Sailak                 El Área de Obras Públicas y Servicios
   zuzendaritza hauek izango ditu: Obra                        contará con la Dirección de Obras Públicas
   Publikoetako       Zuzendaritza        eta                  y con la Dirección de Servicios.
   Zerbitzuetako Zuzendaritza.
  Segurtasun          Sailak        zuzendaritza   hauek     El Área de Seguridad contará con la
                                                               Dirección de Seguridad Ciudadana y con la
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   izango ditu: Herritarren Segurtasuneko                    Dirección de Protección Civil.
   Zuzendaritza  eta      Babes    Zibileko
   Zuzendaritza.                                             El Área de Hacienda contará con tres
  Ogasun Sailak hiru zuzendaritza izango                     direcciones:    Dirección  de      Gestión
   ditu: Zergen Kudeaketako Zuzendaritza,                     Tributaria, Dirección de Presupuestos y
   Aurrekontuetako       eta      Proiektuen                  Financiación de Proyectos y Dirección de
   Finantziazioko      Zuzendaritza       eta                 Contratación. Asimismo, tiene adscrito el
   Kontratazioko Zuzendaritza. Era berean,                    Tribunal    Económico-Administrativo    de
   Bilboko Auzitegi Ekonomiko-Administratiboa                 Bilbao.
   dauka atxikita.
                                                           En cuanto a los Organismos y Sociedades
Erakunde eta sozietate publikoei dagokienez,               Públicas, de conformidad con lo establecido
Bilboko        Udalaren      Gobernuko     eta             en el art. 53 del citado Reglamento del
Administrazioko Araudi Organikoaren 53.                    Gobierno y de la Administración del
artikuluan ezarritakoarekin bat etorrita, hau              Ayuntamiento     de   Bilbao,    procede  la
erabaki da: BilbaoTIK, AZKUNA ZENTROA,                     adscripción     de    BilbaoTIK,     AZKUNA
ARRIAGA ANTZOKIA, BILBAO ARTE eta                          ZENTROA, TEATRO ARRIAGA, BILBAO
BILBAO MUSIKA Kultura eta Gobernantza                      ARTE y BILBAO MUSIKA al Área de Cultura y
Sailari atxikitzea; BILBAO KIROLAK Gazteria                Gobernanza; BILBAO KIROLAK al Área de
eta      Kirol      Sailera;      ARTXANDAKO               Juventud y Deporte; FUNICULAR DE
FUNIKULARRA              Mugikortasun      eta             ARTXANDA al Área de Movilidad y
Jasangarritasun          Sailera;      BILBAO              Sostenibilidad; BILBAO ZERBITZUAK al Área
ZERBITZUAK Osasun eta Kontsumo Sailera;                    de Salud y Consumo; SURBISA al Área de
SURBISA Hiri Berroneratzearen Sailera; UDAL                Regeneración        Urbana;       VIVIENDAS
ETXEBIZITZAK Etxebizitza Sailera; BILBAO                   MUNICIPALES al Área de Vivienda; BILBAO
EKINTZA eta MERCABILBAO Ekonomiaren                        EKINTZA, y MERCABILBAO al Área de
Garapeneko, Merkataritzako, Turismoko eta                  Desarrollo Económico, Comercio, Turismo y
Enpleguko Sailera, gaiaren arabera eskumena                Empleo, al considerar que son los órganos
daukaten organoak direla irizten zaiolako.                 competentes por razón de la materia.

BI.- Toki-araubidearen oinarriak arautzen                  SEGUNDO- De conformidad con lo dispuesto
dituen 7/1985 Legearen 130.3 artikuluan eta                en el artículo 130.3 de la Ley 7/1985
Bilboko       Udalaren        Gobernuko         eta        Reguladora de las Bases de Régimen Local y
Administrazioko Araudi Organikoaren 36.                    en el artículo 36 del Reglamento Orgánico del
artikuluan     ezarritakoarekin     bat    etorrita,       Gobierno y de la Administración del
ondoren aipatzen diren zuzendari postuen                   Ayuntamiento      de     Bilbao,   dadas     las
ezaugarri bereziak kontuan hartuta, gestio                 características específicas de los puestos
publikoan eta pribatuan erantzukizuneko                    directivos que a continuación se indican, el
postuetan       gaitasun       profesional      eta        nombramiento de los titulares de sus órganos
esperientzia          egiaztatua        daukaten           directivos podrá realizarse, motivadamente,
profesionalen     artean     izendatu    daitezke          entre profesionales de acreditada competencia
titularrak, betiere goi-mailako titulua eduki              profesional y experiencia en el desempeño de
(lizentziatura, doktoretza titulua, ingeniaritza,          puestos de responsabilidad en la gestión
arkitekturako titulua edo baliokidea) eta                  pública y privada, con titulación superior
funtzionario ez direnen artean:                            (Licenciatura    o    Título   de   Doctorado,
                                                           Ingeniería, Arquitectura o equivalente), que no
                                                           ostenten la condición de funcionaria/o:

  Alkatetzako Kabineteko Zuzendaritza                       Dirección del Gabinete de Alcaldía.
  Protokoloko Bulegoko Zuzendaritza                         Dirección de la Oficina de Protocolo.
  Herritarren  Arreta               eta   Partaidetzako     Dirección de    Atención    y   Participación
   Zuzendaritza                                               Ciudadana
  2030 Agendako eta Nazioarteko Gaietako                    Dirección de Agenda 2030 e Internacional.
   Zuzendaritza
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          Etxebizitza eta Hezkuntza Politiken                   Regeneración Urbana,          Desarrollo
          Koordinazioa.                                         Saludable, Vivienda y Educación.
     -    Hiri-garapen eta Proiektu estrategiko             -   Coordinación     de     Políticas    de
          Politiken Koordinazioa.                               Desarrollo    Urbano    y     Proyectos
                                                                Estratégicos.
     -    Segurtasunaren Koordinazioa.                      -   Coordinación de Seguridad.
     -    Politika Ekonomikoen Koordinazioa.                -   Coordinación de Políticas Económicas.


Horrez gain, Udalbatzarreko Idazkaritza                Además, todo lo relacionado con la Secretaría
Nagusiarekin,    Udalaren     Kontuhartzailetza        General del Pleno, Intervención General
Nagusiarekin, Kontratazioarekin, Aholkularitza         Municipal, Contratación, Asesoría Jurídica,
Juridikoarekin,     Gobernu       Batzordearen         Oficina de la Junta de Gobierno y Gabinete de
Bulegoarekin eta Harreman Publikoetako                 Relaciones Públicas.
Kabinetearekin lotutako gai guztiak.


LAUGARRENA.- II. Batzordean koordinazio                CUARTO.- La II Comisión conocerá de las
arloetako gai hauek landuko dira:                      materias que penden de los siguientes
                                                       ámbitos de coordinación:
     -    Alkatetza     eta   Kultura    Politiken          -   Coordinación de Alcaldía y Políticas
          Koordinazioa.                                         Culturales.
     -    Gizarte Politiken Koordinazioa.                   -   Coordinación de Políticas Sociales.


BOSTGARRENA.-         Batzorde      bakoitzak          QUINTO.- Cada Comisión constará de un
karguagatiko presidentea izango du, alkatea,           presidente/a nato/a, que coincidirá con el
hain zuzen. Hala ere, honek eskuordetu                 alcalde, si bien, éste podrá delegar sus
ahalko dizkio eskumenak presidente eragileari.         cometidos en el presidente/a efectivo/a.

Era berean, presidente eragile bat ere izango          Asimismo, dispondrá de un vicepresidente/a y
da, baita idazkaria ere; azken hau                     de un secretario, que coincidirá con el
Udalbatzarreko idazkari nagusia edo beronek            secretario general de Pleno, o funcionario/a en
eskuordetutako funtzionarioa izango da.                quien delegue.


SEIGARRENA.-           Batzorde      horietako         SEXTO.- La representación de los grupos
bakoitzean, 9 kide egonik, Udaleko talde               políticos municipales en cada una de las
politikoek kide-kopuru hauek edukiko dituzte:          Comisiones, sobre la base de que serán 9 los
                                                       miembros que la compongan, será la
                                                       siguiente:



                                                                       Batzordeetako
                                     Talde politikoa
                                                                           kideak
                   EAJ-PNV udal talde politikoa                           3 ordezkari
                   EUSKAL HERRIA BILDU (EH BILDU) udal talde
                                                                          2 ordezkari
                   politikoa
                   SOCIALISTAS VASCOS udal talde politikoa                2 ordezkari
                   PARTIDO POPULAR udal talde politikoa                   ordezkari 1
                   ELKARREKIN BILBAO udal talde politikoa                 ordezkari 1
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Bilbao siga siendo la mejor ciudad del mundo.

      Hoy pido esa voluntad por ambas partes y que sea fructífera en acuerdos, dinámica en
planteamientos y generosa en decisiones que favorezcan a las personas más vulnerables de
nuestra sociedad. Así como a aquellas que desean realizar su proyecto vital en nuestra Villa.

       María, Esther, Ana. Os pido que atendáis esta propuesta del alcalde, que desde mañana
mismo o desde el lunes avancemos en los temas de movilidad recogidos en el PMUS y acordados
por todos los Grupos, que nos sentemos, reflexionemos, trabajemos y actualicemos el Pacto por la
Seguridad de Bilbao. Soy muy consciente de que la seguridad política y la convivencia pacífica son
elementos fundamentales para garantizar el bienestar, la tranquilidad y el desarrollo del proyecto
de vida de las y los habitantes de Bilbao. Analicemos, trabajemos y acordemos de nuevo las líneas
estratégicas de intervención en esta materia, con nuevas medidas para consolidar la
transformación que iniciamos en el 2018 y acordando también nuevas medidas de avance hacia un
abordaje integral de los desafíos presentes y futuros en materia de seguridad y convivencia.

        Que todos los grupos se sumen al Pacto por la paz y la convivencia, donde buscamos la
justicia, la verdad y la reparación de la mano de las víctimas. Que hablemos de los barrios, pero no
como una competición ni una queja constante, sino con una visión realista y pensando en su
mejora y cohesión con el resto de Bilbao. Que encabecemos todos juntos la lucha contra la
violencia machista, contra la violencia homófoba y contra todo tipo de violencia y delincuencia en
general. Que las personas, todas las personas, estén en el centro de todas las iniciativas de
gestión de nuestro Ayuntamiento: mayores, juventud, infancia, personas vulnerables, personas en
riesgo y personas que quieran avanzar en su calidad de vida.

        Alkate honek, Gobernu Talde honek, egin egingo dugu, ez dezatela bilbotarrek zalantza
izpirik izan eta haien laguntza eta dedikazioa izatea espero dugu, sektore ekonomiko eta sozialen
auzokideen eta merkatarien laguntza eta dedikazioa eta bertako komunikabideena. Que Bilbao y
sus gentes estén siempre por encima de cualquier diferencia.

       De este modo, aprovecho esta mi primera intervención como alcalde en este mandato para
resumirles algunos de los principales compromisos de nuestras 3 líneas estratégicas: las personas,
los barrios y el desarrollo económico y el empleo.

       Las personas: reforzaremos la atención a las personas mayores pendientes de su salud, sus
cuidados, su participación, su ocio. Nos implicaremos en la búsqueda de soluciones difíciles de
vivienda y de empleo para la juventud, ayudándoles en su proceso de emancipación y en su
proyecto vital. Seguiremos procurando atención a las personas más vulnerables, impulsaremos el
euskera y la cultura en la ciudad, desarrollando el plan estratégico vigente, con actividades en los
barrios y en las múltiples instalaciones de las que disponemos en Bilbao: arte, música, creación,
danza, ópera, lectura, artesanía, desde lo local hasta lo internacional. Programaremos actividades
de ocio y deporte como base de una sociedad más saludable y activa.

      La seguridad y la convivencia cívica serán una tarea compartida con la ciudadanía, con
actuaciones firmes y con colaboración policial y con la justicia. Una policía de cercanía, implicada
en los barrios y una reivindicación constante de que el civismo sea real en nuestras calles,
empezando por cada uno de nosotros y de nosotras. Los servicios públicos seguirán siendo de
calidad, desde la limpieza hasta el transporte público.

       Reivindicaremos y actuaremos por un Bilbao Ciudad de Valores y por una Agenda 2030
donde los objetivos de desarrollo sostenible sean una constante real, compartida y eficiente. Y sin
duda, seguiremos liderando la tarea por conseguir una igualdad real entre mujeres y hombres y por
el respeto a la diversidad en cualquiera de sus expresiones. Bilbao tiene nombre de mujer, pero es
plural y cosmopolita.

        Los barrios: continuaremos mejorando la calidad de vida de los barrios con obras de
2023-03-30PDF (p.3)
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   Secretaría General del Pleno


      Berri eman nahi den ebazpenaren                          La parte dispositiva de la resolución
xedapen-zatiak honako hau dio, hitzez hitz:           cuya toma de conocimiento se propone es del
                                                      tenor literal siguiente:

                                                  -3.1-

“PRIMERO.- Aprobar la liquidación del Presupuesto del OAL Bilbao Musika correspondiente al
ejercicio 2022, cuyo resumen figura como anexo a la presente resolución.

SEGUNDO.- Dar cuenta al Pleno de la liquidación aprobada en la primera sesión que se celebre,
en cumplimiento de lo previsto en el apartado 3º del artículo 49 de la norma Foral 10/2003
anteriormente citada”.


                                                  -3.2-

“PRIMERO.- Aprobar la Liquidación del Presupuesto del O.A.L. Viviendas Municipales de Bilbao,
correspondiente al ejercicio 2022, cuyo resumen figura como Anexo a la presente resolución.

SEGUNDO.- Dar cuenta al Pleno de la liquidación aprobada en la primera sesión que se celebre,
en cumplimiento de lo previsto en el apartado 3º del artículo 49 de la Norma Foral 10/2003
anteriormente citada”.

      Udalbatza ebazpen horien jakinaren                     El Pleno queda debidamente enterado
gainean geratu da, behar den moduan.                  de las anteriores resoluciones.

                                                  -
           Kultura eta Gobernantza                              Cultura y Gobernanza

4.    JAKITUN GERATZEA Alkatetzaren                   4.   TOMA DE CONOCIMIENTO de la
      2023ko otsailaren 1eko Ebazpenaz,                    Resolución de la Alcaldía de fecha 1
      Adolfo Alustiza Fernández behin-                     de febrero de 2023 por la que se
      behineko langile izendatzea xedatzen                 dispone el nombramiento de D. Adolfo
      duena,    2023ko    otsailaren  1etik                Alustiza Fernández como personal
      aurrerako ondorioekin.                               eventual, Asesor de Alcaldía con
                                                           efectos al 1 de febrero de 2023.


     Jakinarazi nahi den ebazpenaren                         La parte dispositiva de la resolución
xedapen-zatiak honako hau dio, hitzez hitz:           cuya toma de conocimiento se propone es del
                                                      tenor literal siguiente:

“PRIMERO.- El nombramiento de D. ADOLFO ALUSTIZA FERNÁNDEZ, como Personal Eventual,
como Asesor de Alcaldía, para el desempeño de las funciones de confianza y asesoramiento
encomendadas por la Alcaldía, con efectos al día 1 de febrero de 2023.
El interesado percibirá una retribuciones brutas anuales de 91.253,40 €, vigentes para el año 2023,
en función de los cometidos a desempeñar y naturaleza de los mismos, en régimen de plena
disponibilidad y dedicación exclusiva.
SEGUNDO.- La relación de servicios que se constituyen entre la persona cuyo nombramiento se
efectúa y la Corporación, concluirá automáticamente, una vez que se produzca la renovación de la
actual Corporación, sin perjuicio de que la revocación de tal nombramiento pueda producirse en
cualquier momento anterior, sin que el interesado tenga derecho a indemnización o reclamación
alguna.



                                            -3-
2023-03-30PDF (p.65)
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 EKARPENA                                                                                             JATORRIA      ZENBATEKOA
                            API                      DESKRIBAPENA / DESCRIPCIÓN
APORTACIÓN                                                                                             ORIGEN         IMPORTE

                                                                                                       EUSKO
                                          E.A.E-KO GIZARTE LARRIALDIETAKO LAGUNTZAK / C.A.P.V.     JAURLARITZA /
 2023-26             31000 4100102                                                                                  2.969.668,00
                                                     AYUDAS DE EMERGENCIA SOCIAL                      GOBIERNO
                                                                                                       VASCO




 HIRU.- Ebazpen hau jakinaraztea dagokion sailari.                 TERCERO.-       Comunicar               la      presente
                                                                   Resolución al Área afectada.

 LAU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                           CUARTO.- Dar cuenta al Pleno, en la
 jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                    siguiente sesión que se celebre, de la
 batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                           modificación presupuestaria aprobada, en
 Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                     cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
 Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                    27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
 10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                         diciembre, Presupuestaria de las Entidades
 Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                              Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
 artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                17.5 de las Normas de ejecución
                                                                   presupuestaria”.

                                                            -16.11-
 «BAT.-     Kreditu   Orokorraren    zertarakoa                  “PRIMERO.- Aprobar el destino del Crédito
 onartzea, 2023 52020 92920 5002000 gastu-                       Global, desde la aplicación de gasto 2023
 aplikaziotik. Zenbatekoa, guztira: EHUN ETA                     52020 92920 5002000, por importe de
 BERROGEITA         HAMAR       MILA     EURO                    CIENTO       CINCUENTA        MIL     EUROS
 (150.000,00€),       SURBISA       sozietateak                  (150.000,00 €) para financiar la concesión de
 gauzatuko        duen      Helduak-Adinekoak                    ayudas del programa Helduak-Mayores
 Etxebizitza Irisgarria programako laguntzen                     Vivienda Accesible que va a ejecutar la
 emakida finantzatzeko. Zehaztapena:                             sociedad SURBISA, de conformidad con el
                                                                 siguiente detalle:

                                                                                                                    ZENBATEKOA
  SAILA / ÁREA              PEP               APG                       DESKRIPZIOA / DESCRIPCIÓN
                                                                                                                     IMPORTE

      HIRI                                                     DEGRADATUTAKO ESPAZIOAK BIRGAITZEA. KAPITAL
BERRONERATZEA /                           22000 15140                   TRANSFERENTZIAK SURBISARI /
                       2023/00452                                                                                   150.000,00
 REGENERACIÓN                               7330220            REHABILITACIÓN DE LOS ESPACIOS DEGRADADOS.
    URBANA                                                           TRANSFERENCIAS DE CAPITAL A SURBISA



 BI.- Ebazpen           hau       jakinaraztea   dagokion          SEGUNDO.- Comunicar al Área afectada la
 sailari.                                                          presente Resolución.

 HIRU.- Onartutako aurrekontuen aldaketak                          TERCERO.- Dar cuenta al Pleno, en la
 jakinaraztea        udalbatzari,      hurrengo                    siguiente sesión que se celebre, de la
 batzarraldian. Hori horrela da Bizkaiko                           modificación presupuestaria aprobada, en
 Lurralde    Historikoko     Toki   Erakundeen                     cumplimiento de lo dispuesto en los artículos
 Aurrekontuei     buruzko     abenduaren    2ko                    27.3 de la Norma Foral 10/2003, de 2 de
 10/2003 Foru Arauaren 27.3 artikuluan eta                         diciembre, Presupuestaria de las Entidades
 Aurrekontua Betearazteko Arauen 17.5                              Locales del Territorio Histórico de Bizkaia y
 artikuluan ezarritakoa betetzeko».                                17.5 de las Normas de ejecución
                                                                   presupuestaria”.

                                                            -16.12-
 «BAT.-   Kreditu Transferentzien Plan bat                       “PRIMERO.-      Aprobar     un    Plan      de
 onartzea, guztira MILA ETA LAUROGEITA                           Transferencias de Crédito por importe total de


                                                        - 65 -
2023-03-30PDF (p.111)
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bat egin zuen eta agerraldi horretan esan duen moduan, lasterketa hau Euskaditik igarotzea aukera
historikoa da Euskal Herria nazio artean nortasun propioa duen herri gisa proiektatzeko, bere burua
gobernatu nahi duena, txirrindularitza zalea dena eta Europako hizkuntzarik zaharrena duena.

       El grupo municipal EH BILDU considera que, el hecho de que nuestra ciudad acoja un
evento deportivo de estas características, nos ofrece muchas oportunidades y es verdad, pero
creen también que estas oportunidades tenemos que tratar entre todos y entre todas,
aprovecharlas para que sean en beneficio de todos y todas las bilbotarras y por ello pensamos, y
por eso presentábamos esta moción, que era necesaria la implicación de todos y todas, también de
las instituciones y en especial de nuestro Ayuntamiento.

       El grupo municipal EH BILDU, con su moción lo que pretenden es que a la vista de noticias
que estaban apareciendo en prensa y que han ido viendo, que además, y constatado que son una
realidad, se establecieran mecanismos, los mecanismos necesarios para controlar la legalidad de
las viviendas turísticas y para ver qué pasaba con ellas. Para garantizar los derechos laborales de
las personas, para evitar actitudes sexistas y aprovechar las oportunidades que nos brinda el Tour
para mostrar que Euskal Herria es una nación y ¿por qué esto? porque es evidente, el grupo
municipal EH BILDU ha hecho muchísimas propuestas en relación con la vivienda en Bilbao y les
preocupa este tema.

       Pero es que además, hemos visto que desde noviembre del 2022, todavía cuando faltan
unos cuántos meses para que el Tour se celebre, ya se alquilan apartamentos a unos precios
desorbitados. Los que antes eran de 180 €, han visto que algunos han podido llegar hasta 6.000 €
y que en días anteriores al Tour, la cifra se desorbita todavía más porque hay apartamentos que se
ofrecen a 8.000 €. Pero es que además hay muchos anuncios de viviendas turísticas que ni tan
siquiera están regulados o que se están saltando todas las normas vigentes en este momento y
esta cuestión nos parecía importante y creíamos que era necesario tomar medidas para hacer algo
respecto a estas cuestiones. Por eso, así lo solicitábamos.

      Beste alde, Tourra dela eta, BILBAO EKINTZAK hainbat enpresa kontratatuko ditu zerbitzu
desberdinak eskaintzeko eta ezinbestekoa da, beharrezko mekanismoak jartzea ekitaldi horiekin
sortzen diren enpleguak duinak eta kalitatekoak izan daitezen eta ez prekarioak.

      Este evento va a generar empleo evidentemente, algo que también es positivo, pero para
que sea todo lo positivo que queremos que sea, es necesario que se establezcan mecanismos para
que el empleo que se genere sea digno y se garanticen unas buenas condiciones, y esto es otra de
las cuestiones que el grupo municipal EH BILDU planteaba en su propuesta.

      Nos preocupan también y creemos que a todas las personas que estamos en este Pleno los
contenidos sexistas y discriminatorios, creemos que está fuera de lugar a día de hoy que se den
estos contenidos en las imágenes y por eso pensamos, y así lo proponemos, que en la propaganda
que haya en los actos que se lleven a cabo en relación con el Tour no se utilicen imágenes de
contenido sexista y se fomente la diversidad corporal.

     Y por último, y teniendo en cuenta la gran repercusión que el Tour tiene puesto que sus
imágenes, como poco, igual más, van a pasar por más de 100 países, el grupo municipal EH
BILDU cree que esto nos brinda una oportunidad importante, histórica para mostrar a Europa y al
mundo que somos una nación, que tenemos nuestra cultura, que tenemos nuestra historia y que no
tenemos que perder esta oportunidad.

        Por ello, instábamos al EQUIPO DE GOBIERNO a que en todos los actos promocionales del
Tour, así como los que se hicieran en el desarrollo del mismo, se utilizara el euskera, se destacase
nuestra identidad como pueblo y se diera visibilidad a todos los elementos que como pueblo nos
identifican. Esta era nuestra propuesta.

       Eta beste txandan baloratuko dut lortutako akordioa. Besterik gabe, eskerrik asko».


                                           - 111 -
2023-03-30PDF (p.119)
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esperemos que sea un éxito y porque es verdad que aunque no lo mencionemos explícitamente en
la proposición, creemos que es importante también mencionarlo.

       Los vendedores y las vendedoras, la mayoría de vendedores ambulantes en estos
mercadillos que tanta tradición y arraigo tienen en Bilbao, son personas, son familias que
pertenecen a la comunidad gitana, que es un pueblo que es verdad que a pesar de llevar 600 años
en Euskal Herria aún sigue padeciendo ese anti gitanismo estructural que encorseta, que limita a
toda una población a ser ciudadanos y ciudadanas de segunda. Tengo aquí como ejemplo reciente,
el informe “Neurtu” que ha salido de 2022, sobre las percepciones y actitudes que tiene la sociedad
vasca hacia las personas gitanas y que demuestra con datos, que realmente hay un gran amplio
margen de mejora. 7 de cada 10 afirman no conocer ni tener relación de amistad con ninguna
persona gitana, 1/4 parte no contrataría o evitaría contratar a una persona gitana o 4 de cada 10 no
le alquilaría una vivienda.

       También son la mayoría quienes creen que la sociedad debe esforzarse más en favor de la
integración de las personas gitanas, de sus costumbres, de sus tradiciones, y que ese esfuerzo,
además debe de ser compartido entre personas gitanas y payas, y el Grupo Municipal EH BILDU
entiende que como institución más cercana a la ciudadanía, debemos de aportar en esa dirección y
desde ahí es donde hemos querido abordar también esta propuesta para realizar un plan de mejora
de los mercadillos de venta ambulante que semanalmente se organizan en Bilbao.

       Y también desde el lado económico, esta es una actividad evidentemente tradicional, como
muchas otras, pero esto también es economía, es economía local, es economía de barrio, esto
también es comercio, es un comercio que tampoco escapa a las amenazas de la globalización de
la digitalización. Antes hemos estado hablando en el anterior punto del tema de “AMAZON”,
etcétera. Un comercio, que también ha sufrido, sigue arrastrando los efectos de la pandemia, una
actividad de la que subsisten cientos de familias bilbaínas y muchas de ellas también están en
situación de vulnerabilidad. En definitiva, es una actividad a proteger y a impulsar desde este
ayuntamiento, ni más ni menos, que se hace con otras.

       Esta es una propuesta que recoge muchas cuestiones, tema de actuaciones de renovación
de los entornos de los mercados, mejora del asfaltado, alcantarillado, instalación de aseos públicos,
urbanización de zonas estanciales. También el Grupo Municipal EH BILDU propone que se
promocione esta actividad desde el Área de Turismo y Comercio, medidas fiscales, mejora de la
cobertura sanitaria, pero sí que enmarcando todo esto, hay una cuestión fundamental, que es la
colaboración con los vendedores y las vendedoras de estos mercadillos. Porque, aunque es cierto
que existe y es verdad, existe interlocución con el ayuntamiento, sí que hemos detectado que se
echa en falta una dinámica de trabajo algo más intensa, comunicación, colaboración más fluida
para ir mejorando las cosas.

      En ese sentido, el Grupo Municipal EH BILDU cree que sería muy beneficioso poner en
marcha una mesa de trabajo que marque una hoja de ruta, poniendo objetivos que sean realistas
pero que también sean claros, ese es su deseo y también es el nuestro, que nos pongamos todas a
colaborar y a trabajar para impulsar los mercadillos de venta ambulante y que puedan gozar así de
buena salud durante muchos años.

       Eta, hain zuzen ere, elkarlanerako prestutasun hori aurkitu dugu UDAL GOBERNUAREN
aldetik. Eta esan behar dut ere bereziki Odriozola jaunarekin izan ditugun elkarrizketetan, hori izan
dela bere aldetik jaso dugun konpromisoa, eta hortik dator ere adostu dugun zuzenketa. EH BILDU
udal taldearentzat lehen urrats bat suposatzen du, baina, bueno, aukerak irekitzen ditu. Denborarik
gabe gelditu naizenez, bigarren txandan jarraitu dezakegu akordioari buruz hitz egiten”.

      SR. JIMÉNEZ: “Bai, eskerrik asko alkate. El 8% del comercio minorista del Estado no está
detrás de un mostrador en un pequeño establecimiento, está en los puestos de los mercados
ambulantes y mercadillos que periódicamente se organizan en nuestros barrios y pueblos y en las
furgonetas que sobre todo en el entorno rural, aún dan servicio a numerosos núcleos de población


                                           - 119 -
2023-03-30PDF (p.130)
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apoya la dimensión cultural de la Semana Santa y que todo el respeto. Por lo tanto, no estamos
ahí. Entonces, nos vamos a abstener, señor Rodrigo”.

      SR. RODRIGO: “La última. Lo que no va a solucionar nada es ponerse de perfil. Yo quiero
agradecer al señor Olabarria la predisposición, en todo momento, que ha tenido y que, además,
nos entendimos bastante rápido a la hora de presentar esta propuesta consensuada. Tiene el
beneplácito de la Hermandad de Cofradías y yo entiendo que es algo bueno para la Ciudad y
bueno para la Villa. Así que, nada. ¡A la procesión del silencio!”


      Bozketa egin da GOBERNU TALDEAK                       Se somete a votación la enmienda de
eta PARTIDO POPULAR udal taldeak batera              modificación conjunta presentada por el
aurkeztutako    zuzenketari    buruz,   zeina        EQUIPO DE GOBIERNO y el grupo municipal
proposizioa aldatzekoa baita, eta hau izan da        PARTIDO POPULAR, siendo el cómputo de
emandako botoen emaitza:                             los sufragios emitidos el siguiente:


Emandako botoak: 29                                  Votos emitidos: 29

Baiezko botoak: 22 jaun/andre: González              Votos    afirmativos:   22   señoras/señores:
Díez-Andino, García, Rodrigo, Díez, Bilbao,          González Díez-Andino, García, Rodrigo, Díez,
Abete, Calderón, Pérez, alkatea, Abaunza,            Bilbao, Abete, Calderón, Pérez, Alcalde,
Arregi, Ibarretxe, Urtasun, Olabarria, Ajuria,       Abaunza, Arregi, Ibarretxe, Urtasun, Olabarria,
Agirregoitia, Odriozola, Otxandiano, Alonso,         Ajuria, Agirregoitia, Odriozola, Otxandiano,
Narbaiza,      Erroteta,   eta    Zubizarreta        Alonso, Narbaiza, Erroteta y Zubizarreta
Agirrezabal.                                         Agirrezabal.

Abstentzioak: 7 jaun/andre: Viñals, Jiménez,         Abstenciones: 7 señoras/señores: Viñals,
Muñoz, Goirizelaia, González Soreasu,                Jiménez, Muñoz, Goirizelaia, González
Fatuarte eta Zubizarreta Unanue.                     Soreasu, Fatuarte y Zubizarreta Unanue.

      Horrela,    bada,   onetsi    egin   da              En su virtud, se aprueba la enmienda de
GOBERNU         TALDEAK      eta    PARTIDO          modificación conjunta presentada por el
POPULAR udal taldeak batera aurkeztutako             EQUIPO DE GOBIERNO y el grupo municipal
zuzenketa, zeina proposizioa aldatzekoa baita,       PARTIDO POPULAR, por lo que decae la
eta, beraz, bertan behera geratu da PARTIDO          proposición presentada por el grupo municipal
POPULAR        udal   taldeak    aurkeztutako        PARTIDO POPULAR.
proposizioa.

25.     PROPOSIZIOA: EH BILDU Udal                   25.   PROPOSICIÓN del Grupo Municipal
        Taldearena,     proposatzen      duena             EH BILDU, que plantea la adopción de
        Osoko Bilkurak erabakia hartu dezan                un acuerdo plenario mediante el que
        GOBERNU TALDEARI eskatzeko                         se inste al EQUIPO DE GOBIERNO a
        Betolatza     auzoko      urbanizazio-             que inicie la redacción del Proyecto
        proiektua    idazten    hasi    dadila;            de Urbanización del barrio Betolaza; a
        Bilbobusen     auzo-linea    zirkularra            que añada una auzo-línea circular de
        gehitu       dezala,      Errekaldetik             Bilbobus, dando servicio desde
        Peñascalerako, Uretamendirako eta                  Rekalde a Peñascal, Uretamendi y
        Betolatzarako zerbitzua emateko;                   Betolaza; a que requiera a los
        Betolatza 20, 76 eta 111ko etxebizitza             propietarios de las viviendas y solares
        eta         orubeetako           jabeei            situados en Betolaza 20, 76 y 111, a
        errekerimendua       egin    diezaiela,            que procedan a su arreglo y
        dagozkion konponketak eta egokitze-                acondicionamiento       a  la    mayor
        lanak egin ditzaten, ahalik eta                    brevedad posible; y a que proceda a
        lasterren; eta Betolatza 47ko orubea               la          reurbanización            y
        berriro urbanizatu eta egokitu dezala.             acondicionamiento del solar en


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      EH BILDU udal taldeak aurkezten duen                   Proposición que presenta el grupo
proposizioa, xedapen zatian hitzez hitz honela        municipal EH BILDU, cuya parte dispositiva es
dioena:                                               del tenor literal siguiente:

«1.Bilboko Udaleko Udalbatzak Gobernu                 “1. El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta
Taldeari eskatzen dio Betolatza auzoko                al equipo de gobierno a que inicie la redacción
urbanizazio-proiektua idazten hasi dadila,            del Proyecto de Urbanización del barrio
segurtasunaren,      irisgarritasunaren  eta          Betolaza,     implementando     las     mejoras
mugikortasunaren alorrean beharrezkoak diren          necesarias en materia de seguridad,
hobekuntzak jasota.                                   accesibilidad y movilidad.

2.Bilboko Udaleko Udalbatzak Gobernu                  2. El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
Taldeari eskatzen dio Bilbobusen auzolinea            equipo de gobierno a que añada una auzo
zirkularra    gehitu     dezala,   Errekaldetik       línea circular de Bilbobus, dando servicio
Peñascalerako,         Uretamendirako      eta        desde Rekalde a Peñascal, Uretamendi y
Betolatzarako zerbitzua emateko eta 32., 33.          Betolaza y llegando a la altura de los portales
eta 34. atarietaraino heltzeko.                       32, 33 y 34.

3.Bilboko Udaleko Udalbatzak Gobernu                  3. El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
Taldeari eskatzen dio Betolatza 20, 76 eta            equipo de gobierno a que requiera a los
111ko etxebizitza eta orubeetako jabeei               propietarios de las viviendas y solares situados
errekerimendua egin diezaiela, dagozkion              en Betolaza 20,76 y 111, a que procedan a su
konponketak eta egokitze-lanak egin ditzaten,         arreglo y acondicionamiento a la mayor
ahalik eta lasterren; eta, lanok egin ezean,          brevedad posible, y para el supuesto de no
Udalak ofizioz jardun dezala, eta, gero,              realizarlo en plazo, actuar de oficio,
jarduketaren kostuak erreklamatu ditzala.             reclamándoles después las costas de la
                                                      actuación.

4.Bilboko Udaleko Udalbatzako Gobernu                 4. El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta al
Taldeari eskatzen dio Betolatza 47ko orubea           equipo de gobierno a que proceda a la
berriro urbanizatu eta egokitu dezala, auzoan         reurbanización y acondicionamiento del solar
aire zabaleko diziplina anitzeko eremu bat            en Betolaza 47 para dotar al barrio de un
egon dadin, han kultura- eta jai-ekitaldiak egin      espacio multidisciplinar al aire libre, que acoja
ahal izateko.»                                        actos culturales y festivos al aire libre ”

      Proposizio honek GOBERNU TALDEAK                       Esta proposición tiene una enmienda de
aurkeztutako aldaketako zuzenketa bat du,             modificación presentada por el EQUIPO DE
xedapen zatian honela dioena:                         GOBIERNO, que en su parte dispositiva dice
                                                      lo siguiente:

«Bilboko Udalbatzak Gobernu Batzordeari               “El Pleno del Ayuntamiento de Bilbao insta a la
eskatzen dio gauza ditzala Betolatza auzoan           Junta de Gobierno a desarrollar en el barrio de
Errekaldeko Barruti Kontseiluan hurrengo              Betolatza las mejoras que se acuerden en el
agintaldian adostuko diren hobekuntzak».              marco del Consejo de Distrito de Rekalde el
                                                      próximo mandato”.

      Alkateak hitza eman die zinegotzi jaun                El alcalde cede el uso de la palabra a
andreei Udalbatzarraren Araudi Organikoak             los Sres. y Sras. concejales y concejalas de
xedatutakoaren arabera:                               acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento
                                                      Orgánico del Pleno:


      SR. GONZÁLEZ SOREASU: «Eskerrik asko, alkate jauna eta egun on, berriro. Antes de
nada, he de reconocer que hasta este mismo mes de marzo de 2023 nunca antes había pisado


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Betolaza. Me anticipo, por si alguien luego quiere, durante el debate, alegar aquello de que yo
llegué primero o llegas tarde… ¡Que son recurrentes! Siempre giraba hacia el monte Arraiz para
perderme por senderos y bardales que la Virgen de la Salve igual conoce y llegaba hasta Bolintxu
atestado de garrapatas. Pero nunca pasaba para Betolaza.

       Segundo, reconozco que hay gran diferencia entre conocer Betolaza sobre plano o acta, o
conocer Betolaza recorriéndolo a pie porque, desde luego, no es un barrio fácil, bajo el punto de
vista de la accesibilidad universal. Nunca lo ha sido. Sigue sin serlo. Tiene sus cosas buenas y así
nos lo hicieron saber las vecinas que nos guiaron en el momento que fuimos la señora Goirizelaia y
yo, y eskerrik asko y seguir haciendo piña en Betolaza.

       Lo que queríamos traer aquí era lo siguiente: desde que en septiembre de 2019 se acordó en
el Pleno consolidar el barrio, prácticamente como estaba y que así lo recogiera luego el Plan
General de Ordenación Urbana, han transcurrido, ya, casi 4 años. Nuestro mandato. Aquella
decisión municipal ha posibilitado que muchos vecinos y vecinas tomen decisiones respecto a sus
viviendas y a sus vidas y, además, que SURBISA amplíe su área de intervención para incentivar la
regeneración urbana de Betolaza, como ha sido noticia hace un mes.

       EH BILDU udal taldeak gaur Udalbatzarrera dakarren proposamena bat dator horrekin
guztiarekin. Lau urte hauetan egin diren gauzekin. Baina proposatzen dugu Udalak bere
eskumenean dagoena egin dezala oraindino geratzen zaion zatian eta lehenbailehen egin dezala,
hau da, idatz dezala guk ulertzen duguna falta dan hori eta da proiektu urbanistiko espezifiko bat
idatz bezala zona horretarako.

       Tresna horren beharra edo proiektu urbanistiko, dokumentu horren beharra dago eta merezi
du saiatzeak, han-hemen lan puntualak egiten ibili beharrean. Bide-orri argi bat izateak asko
errazten ditu erabakiak eta ez Udalaren erabakiak bakarrik, ze auzokideen erabakiak ere erraztu
ahal ditu proiektu urbanistiko batek. Eta proiektu urbanistiko hau gainera auzokideen sustengua
izan dezake eta hori ere gauza ona izan daiteke.

      Proiektu urbanistikoa ez da mugatu behar argiteria nondik joango den zehaztera, edo hodiak
nondik joango diren zehaztera, edo suhiltzaileentzako ur hartuneak non egongo diren zehaztera.
Proiektu urbanistikoaren asmoak zabalagoak izan daitezke eta mugikortasuna, edo segurtasuna,
edo zerbitzu oinarrizkoen transitoa ere ordenatu daitezke.

       Pero siendo el proyecto urbanístico una herramienta municipal adecuada y hasta necesaria
para un barrio como Betolaza, su redacción no tiene por qué postergar algunas decisiones
provisionales que están siendo reclamadas constantemente por los y las vecinas, mediante su
Asociación.

       Alde batetik, autobusa, eta esaten dugu goraino, 32-33-34. atarien blokeraino helduko den
autobus txikia martxan jartzea premiazkoa dala. Aspaldi frogak egin zituen Udalak autobusa
jartzeko, eta gero atzera bota zen. Ez dakigu ondo zergatik. Nik ez dakit behintzat.

       Auzo-lineak alboz albo dauden auzoak lotuko lituzke. Errekaldeko plaza, Peñaskal,
Uretamendi eta Betolaza lotuz, jendeari erraztuko genioke medikuaregana joatea, erosketak
egitera, kulturetxera, edo lagun eta senideengana hurbiltzea. Kontuan hartu behar dugu auzo
hauetan ze egoera kaskarrean dagoen komertzioa gaur egun, komertzio oinarrizkoena ere bai, non
daukaten lehengo arreta edo zelako aldapak gainditu behar dituzten.

       Ez da erreza igogailu edo elementu mekanikoak edonon jartzea eta garestia ere bada,
horregatik, uste dugu hobe dala auzolinea martxan jartzea. Eta ez da bidezkoa Bilboko autobus
linea guztien berkonfigurazioa aitzaki eternal bezala jartzea, ez baita urrezko arau bat. Behar izan
denean aldatu izan dira auzolineak agintaldi honetan.

       Bigarren, abandono egoeran dauden etxeak eta orubeak identifikatu eta, gainontzeko


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auzokideengan kaltea eragiten badute, eskura dituen tresnak erabil ditzala eskatzen diogu Udalari,
jabeak egoera konpontzera behartzeko. Eta Udalak ondo identifikatuta dauzkala badakigu eta,
propietate direnez gero, eskubideak eta betebeharrak ere badituzte jabeek, eta batere errurik ez
auzokideek. Orduan, hor Udalak badauka zeregina artekari gisa.

      Jakin badakigu Udalak zenbait jarduketa egin dituela norabide onean, baina eskatzen dugu
kontrola eta exigentzia maila indartu dadila orube eta etxe horiekiko.

       Y, como tercera y última iniciativa, instamos a acondicionar el solar municipal del número 47,
que es un emplazamiento que ya utilizan los y las vecinas para sus actividades festivas, como
buenamente pueden, pero replantear las zonas verdes de ese solar y estanciales, arreglar las
escaleras, mover los contenedores y eliminar dos plazas de aparcamiento para instalar un
aparcabicis creemos que es una forma adecuada de habilitar ese espacio público de difícil
aprovechamiento, hoy en día, y darle un uso fácil para los vecinos de esa Asociación y de ese
barrio, vaya. Eskerrik asko».

       SR. RODRIGO: “Eskerrik asko, alkate jauna. Como ya se ha mencionado antes, nos
encontramos ante un barrio con mucha, mucha historia. Un barrio que nace fruto del desarrollismo
industrial, allá por los años 40. Un barrio con una tipicidad muy importante. Un barrio muy alto con
una historia muy, muy especial. Y un barrio al que el grupo municipal PARTIDO POPULAR se
dirigía expresamente cuando presentó la moción relativa a la elaboración de un plan de calidad del
paisaje urbano.

      Y esta propuesta iba, en parte, dirigida a mejorar esa escena urbana en todo Bilbao, pero
también expresamente en algunos barrios muy concretos, y hacer un diagnóstico con el fin de
poder actualizar, en este caso, la organización de ese barrio y acercarlo lo más posible al siglo XXI.
Pero siempre buscando, también, que no se perdiera su identidad como barrio, ya que Bilbao, no
solamente es el centro o el Casco Viejo, sino que Bilbao es una suma de pequeños Bilbaos, que es
lo que han hecho que se configure como tal y han propiciado que pasara, en su día, de villa a
ciudad.

       Como les decía, un barrio que surge fruto del Desarrollismo. Un barrio que yo conocía de
antes. Esto no es por desdecirle al señor González Soreasu, pero yo lo conocía porque mi abuelo
vivía allí, vivía en el número 5 de la calle Betolaza, actualmente número 8. Y recuerdo, cuando de
pequeño subía ahí, se tomaba un vino en el bar RICO, que antiguamente era en la calle L, porque
en aquellos años las calles tenían nombres de letras -como la calle Simón Bolívar era K- y, ahora,
es la calle Circunvalación.

       Y, luego, recuerdo tener que subir esas escaleras imposibles hasta llegar a su vivienda, que
es la idiosincrasia de este barrio de Betolaza, que son escaleras interminables que configuran su
santo y seña de este barrio que cuelga de las laderas del Arraiz y está situado en los altos de
Rekalde. Un barrio que, como se detalla en la moción, tiene unos problemas muy, muy particulares
y muy, muy concretos que seguramente sí que sean de distrito, pero tiene otros que son ya más de
ciudad. Son más ya de ciudad, ya que son problemas en los que entran, la rehabilitación o la
regeneración urbana: intentando urbanizar o intentando recuperar aquellos solares que, igual, no
cumplen con los requisitos necesarios, asfaltando aparcamientos o, incluso, buscando acuerdos en
aquellas calles que seguramente, o zonas, sean propiedad privada para animar a que se pueda
mejorar su urbanización.

      Es decir, que compartimos que se requiere un análisis concreto del barrio y unas medidas
concretas: unas en el distrito y otras a nivel más global, sobre todo, en el tema de la accesibilidad.
Es un barrio que no hay más que subir por ahí y ver que tiene unas cuestas prácticamente
imposibles. Y llegar al número 47 te obliga a zigzaguear en unas escaleras... que hay escaleras,
pero son escaleras de su tiempo y que, hoy en día, igual no cumplen toda la accesibilidad.

       Entonces, es importante buscar soluciones. No solamente está Betolaza. Hay otros barrios,


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por ejemplo, como es Arestizabala en Altamira que está pendiente de elaborar un plan de
accesibilidad. Aquí, habría que intentar hacer algo parecido con el fin de intentar, dentro de la
dificultad que ya tiene el barrio, mejorar en todo lo que se pueda. Esto no quiere decir que no se
hayan hecho cosas. De hecho, hay un par de ascensores que comunican, digamos, el llano con el
alto, que facilitan mucho la accesibilidad de los vecinos y su cercanía a Rekalde.

      También es cierto que tengo el tema de la movilidad. Aquí, se ha hablado que llevamos
esperando hace tiempo un estudio sobre la reorganización de las líneas de autobús. Acceder a los
números 32, 33 y 34 es necesario y es viable: hacer ahí una rotonda… Entonces, hay una serie de
acciones que entendemos que sí se pueden hacer.

       Es cierto, también, que se pide una serie de actuaciones que, igual, el Ayuntamiento no tiene
competencia porque se habla de la intervención en Betolaza, 20, que creo que es esta casa que es
de baja más uno, que es rosa, una casa pequeña, que tampoco manifiesta que tenga unos datos
de insalubridad como para de repente tener que requerirle al propietario… Es una casa que está
cerrada, que está vallada, que está tapada, pero sí que es cierto que hay algunas otras zonas que
sí, que carecen.

       Por lo tanto, el grupo municipal PARTIDO POPULAR entiende que Betolaza se merece una
reflexión. También se ha hablado de SURBISA, se ha hablado del Plan General, pero sí que
requiere una reflexión con el fin de poner a Betolaza en el mapa y que los vecinos, que en este
caso han propiciado la moción que aquí se presenta, intentar conseguir que se sientan más
bilbaínos de lo que ya se sentían. Gracias”.

      SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko, alkate jauna. El pasado sábado 18 de marzo, en la
manifestación organizada por la Plataforma Barrio Sur de Bilbao había unas cuantas pancartas que
decían: “Betolaza también paga impuestos. Betolaza también tiene derechos. Betolaza quiere
accesos a sus casas. El barrio de Betolaza es distrito 7. Betolaza unida”. Mensajes que desde el
grupo municipal ELKARREKIN PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK compartimos y
apoyamos, y al que el grupo municipal ELKARREKIN PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO
BERDEAK añadiría uno más: “Por supuesto, Betolaza es Bilbao”.

       En septiembre de 2019, en el primer Pleno municipal de este mandato aprobamos la
inclusión de Betolaza dentro del Plan General de Ordenación Urbana. Lo que significa que Betolaza
es un barrio de Bilbao de pleno derecho y, por tanto, debe ser atendido en igualdad de condiciones
que el resto de los barrios de Bilbao. Atención que los y las vecinas demandan. Ellos y ellas
hicieron su parte: pasaron las ITEs (Inspección Técnica de Edificios) de sus viviendas, decidieron
por unanimidad no derribar ninguna vivienda, sabiendo que ello iba a complicar resolver algunos
problemas de accesibilidad, pero no todos.

      Hay mucho que hacer en Betolaza y no solo en materia de accesibilidad, sino también de
rehabilitación y de ofrecer servicios y espacios públicos dignos. Betolaza, usando la terminología
que emplea SURBISA en estos momentos, es un área degradada, lo que significa que todos los
indicadores de vulnerabilidad están en niveles altos. Niveles altos en rehabilitación, en
vulnerabilidad sociodemográfica y socioeconómica, niveles de habitabilidad y de accesibilidad,
niveles altos de estabilidad estructural y niveles altos, también, en eficiencia energética. Es decir,
que Betolaza necesita una fuerte inversión.

     Sin ir más lejos, en el pasado Pleno municipal aprobamos ampliar los ámbitos de SURBISA a
Uretamendi y a Grupo de Casas de Betolaza, así se indicaba. Y, de hecho, según el informe de
SURBISA, voy a citar literal lo que dice el informe:

      “Uretamendi cuenta con 213 edificios, de los cuales 70 pertenecen al Grupo de Casas Barrio
Betolaza. Construcciones de baja densidad en ladera, con accesibilidad deficiente y mal
conservadas. 36 casas tipo corrala, 4 bloques de casa en hilera con un perfil edificatorio de planta
baja más una planta de piso, a las cuales se accede desde la calle y desde una galería corrida,


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proyectos importantes de envergadura y costosos.

        Es verdad, o sea, el grupo municipal EH BILDU está de acuerdo. Pero lo que sí, yo creo que,
amarra de alguna forma el Ayuntamiento es ese concepto de un proyecto de urbanización. En un
terreno que sí está consolidado. No estamos hablando de un nuevo sitio, de una oportunidad de
nueva residencia. No, no. ¿En ese terreno consolidado se puede o no se puede desarrollar un
proyecto de urbanización? Por eso, amarrábamos, en el primer punto, esa idea. Y después ya son
otro tipo de consideraciones. Eskerrik asko”.

       SR. RODRIGO: “Eskerrik asko, alkate jauna. Usted lo ha dicho, señor González Soreasu:
“falta de servicios de suelo urbano consolidado”. Eso no es estar en el siglo XXI. Yo, cuando he
dicho esa mención, no lo decía porque los vecinos no vivan en el siglo XXI, vecinos como
personas, sino que el entorno, igual, no tiene todas las condiciones, usted lo ha dicho, de los
servicios que te da el suelo urbano consolidado. Porque no lo tienen y, por eso, se elabora ese
proyecto y entiendo que, por eso, se trae aquí esta propuesta.

      Lo ha dicho la señora Viñales, también, que yo no lo he mencionado, pero tiene mucha
razón. Esos vecinos han estado fuera de ordenación desde el año 1995 con el Plan General.
Entonces, se han encontrado con unas viviendas que se habrán quedado en una situación
disconforme con el planeamiento que, seguramente, les habrán dificultado, incluso, llevar una serie
de actuaciones con su vivienda, salvo las estrictamente legales. Lo cual, también, va en su contra.
Aquí se habla de área degradada. También podría ser un área de las 3 erres. Según la ley de
rehabilitación, regeneración y renovación urbana del 2013, también entrarían en esa variable.

        Es cierto que es un entorno que es complicado, accesiblemente es muy difícil, por dónde
está y cuándo se hizo. Entonces, el grupo municipal PARTIDO POPULAR -y ahora me meto con la
moción del EQUIPO DE GOBIERNO- entiende que más allá de los temas puntuales que son de
distrito, que sí que es cierto que, a final, es un cauce en el cual los vecinos participan, pero el grupo
municipal PARTIDO POPULAR entiende que Betolaza por la deuda que se tiene y que arrastra de
sacarles o dejarles fuera de ordenación en el año 1995, lo que solo ha dificultado, el grupo
municipal PARTIDO POPULAR entiende que hay que tomar el barrio en un modo de proyecto,
proyecto ciudad y que se tomen las medidas oportunas para lo que le hemos dicho de
regeneración, renovación y rehabilitación urbana. Que no solamente se quede en los ámbitos de
regenerar las viviendas, sino, también, en un nivel de mejora urbana de la escena.

      Entonces, el grupo municipal entiende que es una deuda que se tiene con ellos y
entendemos que el próximo mandato, igual sería buen momento para devolver esa deuda que tiene
Bilbao con todos los barrios altos, como, en este caso, es Betolaza”.

      SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko, alkate jauna. Efectivamente, Betolaza, como todos los barrios
de Bilbao, tiene muchas virtudes, muchas cosas positivas, pero en estos momentos estamos
hablando de las problemáticas que tiene y, sobre todo, estamos pensando en buscar soluciones,
que es lo que se nos demanda.

       Efectivamente, yo en mi primera intervención hablaba de problemas de rehabilitación de
viviendas y de problemas de accesibilidad, pero es importante decir, por ejemplo, que Betolaza,
también, tiene un trozo de hormigón como escenario para fiestas. Es triste. ¡Suban a verlo! No
tienen un espacio de encuentro para las personas mayores. Tienen, eso sí, un porrón de bolardos.
Tienen un monte que se cae. Tienen varias torres de alta tensión que necesitan una revisión para
evitar que, algún día pase algún incendio porque salen chispas. Es decir, que Betolaza necesita
mucha atención.

       Y, por eso, el grupo municipal ELKARREKIN PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO
BERDEAK con la propuesta que plantea el EQUIPO DE GOBIERNO de llevar todos estos tipos de
diferentes cuestiones al Consejo de Distrito no le parece suficiente. Betolaza, haciendo un relato
completo de todas las necesidades que tiene, no tiene que ser el espacio y el marco el plan del


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Auzokide Plana o las obras que se trabajan en el Auzikide Plana o en los distritos.

       Betolaza necesita un plan integral de regeneración urbana del barrio desde todas sus
dimensiones y, por eso, el grupo municipal ELKARREKIN PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO
BERDEAK no va a apoyar, señor Abaunza, la propuesta que hace el EQUIPO DE GOBIERNO.
Porque entendemos que es otro debate que hemos tenido muchas veces que el Distrito y los
Consejos de Distrito son para lo que son y no dan respuesta a todas las necesidades que en estos
momentos tiene el barrio.
       Y, por cierto, ayer, justo ayer, casualidades de la vida, el señor Calderón nos envió un correo
electrónico a todas, informándonos de que, justo, en mayo se va a abrir esta oficina de
rehabilitación y se nos informó, también, que se va a enviar un folleto informativo a los vecinos y a
las vecinas de Betolaza. Y los vecinos y vecinas de Betolaza no necesitan folletos. Necesitan
inversión y necesitan un plan que dé respuesta a todas sus necesidades y el Consejo de Distrito no
es el espacio. Se queda corto, se queda insuficiente”.

      SR. CALDERÓN: “No tenía pensado intervenir, la verdad, pero, ya que hay tantas alusiones
a SURBISA, creo que conviene aclarar algunas cosas. Efectivamente, se ha informado ayer, a
través del Consejo de Distrito de que vamos a darles nuestro servicio a los ciudadanos de
Betolaza. Ese servicio se da porque los técnicos -esos que, a veces, le sirven a usted y otras veces
no le sirven, porque el otro día para Uribarri no le servían sus informes-, han dictaminado,
atendiendo a esas zonas de áreas degradadas, -que tampoco le gustan a usted, porque la ley tiene
muchos años, pero es la que tenemos y a la cual nos amoldamos- que tenemos que ir allí.

       Y vamos a ir allí y es de lo que se les informa en esos folletos para ponerles una oficina de
proximidad, para ayudarles en la conservación de su entorno, para el análisis y el acompañamiento
a las comunidades de vecinos en la toma de acuerdos, para detectar y corregir situaciones de
infravivienda o para fomentar intervenciones de naturalización en espacio. Todo eso se le informó,
también, a usted en el Consejo de Administración, donde lo aprobamos desde SURBISA y,
posteriormente, en los plenos de este Ayuntamiento.

      Entonces, vamos allí para ponerles esa oficina, para ayudarles a tramitar las ayudas. Las
ayudas que necesitan para modernizar esas viviendas, para rehabilitar esas viviendas. Entonces,
cuando dice usted que vamos allí y nos vamos a quedar cortos, que lo que necesitan es un plan de
regeneración urbana integral, ¿se ha leído lo que pasamos al Consejo de Administración, lo que
nos ha concedido el Gobierno Vasco, donde pone para fomentar la realización de un plan de
regeneración urbana integral? No parece que se lo haya leído, si está diciendo que no vamos a
eso. Y, efectivamente, vamos a atender a los 213 edificios, entre los cuales están los 70
pertenecientes a Betolaza. Muchas gracias”.

      SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko, Alkate jauna. Me quedo francamente sorprendido, sobre
todo, con la intervención de la señora Viñals, sobre todo, cuando en otros Plenos nos aporrea,
aquí, con la falta de participación ciudadana, el que no se les dé la voz a los vecinos y que los
vecinos y vecinas de Bilbao no participen en la definición de los proyectos.

      Y cuando decimos… yo he hecho un desgrane, además, de intervenciones muy concretas a
que nos hemos comprometido con los vecinos y vecinas, directamente con ellos, de ejecutar el
mandato que viene, pero que queremos hablarlo directamente con los vecinos en el marco que
tenemos de participación ciudadana, que son los Consejos de Distrito. Que usted me venga
diciendo que eso no sirve para nada y que los Consejos de Distrito son lo que son. No sé cuál es el
modelo de participación ciudadana del grupo municipal ELKARREKIN PODEMOS/EZKER ANITZA-
IU/EQUO BERDEAK. ¿En oscuros despachos como nos suelen decir en otras ocasiones? Pues,
no.

      El marco de participación ciudadana y de debate ciudadano en el que cualquier vecino o
vecina puede participar y debe participar son los Consejos de Distrito, que es lo que queremos
poner en valor. Y que es lo que hemos hecho, también, cuando hemos hecho otras intervenciones


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       Me sorprende, no obstante, que por parte de los vecinos se minusvaloren otras operaciones
millonarias que se han hecho en el distrito 7 y que al parecer no las consideran inversiones de
infraestructuras potentes. El soterramiento de FEVE de Irala-Basurto, más de 14 millones invertidos
en soterrar la trinchera ferroviaria de este barrio. Eso parece que no ha sido nada. Los 15 millones
que ha comprometido el Gobierno Vasco para el primer bloque de 84 viviendas del Peñascal, para
posibilitar la segunda fase de realojos del Peñascal, 15 millones que tampoco se valoran. Los 40
millones en los que está valorada la segunda fase del Peñascal, de los nuevos derribos que hemos
tenido ocasión recientemente de comentar con la aprobación del Plan Especial o todos los millones
invertidos en la operación de Iturrigorri-Gardeazabal, con el derribo de esas 96 viviendas, eso
tampoco se considera una inversión millonaria estratégica. Se cita aquí el Museo Guggenheim de
Urdaibai, pero todos estos millones parece que son calderilla o, ¡no sé! Que los hemos gastado…
¡no sé dónde!

     Lo que sí me sorprende es la postura de los grupos municipales PARTIDO POPULAR y
ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK, pero claro, ¡no se puede
quedar bien con todo el mundo!

      Al grupo municipal EH BILDU le tengo que reconocer cierta inteligencia en la defensa de hoy
porque no se ha mojado. No se ha mojado, ha guardado bien la ropa y no se ha mojado. Sin
embargo, los grupos municipales PARTIDO POPULAR y ELKARREKIN BILBAO-
PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK ya lo han dicho: “no, no, su planteamiento es el
trazado anterior”. Por lo tanto, tenemos que trasladar a los vecinos de los barrios del sur de
Lezeaga, Auntzetxeta y Zorroza que los Grupos Municipales PARTIDO POPULAR y ELKARREKIN
BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK prefieren desperdiciar esta oportunidad
y dejarles fuera de la red de metro. Que los vecinos del sur de estos barrios también lo sepan y que
sean conocedores también de esta cuestión.

       Nosotros apostamos por un servicio que sea lo más eficaz posible, nos hemos comprometido
ya a nivel presupuestario, como hemos dicho con esto y, por último, subrayar que no es cierto que
la línea 4 de metro tenga que estar supeditada a la ejecución de la estación del tren de alta
velocidad de Abando, por una sencilla razón, porque una de las complejidades que tiene
precisamente la estación de Abando es que tiene que posibilitar que los trenes de Renfe cercanías
y de FEVE puedan seguir llegando hasta Abando y, por lo tanto, si la línea de FEVE va a seguir
llegando hasta Abando, la línea 4 puede llegar perfectamente hasta Abando, con independencia de
cuándo se culminen las obras del tren de alta velocidad.

      Y, ya escuchar al grupo municipal PARTIDO POPULAR hablar del retraso del AVE cuando,
precisamente Mariano Rajoy prefirió conectar Galicia que conectar con Francia ¡manda narices!”.

      SR. ALCALDE: “Sr. Garcia, vamos a dejar los insultos, vamos a dejarlos. Sí, usted sabe
perfectamente lo que ha hecho, señor García, luego no pidamos….Lo he dicho hace un rato, vamos
a mantener el respeto. Vamos a intentar discutir, pero dentro de unos parámetros que sean
absolutamente normales”.

       SR. GARCÍA MARTÍNEZ: “Eskerrik asko alkate jauna. Al EQUIPO DE GOBIERNO: su grado
de compromiso con esta línea ha quedado claro en su propuesta, como ya lo hicieron en el Pleno
de este Ayuntamiento en octubre de 2016. En aquel entonces, la asociación vecinal de Irala
presentó una propuesta clara y concisa para que el Pleno de nuestro Ayuntamiento instase al
Consorcio de Transportes de Bizkaia a que priorizase la línea 4. Los grupos municipales EAJ-PNV y
SOCIALISTAS VASCOS dieron la espalda nuevamente a las demandas de sus convecinos,
sacaron adelante su propuesta que instaba al Consorcio de Transportes de Bizkaia a continuar
desarrollando la expansión del metro en el territorio histórico de Bizkaia, continuando lo que se
refiere a Bilbao, con los estudios y proyectos de la línea 4. Es decir, les interesa más lo que pasa en
Bizkaia que lo que afecta a barrios desfavorecidos de su propia ciudad.

        Ese es el motivo de que se vaya a hacer antes la línea 5 que la 4, y que más de 6 años


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mencionaba, de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco sigue
firmemente comprometido en hacer realidad la línea 4 lo antes posible y el último paso ha sido la
aprobación de la adjudicación de la licitación del servicio para la redacción del proyecto constructivo
de la línea 4 y zona sur, que estará finalizado en 15 meses, es decir, dentro de poco -más de un
año- conoceremos con detalle la forma definitiva de cómo será el trazado de esos 3 km de línea y
cómo serán las estaciones que acercarán y conectarán a los vecinos y vecinas de Rekalde e Irala
con el centro de Bilbao.

      Un proyecto que sí estará coordinado con el soterramiento de Abando y les recuerdo que
este soterramiento permitirá la llegada de la nueva línea de Alta Velocidad a Bilbao y que en las
últimas semanas también ha tenido importantes avances.

      Como sabe el Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana (MITMA) a licitar a través de ADIF el contrato para la redacción de estudios y
proyectos de la transformación de la estación de Abando, y, por otro lado, el Ayuntamiento ha
convocado un concurso de proyectos para dibujar el futuro urbanístico de Abando, una vez se
produzca el soterramiento de la estación.

      En definitiva, seguimos dando pasos, pasos importantes, y sobre todo hay implicación,
compromiso y recursos, para avanzar en el desarrollo de la línea 4, y en aquellos proyectos de
ciudad en los que este Ayuntamiento cree firmemente porque van a hacer más fácil la vida de las
vecinas y vecinos de Bilbao. Eskerrik asko”.

       SR. ABAUNZA: “Eskerrik asko. Subrayando y sumándome a la intervención de mi compañera
señora Abete, subrayar que el trabajo que está haciendo el Consejero Arriola, que entiendo que es
un muy buen trabajo, lo está haciendo en representación del Gobierno Vasco, que está conformado
por los dos partidos, por EAJ-PNV y por el Partido Socialista de Euskadi.

      Por otra parte, yo no he mezclado nada, estamos hablando de línea 4 y el estudio informativo
que ha estado sobre la mesa de línea 4 es aquel que no solamente sirve a Irala y a Rekalde, sino
también a los barrios que he mencionado: a Auntzetxeta, Lezeaga, Santa Ana, Santiago, Zorroza y
Zazpilanda. A todos ellos, porque lo que usted no dice, señora Viñals es, si se hace el trazado que
usted está planteando, ¿cómo se sirve con metro a los vecinos de Zorroza? Se les deja fuera.

       Es una oportunidad que tenemos, de dar más servicio con la red de Metroa más vecinos del
sur de Bilbao. Y es más, es que además viene acorde con el propio Libro Blanco del Transporte
público de la Federación de Asociaciones de vecinos de Bilbao, federación a la que pertenecen
parte de las asociaciones que se han presentado hoy aquí que dice en uno de sus artículos:
“Diseño de espacios intermodales urbanos de los diferentes medios de transporte. Se han de
diseñar espacios intermodales urbanos para que los usuarios puedan cambiar fácilmente entre los
diferentes operadores que ofrecen servicio de Bilbao, Bilbobus, Tranvía, Metro, Renfe cercanías,
FEVE y Bizkaibus”. En Abando hay más intermodalidad y más interconexión que en el espacio
donde se está planteando en Moyua.

      Y también se dice, en otro de sus párrafos, y cito literalmente: “Sobre los criterios generales
de actuación, en la mejora de desarrollo de actuaciones de infraestructuras de transporte público,
no se realizarán inversiones en nuevas infraestructuras allí donde existan infraestructuras no
saturadas, mal utilizadas o claramente mejorables. La mejora de esa infraestructura es anterior a la
creación de una nueva”.

       Eso lo decía la Federación de Asociaciones Vecinales. Yo lo suscribo, y es más, el proyecto
de línea 4 que está sobre la mesa se ciñe a esto, que es lo que los propios vecinos decían cuando
presentaron este Libro Blanco del Transporte”.

     SRA. GONZALEZ DIEZ-ANDINO: “Gracias señor alcalde. A mí me sorprende. Yo solo…, le
escucho, señor Abaunza, y usted insiste en que… antes ha dicho: “Recientemente se ha visto la


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2. La persona usuaria deberá estar provista, desde el inicio de su viaje, de un título válido de
transporte, que deberá obtener o validar al entrar en el autobús, y conservar durante la duración del
viaje. Está, también, obligada a ponerlo a disposición del personal de la empresa contratista o del
Ayuntamiento habilitado para ello, que pueden requerir su exhibición y comprobar su validez
durante todo el trayecto.

3. El título de transporte debidamente validado al entrar en el autobús posibilita la utilización de las
líneas de autobuses urbanos y en su caso del transbordo, durante un tiempo limitado.

4. El transbordo será gratuito, utilizando cualquier título de la tarjeta Barik o Gizatrans, cuando se
efectúe dentro de los 45 minutos siguientes al momento en que se ha efectuado la primera
cancelación. La utilización del “billete ordinario” no dará derecho al transbordo.

Se desestima la enmienda presentada, toda vez que el contenido de esta enmienda ya está
recogido en el artículo 8 del “Reglamento del servicio público de transporte urbano de viajeros y
viajeras por autobús en la Villa de Bilbao, “Bilbobus”, y bus turístico”.

ENMIENDA DE ADICIÓN

Se propone modificar el nuevo artículo 6 quedando redactado de la siguiente manera:

Artículo 6. Billete Social Bonificado, “Bilbotrans” y otros títulos.

1. Tendrán derecho al Billete Social Bonificado, “Bilbotrans”, siempre que residan en Bilbao:

          1.1. Las personas beneficiarias de la Renta de Garantía de Ingresos.
          1.2. Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.
          1.3. Las mujeres atendidas por el Servicio Municipal de Violencia de Género, en
          situaciones de máxima vulnerabilidad.

2. Tendrán también derecho al Billete Social Bonificado, “Bilbotrans”, siempre que residan en
Bilbao, que los ingresos de la unidad familiar no superen en 1,5 veces el salario mínimo
interprofesional y que no dispongan de más vivienda que la de su residencia habitual, ni de otros
bienes inmuebles susceptibles de producir un incremento de su renta o patrimonio:

          2.1. Gizatrans. Título de viaje bonificado para personas mayores de 65 años;
          personas con gran invalidez e invalidez absoluta; y personas con discapacidad igual
          o superior al 65%.
          2.2. Las personas pensionistas menores de 65 años, por motivo de jubilación, viudedad e
          invalidez, obligadas a no desarrollar actividad laboral.
          2.3. Las personas discapacitadas, cualquiera que sea su edad, con un grado de
          discapacidad superior al 33% e inferior al 65%.
          2.4. Las personas desempleadas de larga duración que así lo acrediten mediante su
          inscripción en el Servicio Público de Empleo Estatal o en Lanbide.
          A los efectos recogidos en los apartados anteriores no se tendrá en cuenta la propiedad de
          parcela de garaje o trastero, siempre que estos elementos se encuentren registralmente
          vinculados a la vivienda habitual. Tampoco se tendrán en cuenta dichos elementos si, aun
          no estando vinculados a la vivienda habitual, el valor catastral asignado al bien, o a la parte
          alícuota que en este corresponda al solicitante no supere los 10.000 euros.




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Se desestima la enmienda presentada, toda vez que una medida de este calado debe adoptarse,
de común acuerdo, por todos los operadores del transporte, en el seno del organismos u
organismos en los que aquellos están representados.

ENMIENDA DE MODIFICACIÓN.

2. Modificar el Artículo 6. Billete Social Bonificado, “Bilbotrans” y otros títulos.

Donde dice:

Artículo 6. Billete Social Bonificado, “Bilbotrans” y otros títulos.

Que diga:

Artículo 6. Billete Social Bonificado, “Bilbotrans”, “Gizatrans” y otros títulos.

Se estima la enmienda presentada y, en consecuencia, se incorporará al proyecto.

ENMIENDA DE MODIFICACIÓN

3. Modificar el Artículo 6.2.

Donde dice:

2. Tendrán también derecho al Billete Social Bonificado, “Bilbotrans”, siempre que residan en
Bilbao; que los ingresos de la unidad familiar no superen en 1,5 el salario mínimo interprofesional y
que no dispongan de más vivienda que la de su residencia habitual, ni de otros bienes inmuebles
susceptibles de producir incremento de su renta y patrimonio.

Que diga:

2. Tendrán también derecho al Billete Social Bonificado, “Bilbotrans” y “Gizatrans” siempre que
residan en Bilbao; que los ingresos de la unidad familiar no superen en 1,5 el salario mínimo
interprofesional y que no dispongan de más vivienda que la de su residencia habitual, ni de otros
bienes inmuebles susceptibles de producir incremento de su renta y patrimonio.

Se desestima la enmienda presentada; toda vez que “Gizatrans” es un título consorciado, y es, por
tanto, el Consorcio de Transportes de Bizkaia el que, a través de su Ordenanza, regula las
condiciones de utilización de dicho título.

ENMIENDA DE ADICIÓN.

4. Añadir el Artículo 6.5

Que diga:

5. Las personas integrantes de las unidades familiares monoparentales, entendida esta por aquella
que está formada por un padre, madre o tutor o tutora legal y uno o más menores de veintiún
años, o de veintiséis si estudian, que conviven con una sola persona y dependen económicamente
de esta, cuyos ingresos no superen, 1,75 veces el salario mínimo interprofesional y que no
dispongan de más vivienda que la de su residencia habitual, ni de otros bienes inmuebles
susceptibles de producir incremento de su renta y patrimonio.

Se desestima la enmienda presentada, al entender que medidas de bonificación en los medios de
transporte han de tener en cuenta la situación de vulnerabilidad de las personas y colectivos a las
que van dirigidas, más que la estructura familiar.


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SEXTO. Publíquese este acuerdo en el Boletín Oficial de Bizkaia y en la página web municipal, a
los efectos señalados en su apartado tercero”.




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                 Hiri Berroneratzea                              Regeneración Urbana

10. PROPOSAMENA, Bilboko Udalaren                     10. PROPUESTA de aprobación por el
    Osoko Bilkurak, Surbisako Akziodunen                  Pleno del Ayuntamiento de Bilbao,
    Batzar Nagusi gisa, Uretamendi-                       como Junta General de Accionistas de
    Betolaza    auzoaren      hiri-birgaitze              Surbisa, de ampliación del ámbito de
    integral, iraunkor    eta   inklusiboa                intervención de la Sociedad Municipal
    kudeatzeko udal-sozietatearen esku-                   para gestionar la rehabilitación urbana
    hartze       eremua         handitzeko                integral, sostenible e inclusiva del
    proposamena.                                          barrio de Uretamendi-Betolaza.


      Espedientean dagoen txostenak honako                  El tenor literal del informe obrante en el
hau dio, hitzez hitz:                                 expediente es el siguiente:

«SURBISA,        Bilboko    Berregokipenerako         “SURBISA, como Sociedad Urbanística de
Hirigintza Elkartea, Eusko Jaurlaritzak eremu         Rehabilitación de Bilbao creada al amparo del
zaurgarriei lagundu eta eraikuntza, etxebizitza       Decreto de Gobierno Vasco sobre actuaciones
eta lokalak birgaitzeko beharrizana dunenei           protegidas de rehabilitación patrimonial
Hiri Birgaikuntza sustatu, prozesu horretan           urbanizado y edificado para la incentivación,
lagundu eta haien ondoan izateko, hiritartu eta       apoyo y acompañamiento en el proceso de
eraikitako ondarea birgaitzeko jarduera               Rehabilitación     Urbana     de     las   zonas
babestuei buruzko Dekretuaren babesean                vulnerables y con necesidad de rehabilitar la
sortu zen. Gauzak horrela, Surbisaren                 edificación, vivienda y locales, tiene por objeto
sozietate-xedea da (bere Estatutuen 2.                social (artículo 2º de sus Estatutos) el
artikulua) udal lurralde osoan hirigintza             desarrollo de las actividades de rehabilitación
jarduerak garatzea; hala ere, edukia eta              urbanística en todo el territorio municipal, si
kudeatzekoak diren eremu zehatzak zein                bien el contenido y zonas concretas a
izango diren unean-unean erabakiko du                 gestionar será decidido en cada momento por
Elkartearen Batzorde Orokorrak, hots, Udal            la Junta General de la Sociedad, es decir, por
Osoko Bilkurak.                                       el Pleno municipal.

Surbisaren Administrazio Kontseiluak, 2022ko          El Consejo de Administración de Surbisa en
azaroaren 15ean, SURBISAk bere esku-hartze            fecha 15.11.2022, acordó elevar al Pleno
eremua zabaldu eta Uretamendi-Betolaza                municipal, como Junta General de accionistas
auzoa ere bertan sartzeko proposamena Udal            de la Sociedad, propuesta al objeto de que
Osoko      Bilkuran,   Elkarteko  akziodunen          SURBISA amplíe su ámbito de intervención al
Batzorde Orokorra den aldetik, aurkeztea              barrio de Uretamendi-Betolaza para incentivar
erabaki zuen, Hiri Berroneratze integral,             y facilitar el proceso de Regeneración Urbana
jasangarri eta inklusiborako prozesua sustatu         integral, sostenible e inclusiva.
eta errazteko.

SURBISAk 2012an Bilbon Hiri Birgaikuntza              SURBISA EN 2012 redactó el Estudio de
beharrizana    zuten    Eremu     Lehenetsien         Zonas Preferentes con necesidad de
Azterketa idatzi zuen. Horren oinarrian, hirian       Rehabilitación Urbana en Bilbao, el cual parte
50 urte baino gehiago zituzten, birgaitzeko           de un trabajo de campo sobre los edificios de



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       SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko, Alkate jauna. Lo primero, decir que desde el Grupo Municipal
ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK vamos a apoyar la
ampliación de los ámbitos de intervención de SURBISA a los barrios de Uretamendi y Betolaza
para la gestión de la rehabilitación urbana integral. Si nos vamos y analizamos la sección 37, por
ejemplo, del Inventario de Vulnerabilidad Urbana de Euskadi, se puede comprobar que el índice de
vulnerabilidad de esta área es alto y que los datos lo corroboran. Y, por tanto, vamos a votar a
favor.

       En cuanto a la ampliación a los barrios de Uribarri, Matiko, Zurbaran y Arabella, como es
lógico, el cuadro donde va a tener que actuar SURBISA va creciendo. Ya tuvimos el debate en el
anterior Pleno. Sin embargo, en esta ocasión con el planteamiento de ampliar a los barrios de
Uribarri, Matiko, Zurbaran y Arabella. Desde el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-
PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK discrepamos en relación a los criterios que se
van a seguir para la gestión de la rehabilitación urbana en estos barrios porque se van a hacer sin
tener en cuenta la necesidad de todos los vecinos y vecinas de los barrios.

      Se va a utilizar el criterio de nivel de renta de cada sección censal como elemento
fundamental para definir si cada área es vulnerable o no. Y el problema es que, si nos vamos al
Inventario de Vulnerabilidad Urbana, todas las áreas, excepto las secciones 3 y 25, son
vulnerables. Son vulnerables en grado muy alto o alto. Es decir, que si se utiliza el criterio de renta
a nivel de sección censal implica que va a haber viviendas y edificios en situación de alta
vulnerabilidad que se van a quedar fuera de la intervención.

      Y el resultado de la propuesta que hoy se nos plantea para el Grupo Municipal ELKARREKIN
BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK es contradictorio porque se definen 8
secciones censales como no vulnerables, cuando, en realidad, según el Inventario de
Vulnerabilidad Urbana de Euskadi en aspectos socioeconómicos de habitabilidad de las viviendas,
de accesibilidad o deficiencia energética presentan una muy alta o alta vulnerable urbana.

       ¿Esto qué va a provocar? Que vecinos y vecinas de estas secciones censales no van a
poder acceder a determinados servicios de SURBISA por el hecho de vivir en una determinada
sección censal, aunque sus edificios y sus viviendas presenten problemáticas que son objeto de
rehabilitación. Porque una cosa es asesorar, que sabemos que se van a asesorar a todos los
vecinos y vecinas de Uribarri, Matiko, Zurbaran y Arabella, y otra cosa es ayudar a tramitar vía
oficina única, que eso no se va a hacer. Solo se va a hacer en las altas que se consideran
vulnerables.

      Por lo tanto, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-
IU/EQUO BERDEAK cree que la atención debería ser en función de la problemática concreta de
cada vivienda o edificio. Es decir, igual atención a igual vulnerabilidad. Otra cosa son las ayudas,
que, efectivamente, las ayudas habrá que darlas en función de la renta.

       Entonces, señor Calderón, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER
ANITZA-IU/EQUO BERDEAK le plantea una propuesta en este Pleno que es extender el ámbito de
intervención de SURBISA a todas las viviendas y edificios de una sección censal correspondiente a
Uribarri y Matiko. Es decir, ampliarlo, que llegue a todos y a todas. Y que esa ventanilla única, esa
ayuda para tramitar las ayudas del Gobierno vasco también se ofrezca a todos los vecinos y
vecinas cuyas viviendas o edificios necesiten esa ayuda para la gestión.

      Y somos conscientes de que las comparaciones son odiosas, pero encima, aprovechando
que el debate se va a dar conjunto porque es un debate de calado importante, se va aprobar que
Uretamendi y Betolaza se intervenga en esos ámbitos cuando, por ejemplo, la sección 37 de
Uretamendi, según el índice de vulnerabilidad, tiene una necesidad de rehabilitación de 80,8
puntos. Es decir, una necesidad de rehabilitación alta. Sin embargo, ahora se nos plantea definir
como no vulnerables la sección 18 de Matiko que tiene un valor más alto de 81,27, o la sección 24


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casas organizadas en hilera de planta baja más dos, servidas por una galería común, y el resto son
mayoritariamente edificios organizados en grupos homogéneos de parecida edad constructiva e
igualmente con necesidades claras de conservación y accesibilidad. Y todas ellas sin aislamiento
térmico.

       Por otra parte, en los barrios de Uribarri-Matiko y Zurbaran-Arabella se encuentran
determinadas secciones censales y grupos homogéneos de edificios, en un total de 640, de
diferente tipología constructiva, puesto que los tenemos de madera, de hormigón, grupos
homogéneos y edificios en manzana con necesidad de rehabilitar y necesidad de dotarles de
accesibilidad, por carecer en muchos de ellos de ascensor.

       En ambos casos, la población residente presenta indicadores de vulnerabilidad, como son de
nivel de renta familiar, de tasa de paro, de tasa de ocupación, de nivel de dependencia, de edad de
la población, que han sido identificados en los estudios previos que desde SURBISA se han
realizado en esos barrios.

       Los estudios, señora Viñals, no incluyen solo los indicadores económicos. Le vuelvo a
repetir, aparte de renta familiar: tasa de paro, tasa de ocupación, nivel de dependencia y edad de la
población, que, además, son los indicadores que marca el Gobierno vasco para poder definir áreas
degradadas. En concreto, en la zona de Uribarri son 76 edificios, 969 viviendas las que cumplen
esos requisitos.

       Además, en las zonas que cumplen los requisitos del Gobierno vasco se propondrá su
declaración de rehabilitación protegida para que puedan beneficiarse de mayores ayudas
económicas autonómicas, que SURBISA tramita como ventanilla única. Va a tramitar como
ventanilla única en Uribarri las ayudas para las 10 774 viviendas, no solo para esos 76 edificios,
sino para los 217 edificios catalogados como vulnerables y para el resto de edificios. Total, como le
digo, 10 774 viviendas, no solo esas.

      Por eso, proponemos extender las ayudas económicas y el resto de servicios de apoyo de
SURBISA a las nuevas zonas ampliadas correspondientes a esos 76 edificios de Uribarri-Matiko,
declaradas área degradada, y a los grupos edificatorios identificados en Arabella y Zurbaranbarri.
Si bien a las secciones censales vulnerables de Uribarri y Matiko se les reconocerá solo la línea
cero de ayudas económicas de SURBISA, pero todos entrarán dentro de la gestión de SURBISA. Y
extender, también, las ayudas y servicios a los 219 edificios de Uretamendi-Betolaza, instalando allí
una oficina técnica de apoyo. Mila esker”.

       SRA. VIÑALS: “Señor Calderón, por un lado, se constatan dos cosas, y es que las áreas de
intervención de SURBISA van a crecer, sí o sí. Hoy de las ocho en las que ya se actúa, porque
compartimos que SURBISA ahora, en estos momentos, actúa sobre ocho áreas; ahora va a actuar
también en Uretamendi, en Betolaza y en Uribarri, Arabella y Matiko. Es decir, ese cuadro va a
seguir creciendo, no porque tengamos más áreas degradadas en Bilbao, sino porque Bilbao
necesita rehabilitación de sus viviendas y de sus edificios. Por eso, lo planteábamos así en el
anterior Pleno, que SURBISA debe actuar en todo Bilbao. Eso, por un lado.

       Por otro lado, en cuanto al planteamiento y a la propuesta que se nos hace en relación a los
barrios de Uribarri-Matiko, Zurbaran y Arabella, el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-
PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK se va a abstener, insisto, porque el criterio que
se va a utilizar para llegar a unas viviendas, a unos edificios y a unos vecinos y a otros, que es el
nivel de renta, no lo compartimos porque no responde al nivel de vulnerabilidad de los edificios y de
las viviendas que tienen muchos vecinos.

       Por ejemplo, en las secciones censales que superen los 30.018 € no se va a actuar. En esas
secciones no se va a actuar porque el nivel de renta es superior y no cumple ese criterio, aunque
haya edificios con necesidades de rehabilitación. Por ejemplo, en la sección 3 hay un 52% de
viviendas con un estado de conservación de fachadas regular y un 8%, mal. Pero no se va a


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actuar. ¿Por qué? Porque no cumple el criterio de renta.

        ¿Qué pasa si hay un edificio en el que hay personas que tienen bajos ingresos, pero que sus
edificios caen en secciones censales donde coinciden con otros de rentas más altas y la media
sale por encima de los 30.018 €? Pues, que tampoco van a entrar y van a ser atendidos. Y eso es
lo que se nos está planteando hacer y con lo que el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-
PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK no está de acuerdo, porque no va a atender a
todos los vecinos y vecinas de la zona”.

       GÓNZALEZ SOREASU JN.: «Eskerrik asko. Nik ala eta guztiz ere ELKARREKIN BILBAO-
PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK Udal Taldeari proposatzen diot hurrengo
Administrazio Kontseilura eraman dezala hedapen horren eskaera. Eta bigarren aldiz eskatu nahi
diot zinegotzi arduradunari, hau Batzar Nagusia denez, nahi badu, azal dezala ea benetan non
erabakitzen diren gauzak eta noren ekimenez. Eskerrik asko».

       SR. CALDERÓN: “Efectivamente, traemos aquí lo que ha dispuesto el Consejo de
Administración de SURBISA, que lo traemos a este Pleno, que es el soberano para para tomar las
decisiones.

       Lo que queremos desde el Área de Regeneración Urbana es que las personas propietarias
de las viviendas de esos barrios y las comunidades vecinales puedan acceder al asesoramiento,
acompañamiento y ayudas que pone a su disposición SURBISA para los vecinos y vecinas
residentes en sus áreas de intervención. Que SURBISA incentive y facilite el proceso de
regeneración urbana. Y si su área de intervención va a ser toda, van a ser las 10.774 viviendas, por
mucho que se empeñe en que no lo van a ser, señora Viñals. Que se dé luz verde a la propuesta
de ampliación del marco geográfico de actuación de la Sociedad para que pueda, como digo,
incentivar y facilitar a las personas residentes en esas zonas un proceso de regeneración urbana
integral, sostenible e inclusivo de sus edificios, viviendas y locales.

      Un proceso que se da en esas áreas concretas porque esa delimitación concreta de nuevas
áreas viene determinada por las condiciones que establece el Gobierno vasco para poder declarar
una zona de atención especial y, fruto de los estudios realizados por SURBISA, las zonas que
cumplen los requisitos son las que traemos a su aprobación. Muchas gracias”.

       SR. RODRIGO: “Sí, es que quería escuchar un poco lo que decía el señor Calderon y yo me
imagino que a todos nos gustaría que se pudieran rehabilitar todas aquellas viviendas de más de
cincuenta años de la Villa. Yo creo que en eso estaríamos todos de acuerdo, pero aquí hablamos
de un tema muy concreto, un ámbito muy concreto, y SURBISA que tiene unas competencias muy
concretas, las cuales, como bien ha dicho el señor Calderón, muchas son criterios que son del
Gobierno Vasco, que fija unos niveles de renta que tienen que ser inferiores al 80% de la media de
Bizkaia, fija una tasa de paro, fija unas necesidades de urbanización y también que el importe de
las obras de rehabilitación reúna unas condiciones mínimas de habitabilidad que superen el 25%
de la edificación, excluido el valor de los terrenos.

       Es decir, una serie de requisitos que nos pueden gustar más o menos, pero que entendemos
que allá donde se debe llevar la discusión es al Gobierno Vasco. Y nos llama la atención que ahora
mismo el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO
BERDEAK discuta un poco los niveles de renta cuando en el mismo Consejo de SURBISA en su
día, con la propuesta inicial de Bilbao Aurrera, lo que pedía el Grupo Municipal ELKARREKIN
BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK era que se limitasen por el nivel de
renta las ayudas que luego tanto éxito han tenido de rehabilitación de viviendas y de accesibilidad.
Que luego, ya en el segundo Bilbao Aurrera conseguimos ampliarlo a toda la ciudad.

      Y estando de acuerdo de que todo lo que sea rehabilitar nuestro patrimonio inmobiliario, el
de todos los bilbaínos, es positivo, pero el Grupo Municipal PARTIDO POPULAR entiende que aquí
lo que se trae es algo muy, muy concreto, con unos requisitos muy, muy concretos y, luego ya, otra


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cosa será en un futuro. Igual de ese estudio que hemos dicho que era del 2011 y que recoge
setenta áreas y veinte, especialmente degradadas, que se pueda revisar, ampliar o, incluso
proponer la variación de los criterios. Pero entendemos que eso es un debate que, siendo
importante, se tiene que trasladar al Gobierno vasco”.

      SRA. VIÑALS: “Eskerrik asko, alkate jauna. Señor Calderon, es que usted mezcla. Una cosa
es asesorar a los vecinos y a las vecinas, es decir, apoyo del equipo técnico, jurídico y social -
propuesta de intervención de SURBISA al distrito 2-, a todos. Y otra cosa es la ventanilla única
para tramitación de ayudas del Gobierno Vasco, que solo se va a atender a los 76 edificios de
Uribarri y Matiko. Área degradada, lo dice su propuesta. Son los datos, están aquí.

      Una cosa es asesorar y dar apoyo técnico, otra es ayudar a gestionar las ayudas con el
Gobierno vasco, y otra cosa es el tema de las ayudas, que el Grupo Municipal ELKARREKIN
BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO BERDEAK ahí sí que dice que las ayudas se den
en función de la renta, de eso estamos hablando. Son tres cosas totalmente diferentes.

      Y de lo que estamos hablando es que con un índice de 80,8 puntos en estos momentos se
va a declarar Uretamendi como una zona de necesidad de rehabilitación. Y, efectivamente, el
índice dice que necesitan de rehabilitación. Pero también se va a desestimar la sección 18 de
Matiko y la sección 24 de Uribarri, con índices más altos y se consideran no vulnerables. ¿Por qué?
Porque esas secciones censales superan el nivel de renta. Eso es incoherente.

       Y le digo una cuestión más. El decreto 317 del Gobierno vasco, que tiene ya 20 años y que
regula las áreas degradadas, va a pasar a mejor vida, señor Calderón. Se va a adaptar a la ley de
vivienda. ¿Y qué va a pasar? Que esas áreas degradadas ya van a avanzar hacia áreas de
regeneración urbana integral. En esos términos son en los que tenemos que hablar.

      Por eso el Grupo Municipal ELKARREKIN BILBAO-PODEMOS/EZKER ANITZA-IU/EQUO
BERDEAK en el anterior Pleno municipal planteaba que SURBISA debe atender a todo Bilbao.
¿Por qué? Porque, dado que el parque de viviendas y edificios que tiene Bilbao es muy antiguo,
necesitamos regenerar todas las viviendas y edificios que lo necesiten. Y, evidentemente, no
tendremos ningún problema de plantear esta propuesta en el Consejo de SURBISA. Yo misma hice
preguntas en el anterior Consejo al respecto y planteé, ya, mis dudas. Y, por eso, en el caso de
Uribarri, Matiko y Arabella nos vamos a abstener porque los criterios que se están utilizando no los
compartimos porque no son coherentes con los datos. Nada más”.

      SR. CALDERÓN: “Pide la señora Viñals nuevamente que actuemos en toda la ciudad. En
rehabilitación, ya actuamos en toda la ciudad con los fondos Next Generation. Vamos a atender en
ventanilla única a todos los vecinos de Uribarri, pero, desde luego, al que no le corresponden las
ayudas no se las vamos a gestionar porque no le corresponden. Y los criterios de a quién le
corresponden o no, los marcan las zonas degradadas que las establece el Gobierno vasco. Y si el
Gobierno vasco cambia los criterios, nos adaptaremos a esos criterios. De la misma manera que
ahora crecemos, pero porque consideramos que hemos terminado nuestra labor en otros sitios. Así
que nos seguiremos adaptando si los tiempos cambian”.

                                                 -
      Bozketa egiten da aurkeztutako erabaki-              Se procede a la votación del proyecto
proposamenari buruz, eta hau da emandako             de acuerdo, siendo el cómputo de los
botoen zenbaketaren emaitza:                         sufragios emitidos el siguiente:

       Emandako botoak: 29                                 Votos emitidos: 29

      Baiezko    botoak:    29     jaun/andre:             Votos afirmativos: 29 señoras/señores:
González Díez-Andino, García, Rodrigo,               González Díez-Andino, García, Rodrigo,
Viñals, Jiménez, Muñoz, Goirizelaia, González        Viñals, Jiménez, Muñoz, Goirizelaia, González
Soreasu, Fatuarte, Zubizarreta Unanue, Díez,         Soreasu, Fatuarte, Zubizarreta Unanue, Díez,


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Bilbao, Abete, Calderón, Pérez, Alkatea,              Bilbao, Abete, Calderón, Pérez, Alcalde,
Abaunza, Arregi, Ibarretxe, Urtasun, Olabarria,       Abaunza, Arregi, Ibarretxe, Urtasun, Olabarria,
Ajuria, Agirregoitia, Odriozola, Otxandiano,          Ajuria, Agirregoitia, Odriozola, Otxandiano,
Alonso, Narbaiza, Erroteta eta Zubizarreta            Alonso, Narbaiza, Erroteta y Zubizarreta
Agirrezabal.                                          Agirrezabal.

       Dagokion Batzordearen aldeko irizpena                De acuerdo con el Informe-Propuesta
jaso     duen    Hiri   Berroneratze   Sailak         presentado por el Área de Regeneración
aurkeztutako Txosten-erabaki proposamena              Urbana, que fue dictaminado favorablemente
oinarritzat hartuta, zeinak funtsatzen baitu          por la Comisión correspondiente, y que
erabaki hau, eta bat etorriz indarrean den            fundamenta el presente acuerdo, de
legediarekin, Udalbatzak, aho batez, honako           conformidad con la legislación vigente, el
hau erabaki du:                                       Excmo. Ayuntamiento Pleno, por unanimidad,
                                                      acuerda:

«Bilboko   Udal Osoko Bilkurak, Bilboko               “El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao,
Berregokipenerako Hirigintza Elkartea SAko            como Junta General de Accionistas de Bilboko
(SURBISA) Akziodunen Batzorde Orokorra                Berregokipenerako Hirigintza Elkartea SA,
den aldetik, udal elkartearen esku-hartze             Sociedad Urbanística de Rehabilitación de
eremua zabaltzeko proposamena ONESTEA                 Bilbao S.A. (SURBISA), acuerda APROBAR la
erabaki du, Uretamendi-Betolaza auzoaren Hiri         ampliación del ámbito de intervención de la
Birgaikuntza    integrala, jasangarria   eta          sociedad municipal para que gestiona la
inklusiboa kudea dezan, Eusko Jaurlaritzak            Rehabilitación Urbana integral, sostenible e
area degradatu izendatutakoaren mugak                 inclusiva del barrio de Uretamendi-Betolaza
kontuan hartuta.»                                     con la delimitación que sea declarada área
                                                      degradada por el Gobierno Vasco.”


                                                  -
11. PROPOSAMENA, Bilboko Udalaren                     11. PROPUESTA de aprobación por el
    Osoko Bilkurak, Surbisako Akziodunen                  Pleno del Ayuntamiento de Bilbao,
    Batzar Nagusi gisa, Udal Sozietatearen                como Junta General de Accionistas de
    esku-hartze      eremua      handitzeko               Surbisa, de ampliación del ámbito de
    onespen-proposamena,           Uribarri,              intervención de la Sociedad Municipal
    Matiko eta Zurbaran-Arabella auzoetan                 para gestionar la rehabilitación urbana
    birgaitzeko beharra duten zentsu-                     integral, sostenible e inclusiva de las
    sekzioen      hiri-birgaitze   integral,              secciones censales vulnerables y con
    iraunkor eta inklusiboa kudeatzeko.                   necesidad de rehabilitación en los
                                                          barrios de Uribarri, Matiko y Zurbaran-
                                                          Arabella.

      Espedientean dagoen txostenak honako                  El tenor literal del informe obrante en el
hau dio, hitzez hitz:                                 expediente es el siguiente:

«SURBISA,        Bilboko    Berregokipenerako         “SURBISA, como Sociedad Urbanística de
Hirigintza Elkartea, Eusko Jaurlaritzak eremu         Rehabilitación de Bilbao creada al amparo del
zaurgarriei lagundu eta eraikuntza, etxebizitza       Decreto de Gobierno Vasco sobre actuaciones
eta lokalak birgaitzeko beharrizana dunenei           protegidas de rehabilitación patrimonial
Hiri Birgaikuntza sustatu, prozesu horretan           urbanizado y edificado para la incentivación,
lagundu eta haien ondoan izateko, hiritartu eta       apoyo y acompañamiento en el proceso de
eraikitako ondarea birgaitzeko jarduera               Rehabilitación     Urbana     de     las   zonas
babestuei buruzko Dekretuaren babesean                vulnerables y con necesidad de rehabilitar la
sortu zen. Gauzak horrela, Surbisaren                 edificación, vivienda y locales, tiene por objeto
sozietate-xedea da (bere Estatutuen 2.                social (artículo 2º de sus Estatutos) el
artikulua) udal lurralde osoan hirigintza             desarrollo de las actividades de rehabilitación
jarduerak garatzea; hala ere, edukia eta              urbanística en todo el territorio municipal, si


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      En este supuesto, nos encontramos con un error patente y manifiesto que ha salido a la luz,
al contrastar la información del levantamiento topográfico municipal con la información del
Departamento de Minas del Gobierno Vasco.
             B - PATRIMONIO URBANÍSTICO Y ARQUEOLÓGICO:
                          El Plano IV.1.2-CATALOGO DE EDIFICIOS-DEUSTO, identifica la barriada
            correspondiente a las viviendas de “Lagunetxea 1-40”, con el Código ED-D1-344. Este
            mismo Código está recogido en el Plano IV.4 CATALOGO_CIA+CH. Sin embargo, según
            el Inventario, las citadas viviendas constituyen un “Conjunto Urbano Homogéneo”,
            identificado con el Código ED-D1-344-CH.
                   En consecuencia, se propone corregir el “Plano IV.1.2-CATALOGO DE EDIFICIOS-
            DEUSTO”, y el “Plano IV.1.4.CATALOGO_CIA+CH” para añadir al Código identificativo
            de la barriada, la nomenclatura “CH” identificativa de los conjuntos urbanos homogéneos
            (ED-D1-344-CH).
                  El Plano IV.1.2-CATALOGO DE EDIFICIOS-DEUSTO, incorpora como bien
            cultural de interés local (C), el edificio sito en la C/Ribera de Zorrotzaurre 45 (Ámbito
            DE.07).
                 Conforme al PGOU, en el Ámbito DE.07.ZORROTZAURRE se consolidan las
            previsiones del PEOU del Área Mixta de Zorrotzaurre. En consecuencia, los bienes
            culturales objeto de protección, se corresponden con los de terminados en el citado
            PEOU.
                  Por tanto, se propone eliminar del “Plano IV.1.2-CATALOGO DE EDIFICIOS-
            DEUSTO”, la mancha identificativa del bien cultural asignada al edificio sito en la C/Ribera
            de Zorrotzaurre 45, al constar ya como bien protegido en el PEOU del Zorrotzaurre.



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                  El Plano IV.1.3-CATALOGO DE EDIFICIOS-URIBARRI, identifica las dos
           edificaciones de la estación del funicular de Artxanda con Códigos distintos, ED-C-145
           para el edificio situado en la Plaza del Funicular, y ED-C-140 para el edificio situado en
           Artxanda. Por otro lado, el Inventario asigna a dicho bien el Código ED-D2-145,
           especificando que dicho Código identifica tanto al edificio situado abajo, como al situado
           arriba.
                  Por tanto, y conforme al Inventario, se corrige el “Plano IV.1.3-CATALOGO DE
           EDIFICIOS-URIBARRI” del PGOU, para identificar la edificación vinculada a la estación
           del funicular de Artxanda situada en la parte de arriba, con el Códigos ED-C-145.
                  El Plano IV.1.9-CATALOGO DE EDIFICIOS-BASURTO/ZORROTZA, identifica el
           edificio industrial situado en la Carretera Zorrotza-Kastrexana nº42 con el Código ED-D2-
           018. Sin embargo, el Inventario identifica este bien con el Código ED-D2-17.
                Resultando que el Código ED-D2-018 no forma parte en el Inventario, se propone
           corregir el “Plano IV.1.9-CATALOGO DE EDIFICIOS-BASURTO-ZORROTZA” del PGOU,
           para identificar, el edificio industrial situado en la Carretera Zorrotza-Kastrexana nº42 con
           el Código ED-D2-17.
                El Plano IV.5-CATALOGO DE OTROS ELEMENTOS, identifica la baliza roja
         situada en la Ribera de Elorrieta con el Código EL-056. Por otro lado, el Inventario identifica
         dicho bien con el Código EL-064, reservando el Codigo EL-056 para el Cargadero 1 situado
         en el Muelle de Olabeaga.
                En consecuencia, se ha de corregir el “Plano IV.5-CATALOGO DE OTROS
         ELEMENTOS” del PGOU, para identificar la baliza roja situada en la Ribera de Elorrieta
         con el Código EL-064, tal y como aparece recogida en el Inventario.
                El plano IV.6 Catálogo Arqueología identifica la zona de presunción arqueológica
         de los Astilleros de Zorrotza con el Código ARQ-P-10, sin embargo, dicho bien está
         recogido en el Inventario con el Código ARQ-P-11.
               El código ARQ-P-10 se corresponde, tanto en el Inventario como en el Plano, con la
         zona de presunción arqueológica de la Basílica de Begoña, estando por tanto repetido este
         código en el plano en dos elementos.
                En conclusión, se propone corregir el PlanoIV.6 del PGOU para identificar los
         Astilleros de Zorrotza con el Código ARQ-P-11, tal y como consta en el Inventario.
         Todos estos errores son claramente errores en la numeración y código recogidos en el
         inventario, que no son más que correcciones de transcripción que no suponen ninguna
         alteración en el régimen jurídico de los mismos.
         C - EDIFICACIONES EN EL COLEGIO ALEMÁN:
                 El Plano IV.1.4.Proteccion del Patrimonio edificado (Otxarkoaga-Txurdinaga),
         incluye el conjunto de edificios del Colegio Alemán, dentro del Nivel de Protección Local C,
         incorporando seis edificaciones. Sin embargo, dos de los edificios incluidos dentro del
         conjunto sujeto a protección, han sido derribados recientemente:
                 • Edificio 1: Vivienda del conserje y cocheras, derribado al amparo de la licencia
         tramitada en el expediente de signatura municipal 2020-044514.
                 • Edificio 2: Viviendas de los profesores, derribado al amparo de la licencia
         tramitada en el expediente de signatura municipal 2012-021270.
                  El derribo del “Edificio 1” no consta reflejado en el Plano Topográfico municipal, y el
         “Edificio 2” ha sido sustituido por otro edificio destinado a aulario, que ocupa la misma
         huella.
                    Por tanto, se propone corregir el Plano V.1.4, para excluir del ámbito de



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                   • BE.02.SANTUTXU
       − Distrito 5.Ibaiondo
                   • IB.07.LA PEÑA
             Se trata de un error de grafía derivada de la similitud con la que se han dibujado las
tramas que procede corregir.
          C - CALIFICACIÓN DE LA PARCELA SITA EN RAFAELA YBARRA Nº 7
                  El Plano de zonificación pormenorizada del Distrito 1. Deusto califica la parcela
          situada en la C/ Rafaela Ybarra nº 7 como “b.2 terciario/actividades@”, uso asignado al
          edificio emplazado en el nº 7A de la misma calle y ubicado en el interior del patio de
          manzana.
                 En base a la Información del Catastro Municipal, el uso actual del edificio situado en
          la C /Rafaela Ybarra nº7 es residencial, mientras que el uso del edificio situado en el nº 7A
          es industrial.
                Consultado el Archivo Municipal, la edificación situada en la C/ Rafaela Ybarra nº 7
          fue construida al amparo de la licencia de obras tramitada en el expediente de signatura
          municipal AMB- UAAYTO 54-5-85, siendo su uso original residencial.
                Dado que se trata de un edificio que el PGOU consolida, cuyo uso original y actual
          es residencial, se propone corregir la errata del Plano de zonificación pormenorizada
          del Distrito 1.Deusto, para calificar la parcela situada en la C/ Rafaela Ybarra nº 7, con
          el pormenorizado “a.2.Residencial de Manzana”.
                  En las NNPP de los Distritos, en este caso en el de Deusto, se consolidan las
          edificaciones existentes con sus parámetros actuales, siempre que no estén recogidos en
          un subámbito, supuesto que se da en este caso. Siendo patente que la edificación
          identificada con el nº7 fue desde el origen y hasta la actualidad un edificio de viviendas, es
          claro que la grafía de la zonificación pormenorizada.
          D - CALIFICACIÓN DE LA MANZANA SITA EN LA AVDA RAMÓN Y CAJAL Nºs 8 AL 26:
                   El Plano de zonificación pormenorizada representa la manzana situada entre las
          Calles Av. Ramón y Cajal, Travesía Ramón y Cajal, y la Subida a Buenavista con la
          tipología “a.3.Residencial de edificación abierta”, en lugar de “a.2.Residencial de Manzana”.




                   El Grafico 2 del Subámbito “DE.03.8” (Ramón y Cajal nº 26), arrastra la misma
          errata, que aparece corregida en el Subámbito “DE.03.3” Ramón y Cajal nº 14.
                  Consultado el documento de aprobación inicial de la Revisión del PGOU, se ha
          constatado, que representaba gráficamente la manzana conformada por las edificaciones
          situadas en los portales nºS 8 al 26 de la Av. Ramón y Cajal con la tipología
          “a.2.Residencial de Manzana”.
                  Por tanto, se propone corregir el Plano DE 3.ZON PORMENORIZADA del
          Distrito 1 y el Grafico 2 del Subámbito “DE.03.8” (Ramón y Cajal nº 26), para ajustar
          la representación gráfica de las parcelas situadas en los nº s 8 al 26 de la Av. Ramón y
          Cajal a la tipología real que presentan, es decir, con la “a.2.Residencial de Manzana”.


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         Estamos antes un claro error que se detecta con observar la realidad física de las
         edificaciones. Nuevamente la similitud de grafía ha dado lugar a un error en los planos.
         E – PARCELA SITA EN PASEO CAMPO VOLANTÍN Nº22
                El Plano de zonificación pormenorizada del Distrito 2 Uribarri, califica la parcela
         ocupada por el edificio residencial del Paseo Campo Volantín nº22 con el uso
         pormenorizado “b.2 terciario/actividades@”, calificación que coincide con el uso asignado al
         Hotel Conde Duque, situado en el nº22Bis de la misma calle.
                 Consultado el Archivo Municipal, los edificios emplazados en los portales nº22 y
         nº22 Bis del Paseo Campo Volantín son obra de los arquitectos Pedro y Javier Ispizua y
         fueron construidos simultáneamente al amparo de la licencia de obras tramitada en el
         expediente de signatura municipal AMB-BUA-AYTO-63-5-365. Según la documentación
         que obra en el citado expediente, el portal nº22 se destinó de origen a viviendas y el
         nº22Bis a Hotel.
                Así mismo, la licencia de 1ª utilización, concedida por Resolución de fecha
         06/05/1967, refleja los dos usos independientes autorizados en el conjunto edificatorio.
                  Dado que los dos usos se desarrollan en elementos catastrales diferenciados, el
         uso residencial en el elemento con Nº fijo 1233-4006-1-1, correspondiente al nº22, y el
         hotel en el elemento con Nº fijo 1233-4004-1-1, correspondiente con el nº22Bis se deberá
         corregir el plano de zonificación pormenorizada del Distrito 2 Uribarri, para calificar cada
         elemento catastral con su respectivo uso, asignando a la parcela correspondiente al nº22
         de Campo Volantín el uso pormenorizado “a.2.Residencial de manzana”.
         Es un error patente ya que, al igual que en el supuesto anterior, con ver la edificación del
         nº22 de Campo Volantín es manifiesto que se trata de un edificio de viviendas y no
         terciario/actividades.
            F - USO EN PLANTA BAJA DE PARCELA RESIDENCIAL DEL SUBAMBITO UR.02.5:
                 El uso de la planta baja de la parcela residencial representado en el Plano en
         planta del GRAFICO 3. CONDICIONES DE EDIFICACION Y USO. PLANTAS Y
         SECCIONES, es residencial. En cambio, el uso de la planta baja de la parcela residencial
         representado en la Sección del “GRAFICO 3 señalado es terciario. Por su parte, las
         Normas Particulares del Subámbito “UR.02.5”, Campo Volantín 27, Apdo.IV.1.5 del Ámbito
         “UR.02.MATIKO” asignan a la parcela residencial una edificabilidad de uso terciario de 604
         m² (t).
                 Por tanto, en coherencia con lo establecido en la documentación escrita (Normas
         Particulares) y el resto de la documentación gráfica, se propone corregir el Plano en
         planta del “GRAFICO 3. CONDICIONES DE EDIFICACION Y USO. PLANTAS Y
         SECCIONES”, para reflejar el uso terciario de la planta baja.
         Tal y como se ha señalado anteriormente, la modificación del uso de planta baja a terciario
         viene propiciado por el informe de URA de 28 de marzo de 2019. Por tanto, el Gráfico debe
         recoger ese uso terciario, habiendo arrastrado la grafía del documento anterior al
         documento definitivo del PGOU.
         G - CALIFICACIÓN DEL TRAMO DE LA C/ ONDARROA SITUADA ENTRE LOS Nº s 6-8 Y
            Nºs10-12:
                  El Plano de zonificación pormenorizada del Distrito 3.Otxarkoaga-Txurdinaga,
         califica el tramo de calle situado entre las manzanas situadas en los nº s 2, 4, 6 y 8 de la C/
         Ondarroa y los nºs 10, 12, 14 y 16 de la misma calle, con el uso pormenorizado residencial.
                 Según la Información del Catastro Municipal, se trata de una parcela no ocupada
         bajo rasante por aparcamientos y/u otro uso privativo.
                    Consultado el Proyecto de construcción de la Manzana conformada por los portales


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Lankidetzako      eta    Gizarte  Ekimeneko            subvención nominativa concedida a Gaztaroa-
Kooperatibari        lehenago     emandako             Sartu Cooperativa de Trabajo Asociado e
dirulaguntza        izenduna      handitzeko           Iniciativa Social (234.100,00 €) y conceder una
(234.100,00€) eta Lagun Artean Elkarteari              nueva subvención nominativa la Asociación
beste dirulaguntza izendun bat emateko                 Lagun Artean (56.100,00 €), ambas con
(56.100,00€). Adingabeak beren ardurapean              destino a proyectos de alojamiento e
dituzten familiei ostatu emateko eta haiekin           intervención socioeducativa a familias con
esku-hartze       sozioedukatiboa    egiteko           menores a su cargo.
proiektuetarako dira biak.

Sailak adierazi du Udalak interes berezia duela        El Área informa del especial interés municipal
adingabeak beren ardurapean dituzten familiei          en financiar aquellos proyectos del Tercer
ostatu emateko eta haiekin esku-hartze                 Sector dirigidos a prestar alojamiento e
sozioedukatiboa egiteko hirugarren sektoreko           intervención socioeducativa a familias con
proiektuak finantzatzeko; hain zuzen ere,              menores a su cargo que carecen de vivienda
beren egoera ekonomikoa dela-eta, etxerik              con motivo de desahucios o que serán
gabe geratu diren edo seguruenik etxerik gabe          previsiblemente   desahuciadas       ante   la
geratuko diren familiei laguntzeko proiektuak          situación económica en que se encuentran.
finantzatzeko.

Asmo horrekin, Sailak proposatu du, ikusirik           Con este fin, el Área propone incrementar la
zer eskaera dagoen, 2023ko aurrekontuan                subvención aprobada inicialmente en el
hasiera batean Gaztaroa-Sartu entitatearen             Presupuesto 2023 a favor de Gaztaroa-Sartu
alde onetsitako 90.000,00 e-ko dirulaguntza            por 90.000,00 €, en otros 234.100,00 € más,
handitzea, beste 234.100,00 € gehituz,                 dada la demanda existente, a fin de poder
etxegabetuak izan diren eta adingabeak beren           ampliar la intervención socioeducativa de
kargu dauzkaten familien aldeko esku-hartze            fa